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historia del derecho
Historia del Derecho
Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC)
10 pag.
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PREGUNTAS TEST H. DEL DERECHO
Tema 1 - Hispania Romana
1. Málaga, 19aC, usted es un peregrino que aspira a que le sea concedida la latinidad,
porque:
Así estará más cerca de adquirir la ciudadanía.
2. Caesaraugusta, 215, usted es un dediticio eliano, y, por lo tanto:
No accede a la ciudadanía.
3. Cádiz, 299, como aspirante a senador usted critica que:
Tenga fuerza de ley cuanto el emperador establece.
4. Tarragona, 51, como aspirante a senador usted critica que:
La Citerior y la Lusitaria sean provincias imperiales.
5. Tarragona, 401, usted es prefecto de pretorio de las Galias y tiene bajo su mando:
Al Vicario de las Españas y a los praesides provinciae de las siete provincias
hispánicas.
6. Málaga, 15, usted aspira a ser cuestor de la ciudad porque:
Así controla la administración financiera.
7. Tarragona, 349, usted dimite del cargo de decurión porque:
Responde solidariamente de la cantidad global de impuestos a recaudar en el
municipio.
8. León, 205, usted es legionario y comete un delito, por lo que debe ser juzgado por:
El jefe castrense.
9. Es correcto afirmar que:
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La vulgarización del derecho romano fue obra tanto de la masa popular como de
asesores jurídicos profesionales.
10. Mérida, 372, usted ha de recordar a sus conciudadanos que en las instituciones
político-administrativas de la Hispania romana:
Con la crisis económica del Bajo Imperio, la misma curia es encargada de recaudar
los tributos en el territorio municipal.
Tema 2 - España visigoda
1. Toledo, 655, usted es juez y resuelve un asunto entre hispanorromanos, por lo que ha
de aplicar:
El Liber ludiciorum.
2. Toledo, 615, usted es juez y resuelve un asunto entre hispanorromanos, por lo que ha
de aplicar:
El Breviario de Alarico.
3. Toledo, 654, como miembro del aula regia usted conoce que:
Según San Isidoro, el rey lo es si obra rectamente; si no, no lo es.
4. Toledo, 654, como miembro del concilio usted subraya que:
Debe ser convocado por el rey.
5. Toledo, 656, como miembro del aula regia usted es consciente de que:
El oficio palatino es el supremo cuerpo político que concurre en las tareas legislativas.
6. Toledo, 570, como curator de visita en la corte aprovecha la ocasión para criticar que:
La curia municipal carece de competencias para recaudar impuestos.
7. Mérida, 645, como iudex provinciae usted admite que:
Los clérigos pueden optar por la jurisdicción eclesiástica o por la ordinaria.
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8. Toledo, 665, como juez usted no encuentra solución a un caso en el Liber ludiciorum:
Usted debe suspender el proceso y acudir al Rey.
Tema 3 - España Altomedieval
1.
Granada, 912, usted es zabazoque y, por tanto:
Puede imponer multas y expulsar o azotar a los delincuentes.
2. Cataluña, 1010, usted es un payés de remensa y, por tanto:
Usted paga la cugucia tanto si el adulterio es consentido como inconsentido.
3. Burgos, 950, usted es señor jurisdiccional y unos oficiales regios pretenden entrar en su
señorío para perseguir a unos delincuentes:
Su señorío jurisdiccional le permite ejercer por si mismo la acción de la justicia.
4. Toledo, 811, usted es rabino de una comunidad judía en al Andalus y comunica a los
miembros de su religión que:
Goza, como los cristianos, de la condición de “protegidos”.
5. Valencia, 750, usted es cadí y advierte a quienes asisten a su tribunal que:
Hay en rigor una fuente del Derecho: la voluntad divina transmitida por revelación a
Mahoma.
6. Vic, 1085, como juez señorial usted ha de considerar que la cugucia:
Es la multa que el payés ha de pagar al señor cuando la mujer de aquél comete
adulterio.
7. Córdoba, 1000, como cadí usted recuerda al visir que:
El Estado Musulmán representa a la comunidad político-religiosa regida por el califa.
8. Valencia, 1010, usted es visir de espada y lamenta que:
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Del conjunto de servicios de la administración o diwan, el organismo más importante
sea la Cancillería.
Tema 4 - España bajomedieval
1. Castilla, 1282, usted comunica a las Cortes que en las Partidas:
Las normas de sucesión a la Corona admiten el derecho de representación.
2. Murcia, 1257, usted ha sido beneficiario de un lote en el repartimiento y, en
consecuencia:
Goza de una concesión regia con títulos individuales de propiedad.
3. Castroieriz, 1109, usted es juez señorial y:
Dicta una fazaña que sienta precedente.
4. Ribagorza, 1283, como juez señorial subraya que:
Los Fueros de Ejea y el Privilegio General permiten la extracción de causas y los jueces
no naturales.
5. Pamplona, 1330, como miembro del Consejo de Navarra usted recuerda que:
El Fuero General de Navarra sólo puede ser mejorado con el acuerdo de las Cortes.
6. Valencia, 1261, como oficial regio usted recuerda a los súbditos que:
Los Furs de Valencia representaban la recepción prácticamente general del derecho
romano.
7. Alcalá, 1348, usted es consejero regio e informa al monarca de que:
En Castilla los reyes son vicarios de Dios en la tierra.
8. Ribagorza, 1250, usted es juez señorial aragonés y procesa a un vasallo acusado de
robo ¿qué fuente aplicará en primer lugar?
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9. Alcalá, 1348, usted es procurador en las Cortes y recuerda a sus miembros que Alfonso
X el sabio:
Es el autor de las Partidas, aunque no haya constancia oficial de su promulgación.
10. Zamora, 1274, usted es testigo de cómo el rey Alfonso X:
Vence la resistencia de nobles y ciudades a aplicar el derecho regio en los pleitos
foreros.
Tema 5 - España Siglo XV
1. Granada, 1492, usted es consejero regio e informa un memorial contrario a la Santa
Hermandad:
Apoya a la Santa Hermandad por ser una realidad desde la Alta Edad Media
española.
2. Cataluña, 1487, usted es mujer de un payés de remensa y, por tanto:
No está obligada a actuar como nodriza de los hijos del señor.
3. Soria, 1431, usted es mujer propietaria de ganados y, por tanto:
Disfruta de voz y voto en las reuniones del Concejo de la Mesta.
4. Tarazona, 1484, usted participa en las sesiones de las Cortes que:
Protestan por la introducción de la Inquisición en Aragón.
Tema 6 - España Siglo XVI
1. Madrid, 1598, como secretario privado regio usted recuerda al monarca que su
reinado:
Presenta enfrentados a los pacifistas del partido de Éboli con los belicistas partidarios
del Duque de Alba.
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2. Madrid, 1590, usted es consejero regio y recuerda a sus compañeros que la rivalidad
de los grupos políticos en la corte:
Pone de manifiesto la pugna entre los secretarios de Estado y los secretarios privados
del Monarca.
3. Pamplona, 1576, usted es letrado del Consejo de Navarra y sostiene que las Cortes
Navarras bajo los Austrias:
La anexión a Castilla en 1412 provoca su declive institucional.
4. Madrid, 1575, usted ha sido nombrado juez pesquisidor y comunica a su mujer que las
pesquisas y visitas:
Solo tienen lugar cuando el oficial ha cesado en el desempeño de sus tareas.
5. Madrid, 1585, usted es miembro del Consejo de Castilla y entiende que, a través del
Régimen de Consejo:
El Estado dispone de órganos propios y generales de administración y gobierno,
distinto de los existentes en los Reinos.
6. Madrid, 1575, usted es secretario del Consejo de Estado y advierte al Secretario
privado del Monarca que este sínodo:
Solo tiene competencia sobre territorio Castellano.
7. Madrid, 1585, como Secretario privado del Rey, usted le recuerda que el Consejo de
Guerra:
Concurre con el resto de Consejos en las cuestiones de precedencia y rango.
8. Zaragoza, 1580, usted es Virrey y subraya a sus subordinados que, en cuanto al
consejo de Aragón:
Está compuesto por el vicecanciller, cinco regentes y el Tesorero General de la Corona.
9. Madrid, 1597, como embajador del Monarca Francés en Madrid, usted debe tener en
cuenta que el Consejo de Italia:
A partir de 1595 cuenta con 2 secretarias, una para cada territorio.
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10. Zaragoza, 1555, como Virrey usted reitera a los miembros de la audiencia que el
Consejo de órdenes:
Proponía al rey los oficios y beneficios y controlaba la actividad de las autoridades.
11. Madrid, 1599, como secretario regio usted es consiente de que los secretarios del
Estado:
Durante el siglo XVI, solo mantienen con el monarca un despacho por escrito a través
de billetes, sin despacho a boca.
12. Segovia, 1520, como procurado de las Cortes, usted es consciente de que en la
administración municipal castellana:
La participación del vecindario en la adaptación de decisiones fue inversamente
proporcional a la demografía de la localidad.
13. Lima, 1568, como oficial regio usted conoce que las apelaciones contra las sentencias
criminales de los jueces de Indias:
Son resueltas por el Consejo de Indias.
14. Madrid, 1599, como valido del monarca usted le recuerda que su padre, Felipe II:
Examinaba personalmente cada cuestión antes de que se adoptase una resolución.
15. Granada, 1551, usted es oidor de la Audiencia y le recuerda a corregidor que los
oficiales con tal cargo:
Si eran militares deberían administrar justicia auxiliados por los alcaldes mayores.
16. Bolonia, 1510, usted es estudiante universitario y aprende que el derecho común:
Constituirá el gran factor de unificación ideológica de Europa.
17. San Sebastián, 1520, como oficial del Rey usted ha de tener en cuenta que:
Las Juntas Generales de Guipúzcoa dictan disposiciones principalmente encaminadas
a la salvaguardia del orden público.
18. Barcelona, 1599, como Virrey usted recuerda a sus consejeros que en la Cataluña
bajomedieval:
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Queda consagrada, junto al romanismo localista de las costums, las vigencia general
supletoria del derecho común.
19. Valladolid, 1520, en un informe al canciller usted señala que:
El “obedézcase pero no se cumpla” supone que la ley ha de ser acatada, en razón de
su autoridad, pero no cumplida.
Tema 7 - España Siglo XVIII
1. Madrid, 1768, al informar una petición de indulto usted sostiene que la facultad de
dispensar del cumplimiento de las normas:
Sólo la puede ejercer el Sumo Pontífice.
2. Madrid, 1789, como secretario del monarca, usted hace constar que:
Aún no se ha promulgado la Pragmática sanción que deroga la Ley sálica.
3. Madrid, 1790, usted comunica al Consejo Real que, suponiendo la muerte del monarca
con sólo dos hijas y un hermano supérstites:
Sucedería en el trono el hermano del monarca.
4. Madrid, 1710, usted comunica al Consejo Real que, suponiendo la muerte del monarca
con sólo dos hijas y un hermano supérstites:
Sucedería en el trono la hija mayor del monarca.
5. Madrid, 1766, usted es consejero regio y comunico al monarca que el motín contra
Esquilache:
Se debe exclusivamente a la promulgación de normas limitativas del uso de
determinadas vestimentas.
6. Madrid, entre 1766 y 1776, como ministro del Rey, usted es consciente de que:
Aranda es la figura central del Estado y Floridablanca dirige la oposición desde la
embajada española en París.
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7. ULPGC, hoy usted advierte que en la relación entre el poder señorial y absolutismo del
Estado moderno, cabe afirmar que:
El Estado existe por ostentar la soberanía, aunque su ejercicio sea mediatizado por la
presión de otros poderes fácticos.
8. Santiago de Cuba, 1789, usted es un ilustrado que recuerda a sus vecinos que en
Indias:
Las ciudades obtuvieron representación en las Cortes castellanas.
9. Pamplona, 1750, usted es miembro de la Diputación de las Cortes de Navarra, que
tiene misiones como:
Defensa del derecho navarro, atribuciones económico-financieras, defensa militar,
relaciones exteriores y educación.
10. ULPGC, hoy usted recuerda que, según Escudero, los Consejos pueden clasificarse
en las siguientes categorías:
Los componentes sobre toda la monarquía, los de gobierno de distintos territorios, el de
Navarra, los de Cámara y los de administración preferentemente castellana.
11. Madrid, 1788, usted es consejero regio y emite un informe sobre jurisdicciones que
concluye que:
La aplicación del fuero inquisitorial a los familiares era irrefutada.
12. Barcelona, 1725, como miembro del consulado, usted recuerda al corregidor que la
jurisdicción mercantil:
Es ejercida en primera instancia por el prior y dos o tres cónsules.
13. Madrid, 1701, el nuevo monarca le encarga un informe sobre las características de las
Cortes aragonesas bajo los Austrias, que son:
Autonomía, insumisión y fortaleza.
14. Madrid, 1700, como consejero regio usted presenta un informe al nuevo monarca en el
que sostiene que los Consejos:
Por lo general, disfrutan de atribuciones legislativas, administrativas y judiciales.
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15. Madrid, 1700, como consejero regio usted presenta un informe al nuevo monarca en el
que sostiene que las Juntas, dentro de la administración central:
Son órganos que entienden de determinados negocios, bien por razones episódicas o
por la importancia de ciertos asuntos.
16. Madrid, 1700, como consejero regio usted presenta un informe al nuevo monarca en el
que advierte que los Consejos:
Todos residen en la corte, salvo el de Navarra.
17. Madrid, 1700, usted es consejero regio e informa al Rey de que a estas alturas:
El sistema polisinodial mostraba claramente su escasa eficiencia y mucho desprestigio.
18. Madrid, 1735, como consejero regio usted advierte de que la reforma de la
administración central por Felipe V:
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