NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I CAPÍTULO 3 TRAMITACIÓN CONTENIDOS: 1. PROCEDIMIENTOS PARA LA NUMERACIÓN ÚNICA DE EXPEDIENTES. . . 2 2. TÉRMINOS PARA LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES. . . . . . . . . . . . . . . . 3 3. TRAMITACION Y COPIAS DE DOCUMENTOS. .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 4. FOLIACIÓN DE EXPEDIENTES. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 5. RESERVA DE EXPEDIENTES. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 6. RECONSTRUCCIÓN DE EXPEDIENTES. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 ANEXOS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9 OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Que el cursante: Conozca y aplique los conocimientos referidos al uso de procedimientos y términos establecidos para la tramitación de expedientes por los organismos de la Fuerza Aérea Argentina. NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I 1. PROCEDIMIENTOS PARA LA NUMERACIÓN ÚNICA DE EXPEDIENTES Todo Expediente será identificado mediante el Número de Identificación de Fuerza Aérea, dado por la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del Organismo que lo origina o que lo recepciona si procede de fuente extrainstitucional. Dicho número de identificación, será el único que tendrá cada Expediente durante su circulación por los distintos Organismos de la Fuerza Aérea Argentina. El Cuartel General del Estado Mayor General llevará el control del Sistema de Numeración Única de Expedientes. A tal efecto, asignará a la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de cada Organismo, un cupo de números correlativos que permita el cumplimiento de sus tareas por un lapso determinado. Ficha Talón Control Todo Expediente llevará en su frente una Ficha Talón Control que será colocada por la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del Organismo de origen. Esta ficha quedará agregada permanentemente al Expediente hasta su destrucción, una vez finalizado el término. La Ficha Talón Control estará compuesta por un cabezal y una serie de talones. En el cabezal, la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo asentará los datos básicos del Expediente (número, carácter, objeto, agregados, etc.). Los talones tendrán los casilleros necesarios para que las dependencias por donde circule el Expediente asienten los datos del mismo y los movimientos que experimenta, y servirán para los distintos Organismos como constancia de entrega del Expediente en cuestión. Doble columna de entradas y salidas La doble columna de entradas y salidas irá impresa en el margen izquierdo del reverso de la primera hoja de los Expedientes cursados dentro de la Fuerza Aérea Argentina y en aquellas utilizadas por las Mesas de Entradas, Salidas y Archivos de cada Organismo, para ser agregadas a los Expedientes que ingresen por primera vez del ámbito externo. Estas últimas, llevarán la foliatura que corresponda a su compaginación y servirán para realizar el trámite de Continuación de Expedientes por parte del Organismo respectivo. Cuando el reverso de la primera hoja de un expediente sea una hoja en blanco, los organismos intervinientes en su tramitación, utilizarán el sello “Movimiento” simulando la doble columna de entradas y salidas y no llevará foliatura. 3-2 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I La doble columna de entradas y salidas tiene por finalidad registrar en una sola hoja y mediante la colocación del sello “movimiento”, las sucesivas entradas y salidas de un Expediente por los distintos Organismos de la Fuerza Aérea Argentina, así como también el “remitente” o “destinatario interno” de cada uno de ellos (ver figura 2-1). D.I. D.I. R.I. R.I. D.I. D.I. R.I. R.I. D.I. D.I. R.I. R.I. Figura 2-1 Modelo de doble columna de Entradas y Salidas. Color De acuerdo con la clasificación asignada a un Expediente según su carácter, la Ficha Talón Control tendrá los siguientes colores: Verde nilo: para “Estrictamente Secreto y Confidencial” y “Secreto”. Azul celeste: para “Confidencial”. Amarillo: para “Reservado”. Rojo: para “Público”. 3-3 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I 2. TÉRMINOS PARA LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES Los simples trámites de elevación, pase o traslado, deberán realizarse dentro de las VEINTICUATRO (24) horas hábiles. Debe entenderse este tiempo como máximo. La confección de la documentación en general, cuando no se haya establecido expresamente otro término, será realizada por orden de llegada en el tiempo que requiera su estudio y dentro de un plazo de CINCO (5) días hábiles, debiendo adecuarse y ajustarse a la complejidad y volumen del problema. Cuando fuere indispensable que un trámite se realice en un plazo determinado, la autoridad que remite el Expediente fijará expresamente la fecha en la que deberá encontrarse nuevamente en su poder ya cumplimentado. Para ello se consignará, después del último párrafo, el título TÉRMINO, seguido de la fecha que se fije a tal efecto (ver Anexos 11 y 13 al final del Capítulo 5 del presente Manual). Urgente El Organismo que necesite se conceda a determinado Expediente un tratamiento prioritario en su diligenciamiento, procederá a colocar en su frente una tarjeta con la leyenda Urgente, la que será firmada por el titular del Organismo o dependencia interna donde se confeccionó el documento. En dicho caso, el Organismo recepcionante deberá tramitar el Expediente dentro de los TRES (3) días habiles y con prioridad sobre cualquier otro que no tenga esa prioridad o la de Muy Urgente. Muy Urgente Esta documentación deberá dilingenciarse dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de recibida y tendrá prioridad sobre toda otra que no tenga esa clasificación. Prórroga Cuando el correcto cumplimiento de lo ordenado demandare, a juicio del Organismo destinatario, un tiempo mayor que el establecido, éste solicitará por vía independiente para no detener el trámite y con la conveniente antelación, la ampliación del término fijado, informando al efecto las razones que la justifiquen y proponiendo la nueva fecha. 3. TRAMITACION Y COPIAS DE DOCUMENTOS Los trámites internos entre dependencias de un mismo Organismo, los Expedientes y las Continuaciones de Expediente, se confeccionarán por duplicado, quedando el mismo para el archivo de la dependencia que lo realiza. 3-4 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Cuando a la documentación en cuestión le corresponda una clasificación de seguridad distinta a la de PÚBLICO se adoptarán, respecto de las copias de la misma, los recaudos establecidos en el Capítulo IV “Clasificación de Seguridad” del RAG 6 (Capítulo 4 de este Manual). El duplicado irá autenticado por el titular del Organismo de nivel inmediatamente inferior al del firmante. Para las firmas de copias de proyectos de Resoluciones, Órdenes y Disposiciones, se procederá de acuerdo con lo determinado en la II Parte del Reglamento de Escritura. Las copias llevarán: La aclaratoria de la autoridad que firma el original, a tres saltos de línea de la finalización del texto del documento. El sello ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL, inmediatamente debajo de la aclaratoria de la autoridad que firma el original. La firma y aclaratoria de quien autentica (manteniendo las alineaciones ya establecidas para las firmas). Todos los sellos del original. El sello "Escalera". El sello “Perteneciente a” (nombre del Organismo al que pertenece la copia). Nota: La autenticación de copias realizadas con posterioridad a la firma de un documento, estará a cargo del Organismo que las produce. Como ANEXO 1 al final de este Capítulo, se adjunta modelo de Copia de Expediente de carácter “Confidencial”, con los sellos correspondientes. 4. FOLIACIÓN DE EXPEDIENTES Toda actuación oficial que se tramite, independientemente del tipo de documento de que se trate, debe tener sus hojas foliadas en el orden correlativo de su compaginación, desde la primera hoja del primer trámite hasta la última hoja del último trámite, incluidos los Anexos, Apéndices, Agregados, Adjuntos, etc. que integran el Expediente o Actuación. 3-5 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I La foliatura de los Expedientes o Actuaciones se realizará con números arábigos ubicados dentro del sello Foliador. Esta NO deberá ser alterada; pero, en caso de tener razón fundada para ello, se utilizará el sello Refoliador, debiendo dejar constancia de este hecho en el cuerpo del documento. Agregado de Expedientes y documentos Los términos agregar o sus derivados, indicarán que un Expediente, Actuación o cualquier otro tipo de documento, se incorpora a otro para formar parte del mismo, perdiendo su individualidad propia. Aquellos Expedientes o documentos de una o más fojas que se agreguen a otro, conservarán su foliación original, pero serán considerados como un solo folio a efectos de integrar el Expediente principal. La dependencia que efectúe la agregación de un Expediente o documento a otro, dejará la constancia respectiva en ambos cuerpos (principal y agregado) y dará, oportunamente, conocimiento de ello a la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del Organismo. Dichas constancias, que llevarán la firma del titular del Organismo que las realiza, se harán normalmente de la siguiente forma: 1°) En el expediente o documento agregado como primera foja, la constancia con el siguiente texto: “CONSTANCIA DE DOCUMENTO AGREGADO” “1. Agréguese el presente Expediente (o documento) que consta de .......... fojas, al Expediente N° ....................... por ………………….. (Ej.: ser su antecedente, estar relacionado al mismo o tratarse del mismo tema, etc.)”. 2°) En la posición o entre las fojas del expediente que se necesite ubicar, el expediente o documento agregado como foja siguiente, el texto que se expresa a continuación: “CONSTANCIA DE DOCUMENTO AGREGADO” “1. Agréguese al presente Expediente (o documento) como foja ..........(el N° que correspoda), el Expediente N° .............. que consta de .............. fojas, por (Ej.: ser su antecedente, estar relacionado al mismo o tratarse del mismo tema, etc.)”. Cuando deban agregarse documentos (libros, folletos, planos, etc.) que por su volumen desorganicen el Expediente, dicha agregación se hará al final en sobres o carpetas por separado. 3-6 Esto deberá ser consignado en el último párrafo del trámite que se esté realizando. NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I En los sobres o carpetas correspondientes, en forma bien visible, se indicará el número del Expediente al cual pertenecen, precedido por la abreviatura “CE N° ......................”. Desglose de Actuaciones El desglose de documentos anexados a un Expediente, se efectuará dejando asentado en el cuerpo principal la correspondiente “Constancia de desglose” escrita y el motivo que originó tal procedimiento, con la firma de la autoridad que ordena dicho desglose. Aquellas fojas del expediente principal, documento o expediente agregados que se desglosen de otro, no conservarán su foliación original, pero serán considerados como UN (1) solo documento y según su tipo y dependiendo del trámite que le corresponda realizar, generará un nuevo expediente, documento o para su archivo, con individualidad propia y todo lo que le corresponda de acuerdo a la reglamentación aeronáutica vigente. La dependencia que efectúe el desglose de un expediente, foja o documento, dejará “Constancia de desglose” respectiva en ambos cuerpos (principal y desglosado) y dará, oportunamente, conocimiento de ello a la Mesa de Entradas y Salidas del Organismo. Dichas constancias que llevarán la firma de la autoridad del organismo que las realiza (Nivel Jefe de Departamento, Grupo o Unidad), se harán normalmente de la siguiente forma: 1°) Del expediente, foja o documento desglosado como primera foja, la constancia con el siguiente texto: “CONSTANCIA DE DESGLOSE DE DOCUMENTACION” “1. Desglósese del Expediente N° .......... , el Expediente (foja o documento) N° ..................... que consta de …………. Fojas, por ………………….. (Ej.: ser su antecedente, estar relacionado al mismo o tratarse del mismo tema, etc.)”. 2°) En la posición o entre las fojas del expediente principal que se desglosó el expediente, foja o documento, el texto que se expresa a continuación: “CONSTANCIA DE DESGLOSE DE DOCUMENTACION” “1. Desglósese del presente Expediente (foja o documento) como foja .......... del Expediente N° .............. que consta de .............. fojas, por (Ej.: ser su antecedente, estar relacionado al mismo o tratarse del mismo tema, etc.)”. Las constancias de desglósese de expedientes, foja o documentación, se foliarán en el orden correlativo al cuerpo principal del expediente. 5. RESERVA DE EXPEDIENTES Cuando sea necesario retener un Expediente, ya sea como antecedente o a la espera de la recepción de informes para proseguir su diligenciamiento, la dependencia que lo tiene a su cargo efectuará el trámite de Reserva correspondiente. 3-7 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I En todos los casos, y con la firma del titular, se dejará constancia de las causas por las cuales se efectúa la Reserva y del tiempo que permanecerá en esa condición. Ejemplo: 8. Resérvese el presente expediente, hasta tanto se recepcione la Planilla de Antecedentes Militares (ANEXO 1) del causante, solicitada con fecha ………… a la Dirección General de Personal. CÓRDOBA, 12 de junio de 2008.- Vicecomodoro JUAN PEREZ Jefe Departamento Justicia 6. RECONSTRUCCIÓN DE EXPEDIENTES Comprobada la pérdida o extravío de un expediente, se ordenará dentro de los DOS (2) días su reconstrucción, incorporándose las copias de los escritos y documentos que aporte el interesado, de los informes y dictámenes producidos, haciéndose constar los trámites registrados. Si se hubiere dictado resolución, se agregará copia autenticada de la misma, prosiguiendo las actuaciones según su estado. Todas las copias serán autenticadas por la autoridad interviniente, habiéndose redactado el acta y efectuado el trámite administrativo correspondiente. 3-8 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA ANEXOS 3-9 CURSO I CONFIDENCIAL FUERZA AEREA ARGENTINA DIRECCION GENERAL DE EDUCACION ESCUELA DE SUBOFICIALES “ESTE DOCUMENTO TIENE CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD, ES PARTE DEL SECRETO MILITAR Y SU DIVULGACIÓN ESTÁ PENADA POR LOS ARTÍCULOS 153, 153 BIS, 156, 157, 222, 223 DEL CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN Y SANCIONADA POR LOS ARTÍCULOS 10°, INC. 19 Y 13° INC. 22 DE LA LEY N° 26.394 DE JUSTICIA MILITAR. ESTÁ PROHIBIDA SU DIVULGACION Y/O REPRODUCCION TOTAL O PARCIAL POR CUALQUIER MEDIO FISICO O INFORMATICO”. FOLIO ......... ..... ANEXO 1 4 saltos de línea AL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACION. 1. Dando cumplimiento a lo ordenado en párrafo 1, elevo el presente expediente al señor Comandante, adjuntando en sobre cerrado Anexos I al VI, conteniendo listado de requerimiento, necesidades y puestas a disposición de Personal Militar Superior y Subalterno. Texto a 10 mm 4 saltos de línea 25 mm 2. El presente trámite consta de SIETE (7) fojas, habiéndose confeccionado por duplicado quedando el mismo para su archivo en el Departamento Despacho General de este Instituto. 2 saltos de línea Comodoro JORGE F. A. MARTINEZ Jefe Grupo Base Escuela de Suboficiales F. A. A cargo del despacho del trámite E.S.F.A ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL E: C: POSICION SELLO OVAL A: Capitán ROBERTO T. RIMONDI Jefe División Central PERTENECIENTE AL DEPARTAMENTO DESPACHO GENERAL 3 - 11 Margen Inferior 25 mm Pie de página 25 mm La línea a 9 mm Texto a 40 mm CE N° 2.456.789 (FAA) La línea a 39 mm 10 mm 15 mm NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I CAPÍTULO 4 CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD CONTENIDOS: PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA EL USO DE LA DOCUMENTACIÓN CLASIFICADA. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 2. DISTINTOS TIPOS DE CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD. . . . . . . . . . . . . . . 7 ANEXOS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 1. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Que el alumno: Conozca y aplique los procedimientos generales para la confección y manejo de la documentación clasificada de la Fuerza Aérea. NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I 1. PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA EL USO DE LA DOCUMENTACIÓN CLASIFICADA Toda la documentación y correspondencia se clasificará, según su carácter, en: Estrictamente Secreto y Confidencial, Secreto, Confidencial, Reservado o Público. La clasificación de seguridad para asignar a un Expediente o archivo constituido por varias partes o secciones ya clasificadas, o a un grupo de documentos unidos físicamente, deberá ser igual a la de la parte, sección o documento incluido en el mismo, cuya clasificación de seguridad sea la más elevada. La clasificación asignada a un documento podrá ser modificada para aumentar su grado de reserva, haciéndolo directamente bajo su responsabilidad la autoridad que firma el trámite que origina el cambio de clasificación. Los documentos originariamente clasificados como Secreto, Confidencial y Reservado, podrán ser motivo de una clasificación inferior, siempre y cuando desaparezcan las causas que motivaron su clasificación anterior. En este caso, se dará intervención a la autoridad del Organismo de origen del documento. La autoridad que origina un documento o la que interviene en su trámite, en los casos que resuelva modificar su clasificación, deberá comunicarlo a quienes posean ejemplares del mismo. Quien disponga un cambio de clasificación de seguridad: 1°) Hará constar en el último párrafo del trámite que realice y deberá tachar con dos (2) líneas diagonales el sello de Clasificasión de Seguridad. 2°) En el caso de que se le asigne el de “Secreto” o “Confidencial” lo hará constar en el penúltimo párrafo, ya que el último será el que corresponda a estos (ver subtítulo Secreto del título Clasificación de Seguridad). Ejemplo: “XX. De conformidad con lo establecido en el N° .................................. (según corresponda) del Reglamento para Escritura y Correspondencia (RAG 6) – I Parte, dése al presente Expediente el carácter de .....................”. 4-2 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Las películas fotográficas y cinematográficas llevarán al principio y fin de cada rollo la inscripción correspondiente a su clasificación. Los negativos, siempre que sea posible, llevarán inscripta en su parte superior la anotación de Secreto, Confidencial o Reservado y se guardarán en envases o cajas que ostenten en su exterior la correspondiente clasificación. Las fotografías deben marcarse de frente y en la parte posterior con la respectiva Clasificación de Seguridad. Las grabaciones efectuadas en casettes de audio, video, CD o DVD, deben llevar en su inicio la Clasificación de Seguridad que corresponda y contendrán en el exterior de sus envases la respectiva leyenda. Cuando sea necesario tramitar documentación bajo soporte informático, con cualquier Clasificación de Seguridad que no sea Público, los archivos deberán tener clave de acceso, la que deberá transmitirse solo al usuario según alguno de los siguientes procedimientos: 1º) Personalmente. 2º) Por un medio distinto al empleado para el envío de la documentación en cuestión. 3º) En un envío anterior o posterior del empleado para el envío de la documentación en cuestión. 4º) Por mensaje “Secreto”, “Confidencial” o “Reservado” según corresponda a la Clasificación de Seguridad del documento tramitado. En ningún caso, la documentación bajo soporte informático y las claves de acceso a dichos documentos, deben ser remitidas al destinatario en forma conjunta. Toda documentación oficial de cualquier carácter no deberá salir de los Organismos Oficiales correspondientes, quedando prohibida su utilización o retención en domicilios particulares, salvo expresa disposición de la autoridad pertinente, la que en tal caso asume la responsabilidad. Marca de agua en las hojas Toda documentación con clasificación de seguridad superior a Público, deberá contener una marca de agua ubicada en cada una de las hojas y abarcando todo el texto con la Clasificación de Seguridad y número del ejemplar correspondiente, según se detalla: 1°) Posición: en forma diagonal (desde margen inferior izquierdo a margen superior derecho. 4-3 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I 2°) Tipo de letra: Arial Narrow – Mayúscula. 3°) Tamaño: – Reservado – Confidencial – Secreto ejemplar 60 pts. (ver ANEXO 1 al final de este Capítulo). ejemplar 56 pts. (ver ANEXO 5 al final del Capítulo 5). ejemplar 68 pts. (ver ANEXO 10 al final del Capítulo 5). 4°) Texto: tipo de Clasificación de Seguridad del documento. 5°) Color: blanco, fondo 1 oscuro TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35 %) – (Semitransparente). Se recuerda el uso obligatorio del Sello de Clasificación de Seguridad correspondiente y el Sello de Divulgación Ilegal (Tinta color rojo) en todas las hojas que componen un documento con Clasificación de Seguridad Confidencial o Superior, según lo especificado en los párrafos 82, 83 y 86 del presente (RAG 6 – I Parte). (ver ANEXO 1 al final de este Capítulo). OBSERVACIONES: Lo expresado precedentemente se incorporará como párrafo 238 (Bis) en la nueva Edición del Reglamento para la Escritura y Correspondencia (RAG 6 - I Parte) “Normas Generales para Escritura y Correspondencia”, siendo comunicado por Correo Aeronáutico N° 3031 R GHO 021637 MAY 18 de DOCTRINAER DG. Tramitación de Expedientes y Continuación de Expedientes con Clasificación de Seguridad Para la tramitación de expedientes de carácter “Reservado”, “Confidencial” o “Secreto”, se procederá de la siguiente manera: 1º) Deberá ser diligenciada en un sobre cerrado, presentado ante las Mesas de Entradas, Salidas y Archivo, mediante una elevación que será redactada como Expediente o Continuación de Expediente, según corresponda, con el siguiente texto; que se da a modo de ejemplo. Ejemplo: “22. Elevo/remito el presente expediente al señor …………. adjuntando un sobre cerrado conteniendo documentación con clasificación de seguridad, la cual consta de ……….. folios útiles, de conformidad con lo establecido en el Capítulo V “Clasificación de Seguridad” del Reglamento para la Escritura y Correspondencia – I Parte (RAG 6)”, confeccionado el último trámite por duplicado quedando el mismo ……” (Ver Anexo 1 al final del presente Capítulo) 4-4 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Nota: Se deberá tener presente que de realizarse un cambio de clasificaión de seguridad, también deberá ser consigado en la elevación que acompaña al sobre. 2º) La elevación llevará clasificación de seguridad “Reservado”, sin hacer mención a la clasificación de seguridad del documento que se encuentra en el interior del sobre (ver ANEXO 1 al final de este Capítulo). 3º) Asimismo, al sobre que contiene la documentación se le deberá colocar únicamente en la parte media superior “PERTENECIENTE A EXPEDIENTE Nº………..(FAA)” correspondiente al documento. No contendrá sello de clasificación de seguridad, ni sello de folio, pero llevará en la parte media el destinatario que figura en el expediente. 4º) En cada cierre del sobre se cruzará la firma del remitente o personal autorizado al efecto, colocándose los sellos aclaratorios de la autoridad firmante y pegando encima de dichos cierres y en toda su extensión, cinta adhesiva celulósica transparente. 5º) Las Mesas de Entradas, Salidas y Archivo procederán a numerar y registrar el expediente SIN ABRIR EL SOBRE de referencia, asentando en la elevación correspondiente el número de expediente que corresponda. 6º) La Mesa de Entradas, Salidas y Archivos del Organismo destinatario del Expediente, procederá a registrar el ingreso del mismo y lo entregará a la autoridad que corresponda SIN ABRIR EL SOBRE de referencia. 7º) Los sobres que contienen la documentación de carácter “Clasificado”, sólo serán abiertos por el destinatario, quien para su tramitación, deberá adoptar el siguiente procedimiento: a) Si el expediente finaliza su trámite en esa dependencia: - Proceder a su archivo, habiendo cumplido las normas establecidas para documentación con “Clasificación de Seguridad”. b) Si el expediente continúa su trámite en otra depedencia: - Confeccionar una “Continuación de Expediente”, (CE Nº………… -FAA-) en la cual deberá mantener la correlatividad del número de folio y número de párrafo del cuerpo del expediente. - Incorporar como último párrafo de su trámite el siguiente texto; que se da modo de ejemplo. 4-5 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Ejemplo: “11. El presente expediente consta de …………. (……..) folios útiles, habiéndose confeccionado el último trámite por duplicado quedando el mismo ……” - Confeccionar una nueva elevación, como “Continuación de Expediente” la cual deberá mantener el número ya asignado. Dicho documento, deberá mantener la correlatividad del número de folio y número de párrafo de la anterior elevación. - Las elevaciones deberán dirigirse a los mismos destinatarios que se consignan en el expediente contenido dentro del sobre. Dichas elevaciones podrán ser firmadas por la autoridad que firma el expediente o por otro oficial autorizado a tal efecto. - Mantener junto al sobre que contiene la documentación clasificada, hasta tanto se proceda a archivar el expediente, las sucesivas elevaciones efectuadas, ordenadas en orden cronológico inverso, de manera tal que la última elevación realizada, será la primera que se observará al momento de recibir el expediente. - El cuerpo del expediente, durante las sucesivas elevaciones, deberá ser siempre colocado dentro de un nuevo sobre, el cual no llevará número de folio. Nota: La numeración de párrafos y folios del cuerpo del expediente, serán correlativos a la numeración de párrafos y folios de las elevaciones, debiendo ser colocadas al final del expediente por el destinatario. Envío de expedientes de carácter “Secreto”, “Confidencial” o “Reservado” con destino externo En el caso del envío de documentación con Clasificación de Seguridad “Secreto”, “Confidencial” o “Reservado”, que tenga como destino Organismos situados fuera del ámbito del que origina el documento, ya sea Unidades y Organismos de la Fuerza u Organismos extrainstitucionales, la misma deberá ser diligenciada por Correo Aeronáutico o en su defecto, por un estafeta seleccionado conforme a la clasificación de la documentación que se debe transportar, acorde al siguiente procedimiento: 4-6 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I 1º) Será enviada en doble sobre, colocando el sello “Secreto”, “Confidencial” o “Reservado” sólo en el sobre interior, observándose para ambos casos lo establecido en el párrafo 329 inciso 1°) y 2°). 2º) En el sobre exterior no se asentará sello alguno que determine el carácter. 3º) En caso que la documentación por remitir constituya mucho volumen, se acondicionará como encomienda con las mismas medidas de seguridad. Nota: Se debe entender como Correo Aeronáutico, al traslado de la documentación efectuado por medios propios de la Fuerza, ya sean aéreos o terrestres. 2. DISTINTOS TIPOS DE CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD Estrictamente Secreto y Confidencial La clasificación Estrictamente Secreto y Confidencial será asignada exclusivamente por la Dirección General de Inteligencia del Estado Mayor General, para aquella documentación que a juicio de dicha Jefatura así lo requiera. El manejo y tratamiento de la documentación clasificada como Estrictamente Secreto y Confidencial, se ajustará por similitud a las normas establecidas para la clasificada como Secreto. Secreto Se asignará la clasificación Secreto a todos aquellos asuntos que por su carácter e importancia necesitan una protección de seguridad máxima, ya que su divulgación causaría daño excepcional a la Nación o perjudicaría la ejecución de los planes del Estado. Corresponderá dicha clasificación a los siguientes asuntos: Política internacional. Objetivos políticos. Plan General de la Defensa Nacional. Plan Militar. Planes y Órdenes de Operaciones y Planes Contribuyentes. Determinados reglamentos y publicaciones. 4-7 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Información extranjera cuyo origen, posesión o contenido no debe divulgarse. Codificación, documentación y material criptográfico para comunicaciones secretas. Estudios, investigaciones, experiencias e inventos de importancia vital. Adquisiciones, fabricaciones y construcciones en los casos en que se justifique tal carácter, así como ciertas características fundamentales de establecimientos y obras militares, buques, aeronaves y material de guerra en general. Datos fundamentales relativos a materiales críticos de importancia vital. Cartografía considerada de importancia vital. Estudios estadísticos importantes. Documentación o publicación oficial que, por la importancia y magnitud del tema desarrollado, tenga afinidad con el espíritu de los asuntos especificados en los incisos anteriores. Documentación que, por su contenido, pueda permitir la divulgación de asuntos establecidos en reglamentos secretos o en otra documentación de ese carácter. El manejo y tratamiento de la Documentación Secreta deberá ajustarse a las siguientes normas: Queda prohibido reproducir lo actuado por parte de las personas que tomen conocimiento. Únicamente cada dependencia podrá reproducir para su guarda como antecedente y/o para el archivo del Organismo, ejemplares del trámite efectuado y por expresa disposición de la autoridad correspondiente, la que en tal caso asume la responsabilidad. La redacción será efectuada personalmente por la autoridad de origen, haciéndose auxiliar para su impresión por personal especialmente seleccionado. Luego de su confección se deberán destruir o incinerar los borradores y carbónicos utilizados. En el último párrafo del documento se dejarán las siguientes constancias, excepto cuando sea dirigido a Organismos extrainstitucionales que se colocará en las copias solamente: Cantidad de folios útiles que contiene. Cantidad de copias confeccionadas y destino dado a las mismas. Nombres de las personas que han intervenido en su redacción e impresión. 4-8 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Ejemplo: “25. El presente trámite consta de DOS (2) fojas útiles, habiéndose confeccionado el último trámite por duplicado quedando el mismo para su archivo en ................................ (dependencia que lo originó); interviniendo en su redacción e impresión el Vicecomodoro ................................................................ y el Suboficial Principal ..................................”. Todos los folios serán rubricados por la autoridad del Organismo que lo emite. Su conocimiento queda limitado exclusivamente a las autoridades que corresponda. La recepción, registro, expedición y archivo serán realizados por cada Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, de acuerdo con las normas contenidas en el Manual de Funcionamiento correspondiente. Las disposiciones del Código Penal de la Nación relativas a Secreto Militar son aplicables, en cuanto pudiera corresponder, a las infracciones cometidas en la guarda, manejo y empleo de esta documentación y su contenido. Confidencial Se asignará la clasificación Confidencial a la documentación cuya divulgación afecte los intereses de la Nación o del Estado; o a aquella que se refiera a las personas cuando afecte la moral o la disciplina, como así también a los métodos doctrinarios para el empleo del Poder Militar. Corresponderá dicha clasificación a los siguientes asuntos: Política y administración nacional, cuando su divulgación se considere perjudicial. Planes parciales, Órdenes y Directivas derivadas de planes secretos que, para su cumplimiento, es imposible mantenerlos en ese carácter. Proyectos, Instrucciones, Directivas, Informes y críticas de ejercitaciones, maniobras, etc. que, por su naturaleza no deban divulgarse, así como toda documentación que permita conocer en forma amplia el estado de adiestramiento y/o moral de las Fuerzas Armadas. Cuadros y gráficos de organización de paz y distribución de efectivos. Determinados reglamentos y publicaciones. Estudios, adquisiciones y obras que convenga mantener en ese carácter. Estadísticas parciales. 4-9 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Memorias, Partes e Informes sobre eficiencia de servicios, instalaciones y elementos. Actuaciones de los Tribunales y Comisiones de Honor y Tribunales de Calificación en lo que respecta al Personal Militar Superior. Legajos personales, no entendiéndose por ello que necesariamente todo lo incluido en el legajo deba tener ese carácter. Conceptos, calificaciones y sanciones disciplinarias del Personal Militar Superior. Lo que constituya Secreto Médico, entendiéndose por tal la obligación que tiene el médico y su personal auxiliar, de guardar secreto sobre hechos que conozcan en el ejercicio de su profesión, les sean o no revelados, excepto los casos que exceptúa la ley (notificación de enfermedades infectocontagiosas, abortos, heridas en riñas, etc.) o cuando medien razones de servicio o de beneficio para el causante y/o la Institución. Documentación o publicación oficial que, por la importancia y magnitud del tema desarrollado, tenga afinidad con el espíritu de los asuntos especificados en los ítems anteriores. Documentación que, por su contenido, pueda permitir la divulgación de asuntos establecidos en reglamentos confidenciales o en otra documentación de ese carácter. El manejo y tratamiento de la documentación Confidencial se ajustará a las siguientes normas: Será confeccionada por personal especialmente seleccionado. En el último párrafo del documento excepto cuando sea dirigido a Organismos extrainstitucionales, se dejarán las siguientes constancias, solo en las copias: Cantidad de fojas que contiene. Cantidad de copias confeccionadas y destino dado a las mismas. Ejemplo: “25. El presente trámite consta de DOS (2) fojas, habiéndose confeccionado por duplicado quedando el mismo para su archivo en ................................ (dependencia que lo originó)”. Su conocimiento queda limitado a los Organismos a quienes corresponda específicamente y dentro de estos al personal especialmente designado. La recepción, registro, expedición y archivo, será realizada por cada Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de acuerdo con las normas contenidas en el Manual de Funcionamiento correspondiente. 4 - 10 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Las disposiciones del Código Penal de la Nación relativas a Secreto Militar son aplicables, en cuanto pudiera corresponder, a las infracciones cometidas en la guarda, manejo y empleo de la Documentación Confidencial y su contenido. Reservado Se asignará la clasificación Reservado a toda aquella documentación que no convenga que trascienda fuera de la Fuerza Aérea Argentina y que deba ser conocida solo por determinado personal de la misma. Corresponderá dicha clasificación a los siguientes asuntos: Estado o condiciones de sanidad de determinadas zonas o efectivos. Proyectos y comunicaciones sobre adquisiciones de materiales, cuando por su importancia no corresponda el carácter de una clasificación superior. Ascensos, nombramientos, traslados, altas y bajas del Personal Militar, salvo aquellas que a juicio del Jefe del Estado Mayor General se considere conveniente dar a publicidad. Actuaciones de las Juntas de Calificaciones, conceptos y sanciones disciplinarias de Personal de Suboficiales y determinado Personal Civil. Determinados inventarios. Determinados reglamentos y publicaciones. Determinada cartografía. Determinados códigos. Documentación que, por su contenido, pueda permitir la divulgación de asuntos establecidos en reglamentos reservados o en otra documentación de ese carácter. Documentación o publicación oficial que, por la importancia y magnitud del tema desarrollado, tenga afinidad con el espíritu de los asuntos especificados en los incisos anteriores. El manejo y tratamiento de la documentación Reservada se ajustará a las siguientes normas: Cuando se reproduzca lo actuado, se controlará que la cantidad de copias sean las estrictamente necesarias. 4 - 11 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Será confeccionada por personal de absoluta confianza. Su conocimiento está limitado a los Organismos y personal que les corresponda por sus funciones específicas. La recepción, registro, expedición y archivo, serán realizados por cada Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, de acuerdo con las normas contenidas en el Manual de Funcionamiento correspondiente. Toda transgresión a las normas establecidas para el manejo, custodia y reserva de esta documentación, hará pasible al o los responsables de las sanciones disciplinarias que correspondan. Público Se asignará la clasificación Público a la documentación cuya divulgación no sea perjudicial y que por su índole permita prescindir de restricciones relativas a la limitación de su conocimiento en el ámbito de la Institución. El manejo y tratamiento de la Documentación Pública se ajustará a las siguientes normas: Su conocimiento está limitado a los Organismos y personal que interviene en su trámite. La recepción, registro, expedición y archivo, serán realizados por cada Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, de acuerdo con las normas contenidas en el Manual de Funcionamiento correspondiente. La divulgación del contenido de esta documentación a personas ajenas a la Institución sin la debida disposición de autoridad responsable, hará pasible al o a los responsables, de las sanciones disciplinarias correspondientes. 4 - 12 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA ANEXOS 4 - 13 CURSO I NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA 4 - 13 CURSO I 15 mm FUERZA AEREA ARGENTINA DIRECCION GENERAL DE EDUCACION ESCUELA DE SUBOFICIALES FOLIO RESERVADO ......... 10 mm ANEXO 1 ..... C.E. N° 5.431.214 (FAA) 4 saltos de línea AL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACION 3. Elevo/remito el presente expediente al señor ……………. adjuntando un sobre cerrado conteniendo documentación con clasificación de seguridad, la cual consta de ……….. folios útiles, de conformidad con lo establecido en el Capítulo V “Clasificación de Seguridad” del Reglamento para la Escritura y Correspondencia – I Parte (RAG 6), confeccionado el último trámite por duplicado quedando el mismo ………… 2 saltos de línea CORDOBA, de agosto de 2018.- 10 saltos de línea Vicecomodoro ALBERTO J. RIVAROLA Jefe Departamento Despacho General 4 - 15 La línea a 9 mm La línea a 39 mm 4 saltos de línea NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA 4 - 15 CURSO I NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I CAPÍTULO 5 DOCUMENTOS DE USO CASTRENSE E INTERNO EN LA FUERZA AÉREA ARGENTINA CONTENIDOS: PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA LOS DISTINTOS DOCUMENTOS DENTRO DEL ÁMBITO DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA. . . . . . . . . . . . 2 2. DOCUMENTOS DE USO CASTRENSE EN GENERAL. . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 3. DOCUMENTOS DE USO INTERNO EN LA FUERZA AÉREA. . . . . . . . . . . . . 5 ANEXOS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27 1. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Que el cursante: Conozca y aplique los detalles de formato, finalidad, contenido, uso y medio de emisión, de los distintos documentos de uso interno en la Fuerza Aérea Argentina. NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I 1. PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA LOS DISTINTOS DOCUMENTOS DENTRO DEL ÁMBITO DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA De acuerdo con la finalidad, contenido, uso y medio de emisión, los documentos de utilización interna en la Fuerza Aérea adoptarán, según corresponda, alguna de las formas o denominaciones de acuerdo con lo que se especifica a continuación: Cuando en algún tipo de documento no se especifique un formato determinado para su confección, el mismo se realizará como Expediente (Ejemplo: oficios judiciales), salvo que se establezca la necesidad de aplicar otro. Si en la confección de un Expediente de cualquier índole, resulta inconveniente su comprensión o sea imposible ajustarse al formato de escritura establecida en el RAG 6, se podrá aplicar el formato que mejor convenga, pero deberá dejarse constancia de este hecho al comenzar el documento en cuestión. Cuando sea necesario, se incluirá debajo del título DISTRIBUIDOR, al finalizar el documento, el nombre de los Organismos receptores del mismo, indicando el número de ejemplar cuando corresponda. Las decisiones adoptadas por los niveles superiores de la Fuerza Aérea Argentina tendrán, según los cargos, las denominaciones que se especifican: Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea: RESOLUCIÓN. Comandantes: ORDEN. Jefes de Unidades (independientemente de la denominación del cargo): ORDEN. Directores Generales y Directores: DISPOSICIÓN. Debe evitarse emitir Resoluciones, Órdenes o Disposiciones de aplicación permanente, cuando se sustentan en reglamentaciones de carácter EXPERIMENTAL los que por esta condición están sujetos a modificaciones de toda índole y tienen un período de vigencia que, por lo general, no va más allá del año, hasta su edición definitiva. En caso de existir la necesidad de hacerlo, deberá dejarse constancia de que dicha Resolución, Orden o Disposición no debe tener una vigencia superior a la del Reglamento Experimental en la que está basada; caso contrario, se correría el riesgo de que la misma pierda el sustento doctrinario que le da vigencia, por lo que automáticamente dejaría de tener validez. 5-2 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I 2. DOCUMENTOS DE USO CASTRENSE EN GENERAL Expediente Se denomina así al documento original a través del cual, a solicitud de la parte interesada o de oficio, se inicia un trámite de cualquier índole, así como también al conjunto de documentos o actuaciones administrativas ordenados cronológicamente, en el que se acumulan informaciones, dictámenes y todo otro antecedente relacionado con la cuestión tratada a la que dio lugar dicho documento original, a efectos de lograr los elementos de juicio necesarios para arribar a conclusiones que darán sustento a las decisiones que se adopten (ver modelo de Expediente en Anexos 1 y 2 al final del capítulo). Todo Expediente tendrá un “número de identificación de Fuerza Aérea” el que le será asignado y colocado a máquina o con sello numerador, por la Mesa de Entradas y Salidas del Organismo en que se origina, una vez que haya sido firmado por la autoridad competente. El mencionado número deberá estar comprendido dentro del cupo numérico asignado a dicho Organismo. Nota: Sólo en los casos que el expediente tenga una clasificación a público, y por única vez, el primer destinatario del trámite colocará el “número de identificación de Fuerza Aérea” ya asignado por el remitente a los documentos que se encuentren dentro del sobre. Queda prohibido asentar en el expediente otro número o sistema de identificación que no sea el asignado por el Organismo iniciador del expediente. Continuación de Expediente En la correspondencia de la Fuerza Aérea Argentina, salvo casos excepcionales, corresponde la denominación “Continuación de Expediente” a los documentos que se originen por la continuación del trámite originado por un Expediente, los cuales mantendrán la numeración (ver Anexo 3 al final de este capítulo). En la primera hoja de la Continuación de Expediente, se escribirá la abreviatura “CE N°............” a DOS (2) saltos de línea de la base del membrete y centrado en el espacio dispuesto para la escritura. Si la misma no lleva membrete, la abreviatura citada se escribirá a VEINTICINCO (25) milímetros del borde superior de la hoja. En la documentación clasificada, cuando se utilice el sello “Divulgación Ilegal”, se deberá escribir a CUATRO (4) saltos de línea de la última línea del membrete o a CUARENTA (40) mm del borde superior de la hoja (según corresponda). 5-3 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I A continuación de dicha inscripción irá el número de identificación de Fuerza Aérea a máquina o con sello numerador, que le fuera asignado al Expediente original por la Mesa de Entradas y Salidas del Organismo en que se originó; seguidamente y entre paréntesis, la abreviatura FAA. Ejemplo: CE N° 1235678 (FAA). NOTA: No se debe utilizar CONTI/// o ///NUACIÓN para el final y/o inicio del texto en cada hoja. Todo expediente de carácter público y sus correspondientes continuaciones de expediente y elevaciones, deben tener numeración de párrafos correlativa, independientemente del organismo que esté tomando participación en el mismo. Los documentos originados por Organismo ajenos a la fuerza Aérea Argentina serán tratados, preferentemente, de la misma forma en que son recepcionados. En el expediente contestación del documento se hará referencia al objeto del tramite recibido, con especificación del número y/o fecha que lo identifique. Expedientes a consideración de la Superioridad Para todo Expediente que deba ser elevado a consideración de la Superioridad, dicha elevación se hará por la vía jerárquica correspondiente y contendrá los elementos de juicio necesarios que puedan servir de base para la toma de decisión correspondiente, es decir: asesoramientos, informes, fundamentos, cálculo de gastos, prescripciones legales o reglamentarias en que se halla comprendido el asunto, etc. Las autoridades que intervengan en el proceso de elevación, hasta el destinatario del documento, expresarán en forma concreta una opinión sobre el particular. Las gestiones, que las autoridades de la Fuerza Aérea Argentina deban realizar ante otros Organismos Oficiales, serán canalizadas por intermedio del Estado Mayor General salvo que las reglamentaciones en vigencia autoricen expresamente relaciones directas. En tal sentido, cuando por la índole del tema tratado así correspondiere, se adjuntará al Expediente el respectivo proyecto de Decreto, Resolución, etc. Los Expedientes, informes, solicitudes personales, etc., que de acuerdo con la prescripción reglamentaria deban ser dirigidas a una autoridad superior que no sea el jefe inmediato, llevarán en el encabezamiento la autoridad destinataria, pero serán elevadas por la vía jerárquica correspondiente. 5-4 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I 3. DOCUMENTOS DE USO INTERNO EN LA FUERZA AÉREA Resolución Medida que dictan los Jefes de Estados Mayores Generales, ya sea en uso de atribuciones propias o de aquellas que les hubieren sido delegadas y que, según el tema, puede tener vigor y curso dentro de la jurisdicción respectiva. Ver Anexo 4 al final del Capítulo. La resolución se identificará por su denominación, carácter, número de orden anual y Organismo que la emite. Encaminamiento Todo Proyecto de Resolución antes de ser presentado para la firma del señor Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea deberá ser tramitado a través de la Subjefatura del Estado Mayor General, Jefatura III – Planificación, Departamento Organización y Doctrina, donde será analizado y verificada su compatibilidad con la doctrina, criterios, lineamientos, políticas y formas reglamentarias, vigentes en la FUERZA AÉREA. Los pasos que deben seguirse en su tramitación son los siguientes: 1º) Una vez que el Jefe del Organismo que genera el proyecto de Resolución da el visto bueno al mismo, éste debe ser remitido a la Dirección General de Organización y Doctrina, a fin de su análisis y compatibilización con la doctrina general de la Fuerza Aérea. 2º) En caso de no encontrar inconvenientes, la Dirección General de Organización y Doctrina procederá según corresponda a: a) Enviar el Proyecto de Resolución al Organismo de origen, informando el resultado del estudio del mismo, tras lo cual el Jefe de dicho Organismo, si tuviese la atribución de hacerlo, llevará la Resolución a la firma del Jefe del Estado Mayor General. b) Cuando el Jefe del Organismo que genera la Resolución no posea las atribuciones para llevar la Resolución a la firma del Jefe del Estado Mayor General, el Director General de Organización y Doctrina, presentará la misma para la firma del Jefe del Estado Mayor General. c) Una vez aprobada, el organismo que la tramite, enviará el original y copia al Cuartel General del Estado Mayor General, para la asignaci´pon del número de resolución. d) Finalmente, enviará copia ya firmada con número y fecha a todos los Organismos involucrados en la misma. 5-5 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I 3º) En caso de encontrar algún inconveniente, la Dirección General de Organización y Doctrina, remitirá al Organismo de origen las observaciones efectuadas, para que éste proceda a su revisión. 4º) Una vez finalizadas las correcciones del proyecto, de ser necesario, debe ser nuevamente enviado a la Dirección General de Organización y Doctrina para su compatibilización definitiva. En caso de no encontrar inconvenientes, la Dirección General de Organización y Doctrina procederá según lo detallado en el Inciso 2º) anterior. Las Resoluciones del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea deben ser publicadas en el Boletín Aeronáutico que corresponda (Público, Reservado o Confidencial) para lo cual el organismo que la tramite, deberá entregar el original firmado y copia digital de la misma al Cuartel General del Estado Mayor General,la cual será encaminada a través de la Mesa General de Entradas y Salidas del Estado Mayor General. El encaminamiento se efectuará elevando la documentación que se detalla a continuación: 1°) ORIGINAL firmando por el señor Jefe del Estado Mayor General para su archivo, en la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del Estado Mayor General. 2°) UNA (1) copia del original en la que se colocará el sello de “Es copia fiel del original”, número correlativo y anual y fecha que la pone en vigencia (salvo fecha específicada en la misma). 3°) Soporte informático con el documento, con el cual efectuará el diligenciamiento para que sea públicado en Boletín Aeronáutico según corresponda por la División Boletines del Cuartel General. Diseño La Resolución es el único documento de la Fuerza Aérea cuya escritura no responde a los lineamientos básicos dados por el RAG 6 a tal efecto. Se confeccionará en papel obra primera blanco alisado tamaño A4, de acuerdo con lo normalizado en el RAG 6 - I Parte, impreso con el logotipo de la Fuerza Aérea Argentina en negro y sin relieve y el membrete correspondiente al Estado Mayor General de la Fuerza, de acuerdo con lo estipulado en el Capítulo 2, Tema 2 Diseño de Página, subtema Hojas con Membrete de este Manual. Centrado con la zona de escritura y a QUINCE (15) mm del borde superior de la hoja, se colocará el sello correspondiente a la Clasificación de Seguridad. El lugar y fecha comenzará a escribirse a DOS (2) saltos de línea de la última línea del membrete, escribiendo BUENOS AIRES a partir del centro del espacio dispuesto para la escritura o justificado a la derecha, dejando libre el espacio para la fecha, la que se colocará el día en que el acto sea firmado. 5-6 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I El proyecto se dividirá en tres partes bien diferenciadas: VISTO, CONSIDERANDOS y la parte RESOLUTIVA. Visto El texto de la Resolución se iniciará con la palabra VISTO, escrita en letras mayúsculas y en negrita, a CUATRO (4) saltos de línea del nombre del lugar y a VEINTICINCO (25) mm del margen. El VISTO adoptará, normalmente, alguna de las siguientes fórmulas: Fórmula 1: VISTO lo informado por el señor Director General de Educación, lo propuesto por el Subjefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, y … Fórmula 2: VISTO el Expediente N° …………….….. lo propuesto por el señor Subjefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, y … NOTA: Cuando el proyecto sea la consecuencia de un Expediente; se comenzará citando el número del Expediente y demás características que permitan su inmediata localización. Considerando A continuación se agregarán los Considerandos: La palabra CONSIDERANDO se escribirá con letras mayúsculas y a continuación DOS (2) puntos, a VEINTICINCO (25) mm del margen y a DOS (2) saltos de línea debajo de la última línea del VISTO. En caso de que este último no tenga contenido, se escribirá en la misma línea VISTO Y CONSIDERANDO. Cada CONSIDERANDO se comenzará con la conjunción copulativa QUE, dejando VEINTICINCO (25) mm a partir del margen y la primera letra en mayúscula; los demás renglones se escribirán desde el margen. Al final de cada considerando se pondrá el signo punto. Son los párrafos fundamentales en que se apoya el o los motivos que originan la Resolución, debiendo incluirse en los mismos una síntesis completa de los antecedentes que la motivan. En los CONSIDERANDOS se analizarán las circunstancias de cualquier orden y naturaleza que, por tener vinculación directa con el asunto tratado, se hayan tenido en cuenta para proyectar la medida que se propugne. 5-7 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I En el último CONSIDERANDO se indicará la norma jurídica por la cual se encuentra facultado para adoptar la medida que se proponga. Cuando por su naturaleza el acto que se resuelve no encuadre en las prescripciones de las Leyes, Reglamentos, etc., se dejará constancia expresa de las razones de equidad, de justicia, de buen gobierno, etc., que han provocado el pronunciamiento que se adopta. A DOS (2) saltos de línea del último CONSIDERANDO y a VEINTICINCO (25) mm a partir del margen, se escribirán las palabras Por ello (ver ejemplo siguiente). Parte Resolutiva La parte Resolutiva será precedida por la fórmula EL JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA, escrita a DOS (2) saltos de línea del Por ello, en letras mayúsculas, negrita y centrada dentro del espacio dispuesto para la escritura, y debajo de esta, también centrado y a DOS (2) saltos de línea, la palabra RESUELVE, seguida de dos (2) puntos, tal como se muestra en el ejemplo que sigue. Ejemplo: Por ello, EL JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA RESUELVE: En el modelo que se presenta en el Anexo 4, al final de este capítulo, se marca con letra negrita la fraseología base estipulada para la redacción de una Resolución, debiendo el resto del contenido responder a las necesidades. Directiva La Directiva normalmente será utilizada por los niveles más altos de la conducción para dar a conocer criterios, objetivos, finalidades por alcanzar o previsiones, que normalmente proporcionarán a los destinatarios una amplia libertad de acción en la ejecución. La Directiva se identificará por su denominación, carácter, número de orden anual (que será emitido y controlado por la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del Estado Mayior General) y Organismo que la emite. Diseño Se confeccionará en papel obra primera blanco alisado tamaño A4, de acuerdo con lo normalizado en el RAG 6 – I Parte, impreso con el logotipo de la Fuerza Aérea Argentina y el 5-8 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I membrete correspondiente, de acuerdo con lo estipulado en el Capítulo II, Título Diseño de Página, Subtítulo Hojas con Membrete (corresponde a Capítulo 2 de este Manual). Constará de DOS (2) partes, encabezamiento y texto: El encabezamiento, que presentará: Margen superior izquierdo: Membrete con logotipo de la Fuerza Aérea Argentina. Margen superior centro: Clasificación de Seguridad. Margen superior derecho: los sucesivos datos irán encolumnados alineados sobre la izquierda del ítem más extenso: Organismo (solo cuando no esté especificado en el membrete). Lugar: el nombre del lugar irá escrito con mayúsculas. Fecha: Día: un número de DOS (2) dígitos. Mes: las TRES (3) primeras letras del mes correspondiente en mayúsculas. Año: los DOS (2) últimos dígitos del año en curso. Número de la Directiva (correspondiente al orden anual de la misma dentro del Organismo que la emite). Número de ejemplar (solo si su difusión responde a un distribuidor). A DOS (2) saltos de línea del último renglón del encabezado, con letra mayúscula, negrita, subrayada y centrada en el espacio dispuesto para la escritura, se colocará la palabra DIRECTIVA, y a CUATRO (4) saltos de línea de ésta, en negrita, mayúsculas, sin subrayar y centrado, el título que le corresponda. Cuando así se lo considere conveniente, se podrá redactar a continuación de la palabra DIRECTIVA, el título de la misma. Ejemplo: COMPLEMENTARIA A LA RESOLUCIÓN Nº 078 DEL JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA El texto, cuyas características serán las siguientes: 5-9 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I A CUATRO (4) saltos de línea del título, se desarrollará el texto de acuerdo con el formato para la escritura de Fuerza Aérea Argentina establecido en el Capítulo II – Composición y Diseño de la Escritura del RAG 6 – I Parte (ver Capítulo 2 de este Manual). Cuando el texto de la Directiva ocupe más de una página, en la segunda y sucesivas no se colocará la parte del encabezado correspondiente a la información, pero podrá o no usarse el logotipo y membrete de acuerdo con lo establecido “Normas para su Utilización” del Título “Impresos Tipográficos” del Capítulo I del RAG 6 – I Parte (Capítulo 1 de este Manual). Al final del texto y posterior a la firma, contendrá una lista de los Anexos, una de los Adjuntos (si existiesen), el distribuidor, la firma de autenticación de las copias y la firma de la autoridad que emite el dictamen. Para mayor claridad, ver modelo en el Anexo 5 al final del capítulo. Los ítems incluidos en el modelo de Directiva son orientativos, pudiéndose utilizar todo aquel que para su mejor comprensión sea necesario (Ej.: I – PROPÓSITO). Orden Decisión emanada de un mando de la Fuerza Aérea Argentina que ejerce funciones de comando. Se clasifican en: Orden Permanente. Es aquella en la cual no se especifica la finalización de su vigencia y difundirá prescripciones permanentes que no tengan relación con el contenido de algún reglamento o manual ya existente, en cuyo caso se procederá a propiciar la modificación de la publicación correspondiente. Periódicamente se cotejará el contenido de las mismas a efectos de agrupar los temas comunes y proponer la redacción de un nuevo reglamento o manual, si dieran lugar a ello. Orden Transitoria. Es aquella en la cual se especifica, o de su texto se desprende la finalización de su vigencia y difundirá prescripciones transitorias. Orden del Día. Publicación emitida por el jefe de Organismo de aplicación local, cuyo contenido y difusión se limita al lugar de asiento del Organismo que la edita, utilizándose como complemento de los Boletines Aeronáuticos. Contiene prescripciones públicas de rutina, relativas a: Servicios por cubrir. Transcripciones de prescripciones de Mandos Superiores. 5 - 10 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Informes o datos de interés para el personal, emitidos por el EMGFA, Organismos Superiores o el Jefe de Organismo. Los Organismos alojados en la sede del EMGFA, tramitarán la información para incluir en una Orden del Día a través del Cuartel General del EMGFA. Será identificada por su denominación, carácter, número de orden anual y Organismo que la emite. Diseño Se confeccionará en papel obra primera blanco alisado tamaño A4, de acuerdo con lo normalizado en el RAG 6, impreso con el logotipo de la Fuerza Aérea Argentina y el membrete correspondiente, de acuerdo con lo estipulado en el Capítulo II, Título Diseño de Página, Subtítulo Hojas con Membrete de dicho Reglamento (Capítulo 2 de este Manual). Constará de DOS (2) partes: El encabezamiento, que presentará: Margen superior izquierdo: Membrete. Logotipo de la Fuerza Aérea Argentina (optativo). Margen superior centro: Clasificación de Seguridad. Margen superior derecho: los sucesivos datos irán encolumnados, alineados sobre la izquierda del ítem más extenso. Organismo (solo cuando no esté especificado en el membrete). Lugar: el nombre del lugar irá escrito con mayúsculas. Fecha: • Día: un número de DOS (2) dígitos. • Mes: las TRES (3) primeras letras del mes correspondiente en mayúsculas. • Año: los DOS (2) últimos dígitos del año en curso. Número de la Orden. Número de ejemplar (solo si su difusión responde a un distribuidor). 5 - 11 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I A DOS (2) saltos de línea del último renglón del encabezado, con letras mayúsculas, negritas, subrayado y centrado en el espacio dispuesto para la escritura, se colocará la leyenda ORDEN PERMANENTE, ORDEN TRANSITORIA u ORDEN DEL DÍA, según corresponda, y a CUATRO (4) saltos de línea de ésta en negrita, mayúsculas, sin subrayar y centrado, el título si tuviese. El texto, cuyas características serán las siguientes: Se desarrollará a CUATRO (4) saltos de línea del título, de acuerdo con el formato para la escritura de Fuerza Aérea Argentina establecido en el Capítulo II – Composición y Diseño de la Escritura del Reglamento de Escritura (corresponde al Capítulo 5 de este Manual). Al final del texto y posterior a la firma contendrá una lista de los Anexos, una lista de los Adjuntos (si existiesen), el distribuidor, la firma de autenticación de las copias y firma de la autoridad que emite la Orden. Cuando el texto de la Orden ocupe más de una página, en la segunda y sucesivas no se colocará la parte del encabezado correspondiente a la información, pero podrá o no usarse el logotipo y membrete de acuerdo con lo establecido en el Subtítulo Normas para su Utilización del Título Impresos Tipográficos del Capítulo I del RAG 6 (corresponde al Capítulo 1 de este Manual). Para mayor claridad, ver modelos en los Anexos 6 y 7 al final de este capítulo. En el correspondiente a la “Orden Permanente” se marca con letra negrita la fraseología base estipulada para la redacción de la misma, debiendo el resto del contenido responder a las necesidades. Los ítems incluidos en los Anexos modelos de Orden son orientativos, pudiéndose utilizar todo aquel que para su mejor comprensión sea necesario (Ej.: I – INFORMACIÓN). Disposición Decisión emanada de una autoridad administrativa, que no ejerce funciones de Comando, sobre cuestiones o asuntos de su competencia. Se clasifican en: Disposición Permanente. Es aquella en la cual no se especifica la finalización de su vigencia y difundirá prescripciones permanentes que no tengan relación con el contenido de algún reglamento o manual ya existente, en cuyo caso se procederá a propiciar la modificación de la publicación correspondiente. Periódicamente se cotejará el contenido de las mismas a efectos de agrupar los temas comunes y proponer la redacción de un nuevo reglamento o manual, si dieran lugar a ello. 5 - 12 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Disposición Transitoria. Es aquella en la cual se especifica, o de su texto se desprende la finalización de su vigencia y difunde prescripciones transitorias (ver Anexo 8 al final del Capítulo). Diseño Se confeccionará en papel obra primera blanco alisado, de acuerdo con lo normalizado en el Reglamento de Escritura, impreso con el membrete correspondiente, de acuerdo con lo estipulado en el Capítulo II, Título Diseño de Página, Subtítulo Hojas con Membrete del RAG 6 (corresponde al Capítulo 2 de este Manual). Constará de DOS (2) partes: El encabezamiento, que presentará: Margen superior izquierdo: Membrete. Logotipo de la Fuerza Aérea Argentina (optativo). Margen superior centro: Clasificación de Seguridad. Margen superior derecho: los sucesivos datos irán encolumnados, alineados sobre la izquierda del ítem más extenso. Organismo (solo cuando no esté especificado en el membrete). Lugar: el nombre del lugar irá escrito con mayúsculas. Fecha: Día: un número de DOS (2) dígitos. Mes: las TRES (3) primeras letras del mes correspondiente en mayúsculas. Año: los DOS (2) últimos dígitos del año en curso. Número de la Disposición. Número de ejemplar (solo si su difusión responde a un distribuidor). A DOS (2) saltos de línea del último renglón del encabezado, con letras mayúsculas, negritas y centrado en el espacio dispuesto para la escritura, se colocará la leyenda DISPOSICIÓN PERMANENTE o DISPOSICIÓN TRANSITORIA según corresponda, y a CUATRO (4) saltos de línea de esta, en negrita, mayúsculas sin subrayar y centrado, el título si tuviese. 5 - 13 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I El texto, que presentará las siguientes características: Se desarrollará a CUATRO (4) saltos de línea del título, de acuerdo con el formato para la escritura de Fuerza Aérea Argentina establecido en el Capítulo II – Composición y Diseño de la Escritura del Reglamento de Escritura (corresponde al Capítulo 2 de este Manual). Cuando el texto de la Directiva ocupe más de una página, en la segunda y sucesivas no se colocará la parte del encabezado correspondiente a la información, pero podrá o no usarse el logotipo y membrete de acuerdo con lo establecido en el Subtítulo Normas para su Utilización del Título Impresos Tipográficos del Capítulo I del RAG 6 (corresponde al Capítulo 1 de este Manual). Al final del texto y posterior a la firma, contendrá una lista de los Anexos, una lista de los Adjuntos (si existiesen), el distribuidor, la firma de autenticación de las copias y la firma de la autoridad que emite la Disposición. Para mayor claridad, ver modelo en Anexo 8 del presente Capítulo. En él se marca con letra “negrita” la fraseología base estipulada para la redacción de la misma, debiendo el resto del contenido responder a las necesidades. Los ítems incluidos en el modelo de Disposición son orientativos, pudiéndose utilizar todo aquel que para su mejor comprensión sea necesario (Ej.: I – INFORMACIÓN). Circular Son documentos que contienen prescripciones emitidas por Organismos de la Institución sobre temas técnico-administrativos de su responsabilidad y cuyo cumplimiento es mandatorio para todos los ámbitos de la Fuerza Aérea Argentina. Las Circulares tendrán una clasificación acorde con el tema tratado en la misma, lo que determina su nombre: “Circular Técnica”. “Circular Administrativa”. “Circular General”. Etcétera. Será identificada por su denominación, carácter, número de Orden anual y Organismo que la emite. Periódicamente se cotejará el contenido de las mismas a efectos de agrupar los temas comunes y proponer la redacción de un nuevo reglamento o manual, si dieran lugar a ello. 5 - 14 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Diseño Se confeccionará en papel obra primera blanco alisado, de acuerdo con lo normalizado en el Reglamento de Escritura, impreso con el membrete correspondiente, de acuerdo con lo estipulado en el Capítulo II, Título Diseño de Página, Subtítulo Hojas con Membrete del RAG 6 (corresponde al Capítulo 2 de este Manual). Constará de DOS (2) partes: El encabezamiento, que presentará: Margen superior izquierdo: membrete. Margen superior centro: Clasificación de Seguridad. Margen superior derecho: los sucesivos datos irán encolumnados, alineados sobre la izquierda del ítem más extenso: Organismo (solo cuando no esté especificado en el membrete). Lugar: el nombre del lugar irá escrito con mayúsculas. Fecha: Día: un número de DOS (2) dígitos. Mes: las TRES (3) primeras letras del mes correspondiente en mayúsculas. Año: los DOS (2) últimos dígitos del año en curso. Número de Circular. Número de ejemplar (solo si su difusión responde a un distribuidor). A DOS (2) saltos de línea del último renglón del encabezado, con letras mayúsculas, negritas y centrado en el espacio dispuesto para la escritura, se colocará la leyenda CIRCULAR TÉCNICA, CIRCULAR ADMINISTRATIVA, CIRCULAR GENERAL, etc. según corresponda, y a CUATRO (4) saltos de línea de ésta, en negrita, mayúsculas sin subrayar y centrado, el título correspondiente. El texto, que presentará las siguientes características: Se desarrollará a CUATRO (4) saltos de línea del título, de acuerdo con el formato para la escritura de Fuerza Aérea Argentina establecido en el Capítulo II – Composición y Diseño de la Escritura del RAG 6 (corresponde al Capítulo 2 de este Manual). 5 - 15 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Al final contendrá una lista de los Anexos, una lista de los Adjuntos (si existiesen), el distribuidor, la firma de autenticación de las copias y la firma de la autoridad que emite la Circular. Para mayores detalles consúltese el modelo que figura como Anexo 9 al final del presente capítulo. Informe Dato u opinión fundada que se da sobre un asunto determinado y que se dirige de dependencia a dependencia, que debe abarcar todos los aspectos del asunto y fundamentarse en las disposiciones vigentes y en circunstancias o antecedentes que permitan ejercer justicia o trasunten convenientes medidas. Diseño Se confeccionará en papel obra primera blanco alisado, de acuerdo con lo normalizado en el Reglamento de Escritura, impreso con el membrete correspondiente, de acuerdo con lo estipulado en el Capítulo II, Título Diseño de Página, Subtítulo Hojas con Membrete del RAG 6 (corresponde al Capítulo 2 de este Manual). Constará de DOS (2) partes: El encabezamiento, que presentará: Margen superior izquierdo: membrete. Margen superior centro: Clasificación de Seguridad. Margen superior derecho: los sucesivos datos irán encolumnados, alineados sobre la izquierda del ítem más extenso: Organismo (solo cuando no esté especificado en el membrete). Lugar: el nombre del lugar irá escrito con mayúsculas. Fecha: Día: un número de DOS (2) dígitos. Mes: las TRES (3) primeras letras del mes correspondiente en mayúsculas. Año: los DOS (2) últimos dígitos del año en curso. Número de Informe (si corresponde). Número de ejemplar (solo si su difusión responde a un distribuidor). 5 - 16 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I A DOS (2) saltos de línea del último renglón del encabezado, con letra mayúscula, negrita y centrado en el espacio dispuesto para la escritura, se colocará la leyenda INFORME TÉCNICO, INFORME ADMINISTRATIVO, etc., según correspon-da, y a CUATRO (4) saltos de línea de ésta, en negrita, mayúsculas sin subrayar y centrado, el título correspondiente. El texto, que presentará las siguientes características: Se desarrollará a CUATRO (4) saltos de línea del título, de acuerdo con el formato para la escritura de Fuerza Aérea Argentina establecido en el Capítulo II – Composición y Diseño de la Escritura del RAG 6 (corresponde al Capítulo 2 de este Manual). Al final contendrá una lista de los Anexos, una lista de los Adjuntos (si existiesen), el distribuidor, la firma de autenticación de las copias y la firma de la autoridad que emite el informe. Para mayores detalles consúltese el modelo que figura como Anexo 10 al final del presente capítulo. Dictamen Opinión que emite un Órgano de consulta basado en las normas jurídicas de aplicación y, en su caso, en la jurisprudencia o antecedentes que pudieran existir. Tiende a orientar a la autoridad que debe resolver el caso. El Dictamen contendrá: Un resumen de la cuestión objeto de la consulta. La relación de los antecedentes y circunstancias que sirvan como elemento de juicio para resolver. La opinión concreta, fundada en las normas jurídicas o antecedentes aplicables al caso tratado. Será identificada por su denominación, carácter, número de orden anual y Organismo que la emite. Diseño Constará de DOS (2) partes: El encabezamiento, que presentará: Margen superior izquierdo: membrete con logotipo de la Fuerza Aérea Argentina. Margen superior centro: Clasificación de Seguridad. 5 - 17 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Margen superior derecho: los sucesivos datos irán encolumnados, alineados sobre la izquierda del ítem más extenso: Organismo (solo cuando no esté especificado en el membrete). Lugar: el nombre del lugar irá escrito con mayúsculas. Fecha: Día: un número de DOS (2) dígitos. Mes: las TRES (3) primeras letras del mes correspondiente en mayúsculas. Año: los DOS (2) últimos dígitos del año en curso. Número de Dictamen. Número de ejemplar (solo si su difusión responde a un distribuidor). A DOS (2) saltos de línea del membrete, con letras mayúsculas, negritas y centrada en el espacio dispuesto para la escritura, se colocará la leyenda DICTAMEN. El texto, que presentará las siguientes características: Se desarrollará a CUATRO (4) saltos de línea del título, de acuerdo con el formato para la escritura de la Fuerza Aérea Argentina establecido en el Capítulo II – Composición y Diseño de la Escritura del RAG 6 (corresponde al Capítulo 2 de este Manual). Cuando para la confección de un Dictamen sea imposible o resulte inconveniente para su mejor comprensión ajustarse al formato de escritura para la documentación de la Fuerza Aérea, regida en el Reglamento de Escritura, se podrá aplicar el formato que mejor convenga, pero deberá dejarse constancia de este hecho en el mencionado documento. Al final contendrá una lista de los Anexos, una lista de los Adjuntos (si existiesen), el distribuidor, la firma de autenticación de las copias y la firma de la autoridad que emite el Dictamen. Para mayores detalles consúltese el Anexo 11 al final del presente capítulo. Correo Aeronáutico Este documento constituye el medio de comunicación escrita, de cualquier índole, que el jefe de una Unidad, Organismo o dependencia autorizada, envía a otro de distinta Unidad, Organismo o dependencia. Cuando dicha Unidad, Organismo o dependencia destinataria se encuentre físicamente distante de quien origina el correo aeronáutico, la transmisión se realizará a través del sistema de mensajería electrónica. 5 - 18 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Su uso es aplicable también en el caso de tratarse de una comunicación entre Unidades, Organismos o dependencias nucleados dentro de una misma unidad edilicia o unidad funcional (Ej.: edificio del Estado Mayor General / Transporte). En este caso, la distribución de los correos será responsabilidad de cada promotor, quien identificará los suyos mediante las letras asignadas a la Unidad, Organismo o dependencia, seguidas de una numeración anual asignada al correo en cuestión, por la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del Organismo, la que no mantendrá copia del documento sino solo el registro de identificación y la fecha correspondiente. En caso de ser Secreto, Confidencial o Reservado serán ensobrados, transcribiendo al sobre los datos del encabezamiento. Diseño El mensaje se confeccionará en el formulario que se muestra en el Anexo 12 al final de este Capítulo. Su confección se realizará de acuerdo con las normativas que en tal sentido emita la Dirección de Comunicaciones. IMPORTANTE: La actualización y/o modificaciones que se realicen a este formulario, serán encaminadas a través de la Dirección de Comunicaciones por ser este el Organismo responsable del diseño y confección del mismo. El mencionado Organismo, luego de informar a la Jefatura III – Planificación (Departamento Organización y Doctrina) sobre los cambios realizados, efectuará la correspondiente publicación al resto de los Organismos. Volante Este documento constituye el medio de comunicación escrita de rutina entre las reparticiones hasta nivel División (como mínimo) de un mismo Organismo, ubicadas dentro de una misma unidad edilicia (edificio del Estado Mayor General) o unidad funcional. Diseño Su texto se ajustará en un todo al formato para la escritura de Fuerza Aérea Argentina establecido en el Capítulo II – Composición y Diseño de la Escritura del RAG 6 - I Parte (ver Capítulo 2 de este Manual). Se colocará en el centro de la hoja como título “VOLANTE Nº ......... / .........” en mayúsculas, subrayado, en negrita y centrado en el espacio dispuesto para la escritura, seguido por el número de identificación, dado en forma correlativa por la depend encia que lo origina, seguido de una barra diagonal (/) y por último, las DOS (2) cifras finales del año en curso. A CUATRO (4) saltos de línea del título, se consignará el destinatario, salvo que sea dirigido a varias dependencias, en cuyo caso se omitirá el destinatario, consignando en el texto quiénes deben intervenir. 5 - 19 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Comenzará el desarrollo del Volante a CUATRO (4) saltos de línea del destinatario. Finalizado el texto y a DOS (2) saltos de línea se colocará el Lugar y Fecha, de acuerdo con el formato para la escritura de Fuerza Aérea Argentina establecido en el Capítulo II – Composición y Diseño de la Escritura del RAG 6 – I Parte (corresponde al Capítulo 2 del presente Manual). Para mayor claridad, ver modelos en los Anexos 13, 14 y 15 al final de este capítulo. Fax Comunicación escrita de cualquier índole y de carácter PÚBLICO, que el jefe de una Unidad u Organismo determinado envía por medio de Facsímil (FAX), a otro de distinta Unidad, Organismo, Institución, entidad, etc., físicamente distantes. El texto del mismo deberá ser redactado en forma breve, concisa y concreta, sin más detalles que los estrictamente necesarios. La transmisión del FAX será responsabilidad de cada promotor, quien identificará los suyos mediante las letras asignadas al Organismo, seguidas de una numeración anual asignada por la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del mismo, la que no mantendrá copia del FAX sino solo el registro de identificación y la fecha correspondiente. Cabe destacar que la utilización del FAX debe ser racionalizada y moderada, debido a que su uso indiscriminado redundaría en un perjuicio económico para la Fuerza Aérea Argentina, comparativamente con el uso del mensaje. En función de lo expresado, se destaca que el FAX debe ser utilizado para enviar texto como última alternativa o para el envío de imágenes fijas (mapas, cartas, planos, croquis, imágenes en general, etc.), que no pueden enviarse por otro medio menos oneroso. Diseño Se confeccionará con el formulario prediseñado a tal efecto, pudiéndose utilizar para una rápida identificación del origen del mismo, en el margen superior izquierdo, el logotipo de la Fuerza Aérea Argentina o el del Organismo emisor si tuviese, y el membrete del citado Organismo ubicado lateral al logotipo y centrado respecto del texto. En caso de no utilizar el logotipo, el membrete será ubicado en el margen superior izquierdo en lugar del logotipo. En el encabezamiento del mismo deberán consignarse los siguientes datos: FAX Nº: número correlativo de FAX corrrespondiente al año en curso. FECHA: Día: un número de DOS (2) dígitos. Mes: las TRES (3) primeras letras del mes correspondiente en mayúsculas. Año: los DOS (2) últimos dígitos del año en curso. 5 - 20 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I FOLIO: número de folios de que consta el FAX. PROMOTOR: cargo, grado, nombre y apellido de quien emite el FAX. Nº FAX: número de línea telefónica correspondiente al equipo de FAX del promotor. DESTINATARIO: cargo y/o grado y/o nombre y apellido de quien debe recibir el FAX. Nº FAX: número de línea telefónica correspondiente al equipo de FAX del destinatario ASUNTO: cuando sea necesaria o conveniente la rápida visualización del tema que motiva el FAX, podrá agregarse aquí una referencia del tema, de manera concisa. El texto del mismo se desarrollará solo en el anverso de la hoja, sin numeración de párrafos, pudiendo utilizarse numeración o viñetas para las enumeraciones cuando así se crea necesario, debiendo observar los márgenes establecidos en el mencionado formulario. El mismo deberá ser redactado en forma breve, concisa y concreta, sin más detalles que los estrictamente necesarios. Para mayor claridad, ver modelos en los Anexos 16 y 17, los que fueron diseñados de acuerdo con dos posibilidades: En el primero se muestra un FAX con logotipo, dirigido a un destinatario de habla no hispana. En el segundo se muestra un FAX sin logotipo, dirigido a un destinatario de habla hispana. Cabe aclarar que la utilización de los tipos de fax en relación con la lengua del destinatario, es una cuestión fortuita, por lo que cualquiera de los dos modelos puede ser utilizado ya sea en castellano o en inglés. Memorándum Escrito de uso interno que se cursará a una autoridad determinada, comunicándole una situación especial o exponiendo elementos de juicio referentes a un asunto en trámite, que le servirá de ayudamemoria para encarar la solución del caso. Se dirige de persona a persona. Cuando por su contenido deba tomar intervención otro Organismo o se desprenda la necesidad de realizar ulteriores trámites, se podrá disponer que se adjunte a un Expediente reglamentario, en cuyo caso pasará a circular como parte integrante de un Expediente. 5 - 21 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Diseño El Memorándum constará de: El encabezamiento, que deberá contener la siguiente información: Membrete. Destinatario. Promotor. Lugar y Fecha: o El nombre del lugar precederá a la fecha y se escribirá debajo del nombre del Promotor, justificado a la derecha. Toda documentación producida en la ciudad de “Buenos Aires”, llevará este nombre y no el de “Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. o La fecha se escribirá: Día: un número de DOS (2) dígitos. Mes: nombre completo en minúsculas. Año: un número de CUATRO (4) dígitos, seguido de un punto y un guión. En caso que deba contener DOS (2) o más hojas, se utilizará para la segunda y sucesivas, papel sin impresos. A DOS (2) saltos de línea del recuadro y contra el margen izquierdo, se escribirá la palabra Asunto: en negrita y subrayado, a continuación de la cual se colocará a modo de Título el tema que se tratará en el Memorándum. El texto, que se comenzará a desarrollar DOS (2) saltos de línea del Asunto. De acuerdo con las circunstancias, el destinatario, etc., puede o no ser escrito con el diseño de escritura aeronáutica. De optarse por esta última, el texto se ajustará al formato para la escritura de Fuerza Aérea Argentina estableciendo en el Capítulo II – Composición y Diseño de la Escritura del RAG 6 – I Parte, y particularmente a lo referido en los Títulos Diseño de Página (para la segunda y sucesivas) y Diseño y Distribución Básicos del Texto, Expediente y Continuación de Expediente. Ver Capítulo 2 y 5 de este Manual. Para mayores detalles consúltese el modelo del Anexo 18 al final del presente capítulo. 5 - 22 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Acta Corresponde labrar Acta en los siguientes casos: Para investigar deserción. En caso de accidentes o enfermedades no graves sufridos por Personal Militar, de acuerdo con las prescripciones contenidas en el Manual de Procedimientos para las Actuaciones por Lesiones o Enfermedades de Personal Militar (MAPL 19). En caso de inutilización, deterioro, extravío o desaparición de bienes del Estado, siempre que el hecho no constituya delito. En caso de inutilización, deterioro, extravío o desaparición de documentos de identidad de la Fuerza Aérea. En todo otro caso, en que se deba esclarecer y comprobar un hecho que, por su carácter leve y por no constituir delito, no resulte indispensable instruir información, prevención o sumario, pero sea necesaria constancia escrita. Diseño Se confeccionará en el anverso de la hoja y en papel obra primera blanco alisado, de acuerdo con lo normalizado en el RAG 6 – I Parte, desarrollando su texto a UN (1) salto de línea. Los márgenes serán los establecidos en el Capítulo II – Composición y Diseño de la Escritura del RAG 6 – I Parte, y particularmente en lo referido en el Título Diseño de Página (corresponde al Capítulo 2 de este Manual). En el centro de la hoja, a 25 mm del borde superior de la hoja, y en letra mayúscula, negrita y subrayado, se colocará la palabra ACTA. El texto se iniciará a CUATRO (4) saltos de línea de la palabra ACTA. Los renglones deberán ser completados en su totalidad. En caso de finalizar el texto antes del completamiento del renglón, se utilizarán a tal efecto guiones, como se muestra en el Anexo 19 al final de este Capítulo. Parte Comunicación sintética que, por lo general, se efectúa a diario o periódicamente, para informar sobre un asunto determinado. Diseño Debido a que este documento es de uso interno de los Organismos y que el diseño para su confección deberá ajustarse al tenor de la información rutinaria requerida, no es necesario ni conveniente establecer un formato determinado, quedando liberado a las necesidades de cada Organismo el diseño del Parte. 5 - 23 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I En el Anexo 20, al final de este capítulo, se presenta a modo de ejemplo, un Parte Diario de asistencia de personal. Estudio de Estado Mayor Es el documento que se presenta al Superior, resultante de la aplicación del método preestablecido para encarar la solución de problemas militares de carácter no operativo. De acuerdo con la índole del tema que se analice, la situación, complejidad y trascendencia del problema, la Fuerza Aérea Argentina adopta para la presentación de un Estudio de Estado Mayor, CUATRO (4) formas básicas: Estudio de Estado Mayor (EEM). Estudio de Estado Mayor Asesorado (EEMAS). Estudio de Estado Mayor Abreviado (EEMAB). Estudio de Estado Mayor Abreviado Asesorado (EEMABAS). El EEMAB satisface las necesidades de un lector que está familiarizado con los factores relacionados con el problema, por lo que no se realiza el Análisis del Problema ni la Exposición de la Situación. El EEMAS y el EEMABAS, se desarrollan tal como se detalló precedentemente, pero se incluirán en la parte final, antes de la firma del responsable del estudio, las consideraciones de acuerdos, disidencias, donde las autoridades consultadas dan su opinión respecto del trabajo realizado y el análisis de los desacuerdos. Forma y contenido del Estudio de Estado Mayor Este documento consta de: Encabezamiento. Reúne toda la información necesaria referente a: Indicaciones para archivo, conservación y referencias posteriores; puede comprender incluso un nombre convencional asignado al estudio. Autoridad que ordena el estudio y la que lo efectúa (autoridad responsable); lugar y fecha. Incentivo del estudio. Referencias indicando la orden o circunstancias que provocan el estudio, documentos que le dan origen o de los cuales se hace mención en el transcurso del mismo y que no se agregan o transcriben. 5 - 24 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I Texto. Proporciona la guía propiamente dicha para conducir el razonamiento. El cuerpo del EEM varía de acuerdo con el tipo de que se trate. En su forma más completa consta de los siguientes ítems: Problema. Análisis del problema. Situación. Solución. Acción recomendada. Final. Incluye: Anexos. Se pueden incluir documentos tales como: o Acuerdo y desacuerdo. Se asienta la nómina de los intervinientes en el estudio y la de los que no concuerdan con la acción recomendada. La concordancia no es solamente con esta última sino también con la solución y las conclusiones que la determinaron. o Razón de los desacuerdos. Los que no concuerdan indicarán en este Anexo las objeciones o motivos del desacuerdo. o Análisis de los desacuerdos. La autoridad responsable asentará el razonamiento que la indujo a rechazar el desacuerdo. Resolución de la autoridad que ordenó el estudio. Aprueba o no el estudio (total o parcialmente), disponiendo, cuando corresponda, la ejecución de las medidas para el cumplimiento de la acción recomendada. Autenticación. Firma del secretario o miembro del grupo de trabajo que autentica las copias que le corresponden y la modalidad para la distribución, teniendo en cuenta las medidas de seguridad adecuadas. Distribuidor. Si corresponde, se indican destinatarios y números de las copias, teniendo en cuenta las medidas de seguridad adecuadas. Para más detalles sobre la confección de un EEM, puede consultarse el RAC 8 (FAA) o el RC-20-01 (DMC). 5 - 25 ANEXOS 5 - 27 ANEXO 1 FOLIO ……… .............. “Leyenda Año Homenaje” FUERZA AÉREA ARGENTINA ESTADO MAYOR GENERAL COMANDO DE ADIESTRAMIENTO Y ALISTAMIENTO BUENOS AIRES, de mayo de 2014.- OBJETO: Solicitar nómina de Personal Militar Superior. AL JEFE DE LA I BRIGADA AÉREA (Dpto. Personal) 1. Solicito al señor Jefe quiera tener a bien elevar a este Comando, la nómina actualizada del Personal Militar Superior, en actividad o retiro, que desarrolla sus actividades en esa Brigada como Unidad Alojada. 2. Los datos que deberá incluir en la nómina solicitada son los siguientes: 1º) Domicilio particular: a) Medio de transporte habitual y tiempo normal de traslado al destino. b) Teléfonos: - Particular. - Seccional Policial correspondiente. EXPEDIENTE Nº: FUERZA AÉREA ARGENTINA Nº ° E S Comodoro JORGE ALFREDO TORRES Jefe Departamento Personal 5 - 29 15 mm. (Encabezado de página) 25 mm. ANEXO 2 CORDOBA, de junio de 2018.4 saltos de línea OBJETO: Solicitar licencia especial SEIS (6) meses. 4 saltos de línea AL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL. 4 saltos de línea 1. De conformidad con lo establecido en el Artículo 38, Inciso 1°), Apartado b) de la Reglamentación para la Fuerza Aérea de la Ley N° 19.101 para el Personal Militar y lo determinado en el Párrafo ........ del Reglamento del Régimen del Servicio (R.A.G. 11), elevo el presente expediente al señor Director General, a los efectos de solicitar quiera tener a bien conceder al suscripto la Licencia Especial de SEIS (6) meses, a partir del 01 ENE 19. Dos saltos de Línea 2. Fundamento el presente requerimiento, por los siguientes motivos: Dos saltos de Línea 1°) El número indicativo de los INCISOS será colocado a DIEZ (10) mm del margen izquierdo, el texto de los mismos será colocado a los DIECISIETE mm CINCO décimas (17,5 mm) del mismo margen. Dos saltos de Línea a) La letra identificatoria de los APARTADOS será colocado a los DIECISIETE mm CINCO décimas (17,5 mm) del margen izquierdo y el texto se hará a los VEINTIDÓS mm CINCO décimas (22,5 mm) del mismo margen. Dos saltos de Línea - El signo (guión) que identifica a los ACÁPITES es colocado a los VEINTIDÓS mm CINCO décimas (22,5 mm) del margen izquierdo y texto se realiza a los VEINTISIETE mm CINCO décimas (27,5 mm) del mismo margen. Dos saltos de Línea . El signo (punto) que identifica a los SUBACÁPITES será colocado a los VEINTISIETE mm CINCO décimas (27,5 mm) del margen izquierdo y el texto se efetúa a los TREINTA mm (30 mm) del mismo margen. 10 saltos de línea Suboficial Ayudante EDUARDO J. F. PEREZ (Sdf 18.103) 25 mm. 5 - 31 15 mm. (Pié de página) 10 mm 40 mm 25 mm FOLIO ……... FUERZA AÉREA ARGENTINA ESTADO MAYOR GENERAL COMANDO DE ADIESTRAMIENTO Y ALISTAMIENTO ANEXO 3 CE Nº...................................(FAA) AL JEFE I PERSONAL (Departamento Planes) POR ORDEN DEL SEÑOR JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL 18. Remito al señor Jefe, el expediente iniciado por el señor Director de la ESCUELA DE AVIACIÓN MILITAR, con el objeto se sirva emitir opinión sobre el requerimiento formulado en folios DOS (2) y TRES (3). 19. Cumplimentado lo ordenado en el párrafo precedente, el expediente pasará sucesivamente por la Jefatura III - Planificación, los Comandos de Operaciones Aéreas, Regiones Aéreas y Material a efectos de formular las consideraciones que estimen corresponder. BUENOS AIRES, de junio de 2014.- POSICION SELLO OVAL Brigadier Mayor JORGE ALFREDO TORRES Comandante de Operaciones Aéreas 5 - 33 FOLIO RESERVADO ........... FUERZA AÉREA ARGENTINA ESTADO MAYOR GENERAL ANEXO 4 BUENOS AIRES, VISTO lo informado por el Jefe III - Planificación, lo propuesto por el Subjefe del Estado Mayor General, y CONSIDERANDO: Que dentro del marco del proceso de modernización y reestructuración de las Fuerzas Armadas ...................... . Que de la experiencia recogida en los últimos años ...................... . Que la concentración del esfuerzo y una mayor economía de medios ............. . Por ello, EL JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA RESUELVE: ARTICULO 1º.ARTICULO 2º - Asígnese al ............................................. la siguiente tarea: “ALCANZAR Y MANTENER LA CAPACIDAD OPERATIVA NECESARIA PARA EJECUTAR ..................................................................... EN APOYO TERRESTRE A LAS OPERACIONES AÉREAS”. ARTICULO 3º - El Comando de Operaciones Aéreas adoptará las medidas ........................ ARTICULO 6º - Comuníquese, publíquese en Boletín Aeronáutico Reservado y archívese en la Jefatura Militar del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea. POSICION SELLO OVAL Brigadier General JORGE ALFREDO TORRES Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea 5 - 35 CONFIDENCIAL “ESTE DOCUMENTO TIENE CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD, ES PARTE DEL SECRETO MILITAR Y SU DIVULGACIÓN ESTÁ FUERZA AÉREA ARGENTINA PENADA POR LOS ARTÍCULOS 153, 153 BIS, 156, 157, 222, 223 ESTADO MAYOR GENERAL DEL CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN Y SANCIONADA POR LOS DIRECCION GENERAL DE MATERIAL ARTÍCULOS 10°, INC. 19 Y 13° INC. 22 DE LA LEY N° 26.394 DE JUSTICIA MILITAR. ESTÁ PROHIBIDA SU DIVULGACION Y/O REPRODUCCION TOTAL O PARCIAL POR CUALQUIER MEDIO FISICO O INFORMATICO”. DIRECTIVA FOLIO .............. BUENOS AIRES 22 - SET – 14 DIR. Nº Ejemplar Nº ANEXO 5 COMPLEMENTARIA A LA RESOLUCIÓN Nº 078 DEL JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA I - PROPÓSITO 1. Establecer los líneamientos .............................. II - ALCANCE 2. Comprende a ............................ III - INFORMACIÓN 3. Los esfuerzos para lograr ................................ IV - CRITERIOS 4. Maximizar el empleo de los medios disponibles ................................... V - EJECUCIÓN 5. El Jefe de la VI Brigada Aérea deberá: 1°) Prever el despliegue de ............................. VI - INSTRUCCIONES DE COORDINACIÓN 6. A efectos del la adopción de medidas conducentes a .......................... POSICION SELLO OVAL Brigadier Mayor JORGE ALFREDO TORRES Director General de Material 5 - 37 FOLIO RESERVADO .............. FUERZA AÉREA ARGENTINA ESTADO MAYOR GENERAL BUENOS AIRES 22 - JUN – 18 ANEXO 6 ORDEN Nº Ejemplar Nº COMANDO DE ADISTRAMIENTO Y ALISTAMIENTO ORDEN PERMANENTE CREACIÓN DE LA COMPAÑÍA ................................. EN LA I BR. AÉ. I - INFORMACIÓN 1. Existe la necesidad de ........................ 2. El propósito de esta División es la ejecución de ................................ 3. Por lo expresado precedentemente, EL COMANDANTE DE OPERACIONES AÉREAS ORDENA: 1º) Derógase ................... 2º) Créase con fecha ........................ 3º) Apruébanse la tarea y funciones ............................... 4º) Etc. II - PROPÓSITO 4. La presente orden tiene por objeto POSICION SELLO OVAL Brigadier Mayor JORGE ALFREDO TORRES Comandante de Adiestramiento y Alistamiento 5 - 39 FOLIO .............. FUERZA AEREA ARGENTINA ESTADO MAYOR GENERAL BUENOS AIRES 22 - JUN - 18 ORDEN Nº DIR.GRAL. PERSONAL Y BIENESTAR ORDEN DEL DÍA ANEXO 7 CONMEMORACIÓN DEL 175 ANIVERSARIO DE LA DECLARACIÓN DE LA INDEPENDENCIA 1. 2. 1º) 2º) 3º) 4º) 5º) 3. 4. 5. 6. POSICION SELLO OVAL Comodoro JORGE ALFREDO TORRES Director General de Personal y Bienestar 5 - 41 FOLIO .............. BUENOS AIRES 22 - JUN – 18 DISP Nº Ejemplar Nº FUERZA AÉREA ARGENTINA ESTADO MAYOR GENERAL DIR. GRAL. DE PERSONAL Y BIENESTAR ANEXO 8 DISPOSICIÓN TRANSITORIA CONCESIÓN DE LICENCIA EXTRAORDINARIA I - INFORMACIÓN 1. El personal Militar Subalterno que se menciona en la presente Disposición ha solicitado Licencia Extraordinaria de hasta SEIS (6) meses............................. 2. De acuerdo con lo establecido en el párrafo ..................... de la Ley 19.101 para el Personal Militar (RLA 1), es facultad del suscripto disponer en la materia. 3. Por lo expresado precedentemente, EL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL DISPONE: 1°) Concédese Licencia Extraordinaria de SEIS (6) meses ................ 2°) Los mencionados Suboficiales Superiores dejan de percibir durante ese período, el suplemento por cargo o función si lo tuviese asignado, de acuerdo con lo ordenado por mensaje ........................................................ 3°) Etc. 4°) Comuníquese, publíquese en boletín aeronáutico Reservado y archívese en la Dirección General de Personal (División Documentación y Registros). POSICION SELLO OVAL Brigadier JORGE ALFREDO TORRES Director General de Personal y Bienestar 5 - 43 FOLIO .............. FUERZA AÉREA ARGENTINA ESTADO MAYOR GENERAL BUENOS AIRES 22 - JUN - 18 CIRC. Nº Ejemplar Nº DIR. GRAL. ADMINISTRACIÓN FINANCIERA CIRCULAR ADMINISTRATIVA ANEXO 9 PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DEL SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO 1. Se pone en conocimiento del Órgano Contaduría …............................ 2. Asimismo, en la reglamentación aprobada............................................ 1º) Se deberá determinar........................................ 2º) Habiéndose determinado tal remuneración.......................................... a) b) POSICION SELLO OVAL Brigadier JORGE ALFREDO TORRES Director General de Administración Financiera 5 - 45 SECRETO FUERZA AÉREA ARGENTINA ESTADO MAYOR GENERAL DIR. GRAL. ASUNTOS JURIDICOS “ESTE DOCUMENTO TIENE CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD, ES PARTE DEL SECRETO MILITAR Y SU DIVULGACIÓN ESTÁ PENADA POR LOS ARTÍCULOS 153, 153 BIS, 156, 157, 222, 223 DEL CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN Y SANCIONADA POR LOS ARTÍCULOS 10°, INC. 19 Y 13° INC. 22 DE LA LEY N° 26.394 DE JUSTICIA MILITAR. ESTÁ PROHIBIDA SU DIVULGACION Y/O REPRODUCCION TOTAL O PARCIAL POR CUALQUIER MEDIO FISICO O INFORMATICO”. FOLIO ……… .............. BUENOS AIRES 22 – JUN - 18 INF. Nº Ejemplar Nº ANEXO 10 INFORME RESULTADO DE ENSAYOS REALIZADOS A MOTORES COHETES DE ............ MATERIAL Estado 1. 2. Quemado 3. 4. a) b) POSICION SELLO OVAL Comodoro JORGE ALFREDO TORRES Director General de Asuntos Jurídicos 5 - 47 CONFIDENCIAL FUERZA AÉREA ARGENTINA ESTADO MAYOR GENERAL DIR. GRAL. ASUNTOS JURIDICOS “ESTE DOCUMENTO TIENE CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD, ES PARTE DEL SECRETO MILITAR Y SU DIVULGACIÓN ESTÁ PENADA POR LOS ARTÍCULOS 153, 153 BIS, 156, 157, 222, 223 DEL CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN Y SANCIONADA POR LOS ARTÍCULOS 10°, INC. 19 Y 13° INC. 22 DE LA LEY N° 26.394 DE JUSTICIA MILITAR. ESTÁ PROHIBIDA SU DIVULGACION Y/O REPRODUCCION TOTAL O PARCIAL POR CUALQUIER MEDIO FISICO O INFORMATICO”. FOLIO ……… .............. BUENOS AIRES 22 - JUN - 18 DIR. Nº Ejemplar Nº ANEXO 11 DICTAMEN 1. Relacionado con la solicitud formulada por el ............................ 2. Funda su petición en lo dispuesto ............................................ 3. Teniendo en cuenta lo preceptuado por las normas precedentemente aludidas, las que excluyen ......................................................................, no resulta factible acceder a lo solicitado por el causante .......................................... POSICION SELLO OVAL Brigadier JORGE ALFREDO TORRES Director General de Asuntos Jurídicos 5 - 49 ANEXO 12 FORM 1280/11 FUERZA AÉREA ARGENTINA MENSAJE MODO DE TRANSMISIÓN CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD VÍA ESTAFETA POR SISTEMA S C R P SECRETO CONFIDENCIAL RESERVADO PÚBLICO Marcar con una X lo que corresponda Circular lo que corresponda NRO MSG PRECEDENCIA Z O P R Flash Inmediato Prioridad Rutina GRUPO HORARIO ORIGEN (GHO) DIA HORA UTC MES AÑO Circular lo que corresponda Promotor: Ejecutivo: Informativo: Exceptuado: Adjunto: BT BT INICIAL Recibido PROMOTOR AUTORIZADO ECOM GHO SELLO OVAL Firma: Aclaración: Transmitido 5 - 51 FUERZA AEREA ARGENTINA DIRECCION GENERAL DE EDUCACION ESCUELA DE SUBOFICIALES F.A. ANEXO 13 “Leyenda Año Homenaje” VOLANTE Nº 03 / 14 1. Pase sucesivamente el presente Volante a los señores Jefes de Grupo Aspirantes, Grupo Enseñanza, Grupo Capacitación y Grupo Base, con el objeto se sirvan ordenar a quien corresponda, se remita al Departamento Despacho General (División Personal Militar) para antes del 01 JUL 14, el listado de los integrantes de sus Grupos dependientes, que participarán en el Desfile conmemorativo al Día de la Independencia, a realizarse en la Plaza San Martín el día 090900 JUL 14. 2. Finalizado vuelva a esta Dirección (Departamento Despacho General – División Personal Militar), para su archivo. TERMINO: DOS (2) Horas por dependencia. CORDOBA, de junio de 2018.- POSICION SELLO OVAL Comodoro RICARDO AGUSTIN ALDERETE Director Escuela de Suboficiales de la Fuerza Aérea 5 - 53 ANEXO 14 FUERZA AEREA ARGENTINA DIRECCION GENERAL DE EDUCACION ESCUELA DE SUBOFICIALES F.A. “Leyenda Año Homenaje” VOLANTE Nº 01 / 14 AL JEFE DE GRUPO BASE. POR ORDEN DEL SEÑOR DIRECTOR DE LA ESCUELA DE SUBOFICIALES F.A. 1. Elevo el presente Volante al señor Jefe, con el objeto de solicitar quiera tener a bien remitir a este Departamento (División Personal Militar) para antes del 01 JUL 14, el listado de los integrantes de su Grupo dependiente, que participarán en el Desfile conmemorativo al Día de la Independencia, a realizarse en la Plaza San Martín el día 090900 JUL 14. CORDOBA, de junio de 2018.- Vicecomodoro JUAN CARLOS GONZALEZ Jefe Departamento Despacho General 5 - 55 FUERZA AEREA ARGENTINA DIRECCION GENERAL DE EDUCACION ESCUELA DE SUBOFICIALES F.A. ANEXO 15 “Leyenda Año Homenaje” VOLANTE Nº 02 / 14 AL JEFE DE LA DIVISION CONTADURIA. 1. Remito el presente Volante al señor Jefe, con el objeto se sirva elevar a este Departamento (División Personal Militar), el listado de los integrantes de esa División, que participarán en el Desfile conmemorativo al Día de la Independencia, a realizarse en la Plaza San Martín el día 090900 JUL 14. TERMINO: 011000 JUL 14 CORDOBA, de junio de 2014.- Vicecomodoro JUAN CARLOS GONZALEZ Jefe Departamento Despacho General 5 - 57 ANEXO 16 FUERZA AEREA ARGENTINA ESTADO MAYOR GENERAL DIR. GRAL.PERSONAL Y BIENESTAR FAX: DATE: / / PAGE: FROM : FAX : TO : FAX : SUBJECT: TEXTO: 5 - 59 ANEXO 17 FUERZA AÉREA ARGENTINA ESTADO MAYOR GENERAL DIR. GRAL. DE MATERIAL FAX: FECHA: / / FOLIO: PROMOTOR: Nº FAX: DESTINATARIO: Nº FAX: ASUNTO: TEXTO: 5 - 61 ANEXO 18 FUERZA AÉREA ARGENTINA ESTADO MAYOR GENERAL DIR. GRAL. DE MATERIAL MEMORANDUM PRODUCIDO POR : Para información de: Buenos Aires, de de Asunto: 1. 2. 1º) 2º) Mayor JORGE ALFREDO TORRES Jefe Departamento Material 5 - 63 .- ANEXO 19 ACTA En (lugar) ............................................................................................................., asiento de (Organismo), .........................................................., a los .......... días del mes de ..................... del año dos mil ................................. siendo las ........................... horas, el suscripto (grado, nombre y apellido, cargo) ....................................................................... perteneciente a ..................................................................................... procede a confeccionar la presente Acta en comprobación de la lesión (o enfermedad) sufrida por (grado, nombre y apellido; edad, estado civil, si se trata de personal de tropa, Clase, Matrícula, Distrito Militar, Oficina Enroladora, edad y estado civil) ............................................................................................ perteneciente a .................................................................................................... .- - - - - - - - De acuerdo con las averiguaciones practicadas por el suscrito en el día de la fecha a las ............................... horas en circunstancias en que el causante (hacer una descripción sintética del hecho) ............................................................................................................................... ....................................................................................................................................................... .................................................. ...................................................... . - - - - - - - - - - - - - Lo expresado se desprende de las declaraciones verbales prestadas ante el suscrito por los testigos (Grado, nombre y apellido, edad, estado civil) perteneciente a ................................... ................................................................. (si se trata de personal de tropa o civil, nombre y apellido, Clase, Matrícula, Distrito Militar, Oficina Enroladora, edad) de estado civil ....................................... perteneciente a/o domiciliado en ...................................................... ............................................................. los cuales firman de conformidad con el suscrito al pie de la misma. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se confeccionan ............................... ejemplares de la presente Acta y que consta de ............... ...............................folios. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ............................................................ Firma del causante .......................................................... Firma Grado, nombre y apellido Oficial Informante ........................................................... Firma del testigo 5 - 65 NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA CURSO I PARTE DE NOVEDADES DEPARTAMENTO ORGANIZACIÓN Y DOCTRINA FUERZA EFECTIVA FUERZA PRESENTE FUERZA AUSENTE PERS. MIL. SUPERIOR PERS. MIL. SUBALTERNO PERS. CIVIL PERS. SOL. VOLUNTARIO NOVEDADES GRADO NOMBRE CAUSA OBSERVACIONES: RACIONAMIENTO Oficiales: ............................. Suboficiales: ......................... Civiles: .................................. BUENOS AIRES, de de 20 ................................................................................. Comodoro JORGE ALFREDO TORRES Jefe Departamento Organización y Doctrina 5 - 67 .- NORMAS GENERALES PARA ESCRITURA Y CORRESPONDENCIA 5 - 68 CURSO I