INSTRUCTIVO PARA APLICACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LICENCIAS CON REMUNERACIÓN Y PERMISOS, LOSEP APLICACIÓN Y JUSTIFICACIÓN: El presente instructivo norma el procedimiento adecuado para la aplicación y justificación de licencias con remuneración y permisos, para el personal de Administración Central, y Estaciones Experimentales incluido sus dependencias. Tanto para las licencias con remuneración como para los permisos, la o el servidor debe solicitar autorización al Jefe inmediato y Director de Área, para Administración Central, y del Jefe inmediato para las Estaciones Experimentales. Se presentará la justificación en el formato determinado por la Dirección de Talento Humano. Licencias con remuneración.- se reconocerá el tiempo que determina la LOSEP y su Reglamento, y se deberá presentar las siguientes justificaciones en Talento Humano en el término de tres días de haberse producido el hecho. Sin embargo, la notificación al Jefe inmediato y/o a Talento Humano de cada localidad, es de carácter obligatorio y se lo debe hacer de forma inmediata en cuanto suscite el hecho. Tipo de licencia Tiempo Enfermedad de la o el Servidor. Hasta por 3 meses. Rehabilitación de la o el Servidor. 2 horas diarias hasta por 3 meses. Enfermedad catastrófica o accidente grave de la o el Servidor. Hasta por 6 meses. 12 semanas (84 días). Maternidad Servidora. de la Paternidad del Servidor. Servidor adoptivo. En caso de nacimiento múltiple se extiende 10 días. Parto normal: 10 días. Cesárea y/o múltiple: 15 días. Nacimientos prematuros o cuidado especial: 8 días adicionales. Nacimiento con enfermedad degenerativa, terminal o irreversible o con un grado de discapacidad severa: 25 días Madre-Padre Hasta 15 días desde la fecha de entrega. Atención en casos de hospitalización o patologías degenerativas de las o los hijos de la o el Servidor. Hasta 25 días, podrán ser tomados en forma conjunta, continua o alterna. Justificación(*) Certificado original médico y/o de hospitalización del IESS, de Centros de Salud Pública o por facultativo particular. Certificado original y/o pedido original médico del IESS, de Centros de Salud Pública o por facultativo particular. Certificado original médico y/o de hospitalización del IESS, de Centros de Salud Pública o por facultativo particular. Certificado original médico de la Servidora, emitido por el IESS, Centros de Salud Pública o por facultativo particular. Y copia del certificado de nacido vivo. Certificado original de la casa de salud, indicando la situación del parto, copia del certificado nacido vivo y copia de cédula de ciudadanía de su esposa o de la declaración juramentada en caso de ser una unión de hecho legalmente reconocida. Copia de la documentación de respaldo de la adopción y entrega legal del hijo o hija. Certificado original médico otorgado por el especialista tratante y/o certificado original de hospitalización donde conste el cuadro médico. Normativa Artículo 27, literal a) LOSEP, y 33 de Reglamento Artículo 33, Reglamento LOSEP Artículo 27, literal b) LOSEP, y 34 del Reglamento Artículo 27, literal c) LOSEP, y 35 del Reglamento Artículo 27, literales d) y e) LOSEP, y 35 del Reglamento Artículo 27, literal g) LOSEP, y 36 del Reglamento Artículo 27, literal h) LOSEP, y 37 del Reglamento Artículo 27, literal j) LOSEP, y 39 del Reglamento (*) Talento Humano podrá verificar la idoneidad y legalidad de las justificaciones presentadas, teniendo la facultad de aplicar las sanciones pertinentes en el caso de comprobar cualquier irregularidad. Matrimonio hecho reconocida. o unión de legalmente Hasta 3 días hábiles continuos en total, antes o después. Copia del acta de matrimonio o copia de la declaración juramentada que respalde la unión de hecho. 1 Calamidad doméstica de la o el Servidor, artículo 27 literal i) LOSEP Tiempo Justificación (*) Copia de la partida de defunción. Fallecimiento de los padres, Hasta 3 días. En caso de ser unión de hecho: hijos, hermanos, cónyuge o Fuera de provincia 1 día adicionalmente copia de la declaración conviviente en unión de más. juramentada que lo respalde, si ésta no consta hecho legalmente reconocida. en los archivos de Talento Humano. Tipo de licencia Fallecimiento de los suegros, cuñados o nietos. Accidente o enfermedad grave de los hijos, cónyuge o conviviente en unión de hecho legalmente reconocida. Accidente grave de hermanos. o enfermedad los padres o Hasta 2 días. Hasta 8 días. Hasta 2 días. Copia de la partida de defunción. Para determinar el grado de afinidad, copia de la cédula del cónyuge y en caso de ser unión de hecho: copia de la declaración juramentada que lo respalde, si ésta no consta en los archivos de Talento Humano. Certificado médico del IESS, de Centros de Salud Pública o por facultativo particular. (El certificado deberá determinar que necesita cuidados directos de un familiar). Certificado médico del IESS, de Centros de Salud Pública o por facultativo particular. (El certificado deberá determinar que necesita cuidados directos de un familiar). Artículo Artículo 38, literal a), numeral 1 Reglamento LOSEP Artículo 38, literal a), numeral 2 Reglamento LOSEP Artículo 38, literal a), numeral 3 Reglamento LOSEP Artículo 38, literal a), numeral 4 Reglamento LOSEP Siniestros que afecten a la propiedad o bienes, Artículo 38, entendiéndose como tales: literal a), robo de bienes y enseres del Copia de la denuncia y demás documentación Hasta 8 días. numeral 5 hogar, incendio, catástrofes que certifiquen los hechos. Reglamento naturales y delitos contra los LOSEP integrantes del núcleo familiar. Fallecimiento de familiares no Copia de la partida de defunción. detallados y que se hallen Para determinar el grado de afinidad, copia de Artículo 38, contemplados hasta el la cédula del cónyuge y En caso de ser unión literal b), Hasta 2 días. segundo grado de de hecho: copia de la declaración juramentada Reglamento consanguinidad o segundo de que respalde. LOSEP afinidad. (*) Talento Humano podrá verificar la idoneidad y legalidad de las justificaciones presentadas, teniendo la facultad de aplicar las sanciones pertinentes en el caso de comprobar cualquier irregularidad. Identificación de los grados de parentesco: 2 Permisos.- se reconocerá el tiempo que determina la LOSEP y su Reglamento, y se deberá presentar las justificaciones respectivas en Talento Humano, con la debida autorización conforme se detalla a continuación: Tipo de permiso Estudios regulares de la o el Servidor. Entrega a Talento Humano: previo al inicio de cada nivel. Emitir Informe y Acción de Personal. Tiempo Hasta 2 horas diarias, las mismas que para el personal de contrato de servicios ocasionales son recuperables. Atención médica de la o el Servidor. Entrega a Talento Humano: de forma inmediatamente posterior a la atención. Para el cuidado del recién nacido de la Servidora. Entrega a Talento Humano: el día de reingreso. Cuidado de familiares de la o el Servidor con discapacidad severa o enfermedades catastróficas, que se encuentren dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Actividades de matriculación en establecimientos educativos de las o los hijos de la o el Servidor. Entrega a Talento Humano: de forma inmediata posterior al día del suceso. Imputable a vacaciones para cubrir otras actividades personales. Hasta por 2 horas en un mismo día. 2 horas diarias durante 12 meses efectivos contados a partir de la terminación de la licencia de maternidad. (Horario establecido por la Servidora). 2 horas diarias mientras dure la necesidad. Justificación (*) Para cada inicio de periodo: copia de matrícula para el nivel correspondiente más certificado donde conste el horario y periodo de clases. Al finalizar el periodo: certificado donde se indique la asistencia normalmente a clases y aprobación del nivel. Original del certificado de atención médica en el IESS o Centro de Salud Pública. (No es aplicable para atenciones médicas en casas de salud particular) Nota: Este pedido debe ser solicitado por lo menos con un día laborable de anticipación, para citas o exámenes programados. Copia de la acción de personal, mediante la cual se otorgó la licencia por maternidad. Nota: En las observaciones del permiso deberá registrarse el horario establecido. Documentación del IESS, Centro de Salud Pública o validada por facultativos del IESS o Centro de Salud Pública. Nota: Autorización previo informe de Talento Humano. Documentación oficial y original de respaldo del centro educativo. Hasta 2 horas diarias en un día por cada hija o hijo. Hasta 3 días, y/o fracciones un día, para eventuales personal. o por horas de horas en cubrir temas de índole Notas: Este pedido debe ser solicitado por lo menos con un día de anticipación. Este pedido debe ser solicitado por lo menos con un día de anticipación ante cada Jefe inmediato y/o Director de Área, previa validación por parte de Talento Humano. Normativa Artículo 33 LOSEP, y 59 del Reglamento Artículo 33 LOSEP y 60 del Reglamento Artículo 33 LOSEP, y 61 del Reglamento Artículo 33 LOSEP, y 63 del Reglamento Artículo 33 LOSEP, y 64 del Reglamento Artículo 34 LOSEP, y 65 del Reglamento Entrega a Talento Humano: de forma inmediata una vez que se cuenta con la autorización respectiva. (*) Talento Humano podrá verificar la idoneidad y legalidad de las justificaciones presentadas, teniendo la facultad de aplicar las sanciones pertinentes en el caso de comprobar cualquier irregularidad. Las y los servidores que cumplan actividades en calidad de permisos oficiales para atender requerimientos institucionales, deberán presentar en Talento Humano: En el caso de viajes: Formulario de Permisos más la copia de solicitud de viáticos, y al concluir su comisión, deberá presentar una copia del informe pertinente debidamente aprobado por su Jefe inmediato. En el caso de trámites locales: Formulario de Permisos más la documentación de respaldo, y para aquellos asuntos excepcionales que no sea posible entregar información que valide la gestión externa realizada, la firma de Jefe inmediato valida su cumplimiento, siendo directamente su responsabilidad. 3 La Unidad de Talento Humano en cada localidad, previo al registro en el sistema de control de asistencia, para efectos de control, deberá validar de forma diaria mediante la firma del Responsable del área, todos los permisos y licencias con remuneración, presentados por el personal. Vacaciones.- Las vacaciones anuales serán concedidas conforme a la programación de cada Dirección o Unidad, y en el formulario establecido por la Dirección de Talento Humano, esto es: Formulario de Permiso: hasta por 7 días continuos. (no es necesario la liquidación de vacaciones, ni acción de personal). –formulario establecido por la Dirección de Talento Humano-. Permisos desde 3 días, hacerlo mediante memorando al Jefe inmediato, copia a Talento Humano, siendo el mismo Jefe inmediato quien autoriza, con un tiempo de anticipación mínimo 24 horas laborales. Formulario de solicitud de vacaciones -formulario establecido por la Dirección de Talento Humano-: desde 8 días continuos. Previo la toma de este periodo de vacaciones, es necesario contar con la liquidación respectiva, para lo cual la o el servidor, solicitará formalmente a Talento Humano, y sólo con la respuesta pertinente ingresará el formulario de referencia, consignando la respectiva aprobación del Director de Área en Administración Central y Jefe de Área en Estaciones Experimentales. La Unidad de Talento Humano, emitirá la respectiva Acción de Personal para autorización de: i) Administración Central, Director General ii) Estaciones Experimentales, Director de Estación. La o el Servidor no podrá tomar sus vacaciones por más de 8 días seguidos, si no cuenta para tal efecto con la respectiva Acción de Personal legalizada, por lo que las solicitudes de liquidaciones deberán entregar a Talento Humano de cada localidad con 8 días laborables de anticipación, y el formulario de vacaciones debidamente aprobado previamente con 4 días laborables. Por incumplimiento, se procederá a aplicar las sanciones que establece la normativa legal vigente. Elaborado por: Dirección de Talento Humano Octubre de 2014 4