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Negociación colectiva

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Harol Stefano Romero Condori
concepto
La negociación
colectiva
es elconvención
proceso decolectiva
diálogo entre
los tiene
Dicho
acuerdo se
denomina
de trabajo,
representantes
deentre
los trabajadores
y ellaempleador,
el objeto
fuerza
vinculante
las partes que
adoptaron,con
obligando
a
de llegar
un acuerdo
a regular
las relaciones
laborales
éstas,
a lasa personas
en destinado
cuyo nombre
se celebró
y a quienes
les sea
entre unos y otros, tales como remuneraciones y condiciones de
aplicable.
trabajo.
PROCESOS DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
Este proceso consta de tres elementos culminantes:
determinación de las unidades negociadoras, delimitación del
objeto de la negociación y obligación de negociar de buena fe.
El convenio colectivo es la meta hacia la que convergen las
negociaciones colectivas, constituyendo, ambos, expresión de
la autonomía colectiva.”
A continuación veremos cada uno de los tres elementos o momentos en el proceso de
la negociación colectiva:
Determinación de las unidades
negociadoras:
Que parte de la elección interna de los representantes de cada una de las partes
hasta su acreditación formal como representantes en la negociación colectiva.
La elección de las unidades negociadoras implica el supuesto que ni todos los
trabajadores, ni necesariamente el pleno de la junta directiva del sindicato
Delimitación del objeto de la
negociación:
Consiste en la elección de los puntos o materias que serán objeto de la
negociación colectiva. Las partes, de este modo, toman conocimiento de
las propuestas formuladas por ambas y en el inicio de la negociación
deciden cuáles puntos del proyecto de convenio colectivo presentado
por los trabajadores.
Obligación de negociar de
buena fe:
Las partes tienen la obligación de negociar de buena fe. Que implica,
de un lado, presentar propuestas realistas y coherentes que respondan
a sus intereses profesionales en el marco del derecho, de otro,
negociar estas proposiciones con probidad, el ánimo franco de arribar
a conclusiones satisfactorias sobre los puntos discutidos
MARCO LEGAL:
“El Estado reconoce los derechos de sindicación, negociación
colectiva y huelga. Cautela su ejercicio democrático: fomenta la
negociación colectiva y promueve formas de solución pacífica de los
conflictos laborales. La convención colectiva tiene fuerza vinculante
en el ámbito de lo concertado”.
VENTAJAS DE LA
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
La negociación colectiva
presenta ventajas tanto para los
trabajadores como para los
empleadores. En el caso de los
trabajadores, la negociación
colectiva asegura salarios y
condiciones de trabajo
adecuadas pues otorga al
"conjunto" de los trabajadores
"una sola voz"
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