1- DERECHO INDIVIDUAL Legislación Laboral y Seguridad Social 2 CONCEPTO DE RELACIONES LABORALES: Son los vínculos entre quienes prestan su fuerza laboral a cambio de un salario a aquellos que son propietarios de los medios de producción y necesitan capital humano (trabajo). Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 3 QUÉ ES EL DERECHO LABORAL? Es el conjunto de normas aplicables a esa relación de trabajo cuando es de carácter dependiente. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 4 SUJETOS DE LA RELACIÓN LABORAL Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 5 Patrono: realiza una actividad por cuenta propia; Trabajador: ejecuta personalmente servicios de cualquier clase por cuenta del patrono (relación de dependencia). Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 6 La relación laboral es considerada de carácter dependiente, cuando hay subordinación tanto a nivel jerárquico como económico por parte del trabajador, quedando el producto de su labor en propiedad del empleador. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 7 FUNCIÓN DEL DERECHO LABORAL: Regular y equilibrar el vínculo entre las partes de la relación laboral, ya que los empleadores, al ser los dueños de los medios de producción, cuentan con un respaldo económico que los empleados no poseen. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 8 CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO LABORAL (Américo Plá Rodríguez) Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 9 Es nuevo y autónomo: surge a partir de la existencia “reciente” - revolución industrial en Europa (s. XVIII y XIX) - de relaciones de dependencia en materia laboral y tiene principios y reglas aplicables propias a su rama. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 10 Es extraetático: sus normas no provienen únicamente del Estado (leyes, decretos, etc.), sino también de convenios colectivos, laudos y reglamentos internos propios a cada organización. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 11 Es concreto: sus normas se aplican al trabajador de acuerdo a su condición; mujer, hombre, niño y tipo de tarea. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 12 Es dinámico: se encuentra en constante formación, a causa de regular una relación situada en un contexto de cambio permanente. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 13 Es provisorio: por su permanente evolución y cambio. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 14 Es fragmentario: sus normas se encuentran dispersas (no existe un Código que las reúna, como por ejemplo en el Derecho Civil). Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 15 Tiende a la internacionalización: no se limita a las fuentes nacionales, sino que también adopta normas de origen internacional (básicamente emitidas por la OIT). Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 16 FUENTES DEL DERECHO LABORAL Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 17 FUENTES GENERALES DEL DERECHO APLICABLES A LA MATERIA LABORAL: De creación estatal: Constitución, leyes, decretos, etc. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 18 Usos y costumbres: tradiciones memorizadas y transmitidas sin necesidad de un sistema de escritura. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 19 Jurisprudencia: fallos judiciales ante situaciones análogas. Doctrina: opinión de expertos en la materia. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 20 Sólo las de creación estatal son fuente formal de derecho (normas que tienen su lugar específico dentro del ordenamiento jurídico). Las demás son utilizadas ante casos de vacíos de las fuentes formales. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 21 FUENTES ESPECÍFICAS DEL DERECHO LABORAL: Convenios colectivos: entre un empleador o un grupo de empleadores con un grupo o sindicato de trabajadores, fijándose condiciones laborales aplicables a cada contrato individual. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 22 Reglamentos internos: dictados por el empleador, regulan la convivencia y funcionamiento diario de la empresa. No pueden menoscabar derechos contemplados en las otras fuentes de derecho. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 23 Convenios internacionales de trabajo: redactados por la Conferencia General de la OIT, los cuales una vez aprobados por el Parlamento tienen el grado de ley nacional. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 24 PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 25 ❖Son la base sobre la que se construye el Derecho Laboral, cumpliendo diferentes funciones: Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 26 Función Informadora: analizar e instruir sobre la realidad, inspirando al legislador a la hora de formular una nueva norma. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 27 Normativa: suplir la ausencia de normas formales de derecho. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 28 Interpretadora: en tanto orientan a un juez o un intérprete al abordar una situación puntual abarcada por una norma. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 29 PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL: PROTECTOR IRRENUNCIABILIDAD CONTINUIDAD PRIMACÍA DE LA REALIDAD RAZONABILIDAD BUENA FE Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 30 1. PRINCIPIO PROTECTOR Significa que el Derecho Laboral procura proteger a la parte más débil de la relación laboral, la cual es el empleado (Constitución, art. 7). Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 31 1.1. Aplicación “In dubio pro operario”: de varias interpretaciones posibles a una norma, debe elegirse la más beneficiosa para el trabajador, sin contrariar la voluntad del legislador. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 32 Ejemplo: días de licencia por antigüedad (L. 12590, art 2). Corresponde un día íntegro de licencia por antigüedad cuando no se trabajó todo el año civil? Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 33 1.2. Aplicación “de la norma más favorable”: de ser aplicable más de una norma a una misma situación - aún de diferentes jerarquías - debe tomarse aquella que sea más beneficiosa para el trabajador. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 34 Ejemplo: un convenio colectivo que establece una jornada laboral inferior a la fijada en la L. 5350 para el sector de la industria. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 35 1.3. Aplicación “de la condición más beneficiosa”: ante un derecho previamente reconocido que se pierde, el mismo debe seguir respetándose en caso de ser más favorable al establecido en una nueva norma a aplicar. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 36 Ejemplo: cambios en la legislación que reducen los descansos semanales: debe aplicarse a cada trabajador la situación más favorable existente a su ingreso. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 37 2. PRINCIPIO DE IRRENUNCIABILIDAD Significa la imposibilidad de privarse voluntariamente de las ventajas establecidas en los acuerdos entre las partes. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 38 Efectos: 2.1. Renuncias a derechos establecidos en normas de contenido irrenunciable son nulas. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 39 2.2. Solamente se considera nula la clausula que contraviene un derecho, no la totalidad del contrato. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 40 2.3. La clausula anulada es sustituida por la que corresponde legalmente. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 41 2.4. Los servicios prestados contraviniendo normas irrenunciables deben ser retribuidos en función de la norma omitida. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 42 3. PRINCIPIO DE CONTINUDAD Procura establecer mecanismos a través de los cuales brindar seguridad al trabajador de poder mantener su fuente de ingresos. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 43 CONTINUIDAD - Proyecciones: 3.1. Preferencia por los contratos de duración indeterminada a los de duración determinada. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 44 Consecuencias: 3.1.1. Si un contrato no establece plazo, se presume de duración indefinida. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 45 3.1.2. Si el contrato tiene duración determinada y la relación laboral se prolonga más allá de esta fecha, automáticamente pasa a ser de duración indeterminada. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 46 3.1.3. Si al vencimiento de un contrato a prueba el empleador no expresa voluntad de terminar el vínculo, se transforma automáticamente en un contrato de duración indeterminada. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 47 3.1.4. Una sucesión ininterrumpida de contratos de duración determinada equivalen a uno de duración indeterminada. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 48 3.1.5. Un contrato de duración indeterminada no puede transformarse en uno de duración determinada. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 49 CONTINUDAD - Proyecciones: 3.2. Amplitud para admitir transformaciones del contrato Dado que el contrato se extiende en el tiempo, puede sufrir constantes transformaciones como ser la remuneración, categoría laboral, horario, sin que implique que cada vez que opere uno de estos cambios, estemos ante un nuevo contrato de trabajo. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 50 3.3. Conservación del contrato pese a incumplimientos y nulidades Las clausulas ilícitas no hacen caer al contrato, sino que se sustituirán por aquellas normas que fueron renunciadas en infracción. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 51 3.4. Resistencia a la rescisión patronal De ella surge el derecho que tiene el empleado a cobrar una indemnización cuando es despedido. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 52 3.5. Interrupciones tomadas como suspensiones Cuando un trabajador no puede concurrir a trabajar, la relación se considera suspendida y no concluida, de forma tal que a su reintegro vuelven a reanudarse las obligaciones de las partes. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 53 3.6. Prolongación del contrato pese a la sustitución del empleador Los cambios en la persona del empleador no afectan la relación de trabajo. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 54 4. PRINCIPIO DE PRIMACÍA DE LA REALIDAD En caso de discrepancia entre lo que surge de la documentación y lo que sucede en la realidad, primará esta última. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 55 5. PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD Afirma que las personas en sus vínculos laborales actúan conforme a la razón. La razonabilidad termina operando como una guía que permite arribar a una solución razonable ante situaciones complejas. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 56 6. PRINCIPIO DE LA BUENA FE Significa que las acciones llevadas a cabo por las partes intervinientes en una relación laboral son realizadas buscando cada una lo mejor para sus intereses, sin menoscabar los intereses de la otra. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 57 CLASIFICACIÓN ALTERNATIVA DE PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 58 PRINCIPIOS ESPECÍFICOS DEL DERECHO LABORAL (Dr. Sergio Gamonal): 1.PRINCIPIO PROTECTOR 2.PRINCIPIO DE LIBERTAD SINDICAL Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 59 PRINCIPIOS GENERALES DE DERECHO APLICABLES A LA MATERIA LABORAL (Sergio Gamonal): 3.PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN 4.PRINCIPIO DE BUENA FE Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 60 1. PRINCIPIO PROTECTOR Manifestaciones: ➢Reglas “In dubio pro operario” (1.1.1), Norma más favorable (1.1.2) y Condición más beneficiosa (1.1.3) ➢Irrenunciabilidad (1.2) ➢Continuidad (1.3) ➢Criterio de Primacía de la realidad (1.4) Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 61 2. PRINCIPIO DE LA LIBERTAD SINDICAL Consagrada en la Declaración Universal de Derechos Humanos, implica: Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 62 2.1. Derecho de organización Sindical: libertad de los trabajadores y empleadores de constituir libremente las organizaciones sindicales que les convengan. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 63 2.2. Negociación colectiva: entre los trabajadores, a través de su organización sindical y la empresa o representantes de empresas del sector. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 64 2.3. Derecho de Huelga: abstención de realizar sus actividades laborales en perjuicio de aquellos a los que dirigen sus reivindicaciones o sus quejas. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual 65 3. PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN Busca que todo beneficio sea concedido a los que se encuentran en igualdad de condiciones. Una de sus principales proyecciones es la Igualdad Salarial. Puede verse también como parte integrante del Principio Protector. Legislación y Seguridad Social Derecho Individual