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2. ANEXO Nº 01-POLÍTICAS

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POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
LA EMPRESA ENCARGADA DE REALIZAR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO:
“MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA MUNICIPALIDAD
DE CHILCA – DISTRITO DE CHILCA – PROVINCIA DE CAÑETE – DEPARTAMENTO DE LIMA”,
CUI Nº 2445835, RESPONSABLE Y CONSCIENTE DE LA IMPORTANCIA Y NECESIDAD DE LA
PROTECCIÓN INTEGRAL DE TODOS SUS TRABAJADORES, REAFIRMA SU COMPROMISO
HACIA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO “SGSST”.
PARA CUMPLIR CON ESTE FIN Y CON LOS PRINCIPIOS DE LEGISLACIÓN VIGENTE EN
MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, NOS COMPROMETEMOS A REALIZAR
LAS SIGUIENTES ACCIONES DE PREVENCIÓN:
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
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
LA GERENCIA DE LA EMPRESA, ES RESPONSABLE DE EJERCER LIDERAZGO EN
MATERIA DE SST, ADEMÁS CREAR, MANTENER Y GARANTIZAR UN AMBIENTE
ADECUADO DE TRABAJO SALUDABLE, PARA TODOS LOS QUE SE ENCUENTREN
EN LAS INSTALACIONES DEL PROYECTO.
FOMENTAR UNA CULTURA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN TODOS
LOS TRABAJADORES, PROMOVIENDO COMPORTAMIENTOS SEGUROS.
REALIZAR LA IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS
ASOCIADOS A LOS PROCESOS Y ACTIVIDADES LABORALES, ASÍ COMO
DETERMINAR Y APLICAR LOS CONTROLES NECESARIOS PARA REDUCIR O EVITAR
DAÑOS A LA INTEGRIDAD Y/O SALUD DE NUESTROS TRABAJADORES, SIENDO
ESTO UNA PRIORIDAD.
ASEGURAR UNA ADECUADA FORMACIÓN TEÓRICA Y PRÁCTICA DE LOS
TRABAJADORES, MEDIANTE CAPACITACIÓN, SENSIBILIZACIÓN, INFORMACIÓN
PARA EL DESARROLLO DE UNA CULTURA PREVENTIVA.
MANTENER LAS CONDICIONES ADECUADAS PARA UN TRABAJO SEGURO,
LABORANDO CON ORDEN Y LIMPIEZA EN TODAS LAS INSTALACIONES DONDE
SE EMPLAZARÁ EL PROYECTO.
ANALIZAR, INVESTIGAR Y REGISTRAR LOS ACCIDENTES Y SITUACIONES
PELIGROSAS Y DE EMERGENCIA QUE PUDIERAN SUSCITARSE, ASÍ COMO CUMPLIR
CON LAS ACCIONES PREVENTIVAS COMO SIMULACROS Y ACTIVIDADES
RELACIONADAS CON LA PREVENCIÓN DE RIESGOS.
APLICAR LOS CONCEPTOS DE MEJORA CONTINUA DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN
DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, PARA SU CORRECTA APLICACIÓN A
TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN DE SSOMA.
CUMPLIR CON LA LEGISLACIÓN NACIONAL VIGENTE, DE ACUERDO A LOS
CAMBIOS, MODIFICACIONES O NUEVAS NORMAS EN MATERIA DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO, SIEMPRE GARANTIZANDO EL BIENESTAR E INTEGRIDAD
DE NUESTROS TRABAJADORES.
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ESPECIALISTA DE SSOMA
_______________________________________
REPRESENTANTE DE CONTRATISTA
POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS
LA EMPRESA ENCARGADA DE REALIZAR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO:
“MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA MUNICIPALIDAD
DE CHILCA – DISTRITO DE CHILCA – PROVINCIA DE CAÑETE – DEPARTAMENTO DE LIMA”,
CUI Nº 2445835, COMPROMETIDA CON LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN
DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO “SGSST”, REAFIRMA QUE EL CONSUMO DE
ALCOHOL Y DROGAS PRODUCE EFECTOS NOCIVOS EN EL ORGANISMO, LOS CUALES
OCASIONAN ALTERACIÓN DE LAS CAPACIDADES FÍSICAS Y MENTALES, AFECTANDO EN
GRAN MEDIDAS LA INTEGRIDAD, LA SEGURIDAD, LA EFICIENCIA DEL TRABAJADORES Y
ES UN PELIGRO PARA SU ENTORNO.
POR ELLO, ESTABLECEMOS COMO POLÍTICA PROHIBIR EL INGRESO A CUALQUIER
TRABAJADOR, PROVEEDOR O VISITANTE, QUE PUEDA PERMANECER EN LAS
INSTALACIONES DONDE SE EJECUTA EL PROYECTO, CON SIGNOS VISIBLES O INDICIOS
DE ESTAR BAJO LA INFLUENCIA DE SUSTANCIAS (ALCOHOL Y/O DROGAS). TAMBIÉN
QUEDA PROHIBIDO EL CONSUMO, POSESIÓN Y VENTA DE DROGAS, ESTUPEFACIENTES
Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y OTROS INSUMOS ASOCIADOS DENTRO DE LAS
INSTALACIONES DE LA OBRA.
EL INCUMPLIMIENTO DE ESTA POLÍTICA POR PARTE DE LOS TRABAJADORES,
PROVEEDORES, ETC., SE CONSIDERARÁ FALTA GRAVE, TIPIFICADA Y ESTABLECIDA
DENTRO DEL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO Y DISCIPLINARIO DEL REGLAMENTO INTERNO
DE TRABAJO, ACARREANDO SANCIONES DISCIPLINARIAS, SIENDO ESTÁS LAS
SIGUIENTES.



TODO TRABAJADOR QUE CONCURRA AL LUGAR DEL TRABAJO EN ESTADO DE
EMBRIAGUEZ O BAJO LA INFLUENCIA DE DROGAS O CUALQUIER
ESTUPEFACIENTE SERÁ ENVIADO A SU DOMICILIO SIN GOCE DE HABER Y SI ESTO
OCURRE EN DOS OCASIONES, EL TRABAJADOR SERÁ DESPEDIDO
AUTOMÁTICAMENTE.
LA POSESIÓN, USO, DISTRIBUCIÓN O VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS O
DROGAS DENTRO DE LA OBRA SERÁ SANCIONADA CON DESPIDO INMEDIATO,
ADEMÁS A ELLO SE HARÁ LLEGAR UN PARTE A LA COMISARÍA MÁS CERCANA.
LA NEGATIVA A LAS PRUEBAS DE ALCOHOL O DROGAS, LO CUAL SIGNIFICARÁ
LA ADMISIÓN DE LA SOSPECHA, OCASIONARÁ EL DESPIDO INMEDIATO DEL
TRABAJADOR.
TODO TRABAJADOR DEBERÁN TENER UNA CONDUCTA RESPONSABLE Y PARTICIPATIVA
EN LAS ACCIONES DE SENSIBILIZACIÓN QUE PROMUEVAN EL CUMPLIMIENTO DE ESTA
POLÍTICA.
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ESPECIALISTA DE SSOMA
_______________________________________
REPRESENTANTE DE CONTRATISTA
POLÍTICA DE PREVENCIÓN CONTRA EL HOSTIGAMIENTO SECUAL Y ACOSO
LA EMPRESA ENCARGADA DE REALIZAR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO:
“MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA MUNICIPALIDAD
DE CHILCA – DISTRITO DE CHILCA – PROVINCIA DE CAÑETE – DEPARTAMENTO DE LIMA”,
CUI Nº 2445835, ESTÁ COMPROMETIDA CON LA APLICACIÓN DE LOS VALORES ÉTICOS
SUPREMOS, EL COMPORTAMIENTO ADECUADO Y EL RESPETO A LOS DERECHOS
HUMANOS DE TODAS LAS PERSONAS EN GENERAL, Y DE MANERA PARTICULAR DE
NUESTROS TRABAJADORES.
SEGÚN LA LEGISLACIÓN NACIONAL ENMARCADA EN LAS LEYES Nº 27942, LEY DE
PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL HOSTIGAMIENTO SEXUAL Y EL ACOSO, Y LA Nº 30364 LEY
PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS
INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, REALIZAMOS EL COMPROMISO DE EVITAR Y
SANCIONAR CUALQUIER HECHO RELACIONADO CON EL HOSTIGAMIENTO Y ACOSO.
TODOS LOS TRABAJADORES OBSERVARÁN ENTRE SÍ, LAS NORMAS DE CORTESÍA
HABITUALES Y BUENA CONVIVENCIA, TENIENDO SIEMPRE UN COMPORTAMIENTO
RESPETUOSO SIN DIFERENCIAR EL CARGO, RANGO O SITUACIÓN CONTRACTUAL.
TODOS LOS TRABAJADORES, Y OTROS EN GENERAL TIENE LA RESPONSABILIDAD
PERSONAL DE MANTENER UN AMBIENTE DE TRABAJO ARMONIOSO, COMPORTÁNDOSE
DE MANERA TAL, CADA TRABAJADOR DEBE DEMOSTRAR RESPETO POR CADA
TRABAJADOR SIN IMPORTAR EL GÉNERO.
ASÍ MISMO ESTÁ CONTEMPLADO DENTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO
QUE EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL COMETIDO POR QUIEN EJERCE AUTORIDAD SOBRE
EL/LA TRABAJADOR(A), CUALQUIERA SEA LA UBICACIÓN DE LA VÍCTIMA DEL
HOSTIGAMIENTO EN LA ESTRUCTURA JERÁRQUICA DEL PROYECTO, O CUALQUIER
INDICIO DE HOSTIGAMIENTO O ACOSO SEXUAL DENTRO DE LA OBRA SERÁ TIPIFICADO
COMO FALTA GRAVE Y SERÁ SANCIONADO(A) CON DESPIDO INMEDIATO.
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ESPECIALISTA DE SSOMA
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REPRESENTANTE DE CONTRATISTA
POLÍTICA DE VIGILANCIA, PREVENCIÓN YY CONTROL DE LA COVID-19 EN EL TRABAJO
LA EMPRESA ENCARGADA DE REALIZAR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO:
“MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA MUNICIPALIDAD
DE CHILCA – DISTRITO DE CHILCA – PROVINCIA DE CAÑETE – DEPARTAMENTO DE LIMA”,
CUI Nº 2445835, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA NACIONAL POR EL
CORONAVIRUS COVID-19, ESTÁ COMPROMETIDA CON LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y
CONTROL DE LA ENFERMEDAD CON TODOS LOS TRABAJADORES.
CONTEMPLADO DENTRO DE NUESTRO PLAN DE VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL
DE LA COVID-19 EN EL TRABAJO, DAMOS CUMPLIMIENTO ESTRICTO A TODOS LOS
PROTOCOLOS, PROCEDIMIENTOS Y ACCIONES DE PREVENCIÓN Y CONTROL
ESTABLECIDOS PARA EVITAR EL CONTAGIO EN EL TRABAJO.
REAFIRMAMOS SER UNA DE LAS EMPRESAS A NIVEL NACIONAL EN MANTENER LOS MÁS
ALTOS ESTÁNDARES DE PREVENCIÓN ANTE ESTA NUEVA ENFERMEDAD, REALIZANDO
TODOS LOS ESFUERZOS DESDE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA Y TODAS LAS LÍNEAS DE
MANDO PARA SALVAGUARDAR LA SALUD E INTEGRIDAD DE TODOS NUESTROS
TRABAJADORES.
ESTAMOS EN CAMINO DE LA MEJORA CONTINUA Y ACTUALIZACIÓN PERMANENTE DE
NUESTROS PROTOCOLOS SANITARIOS, ASÍ COMO TAMBIÉN CON EL CUMPLIMIENTO
CABAL DE LA LEGISLACIÓN NACIONAL Y NORMATIVA SANITARIA, GARANTIZANDO LAS
ACTIVIDADES LABORALES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA.
FINALMENTE, SEGÚN LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA LEY 29783, LEY DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO, SIENDO ESTOS “PRINCIPIO DE PREVENCIÓN”, “PRINCIPIO DE
ATENCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD”, “PRINCIPIO DE PROTECCIÓN”. NUESTRA EMPRESA
CUENTA CON LOS MEDIOS Y CUMPLE CON LAS CONDICIONES NECESARIAS PARA
PROTEGER LA VIDA, LA SALUD Y EL BIENESTAR DE SUS TRABAJADORES, ADEMÁS DE LOS
QUE, NO TENIENDO VÍNCULO LABORAL, PRESENTAN SERVICIOS O SE ENCUENTRAN
DENTRO DEL ÁMBITO DEL CENTRO DE LABORES.
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ESPECIALISTA DE SSOMA
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REPRESENTANTE DE CONTRATISTA
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