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Juan ‐ Luis Menares Rodríguez
Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867
Rol 4414 Registro Consultores MINVU
INFORME DE TASACION
Comuna : VICUÑA
Número de Rol de Avalúo : 00353 – 00020 (ROL MATRIZ)
Dirección o Nombre del bien raíz : CAM A VICUNA
Destino del bien raíz : HABITACIONAL
PROFESIONAL ACTUANTE:
Juan Luis Menares Rodríguez
Arquitecto UTFSM, ICA 10.867, Rol 4414 Reg. Consultores MINVU
CONTACTO: +56 9 4105 5309, juan.menares@ug.uchile.cl
INFORME TASACION INMUEBLE
Juan ‐ Luis Menares Rodríguez
Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867
Rol 4414 Registro Consultores MINVU
OBJETIVO
Se extiende el presente informe de tasación, para valorizar SITIO CON VIVIENDA, en sector CENTRO PONIENTE
de la comuna de VICUÑA. Su utilización en acciones jurídicas o comerciales queda abierta.
IDENTIFICACION DEL BIEN RAIZ
Comuna : VICUÑA
Número de Rol de Avalúo: 00353 – 00020 (ROL MATRIZ)
Dirección o Nombre del bien raíz: CAM A VICUNA
Destino del bien raíz: HABITACIONAL
Coordenadas UTM: -30.030739143717305, -70.77768316234919
Destino: HABITACIÓN
Permiso de obras: Existente
Recepción de obras: Existente
Instalaciones interiores: En regla
Propietario: LUIS GUILLERMO ALVAREZ RIVERA Y OTROS
Rut: 16.526.940-3
Tasador: JUAN LUIS MENARES RODRIGUEZ, Arquitecto
Registro: Rol 4414, Registro de Consultores MINVU
Fecha: 18 de mayo de 2024
I. DESCRIPCIÓN DEL SECTOR
A. Localización
La propiedad se encuentra localizada en el sector CENTRO PONIENTE de la comuna de VICUÑA, Provincia de
ELQUI, Región de COQUIMBO, dentro de la zona denominada “ZEU 6” según PLANO REGULADOR
INTERCOMUNAL –sector residencial y de áreas verdes-, dentro de los barrios históricos de EL TAMBO. En
específico entre calles 18 DE SEPTIEMBRE por el SUR –HOY VIA DE ACCESO-, CAJÓN EL BOCHINCHE por el
ORIENTE, 21 DE MAYO por el PONIENTE, y 5 DE ABRIL por el NORTE. 18 DE SEPTIEMBRE –intercomunal- le
comunica con la PLAZA DE ARMAS DE VICUÑA a 1 KM de la propiedad.
B. Características generales y composición
El terreno posee una pendiente promedio del 2%. Existen evidencias de los estratos en cortes de terrenos del
sector. Puede inferirse que se trata de suelos relativamente estables de arcilla y maicillo. La llegada al firme se
puede garantizar mediante poyos de cimentación o zapatas corridas en viviendas. No se estima necesario ejecutar
obras de nivelación y contención. Existen planos de estacionamiento con pendiente apropiada. El lote está cercado
en todas sus caras por reja. Los patios del inmueble son de pendiente aceptable al uso cotidiano –en el interior y
exterior del predio-.
C. Infraestructura y urbanización
La vivienda y su terreno se encuentran urbanizados. Al presente cuenta con servicios básicos operativos. Posee
factibilidad vigente de servicios mediante conexión a red pública en control del operador de servicios de agua
potable rural y provisión de alcantarillado –ambos en regla-.
El suministro de fuerza eléctrica está operativo. Cuenta con factibilidad mediante servicio monofásico existente
según se rescata de los antecedentes de levantamiento. El prestador de servicios de fuerza eléctrica ha ejecutado
red aérea -en estado de servicio operativo-.
La pavimentación de recorrido vehicular en el camino de acceso, 18 DE SEPTIEMBRE, es en carpeta de
ADOQUINES DE HORMIGÓN con sub rasante de SUELO ESTABILIZADO. Veredas y escurrimientos de agua lluvia
son en HORMIGÓN. Cuenta con zarpa y empalme en el acceso de estacionamiento –lateral-. La vivienda posee
acceso directo desde la calle. No se verifica la presencia de vegetación de importancia en el lote. Cuenta con solera
y estabilización apropiada en vías peatonales.
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Juan ‐ Luis Menares Rodríguez
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II. DESCRIPCIÓN DE LA PROPIEDAD
A. Características
El lote posee una obra en materialidad LIVIANA, de ADOBE con refuerzos de MADERA de estándar medio, en dos
unidades, primer piso volumen consistente de dos locales y vivienda, más segundo con habitaciones o bodegas.
Cuenta con tabiques en madera. La trama vial circundante provee de todos los servicios públicos necesarios para el
diario vivir. La población del sector es de clase media de tipo C3. En un radio de 300 metros cuenta con comercio
minorista, y en uno de 1000 metros con centros mayoristas de enseres y servicios públicos en general. Tiene acceso
a instituciones de salud primaria y educación escolar dentro de la comuna. La cota promedio de 553 m sobre el
NMM, le hacen parte del clima mediterráneo propio de los valles transversales interiores, de la Cordillera de Los
Andes. NOTA: Sus patios y la cercanía al río permiten intuir la posibilidad de generar huertas o captar agua.
B. Emplazamiento general
Se encuentra inmediato a la calle 18 DE SEPTIEMBRE –ruta troncal de acceso a la comuna de VICUÑA-, y frente a
la plaza de EL TAMBO. Con respecto al plan regulador inter comunal, se haya en el área ZEU-6 -correspondiente
principalmente a zonas residenciales y de área verde-, por lo que posee una trama vial y programas de servicios
consolidados. Se integra al casco histórico de manera directa, al estar vinculada con la ruta troncal -que le comunica
con el centro-. Se verifica cercanía con instituciones educativas en sus primeros niveles, supermercados, áreas
verdes y empresas terciarias en general. Prima la actividad turística y residencial en el sector.
C. Terreno: Deslindes y Superficies
Los deslindes señalados corresponden a los rescatados del levantamiento topográfico entregado por el mandante.
Se deja constancia de la existencia de obras al interior –igualmente en anexos-. Los deslindes se trazan en la forma
descrita a continuación.
 Al Norte
: 20.44 m en línea continua (limitando con OTRO PROPIETARIO)
 Al Sur
: 20.46 m en línea continua (limitando con CALLE)
 Al Oriente
: 62.69 m en línea continua (limitando con OTRO PROPIETARIO)
 Al Poniente
: 67.29 m en línea continua (limitando con OTRO PROPIETARIO)
 Superficie
: 1394.00 M2
Deudas, Expropiaciones y Cesiones
 No registra deuda de contribuciones –ver certificado adjunto-.
Programa y estado actual
 Destino :
Inmueble con destino HABITACIÓN Y COMERCIO -obras en TERRENO LLANO-.
 Programa
:
Unidades con cocina, baños, dormitorios y área de venta. Patio exterior de esparcimiento de uso exclusivo.
 Materialidad
:
Unidades en adobe y madera sobre zapatas corridas –para efectos de estimación simple se integra toda la obra en
la categoría E de las tablas de valorización MINVU-. Se deja constancia de vida útil SII ya transcurrida en obras.
 Conservación :
Su estado general es parcialmente habitable requiriendo mantenciones profundas (presenta grietas de corte en
fachadas) se aplicará desvalorización simple, equivalente a los años de vida útil no acelerada.
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D. Foto georreferenciada
Coordenadas UTM: -30.030739143717305, -70.77768316234919
III. RESUMEN DE ANTECEDENTES SECTORIALES
Zona “ZEU 6” Plan Regulador Inter Comunal de ELQUI
NOTA 1: (ddu 144 deroga frente predial mínimo).
NOTA 2: Rasantes y distanciamientos según OGUC.
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IV.
VALORIZACION SIMPLE
a) El valor comercial se asignará por referencia directa con las áreas homogéneas –AH- de la comuna, según
tabla 2022 del servicio de impuestos internos (vigente al momento de la elaboración del informe). Además
se cotejará con ejemplos de mercado homologables al caso.
b) El valor físico de las construcciones, corresponderá al vigente por metro cuadrado MINVU, incluyendo los
costos indirectos de ejecución, y pudiendo considerar depreciación. Se utilizará tabla de costos unitarios
correspondientes al trimestre y su categorización.
c) Los costos de ejecución se harán en base a la tabla del colegio de arquitectos de Chile y estimando recargo
adicional por concepto de especialidades técnicas –si procede-. Podrá aplicarse criterios discrecionales.
Los siguientes recuadros muestran:
1.- Las diversas áreas homogéneas, dando el valor promedio en pesos por m2. Se corrige al valor de la UF actual.
ÁREAS HOMOGENEAS VIGENTE (2022)
Area Homogénea AH
XMB 033
XBB 029
HBB 036
XBB 035
XMB 035
Promedio $/m2
Promedio con ajuste
UF 2022
UF 2024
CORRECCIÓN A UF 2024
Valor $/m2
18.753
13.573
18.931
15.538
16.252
16.609
16.609
ÁREAS HOMOGENEAS
XMB 033
XBB 029
HBB 036
XBB 035
XMB 035
PROMEDIO $/M2
Promedio con ajuste
30996
37307
FACTOR CORRECCIÓN
1,203606917
$/M2
22.571
16.337
22.785
15.538
19.561
19.358
19.358
2.- El recargo porcentual de aranceles para proyectos según tablas del Colegio de Arquitectos -respecto al rango de
costo material en UF-.
Proyectos según C.A.
Rango
650-6500 UF
A. Trabajos preparatorios
0.90%
B. Proyecto
3.40%
C. Estructura
0.90%
D. Inspección
2.80%
% PROMEDIO
8.00%
3.- Los factores de ajuste por situaciones especiales, constatando invariabilidad de costos promedio, dado que la
superficie y su geometría son regulares, que no existe accidentes geográficos y que el patrón del lote es
homologable a los solares del entorno en general.
Factores de ajuste
Factor Superficie
Factor frente fondo
Factor altura
Factor casos excepcionales
Factor prom. de ajuste
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1
1
1
1
1
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Siendo la presente tasación del tipo técnica comercial y teniendo como resultado 19.358 $/m2 –como promedio de
las áreas homogéneas homologables al caso-, se mayora esta cifra para corregir los factores de rebaja al 50% aplicados al promedio de compraventas que refleja cada área homogénea-. La resultante de 38.716 $/m2 se
cotejará con la cifra promedio –igualmente en $/m2- rescatada de los casos seleccionados en el mercado local de
terrenos en venta.
Se presenta a continuación tabla de terrenos en oferta, asimilables a la propiedad analizada, y seleccionados desde
bases de datos de corretaje de propiedades. Esto a fin de obtener un costo promedio por metro cuadrado –en oferta
de bienes raíces- que se coteje con la cifra obtenida mediante el cálculo desde las tablas de valorización técnica
territorial precedentes.
Los casos homologables rescatados son los siguientes:
Caso
Total $
Apx. obra $
Lote $
Lote M2
$/m2 lote
https://www.vivastreet.cl/loteos‐
lotes/vicuna/terreno‐1‐980‐m2‐‐orilla‐
carretera‐‐huanta‐‐valle‐del‐
elqui/320486123
22.727
1
45.000.000
0
45.000.000
2
145.000.000
0
145.000.000 6.622
https://chilepropiedades.cl/ver‐
publicacion/venta/vicuna/terreno/alme
ndral/18235261
21.897
103.609.114 6.222
https://chilepropiedades.cl/ver‐
publicacion/venta/vicuna/terreno/el‐
almendral‐terreno‐con‐orilla‐de‐rio‐
7051/27794609
16.652
106.000.000 5.000
https://propiedades.portalterreno.cl/pr
opiedad/venta/terreno/vicuna/301147‐
vendo‐parcela‐pisco‐elqui‐100‐‐plana‐
orilla‐de‐rio‐claro‐valle‐del‐
elqui?_gl=1*vr2wco*_ga*MTY2MDI3Mj
E0Ny4xNzE2MDAwODIx*_ga_MZ297B3T
EN*MTcxNjAwMDgyMS4xLjEuMTcxNjA
wMDkxNy4zMS4wLjA.
21.200
186.773.400 5.000
https://www.yapo.cl/inmuebles/parcela‐
ideal‐para‐proyecto‐en‐el‐molle‐
vicuna_89566091
37.355
costo promedio
23.966
promedio con factores de ajuste SII
23.966
3
4
5
103.609.114
106.000.000
186.773.400
0
0
0
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1.980
link
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Considerando el promedio en la presente tabla de 23.966 $/m2 y el promedio resultante de selección de áreas
homogéneas asimilables al caso de 38.716 $/m2, tenemos un valor final del metro cuadrado, correspondiente a
31.342 $/m2, resultantes de promediar las cifras de mercado con las del catastro de áreas homogéneas -los que
serán aplicados a la tabla de valorización final-.
Valor promedio final tierra $/m2
31341,53
Para estimar el costo de materiales de construcción se considera la categoría E de construcción LIVIANA en
MADERA con presencia de terminaciones mixtas –cuya desvalorización se ha de explicitar en la tabla final-. Las
obras de terminación serán consideradas dentro del costo unitario por m2 del hormigón -dada su baja relevancia en
el contexto general-. NOTA: El adobe es un material que por si mismo esta descartado como solución estructural en
la nueva ley sísmica NCH 433 del año 2011.
Costo m2 materiales
Clasificación
Categoría
Promedio
E
3
164.120
Madera
Media
$/m2
Por último se considera en la tabla de la valorización final
- 75% sobre el total de materiales, a razón de costos de mano de obra necesaria para ejecutar las obras.
- Itemizado de costos adicional por concepto de proyectos e instalación de obras complementarias.
- Un coste estimativo de especialidades de 1 UF/m2.
- Desvalorizaciones según tabla SII.
Alcances preliminares
1.- El profesional actuante no tiene hoy ni espera tener en el futuro, interés en la propiedad tasada ni ningún impedimento para
llevar a cabo este trabajo en forma independiente.
2.- El tasador no tiene personal interés ni participación en los usos que se hagan de la tasación.
3.- Que se ha inspeccionado la propiedad por medios de levantamiento GPS y datos previos. La información que presenta es
verdadera, y no se ha obviado nada de importancia.
4.- Que todos los inconvenientes y limitaciones que pueda tener el inmueble y su vecindario están mencionados.
5.- Que las conclusiones y opiniones referentes a la información requerida en este informe han sido preparadas por el tasador
abajo firmante, el cual se hace legalmente responsable de las apreciaciones contenidas en la tasación, en conformidad al
artículo 22, del Reglamento de Sociedades Anónimas.
6.- Los factores de ajuste son estimados en base a situación topográfica constatada en terreno.
7.- El costo por metros lineales y la valorización de obras de provisión de servicios serán a criterio del profesional actuante. Se
añadirá el costo de proyectos aprobados, dada su relevancia por concepto de gasto y vigencia –si existieren-.
8.- La propiedad está sujeta a plano regulador comunal vigente. Se informa de cambios que pudiesen afectarle.
9.- Las conclusiones de una tasación son objetivas en la medida de lo posible, haciendo uso de datos públicos y
levantamientos; esta circunstancia no implica nulidad de posibilidades de variación por razones de índole social en general.
10.- Corresponderá al mandante extender el certificado de hipotecas, gravámenes, prohibiciones y litigios.
A CONTINUACIÓN TABLA DE VALORIZACIÓN.
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Juan ‐ Luis Menares Rodríguez
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A. CUADRO DE VALORIZACION
1. Predio y materiales
Item
Lote
Materiales
Subtotal obras y materiales
2. Proyectos y construcción
Item
Proyectos
Ejecución
Subtotal profesionales y maestros
3. Instalaciones
Item
Cercos
Empalme y conexión sanitaria
Empalme eléctrico
Mano de obra (tec. instaladores)
Subtotal instalaciones
4. Desvalorización
Item
Arquitectura
Instalaciones
Sup. m²
1.394,00
182,01
$/m²
31.342
164.120
UF/m²
Sup. m²
182,01
182,01
$/m²
74.058
164.120
UF/m²
unid. / m.l. / m2
$/U
125,00
10.000
2,00 3.000.000
1,00 2.000.000
3,00 700.000,00
UF/unid.
vida util SII
40
40
0,85
4,43
Total $
43.690.748,00
29.871.481,20
73.562.229,20
Total UF
1.179,91
806,71
1.986,61
2,00
4,43
Total $
13.479.296,58
29.871.481,20
43.350.777,78
Total UF
364,02
806,71
1.170,73
0,27
81,02
54,01
18,90
Total $
1.250.000,00
6.000.000,00
2.000.000,00
2.100.000,00
11.350.000,00
Total UF
33,76
162,04
54,01
56,71
306,52
$ / año año obra/ mant.
746.787
40
200.000
40
Tot. $ x desc.
29.871.481
8.000.000
Total UF
806,71
216,05
90.391.525,78
2.441,10
Total $
90.391.525,78
43.690.748,00
46.700.777,78
67.793.644,34
Total UF
2.441,10
1.179,91
1.261,19
1.830,83
5. TOTAL VALORIZACION FISICA
B. VALORES DE TASACION
ITEM
VALOR TASACION
VALOR SEGURO PREDIO
VALOR SEGURO CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES
VALOR LIQUIDACION
Valor UF 2024
37.029,00
%
100%
100%
75%
C. RESULTADOS:
1. A partir de los parámetros utilizados, los resultados arrojan un valor base del terreno en 1180 UF
2. Considerando la superficie del inmueble y desvalorización; los proyectos y materiales se estiman en 1261 UF
3. Considerando el valor de la UF a la fecha, el monto de tasación se estima en $90.391.526
4. En Anexos de este informe se entrega documentación de respaldo a los parámetros aplicados para la tasación.
D. COMENTARIO FINAL DE VALORIZACIÓN:
Estando urbanizada y ejecutada las obras de infraestructura correspondiente al acceso y servicios -en entorno inmediato de las
obras- y existiendo labores de ingeniería y arquitectura ya realizadas y en óptimas condiciones (consideradas con ajustes de
valor por su fecha de ejecución); se estima una incorporación factible al mercado.
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Juan ‐ Luis Menares Rodríguez
Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867
Rol 4414 Registro Consultores MINVU
El valor promedio de la unidad vendible, definido bajo la metodología de informe, considera modificaciones a la baja de carácter
MAYOR dada la data de ejecución y presencia de adobes –material no considerado en la norma sísmica-. La construcción se
aprecia en estado de conservación PARCIALMENTE HABITABLE, requiriendo intervenciones en estructuras para consolidar su
habitabilidad.
NOTA: La reciente subdivisión del paño matriz 353-20 por la vía de subdivisión municipal y de bienes nacionales en parcelas
vecinas, ha significado que los recientes roles asignados –correspondientes al levantamiento topográfico valorizadopermanezcan pendientes en las fichas de plancheta territorial. Los anexos que dan cuenta de la situación territorial serán en
consecuencia referidos al rol matriz. La valorización se ajusta a los datos de levantamiento adjunto y en poder del mandante.
JUAN - LUIS MENARES RODRIGUEZ
Tasador: Rol 4414 Reg. Consultores MINVU
Profesión: Arquitecto/ I.C.A.10867
V. COMPLEMENTO DE ANTECEDENTES TECNICO-LEGALES
1. Registro tasador
2. Escritura
3. Certificado de avalúo
4. Certificado de deuda tributaria
5. Certificado exención de expropiación
6. Plano plancheta SII
7. Plano LIDAR del lote
8. Extracto planos de arquitectura
9. Planta Google Earth
10. Planta Google Maps
11. Plano regulador comunal –extracto zona aplicable al lote12. P.R.C. Ordenanza Local
13. Plano de áreas homogéneas 2022
14. Fotografías
15. Tabla de ajustes SII
16. Tabla desvalorización SII
17. Tabla de categorías de construcción
18. Tabla de Honorarios CA
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COPIA AUTORIZADA
Conservador de Bienes RaÌces de Vicuña y Paihuano
Certifico que el presente documento electrónico es copia fiel e Ìntegra de su
original, reproducido en las siguientes páginas.
Conservador de Bienes Raíces de Vicuña y Paihuano certifica que la copia de
la inscripción de fojas 369 número 313 correspondiente al Registro de
Propiedad del año 2024, adjunta al presente documento, está conforme con
su original
Conservador de Bienes RaÌces de Vicuña y Paihuano.Gabriela Mistral Nº 582.Registro de Propiedad Fs 369 Nº 313-2024.Cantidad páginas documento (incluida la presente): 3
Carátula Nº 114285.- Código retiro 72399
Certificado Nº 123456999011.Vicuña y Paihuano, 15 de Abril de 2024.-
Emito el presente documento con firma electrónica avanzada (ley No19.799, de
2002), conforme al procedimiento establecido por Auto Acordado de 13/10/2006 de la
Nº Certificado 123456999011.www.fojas.cl
Excma. Corte Suprema.Certificado Nº 123456999011.- Verifique validez en www.fojas.cl.-
CONSERVADOR DE BIENES RAICES DE VICUÑA Y PAIHUANO
DANIEL RAMIRO HURTADO NAVIA
Copia Autorizada Fs 369 Nro 313 de 2024, Registro de Propiedad.
Nº 313
En Vicuña a quince de Abril de dos mil
CESION DE DERECHOS
veinticuatro.-
Don
LUIS
GUILLERMO
ALVAREZ RIVERA LUIS
GUILLERMO
ALVAREZ PALMA JUAN
GUILLERMO
ALVAREZ RIVERA, chileno, cédula de identidad
número dieciséis millones quinientos veintiséis mil
novecientos cuarenta guión tres (16.526.940-3),
soltero, ingeniero civil mecánico, domiciliado en
Repertorio 788
FR 14721
C 114285
pasaje Núñez número doscientos quince, torre
YCORTES
cuatro, departamento quinientos dos, comuna de
Calama,
Provincia
de
El
Loa,
Región
de
Antofagasta, es dueño de "DERECHOS" que
recaen en una propiedad ubicada en EL TAMBO,
de la comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Cuarta
Región, que según sus títulos deslinda: AL
NORTE, terreno de la Sucesión de don Mateo
Miranda y sitio de don Enrique Rojas, hoy
Sucesión Pérez Julio, mide cuarenta metros
novecientos sesenta y cuatro milímetros de fondo y
veintiocho metros cuarenta y dos milímetros de
frente.- Los adquirió por tradición que le hizo don
JUAN
GUILLERMO
ALVAREZ
PALMA,
chileno, cédula de identidad número nueve
millones ciento ocho mil trescientos sesenta y seis
guión tres (9.108.366-3), agricultor, casado en
sociedad conyugal con doña María Elizabeth
Rivera Varas, chilena, labores de casa, cédula de
identidad número nueve millones seiscientos
cincuenta y nueve mil cuatrocientos noventa y seis
guión ocho (9.659.496-8), ambos domiciliados en
calle Dieciocho de Septiembre número mil
doscientos dos, sector El Tambo, comuna de
CONSERVADOR DE BIENES RAICES DE VICUÑA Y PAIHUANO
DANIEL RAMIRO HURTADO NAVIA
Copia Autorizada Fs 369 Nro 313 de 2024, Registro de Propiedad.
Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo,
según consta en la escritura pública de cesión de
derechos de fecha dieciocho de Marzo del año dos
mil veinticuatro, Repertorio Notarial número
cuatrocientos cuarenta y cinco (445), otorgada en la
Quinta Notaría de Coquimbo, servida por doña de
María José Montesino Bianchi.- El precio de la
cesión ascendente a la suma de treinta millones de
pesos ($30.000.000), se pagó con anterioridad a la
celebración del acto a su entera satisfacción.- El
título de dominio anterior corre inscrito a fojas mil
quinientos ocho (1508), número mil doscientos
noventa y tres (1293), del Registro de Propiedad
del año dos mil veintidós (2022).- Figura con el rol
de avalúo de la comuna de Vicuña bajo el número
trescientos cincuenta y tres guión veinte (353-20).Requirió: Daniela Pinto Herrera.- C-114285.Anotada Derechos $115.000.- Boleta 73515.CERTIFICO: Que la presente copia es testimonio fiel de su original , la que a la
fecha se encuentra vigente.- Vicuña y Paihuano, 15 de Abril del año 2024.-
Certificado emitido con Firma Electronica Avanzada.Ley Nº 19.799 - Autoacordado de la Excma Corte Suprema de Chile.Cert Nº 123456999011, Carátula Nº 114285.- Código retiro 72399
Verifique validez en www.fojas.cl
NOTARIA Y CONSERVADOR DE BIENES RAICES DE
VICUÑA Y PAIHUANO
CERTIFICADO DE HIPOTECAS Y GRAVAMENES
INTERDICCIONES Y PROHIBICIONES
Folio Nº:14721.-
Carátula Nº:114285.-
Del inmueble ubicado en la Comuna de Vicuña que corresponde: a DERECHOS
que recaen en una propiedad ubicada en EL TAMBO, de la comuna de Vicuña,
Provincia de Elqui, Cuarta Región. inscrito a fojas trescientos sesenta y nueve
(369) número trescientos trece (313) del Registro de Propiedad del año dos mil
veinticuatro (2024), a nombre de ALVAREZ RIVERA LUIS GUILLERMO.
Revisados los Indices del Registro de Hipotecas y Gravámenes durante treinta
años a la fecha, certifico que al inmueble individualizado precedentemente NO le
afectan Hipotecas y Gravámenes.
Conservador de Bienes Raíces de Vicuña y Paihuano, diecisiete de Abril del año
dos mil veinticuatro a las 15:21 PM.- Certificado generado por YC.-
Revisados igualmente durante treinta años a la fecha los Indices del Registro de
Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar, certifico que al inmueble
individualizado precedentemente NO le afectan Interdicciones y Prohibiciones.
Conservador de Bienes Raíces de Vicuña y Paihuano, diecisiete de Abril del año
dos mil veinticuatro a las 15:21 PM.- Certificado generado por YC.-
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NOTARIA Y CONSERVADOR DE BIENES RAICES DE
VICUÑA Y PAIHUANO
CERTIFICADO DE DOMINIO VIGENTE
Folio Nº:14721.-
Carátula Nº:114285.-
Del inmueble ubicado en la Comuna de Vicuña que corresponde: a DERECHOS
que recaen en una propiedad ubicada en EL TAMBO, de la comuna de Vicuña,
Provincia de Elqui, Cuarta Región. inscrito a fojas trescientos sesenta y nueve
(369) número trescientos trece (313) del Registro de Propiedad del año dos mil
veinticuatro (2024), a nombre de ALVAREZ RIVERA LUIS GUILLERMO, se
encuentra vigente a la fecha y hora de emisión de este certificado.- En Vicuña y
Paihuano,
diecisiete de abril del año dos mil veinticuatro a las 15:21 PM.-
Certificado generado por YC
Pag: 1/1
Fecha de Emisión: 17 de Mayo de 2024
CERTIFICADO DE AVALÚO FISCAL
Avalúos en pesos del PRIMER SEMESTRE DE 2024
Comuna
: VICUNA
Número de Rol de Avalúo
: 00353 − 00020
Dirección o Nombre del bien raíz
: CAM A VICUNA
Destino del bien raíz
: HABITACIONAL
AVALÚO TOTAL
AVALÚO EXENTO DE IMPUESTO
AVALÚO AFECTO A IMPUESTO
: $
: $
: $
2.161.570
2.161.570
0
NOTA IMPORTANTE: El avalúo que se indica ha sido determinado según el procedimiento de tasación fiscal para
el cálculo del impuesto territorial, de acuerdo a la legislación vigente, y por tanto no corresponde a una tasación
comercial de la propiedad.
Por Orden del Director
CERTIFICADO GRATUITO
1/1
Certificado de Deuda
NOMBRE
PALMA PALMA SILVIA LILIA Y OTROS
DIRECCION
CAM A VICUNA
ROL
023-00353-020
COMUNA
VICUNA
ESTE ROL VICUNA 023-00353-020 NO REGISTRA DEUDA
(Liquidada al: 17-05-2024)
Fecha de Emisión del Certificado: 17-05-2024
Emitido a las: 21:35
El Servicio de Tesorería certifica que de acuerdo al estado de la Cuenta Única Tributaria no se registra deuda asociada a este ROL VICUNA 02300353-020.
La Institución o persona ante quien se presenta este certificado, podrá verificar su autenticidad en www.tgr.cl, ingresando el número del código de
barra que se indica en certificado.
*Nota: Si la fecha de vcto. de la deuda es 00-00-0000 es una multa y no se aplicarán reajustes, intereses ni multas.
IMPORTANTE
DOCUMENTO NO VALIDO PARA PAGAR EN INSTITUCIONES RECAUDADORAS
001SD202413859575772
Página 1 de 1
N° Certificado: 2982774
Informe Situación de Inmueble
Santiago, 17 de Mayo de 2024
Este Servicio informa con esta fecha que:
Inmueble ubicado en CAM A VICUNA de la comuna de VICUÑA, Rol de Avalúo Nº 0035300020 se encuentra NO AFECTO A EXPROPIACIÓN por SERVIU de Coquimbo.
Se extiende el presente informe a solicitud JUAN LUIS MENARES RODRÍGUEZ, para ser
presentado en CHILE REALTY APPRAISAL.
Emitido de conformidad con lo dispuesto en los articulos 5 y 20 de la Ley 19.628 y 17 de la
Ley 19.880.
Oficina Virtual Internet
Cajero Virtual Internet
Costo de la Solicitud: $ 0
Código de Transacción: BD4866B7
Si el número del inmueble del Rol consultado no coincide con la numeración de la propiedad desplegada, deberá solicitar un certificado de
numeración en la dirección de obras de la municipalidad a la que pertenece la propiedad.
Informe para el inmueble ubicado en CAM A VICUNA de la comuna de VICUÑA, Rol de Avalúo Nº 00353-00020, emitido en: Santiago, 17
de Mayo de 2024
Cajero: Oficina Virtual Internet
N° Certificado: 2982774
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Áreas Homogéneas RAV NO
Agrícola 2022
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La información espacial contenida es solo referencial.
Información espacial almacenada en WGS 84, proyección UTM, huso 12 Sur, 17 Sur, 19 Sur según corresponda.
Capa vectorial de límites de propiedades rurales, fue generada por CIREN, a partir de los planos análogos del SII sobre imágenes satelitales ortorrectificadas.
La capa Áreas Homogéneas del Reavalúo SNE 2024 está determinada de acuerdo a la base de datos catastral del SII vigente al segundo semestre de 2023, por lo que no reflejan
17-05-2024, 21:41
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modificaciones posteriores y los montos de valor m2 de terreno están expresados en moneda nacional al SEGUNDO SEMESTRE DE 2023.
La capa Comuna-Sector del Reavalúo Agrícola 2024 determina los valores de terreno por clases de suelo en moneda nacional por hectárea expresados en moneda nacional al
SEGUNDO SEMESTRE DE 2023.
Las capas de Áreas Homogéneas y el valor del m2 de terreno (en moneda nacional al SEGUNDO SEMESTRE DE 2021) del Reavalúo 2022 están determinadas de acuerdo a la base
de datos catastral del SII vigente al segundo semestre de 2021, por lo que no reflejan modificaciones posteriores.
La capa Áreas Homogéneas del Reavalúo de sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros 2021, está determinada de acuerdo a la base de datos catastral del SII
vigente al segundo semestre de 2020, por lo que no reflejan modificaciones posteriores y los montos de valor m2 de terreno están expresados en moneda nacional al SEGUNDO
SEMESTRE DE 2020.
La capa Áreas Homogéneas del Reavalúo de sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros 2020, está determinada de acuerdo a la base de datos catastral del SII
vigente al segundo semestre de 2019, por lo que no reflejan modificaciones posteriores y los montos de valor m2 de terreno están expresados en moneda nacional al SEGUNDO
SEMESTRE DE 2019.
La capa Áreas Homogéneas del Reavalúo de sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros 2019, está determinada de acuerdo a la base de datos catastral del SII
vigente al segundo semestre de 2018, por lo que no reflejan modificaciones posteriores y los montos de valor m2 de terreno están expresados en moneda nacional al SEGUNDO
SEMESTRE DE 2018.
La información dispuesta es solo para consulta y la responsabilidad del dato responde a sus propias fuentes.
17-05-2024, 21:41
?@ABACDEÿCCGCH
IJKLMNÿOÿPQQRSTÿUNVW
4#51
01234ÿ678ÿ91 1ÿÿ 074 7163ÿÿ
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ANEXO N° 2
TASACIÓN DE TERRENOS
1
CONSIDERACIONES GENERALES:
Cuando un determinado inmueble presenta características que le generan una
variación respecto del valor unitario de terreno establecido para el Área
Homogénea en que se ubica, y éstas características no se encuentran señaladas
en la ficha descriptiva del Área Homogénea y tampoco se encuentran
consideradas en la determinación del valor unitario de terreno fijado para esta en
los planos de precios comunales, ni se ven reflejadas en el coeficiente guía
aplicado al terreno, antecedentes que se encuentra señalados en el Anexo N°1
aprobado por la misma resolución que aprueba el presente anexo, se aplicará al
inmueble, un coeficiente corrector para ajustar el valor del terreno según la
situación particular que lo afecta.
De acuerdo con lo anterior, el Avalúo de Terreno está determinado de la siguiente
forma:
Avalúo de Terreno ($) = VTAH · ST · CG · CCTF
Donde:
VTAH: Corresponde al valor unitario de terreno asignado al Área Homogénea
($/m2).
ST: Superficie de terreno (m2).
CG: Coeficiente Guía de Terreno.
CCTF: Coeficiente Corrector de Terreno Final.
Para la determinación del Coeficiente Corrector de Terreno Final, se consideran
los siguientes factores que pudieran afectar al inmueble:
-
Coeficiente Corrector por relación Frente – Fondo.
Coeficiente Corrector por Superficie de terreno.
Coeficiente Corrector Excepcional.
Coeficiente de Ajuste por Altura de la edificación.
Las condiciones consideradas para la aplicación de estos factores y la
determinación del Coeficiente Corrector Final se indican en los puntos 2 y 3 de
este Anexo.
2
CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE COEFICIENTES
CORRECTORES AL AVALÚO DEL TERRENO:
2.1
COEFICIENTE CORRECTOR POR RELACIÓN FRENTE-FONDO (CFF):
COCIENTE FRENTE – FONDO
(metros de frente / metros de fondo)
COEFICIENTE CORRECTOR POR
RELACIÓN FRENTE - FONDO
MAYOR O IGUAL A 0,33
1,00
MAYOR O IGUAL A 0,20 Y MENOR A 0,33
0,90
MENOR A 0,20
0,80
El fondo de un bien raíz se calculará como el cociente entre la superficie de
terreno y los metros de frente.
El frente de un bien raíz corresponde a la longitud de la línea oficial de la
propiedad, por donde se encuentra su acceso. En caso que un bien raíz tenga
acceso por más de una vía, se considera como frente el de mayor longitud.
𝑭𝑭𝑭𝑭𝑭𝑭𝒅𝒅𝒐𝒐 (𝒎𝒎) = 𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺𝑺 𝒕𝒕𝒕𝒕𝒕𝒕𝒕𝒕𝒕𝒕𝒕𝒕𝒕𝒕 (𝒎𝒎2)
𝑭𝑭𝑭𝑭𝑭𝑭𝑭𝑭𝑭𝑭𝑭𝑭 (𝒎𝒎)
No se aplican los coeficientes de esta tabla a:
- Predios cuya superficie de terreno sea mayor a dos veces el rango máximo de
superficie definido para el AH.
- Predios acogidos a la Ley N°19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria, tanto
unidades vendibles como al bien común.
- Predios acogidos a conjunto armónico.
- Predios tasados con más de una línea de terreno.
- Predios tasados en modalidad padre/hijo.
En aquellos bienes raíces ubicados completamente en subsuelo, la superficie de
terreno a tasar será la proyección en planta de todos los niveles bajo o sobre el
suelo, según corresponda. Sobre esta superficie proyectada, el frente de la
propiedad corresponde a la mayor distancia mientras que el fondo se calculará de
acuerdo a la fórmula anterior.
2.2
COEFICIENTE CORRECTOR POR SUPERFICIE (CS):
Se aplicará el coeficiente corrector, según la superficie representativa de terreno
definida para el Área Homogénea en que se ubica el inmueble, registrada en los
Planos de Precios de Terreno, de acuerdo a las siguientes condiciones:
CONDICIÓN
COEFICIENTE
CORRECTOR POR
SUPERFICIE
Superficie bien raíz menor o igual que el rango máximo de
superficie definido para el AH.
1,00
Superficie bien raíz mayor que el rango máximo de
superficie definido para el AH y menor o igual que diez veces
el rango máximo de superficie definido para el AH.
0,80
Superficie bien raíz mayor que diez veces el rango máximo
de superficie definido para el AH y menor o igual que veinte
veces el rango máximo de superficie definido para el AH.
0,70
Superficie bien raíz mayor que veinte veces el rango máximo
de superficie definido para el AH y menor o igual que treinta
veces el rango máximo de superficie definido para el AH.
0,60
Superficie bien raíz mayor que treinta veces el rango
máximo de superficie definido para el AH y menor o igual
que cuarenta veces el rango máximo de superficie definido
para el AH.
0,50
Superficie del bien raíz mayor que cuarenta veces el rango
máximo de superficie definido para el AH.
0,40
No se aplican los coeficientes de esta tabla a:
- Predios acogidos a la Ley N°19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria, tanto
unidades vendibles como al bien común.
- Predios acogidos a conjunto armónico.
2.3 COEFICIENTE CORRECTOR EXCEPCIONAL (CE):
Si un determinado bien raíz, presenta una minusvalía debidamente respaldada por
los medios de prueba que demuestren objetivamente la condición de menor valor
del inmueble, como asimismo la situación o el factor que origina esta pérdida de
valor, producto de características particulares o de alguna situación especial que
lo afecte, que ameritan la aplicación de un coeficiente corrector que recoja esta
minusvalía, la cual no se encuentra considerada en la determinación del valor de
terreno establecido para el Área Homogénea en la cual se emplaza, ni se
encuentra indicada en su ficha descriptiva correspondiente, se deberá aplicar un
coeficiente corrector excepcional, según la siguiente tabla:
DESCRIPCIÓN
Predio con deficiencia de accesibilidad
PORCENTAJE
DE AFECTACIÓN
COEFICIENTE
DE LA
CORRECTOR
SUPERFICIE DE
EXCEPCIONAL
TERRENO DEL
PREDIO
No aplica
0,80
Más de 75%
0,10
Más de 50% a 75%
0,25
Más de 25% a 50%
0,50
de 10% a 25%
0,75
No aplica
0,50
Más de 75%
0,10
Más de 50% a 75%
0,25
Más de 25% a 50%
0,50
de 10% a 25%
0,75
No aplica
0,30
No aplica
0,80
No aplica
0,70
No aplica
0,80
No aplica
0,80
No aplica
0,50
No aplica
0,30
No aplica
0,20
No aplica
0.15
No aplica
0,10
No aplica
0,50
No aplica
0,20
Corrector por nuevas obras de urbanización
No aplica
Mayor a 1,00
Concesión marítima, sector playa
No aplica
0,5
Predio afecto a servidumbre de paso
Predio equipamiento subterráneo en bien
nacional de uso público
Predio con prohibición de edificar, establecida en
el respectivo Instrumento de Planificación
Territorial (IPT)(*)
Predio con destino principal habitacional,
colindante a basural, definido por IPT
Predio con destino principal habitacional,
colindante a cementerio
Predio con destino principal habitacional,
colindante a cárcel
Predio con destino principal habitacional,
colindante a estadio de fútbol
Predio con destino principal habitacional,
colindante a propiedad declarada abandonada
por Decreto Municipal
Corrector por superficie no centralizado - Saldo
predial declarado en Certificado de Informes
Previos otorgado por la DOM respectiva
Corrector por superficie no centralizado –
Macrolote con superficie de terreno desde
500.000 a 1.000.000 m2.
Corrector por superficie no centralizado –
Macrolote con superficie de terreno mayor a
1.000.000 m2.
Corrector por superficie no centralizado –
Macrolote con superficie de terreno desde
500.000 a 1.000.000 m2. y mayor a 50 veces el
rango de superficie mayor definido para el área
homogénea respectiva.
Corrector por superficie no centralizado –
Macrolote con superficie de terreno mayor a
1.000.000 m2 y mayor a 50 veces el rango de
superficie mayor definido para el área
homogénea respectiva.
Área verde pública definida en el respectivo IPT
(*)
Área verde Privada definida en el respectivo IPT
(*)
* Definido en IPT o por organismo gubernamental competente.
La aplicación de este coeficiente no se otorga en el caso que el valor fiscal
establecido ya recoja la minusvalía presente en el predio.
Cuando la minusvalía objetivamente acreditada no corresponda a las causales
definidas en el presente Anexo, se podrá asimilar a un corrector equivalente.
La aplicación de este coeficiente no se otorga en forma copulativa, si un inmueble
presenta más de una de las situaciones detalladas en la tabla anterior, se
considera el menor coeficiente.
No se aplican los coeficientes de esta tabla a:
- Predios acogidos a la Ley N°19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria, tanto
unidades vendibles como al bien común.
- Predios acogidos a conjunto armónico.
2.4 COEFICIENTE DE AJUSTE POR ALTURA DE LA EDIFICACIÓN (CA):
Si en una determinada Área Homogénea coexisten edificaciones de alta y baja
altura, considerando como baja altura edificaciones menores a 6 pisos, podrá
aplicarse al terreno un Ajuste por Altura de la edificación de manera de equilibrar
diferencias de valores de terreno entre inmuebles con edificaciones de alta y baja
altura, pudiendo presentarse las siguientes situaciones:
2.4.1 Coeficiente de ajuste menor que 1,00: este factor de ajuste al terreno se
aplica a los predios que cumplan la siguiente condición:
Bien raíz ubicado en las comunas y áreas homogéneas indicadas en tabla, cuyas
edificaciones son menores a 6 pisos.
Comuna
ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA
CONCÓN
ESTACIÓN CENTRAL
LA SERENA
LA SERENA
LAS CONDES
LAS CONDES
Área
Homogénea
CMA012
EMM044
HAA049
HAA053
HAA055
HBM087
HMA105
HMA113
HMB116
HMM133
HMM135
HMM136
HMM137
HMM149
HMB061
XBM072
XMA004
XMA067
CAA006
CAA034
Coeficiente
de Ajuste
por Altura
0,7
0,7
0,5
0,5
0,5
0,7
0,8
0,7
0,7
0,9
0,73
0,9
0,8
0,6
0,27
0,45
0,52
0,36
0,5
0,5
Comuna
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
Área
Homogénea
CAA131
CAA137
CAA140
CAA153
CAA154
CAA189
CMA017
CMA149
HAA004
HAA007
HAA016
HAA023
HAA084
HAA090
HAA092
HAA155
HMA010
HMA012
HMA018
HMA021
Coeficiente
de Ajuste
por Altura
0,6
0,52
0,5
0,54
0,62
0,5
0,46
0,5
0,5
0,51
0,5
0,47
0,5
0,5
0,46
0,5
0,5
0,5
0,5
0,5
Comuna
Área
Homogénea
Coeficiente
de Ajuste
por Altura
Comuna
Área
Homogénea
Coeficiente
de Ajuste
por Altura
LAS CONDES
HMA060
0,55
ÑUÑOA
HMM106
0,63
LAS CONDES
HMA079
0,68
ÑUÑOA
XMM024
0,71
LAS CONDES
HMA121
0,73
ÑUÑOA
XMM071
0,74
LAS CONDES
HMA139
0,68
PUENTE ALTO
CMB019
0,62
LAS CONDES
HMA141
0,61
SANTIAGO CENTRO
HMM010
0,26
LAS CONDES
HMA174
0,71
SANTIAGO CENTRO
HMM045
0,86
LAS CONDES
HMA180
0,5
SANTIAGO CENTRO
HMM047
0,55
LAS CONDES
HMA190
0,51
SANTIAGO CENTRO
HMM049
0,6
LAS CONDES
HMA192
0,5
SANTIAGO CENTRO
XMM072
0,43
LAS CONDES
XAA160
0,57
SANTIAGO CENTRO
XMM074
0,2
LAS CONDES
XAA176
0,5
SANTIAGO SUR
CMM006
0,8
LAS CONDES
XMA063
0,7
VITACURA
CAA064
0,77
ÑUÑOA
CMM023
0,68
VITACURA
HAA007
0,5
ÑUÑOA
CMM070
0,68
VITACURA
HAA018
0,54
ÑUÑOA
HAA104
0,73
VITACURA
HAA023
0,6
ÑUÑOA
HMA011
0,45
VITACURA
HAA040
0,7
ÑUÑOA
HMB005
0,58
VITACURA
HAA085
0,58
ÑUÑOA
HMB009
0,52
VITACURA
HAA095
0,55
ÑUÑOA
HMB097
0,75
VITACURA
HAA099
0,49
ÑUÑOA
HMM010
0,6
VITACURA
HAA106
0,43
ÑUÑOA
HMM012
0,57
VITACURA
HMA101
0,5
ÑUÑOA
HMM075
0,43
VITACURA
XAA017
0,6
En propiedades habitacionales acogidas a la Ley N°19.537 sobre Copropiedad
Inmobiliaria, se aplicará este ajuste al avalúo de terreno del bien común.
2.4.2 Coeficiente de ajuste mayor que 1,00: este factor de ajuste al terreno se
aplica a los predios que cumplan la siguiente condición:
Bien raíz ubicado en las comunas y áreas homogéneas indicadas en tabla, cuyas
edificaciones son mayores o iguales a 6 pisos.
Comuna
Área
Homogénea
ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA
CALAMA
CALAMA
CALAMA
CALAMA
CALAMA
CALAMA
CALAMA
CALAMA
CHIGUAYANTE
CON CÓN
CON CÓN
CON CÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCHALÍ
CONCHALÍ
COPIAPÓ
COPIAPÓ
COPIAPÓ
COPIAPÓ
COQUIMBO
COQUIMBO
COQUIMBO
COQUIMBO
ESTACIÓN CENTRAL
ESTACIóN CENTRAL
HBM081
IMB164
CMB016
HAA063
HAB065
HBB073
HBB169
HMB082
HMB090
HMM098
HMB001
HAA014
HBB029
HMB059
CMM038
CMM050
HMB028
HMB035
HMB041
HMB053
HMB054
HMM049
XBM062
XMB006
XMB007
XMB026
XMB052
XMM027
XMM034
XMM036
XMM039
XMM040
XMM048
XMM051
XMM058
XMM060
HBB006
IAA017
HBB013
HMB046
HMB098
XBB016
HBB050
HMA041
HMB012
XMB052
XBB014
XBB029
Coeficiente
de Ajuste
por Altura
2
1,7
5
4
2
4
5
5
5
6
6,5
2,5
7
1,7
1,3
1,4
1,2
1,6
1,75
1,75
1,75
1,75
1,4
6,5
3
2
1,9
1,5
1,6
1,6
1,9
1,9
1,9
1,9
1,4
1,4
1,5
3,5
2
4
2
2
2
3
2,5
2
5,5
4
Comuna
Área
Homogénea
ESTACIÓN CENTRAL
ESTACIÓN CENTRAL
ESTACIÓN CENTRAL
ESTACIÓN CENTRAL
HUASCO
HUECHURABA
INDEPENDENCIA
INDEPENDENCIA
INDEPENDENCIA
INDEPENDENCIA
INDEPENDENCIA
INDEPENDENCIA
INDEPENDENCIA
INDEPENDENCIA
INDEPENDENCIA
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
IQUIQUE
LA CISTERNA
LA CISTERNA
LA CISTERNA
LA CISTERNA
LA CISTERNA
LA CISTERNA
LA CISTERNA
LA CISTERNA
LA FLORIDA
LA FLORIDA
XBB053
XBM007
XBM056
XBM076
HMB002
HAB046
CMB052
CMM041
CMM050
HMA026
HMA027
HMA058
HMB016
HMM018
XBB011
CMM013
CMM060
HAA094
HAA102
HAB042
HAB076
HAB100
HAM062
HBB069
HBB079
HBM014
HMA050
HMB018
HMB035
HMB039
HMB045
HMB053
HMM017
XAB028
XMB019
XMB046
XMM061
XMM098
HBB005
HBB015
HBB019
HBB043
HMB010
HMB013
HMB016
XMB034
CMB112
HBB001
Coeficiente
de Ajuste
por Altura
5,4
9,39
5,7
8,2
4
4,4
1,75
4
4
2
5
4
2
5
3
2
1,2
1,7
1,4
1,8
1,6
1,5
1,5
1,8
1,8
2
1,5
2,2
1,8
1,8
1,7
1,6
2,2
1,6
2
1,6
2
1,3
2,08
5,31
5,9
3,7
2,9
1,26
1,84
2,16
3,4
4,46
Comuna
LA FLORIDA
LA FLORIDA
LA FLORIDA
LA FLORIDA
LA FLORIDA
LA FLORIDA
LA FLORIDA
LA FLORIDA
LA FLORIDA
LA FLORIDA
LA FLORIDA
LA FLORIDA
LA FLORIDA
LA GRANJA
LA SERENA
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LAS CONDES
LO PRADO
MACUL
MACUL
MACUL
MACUL
MAIPU
MAIPU
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
Área
Homogénea
HBB005
HMB010
HMB013
HMB020
HMB021
HMB028
HMB061
HMB062
HMB108
XMB004
XMB024
XMB107
XMM049
HBB008
EBB008
CAB035
CMB148
CMM133
HAB199
HMB002
HMB019
HMB022
HMB188
HMB198
HMM196
HMB001
HMB031
XMB004
XMB026
XMM045
HMB028
XMB040
CMM098
CMM099
HAA048
HBB018
HMB003
HMB008
HMB014
HMB020
HMB034
HMB058
HMB068
HMB082
HMB088
HMM004
HMM026
HMM027
HMM033
HMM076
HMM079
HMM089
HMM092
XMB038
XMB042
Coeficiente
de Ajuste
por Altura
4,9
6,45
3,35
1,36
1,38
3,33
1,91
2,96
3
2,34
1,35
1,57
3,64
4,76
2
2
2,56
2,3
2,4
1,68
2
2,48
2
2
1,9
3
2,2
2
2,3
2
4,6
3,4
1,46
2,74
1,33
2,52
2,82
1,76
3,43
1,85
3,22
1,19
1,43
1,64
2,17
1,45
2,32
2,03
1,22
1,41
3,58
1,57
1,59
2,52
1,67
Comuna
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
ÑUÑOA
OSORNO
PEÑALOLÉN
PEÑALOLÉN
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PROVIDENCIA
PUERTO MONTT
QUINTA NORMAL
QUINTA NORMAL
QUINTA NORMAL
QUINTA NORMAL
QUINTA NORMAL
QUINTA NORMAL
QUINTA NORMAL
QUINTA NORMAL
QUINTA NORMAL
QUINTA NORMAL
RECOLETA
RECOLETA
RECOLETA
RECOLETA
RECOLETA
SAN JOAQUÍN
SAN JOAQUÍN
SAN JOAQUÍN
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
Área
Homogénea
XMB086
XMM001
XMM013
XMM029
XMM090
XMM091
XMM093
XMM094
XMM095
XMM080
HAB107
HMA030
CMA035
CMB012
CMB092
CMM020
CMM081
HMA040
HMA047
HMB010
HMB029
HMM025
HMM042
XBB007
XMB088
XMM001
XMM003
XMM017
XMM022
XMM034
CMM001
CBB037
HBB001
HBB008
HBB023
HBB041
HMB026
XBB017
XBB031
XMB006
XMM014
HBM038
HMA027
HMA041
HMM051
XMA049
HBB022
XMB036
XMB049
CMB063
CMB064
CMB066
HBB021
HBB026
HMA044
Coeficiente
de Ajuste
por Altura
1,32
2,05
2,89
2,13
1,71
1,68
1,16
2,2
2,27
1,7
5,58
1,87
1,42
1,49
1,9
1,37
1,3
1,24
1,4
1,23
1,33
1,27
1,31
1,35
2,03
1,25
1,32
1,19
1,35
1,45
1,2
9,99
3,83
6,69
5,19
4,78
1,61
2,24
4,42
4,92
1,57
3
4
3
3
3
3,89
9,99
8,97
5,11
5,21
2,57
9,17
5,42
3,81
Comuna
Área
Homogénea
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN MIGUEL
SAN PEDRO DE LA PAZ
SAN PEDRO DE LA PAZ
SAN PEDRO DE LA PAZ
SAN PEDRO DE LA PAZ
SAN PEDRO DE LA PAZ
SAN PEDRO DE LA PAZ
SAN PEDRO DE LA PAZ
SANTIAGO OESTE
SANTIAGO OESTE
SANTIAGO OESTE
SANTIAGO OESTE
SANTIAGO OESTE
SANTIAGO SUR
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
HMA070
HMB005
HMB015
HMB018
HMB019
HMB035
HMB036
HMB037
HMB038
HMB046
HMB056
HMM047
XBB001
XBB002
XBB016
XBB024
XMB068
HAB067
HBB039
HMB022
HMB036
HMB038
HMB066
XBB049
HBM020
HMB027
XBB038
XBM034
XMM011
CMM029
CAM001
CMB003
CMB100
CMM002
CMM009
Coeficiente
de Ajuste
por Altura
1,85
6,45
5,62
3,18
3,51
4,37
2,72
3,33
5,74
3,05
1,92
4,06
1,3
4,75
4,15
6,35
2,98
1,2
2
2
1,25
3
1,6
1,6
3,3
3
4,8
2,4
2,5
1,55
1,3
2,5
1,5
4
2,5
Comuna
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
VILCÚN
VILLARRICA
VIÑA DEL MAR
VIÑA DEL MAR
VIÑA DEL MAR
VIÑA DEL MAR
VIÑA DEL MAR
VIÑA DEL MAR
VIÑA DEL MAR
VIÑA DEL MAR
VITACURA
VITACURA
VITACURA
VITACURA
VITACURA
VITACURA
VITACURA
VITACURA
Área
Homogénea
EMM098
HAB142
HBB051
HMB086
HMB097
HMB099
HMB104
HMB105
HMB123
HMB131
HMB172
HMM170
XMB004
XMB006
XMB008
XMB010
XMB110
XMB030
XMB004
CMM078
HMB006
IMB113
XAA002
XAA088
XAA183
XAB121
XAM003
CAB009
CMB011
CMB015
CMB024
CMM006
HMB020
HMM003
HMM005
Coeficiente
de Ajuste
por Altura
6,5
5,5
2,4
7
1,5
2
3
2,5
2,5
2,2
2
2
4
2,5
5
4
2,5
9,99
2,5
1,17
3,55
9,02
2,33
1,84
3,27
2
1,96
1,25
1,35
1,24
1,55
1,37
1,96
1,2
1,38
En propiedades acogidas a la Ley N°19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria, se
aplicará este ajuste al avalúo de terreno del bien común.
Para las Áreas Homogéneas no señaladas en los puntos 2.4.1 y 2.4.2, se
considerará coeficiente de ajuste por altura igual a 1,00.
3
COEFICIENTE CORRECTOR AL AVALÚO DEL TERRENO FINAL (CCTF):
El coeficiente resultante de multiplicar los coeficientes correctores por Superficie y
Frente-Fondo, se compara con el Coeficiente Corrector Excepcional, que pudiera
registrar el terreno, aplicándose el menor de ellos.
El coeficiente así determinado se multiplicará por el Coeficiente de Ajuste por
Altura de la edificación establecido para el AH para obtener el coeficiente corrector
de terreno final a aplicar.
CCTF =
[(FF · CS) o (CE)] · CA
Donde:
CCTF: Coeficiente corrector de terreno final.
CFF: Coeficiente corrector por relación frente-fondo.
CS: Coeficiente corrector por superficie.
CE: Coeficiente corrector excepcional.
CA: Coeficiente de ajuste por altura de la edificación.
NUEVA TABLA DE VIDA UTIL DE LOS BIENES FISICOS DEL ACT...
1 de 5
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NUEVA TABLA DE VIDA ÚTIL DE LOS BIENES FÍSICOS DEL ACTIVO
INMOVILIZADO
Nueva Tabla de Vida Útil fijada por el Servicio de Impuestos Internos para bienes físicos del activo
inmovilizado, según Resolución N°43, de 26-12-2002, con vigencia a partir del 01-01-2003.
NUEVA VIDA DEPRECIACIÓN
NÓMINA DE BIENES SEGUN ACTIVIDADES
ÚTIL NORMAL ACELERADA
A.- ACTIVOS GENÉRICOS
1) Construcciones con estructuras de acero, cubierta y entrepisos de
80
26
perfiles acero o losas hormigón armado.
2) Edificios, casas y otras construcciones, con muros de ladrillos o de
hormigón, con cadenas, pilares y vigas hormigón armado, con o sin
50
16
losas.
3) Edificios fábricas de material sólido albañilería de ladrillo, de
40
13
concreto armado y estructura metálica.
4) Construcciones de adobe o madera en general.
30
10
5) Galpones de madera o estructura metálica.
20
6
6) Otras construcciones definitivas (ejemplos: caminos, puentes,
20
6
túneles, vías férreas, etc.).
7) Construcciones provisorias.
10
3
8) Instalaciones en general (ejemplos: eléctricas, de oficina, etc.).
10
3
9) Camiones de uso general.
7
2
10) Camionetas y jeeps.
7
2
11) Automóviles
7
2
12) Microbuses, taxibuses, furgones y similares.
7
2
13) Motos en general.
7
2
14) Remolques, semirremolques y carros de arrastre.
7
2
15) Maquinarias y equipos en general.
15
5
16) Balanzas, hornos microondas, refrigeradores, conservadoras,
9
3
vitrinas refrigeradas y cocinas.
17) Equipos de aire y cámaras de refrigeración.
10
3
18) Herramientas pesadas.
8
2
19) Herramientas livianas.
3
1
20) Letreros camineros y luminosos.
10
3
21) Útiles de oficina (ejemplos: máquina de escribir, fotocopiadora,
3
1
etc.).
22) Muebles y enseres.
7
2
23) Sistemas computacionales, computadores, periféricos, y similares
6
2
(ejemplos: cajeros automáticos, cajas registradoras, etc.).
24) Estanques
10
3
25) Equipos médicos en general.
8
2
26) Equipos de vigilancia y detección y control de incendios, alarmas.
7
2
27) Envases en general.
6
2
28) Equipo de audio y video.
6
2
29) Material de audio y video.
5
1
B.- INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN
1) Maquinaria destinada a la construcción pesada (Ejemplos:
motoniveladoras, traxcavators, bulldozers, tractores, caterpillars,
dragas, excavadoras, pavimentadores, chancadoras, betoneras,
8
2
vibradoras, tecles, torres elevadoras, tolvas, mecanismo de volteo,
motores eléctricos, estanques, rodillos, moldes pavimento, etc.).
2) Bombas, perforadoras, carros remolques, motores a gasolina, grupos
6
2
electrógenos, soldadoras.
C.- INDUSTRIA EXTRACTIVA (MINERÍA)
1) Maquinarias y equipos en general destinados a trabajos pesados en
minas y plantas beneficiadoras de minerales.
2) Instalaciones en minas y plantas beneficiadoras de minerales.
3) Tranques de relaves.
4) Túnel – mina.
D. - EMPRESAS DE TRANSPORTE
9
3
5
10
20
1
3
6
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TRANSPORTE MARÍTIMO
1) Naves y barcos de carga en general, frigoríficos o graneleros con
casco de acero.
2) Naves con casco de acero.
3) Naves con casco de madera.
4) Remolcadores y barcazas con casco de acero.
5) Remolcadores y barcazas con casco de madera.
6) Embarcaciones menores en general con casco de acero o madera.
7) Porta contenedores, incluidos los buques Roll-On Roll.
8) Boyas, anclas, cadenas, etc.
9) Muelles de estructura metálica.
10) Terminales e instalaciones marítimas.
TRANSPORTE TERRESTRE
1) Tolvas, mecanismo de volteo.
2) Carros portacontenedores en general.
18
6
36
23
20
15
10
16
10
20
10
12
7
6
5
3
5
3
6
3
9
7
3
2
10
3
50
30
16
10
20
6
18
10
8
6
3
2
20
6
20
20
10
6
6
3
20
20
6
6
25
8
20
6
10
3
20
20
10
6
6
3
20
20
6
6
20
12
6
4
20
12
6
4
20
12
6
4
20
12
6
4
20
6
E.- SECTOR ENERGÉTICO
E.1) EMPRESAS ELÉCTRICAS
1) Equipos de generación y eléctricos utilizados en la generación.
2) Obras civiles hidráulicas y otros relacionados con la generación.
- Bocatomas, muros de presa.
- Descargas
- Túneles, piques, pretiles, evacuaciones, cámaras de carga, tuberías de
presión.
- Canales
- Sifones, captaciones, estanques y chimeneas de equilibrio.
- Desarenador
3) Líneas de distribución de alta tensión y baja tensión, líneas de
transmisión, cables de transmisión, cables de poder.
4) Líneas de alta tensión – Transporte.
- Obras civiles.
- Conductores
- Apoyos de suspensión y apoyos de amarres.
5) Cables de alta tensión – Transporte.
- Obras civiles.
- Conductores
6) Subestaciones – Transporte.
- Obras civiles.
- Construcciones y casetas de entronque (estaciones de bombeo,
reactancias compensación).
- Transformadores, celdas de transformadores, celdas de líneas,
equipos auxiliares y equipos de telecomandos.
7) Líneas de alta tensión – Distribución.
- Obras civiles.
- Conductores
- Apoyos de suspensión, apoyos de amarres y remodelación de líneas.
8) Cables de alta tensión – Distribución.
- Obras civiles.
- Conductores
9) Líneas de media tensión – Aéreas.
- Redes desnudas, redes aisladas, postes y otros.
- Equipos
10) Líneas de media tensión – Subterráneas.
- Redes, cámaras, canalizaciones y otros.
- Equipos
11) Líneas de baja tensión – Aéreas.
- Redes desnudas, redes aisladas, postes y otros.
- Equipos
12) Líneas de baja tensión – Subterráneas.
- Redes, cámaras, canalizaciones y otros.
- Equipos.
13) Subestaciones de distribución.
- Obras civiles y construcciones.
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NUEVA TABLA DE VIDA UTIL DE LOS BIENES FISICOS DEL ACT...
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https://www.sii.cl/pagina/valores/bienes/tabla_vida_enero.htm
- Transformadores, celdas de transformadores, celdas de líneas,
equipos auxiliares y equipos de telecomandos.
14) Subestaciones MT/MT.
- Obras civiles y construcciones.
- Transformadores, celdas de transformadores, equipos auxiliares y
equipos de telecomandos.
15) Subestaciones anexas MT/MT.
- Obras civiles y construcciones
- Transformadores, celdas de transformadores, equipos auxiliares y
equipos de telecomandos.
16) Centros de transformación MT/BT.
- Obras civiles.
- Transformadores aéreos, subterráneos y de superficie.
- Otros equipos eléctricos aéreos, subterráneos y comunes.
17) Contadores y aparatos de medida – Central de operaciones y
servicio de clientes.
18) Otras instalaciones técnicas para energía eléctrica
- Obras civiles.
- Equipos
19) Alumbrado público.
10
3
20
6
10
3
20
6
10
3
20
10
12
6
3
4
10
3
20
10
10
6
3
3
15
5
18
10
10
10
10
10
6
3
3
3
3
3
10
3
15
22
5
7
10
10
10
10
10
10
12
10
3
3
3
3
3
3
4
3
10
12
10
3
4
3
10
3
10
3
10
10
10
10
10
10
10
10
3
3
3
3
3
3
3
3
E.2) EMPRESAS SECTOR PETRÓLEO Y GAS NATURAL
1) Buques tanques (petroleros, gaseros), naves y barcos cisternas para
transporte de combustible líquido.
2) Oleoductos y gasoductos terrestres, cañerías y líneas troncales.
3) Planta de tratamiento de hidrocarburos.
4) Oleoductos y gaseoductos marinos.
5) Equipos e instrumental de explotación.
6) Plataforma de producción en el mar fija.
7) Equipos de perforación marinos.
8) Baterías de recepción en tierra (estanques, bombas, sistema de
cañerías con sus válvulas, calentadores, instrumentos de control,
elementos de seguridad contra incendio y prevención de riesgos, etc.).
9) Instalaciones de almacenamiento tales como "tank farms".
10) Plataformas de perforación y de producción de costa afuera.
F.- EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES
1) Equipos conmutación local en oficinas centrales.
- Equipos O.C. automáticos.
- Equipos O.C. auto (combinados).
- Equipos O.C. batería central.
- Equipos O.C. magneto.
- Equipos de fuerza.
- Equipos de tasación.
- Equipos de radio.
- Equipos canalizadores y repetidores en O.C.
2) Equipos conmutación L.D. en oficinas centrales.
- Posiciones de larga distancia.
- Equipos de radio.
- Equipos canalizadores y repetidores en O.C..
3) Otros equipos de O.C.
- Teléfonos, calculógrafos y sillas de operadoras.
4) Equipos seguridad industrial en oficinas centrales.
- Equipos industriales de climatización.
5) Equipos para suscriptores.
- Teléfonos automáticos.
- Teléfonos batería central.
- Teléfonos magneto.
- Equipos especiales.
- Alambre bajantes.
- Alambre interior.
- PABX automáticos.
- PBX automáticos.
21/9/2022 16:17
NUEVA TABLA DE VIDA UTIL DE LOS BIENES FISICOS DEL ACT...
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https://www.sii.cl/pagina/valores/bienes/tabla_vida_enero.htm
- PBX batería central.
- PBX magneto.
- Locutorios.
- Equipos fax.
6) Equipos planta externa local.
- - Postes y crucetas de madera.
- - Postes y crucetas de fierro.
- Postes de concreto.
- Antenas y líneas de transmisión.
- Cables aéreos y bobinas de carga.
- Cables subterráneos y bobinas de carga.
- Cables interiores.
- Cables aéreos desnudos.
- Equipos canalizadores y repetidores en postes.
- Conductos y cámaras.
- Cables enlaces.
- Blocks, regletas, cassettes de protección.
- Sala de cables y MDF.
- Armarios de distribución.
- Cajas terminales, doble conexión.
- Empalmes de cables aéreos y subterráneo.
- Sistema gráfico de manejo de redes.
- Cables de fibra óptica.
- Cámaras y ductos.
7) Equipos planta externa L.D.
- Postes y crucetas de madera.
- Postes y crucetas de fierro.
- Postes de concreto.
- Antenas y líneas de transmisión.
- Cables aéreos y bobinas de carga.
- Cables subterráneos y bobinas de carga.
- Alambres aéreos desnudos.
- Equipos canalizadores y repetidores en postes.
- Conductos y cámaras.
- Equipos de control automático.
- Estaciones satelitales terrenas.
- Cables de fibra óptica.
- Equipos de fibra óptica.
- Segmento espacial.
10
10
10
10
3
3
3
3
20
20
20
12
20
20
20
20
12
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
6
6
6
4
6
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6
6
4
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6
6
6
6
6
6
6
6
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10
6
6
6
4
6
6
6
4
6
3
4
6
4
3
8
2
11
3
11
3
10
3
15
5
6
2
18
6
50
16
20
8
5
3
18
11 a 23
12
10
6
2
1
1
6
3a7
4
3
13
4
G.- ACTIVIDAD DE LA AGRICULTURA
1) Tractores, segadoras, cultivadoras, fumigadoras, motos bombas,
pulverizadoras.
2) Cosechadoras, arados, esparcidoras de abono y de cal, máquinas de
ordeñar.
3) Esquiladoras mecánicas y maquinarias no comprendidas en el
número anterior.
4) Vehículos de carga, motorizados, como ser: camiones trailers,
camiones fudres y acoplados, colosos de tiro animal.
5) Carretas, carretones, carretelas, etc.
6) Camiones de carga y camionetas de uso intensivo en la actividad
agrícola.
7) Tuberías para agua potable instaladas en predios agrícolas.
8) Construcciones de material sólido, como ser: silos, casas patronales
y de inquilinos, lagares, etc.
9) Construcciones de adobe y madera, estructuras metálicas.
10) Animales de trabajo.
11) Toros, carneros, cabríos, verracos, potros y otros reproductores.
12) Gallos y pavos reproductores.
13) Nogales, paltos, ciruelos, manzanos, almendros.
14) Viñedos según variedad.
15) Limoneros
16) Duraznos
17) Otras plantaciones frutales no comprendidas en los números 13),
14), 15) y 16) anteriores.
21/9/2022 16:17
NUEVA TABLA DE VIDA UTIL DE LOS BIENES FISICOS DEL ACT...
5 de 5
https://www.sii.cl/pagina/valores/bienes/tabla_vida_enero.htm
18) Olivos
19) Naranjos
20) Perales
21) Orégano
22) Alfalfa
23) Animales de lechería (vacas).
24) Gallinas
25) Ovejas
26) Yeguas
27) Porcinos de reproducción (hembras).
28) Conejos machos y hembras.
29) Caprinos
30) Asnales
31) Postes y alambradas para viñas.
32) Tranques y obras de captación de aguas:
a) Tranque propiamente tal. Por ser de duración indefinida no es
depreciable.
b) Instalaciones anexas al tranque. Bombas extractoras de agua,
estanques e instalaciones similares en general.
33) Canales de riego:
a) Sin aplicación de concreto o de otro material de construcción, su
duración es indefinida, por lo tanto no es depreciable.
b) Con aplicación de concreto o de otro material de construcción, se
trata de obras generalmente anexas, o simplemente tramos del canal
mismo y su duración según el caso será:
De concreto
De fierro pesado
De madera
34) Pozos de riego y de bebida. Se aplica la depreciación únicamente
sobre los refuerzos, instalaciones y maquinarias destinadas al mayor
aprovechamiento del pozo en la siguiente forma:
a) Cemento u hormigón armado.
b) Ladrillo
c) Bomba elevadora de agua.
35) Puentes. Según el material empleado en la construcción:
a) De cemento.
b) Metálico
c) Madera
40
30
25
9
4
7
3
5
12
6
3
5
5
10
13
10
8
3
1
2
1
1
4
2
1
1
1
3
-
-
10
3
-
-
70
45
25
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15
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15
20
6
5
6
75
45
30
25
15
10
3
1
3
1
3
1
5
1
10
3
H.- OTRAS
1) Enseres, artículos de porcelana, loza, vidrio, cuchillería, mantelería,
ropa de cama y similares, utilizados en hoteles, moteles y restaurantes.
2) Redes utilizadas en la pesca.
3) Sistemas o estructuras físicas para criaderos de especies
hidrobiológicas.
4) Pupitres, sillas, bancos, escritorios, pizarrones, laboratorios de
química, gabinetes de física, equipos de gimnasia y atletismo, utilizados
en establecimientos educacionales.
5) Aviones monomotores con cabida hasta seis personas.
21/9/2022 16:17
1.- CLASIFICACIÓN DE LAS CONSTRUCCIONES:
A.- Construcciones con estructura soportante de acero. Entrepisos de
perfiles de acero o losas de hormigón armado.
B.- Construcciones con estructura soportante de hormigón armado, o
con estructura mixta de acero con hormigón armado. Entrepisos de
losas de hormigón armado.
C.- Construcciones con muros soportantes de albañilería de ladrillo
confinado entre pilares y cadenas de hormigón armado. Entrepisos
de losas de hormigón armado o entramados de madera.
D.- Construcciones de albañilería armada y construcciones con muros
soportantes de albañilería de bloques o de piedra, confinados entre
pilares y cadenas de hormigón armado. Entrepisos de losas de
hormigón armado o entramados metálicos o de madera.
E.- Construcciones con estructura soportante de madera. Paneles de
madera, de fibrocemento, de yeso cartón o similares, incluidas las
tabiquerías de adobe. Entrepisos de entramados de madera.
F.- Construcciones de adobe, tierra cemento u otros materiales livianos
aglomerados con cemento. Entrepisos de entramados de madera.
G.- Construcciones prefabricadas con estructura metálica. Paneles de
madera, prefabricados de hormigón, yeso cartón o similares.
H.- Construcciones prefabricadas de madera. Paneles de madera, yesocartón, fibrocemento o similares.
I.- Construcciones de placas o paneles prefabricados. Paneles de
hormigón liviano, fibrocemento o paneles de poliestireno expandido
entre malla de acero para recibir mortero proyectado.
2.-
DETERMINACIÓN DE CATEGORÍAS DE LAS CONSTRUCCIONES
Clasificada la construcción, o parte de ella, se procederá a determinar
la(s) categoría(s) correspondiente(s). Para estos efectos, se
considerarán 5 categorías, que en orden descendente se definen como:
1.-Superior, 2.-Media Superior, 3.-Media, 4.-Media inferior y 5.Inferior.
Las categorías 1, 2, 3 y 4 de la construcción se determinarán a través
de una “Guía Técnica para Determinar la Categoría (1.- a 4.-) de
las Construcciones” (pto. 2.2.-) que evalúa la existencia de
características o atributos positivos que posee una construcción. Cada
característica corresponde a un punto, excepto en aquellos casos en que
la tabla indique una ponderación mayor, los que sumados, darán la
calificación según la “Tabla de Categorías” (pto. 2.1.-).
La Categoría 5.-, se determinará a través de su definición general.
En caso que exista parte de la edificación que pueda ser determinada en
categorías o clases distintas se deberá aplicar la “Tabla de Categorías” y
la “Guía Técnica para Determinar la Categoría de las Construcciones”, en
cada una de las partes de la construcción, con la excepción de aquellas
destinadas a vivienda unifamiliar.
Para las demoliciones de construcciones o parte de ellas, el Director de
Obras Municipales determinará el cálculo de derechos sobre la base del
presupuesto de demolición entregado por el propietario. Sin perjuicio de
lo anterior, dicho presupuesto no podrá ser inferior al determinado en la
Tabla de Costos Unitarios por Metro Cuadrado de Construcción para la
categoría 5.-, con la excepción de las clases A y B el que no podrá ser
inferior a los valores de la edificación C-5 de dicha tabla.
2.1.-
TABLA DE CATEGORÍAS
Las categorías de las construcciones, se califican con las siguientes
denominaciones, según sus características:
TABLA DE CATEGORÍAS
CÓDIGO
NOMBRE
PUNTAJE SEGÚN SUS CARACTERÍSTICAS
1.-
Superior
20 ó más puntos
2.-
Media superior
13 a 19 puntos
3.-
Media
6 a 12 puntos
4.-
Media inferior
0 a 5 puntos (*)
5.-
Inferior
Ver definición en 2.3.-
(*) Cuando la construcción no presente características evaluables por la tabla, se debe
chequear previamente si corresponde a la definición de la categoría 5.- (pto. 2.3.-). Si la
definición no concuerda con las características de la construcción, la categoría que se
debe asignar es 4.-.
CAPÍTULO 3
Valores Referenciales.
3
TABLA DE CATEGORIAS
3.1
PRIMERA CATEGORIA
OBRAS DE CARÁCTER MONUMENTAL U ORNAMENTAL
TABLA Nº 1
PRIMERA CATEGORIA
OBRAS DE CARÁCTER MONUMENTAL U ORNAMENTAL
Valor de obras
D
650
sobre
Por ejecutar, en UF
HASTA
650
H
6.500
6.500
________________________________________________________________________________________
Honorario total
en realización completa
15,00%
12,00%
10,00%
A. Trabajos preparatorios
2,50%
2,00%
1,50%
B. Proyecto
6,00%
4,80%
4,00%
C. Estructura
1,50%
1,20%
1,00%
D. Ejecución
5,00%
4,00%
3,50%
________________________________________________________________________________________
3.2
SEGUNDA CATEGORIA
EDIFICIOS EN GENERAL – EXCLUIDA VIVIENDA DE INTERES SOCIAL
TABLA Nº 2
SEGUNDA CATEGORIA
EDIFICIOS EN GENERAL – EXCLUIDA VIVIENDA DE INTERES SOCIAL
Valor de obras
D
650
D
6.500
D 32.500
sobre
Por ejecutar, en UF
HASTA 650
H
6.500
H
32.500
H
65.000
65.000
________________________________________________________________________________________
Honorario total
en realización completa
9,00%
8,00%
7,00%
6,00%
5,00%
A. Trabajos preparatorios
1,00%
0,90%
0,80%
0,65%
0,55%
B. Proyecto
3,80%
3,40%
3,00%
2,50%
2,10%
C. Estructura
1,00%
0,90%
0,80%
0,65%
0,55%
D. Ejecución
3,20%
2,80%
2,40%
2,20%
1,80%
________________________________________________________________________________________
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