¿Qué es política educativa? Es un quehacer político dirigido, en definitiva, a los aspectos o fenómenos educativos que se resuelve en hechos, en actos políticos, desde las instancias del poder: desde la promulgación de cualquier norma de rango menor hasta la reforma e implantación de un nuevo sistema educativo o la orientación de la tarea y de la acción educadora de la sociedad. Se entiende por política educativa aquellos asuntos que vinculan al estado con la materia educativa en general, y más específicamente con la educación formal. De este modo, normalmente quedan afuera de esta área las cuestiones de educación política no formal, y de educación política no estatal, es decir, educación política en sentido amplio. Se entiende entonces que política educativa refiere a la intervención del estado en la educación de la población, particularmente a través del aparato educativo estatal. La función del estado es atender que queden satisfechas las demandas educativas de la sociedad. La estructuración del aparato educativo estatal nunca refleja una visión política de la educación con exclusión de otras. La organización y acción del estado siempre es una resultante compleja que combina propuestas e intereses de distintas clases, sectores y grupos sociales, aunque siempre da prioridad a los intereses de los sectores dominantes. Entonces las dos tendencias básicas en cuanto a la función del estado en educación: a) Para la visión conformista, el estado debe satisfacer la demanda educativa del mercado, en tanto que, b) Para la visión crítica, el estado, mediante la acción educativa, debe transformar la sociedad a favor de las mayorías populares. El objeto de la política educativa son los aprendizajes futuros, posibles y deseables de una sociedad determinada. Porque los hombres somos capaces de aprender a ser mejores, de crear posibilidades inéditas, de indagar sobre las maneras como aprendemos y asimilamos valores, como inventamos comportamientos ciudadanos democráticos y construimos nuevos proyectos colectivos. Por eso, el objeto de la política educativa se extiende a las posibilidades de la inteligencia no menos que hacia los mundos misteriosos de la intuición y los sentimientos, del arte, de la convivencia y las éticas sociales; con todo se relaciona y de todo se nutre. ¿Qué es Legislación Educativa? La educación como fenómeno humano de innegable trascendencia social, es objeto de estudio de distintas disciplinas del conocimiento, dentro de las cuales el Derecho no es excepción. El asunto educativo ha sido objeto de estudio en la doctrina jurídica, desde hace ya varios siglos, aunque las ideas más claras al respecto se vienen a consolidar a finales del siglo XIX, cuando se comienza a positivizar el derecho a la educación pública a través de normas que se promulgan en diferentes partes del mundo. El momento clave para el reconocimiento del derecho a la educación, como inherente y fundamental a todas las personas, se da hasta el año 1948, por medio de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas. La Legislación Educativa, encuentra su marco teórico en el Derecho positivo y se puede definir como el conjunto de instrumentos jurídicos que norman la educación en nuestro País a partir del artículo tercero Constitucional y atendiendo al principio de obligatoriedad de la educación el artículo treinta y uno fracción primera del mismo ordenamiento. Así como las leyes ordinarias tales como la Ley General de Educación y sus reglamentos, y las leyes de educación de los Estados de la República. Esta materia de estudio, como parte del derecho positivo, desde el punto de vista de su enseñanza se inscribe en el marco teórico de la didáctica POLÍTICA FUNDAMENTOS DEL PODER POLÍTICO Hablar de política educativa es remitirse a un conjunto de variables y dimensiones complejas y diversas que actúan en distintos niveles. En las que se considera, más allá del mero enfoque funcionalista, la comprensión de los procesos estructurales, de los conflictos institucionales y la acción e ideología de los variados conjuntos de colectivos de la sociedad que participan en este tema. El análisis de la política educativa puede darse a partir del desarrollo de los pensamientos educativos que figuran como marco de justificación, guía y orientación para la toma de decisiones políticas. Asimismo, se debe ponderar lo relacionado con las prácticas educativas conforme las cuales actúan las decisiones políticas y que se suponen afectadas por éstas, y en las que media el accionar de los políticos en su proceso de toma de decisiones, desde la justificación teórica inicial, para incidir en el cambio de las prácticas concretas. NOCIÓN DE PODER Y CONCEPTOS DE GOBIERNO Y RÉGIMEN POLÍTICO. ESTADO El Estado es la organización jurídica de la sociedad, bajo un poder de mando que se ejerce en un determinado territorio. Es decir, el orden jurídico gobierna sobre el político, económico, de administración, técnico, científico en general de la actividad humana, que se somete a un orden jurídico idóneo y perseguidor del Bien Común. Lo cierto es que el Estado tiene los elementos señalados de Población o Pueblo, Territorio y Poder. El primero a su vez se compone de Nacionales y Extranjeros; los Nacionales de origen y naturalizados en sus distritos acepciones de acuerdo con la Constitución Federal y la Ley General de Población principalmente. El segundo se compone de Tierra, Agua (Marina, Fluvial, Lacustre y Aguas Interiores) y Espacio (Interior y Exterior). El tercero el Poder, con sus elementos principales, son: Soberanía; Autodeterminación, Autonomía y Gobierno. Este a su vez en Federal, Local y Municipal, que ejercen la Función Pública, en la busca del bien común y del bienestar de la población en coordinación con los tres poderes de la Unión, el Ejecutivo-Administrativo; el Legislativo y el Judicial. PODER En el Orden Jurídico Mexicano, según la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Poder es del pueblo. Artículo 39.- La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno. Artículo 40.- Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una Federación establecida según los principios de esta ley fundamental. Artículo 41.- el pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que toca a los regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto federal. . . El Distrito Federal, es una Entidad Federativa y no tiene Constitución pero si un Estatuto General equiparable a una Constitución y lucha políticamente por convertirse en un estado Federado, para lo cual debe tenerse en cuenta en forma principal lo dispuesto por el artículo 44 de la Constitución Federal. Artículo 44.- La Ciudad de México es el Distrito Federal, sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos. Se compondrá del territorio que actualmente tiene y en el caso de que los poderes Federales se trasladen a otro lugar, se erigirá en el Estado del Valle de México con los límites y extensión que le asigne el Congreso General. El Poder es la “capacidad de acción y medios concretos de coerción en el marco de una política. El poder está ligado a la autoridad, principio de su justificación. la coherencia realmente percibida y vivida entre estos dos elementos. La política se realiza, más o menos, situado el poder entre dos extremos: la legitimidad y la tiranía. Por lo tanto, el Poder del Estado esta para servir al pueblo no para servirse de el, cumpliendo el mandato legal correspondiente. LAZARO CARDENAS En nuestro país se puede considera como esquema de educación socialista, al modelo adoptado durante el Gobierno del presidente Lázaro Cárdenas, pues la modificación del sistema educativo era fundamental para la mecánica de éste presidente. Cárdenas se dio a la tarea de llevar a cabo un profundo cambio del sistema educativo. La trasformación tuvo como eje una suerte de filosofía de la educación socialista, en la cual se pretendían alcanzar las siguientes metas: Disminuir, al máximo posible, el analfabetismo. Sumar, a la educación elemental, a los sectores menos favorecidos. Ofrecer capacitación científica y tecnológica para que las personas pudieran desempeñar su trabajo. Incrementar el número de escuelas y profesores. Una de las primeras acciones ejecutadas por el presidente Cárdenas, se centró en incrementar al presupuesto de la Secretaría de Educación Pública; asimismo, conformó una legión de profesores rurales, cuya misión era alfabetizar, instruir, y capacitar para el trabajo. Asimismo, mediante las denominadas misiones culturales, Cárdenas buscó apoyar a la población con conocimientos relacionados con primeros auxilios, nutrición, sistemas de construcción y mejora de viviendas. A nivel de educación superior, Cárdenas también emprendió acciones, las cuales, desde luego, eran afines a sus ideas políticas, y fundó una nueva institución educativa, la cual tendría la tarea de contribuir con el desarrollo tecnológico de la nación, y de fortalecer el ideal del compromiso con la sociedad, esta institución fue el Instituto Politécnico Nacional. En el terreno de las artes, y de ciertas ciencias sociales, también se registraron, por parte del Cardenismo, cambios significativos, como la recuperación o fortalecimiento del muralismo; en el ámbito de la música, sus políticas también influyeron. De este modo, en varios frentes educativos, las propuestas del ideal particular de Cárdenas, estuvieron presentes. PRESIDENCIALISMO. Durante la presidencia de mandatario Carlos Salinas de Gortari (1988-1994) se llevaron acciones encaminadas a la modernización educativa. Entre las primeras acciones se encontraba la iniciativa de crear lo que hoy se conoce como el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, una entidad autónoma adscrita a la Secretaría de Educación Pública (SEP). Este organismo emprendió la promoción de eventos artísticos y culturales alta calidad. En el periodo presidencial de Salinas, se reconoció que la educación era parte del cambio “inevitable” que las transformaciones internacionales exigían a los países en vías de desarrollo que quisieran avanzar y competir ante las nuevas realidades del mundo. El plan de modernización iba de la mano con la idea de mejorar la calidad de la educación y de sus servicios de apoyo, como un hecho clave para fortalecer la soberanía nacional, perfeccionar la democracia, y para precisamente modernizar al país. Se consideraba fundamental estimular la educación y la investigación de alto rango para mejorar el ejercicio de la ciencia y la tecnología, y evitar la dependencia del exterior. En ese sentido, el plan de modernización de la educación entrañaba mejorar la calidad del sistema educativo, elevar la escolaridad de la población, descentralizar la educación y fortalecer la participación de la sociedad en el quehacer educativo. Otra de las acciones emprendidas en este sentido, fue la organización de foros sobre “reformas educativas”. En el año de 1989 se pone en marcha el Programa para la Modernización Educativa. Con éste, de inicio, se hizo un diagnóstico sobre la situación de la educación en el país, el cual arrojó que había un rezago significativo por atender. Frente a esto, su propuso como solución, ofrecer cobertura nacional a la educación primaria, se dio prioridad a las zonas marginadas (urbanas, rurales e indígenas), por conducto del uso de medios electrónicos de comunicación. El programa y modelo de modernización educativa buscaba suprimir las desigualdades geográficas y sociales, conseguir que la enseñanza fuera más eficiente y de mejor calidad, y sumar el proceso educativo al desarrollo SISTEMA EDUCATIVO MEXICANO ACTUAL LAS LEYES EN EDUCACIÓN ART. 3°. Nuestro artículo 3° constitucional Consagra el derecho a la educación y define las características y modalidades que la tarea educativa debe comprender. Se trata de uno de los derechos fundamentales del hombre en tanto permite impulsar el desarrollo integral de la personalidad de los integrantes de una nación. Es un derecho público individual y se encuentra en el capítulo constitucional correspondiente a las “garantías individuales” Efectivamente, todos los textos constitucionales de México, construidos y producidos por los diferentes actores de nuestra historia, conservadores o liberales, republicanos o monárquicos, revolucionarios o científicos, socialistas o capitalistas, han considerado a la educación como las bases de las aspiraciones y anhelos populares. La mejor fórmula para conocer los ideales de un pueblo es conocer el concepto que se tenga sobre educación. México ha tenido la sabiduría de asignar a la cuestión educativa el relevante papel que ocupa y de traducir esta prioridad nacional en normas jurídicas. Las disposiciones que han regulado este servicio público a lo largo de la historia de México, como nación soberana, han compartido una nota en común; independientemente del signo ideológico del gobierno o del grupo político que las haya emitido, las disposiciones sobre educación han expresado claramente los anhelos y necesidades de nuestro país. Artículo 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias. La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia. El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos. LEY GENERAL DE EDUCACIÓN. La Ley General de Educación es una fuente de orientación relevante para conocer el sistema de distribución de competencias en materia educativa. A la autoridad federal corresponden, según el dispositivo legal de manera exclusiva, entre otras atribuciones la de determinar planes y programas de estudios para la educación primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica para toda la República. Otras disposiciones a lo largo del texto legal precisan técnicamente los conceptos fundamentales del proceso educativo y los distintos tipos y modalidades. También están contenidos en la ley conceptos tales como evaluación, certificación, reconocimiento de validez oficial de estudios, planes y programas de estudios y el calendario escolar.