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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE ADJUDICACIÓN
N.- R.A.-064-GADMICP-2022
LICITACIÓN DE OBRA
RLICO-GADMP-03-2022
Ing. Luis Ugsha Ilaquiche
ALCALDE GOBIERNO AUTONÓMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL INTERCULTURAL DEL CANTÓN PUJILÍ
Pujilí, 30 de diciembre de 2022
CONSIDERANDO:
Que,
el artículo 82 de la Constitución de la República del Ecuador establece: “El derecho a la
seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de
normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes”;
Que,
el artículo 226 de mismo cuerpo legal. - Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de
una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en
la Constitución;
Que,
el artículo 227 Ibidem menciona: “La administración pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración,
descentralización,
coordinación,
participación,
planificación,
transparencia y evaluación”;
Que,
el artículo 288 de la misma normativa suprema prescribe: “Las compras públicas cumplirán
con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se
priorizarán los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la
economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas”;
Que,
en el Suplemento del Registro Oficial № 303 de 19 de octubre de 2010, se publicó el Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, el mismo que
establece que los gobiernos autónomos descentralizados, son personas jurídicas de derecho
público, con autonomía política, administrativa y financiera y en consecuencia con
capacidad para realizar los actos jurídicos que fueren necesarios para el cumplimiento de
sus funciones y competencias;
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García Moreno 5-00 y José Joaquín Olmedo
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Que,
según lo dispuesto en los artículos 54 literal f) y 55 literal c) del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; la contratación de obras permite
viabilizar el cumplimiento de los propósitos institucionales, alcanzando así la consecución
de objetivos;
Que,
el Suplemento del Registro Oficial No. 395 del 04 de agosto del 2008, se publicó la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, la misma que establece el Sistema
Nacional de Contratación Pública y determina los principios y normas para regular los
procedimientos de contratación para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de
obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría que realicen;
Que,
el artículo 4 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública instituye:
“Principios. - Para la aplicación de esta Ley y de los contratos que de ella deriven, se
observarán los principios de legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica,
oportunidad, concurrencia, transparencia, publicidad; y, participación nacional";
Que,
el artículo 48 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública establece:
“Procedencia. - La licitación es un procedimiento de contratación que se utilizará en los
siguientes casos: (…) numeral 3) Para contratar la ejecución de obras, cuando su
presupuesto referencial sobrepase el valor que resultaré de multiplicar el coeficiente
0,00003 por el monto del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio
económico";
Que,
el artículo 49 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, presupone la
conformación de la Comisión Técnica en la fase preparatoria, quien se encargará de la
tramitación de la licitación y la elaboración de los pliegos; en concordancia con lo dispuesto
en el artículo 18 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública;
Que,
el Suplemento del Registro Oficial No. 87 de fecha 20 de junio de 2022, última modificación
31 de agosto de 2022, el presidente Constitucional de la República del Ecuador expidió el
Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública,
normando el proceso de Régimen General, procedimiento común denominado licitación
conforme las disposiciones constantes en esta norma;
Que,
el Art. 89 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública expresa: “Adjudicación. - La máxima autoridad de la entidad contratante o su
delegado, adjudicará el contrato mediante resolución motivada, observando para el efecto lo
definido en los números 17, 18 y 19 del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional
de Contratación Pública; y, los parámetros objetivos de evaluación previstos en los pliegos”;
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Que,
en la Sección tercera, Arts. 146 al 148 del Reglamento General de la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación Pública, establecen los parámetros y fases del
procedimiento de Licitación;
Que,
mediante Resolución Externa No. RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 de agosto de 2016, el
Servicio Nacional de Contratación Pública establece la normativa relacionada con el
procedimiento de licitación, en sus Arts. del 296 al 303.1;
Que,
en el expediente consta la disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria No.
7.5.361.01.05.01.019 denominada “Construcción de Varias Vías Urbanas en Pujilí; Asfaltado
de la Vía Puente Río Isinche-Río Patoa Y Asfaltado de la Vía Apahua-Angamarca Etapa III.”,
según certificación presupuestaria No. 619 de fecha 19 de agosto del 2022 emitida por la
Dirección Financiera del GADMICP;
Que,
en el expediente consta la disponibilidad presupuestaria presente y futura de fondos en la
partida presupuestaria No. 7.5.361.01.05.01.019 denominada Construcción de Varias Vías
Urbanas en Pujilí; Asfaltado de la Vía Puente Río Isinche-Río Patoa Y Asfaltado de la Vía
Apahua-Angamarca Etapa III.”, según certificación presupuestaria No. 619 de fecha 19 de
agosto del 2022 emitida por la Dirección Financiera del GADMICP
Que,
mediante OFICIO N° 001317-DNCP-2022 la Dirección Nacional de Contratación Pública de
la CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO determina la pertinencia y favorabilidad para la
consumación de esta contratación pública; en este sentido, se emite el presente Informe de
Pertinencia, para la MEJORAMIENTO DE LAS CALLES: GABRIEL GARCÍA MORENO, O530,
PICHINCHA, BELISARIO QUEVEDO, EDUARDO CÁRDENAS Y EDGAR CÁRDENAS,
CAMBIO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO PLUVIAL Y DE AGUA
POTABLE DE LA CALLE GABRIEL GARCÍA MORENO E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA
DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE O530,
mismo que deberá ser publicado como información relevante en el Sistema Oficial de
Contratación Pública;
Que,
mediante RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA No. SECRET-A-DT-006 RLICO-GADMP032022, de fecha 16 de noviembre de 2022, aprobé el estudio de desagregación tecnológica
del procedimiento común de licitación de obra para contratar la ejecución del proyecto
“MEJORAMIENTO DE LAS CALLES: GABRIEL GARCÍA MORENO, O530, PICHINCHA,
BELISARIO QUEVEDO, EDUARDO CÁRDENAS Y EDGAR CÁRDENAS, CAMBIO DEL
SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA
CALLE GABRIEL GARCÍA MORENO E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE
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ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE O530”,
fijando un 60,58% de participación ecuatoriana mínima para el referido proyecto.
Que,
mediante OFICIO N° 2499-GADMICP-DP-2022 de fecha 20 de septiembre de 2022, el Arq.
Walter Armas, director de Planificación, remite lo siguiente:
Que, mediante Resolución Administrativa N° RA-GADMICP-CT-019-2022 de fecha 26 de septiembre
de 2022, dispuse la conformación de la comisión técnica para las fases preparatoria y
precontractual en el proceso de licitación de obra signado con el código No. RLICO-GADMP-032022 para la contratación del proyecto “MEJORAMIENTO DE LAS CALLES: GABRIEL GARCÍA
MORENO, O530, PICHINCHA, BELISARIO QUEVEDO, EDUARDO CÁRDENAS Y EDGAR
CÁRDENAS, CAMBIO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO PLUVIAL Y DE AGUA
POTABLE DE LA CALLE GABRIEL GARCÍA MORENO E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE
ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE O530”;
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Que, mediante RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° R.I-084-GADMP-2022, de fecha 17 de noviembre
2022, aprobé el pliego del proceso de régimen general procedimiento común de licitación de obra
para contratar la ejecución del proyecto “MEJORAMIENTO DE LAS CALLES: GABRIEL GARCÍA
MORENO, O530, PICHINCHA, BELISARIO QUEVEDO, EDUARDO CÁRDENAS Y EDGAR
CÁRDENAS, CAMBIO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO PLUVIAL Y DE AGUA
POTABLE DE LA CALLE GABRIEL GARCÍA MORENO E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE
ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE O530” USD
1´411.733,17 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON
17/100 DÓLARES) sin IVA, con un plazo de 180 días contados a partir de la notificación del anticipo
al contratista de la obra “MEJORAMIENTO DE LAS CALLES: GABRIEL GARCÍA MORENO, O530,
PICHINCHA, BELISARIO QUEVEDO, EDUARDO CÁRDENAS Y EDGAR CÁRDENAS, CAMBIO DEL
SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE
GABRIEL GARCÍA MORENO E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO
SANITARIO Y PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE O530”, para ello se deberá notificar
previamente la disponibilidad del anticipo; el que ha sido presentado y elaborado por la comisión
técnica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 del Reglamento General a la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación Pública; en consecuencia disponer el inicio del procedimiento de
licitación de obra signado con el código No. RLICO-GADMP-03-2022, observando para el efecto el
cronograma constante en el pliego;
Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipalidad Intercultural del Cantón Pujilí, a través
de la Unidad de Contratación y Compras Públicas publicó en el portal institucional del SERCOP, la
convocatoria y demás documentos relevantes del procedimiento de licitación de obra, fijándose
como fecha límite para la presentación de las ofertas hasta las 10h00 del día 15 de diciembre del
2022;
Que, mediante Acta No. 01 DE PREGUNTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES de fecha 29 de
noviembre de 2022, los Miembros de la Comisión Técnica procedieron a dar contestación a la
preguntas formulas por los oferentes en el proceso de licitación de obra, signado con el código No
RLICO-GADMP-03-2022 para la contratación del proyecto denominado “MEJORAMIENTO DE LAS
CALLES: GABRIEL GARCÍA MORENO, O530, PICHINCHA, BELISARIO QUEVEDO, EDUARDO
CÁRDENAS Y EDGAR CÁRDENAS, CAMBIO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO
PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE GABRIEL GARCÍA MORENO E IMPLEMENTACIÓN
DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA
CALLE O530”;
Que, en sesión celebrada el 15 de diciembre del 2022, según consta en el Acta No. 02, la comisión
técnica procedió a la apertura de las propuestas presentadas dentro del procedimiento de licitación
de obra, signado con el código No RLICO-GADMP-03-2022 para la contratación del proyecto
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denominado “MEJORAMIENTO DE LAS CALLES: GABRIEL GARCÍA MORENO, O530, PICHINCHA,
BELISARIO QUEVEDO, EDUARDO CÁRDENAS Y EDGAR CÁRDENAS, CAMBIO DEL SISTEMA DE
ALCANTARILLADO SANITARIO PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE GABRIEL GARCÍA
MORENO E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y
DE AGUA POTABLE DE LA CALLE O530”; habiéndose presentado ocho ofertas, según el siguiente
detalle:
Que, según se desprende del Acta No. 03 ACTA DE CONVALIDACIÓN DE ERRORES PROCESO
LICITACIÓN DE OBRAS de fecha 20 de diciembre de 2022, la comisión técnica en el presente
proceso signado con Código No.: RLICO-GADMP-03-2022, cuyo objeto de contratación es:
“MEJORAMIENTO DE LAS CALLES: GABRIEL GARCÍA MORENO, O530, PICHINCHA, BELISARIO
QUEVEDO, EDUARDO CÁRDENAS Y EDGAR CÁRDENAS, CAMBIO DEL SISTEMA DE
ALCANTARILLADO SANITARIO PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE GABRIEL GARCÍA
MORENO E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y
DE AGUA POTABLE DE LA CALLE O530", informan, que, una vez revisadas todas las ofertas
presentadas, NO existe convalidación de errores.
Que, según se desprende del Acta No. 4 de CALIFICACIÓN DE OFERTAS, de fecha 20 de diciembre
del 2022, los miembros de la comisión técnica, pone a consideración las ofertas en el orden de
presentación, para la evaluación bajo la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, de conformidad con el
siguiente detalle:
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Que, mediante informe enviado con OFICIO No. RLICO-GADMP-03-2022-CT.05 de fecha 30 de
diciembre de 2022, los miembros de la comisión técnica designada según RESOLUCIÓN
ADMINISTRATIVA N° RA-GADMICP-CT-019-2022, RECOMIENDAN ADJUDICAR al oferente
CONSORCIO PUJILÍ URBANO, con RUC No. 0502348774001, para la ejecución de la obra signada
con el código RLICO-GADMP-03-2022, denominada “MEJORAMIENTO DE LAS CALLES: GABRIEL
GARCÍA MORENO, O530, PICHINCHA, BELISARIO QUEVEDO, EDUARDO CÁRDENAS Y EDGAR
CÁRDENAS, CAMBIO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO PLUVIAL Y DE AGUA
POTABLE DE LA CALLE GABRIEL GARCÍA MORENO E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE
ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE O530”, ubicada
en la Parroquia Pujilí, cantón Pujilí, Provincia de Cotopaxi; por haber obtenido el mayor puntaje
(92.64 puntos sobre 100,00), por cumplir con los requisitos exigidos en las Condiciones
Particulares de Laicización de Obras, Condiciones Generales para la Contratación de Obras, Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General, según
Resoluciones No. R.E.-SERCOP-2019-000095 y RESERCOP- 2019-0000100 de 07 de enero y 04 de
julio de 2019, Pliego y Anexo 1 Requisitos Mínimos de la Licitación De Obras; de igual manera,
sobre la base del criterio del mejor costo en obra, previstos en el numeral 18 del artículo 6 de la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, esto es: “Oferta que ofrezca a la entidad las
mejores condiciones presentes y futuras en los aspectos técnicos, financieros y legales, sin que el
precio más bajo sea el único parámetro de selección (…)”, quien presenta como oferta económica el
valor de USD 1’304,709.11 (UN MILLÓN TRESCIENTOS CUATRO MIL SETECIENTOS NUEVE
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 11/100 CENTAVOS), sin incluir I.V.A.,
con un plazo de entrega de 180 DÍAS.
Que, mediante OFICIO No. RLICO-GADMP-03-2022-CT.06 de fecha 30 de diciembre de 2022 los
Miembros de la Comisión Técnica del proceso signado con código RLICO-GADMP-03-2022,
denominada “MEJORAMIENTO DE LAS CALLES: GABRIEL GARCÍA MORENO, O530, PICHINCHA,
BELISARIO QUEVEDO, EDUARDO CÁRDENAS Y EDGAR CÁRDENAS, CAMBIO DEL SISTEMA DE
ALCANTARILLADO SANITARIO PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE GABRIEL GARCÍA
MORENO E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y
DE AGUA POTABLE DE LA CALLE O530”, establecen lo siguiente:
Luego de expresarle un afectuoso saludo, me refiero al Reclamo realizado por Sebastián Zambrano,
GERENTE INMOBICYM S.A, mismo que se encuentra publicado en Porta de Compras Púbicas, para
lo cual me permito indicar lo que establece el Art 343 del Reglamento de la Ley Orgánica Sistema
Nacional Contratación Pública, De la Admisión una vez presentado el reclamo, el Servicio Nacional
de Contratación Pública deberá verificar dentro del término de tres (3) días, contado desde su
presentación, si cumple con los siguientes requisitos. De cumplirse, se calificará y admitirá a
trámite, por tal motivo el Numeral 2 de manera textual indica: “2. Descripción clara de las presuntas
infracciones e inobservancias a la normativa aplicable al procedimiento, en la que se habría
incurrido con la emisión de la actuación por parte de la entidad y, la justificación de la forma en la
que tales infracciones le han producido afectación, daño o gravamen al reclamante”, siendo el
mismo una justificación para no ser admitido el reclamo presentado por Sebastián Zambrano,
GERENTE INMOBICYM S.A; por tal razón adjuntamos a la presente el ACTA No.5 CONOCIMIENTO
RECLAMO, donde consta el conocimiento, análisis y resolución del Oficio S/N de fecha 22 de
diciembre del 2022, suscrito por el reclamante
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Solicitamos a su autoridad que dicha Acta sea remitida al SERCOP, con la finalidad de atender el
Reclamo constante en el Oficio S/N de fecha 22 de diciembre del 2022, suscrito por Sebastián
Zambrano, GERENTE INMOBICYM S.A., y de igual manera con la finalidad de continuar con el
trámite de Adjudicación del proceso de contratación Proceso de Licitación de Obra signado con
código RLICO-GADMCP-03-2022 y cuyo objeto de contratación es el MEJORAMIENTO DE LAS
CALLES GABRIEL GARCIA MORENO, 0530, PICHINCHA, BELISARIO QUEVEDO, EDUARDO
CARDENAS Y EDGAR CÁRDENAS, CAMBIO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO
PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE GABRIEL GARCÍA MORENOE IMPLEMENTACIÓN
DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA
CALLE 0530, nos ratificamos en lo actuado dentro del acta de calificación No. 4 e Informe de
Adjudicación, donde se recomendamos adjudicar al Oferente CONSORCIO PUJILÍ URBANO, con
RUC No. 0502348774001, por un monto de USD 1’304,709.11 (UN MILLÓN TRESCIENTOS
CUATRO MIL SETECIENTOS NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON
11/100 CENTAVOS), sin incluir IVA, con un plazo de entrega de 180 DÍAS, por cumplir con
todos los requisitos legales y técnicos solicitados por la institución, por lo cual insistimos en que se
continúe con el trámite pertinente con la finalidad de continuar con la suscripción del contrato y
con la ejecución de la obra indicada
Que, la SECRETARIA GENERAL DEL GADMI DEL CANTÓN PUJILÍ remite al SERCOP la contestación
ACTA No.5 CONOCIMIENTO RECLAMO.
Que, según Memorando N° 000000393, de fecha 30 de diciembre de 2022, suscrito por el Ing. Luis
Ugsha Ilaquiche, ALCALDE DEL GADMI DEL CANTÓN PUJILÍ, acogiéndose a la recomendación
emitida en el Oficio N°. RLICO-GADMP-03-2022-CT.05 suscrito por los MIEMBROS DE LA COMISIÓN
TÉCNICA y en base al Art. 343.- De la Admisión, del Reglamento General de la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación Pública, AUTORIZO previo control ADJUDICAR mediante
Resolución Motivada el proceso de la obra signada con el código RLICO-GADMCP-03-2022,
denominada “MEJORAMIENTO DE LAS CALLES GABRIEL GARCIA MORENO, 0530, PICHINCHA,
BELISARIO QUEVEDO, EDUARDO CARDENAS Y EDGAR CÁRDENAS, CAMBIO DEL SISTEMA DE
ALCANTARILLADO SANITARIO PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE GABRIEL GARCÍA
MORENOE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y
DE AGUA POTABLE DE LA CALLE 0530”, al Oferente CONSORCIO PUJILÍ URBANO, con RUC No.
0502348774001, por un monto de USD 1’304,709.11 (UN MILLÓN TRESCIENTOS CUATRO MIL
SETECIENTOS NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 11/100
CENTAVOS), sin incluir IVA, con un plazo de entrega de 180 días contados a partir de la
notificación del anticipo al contratista de la obra.
En uso de las facultades legales que me confiere la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública su Reglamento General, Resoluciones y demás Normativas;
RESUELVO:
Art. 1.- ADJUDICAR, el contrato de licitación de obra, signado con el código No. RLICO-GADMCP03-2022 para la contratación del proyecto “MEJORAMIENTO DE LAS CALLES GABRIEL GARCIA
MORENO, 0530, PICHINCHA, BELISARIO QUEVEDO, EDUARDO CARDENAS Y EDGAR
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García Moreno 5-00 y José Joaquín Olmedo
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CÁRDENAS, CAMBIO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO PLUVIAL Y DE AGUA
POTABLE DE LA CALLE GABRIEL GARCÍA MORENOE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE
ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE 0530”, al
oferente CONSORCIO PUJILÍ URBANO, con RUC No. 0502348774001, para la ejecución de la obra
signada con el código RLICO-GADMCP-03-2022, denominada “MEJORAMIENTO DE LAS CALLES
GABRIEL GARCIA MORENO, 0530, PICHINCHA, BELISARIO QUEVEDO, EDUARDO CARDENAS Y
EDGAR CÁRDENAS, CAMBIO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO PLUVIAL Y DE
AGUA POTABLE DE LA CALLE GABRIEL GARCÍA MORENOE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA
DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE 0530”, por
un monto USD 1’304,709.11 (UN MILLÓN TRESCIENTOS CUATRO MIL SETECIENTOS NUEVE
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 11/100 CENTAVOS), sin incluir IVA,
con un plazo de 180 días contados a partir de la notificación del anticipo al contratista de la obra; la
misma que obtuvo 92.64 puntos, por haber cumplido con todos los requisitos mínimos solicitados
en los pliegos, esto de conformidad con el artículo 6 numeral 18, Arts. 32 y 49 de la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación Pública; Art. 89 de su Reglamento General y, Art. 303 de la
Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación
Pública.
Art. 2.- NOTIFICAR con esta adjudicación al oferente al oferente CONSORCIO PUJILÍ URBANO,
con RUC No. 0502348774001, al tenor del artículo 15 del Reglamento General de la Ley Orgánica
del Sistema Nacional de Contratación Pública; y, Art. 303 de la Codificación y Actualización de
Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública.
Art. 3.- DESIGNAR de conformidad al artículo 70 de la LOSNCP y artículo 295 del Reglamento
General a la Ing. Makarena Merizalde, como Administradora del Contrato, quien velará por el cabal
y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato y adoptará
las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y
sanciones a que hubiere lugar en la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO DE LAS CALLES
GABRIEL GARCIA MORENO, 0530, PICHINCHA, BELISARIO QUEVEDO, EDUARDO CARDENAS Y
EDGAR CÁRDENAS, CAMBIO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO PLUVIAL Y DE
AGUA POTABLE DE LA CALLE GABRIEL GARCÍA MORENOE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA
DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE 0530”;
Art.4.- DISPONER a Procuraduría Síndica la elaboración del contrato de la obra adjudicada RLICOGADMCP-03-2022 para la contratación del proyecto “MEJORAMIENTO DE LAS CALLES GABRIEL
GARCIA MORENO, 0530, PICHINCHA, BELISARIO QUEVEDO, EDUARDO CARDENAS Y EDGAR
CÁRDENAS, CAMBIO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO PLUVIAL Y DE AGUA
POTABLE DE LA CALLE GABRIEL GARCÍA MORENOE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE
ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Y DE AGUA POTABLE DE LA CALLE 0530”, al
oferente CONSORCIO PUJILÍ URBANO, con RUC No. 0502348774001;
Tel:032725773
García Moreno 5-00 y José Joaquín Olmedo
www.municipiopujili.gob.ec
Alcaldía Pujilí
Art.5.- AUTORIZAR a la Unidad de Compras Públicas, la Publicación de la presente Resolución de
Adjudicación de conformidad al Art. 343.- de la Admisión, del Reglamento General de la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública Art. 168.A de la Resolución del Servicio
Nacional de Contratación Pública 72, así como toda la información relevante y pertinente del
proceso en el Portal de Compras Públicas www.compraspublicas.gob.ec
Disposición Final. - La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su expedición.
Firmado electrónicamente por:
LUIS
UGSHA
Ing. Luis Ugsha Ilaquiche
ALCALDE DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO
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