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Bogotá D.C. 18 de abril de 2023
Señor:
RONALD QUEVEDO RODRIGUEZ
rq2@hotmail.com
REFERENCIA: Respuesta derecho de petición
Por medio del presente, de manera atenta y respetuosa me permito dar respuesta frente a la
solicitud que nos compete en los siguientes términos:
I.
CONSIDERACIONES PREVIAS:
1. En su calidad de persona natural suscribió productos financieros con el BANCO DE
OCCIDENTE.
2. Para poder disfrutar de tales servicios financieros, usted suscribió pagaré en blanco
con su respectiva carta de instrucciones, que respaldaba de manera personal el pago de
dicha obligación.
3. Que el pagare suscrito por el peticionario fue cedido por el BANCO DE
OCCIDENTE a favor de GRUPO JURÍDICO DEUDU S.A.S. actual tenedor
legítimo, conforme a la cadena de endosos que se evidencia en dicho título valor, el
pasado 15 de junio de 2021.
II.
DE LO SOLICITADO:
Respecto a la documentación requerida en la solicitud, dado los procesos masivos en la
compra de cartera que se adelantó respecto a su obligación y que son objeto de cesión a
nuestro favor, el Banco de Occidente aún no nos entrega dicha garantía y por tanto no
podemos remitir los mismo por el momento, por lo que le solicitamos comedidamente se sirva
acercar directamente a cualquier oficina o mecanismo de atención al cliente del Banco de
Occidente y solicitarlos directamente.
Esperamos haber atendido con éxito su solicitud, e informamos que en caso de requerir
información adicional GRUPO JURÍDICO DEUDU S.A.S. está ubicado en la Carrera 42 B
No. 12 B-56 Zona Industrial Puente Aranda de Bogotá D.C., PBX 7457211 CEL 333 0333666
sitio web www.grupojuridico.co y www.deudu.co
Cordialmente,
GRUPO JURIDICO DEUDU
S.A.S. Nit. 900.618.838-3
Servicio al Cliente.
Technokey -- Acta de Envío y Entrega de Correo
Electrónico
2023/04/18 15:54
Hoja /
sealmail Certifica que ha realizado el servicio de envío de la notificación electrónica, a través de su sistema de registro de ciclo de comunicación
Emisor-Receptor.
Según lo consignado los registros de sealmail el mensaje de datos presenta la siguiente información:
Resumen del mensaje
Id mensaje:
41752
Emisor:
certificado@grupojuridico.co
Destinatario:
rq2@hotmail.com - QUEVEDO RODRIGUEZ RONALD
Asunto:
¡¡¡NOTIFICACION CESIÓN DE DERECHOS DE CRÉDITO Consecutivo No. OCC00017239!!!
Fecha envío:
2022-09-13 11:38
Estado actual:
Lectura del mensaje
Trazabilidad de notificación electrónica
Evento
Estampa de tiempo al envio de la
notificacion
Fecha Evento
Detalle
Fecha: 2022/09/13
Hora: 11:47:10
Tiempo de firmado: Sep 13 16:47:10 2022 GMT
Política: 1.3.6.1.4.1.31304.1.1.2.1.6.
Fecha: 2022/09/13
Hora: 11:55:51
Sep 13 11:47:13 cl-t205-282cl postfix/smtp[7621]:
5C18A12487B4: to=<rq2@hotmail.com>,
relay=hotmail-com.olc.protection.outlook
.com[104.47.17.161]:25, delay=2.7, delays=0.12/0/0.82
/1.8, dsn=2.6.0, status=sent (250 2.6.0
<103e2581a199c52dd65f1b654c6e4018b1cb
7825c98d4c5fc37ac3678e28ad05@technokey.c
o> [InternalId=57805964882917,
Hostname=BL1PR03MB5958.namprd03.prod.out
look.com] 34836 bytes in 0.244, 138.923 KB/sec
Queued mail for delivery -> 250 2.1.5)
Fecha: 2022/09/14
Hora: 13:56:03
Dirección IP: 66.249.88.202
Agente de usuario: Mozilla/5.0 (Windows NT 5.1; rv:
11.0) Gecko Firefox/11.0 (via ggpht.com
GoogleImageProxy)
Fecha: 2022/09/14
Hora: 13:57:07
Dirección IP: 191.156.148.129 Colombia - Tolima Fresno
Agente de usuario: Mozilla/5.0 (Linux; Android 11;
Redmi Note 8 Pro) AppleWebKit/537.36 (KHTML,
like Gecko) Chrome/105.0.0.0 Mobile Safari/537.36
El mensaje de datos se tendrá por expedido cuando
ingrese en un sistema de información que no esté
bajo control del iniciador o de la persona que envió
el mensaje de datos en nombre de éste - Artículo
23 Ley 527 de 1999.
Notificacion de entrega al servidor
exitosa
El acuse de recibo significa una aceptación del
mensaje de datos en el servidor de correo del
destinatario - Artículo 21 Ley 527 de 1999.
El destinatario abrio la notificacion
Con la recepción del presente mensaje de datos se
entiende que el destinatario ha sido notificado
para todos los efectos según las normas
aplicables vigentes, especialmente los artículos
12 y 20 la Ley 527 de 1999 y sus normas
reglamentarias.
Lectura del mensaje
El momento de la recepción de un mensaje de
datos se determinará cuando éste ingrese en el
sistema de información designado por el
destinatario, Si el destinatario no ha designado un
sistema de información, la recepción tendrá lugar
cuando el mensaje de datos ingrese a un sistema de
información del destinatario - Artículo 24 literal a
numeral 1 y literal b Ley 527 de 1999.
De acuerdo con los artículos 20 y 21 de la Ley 527 de 1999 se presumirá que el destinatario ha recibido el mensaje, cuando el emisor del mismo recepcione el acuse de recibo que
puede ser automatizado, en ese orden de ideas, el presente documento constituye acuse de recibo automatizado y constituye prueba de entrega del mensaje de correo electrónico así
como sus archivos adjuntos en la fecha y hora indicadas anteriormente.
Importante: En el aparte Acuse de Recibo, en los casos en que aparece la frase “Queued mail for delivery” se debe a las características del servidor de correo electrónico Microsoft
Exchange, en estos casos, si el mensaje no pudo ser entregado dicho servidor enviará una segunda respuesta indicando que no fue exitosa la entrega del mensaje, si no hay una segunda
respuesta del servidor de correo electrónico, quiere decir que tu mensaje fue entregado satisfactoriamente por lo que este documento pasa a constituir acuse de recibo
Contenido del Mensaje
Asunto: ¡¡¡NOTIFICACION CESIÓN DE DERECHOS DE CRÉDITO Consecutivo No. OCC00017239!!!
Cuerpo del mensaje:
Adjuntos
FwAaIBOZQY3YwM72uAVpfodwfx4Kic37wOopiGUD.pdf
Descargas
Archivo: FwAaIBOZQY3YwM72uAVpfodwfx4Kic37wOopiGUD.pdf desde: 190.145.50.146 el día: 2022-09-14
14:04:56
De conformidad con el artículo 9 de la Ley 527 de 1999, la presente notificación electrónica como los documentos adjuntos a esta, son documentos íntegros, ya que es posible
determinar que los mismos no han sido modificados ni alterados desde el momento en que fue enviado el mensaje de datos por parte del emisor del mensaje, por lo tanto dichos
documentos tienen plena validez jurídica y probatoria.
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