Uploaded by Laura Ramirez

Análisis del caso Marvin Gallego

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Pereira, jueves 25 de noviembre de 2021.
REFERENCIA: SUGERENCIA CON RELACIÓN A SU CASO DE VIOLACIÓN DEL
DERECHO A LA IGUALDAD.
Señor,
MARVIN GALLEGO
La ciudad.
Cordial saludo.
He analizado su caso basado en los intentos por incorporarse a la Escuela de Formación de
Suboficiales y Auxiliares de la Policía Nacional y, debido a su solicitud de asesoría profesional,
me permito amablemente comunicarle mi punto de vista jurídico de conformidad con lo estipulado
por las leyes acerca de su situación en específico.
En primer lugar, según esta escuela perteneciente a dicha institución estatal, su inhabilidad
para ejercer tal cargo público se basa en su política de admisión. Sin embargo, esa misma guía o
norma vulnera su derecho a la igualdad y favorece la discriminación positiva de minorías al
establecer prioridades en un proceso de admisión que debería ser de carácter público y equitativo.
En su caso en específico, el motivo para no llevar a cabo su proceso de incorporación de manera
regular o exitosa es que usted no pertenece a las minorías descritas por ellos, tales como: pertenecer
a una comunidad indígena o afrocolombiana; ser de sexo femenino o desmovilizado; estar en
estado de discapacidad leve o contar con inscripción en el Sistema de Identificación de Potenciales
Beneficiarios de Programas Sociales (SISBEN).
La preferencia de admisiones de minorías extrema las acciones afirmativas sobre ciertas
poblaciones bajo la coartada de la ‘promoción de la diversidad’ o con el propósito de compensar
la pérdida de oportunidades participativa de ciertas minorías en la sociedad. Sin embargo, dichas
exculpaciones afectan ‘indirectamente’ a quienes, como usted poseen el perfil idóneo y la facultad
para incorporarse la institución en cuestión. En efecto, considero que posee usted un perfil
suficientemente competente para incorporarse a este cuerpo armado al cumplir con los parámetros
establecidos en la reglamentación expedida por el Ministerio de Defensa.
Considero que el método de selección de esta organización gubernamental es el de la
generalidad abstracta toda vez que se prioriza un grupo selecto o una población en específico para
obtener un trato diferente al de los demás. Sin duda alguna, están cometiendo un acto
discriminatorio en su contra. Dicho esto, y a modo de conclusión, mi sugerencia fundamental es
que hagas uso del Recurso de Amparo también conocido como Acción de Tutela toda vez que se
está vulnerando tu derecho a la igualdad contemplado en el Artículo 7 de la Constitución Política
de Colombia de 1991. Según mi criterio, no es necesario instaurar un Derecho de Petición de
manera previa pues el derecho fundamental amenazado se está quebrantando gracias a la acción
de
una
autoridad
Cordialmente,
LAURA MARÍA RAMÍREZ MARÍN.
Licenciada en Bilingüismo con Énfasis en Inglés.
Constitución Política y Ética.
Faculta de Bellas Artes y Humanidades.
Universidad Tecnológica de Pereira.
pública.
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