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MANUAL-DE-CONVIVENCIA-2023

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MANUAL DE CONVIVENCIA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE SANTANDER
2023
1
PREAMBULO .............................................................................................................................................................. - 4 -
2
SÍMBOLOS INSTITUCIONALES ................................................................................................................................. - 5 -
3
4
2.1
BANDERA .......................................................................................................................................................... - 5 -
2.2
ESCUDO ............................................................................................................................................................ - 5 -
2.3
HIMNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE SANTANDER .......................................................................... - 6 -
2.4
UNIFORMES ...................................................................................................................................................... - 6 -
2.4.1
DAMAS ...................................................................................................................................................... - 7 -
2.4.2
VARONES ................................................................................................................................................. - 7 -
TITULO I DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ............................................................................................................. - 7 3.1
CAPITULO I DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ................................................................................................ - 7 -
3.2
CAPITULO II PRINCIPIOS INSTITUCIONALES ................................................................................................ - 7 -
3.3
CAPITULO III VALORES INSTITUCIONALES ................................................................................................... - 8 -
3.4
CAPITULO IV HORIZONTE INSTITUCIONAL ................................................................................................... - 8 -
TITULO II DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA ............................................................................................................. - 9 4.1
CAPITULO I COMPROMISOS ........................................................................................................................... - 9 -
4.2
CAPITULO II DE LA RECTORIA ...................................................................................................................... - 10 -
4.3
CAPITULO III DE LA COORDINACIÓN ........................................................................................................... - 12 -
4.4
CAPITULO IV DE LOS DOCENTES ................................................................................................................ - 13 -
4.5
CAPITULO V DE LOS ESTUDIANTES ............................................................................................................ - 21 -
4.5.1
DE LOS DERECHOS .............................................................................................................................. - 21 -
4.5.2
DE LOS DEBERES .................................................................................................................................. - 23 -
4.5.3
RESPONSABILIDADES .......................................................................................................................... - 25 -
4.5.4
DE LAS PROHIBICIONES ....................................................................................................................... - 26 -
4.5.5
DE LOS ESTÍMULOS .............................................................................................................................. - 27 -
4.6
CAPITULO VI DE LOS PADRES, MADRES Y/O ACUDIENTES ..................................................................... - 29 -
4.6.1
DERECHOS............................................................................................................................................. - 29 -
4.6.2
DEBERES ................................................................................................................................................ - 29 -
4.7
CAPITULO VII DE LOS EXALUMNOS Y/O EGRESADOS .............................................................................. - 32 -
4.8
CAPITULO VIII DEL GOBIERNO ESCOLAR ................................................................................................... - 32 -
4.8.1
CONFORMACION ................................................................................................................................... - 32 -
4.8.2
DEL CONSEJO DIRECTIVO ................................................................................................................... - 33 -
4.8.3
DEL CONSEJO ACADEMICO ................................................................................................................. - 34 -
4.8.4
COMITÉ DE CONVIVENCIA ................................................................................................................... - 34 -
4.8.5
COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ................................................................................. - 36 -
4.9
CAPITULO IX PARTICIPACIÓN DE LOS ESTUDIANTES .............................................................................. - 36 -
4.9.1
DE LA REPRESENTACION Y PARTICIPACION .................................................................................... - 36 -
4.9.2
DEL CONSEJO ESTUDIANTIL ............................................................................................................... - 37 -
4.9.3
DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO ..................................... - 38 -
4.9.4
DEL PERSONERO ESCOLAR ................................................................................................................ - 39 -
4.9.5
DEL CONTRALOR ESCOLAR ................................................................................................................ - 40 -
4.9.6
DEL COMITÉ ELECTORAL ..................................................................................................................... - 41 -
4.9.7
DEL REGISTRADOR ESCOLAR............................................................................................................. - 42 -
-2-
4.9.8
DE LOS JURADOS DE VOTACIÓN ........................................................................................................ - 42 -
4.9.9
DE LOS OBSERVADORES ELECTORALES .......................................................................................... - 42 -
4.9.10
DESTITUCIÓN O REVOCATORIA DEL CARGO DE ESTUDIANTES REPRESENTANTES DEL
GOBIERNO ESCOLAR ............................................................................................................................................. - 43 -
5
4.9.11
CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA ..................................................................................................... - 43 -
4.9.12
ESCUELA DE PADRES, MADRES DE FAMILIA Y CUIDADORES ........................................................ - 44 -
TITULO III RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR. .............................................. - 45 5.1
CAPITULO I PROMOCIÓN .............................................................................................................................. - 45 -
5.2
CAPITULO II PREVENCIÓN: ........................................................................................................................... - 45 -
5.3
CAPITULO III ATENCIÓN: ............................................................................................................................... - 46 -
5.4
CAPITULO IV SEGUIMIENTO ......................................................................................................................... - 46 -
5.5
CAPITULO V PROCEDIMIENTO Y ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO I, II y III ......................................... - 47 -
6
TITULO IV ESTRATEGIAS PARA EL COMPONENTE DE PROMOCIÓN, PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y
SEGUIMIENTO. ................................................................................................................................................................. - 48 7
TITULO V DESEMPEÑO CONVIVENCIAL Y PROCEDIMIENTO EVALUATIVO ..................................................... - 50 7.1
CAPITULO I DEL SEGUIMIENTO AL DESEMPEÑO CONVIVENCIAL ........................................................... - 50 -
7.2
CAPITULO II ACCIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ........................................................................ - 51 -
7.3
CAPITULO III DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS ................................................................................... - 53 -
7.4
CAPITULO IV ETAPAS DEL PROCESO DE SEGUIMIENTO ......................................................................... - 54 -
7.5
CAPITULO V PROCESO DISCIPLINARIO FALTAS GRAVES CASOS ESPECIALES ................................... - 56 -
8
TITULO VI REQUISITOS PARA LA RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA ................................................................ - 57 -
9
BIBLIOGRAFIA. ........................................................................................................................................................ - 59 -
10
ANEXOS. .............................................................................................................................................................. - 59 1.1
ANEXO 1 .......................................................................................................................................................... - 60 -
1.2
ANEXO 2 .............................................................................................................................................................. 61
1.3
ANEXO 3 .............................................................................................................................................................. 62
1.4
ANEXO 4 .............................................................................................................................................................. 63
1.5
ANEXO 5 .............................................................................................................................................................. 64
1.6
ANEXO 6 .............................................................................................................................................................. 65
1.7
ANEXO 7 .............................................................................................................................................................. 66
1.8
ANEXO 8 .............................................................................................................................................................. 67
1.9
ANEXO 9 .............................................................................................................................................................. 68
1.10
ANEXO 10 ............................................................................................................................................................ 69
-3-
1
PREAMBULO
El Manual de Convivencia es el resultado de un trabajo de reflexión y consenso que involucra a todas
las instancias de la Institución. Tiene en cuenta los lineamientos establecidos por la Constitución y la
Ley.
Con el fin de actualizar sus normas con las actuales condiciones económicas, sociales ambientales
culturales y políticas en las que hoy se encuentra inmersa nuestra sociedad y orientar la proyección
que se espera de los estudiantes de la institución de cara a la construcción de una sociedad mejor y
que pide respuestas a sus problemáticas por parte de todos.
Es competencia del Concejo Directivo de la institución en cabeza de su Rectora, el darle estudio y
aprobación a la presente a fin de contar con una herramienta apropiada y ajustada a los retos de la
institución para brindar una educación de calidad y el cumplimiento de los valores
1.1
MEMORIA HISTORICA
El General Francisco de Paula Santander en cuyo homenaje LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE
SANTANDER de Bucaramanga tomó su nombre, trató por todos los medios a su alcance de llevar
cultura al ciudadano, con miras a facilitar el ejercicio de la democracia, con un interés personal
primordial por la instrucción pública, como eco de sus postulados.
En la década de los años treinta, Bucaramanga no contaba aún con una Institución Educativa Oficial
de Bachillerato propiamente dicho, costeado por el Gobierno. Sólo existía la Escuela de Artes y oficios
fundada por la Ley 14 de enero de 1887. La situación presupuestal del Departamento para crear una
nueva institución de segunda enseñanza era muy crítica. La anterior situación y el panorama de
políticas educativas planteadas por el gobierno liberal, da origen en Bucaramanga a un debate sobre
la necesidad de abrir una Institución de enseñanza secundaria oficial de “carácter laico al que tuvieran
accesos estudiantes de todos los estamentos sociales, sin distingo de credos, ni de política, ni de
razas, ni de condiciones económicas, es decir, para jóvenes de toda procedencia”.
En 1935 un grupo de santandereanos entre los que se contaban Ricardo Novoa, Representante a la
Cámara, Alejandro Galvis Galvis, Director propietario del Diario Vanguardia Liberal y Senador de la
-4-
República, Eduardo Rueda Rueda, destacado abogado, Mario Galán Gómez y Arturo Regueros
Peralta, Diputados a la Asamblea Departamental, se dieron a la tarea de crear un establecimiento
Docente en la Capital del Departamento, de Santander, que llenará el vacío en esta materia, pues no
existía una Institución de carácter Oficial donde pudieran estudiar los niños y jóvenes de escasos
recursos y que no podían ingresar a las Instituciones Educativas privadas.
La idea de una Institución Educativa Oficial se plasmó en la creación de la Institución Educativa de
Santander, lo cual fue posible gracias al Proyecto De Ley presentado a la Cámara de Representantes
por Alejandro Villalobos Novoa, junto con otros distinguidos miembros de la sociedad santandereana,
el cual se convirtió en la Ley 65 de Noviembre 30 de 1935, que le asignó recursos económicos para
este fin y mediante Ordenanza 37 del 28 de abril de 1936 la Asamblea Departamental legalizó la
creación de la Institución Educativa de Santander.
Manifiesta el Doctor Alejandro Villalobos Serpa, Rector de la Institución Educativa de Santander.
(1945-1946) (1960-1965) “No olviden que, para curar las heridas de Colombia, hay una sola formula:
Educar a la niñez y la juventud, dentro de los principios de Libertad, Igualdad y Fraternidad”.
Percibimos como desde el momento de la creación de la Institución Educativa, año de 1935, sus
fundadores rompieron años de tradición pedagógica que restringía la gestión de la educación a la
“domesticación” del individuo, e implantaron una educación basada en los anteriores Principios, los
que hasta el día de hoy se siguen conservando.
2
SÍMBOLOS INSTITUCIONALES
2.1 BANDERA
La Bandera, símbolo institucional fue aprobada por la Asamblea
Departamental en el año de 1937, siendo sus colores el azul y la gualda
(oro), como emblema de serenidad y esperanza. Se estrenó en el año de
1938.
2.2 ESCUDO
“El escudo, coronado de almenas que representan la fuerza y la
resistencia, lleva el perfil de Francisco de Paula Santander,
epónimo hijo del departamento, el guerrero ciudadano que,
habiendo contribuido a la independencia política de la patria, luchó
para darle el sello civilista que la distingue ennobleciéndola; encima
del recio perfil del héroe, fulgura la lámpara de la sabiduría, y
debajo, están escritos las palabras LUX, VERITAS, ET VITA,
síntesis del ideal santanderino. El Escudo de oro, está colocado
sobre un disco azul, por ser el azul y el oro los colores de la
Institución Educativa. El oro símbolo de la alegría, de la fuerza y la
elación espirituales el color de las soleadas tierras santandereanas;
y el azul (símbolo de la pureza ideal, y de la sabiduría) es el de la
luminosa cúpula que cubre nuestras montañas y laderas, nuestros
valles y hondonadas.
-5-
Almena: Hueco entre dos remates dentados en la parte superior de un muro; 2: Cada uno de los
pequeños pilares de piedra, de sección cuadrangular, que coronan una torre, también llamado
cañonero, pues ahí se ubicaban los cañones para defender las fortalezas.
2.3
HIMNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE SANTANDER
CORO:
¡Santanderino! Tal nombre es nuestro orgullo y
blasón, raza de España nos presta audacia, valor y
honor, y es en dicha o en quebranto igual nuestro
corazón, pues su ritmo fue la herencia que del indio
nos quedó.
Las cordilleras altivas de nuestra hermosa heredad
fortaleza son que amparan, con augusta majestad,
el sagrado templo en que arde el fuego del ideal y
donde su vuelo ensaya la naciente libertad.
Nuestra Institución Educativa es la cumbre del más audaz farallón; nido
de águilas que salen cara a cara ver al sol, es la
antena más propicia forjada por el amor que hallará el
alma anhelante para hacer oír su voz.
Somos extraños soldados; la lucha nuestra es la paz,
más serán nuestros aceros invencibles al guerrear
cuando Dios nos lo demande o gima la libertad, o
torpe extranjero intente nuestra patria profanar.
"El himno de la Institución Educativa, obra de dos insignes e inspirados artistas bumangueses:
Alejandro Villalobos Arenas escribió la música y Gabriel Carreño Cáceres la letra. El himno “es de una
honda y sencilla pujanza: en sus ritmos musicales se mece el espíritu de la santandereanidad y en sus
palabras palpita y se hace a veces queja, apenas perceptible la melancolía de las razas aborígenes
que despiertan de nuevo a la vida colectiva nacional". Fue aprobado por la Asamblea Departamental
de 1937, y estrenado en 1938, cantado a dos voces.
2.4
UNIFORMES
-6-
2.4.1 DAMAS
Diario: Jardinera a cuadros hasta la rodilla, camisa blanca sport
manga corta, zapatos colegial negros, media blanca, todo según
modelo.
Educación Física: Pantalón sudadera blanca con sesgos rojos,
camiseta roja con mangas blancas según modelo, camiseta
blanca por dentro de pantalón, pantaloneta roja con sesgos
blancos hasta la mitad del muslo, tenis blancos y media blanca
con sesgos rojos según modelo.
NOTA: Los accesorios para el cabello deben armonizar con los
colores predominantes, según el uniforme que se porta.
2.4.2 VARONES
Diario: Pantalón en dacrón negro, correa negra en cuero, camisa
interior totalmente blanca; camisa en dacrón (Ref. 6535) fondo
blanco con línea negra acorde con el pantalón, bolsillo al lado
izquierdo, lleva bordado en aplicación el escudo de I.E, manga corta
con doblez hacia afuera, igual la botonera con pestaña hacia afuera.
Dibujos realizados por estudiantes de
5° en Scratch
Educación Física: Pantalón sudadera blanca con sesgos rojos,
camiseta blanca por dentro del pantalón, camiseta roja con mangas
blancas según modelo, pantaloneta blanca con sesgos rojos y tenis
blancos.
3
3.1
TITULO I DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
CAPITULO I DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
Dibujos realizados por estudiantes
de 5° en Scratch
Artículo 1. SENTIDO. Dentro del Proyecto Educativo Institucional
(PEI), el Manual de Convivencia de la Institución Educativa de Santander es:
1. Un recurso para promover y mantener en la comunidad una reflexión permanente sobre la ética
cívica y la necesidad de toma de conciencia acerca de la dimensión pública de nuestra conducta
y de las consecuencias positivas o negativas derivadas de ella.
2. Un compendio de los compromisos de cada estamento, valorados como una expresión de la
comprensión de los derechos y aceptación de los deberes que cada uno de los integrantes de la
comunidad debe asumir para mantener un ambiente propicio para la formación autónoma e
integral.
3. Un conjunto de lineamientos que facilitan la auto evaluación del comportamiento y en la Institución
la adopción de las medidas pedagógicas y administrativas pertinentes.
4. Un documento que precisa el proceso a seguir en caso de infringir alguno de los compromisos
establecidos y aceptados en el Manual.
3.2 CAPITULO II PRINCIPIOS INSTITUCIONALES
-7-
ARTICULO 2. Los principios institucionales hacen referencia a lo fundamental y esencial de la
Institución Educativa de Santander y por ende hacen parte del manual de convivencia.
ARTICULO 3. LIBERTAD RESPONSABLE PARA SER CONSECUENTE CON SUS ACTOS.
Entendido como uno de los valores más altos de la democracia, de la soberanía popular y la igualdad
de derechos para todos los ciudadanos, de los derechos humanos, la libertad de culto, libertad de
prensa. Los miembros de la comunidad educativa están llamados a actuar en forma libre, espontánea,
responsable y autónoma en el cumplimiento de sus deberes; que le garanticen como persona la
búsqueda continua por un crecimiento que impulse su desarrollo.
ARTICULO 4. IGUALDAD PARA UNA SOCIEDAD JUSTA. La igualdad se establece como principio
en donde se reconozca la identidad de ser particular y social con diferencias en todas las dimensiones
de su desarrollo. Los miembros de la comunidad serán capaces de ser tolerantes en una sociedad
que requiere justicia social, obrar con equidad exige la puesta de valores como la honestidad y la
lealtad, en donde se construyan relaciones interpersonales armónicas e igualitarias.
ARTICULO 5. FRATERNIDAD CON SENTIDO SOLIDARIO POR UN MUNDO MAS HUMANO. El ser
humano es por naturaleza un ser social. La Libertad, Igualdad y Fraternidad hacen la trilogía que
compone la solidaridad; persona es, o significa: relación con los demás.
3.3
CAPITULO III VALORES INSTITUCIONALES
ARTICULO 6. En todos los escenarios educativos se propenderá por la formación en valores. Para
lograr mayores resultados en el alcance del PERFIL DEL ESTUDIANTE, cada ciclo de grados hará
énfasis en un valor, y las actividades relacionadas con éste estarán lideradas por la comunidad de
estos grados así:
Grado 0°
IDENTIDAD
Grados 1°,2°,3°:
AUTOESTIMA
Grados 4° y 5°:
RESPONSABILIDAD
Grados 6° y 7°:
RESPETO
Grados 8° y 9°:
ESPIRITUALIDAD
Grados 10° y 11°: LIDERAZGO
ARTICULO 7. La coeducación permite la comprensión de género, ubicándonos en el otro, entender
sus necesidades y particularidades, es el reto de un miembro educativo participativo y dinámico.
Centrar la labor educativa en la construcción de un mundo más humano en donde nuestro actuar
pueda edificar la realidad del otro.
3.4
CAPITULO IV HORIZONTE INSTITUCIONAL
ARTICULO 8. MISIÓN. Generar aprendizajes significativos e inclusivos en la comunidad Santanderina
para liderar la formación integral con la práctica de valores humanos con conciencia social,
favoreciendo la inserción a la sociedad de mejores seres humanos.
ARTICULO 9. VISIÓN. La Institución Educativa de Santander en el año 2025 será una institución líder
e inclusiva, con una pedagogía innovadora para la formación en valores de: identidad, autoestima,
-8-
responsabilidad, respeto, espiritualidad y liderazgo; como respuesta a la construcción de un ciudadano
con conciencia social.
ARTICULO 10. POLÍTICA DE CALIDAD. La Institución Educativa de Santander se compromete en el
diseño y prestación del servicio educativo formal en los niveles de preescolar, básica secundaria y
media académica, liderando la formación integral e inclusiva, con la práctica de valores humanos con
conciencia social, favoreciendo la inserción a la sociedad de mejores seres humanos, contando con
los recursos adecuados que permitan satisfacer los requerimientos del Cliente y la mejora continua de
los procesos.
ARTICULO 11. OBJETIVO GENERAL. Formar personas para su integración a la comunidad, a través
de una escuela que no solo se centre en el conocimiento; que educa integralmente y de manera
inclusiva; en el restablecimiento oportuno de aspectos que incluyan toda una terapia de saneamiento
y recuperación de valores, el potenciamiento de energías y la búsqueda de nuevas posibilidades de
superación y crecimiento; acompañados por personas idóneas.
ARTICULO 12. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Son objetivos específicos del Institución Educativa de
Santander:
1. Articular todo el proceso formativo: realizar la transmisión en determinados momentos de
ciertos contenidos o el entrenamiento de ciertas actitudes, que debe cuidar desde la
metodología o los materiales usados, hasta la forma de estar presente en el desarrollo de
cualquier área o asignatura.
2. Trabajar todos los aspectos de la persona desde el equilibrio personal hasta sus conductas y
actitudes ante las realidades familiares, escolares, sociales y cotidianas.
3. Reforzar permanentemente la formación integral (diferentes dimensiones del ser humano) y
darles solución oportuna a las dificultades en los procesos que se
4. Promover el respeto a la diversidad y al pluralismo en la formación integral del estudiante
santanderino.
ARTICULO 13. Además de los principios y valores institucionales, hacen parte de nuestra institución
educativa como SÍMBOLOS INSTITUCIONALES la bandera, el escudo, el himno y el uniforme
estudiantil, los cuales deberán ser respetados, honrados y portados de manera adecuada.
4
TITULO II DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
4.1 CAPITULO I COMPROMISOS
ARTICULO 14. El Manual de Convivencia compromete a todas las personas que conforman la
comunidad educativa: estudiantes, padres, madres de familia y/o acudientes, directivos docentes,
profesores, exalumnos y personal administrativo y de servicios. Es responsabilidad de todos conocerlo,
socializarlo y velar por su cumplimiento. Así mismo colaborar en su evaluación y mejora continua.
ARTICULO 15. Las personas que conforman los diferentes estamentos de la comunidad educativa
asumen los siguientes compromisos:
1. Aceptar y promover el desarrollo integral y autónomo de las personas como fin y criterio de todas
las actividades y programas de la Institución.
-9-
2. Comprender, acatar y respetar los lineamientos del Proyecto Educativo del Institución Educativa
de Santander y colaborar en su desarrollo y perfeccionamiento.
3. Respetar la integridad física, psicológica y moral de todos los miembros de la comunidad educativa
sin discriminación alguna.
4. Actuar con honestidad en todo momento y lugar.
5. Responsabilizarse del propio perfeccionamiento, capacitación y evaluación de logros individuales.
6. Mantener relaciones interpersonales cordiales con todos los integrantes de la comunidad educativa
y respetar las diferencias individuales privilegiando el fin de la Institución y la convivencia
comunitaria.
7. Buscar la solución a los conflictos por medio del diálogo directo y la conciliación teniendo en cuenta
las implicaciones del caso a nivel individual y colectivo, y siguiendo el conducto regular.
8. Atender las solicitudes de ayuda de las demás personas y colaborar en el cumplimiento de sus
funciones.
9. Participar en los procesos de conformación del Gobierno Escolar, colaborar en el desarrollo de sus
programas y cumplir con las funciones establecidas para sus integrantes.
10. Presentar propuestas que ayuden al mejoramiento de la Institución y acatar las que sean
acordadas y autorizadas por la instancia respectiva.
11. Realizar con calidad, las actividades y trabajos asignados buscando el mejoramiento permanente
de los procesos que se empleen para su ejecución.
12. Asistir puntualmente a las celebraciones y actividades comunitarias dentro y fuera de Institución
Educativa, y seguir las instrucciones que se den para el desarrollo de estas.
13. Hacer uso adecuado de las instalaciones cubiertas, zonas verdes, muebles y equipos del
Institución Educativa y reparar los daños oportunamente.
14. Cuidar la imagen del Institución Educativa con la palabra y el comportamiento dentro y fuera de él.
15. No comercializar artículos o comestibles en el Institución Educativa.
16. No fumar ni consumir otras sustancias psicoactivas dentro, alrededor o fuera de las instalaciones
del Institución Educativa.
4.2
CAPITULO II DE LA RECTORIA
ARTICULO 16. FUNCIONES.
1. Liderar la construcción, modificación, actualización, y ejecución del Proyecto Educativo
Institucional (PEI), con la participación del gobierno escolar y de los distintos actores de la
comunidad educativa, enmarcado en los fines de la educación y las metas institucionales.
2. Orientar y articular el trabajo de los equipos docentes y establecer relaciones de cooperación
interinstitucionales para el logro de las metas educativas definidas por el Gobierno Escolar.
3. Presidir y convocar el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución.
4. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas, la comunidad escolar y demás
entidades gubernamentales y no gubernamentales.
5. Formular, liderar y ejecutar planes anuales de acción y de mejoramiento de la calidad.
6. Dirigir la ejecución de la prestación del servicio educativo y propender por su calidad.
7. Implementar las disposiciones que expida el Estado, en relación con la planeación, organización y
prestación del servicio público educativo, de acuerdo con el contexto institucional y las decisiones
del Gobierno Escolar.
- 10 -
8. Orientar los procesos pedagógicos de la institución y el Plan de Estudios con la asistencia del
Consejo Académico.
9. Distribuir las asignaciones académicas y las actividades curriculares complementarias a directivos
docentes y docentes, y las funciones a los administrativos a su cargo, de conformidad con las
normas vigentes sobre la materia, y publicar una vez al semestre en lugares públicos dentro de la
institución y comunicar por escrito, a los padres de familia, los docentes a cargode cada asignatura,
los horarios de asignación académica y otras actividades, en especial el de atención a la familia o
acudientes en los diferentes medios dela institución.
10. Proponer los educadores que serán apoyados para recibir capacitación teniendo en cuenta criterios
de selección objetivos.
11. Identificar con la participación del Gobierno Escolar, y de acuerdo con el contexto institucional, las
tendencias educativas para articularlas con los procesos de mejoramiento del Proyecto Educativo
Institucional (PEI).
12. Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en
los términos que disponga correspondencia con las orientaciones de la Ley y sus reglamentos, en
la Secretaria de Educación del respectivo ente territorial y el consejo directivo
13. Rendir un informe al Consejo Directivo del establecimiento educativo, al menos cada seis (6) meses.
14. Administrar el personal docente, directivo docente y administrativo a su cargo,realizar el control
sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes y reportar las novedades, irregularidades
y los permisos del personal a la Secretaría de Educación de la respectiva entidad territorial
certificada, o quienhaga sus veces.
15. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos
a su cargo.
16. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual de
convivencia.
17. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa y
facilitar la participación en los procesos que los afecten.
18. Suministrar información de manera oportuna, de acuerdo con los requerimientos que hagan los
departamentos, distritos o municipios u otras autoridades.
19. Promover actividades que vinculen al establecimiento con la comunidad educativa en el marco del
Proyecto Educativo Institucional (PEI).
20. Promover procesos de acogida, bienestar y permanencia en el establecimientoeducativo, tanto para
el ingreso de los estudiantes a esta, como para la permanencia en correspondencia a los contextos
y situaciones territoriales.
21. Presentar a la Secretaría de Educación respectiva, o a los organismos que hagan sus veces, los
cambios significativos en el currículo para que ésta verifique el cumplimiento de los requisitos y
adopte las medidas a que haya Lugar en ejercicio de sus competencias.
22. Otorgar reconocimientos o aplicar correctivos a los estudiantes de conformidad con el manual de
convivencia del establecimiento educativo, en concordancia con la normatividad vigente.
23. Propender por mantener en buenas condiciones la infraestructura y dotación que permita una
adecuada prestación del servicio.
24. Las demás funciones propias de su cargo afines o complementarias con las anteriores que
disponga la Iey o le asignen su superior inmediato
- 11 -
4.3
CAPITULO III DE LA COORDINACIÓN
ARTICULO 17. FUNCIONES.
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
Coordinar y participar en la formulación, revisión y actualización del Proyecto Educativo
Institucional -(PEI), y en la formulación de planes y proyectos institucionales para su oportuna
ejecución.
Sustentar ante el Consejo Académico proyectos que coadyuven al aprendizajesignificativo de
los estudiantes y mejoramiento de la calidad educativa.
Apoyar el desarrollo de los planes y proyectos de la institución, en articulacióncon los diferentes
órganos del gobierno escolar y estamentos de la comunidadeducativa.
Participar en la organización y desarrollo de jornadas pedagógicas con los docentes y la
comunidad educativa para promover, actualizar, evaluar, hacer seguimiento y acompañar las
buenas prácticas sociales y académicas de la institución.
Promover y propiciar una sana convivencia y clima institucional, de acuerdo con las normas, deberes
y derechos, estímulos y demás disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia
Participar en el Comité de Convivencia Escolar y en el Consejo Académico.
Coordinar la articulación del plan de estudios, de acuerdo con los referentes de calidad del
Ministerio de Educación Nacional y las estrategias pedagógicas definidas en el Proyecto
Educativo Institucional (PEI).
Orientar y acompañar la implementación del modelo pedagógico, didáctico y curricular definido
en el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
Motivar e impulsar estrategias de innovación pedagógica y planes de mejoramiento por parte
de los docentes, que potencien los procesos de enseñanza y aprendizaje.
Orientar las reuniones de área, de ciclos y de otros equipos pedagógicos escolares, para
promover la coherencia de las prácticas pedagógicas con los propósitos de los diferentes
planes y programas institucionales definidos en el Proyecto Educativo Institucional (PEI)
Promover acciones de seguimiento al desempeño académico y disciplinario delos estudiantes,
que generen acciones pedagógicas colaborativas en favor de los estudiantes, donde participen
docentes y familias.
Participar y apoyar el proceso anual de autoevaluación institucional y el desarrollo del Plan de
Mejoramiento Institucional.
Participar en el diseño, organización y desarrollo de proyectos, foros y jornadas pedagógicas
institucionales.
Coordinar la implementación del proceso de seguimiento al cumplimiento de las asignaciones
y actividades académicas de los docentes, que permita la retroalimentación del desempeño
profesional de los docentes
Participar en la inducción a los docentes nuevos sobre el Proyecto Educativo Institucional (PEI),
el modelo pedagógico, Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes (SIEE),
proyectos especiales y manual de convivencia.
Apoyar el diseño e implementación de estrategias para relacionar al establecimiento con las
diferentes entidades orientadas a la atención comunitaria que promuevan el desarrollo de
actividades educativas.
Las demás que asigne el rector, las cuales deben estar acordes con el cargo y en
correspondencia con la normatividad vigente.
- 12 -
4.4
CAPITULO IV DE LOS DOCENTES
ARTICULO 18. FUNCIONES DEL DOCENTE ORIENTADOR
1. Participar en los procesos de planeación y gestión institucional, formulación y ajustes del Proyecto
Educativo institucional (PEI), el Sistema institucional de Evaluación de Estudiantes (SIEE), para
que estén acordes con los procesos de orientación escolar y de conformidad con los criterios
adoptados por el Consejo Directivo en el Proyecto Educativo institucional - PEI.
2. Diseñar y evaluar el Plan Operativo Anual de Orientación Escolar del establecimiento educativo,
de acuerdo con la caracterización institucional que defina los órganos de gobierno escolar.
3. Acompañar y participar en el desarrollo de estrategias psicosociales que promuevan y fortalezcan
lo socioemocional, la vinculación familiar y los procesos pedagógicos, orientados al mejoramiento
continuo del ambiente escolar.
4. Participar en los comités internos de trabajo que se creen por Ley, por normasreglamentarias o
por decisiones institucionales, en correspondencia con las funciones del cargo de docente
orientador.
5. Participar en los espacios, instancias y procesos especializados, gestionados por el Ministerio de
Educación Nacional, las secretarías de educación, instituciones educativas o por su superior
inmediato, que respondan al fortalecimiento de capacidades de los docentes orientadores, en el
marco de las realidades y necesidades del contexto.
6. Orientar a los directivos docentes, docentes y administrativos del establecimiento en el diseño y
ejecución de estrategias y acciones tendientes a garantizar el respeto de los derechos humanos
de los estudiantes.
7. Promover la comunicación asertiva y la cultura de la participación de la familia y demás miembros
de la comunidad educativa en los procesos escolares y aportar en la construcción de la sana
convivencia escolar.
8. Participar en los procesos institucionales en conjunto con los directivos, docentes y comités
responsables de la aplicación de los protocolos y rutas de atención psicosocial.
9. Promover la activación oportuna del sistema de alertas tempranas y propiciar estrategias para la
prevención, promoción, atención y seguimiento de las situaciones que afectan la sana
convivencia.
10. Diseñar, implementar y evaluar acciones que contribuyan con la orientación vocacional,
profesional y socio ocupacional de los educandos, que permitan una mejor toma de decisiones
para la construcción de su propio futuro.
11. Diseñar y orientar estrategias de prevención sobre riesgos psicosociales y las problemáticas
identificadas en los estudiantes.
12. Prestar atención y asesoría a estudiantes y sus familias en lo referido a la orientación psicosocial,
socioemocional y escolar.
13. Gestionar y articular la participación de otras entidades, organizaciones y autoridades
competentes para intercambiar experiencias y recibir apoyo institucional que favorezca el
desarrollo integral del estudiante y el respeto de sus derechos humanos.
14. Realizar el registro y seguimiento establecido por el establecimiento educativo de los casos
remitidos por los docentes, directivos docentes o cualquier miembro de la comunidad educativa,
acorde con la Iey sobre tratamiento de datos e información, proponiendo estrategias de
prevención e intervención en el manejo de situaciones particulares.
- 13 -
15. Las demás que le asigne el rector acorde con el cargo y las funciones del docente orientador.
ARTICULO 19. FUNCIONES DE LOS DOCENTES DE PREESCOLAR
1. Conocer y dominar saberes referidos al desarrollo fisiológico, emocional y psicosocial de los
estudiantes para establecer relación con los procesos de enseñanza y aprendizaje.
2. Diseñar y diligenciar instrumentos para la planeación de las experiencias pedagógicas y para
el registro cualitativo del proceso de desarrollo y aprendizaje de los niños y las niñas del grupo
a cargo, con una perspectiva de diversidad y reconocimiento de la singularidad.
3. Generar ambientes y desarrollar experiencias pedagógicas que les permita a los estudiantes,
a partir de las situaciones de la vida cotidiana, incentivar el cuidado de sí y del otro, la
autonomía, la construcción de acuerdos de convivencia, potenciar su curiosidad y creatividad.
4. Elaborar y adaptar material pedagógico y didáctico pertinente para los estudiantes de
preescolar.
5. Generar experiencias basadas en el juego, la literatura, la exploración del medio y las
expresiones artísticas que promuevan el desarrollo, aprendizaje, bienestar y participación de
los estudiantes.
ARTICULO 20. FUNCIONES DE LOS DOCENTES DE BÁSICA PRIMARIA
1. Conocer el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes (SIEE) y de manera especial,
los criterios definidos para estudiantes de los grados de este ciclo educativo, que permita
realizar el seguimiento y la evaluación del trabajo académico en el aula.
2. Desarrollar estrategias que articulen y enriquezcan el trabajo interdisciplinario, propio de este
ciclo de educación, considerando los referentes de calidad definidos por el Ministerio de
Educación Nacional.
3. Plantear actividades de apoyo y nivelación, previo análisis de su proceso formativo y acorde
con el desarrollo fisiológico, emocional y psicosocial de los estudiantes de este ciclo educativo.
ARTICULO 21. FUNCIONES DE LOS DOCENTES DE ÁREA DE CONOCIMIENTO
1. Conocer el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes (SIEE) parael seguimiento
y evaluación del trabajo en el aula.
2. Plantear actividades de apoyo y nivelación para los estudiantes de básica y media, previo
análisis de su proceso formativo.
3. Estructurar la planeación académica considerando las estrategias didácticas propias de la
disciplina o área de conocimiento.
4. Orientar la reflexión y aplicación práctica de los conocimientos propios de la disciplina o área
de conocimiento, en situaciones de aula y escenarios vinculados a las experiencias cotidianas
de los estudiantes.
5. Participar de espacios de trabajo conjunto con docentes de otras áreas de conocimiento para
articular y enriquecer el trabajo interdisciplinario.
ARTICULO 22. DEL TITULAR O DIRECTOR DE GRUPO. Son Docentes asignados por el Rector para
orientar los procesos académicos de un curso determinado, con funciones complementarias tales
como:
- 14 -
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
21.
Determinar y aplicar los criterios de promoción de sus estudiantes.
Asignar tareas para realizar en el hogar.
Establecer pautas de orientación y seguimiento de los estudiantes de su grupo.
Evaluar el rendimiento académico y su respectiva atención en el procesamiento de calificaciones.
Crear nexos de comunicación entre estudiante, docentes y padres de familia.
Planificar y desarrollar actividades intra y extraescolares de su curso.
Prevenir y dar solución a los conflictos.
Brindar atención especial para aquellos estudiantes, que presenten problemas de adaptación y de
aprendizaje.
Guiar y aconsejar cuando las circunstancias lo ameriten
Acompañar a los estudiantes para mantener los espacios físicos, en limpieza, decoro y dignidad.
Observar a los estudiantes en forma respetuosa y consciente para poder orientar el proceso
educativo en forma adecuada, según los talentos, habilidades, limitaciones y situación específica
de cada uno.
Participar en el planeamiento y programación de la administración de los estudiantes a su cargo,
teniendo en cuenta sus condiciones socioeconómicas y características personales (caracterización
del grupo).
Ejecutar el programa de inducción a los estudiantes del grupo confiado a su dirección.
Ejecutar acciones de carácter formativo (valores) y hacer seguimiento de sus efectos en el
colectivo de su grado.
Planear y ejecutar un plan con los aspectos comunitarios más relevantes en orden disciplinario y
académico.
Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los estudiantes, asumir el manejo procesal
con respecto a las faltas leves y graves de los estudiantes (debido proceso) y buscar las soluciones
más adecuadas.
Establecer comunicación permanente con los demás profesores y directivos, padres de familia y/o
acudientes con el fin de coordinar la acción educativa más saludable.
Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo y proponer
acciones de mejoramiento.
Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados a los coordinadores de
la Institución Educativa.
Estar debidamente informado y documentado con las respectivas evidencias de los procesos
educativos y disciplinarios para darlos a conocer oportunamente en las comisiones de evaluación.
Diligenciar en el observador del Estudiante los estímulos y las situaciones de convivencia, aún las
leves.
ARTICULO 23. PERFIL DEL EDUCADOR SANTANDERINO. El educador Santanderino es un
profesional abierto al cambio y creativo en su rol de maestro desde un liderazgo colaborativo. Esto se
reflejará en los siguientes aspectos:
1. Poder significar para sí mismo como parte de un proyecto propio de vida, su profesión de
maestro.
2. Tener clara cuál es la función de su trabajo dentro del contexto social
- 15 -
3. Estar convencido de que educar es un acto de amor: amor a su profesión, a la niñez y a la
juventud a la que consagra su vida.
4. Desarrollar un sistema firme de valores éticos, religiosos, estéticos, cognitivos, comunicativos,
espirituales y propicia que también los estudiantes tengan esta oportunidad.
5. Manejar los diversos medios de comunicación y hacer uso inteligente, crítico y pedagógico de
la información y de los nuevos adelantos tecnológicos.
6. Tener conocimiento profundo de sí mismo, de tal manera que su forma de pensar, sentir, decir
y de actuar sea una enseñanza permanente para sus estudiantes.
7. Participar de un proceso permanente de crecimiento personal que lo lleve a dar lo mejor de sí
mismo en el desempeño de su profesión.
8. Conocer la disciplina que enseña en forma integral.
9. Hacer énfasis en la comprensión de conceptos fundamentales en los métodos de enseñanza
y el material didáctico.
10. Fortalecer el pensamiento, la creatividad, el ingenio, las variadas formas de inferencia, las
destrezas operativas.
11. Saber fundamentar epistemológicamente la ciencia que enseña.
12. Tener la capacidad de relacionar las disciplinas que enseñe entre ellas y a la vez con la vida.
13. Crear las circunstancias necesarias y plantear los problemas y ejercicios académicos
pertinentes para lograr que el estudiante sea capaz de relacionar lo que estudia con la vida
cotidiana fuera del Institución Educativa.
14. Abordar la realidad nacional en cinco frentes desde lo social, lo político, lo económico, lo
ambiental y lo cultural.
15. Caracterizarse por su competencia buscando siempre superarse profesionalmente.
16. Conocer y responder a la realidad de nuestros estudiantes
17. Conocer las principales teorías existentes sobre el desarrollo cognitivo, socioafectivo y
psicomotor del niño (a), el adolescente. (desde la realidad juvenil).
18. Estudiar las características siempre en proceso de transformación del contexto emocional,
cultural social y familiar de los estudiantes.
19. Trabajar simultáneamente con los estudiantes y sus familias, ambos igualmente necesitados
de proyectos formativos.
20. Ser arquitecto de los diferentes comportamientos de las Niñas, Niños y Adolescentes, siendo
quien guía, orienta, direcciona y acompaña en la ética de lo cercano.
- 16 -
21. Conocer las implicaciones didácticas de la naturaleza epistemológica de su disciplina.
ARTICULO 24. DERECHOS:
1.
Ser considerados y respetados en su dignidad recibiendo un trato amable y cordial por parte
de todos los miembros de la comunidad educativa.
2.
Ser atendidos oportunamente por directivos y personal administrativo, guardando las normas
de respeto y siguiendo el conducto regular.
3.
Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar ya sea verbalmente, en cartelera,
perifoneo, por escrito o por medios electrónicos.
4.
Ser informado oportunamente sobre su situación laboral.
5.
Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del P.E.I.
6.
Elegir y ser elegido miembro del Consejo Directivo y/o Consejo Académico, y demás instancias
del gobierno escolar.
7.
Ser escuchado para que pueda expresar sus ideas, sugerencias y descargos cuando sea
conveniente y redunde en beneficio de la comunidad.
8.
Participar en la conformación de Comités y elaboración de Proyectos especiales, de acuerdo a
su tarea, inquietudes e intereses.
9.
Recibir asignación de carga académica según el área de su especialidad y de acuerdo a la
cobertura del Institución Educativa para el año legible.
10.
Ser diligenciadas en forma oportuna y correcta las solicitudes de constancias y certificados en
la secretaría del Institución Educativa.
11.
Solicitar permisos y licencias teniendo en cuenta normas vigentes.
12.
Recibir horarios de clases con una adecuada distribución para mejor aprovechamiento en la
elaboración y preparación de materiales didácticos, laboratorios y ayudas educativas.
13.
Recibir información y asesoría para superar las dificultades y corregir los desaciertos en el
proceso pedagógico.
14.
Tener autonomía y ser respetados sus criterios de evaluación siempre y cuando se ajusten a
las normas vigentes y estén de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional.
15.
Ser evaluado con justicia y objetividad teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes.
16.
Ser elegido para representar al Institución Educativa en seminarios, talleres, simposios,
conferencias, actividades deportivas, culturales, religiosas y otros encuentros.
ARTICULO 25. DE LOS DEBERES.
- 17 -
1. Dar trato amable y cordial a todos los miembros de la comunidad y compartir con espíritu de
solidaridad y unidad de propósito.
2. Observar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo.
3. Tratar con respeto, imparcialidad, rectitud y justicia a las personas con que se tenga relación en
el ejercicio de su cargo.
4. Abstenerse de solicitar préstamo en dinero a sus estudiantes, la venta de productos dentro de la
institución o la obtención de cualquier otro beneficio económico personal.
5. Abstenerse de solicitar a los estudiantes y al personal del plantel la prestación de servicios
personales.
6. Informar veraz y oportunamente al directivo correspondiente sobre la comisión de hechos que
puedan constituir causales de mala conducta y de las cuales tenga conocimiento.
7. Escuchar y permitir al estudiante expresar sus ideas, sugerencias y descargos cuando sea
necesario teniendo en cuenta las normas de respeto.
8. Utilizar razonablemente los recursos que tengan asignados para el desempeño de su cargo, las
facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función,
exclusivamente para los fines que fueron destinados.
9. Poner en conocimiento del superior los hechos que puedan perjudicar la administración y las
iniciativas que se estimen útiles para el mejoramiento del servicio.
10. Atender y tramitar o realizar las sugerencias que reciba de sus colegas, de los padres de familia,
o de los estudiantes acerca de sus relaciones interpersonales y de la manera de orientar tanto las
clases como los procesos curriculares.
11. Escuchar a los estudiantes en sus inquietudes, sugerencias, críticas constructivas, evitando el
autoritarismo y la arbitrariedad sin hacer razonables las exigencias de las normas.
12. Formar a los estudiantes en la cooperación y participación colectiva, en una actitud
corresponsable.
13. Asistir puntualmente a las clases o prácticas de laboratorios según el horario establecido por los
directivos de la institución
14. Elaborar y actualizar las guías que se le han asignado para el trabajo grupal de desempeño.
15. Explicar y exponer con suficiente claridad los temas de su área o asignatura, con el fin de hacerlos
comprensibles o aplicables por parte de los estudiantes.
16. Escuchar y permitir que los estudiantes expresen con cortesía y orden sus dudas o dificultades y
ayudarles a resolverlas.
- 18 -
17. Adoptar creativamente los métodos de enseñanza – aprendizaje de acuerdo con los temas,
edades, circunstancias y necesidades de los estudiantes.
18. Evaluar objetivamente, con justicia e imparcialidad a los estudiantes con el fin de verificar el logro
real de los objetivos académicos y disciplinarios.
19. Cumplir oportunamente dentro de los términos perentorios los requisitos que exige el plan de
estudios, entregando a tiempo los documentos que este exige cuando sean solicitados por los
directivos del Institución Educativa.
20. Informar con tiempo suficiente a los estudiantes sobre los objetivos, contenidos, temarios, las
fechas de evaluación, la metodología a seguir y las actividades de aula de la respectiva área y/o
asignatura con el fin de crear un ambiente de orden y responsabilidad.
21. Dar a conocer oportunamente en la plataforma de notas, a los estudiantes y a acudientes, los
resultados de las evaluaciones de cada período.
22. Entregar cumplidamente a la Coordinación para lo de su competencia las evaluaciones
correspondientes a cada período académico junto con la relación de fallas o inasistencias de sus
respectivos estudiantes.
23. Dar a conocer a los estudiantes el Pacto de aula, con el fin de mantener el control de la clase,
motivar al respeto, la colaboración y la responsabilidad.
24. Organizar las actividades de aula de tal manera que no se deje margen al desorden, la
desinformación, el irrespeto y la irresponsabilidad.
25. Convertir las ligerezas y errores de los estudiantes en una oportunidad formativa para hacerle
tomar conciencia de sus deberes, aportes positivos, responsabilidades adquiridas e invitarlos al
cambio, al respeto y la colaboración.
26. Buscar favorablemente con creatividad y criterio pedagógico conciliaciones a los actos de
indisciplina individual o grupal de aula para evitar congestiones innecesarias en las
coordinaciones.
27. Buscar ayuda o asesoría en las instancias superiores (director de grupo, orientación escolar,
coordinadores o rector) cuando las faltas por su reincidencia, extensión o gravedad superen los
recursos disciplinarios o estrategias correctivas en el aula.
28. Redactar con claridad, exactitud, objetividad y justicia las observaciones que se den a lo largo del
proceso correctivo, que se consignan en el Observador del estudiante y que se dan a conocer a
los padres de familia o acudientes, con el fin de poder aplicar las medidas correctivas concretas
de acuerdo al manejo procesal correctivo.
29. Llevar un control estricto de la asistencia (fallas) justificadas y no justificadas, de los compromisos,
de citaciones de padres de familia en orden a facilitar el debido proceso.
- 19 -
30. Colaborar con la “asistencia pedagógica” tan necesaria y eficaz en las reuniones comunitarias y
en lugares como el polideportivo, teatro, sala de conferencias, patios, bloques de la planta física
del Institución Educativa, escenarios deportivos, piscina con el fin de evitar y prevenir experiencias
negativas. Para tal fin se elaborarán desde la coordinación y de acuerdo a la norma (Decreto
1850) los turnos de acompañamiento.
31. Atender a los padres de familia y/o acudientes y cumplir con el horario de atención establecido.
32. Elaborar guías de trabajo y evaluación para los casos de ausencia prevista por diferentes razones
y dejar organizado el trabajo a desarrollar por parte de los estudiantes (guías, cuestionarios,
bibliómanos, investigaciones y otros) preferiblemente buscar el reemplazo de un colega que
acompañe los procesos pedagógicos del grado o curso.
33. Diligenciar en el observador del estudiante los estímulos y las situaciones convivenciales, aún las
leves.
34. Identificar los riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la convivencia
escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a partir de las
particularidades del clima escolar y del análisis de las características familiares, sociales, políticas,
económicas y culturales externas, que inciden en las relaciones interpersonales de la comunidad
educativa, de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia
35. Poner en conocimiento ante las estancias competentes cualquier caso de violencias Basadas en
género que afecten a cualquier miembro de la comunidad educativa, entendiéndose como
estudiantes, profesores, personal administrativo.
36. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar,
la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo
con las instrucciones impartidas en el Manual de Convivencia - Utilizar los mecanismos legales
existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral.
37. Participar en la revisión y ajuste del Manual de Convivencia a través de las instancias de
participación definidas en el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento educativo
38. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia
escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el
fomento de estilos de vida saludable.
ARTICULO 26. ESTÍMULOS.
Se hará por escrito y en público el reconocimiento al docente que se destaque por sus aportes
significativos al avance institucional, de la siguiente manera:
1. Al docente que haya trabajado en la institución educativa de Santander de forma continua por 10
o más años, quien será enaltecido con una distinción especial
2. Al docente que haya trabajado en la institución educativa de Santander de forma continua durante
20 o más años será enaltecido con un botón de plata.
- 20 -
3. Al docente que haya trabajado en la institución educativa de Santander de forma continua durante
30 o más años será enaltecido con un botón de oro.
4.5
CAPITULO V DE LOS ESTUDIANTES
ARTICULO 27. CALIDAD DE ESTUDIANTE. Cuando un estudiante se matricula libre y
voluntariamente en el Institución Educativa de Santander adquiere unos derechos y unos deberes que
se compromete a defender, respetar y cumplir.
4.5.1
DE LOS DERECHOS
ARTICULO 28. Son derechos de los estudiantes del Institución Educativa de Santander, además de
los establecidos en la constitución nacional y los tratados internacionales que sobre los derechos
humanos hacen parte de nuestra legislación, los siguientes:
1. A ser respetado (a) en su dignidad personal y en sus opciones por parte de todos los estamentos
y miembros de la Comunidad Educativa.
2. Derecho a su integridad personal y familiar y a su buen nombre
3. A no ser objeto de ninguna forma de discriminación.
4. A ser oído y atendido por el personal administrativo, docentes y directivos en sus justas
reclamaciones, sugerencias, proyectos teniendo en cuenta el conducto regular.
5. A Elegir y ser elegido Representante de curso, Representante ante el Consejo Académico, ante
el Consejo Estudiantil, como personero o como contralor en nombre de sus compañeros.
6. A ser capacitado como requisito para ser elegidos y de mantener un alto nivel académico y de
Convivencia si aspira a ser representante de los estudiantes.
7. A participar de manera práctica y objetiva en la Planeación, ejecución y Evaluación Institucional
de las actividades curriculares, complementarias que organiza el plantel especialmente a través
de su Representante en el Consejo Directivo.
8. A hacer uso y manejo adecuado de los medios comunitarios de comunicación interna del
Institución Educativa (carteleras, murales, pendones, pinturas) que sirven de instrumentos
efectivos al libre pensamiento y la libre expresión, de acuerdo a las normas establecidas para
ello.
9. A gozar y respetar los beneficios y servicios de bienestar estudiantil que ofrece el Institución
Educativa: salas de conferencias, biblioteca, grupos artísticos, sala virtual, coliseo, salas de
informática, campos deportivos, servicios religiosos, otros.
10. A recibir los estímulos ofrecidos, previo cumplimiento de los requisitos preestablecidos en el
Manual de Convivencia.
11. A recibir en el momento de la Matrícula el Manual de Convivencia, previa cancelación del valor
del mismo.
- 21 -
12. A ser corregido y orientado a tiempo (siguiendo el conducto regular) sobre su comportamiento,
con el fin de buscar estrategias correctivas que permitan obtener mejores resultados.
13. Al debido proceso si llegare a ser requerido frente a la comisión de cualquier situación tipo
ocurrida dentro o fuera del Institución Educativa.
14. Al derecho a la defensa y presentar los debidos descargos en forma concreta y por escrito a la
instancia que corresponda, si es requerido por la comisión de una situación tipo.
15. A presentar respetuosamente y por escrito, ante las correspondientes instancias, las debidas y
justas solicitudes y reclamos.
16. A obtener la correspondiente excusa del profesor competente con el visto bueno del Coordinador
y el permiso de los padres de familia, e informar al director de grupo cuando haya ausencia a las
clases por estar representando al Institución Educativa en eventos académicos, deportivos,
culturales, técnicos, pastorales y otros.
17. A participar del proceso de aprendizaje dentro de un ambiente que garantice su formación
integral.
18. A conocer el resultado y correcciones u observaciones a sus trabajos orales o escritos en un
término máximo de ocho (8) días calendario contados desde la fecha de su presentación; de tal
manera que no se le deberá hacer otra nueva evaluación de la misma área o asignatura, sin
antes haber dado a conocer los resultados de la anterior.
19. A conocer desde el comienzo, la programación de las diferentes áreas y asignaturas, proyectos
correspondientes al grado que cursa, los objetivos de las mismas, recursos y actividades; tipos
de evaluaciones (cronograma) con el fin de que el estudiante se responsabilice por alcanzar los
logros e indicadores de logros, que requiere cada área y asignatura.
20. A ser evaluado con equidad, justicia y objetividad en sus tareas, trabajos, previos, de acuerdo
con las normas.
21. A recibir las clases de acuerdo con los horarios establecidos, en forma completa, cumpliendo
con la intensidad horaria, y los programas y planeamientos de cada una de las áreas de acuerdo
al P.E.I del Institución Educativa.
22. A asistir a las actividades programadas por la institución de acuerdo con el cronograma, en los
tiempos y espacios previstos para tal fin, en el caso que no haya conseguido los logros
académicos.
23. A opinar, sugerir, hacer solicitudes respetuosas para organizar, modificar y contemplar las
actividades curriculares de las áreas y asignaturas.
24. A solicitar a los docentes la oportunidad de presentar dentro del tiempo límite establecido, los
trabajos y/o evaluaciones realizadas en los días de ausencia justificadas.
- 22 -
25. A conocer oportunamente al finalizar cada período académico, antes del cierre de la plataforma,
y antes de la entrega de boletines, las notas de cada asignatura.
26. A ser atendido en sus reclamos, en forma respetuosa, con respecto a las evaluaciones, siguiendo
el conducto regular, cuando los indicios de parcialidad o error del profesor lo amerite.
27. A ser escuchado, corregido y orientado a tiempo, siguiendo el conducto regular acerca de sus
dificultades en el desarrollo académico, con el fin de buscar estrategias correctivas que permitan
obtener mejores resultados.
28. A expresar, reclamar y examinar con toda libertad sobre doctrinas, opiniones y conocimientos
dentro del debido respeto a la opinión ajena y a la cátedra mediante el procedimiento de reglas
de debate y petición.
29. A ser promovido al grado, nivel o ciclo siguiente, si ha cumplido con la intensidad horaria y ha
conseguido los logros curriculares, académicos, disciplinarios, éticos y morales determinados en
el plan de estudios.
30. A recibir el carné que lo identifica como estudiante de la institución.
31. A participar y/o representar al Institución Educativa en las distintas actividades académicas,
culturales y deportivas a nivel municipal, departamental y nacional, con el respectivo permiso y
apoyo de los padres y/o acudientes de acuerdo con su situación económica.
32. A recibir “el paz y salvo” una vez haya entregado en buen estado los bienes confiados a su cargo
y haber cumplido los diferentes compromisos con el Institución Educativa.
4.5.2
DE LOS DEBERES
ARTICULO 29. Son deberes de los estudiantes del Institución Educativa de Santander, además de los
adquiridos en la matrícula escolar, los siguientes:
1. Contribuir eficazmente a formar la comunidad educativa, por medio de actitudes de respeto,
tolerancia, solidaridad, colaboración, sentido de pertenencia que propicien el logro de los
objetivos del plantel.
2. Respetar los valores humanos como ciudadano, los valores cívicos, las buenas maneras, la
búsqueda de la verdad, la sinceridad, la honestidad, la justicia, el diálogo, la gratitud, la
constancia en el cumplimiento del deber y la solidaridad.
3. Hacer todo aquello que favorezca la formación integral y que vaya a favor de la comunidad de
vida.
4. Cumplir con el horario para las clases, las actividades culturales, sociales y deportivas que
organice la institución.
- 23 -
5. Procurar por que los muebles y enseres del Institución Educativa en aulas, corredores, pasillos,
escaleras, patios, baños y demás dependencias, se mantengan en buen estado y se les dé el
uso adecuado.
6. Arrojar los desperdicios y basuras solamente en los puntos ecológicos.
7. Mantener siempre digno, limpio, completo y en buen estado el uniforme de diario, de educación
física y de gala que exija el Institución Educativa.
8. Adquirir, portar y presentar el carné estudiantil cuando sea requerido por algún miembro de la
Comunidad Educativa o por alguna autoridad fuera del Institución Educativa
9. Respetar la imagen del Institución Educativa de Santander, evitando comportamientos que
afecten la misma.
10. Participar en las actividades de enfoque democrático y participativo programadas por el
Institución Educativa.
11. Conservar los boletines, informes descriptivos y demás documentos para presentarlos cuando
sean requeridos.
12. Entregar citaciones e informes enviados por el Institución Educativa a padres de familia y/o
acudientes.
13. Representar dignamente al Institución Educativa en todos los eventos culturales, científicos,
deportivos y otros.
14. Denunciar oportunamente a profesores y directivos las actividades que induzcan a la
comercialización y consumo de sustancias psicoactivas.
15. Respetar las normas de convivencia de la Institución Educativa y cumplirlas adecuadamente.
16. Utilizar el diálogo y las buenas maneras en solución de conflictos, problemas o dificultades,
respetando las diversas instancias y el debido proceso.
17. Consignar y firmar el registro de seguimiento de comportamiento en el observador del estudiante
18. Seguir responsablemente el proceso de la clase, participar activamente en su trabajo de
investigación personal, grupal puesta en común y evaluación, respetando cada uno de estos
momentos.
19. Apoyar a los docentes en el desarrollo del proceso pedagógico.
20. Ser puntual con los horarios establecidos para las actividades programadas por el Institución
Educativa en sus diferentes dependencias.
21. Permanecer en el aula de clase, durante la realización de clases o lugares del Institución
Educativa según las actividades y eventos programados, y no salir de ellos sin la debida
aprobación de profesores o coordinadores.
- 24 -
22. Solicitar al coordinador y/o del profesor encargado, de manera presencial, el correspondiente
permiso escrito, para ausentarse de la Institución Educativa de manera justificada, con el
consentimiento del acudiente.
23. Hacer uso adecuado de los celulares conforme a la normatividad establecida en este manual.
24. Respetar las dependencias destinadas al uso exclusivo de directivos, docentes, personal
administrativo y de servicios generales.
25. Avisar oportunamente a la instancia que corresponda sobre situaciones que puedan ocasionar
peligro o que atentan contra la integridad de la comunidad educativa por parte de compañeros o
personas ajenas al Institución Educativa.
26. Identificarse como estudiante del Institución Educativa de Santander, portando el respectivo
carnet.
27. Respetar los símbolos patrios e institucionales y entonar con espíritu cívico los himnos: Nacional,
del Departamento de Santander, de Bucaramanga, del Institución Educativa de Santander, según
corresponda hacerlo en cada caso.
28. Cumplir las reglas de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la
conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas.
29. Cumplir las reglas, para el uso de la biblioteca escolar, determinadas en el Proyecto Educativo
Institucional.
30. Adquirir, portar y utilizar oportunamente los útiles y materiales de trabajo indispensables para el
buen desarrollo del proceso de aprendizaje.
31. Cumplir oportunamente y en las fechas programadas según cronograma con las actividades de
refuerzo, de superación y nivelación.
32. Ponerse a paz y salvo con todas las dependencias, en caso de retiro del Institución Educativa,
cualquiera que sea el motivo, y firmar en la secretaría junto con el acudiente la cancelación de la
matrícula y entregar el carné estudiantil.
33. Además de los anteriores se deben asumir los dispuestos en la norma que establece la
Evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de educación básica y media.
34. Asumir una actitud adecuada dentro del restaurante escolar, evitando apropiar objetos o
alimentos de otras personas o de la institución, llevar la bandeja con vaso y cuchara a la mesa
respectiva, y colocarlos correctamente
35. Acatar la Constitución Política y las Leyes de Colombia, las disposiciones previstas en este
Manual y las circulares y orientaciones dadas por las distintas instancias del plantel.
4.5.3
RESPONSABILIDADES
ARTICULO 30. SON RESPONSABILIDADES:
- 25 -
1. Cumplir cabalmente las normas contenidas en este manual.
2. Asumir los daños materiales que ocasione dentro del Institución Educativa, siempre que se haya
determinado su participación en los hechos que dieron lugar a estos.
4.5.4
DE LAS PROHIBICIONES
ARTICULO 31. ESTÁ PROHIBIDO:
1.
Traer, llevar o usar dentro del Institución Educativa, objetos que no sean necesarios para la
labor escolar, que distraigan o perjudiquen el normal desarrollo de las actividades escolares.
2.
Entrar o salir del Institución Educativa en horas distintas de las establecidas o en días no hábiles
sin el permiso de la autoridad escolar competente.
3.
Comercializar artículos dentro del Institución Educativa a menos que exista autorización
expresa de las mismas.
4.
Alterar, adulterar o falsificar documentos, incurrir en fraude o en cualquier conducta que
constituya contravención o infracción penal según la legislación colombiana.
5.
Portar, suministrar o utilizar armas o elementos que puedan ser utilizados en contra de la
integridad física, social o moral de las personas que constituyen la comunidad educativa.
6.
Presentarse al Institución Educativa bajo el efecto de bebidas alcohólicas, psicoactivas,
estupefacientes, energizantes o cualquier sustancia no permitida; usarlas o distribuirlas, fumar
o traer cigarrillos de cualquier tipo al Institución Educativa.
7.
Portar, distribuir o consumir cigarrillos, licores, sustancias energizantes y/o psicoactivas dentro
de las dependencias del plantel o fuera de él portando el uniforme de las dependencias del
plantel o fuera de él portando el uniforme
8.
Traer al Institución Educativa y/o hacer circular dentro del mismo, revistas, libros, folletos,
objetos y simulaciones sexuales, medios magnéticos o cualquier material de tipo pornográfico.
9.
Apropiarse, esconder o tomar libros, cuadernos, útiles escolares, cualquier clase de objeto o
pertenencia de sus compañeros, profesores, directivos del Institución Educativa o de cualquier
otra persona sin su consentimiento.
10.
Ingresar o permanecer en los horarios restringidos a las áreas del Institución Educativa como:
polideportivo, salas de informáticas, sala de conferencia, sala de profesores, sala virtual, teatro,
oficinas, laboratorios, piscina y demás instalaciones.
11.
Realizar, divulgar o participar en actividades prohibidas por la ley y en las establecidas por este
manual.
- 26 -
12.
Realizar acto o acceso carnal con otra persona, inducirla a prácticas abusivas, denigrantes,
deshonrosas o de cualquier manera atentar o violar contra su libertad sexual o influir
negativamente en su formación sexual.
13.
Inducir, manipular, constreñir u obligar a otra persona a cometer acto que constituya infracción
académica o de convivencia disciplinaria o que de cualquier manera atente contra la moral, la
ley, la salud y las buenas costumbres que se exige a los educandos del Institución Educativa.
14.
El uso de los celulares en las aulas de clase.
15.
Presentar o utilizar el carné de otro (a) estudiante con el ánimo de suplantación.
16.
Comprar objetos o comestibles que por razones de salud, higiene y seguridad podrían ser
perjudiciales para los estudiantes y que están ubicados cerca de las instalaciones del Institución
Educativa.
Emplear en clase y en cualquier espacio del Institución Educativa un lenguaje inadecuado o
gritos, rechiflas, sabotaje.
17.
18.
Realizar todo tipo de conductas y acciones que causen bullying y/o ciber bullying
19.
Realizar negocios y las relaciones comerciales con compañeros, maestros, padres de familia y
demás miembros de la comunidad educativa dentro de las instalaciones del Institución
Educativa.
20.
Portar o usar dispositivos como radios, celulares, grabadoras, mp3, mp4, amplificadores, etc,
con sus respectivos audífonos u otros objetos distractores, que entorpezcan el normal
desarrollo de las clases.
21.
Poner apodos o sobrenombres a cualquier miembro de la comunidad escolar que atenten
contra su dignidad y su buen nombre.
22.
Contaminar o desperdiciar el agua y/o el medio ambiente y en general los bienes de uso común.
23.
Portar el uniforme con prendas de vestir o accesorios diferentes de las establecidas.
4.5.5
DE LOS ESTÍMULOS
ARTICULO 32. El Institución Educativa, organismos gubernamentales u otros, de acuerdo con su
competencia y previa aprobación del Consejo Directivo, otorgarán incentivos a los estudiantes que se
distingan por su rendimiento académico, actitud investigativa, alto sentido de pertenencia al Institución
Educativa y a los estudiantes que significativamente se destaquen en eventos o certámenes de tipo
académico, cultural, científico, deportivo entre otros.
ARTICULO 33. La Condecoración con el reconocimiento “E PLURIBUS UNUS “ será conferida
anualmente al o la estudiante que habiendo cursado la Educación Básica y la Educación Media, en el
Institución Educativa de Santander, habiendo aprobado todas las Áreas y sus respectivas Asignaturas;
que se haya distinguido además por su excelente conducta y aprovechamiento en la dimensión
- 27 -
académica; por su definida personalidad; por su correcta presentación personal; buenas maneras;
por su sentido de pertenencia y por su espíritu deportivo y cultural.
ARTICULO 34. Los estudiantes que se distingan por su esfuerzo, sacrificio, perseverancia,
significativas evidencias de su sentido de pertenencia al Institución Educativa, óptimos logros en su
formación integral durante todo el año escolar tendrán los siguientes estímulos:
1. Los estudiantes que en el transcurso del año se distingan en el área académica, cultural, deportiva
y social, tendrán reconocimiento por parte de la Comunidad Educativa EN ACTO ESPECIAL.
2. Los estudiantes de cada uno de los cursos, que por su rendimiento académico y disciplinario
obtengan desempeños Superiores según la Escala de valoración Institucional y su equivalencia
con la Escala Nacional, con el visto bueno de su director de curso, sus profesores y compañeros,
al finalizar cada periodo académico, se harán acreedores al reconocimiento.
3. Los estudiantes que se han distinguido por sus servicios comunitarios y participación en
agrupaciones juveniles (utilización del tiempo libre) se les estimulará encargándoles la
representación del Institución Educativa en eventos locales, regionales y nacionales, que en el
transcurso del año programe el Departamento de Santander, el Municipio de Bucaramanga y otras
entidades gubernamentales.
4. Los estudiantes de cada curso que ocupen los primeros puestos en su rendimiento académico,
(Desempeños Superiores) y a la vez obtengan un comportamiento excelente al término del año
escolar, se harán merecedores a Mención de Honor.
5. Los estudiantes que por su excelente rendimiento Académico (desempeños Superiores) y
disciplinario, tendrán un reconocimiento público en la “Izada de Bandera” o en Actos Comunitarios.
6. Los estudiantes que al terminar su educación Media (grado 11) obtengan excelente rendimiento
académico (Desempeños Superiores) y disciplinario se les reconocerá con el galardón “Honor al
Mérito”, en Acto público de graduación.
7. El Institución Educativa de Santander de conformidad a los resultados de las pruebas de Estado,
Premiará al estudiante que obtenga el mejor puntaje de su respectiva promoción con la presea
“Mejor ICFES”, en Acto Solemne de Clausura.
8. El estudiante que haya obtenido el mejor promedio de acuerdo con la valoración Institucional de
Uno (1.0) a Cinco (5.0) durante la educación Básica (hasta Noveno Grado) y la educación Media
(hasta Undécimo grado) se hará merecedor a la presea como el “Mejor Bachiller Integral,” en Acto
Solemne de graduación.
9. Los estudiantes que aprueben la Educación Media en todos los aspectos académicos, con el
cumplimiento legal de las horas del Servicio Social Obligatorio y un excelente comportamiento,
recibirán un Homenaje Público con la Proclamación de” Bachiller Académico” del respectivo año.
10. Conceder el diploma “Hijos del Institución Educativa” a los estudiantes que hayan cursado y
cumplido cabalmente con el manual de convivencia desde preescolar, básica y media vocacional
en la institución.
- 28 -
11. Conceder reconocimiento al mejor deportista
4.6
CAPITULO VI DE LOS PADRES, MADRES Y/O ACUDIENTES
4.6.1
DERECHOS
ARTICULO 35. Los padres de familia y/o acudientes de los estudiantes del Institución Educativa de
Santander gozan de todos los derechos y garantías civiles reconocidas en la Legislación Colombiana
y frente a éste tienen especialmente los siguientes:
1.
Ser atendidos por el personal directivo, docente y administrativo del Institución Educativa, en los
horarios establecidos para tal fin.
2.
Recibir un trato cortés y respetuoso por todos los demás miembros de la comunidad educativa.
3.
Recibir información académica o de convivencia, aclarar dudas, resolver inquietudes, presentar
reclamos y hacer las sugerencias que consideren pertinentes.
4.
Recibir periódicamente el informe detallado del rendimiento y comportamiento de su hijo (a) o
representado (a).
5.
Beneficiarse de los servicios de orientación escolar.
6.
Hacer parte del Consejo Directivo, Consejo de Padres y demás espacios de participación
establecidos para la Institución Educativa.
7.
Participar en las actividades programadas para padres de familia y/o acudientes.
8.
Participar en la elaboración y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y del Manual de
Convivencia.
9.
Representar a su hijo (a) o representado (a) en todas las actuaciones en las que sea necesario o
conveniente y, especialmente, en las audiencias en las que se le realice un procedimiento
convivencial y a interponer los recursos establecidos contra las decisiones proferidas.
4.6.2
DEBERES
ARTICULO 36. Al legalizar la matrícula el padre de familia y/o acudiente adquiere con la Institución
Educativa y con sus hijos los siguientes deberes:
1.
Acatar las disposiciones legales que rigen las relaciones de la comunidad educativa.
2.
Responder por los daños que ellos o sus hijos causen a la institución.
3.
Participar, atender y cumplir las programaciones curriculares, resoluciones, circulares, directivas,
memorandos y oficios que emanen del Institución Educativa como resultado de su organización
interna.
- 29 -
4.
Orientar a sus hijos en los aspectos social y moral proporcionándoles un ambiente de
comprensión, cariño, respeto y buen ejemplo, corrigiéndolos en forma oportuna y adecuada.
5.
Revisar periódicamente la plataforma de notas y controlar el cumplimiento de los deberes
escolares de sus hijos, dando oportunidad para que asuman sus propias responsabilidades.
6.
Proporcionar al estudiante los útiles, materiales, herramientas, uniformes y todo lo necesario
para el buen desempeño en las clases y en las presentaciones oficiales del Institución Educativa.
7.
Asistir a la fecha y hora fijadas a las reuniones y actividades programadas tales como: entrega
de informes, Escuela de Padres, talleres, conferencias, jornadas pedagógicas, actividades
comunitarias, otras. Así mismo a las citaciones enviadas por el Institución Educativa,
disponiendo en todos los casos del tiempo necesario.
8.
Devolver al Institución Educativa el desprendible de las circulares o las notificaciones
debidamente firmadas en el momento de su asistencia en la fecha exigida para cada evento.
9.
Solicitar a la Coordinación de Convivencia en forma escrita, y con su firma, con un día de
anterioridad, los permisos de sus hijos para no asistir al Institución Educativa o para retirarse
dentro de la jornada.
10.
Presentar al Coordinador la excusa correspondiente a la inasistencia de sus hijos dentro de los
dos (2) días hábiles siguientes al regreso del estudiante al plantel, debidamente firmada y
presentarse personalmente cuando la Instituciòn Educativa lo solicite.
11.
Fomentar en sus hijos normas de urbanidad y buenas costumbres, propendiendo por un
excelente manejo de las relaciones interpersonales a nivel del hogar, de la Institución Educativa
y en general de la comunidad
12.
Analizar y controlar en forma continua los resultados académicos de sus hijos, estimular sus
logros, establecer correctivos a situaciones que así lo requieran y solicitar los informes
pertinentes en el horario establecido para la atención a padres de familia.
13.
Respetar y dar un trato digno a los miembros de la comunidad.
14.
Revisar que sus hijos solo lleven a la Institución Educativa los elementos necesarios y permitidos
para su proceso educativo como los útiles escolares y vestuario reglamentario.
15.
Devolver a la Institución Educativa cualquier objeto que lleven sus hijos a la casa y no sea de su
propiedad.
16.
Dar a conocer en forma oportuna y a quien corresponda, problemas conductuales o actitudinales
observados en sus hijos para brindarles ayuda adecuada en la Institución Educativa.
17.
En casos especiales entregar al Coordinador la certificación médica en la cual se consignen
detalladamente los cuidados y precauciones que el estudiante debe observar y/o medicamentos
prescritos.
- 30 -
18.
Fomentar y apoyar en sus hijos la participación en actividades culturales, artísticas y deportivas
que ayuden a su formación integral.
19.
Guardar lealtad a los valores de la Institución Educativa, evitando comentarios destructivos que
afecten el buen nombre del mismo.
20.
Seguir el conducto regular al presentar algún reclamo o sugerencia dependiendo de la situación
a tratar y hacerlo de manera oportuna.
21.
Adquirir de manera voluntaria el seguro estudiantil que ofrece la Institución Educativa; sin
embargo, en caso de no tomarlo, se entenderá que el padre de familia o acudiente cuenta con
la afiliación al sistema de seguridad social en salud (SGSSS) y llevará al estudiante al centro
médico u hospitalario más cercano cuando se trate de una situación de emergencia. En este
evento el padre de familia o acudiente se presentará a la institución educativa para su traslado y
cubrirá todos los gastos que le generen su atención directamente en el centro médico u
hospitalario.
22.
Conocer ampliamente el Manual de Convivencia.
23.
Representar y respaldar al estudiante, comprometiéndose a desempeñar cabalmente su rol de
Acudiente por medio de la firma de la respectiva matrícula y acompañamiento a lo largo de la
permanencia en el plantel.
24.
Participar activa y positivamente en el desempeño de las actividades de la Institución Educativa
a través de los espacios de representación establecidos como la Asamblea y Consejo de Padres
de Familia, en el Consejo Directivo y/o Comités para velar por la adecuada prestación del servicio
educativo.
25.
Mantener actualizados sus datos de contacto personal.
26.
Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la
convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la
democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.
27.
Poner en conocimiento ante las estancias competentes cualquier caso de violencias Basadas en
género que afecten a cualquier miembro de la comunidad educativa, entendiéndose como
estudiantes, profesores, personal administrativo.
28.
Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el
establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.
29.
Participar en la revisión y ajuste del Manual de Convivencia a través de las instancias de
participación definidas en el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento educativo.
30.
Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos
para el desarrollo de competencias ciudadanas.
- 31 -
31.
Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el Manual de Convivencia y
responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.
32.
Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar,
la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de
acuerdo con las instrucciones impartidas en el Manual de Convivencia.
PARAGRAFO 1. Para un mejor seguimiento formativo del estudiante y un adecuado trabajo con la
familia del educando, una persona no puede ser acudiente de varios estudiantes pertenecientes a
varias familias.
PARÁGRAFO 2: La inasistencia reiterada a citaciones o reuniones programadas por la Institución
Educativa por parte del padre de familia o acudiente, será considerada como incumplimiento de sus
obligaciones y deberes para con el estudiante y por consiguiente, el caso será remitido a la
coordinación o a orientación escolar, y teniendo en cuenta el debido proceso, se podrá contemplar la
remisión del caso a la autoridad competente (ICBF).
4.7
CAPITULO VII DE LOS EXALUMNOS Y/O EGRESADOS
ARTICULO 37. En virtud de la educación recibida, los exalumnos de la Institución Educativa de
Santander podrán constituirse como fundación o entidad sin ánimo de lucro, darse sus propios
estatutos, reglamento interno de funcionamiento y obtener personería jurídica. Gozarán de la
respetuosa y debida atención por parte de los demás miembros de la comunidad educativa.
ARTICULO 38. Los Exalumnos elegirán un representante ante el Consejo Directivo de la Institución
Educativa, de la manera que se establezca por la organización que los agremie o asocie o por
postulación hecha ante la Institución Educativa para ser considerados para este cargo.
ARTICULO 39. El representante de los exalumnos con asiento en el Consejo Directivo de la institución
presentará ante éste las iniciativas y proyectos que favorezcan el bienestar de todos los estamentos
del plantel.
4.8
4.8.1
CAPITULO VIII DEL GOBIERNO ESCOLAR
CONFORMACION
ARTICULO 40. El gobierno escolar está conformado por las siguientes instancias de participación
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
El Consejo Directivo
El Consejo Académico
El (La) Rector (a)
El Comité de Convivencia Escolar.
Las Comisiones de Evaluación y Promoción.
El Consejo de estudiantes.
El (la) Personero(a) de los estudiantes
El (la) Contralor (a) estudiantil
El Comité Electoral
- 32 -
10.
11.
12.
13.
El Registrador
El Consejo de padres de familia
La Escuela de Padres, madres de familia y acudientes
La Asociación de Exalumnos.
ARTICULO 41. La Rectoría al iniciar el año lectivo, convocará a la comunidad educativa para elegir a
sus representantes a los diferentes órganos e instancias del gobierno escolar, garantizando la
participación de todos los estamentos.
4.8.2
DEL CONSEJO DIRECTIVO
ARTÍCULO 42. El Consejo Directivo como instancia de participación de la Comunidad Educativa, es
la máxima autoridad de la Institución Educativa y en ejercicio de sus funciones, realiza la coordinación
que coadyuva en la orientación del Proyecto Educativo Institucional. El Consejo Directivo está
integrado por:
-
La Rectora, quien lo convoca y preside.
Un representante de los estudiantes
Un representante de los padres de familia
Un representante de los egresados
Dos representantes de los docentes (Primaria y Secundaria)
Un representante de los sectores productivos del área de influencia.
ARTICULO 43. Las funciones del consejo Directivo serán las siguientes:
1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean competencia
de otra autoridad;
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos
con los estudiantes del plantel educativo;
3. Adoptar el reglamento de la institución, de conformidad con las normas vigentes;
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles;
5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de
sus miembros se sienta lesionado;
6. Aprobar el plan anual de actualización del personal de la institución presentado por el rector;
7. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del
plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del
organismo que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los requisitos;
8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa;
9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante;
10. Participar en la evaluación anual de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de
la institución;
- 33 -
11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales,
deportivas y recreativas;
12. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas, culturales,
recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa;
13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas;
14. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de recolectarlos, y
darse su propio reglamento
4.8.3
DEL CONSEJO ACADEMICO
ARTICULO 44. El Consejo Académico está integrado por:
-
La Rectora.
Los Coordinadores
El Representante o jefe de cada una de las áreas
ARTÍCULO 45. El Consejo académico como instancia de participación de la Comunidad Educativa, es
un organismo que tiene como funciones:
1. 1.Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto
educativo institucional;
2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y
ajustes, ¡de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Capítulo;
3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
4. Participar en la evaluación institucional anual.
5. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos
y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
6. Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa, y
7. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto
educativo institucional.
8. Darse su propio reglamento
4.8.4
COMITÉ DE CONVIVENCIA
ARTICULO 46. El Comité Escolar de Convivencia estará conformado por:
-
La Rectora
Los Coordinadores de cada sede
El Docente orientador
Un (1) Docente (Preescolar, Básica Primaria y Nocturno)
- 34 -
-
Un (1) Docente representante de Secundaria
El Personero estudiantil
Un (1) Padre de Familia
El Presidente del Consejo de padres.
ARTICULO 47. Son funciones del comité:
1. Liderar estrategias de formación y acciones que fomenten la convivencia, la construcción de la
ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y
mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
2. Promover la vinculación de la Institución a las estrategias, programas y actividades sobre el tema
de convivencia escolar, que se desarrollen en diferentes entidades.
3. Convocar a un espacio de mediación y conciliación para la resolución de situaciones conflictivas
que afecten la convivencia escolar por solicitud o de oficio. El estudiante estará acompañado por
el acudiente.
4. Activar la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar, frente a situaciones de conflicto
específicas, frente a las conductas de alto riesgo de violencia o de vulneración de los derechos
sexuales y reproductivos, que No pueden ser resueltos por este comité porque trascienden el
ámbito escolar.
5. Proponer su propio reglamento para la aprobación del consejo directivo de la Institución Educativa
ARTICULO 48. Son deberes de los miembros del comité de convivencia:
1. Asistir puntualmente a todas las reuniones.
2.
Presentar y considerar las iniciativas de la Comunidad Educativa que redunden en la práctica de
la participación democrática en la vida escolar.
3. Presentar las sugerencias de los estamentos de la comunidad educativa.
4. Mantener informados a sus representados.
ARTICULO 49. Para para ser miembro activo del Comité de Convivencia Escolar, se tendrán cuenta
los siguientes criterios:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Estar vinculado a la Comunidad Educativa.
Demostrar actitudes y valores, con autenticidad y congruencia con el Proyecto Educativo
Institucional.
Demostrar alto grado de Pertenencia, compromiso con la Institución Educativa y entrega al
servicio educativo del plantel.
Acatar la filosofía de la Institución Educativa, sus principios, y haber manifestado siempre
respeto por la institución y sus componentes.
Conocer el Manual de Convivencia.
Disponer del tiempo para el servicio, las reuniones y las actividades.
ARTICULO 50. Son entidades de apoyo al comité de convivencia escolar
- 35 -
4.8.5
Secretaria de Educación Municipal
Secretaria de Salud Municipal.
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
Dependencia de Cultura Municipal.
El Personero Municipal.
Policía de Infancia y Adolescencia.
Comisaría de Familia.
Consultorios jurídicos y Centros de conciliación
COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
ARTICULO 51. Estará conformada por:
-
La Rectora, quien la preside
Los Coordinadores
Los Docentes
El Representante de los padres de Familia.
ARTICULO 52. Son funciones:
1. 1.Definir la promoción de los estudiantes y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y
superación para estudiantes que presenten dificultades.
2. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante.
3. Velar por la buena marcha de la institución educativa.
4. Nombrar comisiones de evaluación y promoción.
5. Analizar los casos de persistencia de superación o insuficiencia en la consecución de los logros
y prescribir las actividades pedagógicas complementarias y necesarias para superar las
deficiencias que se realizarán simultáneamente con las actividades académicas en el curso.
PARAGRAFO 1. En la reunión que tendrá la comisión de evaluación y promoción al finalizar
cada período escolar, se analizarán los casos de estudiantes con evaluación insuficiente o deficiente
en cualquiera de las áreas y se harán recomendaciones generales o particulares a los profesores, o a
otras instancias del establecimiento, en términos de actividades de refuerzo y superación. Analizadas
las condiciones de los estudiantes, se convocan a los padres de familia o acudientes, al estudiante y
al educador respectivo con el fin de presentarles un informe junto con el plan de refuerzo, y acordar
los compromisos por parte de los involucrados. Criterios para el control de actividades
complementarias y para la evaluación y promoción.
4.9
4.9.1
CAPITULO IX PARTICIPACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
DE LA REPRESENTACION Y PARTICIPACION
ARTICULO 53. El área de ciencias sociales liderará espacios de participación para que los
representantes de los estudiantes, en las diferentes instancias del Gobierno Escolar, se comuniquen
con sus compañeros con el propósito de conocer sus necesidades, aportes y sugerencias para el
bienestar y promoción de los derechos y deberes de los estudiantes.
- 36 -
ARTÍCULO 54. Se garantizará la participación de los estudiantes de primaria en las diferentes sedes
a través de mecanismos presenciales y/o virtuales.
ARTICULO 55. REPRESENTANTES DE CURSO. Es el estudiante elegido por votación secreta y
mayoría simple para que represente a su grupo ante el Consejo Estudiantil y debe reunir como
condiciones indispensables:
1. Haber cursado mínimo dos (2) años en la Institución Educativa
2. Tener Liderazgo
3. Buen rendimiento académico
4. Excelente comportamiento, tolerancia, sentido de pertenencia y compromiso social.
ARTICULO 56. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE CURSO
1. Elaborar el plan de trabajo con su curso
2. Apoyar las actividades académicas, sociales y deportivas propiciando la participación de sus
compañeros.
3. Organizar los diferentes comités de trabajo e integrar a sus compañeros en ellos, según las
necesidades del curso y de la Institución Educativa.
4. Orientar y estimular a sus compañeros para el trabajo.
5. Participar y asistir a las reuniones del Consejo Estudiantil.
6. Cumplir las tareas asignadas por el Consejo Estudiantil.
7. Participar en la elección del presidente del Consejo Estudiantil
8. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten sus compañeros sobre las lesiones a sus
derechos y dado el caso, buscar la solución de la manera más adecuada y conveniente.
9. Presentar ante los órganos colegiados estudiantiles las solicitudes de oficio o a petición de parte
que considere necesarias para proteger los derechos de los compañeros y facilitarles el
cumplimiento de sus deberes.
10. Representar a su curso ante la comunidad educativa, autoridades civiles y en todos los eventos
del centro educativo.
11. Las demás que le sean asignadas.
4.9.2
DEL CONSEJO ESTUDIANTIL
ARTÍCULO 57. El Consejo estudiantil es un organismo de participación de los estudiantes que tiene
como fin escuchar, analizar y hacer propuestas de carácter general, a favor de toda la Institución
Educativa.
- 37 -
ARTICULO 58. El Consejo estudiantil está integrado por un vocero de los estudiantes de transición a
tercero y un representante por grado de cuarto a undécimo.
ARTICULO 59. Son funciones del Consejo de Estudiantil:
1. Elegir el representante ante el Consejo Directivo de la Institución Educativa y asesorarlo en el
cumplimiento de su representación.
2. Escuchar, analizar y hacer propuestas de carácter general, a favor de toda la Institución
Educativa.
3. Invitar a sus deliberaciones a los estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la
vida estudiantil.
4. Elegir al presidente, vicepresidente y vocales del Consejo estudiantil
5. Asistir a las reuniones del Consejo estudiantil.
6. Cumplir las tareas asignadas por el Consejo estudiantil.
7. Elaborar su propio reglamento.
ARTICULO 60. ELECCIÓN DE CARGOS DENTRO DEL CONSEJO ESTUDIANTIL. Los voceros
elegidos por sus compañeros en votación secretan, dentro de la Institución Educativa votarán para los
cargos de presidente, vicepresidente, y vocales, según su reglamento interno.
ARTICULO 61. Son funciones del presidente del Consejo Estudiantil:
1. Llevar la representación del centro docente ante la comunidad educativa en las diferentes
instancias y espacios de participación y ante las autoridades y comunidad en general
2. Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias de todos los miembros que conforman la
dirección del Consejo Estudiantil.
3. Elaborar el cronograma de actividades con la participación de los miembros del Consejo.
4. Dinamizar el cronograma de actividades con los miembros del Consejo Estudiantil.
5. Proponer estímulos para el buen funcionamiento del Consejo Estudiantil y rendir a la Asamblea
General informes periódicos de las actividades desarrolladas y las deficiencias encontradas.
6. Planeación y ejecución de su programa de actividades.
7. Elaboración de listado de necesidades de la Institución Educativa.
8. Evaluación permanente de las actividades del gobierno para estimular los logros y brindar asesoría
técnica ante las dificultades encontradas.
4.9.3
DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO
ARTICULO 62. En el Consejo Directivo de la Institución Educativa habrá un representante de los
estudiantes del último grado escogido democráticamente por ellos mismos, de acuerdo con el
reglamento.
ARTICULO 63. El representante de los estudiantes al Consejo Directivo será elegido por el Consejo
Estudiantil. Para este proceso, se promoverán la motivación e integración de los estudiantes para que
haya comprensión de las funciones y se puedan proponer candidatos con su respectivo programa al
Consejo Directivo, para que a través de una amplia campaña democrática se realice la elección.
- 38 -
ARTICULO 64. El representante estudiantil estará permanentemente coordinando actividades
escolares y extraescolares con los estudiantes para que estén informados sobre todas las necesidades
administrativas, académicas y sociales con el fin de poder presentar propuestas educativas en
beneficio de sus compañeros.
ARTICULO 65. REQUISITOS PARA SER REPRESENTANTE DE ESTUDIANTES A CONSEJO
DIRECTIVO. El (la) estudiante debe tener las siguientes condiciones:
1.
2.
3.
4.
Haber cursado mínimo dos (2) años en la Institución Educativa
Tener Liderazgo
Buen rendimiento académico
Excelente comportamiento, tolerancia, sentido de pertenencia y compromiso social.
ARTICULO 66. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE.
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
Representar fiel y cumplidamente a los estudiantes de la Institución Educativa.
Asistir a todas las reuniones del Consejo Directivo.
Presentar propuestas educativas en beneficio de los estudiantes.
Asesorarse del personero y del Consejo estudiantil sobre las solicitudes presentadas por ellos al
Consejo Directivo y darles su apoyo si dichas solicitudes son en beneficio de la comunidad
educativa.
Rendir informe mensual al Consejo Estudiantil sobre sus actividades e iniciativas desarrolladas
en el Consejo Directivo.
Colaborar con el personero de los estudiantes y con el Consejo Estudiantil en la defensa de los
derechos de los estudiantes.
Promover junto con el personero y con el Consejo Estudiantil el cumplimiento de los deberes por
parte de los estudiantes.
Cumplir con las funciones y el reglamento interno que establezca el Consejo Directivo para su
propio funcionamiento.
4.9.4
DEL PERSONERO ESCOLAR
ARTICULO 67. El personero de los estudiantes será un estudiante que curse el último grado que
ofrezca la institución. Está encargado de promover el ejercicio de los deberes y los derechos de los
estudiantes consagrados en la constitución política, la ley, los reglamentos y el Manual de Convivencia.
ARTICULO 68. El personero de los estudiantes será elegido dentro de los cuarenta y cinco (45) días
calendario siguiente a la iniciación de clases de un período lectivo anual. En tal efecto, la rectoría
convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo, por el sistema de mayoría simple
y mediante el voto secreto.
ARTICULO 69. Se hace necesario que la elección se oriente hacia la participación democrática, por lo
tanto, la rectoría debe realizar foros, paneles y demás espacios necesarios que impulsen la
participación de todos los estudiantes.
ARTICULO 70. REQUISITOS PARA SER ELEGIDO PERSONERO ESTUDIANTIL.
- 39 -
1.
2.
3.
4.
5.
Estar cursando el último grado que ofrece la Institución.
Haber cursado mínimo dos (2) años en la Institución Educativa.
Tener Liderazgo
Buen rendimiento académico
Excelente comportamiento, tolerancia, sentido de pertenencia y compromiso social.
PARÁGRAFO. El ejercicio del cargo de personero es incompatible con el de representante de los
estudiantes ante el Consejo Directivo, el de Contralor y el de Registrador.
ARTICULO 71. FUNCIONES DEL PERSONERO
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar
los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo
Estudiantil para organizar foros y otras formas de deliberación, entre otras.
2. Recibir y analizar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus
derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las
obligaciones de los estudiantes.
3. Presentar ante la rectoría las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere
necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
4. Apelar ante el Consejo Directivo, las decisiones de la Rectoría respecto a las peticiones
presentadas por su intermedio.
5. Formar parte del Comité de Convivencia Escolar en su correspondiente sede y jornada
PARAGRAFO. Las decisiones respecto a las solicitudes del personero de los estudiantes serán
resueltas en última instancia por el Consejo Directivo, en su condición de suprema autoridad de la
Institución Educativa.
4.9.5
DEL CONTRALOR ESCOLAR
ARTICULO 72. El contralor es el encargado de promover la democratización de la administración
pública y la participación ciudadana en el control social fiscal y veedor del buen uso de los bienes y
recursos públicos de la institución educativa a la cual pertenece. Además de ser un mecanismo de
promoción y fortalecimiento del control social en la gestión educativa y espacio de participación de los
estudiantes para fomentar la transparencia en el manejo de los recursos públicos, velará porque los
programas y proyectos públicos como los Fondos de Servicio Educativo, Restaurantes Escolares,
Tienda Escolar, Proyectos Ambientales y Recreativos, Obras de Infraestructura de la respectiva
institución educativa y de su entorno cumplan con el objetivo propuesto.
ARTICULO 73. El Contralor Escolar será elegido por votación popular en la que participen los
estudiantes del plantel debidamente matriculados.
ARTICULO 74. REQUISITOS PARA SER ELECTO CONTRALOR ESCOLAR:
6. Haber cursado mínimo dos (2) años en la Institución Educativa.
- 40 -
7. Estar cursando el grado décimo o undécimo del nivel de Educación media.
8. Tener Liderazgo
9. Buen rendimiento académico
10. Excelente comportamiento, tolerancia, sentido de pertenencia y compromiso social.
f) Presentar Plan de Trabajo como Contralor Escolar, para el año de elección
PARÁGRAFO. El cargo de Contralor Estudiantil es incompatible con el de Personero Estudiantil,
Representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo y Registrador.
ARTICULO 75. No podrán ser Contralores escolares los estudiantes que tengan parentesco de
consanguinidad o afinidad hasta en segundo grado con las directivas de la Institución Educativa.
ARTICULO 76. FUNCIONES DEL CONTRALOR ESCOLAR:
1. Liderar la Contraloría Escolar en la institución educativa que representa.
2. Ser vocero de la Contraloría Escolar ante la comunidad educativa.
3. Ser vocero y representar a su contraloría escolar ante la red de contralorías escolares y la
contraloría de Bucaramanga.
4. Solicitar a la Contraloría de Bucaramanga las capacitaciones que estime necesarias para el
adecuado desarrollo de las funciones que corresponden a la Contraloría Escolar.
4.9.6
DEL COMITÉ ELECTORAL
ARTICULO 77. INTEGRANTES. Estará integrado por los Docentes del área de Ciencias Sociales y
Cinco (5) estudiantes de décimo grado.
ARTICULO 78. FUNCIONES DEL COMITÉ ELECTORAL.
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
Ejercer la suprema inspección y vigilancia de la organización electoral estudiantil.
Supervisar la inscripción de los estudiantes que, como candidatos, aspiren a ser
representantes en los cargos del Gobierno Escolar.
Velar por el cumplimiento de los requisitos para aspirar a Representantes, Personero y
Contralor escolar.
Orientar la campaña de los candidatos para que se desarrolle con transparencia, equidad y
compromiso.
Elegir y remover al Registrador Electoral
Conocer y decidir definitivamente los recursos que se interpongan contra las decisiones de
sus delegados, sobre escrutinios generales.
Hacer la declaratoria de elecciones y expedir las credenciales correspondientes a quiénes
resulten elegidos.
Programar y desarrollar las actividades necesarias para llevar a cabo la elección de los
representantes de los estudiantes y su posesión.
Registrar en actas y formatos institucionales el proceso de inscripción, conteo de votos,
escrutinio final y posesión de los representantes de los estudiantes en el Gobierno Escolar
para la respectiva vigencia.
- 41 -
10.
Entregar a Rectoría la carpeta con los documentos que soportan el proceso electoral.
4.9.7
DEL REGISTRADOR ESCOLAR
ARTICULO 79. Será un estudiante de décimo grado, elegido por el Comité Electoral y tendrá como
función principal dirigir y organizar las elecciones estudiantiles.
ARTICULO 80. FUNCIONES DEL REGISTRADOR ESCOLAR
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Inscribir a los estudiantes qué como candidatos aspiren a ser representantes de los
estudiantes en los cargos del Gobierno Escolar.
Definir la logística del proceso electoral en apoyo con el Comité Electoral.
Dar apertura a la jornada electoral y vigilar el desarrollo hasta la finalización de las
elecciones.
Ser parte del equipo que transporte el material electoral antes y después de la jornada
electoral.
Designar delegados entre los estudiantes de décimo grado, previa autorización del comité
electoral, para que lo apoyen en el cumplimiento de sus funciones.
Las demás establecidas por el Comité Electoral.
PARAGRAFO: Las funciones del Comité Electoral y del Registrador escolar, serán ejercidas para el
proceso electoral del año académico respectivo.
4.9.8
DE LOS JURADOS DE VOTACIÓN
ARTICULO 81. Serán jurados de votación los estudiantes de décimo grado y docentes directores de
grupo asignados por el Comité Electoral.
ARTICULO 82. A través de citación escrita, serán convocados los jurados para ejercer el cargo en la
mesa asignada. Los jurados serán capacitados para realizar su función, por el Comité Electoral en
presencia del Registrador Escolar.
ARTICULO 83. Los jurados de votación serán los encargados del escrutinio preliminar y de diligenciar
las actas que posteriormente se usarán en el escrutinio final dirigido y supervisado por el Comité
Electoral y el Registrador Escolar. Los jurados deberán diligenciar y firmar las actas de cada mesa, así
como custodiar el material electoral, en el puesto de votación, hasta que el delegado del Registrador
Escolar lo recoja.
4.9.9
DE LOS OBSERVADORES ELECTORALES
ARTICULO 84. Serán estudiantes de grado noveno capacitados previamente por el comité electoral.
Constituirán una garantía para la transparencia de la jornada electoral y la legitimidad de los resultados.
ARTICULO 85. Los observadores electorales deberán obtener el reconocimiento del comité electoral
y el número de observadores será de dos por cada mesa. Serán los encargados de reportar las
posibles irregularidades que se presenten durante la jornada electoral.
- 42 -
ARTICULO 86. Los observadores electorales, dentro de los tres días siguientes a la elección, deberán
presentar un informe final de las actividades, irregularidades, conclusiones y recomendaciones de la
jornada electoral.
4.9.10 DESTITUCIÓN O REVOCATORIA DEL CARGO DE ESTUDIANTES REPRESENTANTES
DEL GOBIERNO ESCOLAR
ARTÍCULO 87. Será causal de destitución de los estudiantes que representen a sus compañeros ante
las diferentes instancias del Gobierno Escolar, haber sido sancionado por cometer faltas establecidas
en el Manual de Convivencia y/o el incumplimiento de las funciones propias del cargo, de acuerdo con
el debido proceso.
PARAGRAFO: Los estudiantes que por renuncia o destitución no continúen con los cargos de
representación en el Gobierno Escolar, serán sustituidos por el siguiente estudiante con mayor
votación en ese proceso electoral.
ARTICULO 88. La revocatoria del cargo de los estudiantes que representen a sus compañeros ante
las diferentes instancias del Gobierno Escolar, por razones atribuibles al incumplimiento de las normas
establecidas en el manual de convivencia o de los requisitos exigidos para su elección, podrá ser
solicitada por mínimo el 60% de sus electores, mediante escrito firmado y dirigido al Consejo Directivo
de la Institución Educativa. El Consejo Directivo tiene un término de 15 días para estudiar y resolver la
solicitud. De la decisión se notificará al estudiante mediante comunicación escrita.
4.9.11 CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
ARTICULO 89. El Consejo de Padres está conformado por los padres de familia elegidos como
representantes de cada curso de la institución educativa. La Asamblea General está conformada por
todos los padres de familia de los estudiantes de la institución educativa, como responsables del
ejercicio de sus derechos y deberes en relación con el proceso educativo de sus hijos.
ARTICULO 90. Las funciones del Consejo de padres de familia son:
1. 1.Participar en la elaboración de planes de mejoramiento institucional y en el logro de los objetivos
planeados.
2. 2.Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar
estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes
3. 3.Elegir a su presidente y demás dignatarios.
4. Elegir a los dos (2) representantes ante el consejo directivo del Institución Educativa. El presidente
del consejo de padres será uno de los dos representantes ante el consejo directivo por derecho
propio.
5. Elegir a los dos (2) representantes ante el comité de convivencia. El presidente del consejo de
padres será uno de los dos representantes ante el comité de convivencia por derecho propio.
- 43 -
ARTICULO 91. El consejo de padres y la Institución Educativa promoverán la participación de los
padres de familia y/o acudientes a través espacios presenciales y/o virtuales.
4.9.12 ESCUELA DE PADRES, MADRES DE FAMILIA Y CUIDADORES
ARTICULO 92. El objetivo de la escuela de padres es fomentar la participación de los padres y madres
de familia y cuidadores, de los niños, niñas y adolescentes en su formación integral: académica, social,
de valores y principios de los estudiantes de preescolar, básica y media en la Institución Educativa de
Santander.
ARTICULO 93. La Institución Educativa de Santander implementará de manera obligatoria las
Escuelas de Padres y Madres de Familia y Cuidadores, en los niveles de preescolar, básica y media,
y deberán fomentar la participación activa de los padres, madres y cuidadores en las sesiones que se
convoquen, como una de las estrategias para fortalecer sus capacidades como responsables de
derechos, con el fin de apoyar la formación integral de los educandos y cualificar su respuesta para la
detección, atención y prevención de situaciones que afecten el desarrollo físico, mental, sicosocial y
sicosexual de los niños, niñas y adolescentes, como sujetos activos de derechos.
ARTICULO 94. Podrán proponer actividades de formación en la escuela de padres cualquiera de los
integrantes de la comunidad educativa o un grupo representativo de padres y madres de familia,
docentes, administrativos y estudiantes de la institución educativa quienes podrán diseñar campañas
para el fortalecimiento de los valores democráticos y solidarios; los cuales serán sometidos a
aprobación por parte de la institución educativa y el Consejo Directivo de la institución educativa.
ARTICULO 95. OBLIGATORIEDAD. Desde el inicio del año académico, dentro del formato de
matrícula, los padres y madres de familia y cuidadores firmarán su compromiso de participar en las
escuelas de padres y madres de familia que programe la institución educativa. Los padres y madres
de familia y cuidadores que no asistan a las actividades programadas y aprobadas por el consejo
directivo en el año escolar tendrán una orientación pedagógica por parte del comité de convivencia
para que asuman su responsabilidad.
Parágrafo 1: Si los padres y madres de familia y cuidadores incumplen la orientación pedagógica del
comité de convivencia serán remitidos a la Personería Municipal para promoción de derechos y
responsabilidades. Y si la situación persiste, se remitirá al Instituto colombiano de bienestar familiar
para verificación y protección de derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Parágrafo 2: Serán justas causas de inasistencia a participar en las Escuelas de Padres y Madres de
Familia y Cuidadores que programe la institución educativa el caso fortuito, la fuerza mayor o la
negación de permiso por escrito no inferior a 15 días por parte del empleador del padre o la madre y/o
cuidador para asistir a dicha reunión programada.
ARTICULO 96. CONTENIDO DE LA ESCUELA PARA PADRES, MADRES DE FAMILIA Y
CUIDADORES: El Contenido general de la escuela para padres, madres de familia y cuidadores será
propuesto de manera concertada anualmente por el comité de convivencia, el docente con funciones
de orientación y el consejo directivo donde se incorporan las propuestas de campañas de promoción
y prevención de la convivencia escolar como iniciativa por parte de la comunidad educativa dentro del
año académico.
- 44 -
ARTICULO 97. El plan de trabajo institucional definirá los contenidos de la Escuela de Padres, Madres
de Familia y Cuidadores, como resultado de un trabajo de construcción conjunta entre familias e
institución educativa y establecerá niveles de avance semestral, y espacios de verificación y
proyecciones del plan en relación con el objetivo de promover el desarrollo de los estudiantes.
PARÁGRAFO: El mínimo deseable de momentos de encuentro durante el año escolar es de tres (3)
momentos.
5
TITULO III RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR.
ARTICULO 98. La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definirá los procesos y los
protocolos que debe tener en cuenta la Institución Educativa para la convivencia escolar y tendrá las
acciones de Promoción, Prevención, Atención y Seguimiento. Ver anexo 1
5.1
CAPITULO I PROMOCIÓN
ARTICULO 99. La Institución Educativa centrará el desarrollo de actividades que favorezcan el
bienestar individual y colectivo, teniendo en cuenta los siguientes parámetros
1. Liderar y desarrollar diferentes actividades de formación de la comunidad educativa en
temáticas tales como:
-
Derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente.
Convivencia, mediación y conciliación, para fortalecer el Sistema Nacional de Convivencia
Escolar.
2. Implementar y ejecutar proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad y construcción
de ciudadanía en los niveles de preescolar, Básica primaria Básica secundaria, y Media
teniendo en cuenta el entorno en que se encuentra la Institución Educativa proyectos deben
garantizar el derecho que tienen niñas, niños y adolescentes de recibir información
fundamentada en evidencia científica con el fin de que, progresivamente, vayan desarrollando
las competencias que facilitan la toma de decisiones autónomas frente al ejercicio de la
sexualidad y la realización de proyectos de vida.
3. Orientar y promover comportamientos positivos en el aula, en la convivencia escolar y mejorar
relaciones como ciudadanos
4. Generar mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y la
formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se lleven a cabo
de manera transversal en todas las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de
la formación establecidas en el proyecto educativo institucional.
5. Implementar los proyectos pedagógicos conforme a los parámetros dispuestos en la Ley.
5.2
CAPITULO II PREVENCIÓN:
- 45 -
ARTICULO 100. Se realizará a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral
del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las
condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar con charlas, talleres, conferencias,
videos buscando el apoyo de los entes gubernamentales competentes, siguiendo los siguientes
parámetros;
1. Identificar los riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la convivencia
escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. a partir de las
particularidades del clima escolar y del análisis de las características familiares, sociales, políticas,
económicas y culturales externas, que inciden en las relaciones interpersonales de la comunidad
educativa
2. Fortalecer
las acciones que contribuyan a la mitigación de las situaciones que afectan la
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos:
identificadas. (Estudio de la realidad juvenil).
3. Diseñar o acoger los protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más
comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos.
5.3
CAPITULO III ATENCIÓN:
ARTICULO 101. La IE atenderá con eficiencia los casos que se presenten en el aula, evitando que
trasciendan a otras instancias, para lo cual seguirá los siguientes parámetros:
1. Identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales
tendrán que ser remitidos al Comité de Convivencia Escolar, para su documentación, análisis y
atención a partir de la aplicación del Manual de Convivencia.
2. El componente de atención será activado por el Comité de Convivencia Escolar, por la puesta en
conocimiento por parte de la víctima estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia
o acudientes, de oficio por el Comité de Convivencia Escolar o por cualquier persona que conozca
de situaciones que afecten la convivencia escolar.
3. Se desarrollaran estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de
familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética, e integral, cuando se
presente un caso de violencia o acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los
derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las
competencias y responsabilidades de las instituciónes y entidades que conforman el Sistema
Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la
Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la violencia escolar. Este componente involucra a toda
la comunidad educativa.
5.4
CAPITULO IV SEGUIMIENTO
- 46 -
ARTICULO 102. Garantizar la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso. Para ello
se tendrán en cuenta los siguientes parámetros:
1. Se centrará en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de
Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados.
2. Una vez agotada esta instancia las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de
derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo
en los niveles de preescolar, y básica primaria y no puedan ser resueltas por las vías que
establece el manual de convivencia y se requiera de la intervención de otras entidades o instancias,
serán trasladadas por el rector de la Institución de conformidad con las decisiones del Comité
Escolar de Convivencia, al ICBF, La Comisaría de familia, la Personería Municipal o Distrital, a la
Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda.
5.5 CAPITULO V PROCEDIMIENTO Y ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO I, II y III
ARTICULO 103. Para el estudio de circunstancias de convivencia o académicas es necesario
establecer unos canales y unos procedimientos sobre los cuales se actúa y se toman decisiones
aplicables según sea el caso.
ARTICULO 104. CONDUCTO REGULAR
Son las instancias jerárquicas en la toma de decisiones y conocimiento de asuntos disciplinarios o
académicos que actúan de acuerdo con la naturaleza y la identificación de la situación. Ver Anexo II ()
1.
2.
3.
4.
5.
6.
El docente.
El docente director de grupo.
Coordinador de acuerdo a la naturaleza del asunto.
Orientador escolar
Estudiante
Comité de convivencia y/o comisión de evaluación y promoción de acuerdo con la naturaleza
del asunto. Es primera instancia para situaciones calificadas como matrícula en observación,
específicamente en los casos de prevención y mitigación de la violencia escolar.
7. Consejo directivo escolar es la última instancia en asuntos conciliables.
8. La Rectoría es la segunda instancia para situaciones calificadas como matricula en
observación.
ARTICULO 105. ATENCIÓN DE CASOS TIPO I. En la Institución Educativa existen mecanismos o
instancias que posibilitan la solución de problemas o situaciones especiales que por falta de
compromisos u otros motivos, se tenga que afrontar. Son el dialogo directo y las instancias de dialogo
de primera y segunda instancia cuya función es posibilitar espacios de interacción y desarrollo de
habilidades sociales y comunicativas; también el desarrollo y ejercicio de competencias ciudadanas
para el desarrollo y estimulo de la formación integral de la comunidad educativa.
ARTICULO 106. EL DIALOGO DIRECTO CON LA PERSONA IMPLICADA. Cuando el estudiante
presenta algún inconveniente con un par o con un docente puede hacer uso del conducto regular y
según sea el caso si es de tipología grave, deberá dirigirse a su director de grupo y al
- 47 -
representante de grupo. Allí expondrá su situación específica y si es necesario en compañía de
testigos de la afrenta, allí se encontrará presentes todos los implicados.
ARTICULO 107. Las faltas Tipo I se subdividen en manejo inadecuado de conflictos y situaciones que
afectan la sana convivencia
ARTICULO 108. ATENCIÓN DE CASOS TIPO II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión
escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (ciberbullying), que no reviste las características de la
comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: que se presenten
de manera repetida o sistemática o que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad
alguna para cualquiera de los involucrados. Estos casos serán atendidos en el Comité de Convivencia
Escolar y se activará la ruta de atención escolar para atender el caso.
ARTICULO 109. ATENCIÓN DE CASOS TIPO III. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión
escolar que atentan contra la vida, la integridad Sexual, física, emocional, psicológica y moral de los miembros
de la comunidad educativa. Estos casos serán atendidos en el Comité de Convivencia y se activará la ruta de
atención escolar para atender el caso.
6
TITULO IV ESTRATEGIAS PARA EL COMPONENTE DE PROMOCIÓN,
PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO.
ARTICULO 110. ESTRATEGIAS DE PROMOCIÓN. Para suscitar una sana convivencia y clima
escolar, que permita el ejercicio efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se
tendrán en cuenta las siguientes acciones:
1. Difusión de las normas legales que regulan estas materias y socialización y apropiación del
manual de convivencia.
2. Campaña institucional del buen trato liderado por los docentes.
ARTICULO 111. ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN. Para actuar oportunamente ante las conductas
que afectan la práctica efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos dentro del
ambiente escolar, se realizarán las siguientes acciones:
1. Pacto de aula. Es el acuerdo realizado por los estudiantes de cada curso, en el cual se definen
los mínimos de la convivencia desde la dignidad humana a la luz del Manual de Convivencia
Escolar. Dicho documento se firma en una dirección de curso y hará parte de la información
del salón. Sera entregado a la coordinación para su respectivo seguimiento y acompañamiento.
2. En la materia de sociales (área que lidera el proyecto de convivencia escolar), se realizarán
Comunidad Educativa sobre temas de convivencia en la semana institucional, o cuando lo
programen los docentes que lideran el proyecto de convivencia escolar (área de sociales).
ARTICULO 112. ESTRATEGIAS DE ATENCIÓN. Para favorecer a los miembros de la comunidad
educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos, se realizará el protocolo correspondiente después de la
identificación del caso, teniendo en cuenta que inmediatamente se tenga conocimiento de una
presunta situación de acoso escolar, el coordinador debe realizar una indagación preliminar inmediata,
- 48 -
escuchando a la víctima y a los presuntos victimarios con el objetivo de calificar y decidir si el asunto
se trata de una conducta típica de acoso escolar que reúna los requisitos de intencionalidad,
regularidad, sistematicidad, intimidación, ridiculización, difamación, coacción, amenaza o cualquier
maltrato psicológico o si se trata de un conflicto de convivencia no inscrito en la definición legal.
ARTICULO 113. ESTRATEGIAS PARA HACER SEGUIMIENTO. Para evaluar y aplicar estrategias
que impulse la promoción, prevención y atención a las situaciones propias de la institución, contando
con las entidades que integren el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, teniendo en cuenta:
1. La orientación escolar realizará un proceso de observación de grupo para asegurarse y apoyar
acciones para mantener un adecuado clima escolar. En caso contrario rendirá informe a
rectoría para ser notificado al Comité de Convivencia Escolar.
2. El director de grupo en la dirección de grupo hablará con los estudiantes y realizará observación
del grupo, en caso de persistir la situación rendirá informe a coordinación de convivencia.
3. La coordinación convocará el Consejo Estudiantil con una frecuencia de una vez por periodo
para evaluar, identificar y hacer seguimiento de los posibles casos de acoso escolar, o generar
actividades de prevención que mejoren el clima escolar, dejando actas. Elaborar informe con
soporte para la rectoría.
ARTICULO 114. PROTOCOLOS DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA
ESCOLAR. La Ruta de Atención Integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la
convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité de
Convivencia Escolar para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del Manual
de Convivencia.
ARTICULO 115. El componente de atención de la ruta será activado por el Comité de Convivencia
Escolar con la puesta en conocimiento por parte de la víctima, estudiantes, docentes, directivos
docentes, padres de familia o acudientes, de oficio por el Comité de Convivencia Escolar o por
cualquier persona que conozca de situaciones que afecten la convivencia.
ARTICULO 116. Los protocolos y procedimientos de la ruta de atención integral deberán considerar
como mínimo los siguientes postulados:
1. La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes
involucrados.
2. El conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de las víctimas y de los
generadores de los hechos violentos.
3. Se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados procurando encontrar
espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las
relaciones participativas, incluyentes, solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los
derechos humanos.
4. Se garantice la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso.
- 49 -
5. Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración
de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes que puedan ser resueltas
por las vías que establece el manual de convivencia y se requiera de la intervención de otras
entidades o instancias, serán trasladadas por la rectoría de la institución de conformidad con las
decisiones del Comité Escolar de Convivencia al ICBF, la Comisaría de Familia, la Personería
Municipal o a la Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda.
PARAGRAFO. Hacen parte de los Protocolos de la ruta de atención integral para la convivencia
escolar en este manual de convivencia y serán aplicados conforme a lo establecido los señalados en
al Anexo 1.
7
7.1
TITULO V DESEMPEÑO CONVIVENCIAL Y PROCEDIMIENTO EVALUATIVO
CAPITULO I DEL SEGUIMIENTO AL DESEMPEÑO CONVIVENCIAL
ARTICULO 117. El Proceso de Seguimiento al desempeño convivencial de los estudiantes tiene como
finalidad ayudar a que quienes presentan fallas en el cumplimiento de sus compromisos, valoren las
normas de comportamiento ético y social que se deben aplicar para mantener el ambiente y las
condiciones que requiere su desarrollo autónomo e integral. De acuerdo con lo anterior, el Proceso de
Seguimiento ofrece al estudiante amplias oportunidades para asumir de manera responsable y
consciente una nueva forma de cumplir sus compromisos, de reflexionar y analizar sobre los aspectos
que debe mejorar con la ayuda oportuna de profesores, padres, acudientes y demás miembros de la
comunidad; puede reconocer sus deficiencias y retomar la conciencia de los límites que no puede ni
debe traspasar porque perjudica a los demás y se perjudica a sí mismo.
ARTÍCULO 118. La escala de valoración convivencial es la siguiente:
* SUPERIOR. Cuando el estudiante evidencia un nivel muy alto de conciencia y actitud positiva en el
cumplimiento de las normas de convivencia de la Institución Educativa.
* ALTO. Cuando el estudiante evidencia un nivel alto de conciencia y actitud positiva en relación con
las normas de convivencia de la Institución Educativa.
* BÁSICO. Cuando el estudiante persiste en el incumplimiento de algunas de las normas de
convivencia de la Institución Educativa o incurra en una falta grave que conforme a lo decidido en el
Consejo de Ciclos no amerite las sanciones establecidas en los numerales 4 y 5 del artículo 19 de este
manual.
* BAJO. Cuando hay desconocimiento de los acuerdos adquiridos en los períodos anteriores, persiste
reiteradamente en el incumplimiento de sus compromisos y desaprovecha las oportunidades de mejora
que le brinda la institución para reforzar su proceso de formación. Esta valoración también se asigna
frente a faltas graves de acuerdo al estudio realizado por el Consejo de Ciclos.
PARÁGRAFO. Si un estudiante evidencia mejoramiento en el comportamiento y cumplimiento de sus
compromisos en el tiempo establecido, se hace un reconocimiento con una escala de valoración
convivencial superior. De lo contrario, se le valorará en una escala inferior. La valoración no puede
- 50 -
descender más de una escala en el informe siguiente, excepto en los casos especificados como
graves; en cambio, si puede ascender más de una escala, si el grado de superación es altamente
significativo.
7.2
CAPITULO II ACCIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA
ARTÍCULO 119. FALTAS LEVES. Son faltas en las cuales se puede incurrir en el acontecer diario
de la vida institucional, no recurrente y sin intencionalidad negativa, tales como:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
Llegadas tarde a la Institución Educativa o a clases, siempre y cuando no sean reiterativas.
Desconocimiento de los principios y/o valores institucionales.
Utilización de Vocabulario soez y/o modales inadecuados.
Portar los Trajes escolares inadecuadamente o en los días que no corresponden sin permiso del
coordinador.
Retirarse de la unidad de formación o de cualquier actividad sin el permiso correspondiente.
Desacato a las órdenes e indicaciones de los educadores.
Utilización inadecuada de los servicios de la Institución Educativa y materiales de trabajo.
Inadecuado uso del uniforme y porte de accesorios diferentes al mismo.
Presentarse a la Institución Educativa sin los implementos necesarios para las actividades
escolares.
Mal comportamiento en clase, en reuniones de comunidad o cualquier acto cívico o
cultural.
Usar el teléfono celular u otro elemento distractor dentro de la unidad de formación.
Irrespeto a los compañeros mediante abucheo, burla, apodos, etc.
No devolver desprendibles de circulares o citaciones.
No presentar las excusas dentro del tiempo oportuno.
Arrojar papeles y basura fuera de los recipientes destinados para ellos, mantener el aula
en desorden.
Masticar chicle o gomas y comer en la unidad de formación.
Mal comportamiento en la calle con el vestido escolar de la Institución Educativa o en actos
en que se esté en representación del mismo y lugares públicos.
Incumplir las responsabilidades que se le asignen o que voluntariamente asuma.
No respetar el conducto regular.
Evadir la unidad de formación de manera injustificada.
PARÁGRAFO: La reiteración de una falta leve por tres veces o la acumulación de tres o más
faltas leves se podrá considerar como falta grave y su seguimiento será el mismo de una falta
grave.
ARTÍCULO 120. FALTAS GRAVES. Son aquellas que muestran deficiencia en cuanto a la
comprensión y puesta en práctica de los principios, valores y normas establecidas en la
Institución Educativa de Santander, que implican directamente a la persona que las comete y
afectan a otras personas, tales como:
1. Apropiarse o sustraer bienes ajenos dentro o fuera de la institución.
- 51 -
2. Agredir a cualquier miembro de la comunidad educativa independientemente de la forma
y el medio.
3. Portar, comprar, vender, guardar o consumir sustancias psicoactivas dentro o fuera de las
instalaciones de la Institución Educativa o portando el traje escolar o uniforme de
educación física. Dentro de las sustancias psicoactivas se incluye el cigarrillo y el alcohol.
4. Presentarse bajo los efectos de sustancias psicoactivas a la Institución Educativa o a
cualquier actividad portando el traje escolar o el uniforme de educación física, o a las
actividades extracurriculares.
5. Realizar actos de vandalismo tales como provocar incendios, destruir mobiliario, daño a
instalaciones, dañar equipos, quitar o dañar señalizaciones y elementos de seguridad y
otras que por su naturaleza afecten la infraestructura física de la Institución Educativa.
6. Portar armas de cualquier clase.
7. Utilizar sustancias toxicas que atenten contra la salud pública.
8. Falsificar documentos, firmas y / o evaluaciones.
9. Salir de la Institución Educativa sin la autorización durante el horario académico.
10. Encubrir y/o ser cómplice de hechos que perjudiquen a personas de la comunidad y/o
institución.
11. Intimidar mediante actos que impidan el libre desarrollo o expresión de algún miembro de
la comunidad.
12. Suplantar a las personas para beneficio propio o de terceros.
13. Abrir casilleros que no sean de su uso personal sin la autorización del usuario asignado.
14. Realizar actos que atenten contra la vida e integridad de la persona.
15. Realizar actos que atenten contra la dignidad e intimidad de la persona (acoso sexual,
exhibición de órganos genitales, injurias, calumnias, etc.).
16. Difundir comentarios negativos con respecto a la orientación sexual o la identidad de
género de cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa
17. Otros comportamientos o deberes que, por su naturaleza, circunstancias y efectos aunque
no estén explícitamente mencionados en este numeral, representen grave riesgo para la
comunidad o se puedan constituir en infracción de carácter penal de acuerdo a las leyes
colombianas.
ARTICULO 121. FALTAS GRAVISIMAS.
1. Realizar alguna de las conductas descritas objetivamente en la ley penal como delito,
siempre y cuando perjudiquen los intereses de la Institución Educativa de alguno de los
miembros de la comunidad educativa.
2. Amenazar, coaccionar, injuriar o agredir física, verbal o simbólicamente a profesores,
funcionarios administrativos, estudiantes, familiares, contratistas, visitantes de la institución
o a cualquier miembro de la comunidad educativa
3. Acosar en todas sus formas, difamar o discriminar a algún miembro de la comunidad
educativa por motivos de género u orientación sexual, en desarrollo de las actividades
académicas o con ocasión de ellas.
4. La reiteración de una falta grave.
5. La concurrencia de una falta grave con agravantes.
- 52 -
ARTÍCULO 122. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES.
En aras de actuar con equidad y justicia en el proceso de aplicación de las sanciones es necesario
tener en cuenta si la persona:
1. Intentó evitar la falta.
2. Dio aviso inmediato de la falta a sus padres y a las personas encargadas de su dirección dentro
de la institución (profesores, director(a) de grupo, coordinadores, personal directivo, personal
administrativo, etc.).
3. Se responsabilizó de inmediato por las consecuencias de su falta, por ejemplo, reparar los daños
o pagar el costo de su recuperación y se esforzó desde el comienzo por minimizar los efectos
negativos de la misma.
4. Colaboró con las personas directamente afectadas por su falta en la búsqueda de soluciones
oportunas y eficaces.
5. Colaboró con la institución en el desarrollo de las investigaciones hasta esclarecer totalmente los
hechos.
6. No tener antecedentes por comisión de faltas anteriores.
ARTÍCULO 123. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES.
Como causa que agravan la responsabilidad de los hechos y los convierten en faltas gravísimas,
podemos considerar:
1. Intención dañina manifiesta en la acción o en el desconocimiento abierto de una advertencia previa.
2. Obstaculización de las investigaciones por acción u omisión a través de mentiras, engaños,
acomodación, manipulación o destrucción de la información para evadirla, desviarla o aminorar
responsabilidad de la falta o para encubrir responsable(s).
3. Irrespetar de palabra, amenazar y/o agredir físicamente a las personas que rinden testimonio en
su contra o adelantan averiguaciones que podrían acarréale sanción.
4. Ostentar una responsabilidad o dignidad dentro del gobierno escolar o delegación de funciones u
honorifica por parte de la Institución Educativa.
ARTÍCULO 124. Los actos de indisciplina de los estudiantes son objeto de medidas disciplinarias, las
cuales son de diferente índole, según su trascendencia, para que y el estudiante comprometido
reflexione sobre los hechos irregulares de su proceder pueda reorientar su conducta o su
comportamiento.
7.3
CAPITULO III DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS
ARTÍCULO 125. SANCIONES DISCIPLINARIAS. Las sanciones disciplinarias son las siguientes:
Ver Anexo 3
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Amonestaciones verbales o escritas.
Firma de compromiso de los estudiantes.
Firma de compromiso de los estudiantes y padres de familia.
Suspensión
No renovación de matrícula para el grado y año siguiente.
Cancelación de matrícula o exclusión de la Institución Educativa.
- 53 -
ARTICULO 126. Serán sancionados con amonestación verbal, las conductas leves cuando se realizan
por primera vez y no ameritan la firma de compromiso. La amonestación escrita se impondrá cuando
dicha conducta se reitere.
ARTICULO 127. Será de carácter obligatorio firmar compromiso, cuando la falta sea leve pero a criterio
del profesor competente se requiera dejar constancia de la falta mediante el mismo.
ARTICULO 128. Sera de carácter obligatorio firmar compromiso con el padre de familia, cuando la
falta leve se ha reiterado por el estudiante. El Director de grupo será el competente para dejar
constancia de la reiteración mediante el mismo.
ARTICULO 129. Las sanciones de los numerales 4, 5 y 6 del art. 125 de este manual, se impondrán
cuando la falta sea catalogada como grave. La misma será impuesta por el Consejo Directivo de la
Institución Educativa. Si la falta amerita su aplicación inmediata, será la establecida en el numeral 4
del artículo 125 de este manual. De lo contrario, se impondrá la descrita en el numeral 5 del mismo
artículo, y se le dará aplicación al término del año escolar respectivo.
7.4
CAPITULO IV ETAPAS DEL PROCESO DE SEGUIMIENTO
ARTÍCULO 130. Este procedimiento se aplica en cada una de las etapas descritas a continuación y
se establece teniendo en cuenta los criterios y escalas de valoración anteriormente mencionados. Del
proceso y decisiones de cada una de las etapas se deja registro escrito. El debido proceso comprende
Cinco (5) etapas.
ARTICULO 131. ETAPA UNO. En el caso de que cualquiera de los directivos o docentes de la
Institución Educativa, dentro o fuera de la institución observe un comportamiento contrario a los
deberes o prohibiciones establecidos en el Manual de Convivencia, a excepción de las faltas graves o
gravísimas consideradas en este manual, se aplicará el siguiente procedimiento:
1. Se procederá a dialogar con el estudiante invitándolo a reflexionar sobre los motivos o causas de
dicho comportamiento, haciéndole las recomendaciones pertinentes y procurando que el resultado
del diálogo sea un compromiso de mejoramiento por parte del estudiante.
2. Se aplicarán actividades de formación como complemento de dicho compromiso.
3. Dichas recomendaciones en caso de que se considere que la falta ha sido leve y lo amerita podrán
ser registradas mediante un compromiso escrito en el observador entre el estudiante y el profesor
o directivo que atendió el caso como parte del seguimiento sistemático, pero no implica modificar
su valoración de SUPERIOR en comportamiento.
4. Se espera que la observación, orientación oportuna y el compromiso suscrito sean suficientes para
que el estudiante que infrinja el Manual de Convivencia, reflexione y mejore su comportamiento.
ARTICULO 132. ETAPA DOS. Cuando el estudiante incumpla sus compromisos, a pesar de las
observaciones hechas en la etapa anterior, se aplicará el siguiente procedimiento:
1. Análisis de la situación y los compromisos del estudiante. Este análisis debe ser realizado
principalmente por el mismo estudiante que está incumpliendo los compromisos y el Director de
Grupo debe apoyar su reflexión utilizando estrategias tales como: Entrevista personal, diálogo con
- 54 -
2.
3.
4.
5.
6.
7.
otros estudiantes, solicitud de un trabajo escrito o desarrollo de una acción social sobre la
importancia de la convivencia o del compromiso en el que está fallando.
La entrevista personal se hará con la presencia del personero estudiantil o el representante del
curso respectivo, con el fin de que sea garante de los derechos del estudiante y del cumplimiento
del debido proceso. Para ello se dejará constancia de su presencia durante la misma y se
constatará con su firma en el observador del estudiante.
El análisis concluirá con unos acuerdos y compromisos de mejoramiento, los cuales serán suscritos
entre el estudiante y el director de grupo con la firma de los padres y/o acudiente, quienes serán
notificados personalmente de la situación y hacen parte indispensable del proceso.
Valoración del comportamiento al finalizar el período. El Director de Grupo establecerá la
valoración correspondiente, teniendo en cuenta la autoevaluación del estudiante, los informes
entregados por los profesores, las versiones del estudiante y el cumplimiento del compromiso
suscrito al inicio de esta etapa. Es importante que el estudiante comprenda la valoración de su
comportamiento como parte de su proceso de autoevaluación integral y de la construcción de su
proyecto de vida.
Se remitirán a orientación escolar los casos que lo ameriten.
Registro de la situación en la hoja de vida del estudiante, que administra el Director de Grupo.
La escala de valoración del comportamiento que se asigna en este caso es de ALTO.
ARTICULO 133. ETAPA TRES. En el caso de que el estudiante continúe incumpliendo los
compromisos señalados, se realizará el siguiente procedimiento:
1. Se citará nuevamente a los padres de familia quienes, junto con el estudiante para que el Director
de Grupo y el Coordinador, analizan la situación y precisan las causas para acordar los nuevos
correctivos educativos.
2. De esta reunión debe quedar un informe escrito. La valoración del comportamiento del estudiante
para este caso será de BÁSICO y se le hará entrega al estudiante del plan de mejora convivencial.
3. Si por petición de cualquiera de las partes que intervienen en el proceso, se solicita atención
especial para el estudiante y/o los padres de familia y/o acudiente, el caso será remitido al
orientador escolar para remitir a la entidad correspondiente para dar apoyo psicológico o la
asistencia a talleres de superación personal.
ARTICULO 134. ETAPA CUATRO. En caso de que el estudiante siga manifestando una actitud
abiertamente negativa y persista en el incumplimiento de sus compromisos, se realizará el siguiente
procedimiento:
1. El Coordinador citará nuevamente, a los padres de familia y/o acudiente y se les darán a conocer
las evidencias de incumplimiento de los acuerdos pactados en la etapa anterior y firmarán un acta
de convivencia, donde se establecerán nuevos acuerdos con los cuales se debe reforzar el proceso
educativo y formativo de superación. Este compromete tanto al estudiante como a los padres de
familia y/o acudiente.
2. El Coordinador evaluará los acuerdos pactados en un acta de convivencia y de presentarse
incumplimiento remitirá el caso para que sea estudiado por el Comité de Convivencia en donde se
tomarán las decisiones pertinentes.
3. El coordinador citará a los involucrados a una reunión con el Comité de Convivencia. Esta reunión,
se hará con la presencia del estudiante, padres de familia y/o acudiente, un representante de los
- 55 -
4.
5.
6.
7.
padres de familia designado por el Consejo de Padres, un estudiante designado por el Consejo
Estudiantil y un estudiante del consultorio jurídico que se le asigne al estudiante citado, con el fin
de que sean garantes de los derechos del estudiante y sus padres o acudiente, y del cumplimiento
del debido proceso. Para ello se dejará constancia de su presencia durante la misma y se
constatará con su firma en el acta que para el efecto se levante.
En caso de que, una vez realizada la anterior reunión, si el Comité de convivencia decide como
valoración convivencial BAJO, el caso será remitido para estudio del Consejo Directivo.
El Coordinador comunicará a los padres de familia y/o acudientes, al consejo de padres, al consejo
estudiantil y al consultorio jurídico que asesora al estudiante citado sobre la decisión tomada.
Dicha decisión tendrá el recurso de apelación ante la Rectoría de la Institución Educativa. Dicho
recurso será resuelto dentro de los cinco (5) días siguientes a su recepción. Dicha decisión se
notificará a los padres de familia y/o acudiente, al consejo de padres, al consejo estudiantil y al
consultorio jurídico que asesora al estudiante.
El estudiante en esta situación recibe atención por el orientador escolar de la Institución Educativa.
Si esta área lo considera necesario, remitirá la atención a la entidad de salud para su atención por
otros especialistas.
ARTICULO 135. ETAPA CINCO. La Rectoría citará al Consejo Directivo para que, en reunión ordinaria
o extraordinaria, tome la decisión pertinente velando por el cumplimiento del debido proceso y demás
garantías. El Consejo Directivo es la última instancia, quien notificará la decisión adoptada a los
interesados.
7.5
CAPITULO V PROCESO DISCIPLINARIO FALTAS GRAVES CASOS ESPECIALES
ARTÍCULO 136. PROCESO DISCIPLINARIO PARA FALTAS GRAVES CASOS ESPECIALES. Los
comportamientos que por sus características ameritan un procedimiento disciplinario especial, son
aquellos que representan un grave riesgo o perjuicio para la comunidad, y corresponden a las faltas
definidas en este manual.
ARTICULO 137. Serán competencia del Comité de Convivencia la aplicación del siguiente
procedimiento para los casos especiales:
1. Verificación. Con el fin de aclarar los hechos que se hayan presentado ante el Coordinador por
parte del Director de Grupo respectivo, se reunirán junto con el estudiante implicado acompañado
del personero escolar o el representante del curso del estudiante citado, para hacer el análisis y
el registro de los hechos.
2. Comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario. El Coordinador citará de
inmediato a los padres o acudientes del estudiante con el fin de informarlos de manera clara y
precisa de los hechos, de las conductas y las posibles faltas disciplinarias a que esas conductas
dan lugar, con la indicación de las normas que las determinan. De igual manera se trasladan al
estudiante y a los padres o acudientes todas y cada una de las pruebas que fundamentan los
cargos formulados. También se les informará que se remitirá comunicación de la apertura del
proceso disciplinario al personero escolar, al consejo estudiantil, al consultorio jurídico y al consejo
de padres para que adelanten el respectivo acompañamiento.
- 56 -
3. Presentación de Descargos. Una vez notificadas las partes, el personero escolar, el consejo
estudiantil y el consultorio jurídico, el estudiante y sus padres y/o acudiente tendrán un término de
diez (10) días para preparar su defensa.
4. Fijación Audiencia. Una vez transcurrido este término, el Comité de convivencia señalará fecha,
hora y lugar para la realización de la audiencia reglamentada para la etapa cuatro de este manual,
y se seguirá dicho procedimiento.
5. Audiencia. En esta, con la presencia de un representante de los padres de familia designado por
el Consejo de Padres, un representante de los estudiantes designado por el Consejo de
Estudiantil, el Personero Escolar y el estudiante de consultorio jurídico designado, controvertir las
pruebas alegadas en su contra y aportar las que considera necesarias para sustentar sus
descargos. Los padres de familia y/o acudiente podrán también presentar por escrito su concepto
al respecto.
6. Valoración convivencial por parte del Comité. De acuerdo con la evaluación del caso y después
de analizar las pruebas aportadas, la versión escrita del estudiante sobre la situación presentada
y la de sus padres de familia o acudiente del estudiante implicado, el Consejo podrá tomar una de
las siguientes determinaciones:
a. Asignar valoración convivencial DESEMPEÑO BASICO y señalar mediante compromisos las
acciones formativas y el seguimiento para la superación de la falta cometida.
b. Asignar valoración convivencial DESEMPEÑO BAJO y como consecuencia procederá a
solicitar al Consejo Directivo la suspensión del estudiante, la cancelación de la matrícula o
solicitar al Consejo Directivo la no renovación de la misma para el siguiente año al Consejo
Directivo.
7. Si los acuerdos suscritos con el estudiante se incumplen, el Coordinador solicitará al Consejo la
determinación de asignar valoración convivencial DESEMPEÑO BAJO al estudiante, y así dar
aplicación a lo establecido para cuando se asigna dicha valoración, según lo señalado para la
etapa cuatro y cinco de este manual
8
TITULO VI REQUISITOS PARA LA RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA
ARTÍCULO 138. La Matricula es el vínculo contractual con la Institución Educativa. Allí se establecen
las condiciones en que se desarrollara la labor educativa de la Institución Educativa con cada
estudiante y se definen los derechos y obligaciones entre las partes. Para tener derecho a cupo para
el grado siguiente se debe cumplir con las siguientes condiciones:
1. Haber sido promovido al grado siguiente.
2. Tener una valoración convivencial final de Básico, Alto, o Superior
3. Estar a paz y salvo con todas las dependencias de la institución (Biblioteca, banda marcial, pilón,
talleres, ciclos, áreas, etc.) y compromisos económicos derivados de los servicios prestados.
ARTÍCULO 139. Los estudiantes que soliciten repetición de grado deben tener valoración convivencial
final en Superior o Alto.
ARTÍCULO 140. No se renueva la matrícula a los estudiantes cuyos padres hayan incumplido los
compromisos con la Institución Educativa y los compromisos firmados con el Coordinador, orientador
escolar, Director de Grupo o por decisión del Consejo Directivo de la Institución Educativa de
conformidad a lo establecido en este manual
- 57 -
ARTICULO 141. Este manual deroga todas las normas y disposiciones anteriores que le sean
contrarias.
Este manual fue aprobado en sesión del consejo Directivo de la Institución Educativa de Santander en
reunión del día del mes de 2023, y para constancia firman:
______________________________
Rector (a):
Ana Isabel Pino Sánchez
C.C: 37,324,441
______________________________
Representante Docentes Secundaria
Fabiola Cantillo Echavarria
C.C: 37,919,365
______________________________
Representante Docentes Primaria
Adriana Dueñas Cacua
C.C: 63,332,896
______________________________
Representante de los Estudiantes
Barbara Julieth Ramírez Vásquez
C.C: 1,127,610,334
______________________________
Representante de los Egresados
Victor Manuel Angulo
C.C: 13,809,009
________________________________
Representante de los Padres de Familia
Eliana Bonalde
C.E: 591267
________________________________
Representante sector Productivo
Jairo Augusto Castro Castro
C.C: 91,289,007
- 58 -
9
BIBLIOGRAFIA.
1. Protocolo para el abordaje pedagógico de situaciones de riesgo en el marco de la ruta de
atención integral para la convivencia escolar y situaciones como Consumo de sustancias
psicoactivas, Violencias basadas en Genero VBG, Conducta suicida
https://www.colombiaaprende.edu.co/sites/default/files/files_public/202104/PEQ_Abordaje%20pedag%C3%B3gico%20de%20situaciones%20de%20riesgo.pdf
2. Racismo y Discriminación Étnico-Racial.
https://www.colombiaaprende.edu.co/sites/default/files/files_public/202209/Racismo%20y%20Xenofobia_compressed-min.pdf
3. Xenofobia https://www.colombiaaprende.edu.co/sites/default/files/files_public/202209/Racismo%20y%20Xenofobia_compressed-min.pdf
4. Prevención del ciberacoso y delitos en medios digitales
https://www.colombiaaprende.edu.co/sites/default/files/files_public/202104/PEQ_protocolo%20ciberacoso.pdf
10 ANEXOS.
- 59 -
1.1
ANEXO 1
- 60 -
1.2
ANEXO 2
CONDUCTO REGULAR
61
1.3
ANEXO 3
62
1.4
ANEXO 4
63
1.5
ANEXO 5
64
1.6
ANEXO 6
65
1.7
ANEXO 7
66
1.8
ANEXO 8
67
1.9
ANEXO 9
68
1.10 ANEXO 10
69
1.11 ANEXO 11
PROTOCOLO DE ATENCIÓN
PARA PRESUNTAS
SITUACIONES DE
INCUMPLIMIENTO,
NEGLIGENCIA O
ABANDONO DE LAS
RESPONSABILIDADES DE
LAS FAMILIAS Y PERSONAS
CUIDADORAS.
70
1.12 ANEXO 12
PROTOCOLO DE
ABORDAJE INTEGRAL
PARA SITUACIONES DE
PRESUNTA VIOLENCIA
EN EL CONTEXTO
FAMILIAR.
SEB
71
1.13 ANEXO 13
PROTOCOLO DE
ATENCIÓN PARA
SITUACIONES DE
PRESUNTA
VIOLENCIA SEXUAL.
11. Reportar a inspección y
vigilancia de la SEB
11. Reportar a la Oficina de Control
Disciplinario la SEB
SEB
72
1.14 ANEXO 14
PROTOCOLO DE
ATENCIÓN PARA
SITUACIONES DE
PRESUNTA VIOLENCIA
CONTRA NIÑAS,
ADOLESCENTES Y
MUJERES POR
RAZONES DE GÉNERO.
SEB
13. Reportar a inspección y
vigilancia de la SEB
12. Reportar a Control Disciplinario de la SEB
SEB
73
1.15 ANEXO 15
PROTOCOLO DE
ATENCIÓN PARA
SITUACIONES DE
HOSTIGAMIENTO Y
DISCRIMINACIÓN POR
ORIENTACIONES
SEXUALES,
IDENTIDADES Y
EXPRESIONES DE
GÉNERO DIVERSAS.
SEB
SEB
SEB
SEB
SEB
74
1.16 ANEXO 16
PROTOCOLO DE
PREVENCIÓN Y
ATENCIÓN DE CASOS
DE PRESUNTA
XENOFOBIA
SEB
SEB
SEB
SEB
SEB
75
1.17 ANEXO 17
PROTOCOLO DE
ATENCIÓN DE NIÑOS,
NIÑAS,
ADOLESCENTES Y
JÓVENES CON
PRESUNTO
CONSUMO DE
SUSTANCIAS
PSICOACTIVAS (SPA)
SEB
SEB
76
1.18 ANEXO 18
PROTOCOLO DE ATENCIÓN PARA
SITUACIONES DE CONDUCTA
SUICIDA NO FATAL EN NIÑOS, NIÑAS,
ADOLESCENTES Y JÓVENES
(IDEACIÓN,
AMENAZA O INTENTO)
77
1.19 ANEXO 19
PROTOCOLO DE ATENCIÓN
PARA SITUACIONES DE
EMBARAZO ADOLESCENTE,
PATERNIDAD Y/O MATERNIDAD
TEMPRANA.
El NNA o un tercero reporta sobre situación de embarazo adolescente o
experiencia de paternidad y/o maternidad temprana
Identificación de factores o indicios de intención o riesgo de
adolescente, paternidad y/o maternidad
1. Obtener más información sobre la situación en
conversación privada con el NNA
2. Garantizar la entrega de
necesaria y
completa sobre la oferta programas y servicios
sociales por parte
ICBF, las entidades de salud y
redes de
¿Se presenta
situación de
adolescente,
y/o
NO
SI
3. Establecer compromisos con el NNA y padres de
familia o acudiente
¿El NNA
de
4. Realizar seguimiento a los compromisos
presunta
S. Activar el protocolo
atención de
violencia
SI
NO
establecidos
6. Elaborar reporte
7. Contactar a los padres de familia y/o acudiente
del NNA
8. Garantizar la entrega de
necesaria
y completa para la toma decisiones
9. Remitir a la oferta de programas y servicios sociales
10. Remitir al Centro Zonal del ICBF
11. Remitir a entidades de salud
12. Registrar en el Sistema
Alertas de la
Fin
16. Realizar cierre del
Sistema de Alertas
en el
la
1S. Adoptar e implementar acciones de
promoción y prevención
13. Garantizar la continuidad del NNA
en el sistema educativo
14. Realizar seguimiento en los meses 1, 3, 6 y 9 posteriores a la
identificación del caso y después
evento
78
1.20 ANEXO 20
PROTOCOLO DE ATENCIÓN
PARA SITUACIONES DE
PRESUNTO TRABAJO
INFANTIL O AMENAZA DE
ESTARLO.
El NNA presenta señales de
infantil o en riesgo
trabajo
Se reconoce trabajo infantil de aplicado el
instrumento de identificación de NNA
El NNA, un miembro de la comunidad
tercero reportan presunto
infantil
o en riesgo de
1. Identificar señales o indicios
trabajo infantil o riesgo
actividades laborales
2. Obtener más información
¿ El NNA
encuentra
en una situación
trabajo
S. Contactar a la
del NNA para
acudientes
situación y
¿El
7. Elaborar
un
para la integridad
3. Contactar a la
o
acudiente del
reconocer situación y
evitar inicio
¿ El
está en
riesgo de trabajo
infantil?
8. Remitir al Centro
6. Realizar seguimiento
la
familia
9. Ingresar la información en
Sistema de Alertas de
4. Priorizar
NNA cumple con los
requisitos?
10. Realizar
acompañamiento
y
11. Adoptar e implementar
promoción y prevención en
comité escolar
de
marco del
12. Realizar cierre del caso
Sistema de Alertas de
caso de haber
el
en
79
1.21 ANEXO 21
PROTOCOLO DE ATENCIÓN
PARA SITUACIONES DE
PRESUNTOS CASOS QUE
COMPETEN AL SISTEMA DE
RESPONSABILIDAD PENAL
PARA ADOLESCENTES.
SEB
SEB
80
1.22 ANEXO 22
PROTOCOLO DE ATENCIÓN
PARA LA PREVENCIÓN DEL
RECLUTAMIENTO, USO Y
UTILIZACIÓN DE NIÑOS, NIÑAS
Y ADOLESCENTES
81
1.23 ANEXO 23
PROTOCOLO DE ATENCIÓN
PARA SITUACIONES DE
PRESUNTA AGRESIÓN Y
ACOSO ESCOLAR.
Un miembro de
educativa
presenta señales indicios de presunta
agresión acoso
Reporte de situación de agresión
acoso por parte de los miembros de
comunidad educativa o de
Se identifica en flagrancia una presunta
acoso escolar o situación reciente que
daños al cuerpo o a la salud de
2. Obtener más información sobre la
y de los
1. Identificar señales o indicios
presunta agresión y acoso
y
6. Solicitar apoyo a
línea 123 y al
de la Policía
¿Se trata
tipo
7. Remitir a la
víctima a la entidad
salud más
3. Valorar el estado físico, emocional y material de
persona objeto de la agresión y
4. Contactar los
de familia o
de los
4. Contactar los padres de familia o acudientes de
NNA
¿La
víctima
Elaborar
10. Reportar en el Sistema de
Alertas
la SED los casos de
18. Reportar a
Disciplinario de la
la Personería
agresor
ya
público
la
17. Reportar
Inspección y
de la SEB
9. Poner
Situación al Comité Escolar
¿El
agresor
mayor
de 14 menor de
1s. Reportar a
Fiscalía General de
Nación
de
14. Activar el
de atención del
de
Penal
para
¿El
agresor
de
8. Reportar al
¿Se
de
menor
13. Remitir el
Centro Zonal del
de la localidad
tipo
11. Contactar a
Policía de
y
No
16. Garantizar
continuidad del NNA
el sistema
19. Adoptar e implementar acciones de
y prevención (Abordaje en el aula y
compromisos de reparación y
20. Realizar
seguimiento al caso
12. Activar el protocolo
atención de presunta
21. Realizar cierre del caso
Sistema de Alertas de la SEB
situaciones tipo II y
82
1.24 ANEXO 24
PROTOCOLO DE ATENCIÓN
PARA SITUACIONES DE
PRESUNTO RACISMO Y
DISCRIMINACIÓN ÉTNICO
RACIAL.
Reporte de una situación de racismo y
discriminación étnico-racial por parte de la
víctima, de un o una integrante de la comunidad
educativa o de un tercero
Una persona de la comunidad educativa
presenta señales o indicios de presunto
racismo y discriminación étnico-racial
1. Identificar señales o indicios de
presunto racismo y discriminación étnicoracial
¿Se identifica una
situación de presunto
racismo y discriminación
étnico - racial?
Sí
Se identifica en flagrancia un caso de racismo y discriminación
étnico racial reciente que afecte la integridad física y/o mental de
una persona de la comunidad educativa (daños al cuerpo o a la
salud)
3. Solicitar apoyo para el traslado
del afectado para atención de la
urgencia médica (Para todos los
casos 123, EPS del afectado.
2. Obtener más información de los
hechos y documentar la situación
4. Solicitar apoyo de la Policía
Infancia y Adolescencia para
los casos de NNA) y/o al
cuadrante de Policía Nacional
5. Contactar a la DIIP de la SEB para recibir
asesoría sobre el abordaje de la situación
(activa 5.1) La IE avanza en los registros y
reportes de acuerdo a la situación.
5.1. Activación de Ruta de Prevención,
Atención y Seguimiento a Presunto Casos
de Racismo y Discriminación Étnico Racial
No
Sí
7. Registrar en el Sistema de
Alertas de la SEB y elaborar
reporte
8. Contactar a los padres de
familia o acudientes de los NNA
afectados
9. Solicitar apoyo de la Policía de
Infancia y Adolescencia para el
traslado del NNA
No
¿La presunta
víctima es un
NNA?
6. Elaborar reporte
11. Poner en conocimiento la
situación al Comité Escolar de
Convivencia
¿El presunto
agresor es menor
de 14 años?
No
¿El presunto
agresor es mayor
de 14 y menor de
18 años?
No
14. Denunciar ante la fiscalía
general de la Nación
Sí
Sí
1O. Reportar al Centro Zonal del
ICBF para restablecimiento de
derechos
Componente de Atención Pedagógico
Componente de Atención Integral
Componente de Atención Comunitario
12. Reportar el caso al Centro
Zonal del ICBF de la
Localidad del presunto
agresor
13. Activar el protocolo de
atención de casos del
Sistema de Responsabilidad
Penal para Adolescentes
No
¿El presunto agresor
es funcionario público
de la IED?
Sí
16. Reportar a Inspección y Vigilancia de
la SED y a la Personería
17. Realizar seguimiento al caso Adoptar e
implementar acciones de promoción y prevención
(Abordaje institucional para establecer medidas de
reparación y no repetición)
18. Realizar cierre del caso en el Sistema de Alertas
de la SEB en caso de haber sido reportado y cuando
las causas que dieron origen a la alerta fueron
atendidas de manera integral por las entidades
competentes.
15. Reportar a la DILE, a la
Oficina de Control Disciplinario
de la SEB y a la Personería
19. Cada entidad participante en la
atención del caso deberá remitir un
informe a la SEB de las acciones
desarrolladas, quien consolidará y remitirá
al afectado.
Fin
83
1.25 ANEXO 25
PROTOCOLO DE ATENCIÓN
DE SINIESTROS VIALES
PARA ESTABLECIMIENTOS
EDUCATIVOS
SEB
SEB
84
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