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Bogotá D.C. 27 de abril de 2023.
Señor (a):
RONALD QUEVEDO RODRIGUEZ
rq2@hotmail.com
REFERENCIA: Respuesta Derecho De petición.
Respetado señor(a).
Acusamos recibido de su solicitud, esto nos permite mejorar la calidad e idoneidad de los
servicios que prestamos; procedemos a dar respuesta en los siguientes términos:
I.
CONSIDERACIONES PREVIAS:
1. En su calidad de persona natural suscribió productos financieros con BANCO DE
OCCIDENTE fue:
LINEA
No. Del Producto
TARJETA DE CREDITO
06540625733746455100
2. Para poder disfrutar de tales servicios financieros, usted suscribió pagaré en blanco con su
respectiva carta de instrucciones, que respaldan de manera personal el pago de dicha
obligación.
3. Que el pagaré suscrito por el peticionario fue endosado por el BANCO DE OCCIDENTE
a favor de GRUPO JURÍDICO DEUDU S.AS. mediante endoso y/o compraventa de
derechos de crédito y cartera de títulos valores (Ley de circulación de los títulos valores),
el pasado 15 de junio de 2021.
4. Por lo tanto, GRUPO JURÍDICO DEUDU S.A.S es el tenedor legítimo de buena
fe exento de culpa del título valor y propietario de los derechos patrimoniales
incorporados en la obligación a cargo del peticionario.
II.
DE LO REQUERIDO:
1. Conforme lo manifestado por usted, Sea lo primero informar que, GRUPO JURÍDICO
DEUDU S.A.S. reconoce los derechos del peticionario, dicho lo anterior nos permitimos
indicarle que, las facultades que le asisten a GRUPO JURÍDICO DEUDU S.A.S, es hacer
valer su derecho como acreedor legítimo de buena fe el cesar las gestiones de cobro no fue
una condición y/o estipulación que se hubiera recogido en algún acuerdo, pues en su caso
particular las diferentes gestiones que se han realizado giran en torno a establecer
recordatorios para que el titular haga los pagos en las fechas acordadas, y a fin de poder
informarle los saldos al día, y los saldos pendientes de pago, así como una invariable
Carrera 42B No. 12B - 56 Puente Aranda– PBX: 7457211
E-mail: info@grupojuridico.co
WEB: www.deudu.co
Bogotá D.C.
persuasión respecto de la obligación que hasta que no se culmine con el pago de la última
cuota no se entenderá saldada.
En ese orden de ideas, hacemos saber al peticionario que, hasta que no se verifique el pago
total de la obligación GRUPO JURÍDICO DEUDU S.A.S. continuara con las gestiones de
cobro, informándole que, esta empresa cuenta con un sistema integrado de gestión que de
manera automática e indiferente adelanta la gestión de cobro de todos los titulares que hasta
el momento no registran el pago total en sistema, es decir que, el sistema de manera
automática e inteligente envía masivamente a todos los titulares (sin pago) mensajes de
WhatsApp, mensajes de texto, y mensajes al correo electrónico persuadiéndolos del estado
de sus obligaciones, esto es: que se encuentran insolutas e impagas.
Para finalizar GRUPO JURÍDICO DEUDU S.A.S. lo invita a realizar el pago oportuno de
sus obligaciones, o llegar a un acuerdo de pago, de cualquier modo, se le suministraran los
canales de atención con el ánimo de que realice dicho trámite.
Esperamos haber atendido con éxito su solicitud, e informamos que en caso de requerir
información adicional GRUPO JURÍDICO DEUDU S.A.S. está ubicado en la Carrera 42
B No. 12 B-56 Zona Industrial Puente Aranda de Bogotá D.C., PBX 7457211 CEL 333
0333666 sitio web www.grupojuridico.co y www.deudu.co
Esperamos haber atendido con éxito su solicitud
Cordialmente,
GRUPO JURÍDICO DEUDU S.A.S.
Nit. 900.618.838-3
Servicio al Cliente.
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