Uploaded by Migdriana Vanesa Silva

EDMUND MEZGER. CROMINOLOGÍA. EDICIONES OLEJNIK

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EDMUND MEZGER
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italianos contemporáneos
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Obligaciones, contratos y protección al
consumidor en el Derecho de la Unión
Europea y los Estados Miembros
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Abuso de Derecho y derechos subjetivos
Thiago Rodovalho
Comparación jurídica y perspectivas de
estudio del Derecho
Luigi Moccia
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La exposición que sigue pretende someter los presupuestos
criminológicos de la Política criminal del presente a una investigación conjunta y trazar un corte transversal por el actual estado
de nuestra ciencia. Quiere erigir sobre esta base empírica el
edificio de una lucha eficaz contra el delito. Para lograr este fin
está precisamente a hacer Criminología, y especialmente Psicología criminal. Lo que significa que debe investigar el origen
anímico del delito. Con tal afirmación aparece ligada una serie de
difíciles problemas de índole previa.
Ha de tenerse en cuenta que la psicología criminal es una
parte de la Biología criminal. Verdad es que, con arreglo a su
propio concepto, la psicología criminal se dirige a la investigación de procesos anímicos en el delincuente. Pero la investigación contemporánea de la vida anímica del ser humano nos
enseña que esta última está en constante dependencia de los
procesos corporales. Aparece en todas partes ligada a procesos
somáticos, especialmente a los del sistema nervioso central, aunque en modo alguno solo a ellos. El suceder anímico se encuentra
siempre en el total complejo del suceder BIOLÓGICO, es decir,
del total suceder viviente corporal-anímico. Esto rige asimismo,
como no puede menos, para la investigación psicológicoCRIMINAL: también esta última ha de ser en todo caso, si es que
pretende que se la reconozca carácter científico, investigación
BIOLÓGICO-criminal.
EDMUND MEZGER
Georges Valmier
“The Pink Door”
Criminología
Derecho Privado
Paolo Gallo
EDMUND
Derecho Privado Moderno
Cesare Massimo Bianca, Pietro Sirena,
Salvatore Patti
MEZGER
Responsabilidad ex recepto y la
Distinción entre obligaciones de medios
y de resultado
Giovanni D´Amico
Aspectos comparados del fraude de
valores: El caso de EEUU y Chile
Dante Figueroa
Lex
EDMUND MEZGER (Alemania)
(Basilea, 15 de octubre de 1883-Göppingen, 24 de marzo de 1962)
Fue un teórico penal y criminólogo alemán. Desde la República
de Weimar, pasando por las dos guerras mundiales, Mezger hizo
importantes contribuciones para la dogmática del Derecho
penal, especialmente para la comprensión del “hecho” (tipo
penal-Tatbestandslehre), los elementos subjetivos de la antijuricidad y el concepto de culpa.
En 1925 fue profesor en Marburg, y desde 1932 impartió clase en
Múnich. Durante el periodo nazi fue miembro de la NS-Akademie
für Deutsches Recht (Academia Nacional Socialista para el
Derecho Alemán) y, junto a Franz Exner, uno de los más prominentes representantes de la criminología alemana. En 1935 escribió con la colaboración de Hans Frank el Nationalsozialistischem
Handbuch (Tratado para la orientación jurídica del Estado nazi) y
Der strafrechtliche Schutz von Staat, Partei und Volk (La protección penal del Estado, del Partido y del Pueblo).
En 1935 definió como actividades ilícitas “todas las acciones
contra la ideología nacionalsocialista alemana”. Durante la
Segunda Guerra Mundial formó parte de la Comisión de Derecho Penal de los ministros de justicia del Reich Franz Gürtner y
Roland Freisler. Según el penalista español Francisco Muñoz
Conde, la labor científica de Mezger tuvo como finalidad fundamentar la política genocida de solución final del nazismo.
En el artículo “Kriminalpolitik und ihre kriminologischen Grundlagen” (El crimen político y sus principios criminológicos) de
1944 escribió sobre la supuesta alta propensión criminal de los
judíos y defendió las medidas de “higiene racial” y la eliminación
de los elementos raciales defectuosos de la población.
Tras 1945, permaneció como profesor en Múnich, hasta su jubilación en 1952. Perteneció al consejo editorial de la publicación
Grenzgebiete dé Medizin y presidió el Großen Strafrechtskommission del Ministerio de la Justicia.
Sus libros, sobre las partes general y especial del Código Penal
alemán fueron, entre 1950 y 1960, obras básicas de la enseñanza
jurídica.
Entre sus obras destacan: Sein und Sollen im Recht, Tubinga,
1920; Vom Sinn dé strafrechtlichen Tatbestände, en: Festschrift
Träger, Berlín, 1926; Strafrecht, ein Lehrbuch, 1. Aufl., MünchenLeipzig 1931 (2. Aufl. 1933, 3. Aufl. 1949); Kriminal-politik auf
kriminologischer Grundlage, 1. Aufl., Stuttgart 1934 (2. Aufl.
1942, 3. Aufl., Kriminalpolitik und ihre kriminologischen Grundlagen 1944); Die materielle Rechtswidrigkeit im kommenden
Strafrecht, in: Zeitschrift für die gesamte Strafrechtswissenschaft
55 (1936) y Kriminalpsychologische Probleme im Strafrecht
(Vortrag vom 05.06.1943), Múnich.
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