Docente: Lic. Ricardo Ramiro Tola Fernández Estudiantes: Univ. Chávez Condori Melany Sarah Univ. Copana Ucharico Efraín Santos Univ. Escobar Quispe Andrea Univ. Flores Vargas Erland Mario Univ. León Apaza Carlos Enrique Univ. Mamani Carpio Pedro Ismael Univ. Mondaca Ibáñez Rita Rosario Univ. Otero Catalán Franci Mishell Univ. Ponce Balcázar Mary Helen Univ. Vargas Quispe Jesica Estefany LA PAZ- BOLIVIA 2021 INDICE INDICE ....................................................................................................................................... 2 1. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................. 5 2. BREVE HISTORIA ................................................................................................................ 7 3. 2.1. HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL NACIONAL .................................................... 7 2.2. HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL INTERNACIONAL........................................... 8 MARCO TEÓRICO ............................................................................................................ 10 3.1 CONCEPTO DE LA SEGURIDADA SOCIAL ................................................................ 10 3.2 EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL ............................................. 12 3.2.1 EL MUTUALISMO ............................................................................................ 13 3.2.2 SEGURO PRIVADO .......................................................................................... 14 3.2.3 AHORRO PRIVADO ......................................................................................... 14 3.2.4 ASISTENCIA SOCIAL ........................................................................................ 14 3.2.5 SISTEMAS INICIALES DE PROTECCIÓN ........................................................... 15 3.2.6 SEGUROS SOCIALES ........................................................................................ 16 3.2.7 SEGURIDAD SOCIAL ........................................................................................ 16 3.3 LA SEGURIDAD SOCIAL EN BOLIVIA ....................................................................... 18 3.3.1 ANTENCEDENTES HISTORICOS ....................................................................... 18 3.3.2 CODIGO DE SEGURIDAD SOCIAL .................................................................... 19 3.4 PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CONSTITUCIÓN POLITICA DEL ESTADO 23 3.4.1 PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD ...................................................................... 23 3.4.2 PRINCIPIO DE INTEGRALIDAD ........................................................................ 23 3.4.3 PRINCIPIO DE EQUIDAD ................................................................................. 24 3.4.4 PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD .......................................................................... 24 3.4.5 PRINCIPIO UNIDAD DE GESTION .................................................................... 24 3.4.6 PRINCIPIO DE ECONOMIA .............................................................................. 25 3.4.7 PRINCIPIO DE INTERCULTURALIDAD.............................................................. 25 3.5 3.5.1 TIPOS DE AUDITORIA...................................................................................... 26 3.5.2 FUNCION DE LA AUDITORIA ........................................................................... 30 3.5.3 PROCEDIMIENTO DE LA AUDITORIA .............................................................. 30 3.5.4 NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS ............................... 32 3.5.5 EVIDENCIA DE AUDITORIA ............................................................................. 32 3.5.6 PAPELES DE TRABAJO DE LA AUDITORIA....................................................... 33 3.6 SEGUROS DE LARGO Y CORTO PLAZO.................................................................... 36 3.6.1 SEGUROS DE CORTO PLAZO ........................................................................... 36 3.6.2 SEGUROS DE LARGO PLAZO ........................................................................... 38 3.7 LA IGUALDAD DE GÉNERO ..................................................................................... 39 3.7.1 GENERO........................................................................................................... 40 3.7.2 LAS MUJERES Y EL DESARROLLLO .................................................................. 40 3.7.3 LA IGUALDAD .................................................................................................. 41 3.7.4 LA EQUIDAD .................................................................................................... 42 3.7.5 SEGURIDAD SOCIAL ........................................................................................ 42 3.7.6 NORMAS INTERNACIONALES DEL TRABAJO E IGUALDAD DE GÉNERO ........ 43 3.7.7 EL VÍNCULO EXISTENTE ENTRE LA PROTECCION SOCIAL Y EL GÉNERO ........ 44 3.8 MEDIDAS PARA OTORGAR LA IGUALDAD A TRAVES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL45 3.8.1 PRESTACIONES POR HIJOS A CARGO ............................................................. 45 3.8.2 LICENCIA Y PRESTACIONES PARENTALES DEL CUIDADO INFANTIL............... 46 3.8.3 EDAD DE JUBILACIÓN ..................................................................................... 46 3.8.4 PENSIONES DE SUPERVIVIENTE ..................................................................... 46 3.9 4 CONCEPTOS GENERALES -AUDITORIA ................................................................... 25 SISTEMA DE REPARTO ............................................................................................ 46 3.9.2 DISCRIMACIÓN ............................................................................................... 47 3.9.3 BENEFICIARIO ................................................................................................. 47 3.9.4 LA RENTA ........................................................................................................ 47 3.9.5 TRABAJADOR ASEGURADO ............................................................................ 49 3.9.6 PENSION.......................................................................................................... 50 ESTUDIO LEGISLATIVO .................................................................................................... 51 4.1 SEGÚN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO (C.P.E.) ................................... 52 4.2 SEGÚN LA LEY GENERAL DEL TRABAJO (L.G.T.) ..................................................... 53 4.3 SEGÚN EL REGLAMENTO DE CÓDIGO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 1959 56 4.4 CONVENIOS INTERNACIONALES ............................................................................ 57 5 CONCLUSIONES ............................................................................................................... 59 6 BIBLIOGRAFIA .................................................................................................................. 60 7 ANEXOS ........................................................................................................................... 64 1. INTRODUCCIÓN En el presente trabajo se pretende describir y dar a conocer el sistema de seguro de salud en Bolivia que garantiza a la población nacional contra los precios del apoyo higiénico, tomando en cuenta la evolución histórica de la seguridad social que conlleva el mutualismo, el seguro privado, ahorro privado, asistencia social y demás aspectos que estaremos viendo en el presente trabajo. Debido a los antecedentes históricos de la seguridad social en Bolivia podemos deducir que este sufrió cambios importantes, beneficiando y favoreciendo la protección del trabajador y mayormente a su entorno familiar, durante los años 1940 y 1950, también dando origen al Código de Seguridad Social Boliviano, promulgado el 14 de diciembre de 1956, se inspira en la Norma mínima de la OIT. Los conceptos generales de auditoria son considerados como un proceso para verificar evidencias sobre actividades económicas y financieras, con el fin de dar a conocer los resultados en un informe que tenga observaciones, conclusiones y recomendaciones, también tenemos muchos tipos de auditoria. Como ser la auditoria de estados financieros que su objetivo es realizar un examen sistemático, la auditoría externa que utiliza técnicas sobre como operar un sistema y expresar, la auditoría interna tiene una organización (integridad, competencia, objetividad, capacidad, cuenta, calidad, comunicación efectiva, análisis, mejoramiento). También tenemos la auditoría de cumplimiento es sistemática y objetiva además se enfoca en verificar si un asunto cumple con las regulaciones o criterios, la auditoria operacional analiza ciertos aspectos es diferente de una auditoría interna, donde el objetivo es investigar la adecuación de los controles y evaluar la presentación de los estados financieros, la auditoria forense esta combate el fraude es una de las principales preocupaciones de una entidad y estas se burlan de las normas legales. La función de auditoría interna vigila el cumplimiento de los controles internos diseñados por la gerencia, y agrega valor a la organización dando recomendaciones para corregir las debilidades de control interno y para mejorar la energía de los procesos, donde los procedimientos analíticos son evaluaciones que realiza el auditor a los estados financieros y que consisten en comparar lo registrado con expectativas del auditor. Sin embargo, el uso adecuado de un determinado procedimiento analítico dependerá de la valoración realizada por el auditor en relación a la eficacia del mismo en la detección de una inexactitud que puede llevar a que los estados financieros contengan errores relevantes.. Los papeles de trabajo serán propiedad del Órgano de Control, por contener la evidencia de trabajos de auditoría realizados por su personal y sus funciones de estas son: Integridad y exactitud. Claridad y comprensión. Pertinencia. Orden lógico. Minimizar variedad. La legibilidad y pulcritud. Optimizar el flujo de trabajo. Si el informe del auditor fuera objetado o refutado el profesional puede recurrir, a presentar sus papeles de trabajo, tanto como prueba de su buena fe, como de la corrección técnica de sus procedimientos para llegar al resultado informe. Los seguros a largo y corto plazo nacen el 4 de diciembre de 1956 a través de la promulgación del Código de Seguridad Social cuyo sistema se estructura bajo los principios de Unidad, Solidaridad, Universalidad y Eficiencia. La Seguridad Social a corto plazo cubre las contingencias de Enfermedad y Maternidad, los de Largo plazo están diseñados específicamente para cubrir tanto experiencias médicas como de viaje por un período de un año o menos. Ellas le permiten elegir su propia póliza. Históricamente la diferencia entre el género humano ha sido marcada fuertemente, desde el inicio de la vida social, económica y política. Esta forma de vida ha sido impulsada a través de las diferentes generaciones. La igualdad de género es la capacidad de ser equitativo, justo y correcto en el trato de mujeres y hombres según sus respectivas necesidades, teniendo en cuenta que se puede utilizar varias medidas de protección social para promover la igualdad de género como ser: pensiones de superviviente, edad de jubilación, prestación por hijos a cargo, etc. La seguridad social puede promover la igualdad de género compensando a las personas no remuneradas que prestan cuidados por los periodos de empleo, a las personas jubiladas que optan por una renta o por el situado retiro del dinero. La aplicación y función de las tendencias de la seguridad social, donde se ve y analiza el tratado del tema en el ámbito laboral y no excluyente del tema se puede ver como los procesos de auditoria forman parte del dicho trabajo. También es importante que cuando se habla de un país también se usa el término renta como sinónimo de ingreso. En este caso, esa tarea de recogida de capital se realiza en base a una serie de criterios tales como la renta per cápita, que establece lo relacionado entre el número de habitantes y el PIB. Un hecho interesante de analizar es el efecto de un impuesto sobre la renta de un gasto como la tierra. La renta se concede a los hijos o hijas. Renta otorgada al hijo mayor de 19 años, declarado con Invalidez la renta de Orfandad Vitalicia, sus limitantes y condicionantes, la normativa que si bien se encuentra vigente contradice los principios básicos atentando contra los derechos fundamentales de los beneficiarios de la renta de orfandad. Esta Renta que se concede al hijo o a la hija del causante cuando haya fallecido también la madre o viceversa, siempre que sean huérfanos absolutos. Renta de viudedad. Además, es necesario hacer referencia lo mencionado por la Dra. Nancy Tufiño cuando destaca que: ¨La Seguridad Social asegura la subsistencia de la humanidad, es el medio eficaz para luchar contra la pobreza, mediante una equitativa distribución de la riqueza. Por consiguiente, no se debe considerar su financiamiento como un gasto, sino como una inversión¨.1 Tufiño De Torrez, N. (2007). Seguridad social para todos. Murillo, Bolivia: Tufiño Rivera De Torrez, 1 Nancy 2. BREVE HISTORIA 2.1. HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL NACIONAL El punto de partida de las políticas de protección se sitúa en la Comisión de Reformas Sociales (1883) que se encargó del estudio de cuestiones que interesasen a la mejora y bienestar de la clase obrera. En 1900 se crea el primer seguro social, La Ley de Accidentes de Trabajo, y en 1908 aparece el Instituto Nacional de Previsión en el que se integran las cajas que gestionan los seguros sociales que van surgiendo. Posteriormente los mecanismos de protección desembocan en una serie de seguros sociales, entre los que destacan son: Retiro Obrero: (11 de marzo 1919) Seguro Obligatorio de Maternidad (21 de agosto de 1923) Seguro de Paro Forzoso (1931) Seguro de Enfermedad (14 de diciembre de 1942) Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) (18 de abril de 1947) En 1963 aparece la Ley de Bases de la Seguridad Social cuyo objetivo principal era la implantación de un modelo unitario e integrado de protección social, con una base financiera de reparto, gestión pública y participación del Estado en la financiación. A pesar de esta definición de principios, muchos de los cuales se plasmaron en la Ley General de la Seguridad Social de 1966, con vigencia de 1 de enero de 1967, lo cierto es que aún pervivían antiguos sistemas de cotización alejados de los salarios reales de trabajadores. La Ley de Financiación y Perfeccionamiento de la Acción Protectora de 1972 intentó corregir los problemas financieros existentes, se agravó los mismos al incrementar la acción protectora, sin establecer los recursos que le dieron cobertura financiera. Y también se produjeron reformas en los distintos campos en el sistema de la Seguridad Social. En efecto, el artículo 41 de la Constitución establece que los poderes públicos mantendrán un régimen público de seguridad social para todos los ciudadanos que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo, indicando que la asistencia y prestaciones complementarias serán libres. La primera gran reforma se produce con la publicación del Real Decreto Ley 36/1978, de 16 de noviembre, acordado por los Pactos de la Moncloa crea un sistema de participación institucional de los agentes sociales favoreciendo la transparencia y racionalización de la Seguridad Social, que estableció un nuevo sistema de gestión realizado por los siguientes Organismos: 1. El Instituto Nacional de la Seguridad Social, para la gestión de las prestaciones económicas del sistema. 2. El Instituto Nacional de Salud, para las prestaciones sanitarias (Organismo que posteriormente pasará a denominarse Instituto Nacional de Gestión Sanitaria). 3. Instituto Nacional de Servicios Sociales, para la gestión de los servicios sociales (Organismo que posteriormente pasará a denominarse Instituto de Mayores y Servicios Sociales). 4. El Instituto Social de la Marina, para la gestión de los trabajadores del mar. 5. La Tesorería General de la Seguridad Social, como caja única del sistema actuando bajo el principio de solidaridad financiera. En la década de los ochenta se llevaron a cabo una serie de medidas encaminadas a mejorar y perfeccionar la acción protectora al extender las prestaciones de los colectivos no cubiertos y dar una mayor estabilidad económica al sistema de la Seguridad Social. . La década de los noventa supuso una serie de cambios sociales que han tenido su influencia dentro del sistema de Seguridad Social: cambios en el mercado de trabajo, mayor movilidad en el mismo, incorporación de la mujer al mundo laboral. En 1995 se firmó el Pacto de Toledo, con el apoyo de todas las fuerzas políticas y sociales, que tuvo cambios y el establecimiento de una hoja de ruta para asegurar la estabilidad financiera y las prestaciones futuras de la Seguridad Social. La implantación de las prestaciones no contributivas, llevado a cabo en Texto Refundido de 1994, con la mayor adecuación entre las prestaciones recibidas y la exención de cotización previamente realizada, la creación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, la introducción de los mecanismos de jubilación flexible y de incentivación de la prolongación de la vida laboral, o las medidas de mejora de la protección, en los supuestos de menor cuantía de pensiones, son manifestaciones de los cambios introducidos desde 1990 hasta la fecha. 2.2. HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL INTERNACIONAL En 1920 se crea el sistema de seguridad social boliviano, como respuesta al desarrollo de la red de ferrocarriles que contaba con altas tasas de siniestralidad. Durante las décadas de los años 1940 y 1950 se generaliza la protección al trabajador y a su entorno familiar. Ello se formaliza en 1956, cuando se dicta el Código de Seguridad Social que da participación a tres actores en el funcionamiento del sistema: estado, trabajadores empleadores. De acuerdo al Código de Seguridad Social boliviano sancionado el 14 de diciembre de 1956 y que rige el funcionamiento de las Cajas de Salud, el sistema está fundado en “los principios de solidaridad económica y social, universalidad en el campo de aplicación y contingencias cubiertas y personas protegidas, unidad legislativa y de gestión”. El mismo incorpora “ocho de las nueve contingencias recomendadas por el Convenio 102 de la OIT, relativas a la norma mínima de la seguridad Social: Enfermedad Maternidad Riesgos Profesionales Invalidez Vejez Muerte Asignaciones Familiares Vivienda de Interés Social Desde la sanción de este Código a la actualidad profundos cambios afectaron el funcionamiento del sistema, que implicaron, entre otros aspectos, la separación de los seguros de salud de los fondos de pensiones, el alcance de la cobertura del sistema se vio restringida en cuanto a la población efectivamente atendida y en cuanto al paquete de servicios realmente brindado. Los mecanismos de coordinación y competencia con el sistema público dependiente del Ministerio de Salud, siguen siendo difusos, generando prestaciones cruzadas y subsidios implícitos, lo que afecta la cobertura, la eficiencia y la sustentabilidad de ambos subsistemas. La aplicación del código de seguridad social es obligatoria para todas las personas nacionales o extranjeras, de ambos sexos, que trabajan en territorio boliviano y “prestan servicios remunerados para otra persona natural o jurídica, mediante designación, contrato de trabajo o de aprendizaje, sean éstos de carácter privado o público, expresos o presuntos” (Bolivia, Código de Seguridad Social). Por el contrario, no están sujetos al código: Aquellos trabajadores que “ejecutan trabajos ocasionales extraños a la actividad ordinaria del empleador, siempre que su duración no exceda de 15 días. Las personas afiliadas a una institución oficial extranjera para fines de los seguros de invalidez, vejez y muerte. Las personas extranjeras empleadas por las agencias diplomáticas, consulares e internacionales que tienen su sede en Bolivia y que gocen de inmunidades y privilegios diplomáticos y los que ejecuten trabajos remunerados en moneda extranjera hasta la cuantía señalada por el reglamento” (Bolivia, obra citada). Los trabajadores independientes, artesanos, campesinos, gremiales y otros, pueden solicitar su incorporación a los beneficios de la seguridad social siempre que tomen a su cargo la totalidad de las cotizaciones y sean salvadas las dificultades técnicas, administrativas y financieras que impidan o impidieron su incorporación. De este modo, si bien las Cajas de Seguridad Social originales encontraban entre sus afiliados a grupos homogéneos en cuanto a fuente de empleo y salarios relativos, actualmente ello no es necesariamente así, en tanto diferentes grupos empleados por empresa o rama de actividad se han incorporado a alguna de las Cajas ya existentes. Las personas protegidas por las Cajas de Salud incluyen no solamente al asegurado-aportante, sino también a los siguientes familiares: esposa o conviviente, esposo inválido, hijos hasta los 19 años, padre inválido y madre que no dispongan de rentas para su subsistencia, hermanos huérfanos o cuyos padres no perciben rentas y vivan a expensas del asegurado hasta la edad señalada para los hijos. A partir del 30 de septiembre de 1959, el Decreto Supremo 5315 reglamenta el Código de Seguridad Social que establece que la gestión, aplicación y ejecución de los regímenes de Seguridad Social estarán a cargo de cinco Cajas: Ferroviaria, Seguro Social Militar, Bancaria, Petrolera y Caja Nacional de Salud (CNS). Los trabajadores comprendidos dentro del campo de aplicación del código serán asegurados a la respectiva Caja, de acuerdo a la rama de actividad económica preponderante a la que pertenezca su empresa. La CNS estaría a cargo de la cobertura de los empleados de la administración pública y de todos los demás grupos no incluidos explícitamente en las otra Cajas. 3. MARCO TEÓRICO CONCEPTO DE LA SEGURIDADA SOCIAL La seguridad social, también llamada previsión social, es un sistema de seguro de salud que garantiza a la población nacional contra los costes de la asistencia sanitaria. Puede ser administrado por el sector público, el sector privado o una combinación de ambos. Los mecanismos de financiación varían según el programa y el país. El seguro de enfermedad nacional o estatutaria no equivale a una asistencia sanitaria gestionada o financiada por el gobierno, sino que suele establecerse mediante una legislación nacional. En algunos países, como el sistema Medicare de Australia, el Servicio Nacional de Salud del Reino Unido y el Servicio Nacional de Seguro de Salud de Corea del Sur, las contribuciones al sistema se realizan a través de los impuestos generales y, por tanto, no son opcionales, aunque el uso del sistema sanitario que financia sí lo sea. En la práctica, la mayoría de las personas que pagan por el NHI se afiliarán a él. La Organización Internacional del Trabajo, en un documento publicado en 1991 denominado Administración de la seguridad social, definió la seguridad social como sigue: "La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos." La Seguridad Social es el sistema que se ocupa de garantizar el Estado del Bienestar en una sociedad, es la mayor y más importante plataforma de bienestar que ofrece el Estado a sus ciudadanos y su existencia se basa en las aportaciones que hacen los contribuyentes, de manera obligatoria, mediante sus nóminas de trabajo. Es un sistema público enfocado a la sociedad del bienestar y con objetivo de proporcionar un conjunto de medidas o ayudas como pueden ser la oferta de prestaciones mínimas a colectivos afectados por enfermedad que le impida realizar su actividad laboral, mantener el Sistema de Pensiones y la protección en situaciones de desempleo. El objetivo principal de este sistema es dar protección a los ciudadanos. Para ello, realiza un conjunto de actividades financiadas con los presupuestos del Estado y que tienen objetivos sociales y redistributivos, protegiendo a las personas para que no se produzcan desequilibrios sociales. Estas actividades sociales se desarrollan en cuatro ámbitos: Transferencias de dinero, como las prestaciones de desempleo, la jubilación o las pensiones por discapacidad. El seguro médico, que debe ser universal y gratuito. Servicios de educación gratuita y universal. Supervisión de vivienda, alimento y otras necesidades básicas. La financiación de la Seguridad Social procede mayormente por la contribución de los trabajadores del país. La seguridad social está claramente definida en los Convenios de la OIT y en los instrumentos de la ONU como un derecho fundamental aunque en realidad sólo una pequeña proporción de la gente en nuestro planeta disfrute del mismo. Definida en términos generales como un sistema basado en cotizaciones que garantiza la protección de la salud, las pensiones y el desempleo así como las prestaciones sociales financiadas mediante impuestos, la seguridad social se ha convertido en un reto universal en un mundo globalizado. Sólo el 20 por ciento de la población mundial tiene una cobertura adecuada en materia de seguridad social mientras que más de la mitad no dispone de ninguna forma de protección social. Aquellos que no están cubiertos tienden a formar parte de la economía informal, por lo general, no están protegidos en su vejez por la seguridad social y no están en condiciones de pagar sus gastos de salud. Además, muchas personas tienen una cobertura insuficiente, esto es, puede que carezcan de elementos significativos de protección (como la asistencia médica o las pensiones) o que la protección que reciben sea escasa o presente una tendencia a la baja. La experiencia muestra que la gente está dispuesta a cotizar a la seguridad social, siempre y cuando ésta satisfaga sus necesidades prioritarias. Hasta no hace mucho se suponía que la proporción creciente de la fuerza de trabajo de los países en desarrollo, terminaría en un empleo en el sector formal cubierto por la seguridad social. Sin embargo, la experiencia ha mostrado que el crecimiento del sector informal se ha traducido en tasas de cobertura estancadas o en proceso de reducción. Aún en países con un elevado crecimiento económico, cada vez más trabajadores, a menudo mujeres, se encuentran en empleos menos seguros, como es el trabajo eventual, el trabajo a domicilio y algunos tipos de empleo por cuenta propia que carecen de cobertura de la seguridad social. Los grupos más vulnerables que no forman parte de la fuerza de trabajo, son personas con discapacidad y personas mayores que no pueden contar con el apoyo de sus familiares y que no están en condiciones de financiar sus propias pensiones. EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL En 1920 se crea el sistema de seguridad social boliviano, como respuesta al desarrollo de la red de ferrocarriles que contaba con altas tasas de siniestralidad. Durante las décadas de los años 1940 y 1950 se generaliza la protección al trabajador y a su entorno familiar. Ello se formaliza en 1956, cuando se dicta el Código de Seguridad Social que da participación a tres actores en el funcionamiento del sistema: estado, trabajadores y empleadores. De acuerdo al Código de Seguridad Social boliviano sancionado el 14 de diciembre de 1956 y que rige el funcionamiento de las Cajas de Salud, el sistema está fundado en “los principios de solidaridad económica y social, universalidad en el campo de aplicación y contingencias cubiertas y personas protegidas, unidad legislativa y de gestión”. El mismo incorpora “ocho de las nueve contingencias recomendadas por el Convenio 102 de la OIT, relativas a la norma mínima de la seguridad Social: Enfermedad, Maternidad, Riesgos Profesionales, Invalidez, Vejez, Muerte, Asignaciones Familiares y Vivienda de Interés Social”. Desde la sanción de este Código a la actualidad profundos cambios afectaron el funcionamiento del sistema, que implicaron, entre otros aspectos, la separación de los seguros de salud de los fondos de pensiones (definidos actualmente como esquemas de corto y largo plazo, respectivamente). Así mismo, el alcance de la cobertura del sistema se vio restringido en cuanto a la población efectivamente atendida y en cuanto al paquete de servicios realmente brindado. Por otra parte, los mecanismos de coordinación y competencia con el sistema público dependiente del Ministerio de Salud, siguen siendo difusos, generando prestaciones cruzadas y subsidios implícitos, lo que afecta la cobertura, la eficiencia y la sustentabilidad de ambos subsistemas. La aplicación del código de seguridad social es obligatorio para todas las personas nacionales o extranjeras, de ambos sexos, que trabajan en territorio boliviano y “prestan servicios remunerados para otra persona natural o jurídica, mediante designación, contrato de trabajo o de aprendizaje, sean éstos de carácter privado o público, expresos o presuntos” (Bolivia, Código de Seguridad Social). Por el contrario, no están sujetos al código, aquellos trabajadores que “ejecutan trabajos ocasionales extraños a la actividad ordinaria del empleador, siempre que su duración no exceda de 15 días; las personas afiliadas a una institución oficial extranjera para fines de los seguros de invalidez, vejez y muerte; las personas extranjeras empleadas por las agencias diplomáticas, consulares e internacionales que tienen su sede en Bolivia y que gocen de inmunidades y privilegios diplomáticos y los que ejecuten trabajos remunerados en moneda extranjera hasta la cuantía señalada por el reglamento”. Los trabajadores independientes, artesanos, campesinos, gremiales y otros, pueden solicitar su incorporación a los beneficios de la seguridad social siempre que tomen a su cargo la totalidad de las cotizaciones y sean salvadas las dificultades técnicas, administrativas y financieras que impidan o impidieron su incorporación. De este modo, si bien las Cajas de Seguridad Social originales encontraban entre sus afiliados a grupos homogéneos en cuanto a fuente de empleo y salarios relativos, actualmente ello no es necesariamente así, en tanto diferentes grupos empleados por empresa o rama de actividad se han incorporado a alguna de las Cajas ya existentes. Las personas protegidas por las Cajas de Salud incluyen no solamente al asegurado-aportante, sino también a los siguientes familiares: esposa o conviviente, esposo inválido, hijos hasta los 19 años, padre inválido y madre que no dispongan de rentas para su subsistencia, hermanos huérfanos o cuyos padres no perciben rentas y vivan a expensas del asegurado hasta la edad señalada para los hijos. A partir del 30 de septiembre de 1959, el Decreto Supremo 5315 reglamenta el Código de Seguridad Social que establece que la gestión, aplicación y ejecución de los regímenes de Seguridad Social estarán a cargo de cinco Cajas: Ferroviaria, Seguro Social Militar, Bancaria, Petrolera y Caja Nacional de Salud (CNS). Los trabajadores comprendidos dentro del campo de aplicación del código serán asegurados a la respectiva Caja, de acuerdo a la rama de actividad económica preponderante a la que pertenezca su empresa. La CNS estaría a cargo de la cobertura de los empleados de la administración pública y de todos los demás grupos no incluidos explícitamente en las otra Cajas. 3.2.1 EL MUTUALISMO Es un sistema de ayuda mutua, basado en un espíritu de solidaridad y reciprocidad cuyo fin es atender o minimizar los riesgos eventuales y las necesidades comunes de sus integrantes. La mutualidad es una expresión concreta de la previsión social y constituye en cada nación, uno de los complementos humanos del estatuto político. El Mutualismo, está basado en el dogma de la tolerancia y la solidaridad, y puede unir a personas de todas las clases y opiniones, como matizarse en función a las necesidades sociales más variadas. El Mutualismo como medida de asistencia social En la antigua Roma ya existían asociaciones con clara finalidad mutualista, en el que un grupo de personas contribuía con un fondo común para ayudarse en caso de fallecimiento. En la Edad Media estas asociaciones adquieren carácter corporativo o profesional, a través de los gremios y cofradías, que tenían como fin beneficios comunes de asistencia social: proteger viudas y huérfanos e incluso fundar hospitales. En la Edad Moderna el concepto de mutualismo se mantiene, pero amplía su ámbito de protección a los enfermos o situación de pobreza. El carácter comunitario del mutualismo es el punto de partida de las primeras instituciones de ahorro popular: los montepíos. 3.2.2 SEGURO PRIVADO El Seguro Privado es un Contrato por el que alguien se obliga mediante el cobro de una prima a indemnizar el daño producido a otra persona, o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas. El seguro, como institución que indemniza las consecuencias de un siniestro, surge solamente cuando se forma la conciencia común de daño. En la actualidad, la ABA conglomera a 16 Compañías de Seguros (8 de seguros generales y fianzas, y 8 de seguros de personas) que funcionan legalmente en el mercado boliviano. 3.2.3 AHORRO PRIVADO El ahorro privado es aquel que realizan las organizaciones privadas que no pertenecen al estado (básicamente familias, instituciones sin ánimo de lucro y empresas). El ahorro de una empresa privada autónoma, equivale a su beneficio, menos la parte de éste que es repartida a sus propietarios o accionistas en forma de dividendos o participación en beneficios. Se considera, por tanto, el ahorro privado total de un país a la suma del ahorro de todas las familias y sociedades mercantiles que lo componen. Estas, son las encargadas de contener dicho ahorro privado. Es el resultado de la toma de decisiones de consumo sobre una renta disponible de referencia. Es decir, la cantidad que se ha reservado, y no se ha destinado al abastecimiento o a la consecución de diferentes tipos de servicio. 3.2.4 ASISTENCIA SOCIAL La asistencia social, está asociada a un servicio que se presta para solucionar problemas de diversa índole y mejorar las condiciones de vida de las personas. El objetivo de la asistencia social es que todos los integrantes de una sociedad gocen de los mismos derechos y oportunidades. Como en toda comunidad existen desigualdades, la asistencia social está dirigida a los más desfavorecidos. Su trabajo se orienta a que todos los individuos puedan satisfacer sus necesidades básicas. Lo habitual es que la asistencia social se desarrolle a través de instituciones del Estado o de organizaciones no gubernamentales (ONG). Las prestaciones englobadas en el concepto pueden ser muy variadas e incluir desde apoyo educativo hasta la facilitación de una vivienda, pasando por la entrega de alimentos o de remedios. En ocasiones, es la propia persona que necesita ayuda quien se acerca a una entidad dedicada a la asistencia social y pide aquello que requiere. En otras oportunidades, las organizaciones de asistencia social se trasladan hacia el lugar específico donde se encuentra la gente con necesidades. Incluso la asistencia social puede desarrollarse de manera concentrada ante una catástrofe, como una inundación o un terremoto. Dependiendo del país, el concepto de asistencia social presenta claras diferencias con el de seguro social, un régimen basado en la cotización de sus afiliados, ya que se trata de un régimen que se financia a partir del tributo de la población nacional. En los países escandinavos se encuentra un claro ejemplo de esto; allí, los habitantes de la tercera edad fueron los primeros en gozar de sus beneficios, que pronto alcanzaron a aquéllos que sufrían de alguna invalidez o enfermedad, y a los que no tenían empleo o vivienda. A grandes rasgos, es posible encontrar las siguientes características en el servicio de asistencia social: Las prestaciones que ofrece al pueblo se financian completamente por medio de las contribuciones de los habitantes, ya sea a nivel nacional o local. Cuando una persona expresa su necesidad de recibir asistencia social (realizando los trámites pertinentes, que varían en cada país) el Estado tiene la obligación de brindarle el servicio, ya que éste tiene fuerza de ley y es un derecho legal de todos los ciudadanos. Ante una solicitud por parte de un ciudadano, se evalúan diversas variables de su situación, como ser sus ingresos, sus recursos y pertenencias y el estado de necesidad de los servicios que está demandando. Las prestaciones de asistencia social tienen el objetivo de incrementar los ingresos de quienes las reciben hasta el punto que se considera mínimo para llevar una vida sana y poder desarrollarse en la sociedad. Para dar con dicho valor se toman en cuenta el número de integrantes de la familia y obligaciones tales como el pago de un alquiler; No existe relación alguna entre las prestaciones de un beneficiario y sus ganancias anteriores ni con el nivel de vida que haya tenido, ya que se busca un equilibrio de oportunidades para todos; es posible ejercer un cierto grado de discreción a la hora de fijar el monto de las prestaciones, siempre respetando los límites que se desprenden de los derechos que reconoce la ley. 3.2.5 SISTEMAS INICIALES DE PROTECCIÓN La alianza profesional y la huelga eran delitos y los empleadores no estaban obligados a solventar los gastos producidos por enfermedad o accidentes de trabajo. En este contexto surgen los sistemas iniciales de protección tales como el ahorro privado, la mutualidad, el seguro privado y la asistencia pública. Al producirse la primera Revolución Industrial, el trabajador se hace consciente de su desamparo frente a las largas jornadas de trabajo y los reducidos salarios. La alianza profesional y la huelga eran delitos y los delitos no estaban obligados a solventar los gastos producidos por enfermedad o accidentes de trabajo. 3.2.6 SEGUROS SOCIALES Los Seguros Sociales son los pagos que realizan los empleados y la propia empresa (en distintas cantidades, como veremos) a la Seguridad Social cada mes, sus aportaciones al Estado y que se usan para pagar el paro, las bajas por enfermedad o maternidad, etc. Al hablar de seguros sociales hacemos referencia a las aportaciones que se realizan a la Seguridad Social tanto por parte del empleado como de la empresa a final de mes y que constan en la nómina del trabajador. No olvides que la empresa y el empleado no contribuyen de igual forma, ni se encargan de las mismas contingencias. A continuación repasamos los conceptos de los seguros sociales que se pagan de forma mensual: Contingencias comunes Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Desempleo Horas extra Formación profesional Fondo de garantía salarial No existe una cuota estandarizada a pagar, el cálculo de los seguros sociales depende de si lo realiza la empresa o trabajador y en el segundo de los casos puede depender del salario del empleado, sus bases de cotización y los porcentajes de cada una de las bases. Las bases de cotización y porcentajes aplicables: Base de cotización por contingencias comunes (BCCC) Base de cotización por contingencias profesionales y de recaudación conjunta Base sujeta a la retención de IRPF. Una vez calculada la cuota a pagar es necesario presentar tanto el documento TC1 y TC2 de manera telemática. El documento oficial TC1 incluye cada una de las cuotas de la empresa y los trabajadores y el TC2 refleja la relación nominal de los empleados. Generalmente dichos documentos son presentados por las empresas a través de las asesorías, así como en el caso de los autónomos, que pueden hacerlo a través de una gestoría o personalmente antes del día 20 del mes siguiente. 3.2.7 SEGURIDAD SOCIAL La seguridad social, también llamada previsión social, es un sistema de seguro de salud que garantiza a la población nacional contra los costes de la asistencia sanitaria. Puede ser administrado por el sector público, el sector privado o una combinación de ambos. Los mecanismos de financiación varían según el programa y el país. El seguro de enfermedad nacional o estatutaria no equivale a una asistencia sanitaria gestionada o financiada por el gobierno, sino que suele establecerse mediante una legislación nacional. El objetivo de la seguridad social es tomar en cuenta: El seguro social, es decir, la entidad que administra los fondos y otorga los diferentes beneficios que contempla la seguridad social en función del reconocimiento a contribuciones hechas para un esquema de seguro. Estos servicios o beneficios incluyen generalmente la provisión de pensiones de jubilación, el seguro de incapacidad, las pensiones de viudez y orfandad, los cuidados médicos y el seguro de desempleo. El mantenimiento de ingresos, principalmente la distribución de efectivo en caso de pérdida de empleo, incluidos la jubilación, la discapacidad y el desempleo. Los servicios prestados por las administraciones responsables de la seguridad social. Según el país, ello puede incluir cuidados médicos, aspectos de trabajo social e incluso relaciones industriales. El término también se usa para referirse a la seguridad básica, un término aproximadamente equivalente al acceso a las necesidades básicas, tales como alimento, educación y atención a la salud o cuidados médicos. El Código de Seguridad Social Boliviano, promulgado el 14 de diciembre de 1956, se inspira en la Norma mínima de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tiende a la protección del capital humano del país, la continuidad de los medios de subsistencia, la aplicación de medidas adecuadas para la rehabilitación de las personas inutilizadas y la concesión de los medios necesarios para el mejoramiento de las condiciones de vida del grupo familiar. El régimen de seguridad social en Bolivia diferencia entre los dos siguientes conceptos: Sistema Integral de Pensiones. Regulado en la Ley Nº 65, de 10 de diciembre de 2010, de Pensiones. Este sistema está compuesto, según se establece en el Art. 2 de la Ley 65, por: El Régimen Contributivo que contempla la Prestación de Vejez, Prestación de Invalidez, las Pensiones por Muerte derivadas de éstas y Gastos Funerarios. El Régimen Semicontributivo, que contempla la Prestación Solidaria de Vejez, Pensión por Muerte derivada de éstas y Gastos Funerarios. El Régimen No Contributivo, que contempla la Renta Dignidad y Gastos Funerales. Régimen de Seguridad Social a corto plazo. Regulado en la Ley de 14 de diciembre de 1956, por la que se aprueba el Código de Seguridad Social. Este Código también regulaba las contingencias hoy contempladas en la Ley 65, a la que se habrá de recurrir si de tales casos se trata. El régimen de seguridad social a corto plazo cubre las contingencias de Enfermedad y Maternidad. La gestión de la salud está encomendada en Bolivia a las cajas de salud, que son de carácter público. El Instituto Nacional de Seguros de Salud (INASES) es una entidad Desconcentrada del Ministerio de Salud y Deportes, que fiscaliza los siguientes Entes Gestores del Sistema de Seguros de Salud. · Caja Petrolera de Salud. Caja Nacional de Salud Caja Bancaria Estatal de Salud. Caja de Salud de la Banca Privada. Caja de Salud de Caminos. Caja de Salud CORDES. Seguros Sociales Universitarios. Cossmil. Caja Nacional de Salud. LA SEGURIDAD SOCIAL EN BOLIVIA 3.3.1 ANTENCEDENTES HISTORICOS Se originan con las Leyes de 22 de septiembre de 1831 con la creación del Fondo de Jubilaciones, propuesta a otorgar pensiones a los empleados del Estado que hubieran cumplido períodos mínimos de tiempo de servicios. En 1905 se anuncia la Ley de Jubilaciones del ramo de Instrucción Pública, y en los subsiguientes años se van dando disposiciones previsionales relativas a otros sectores propios con la administración como la Ley de Jubilación Militar, la de Jubilación Judicial, la de Jubilación Administrativa, y la de seguridad bancaria. Al principio del siglo XX2. Esta situación hace que surja como una respuesta la organización de los trabajadores en sindicatos en defensa de sus intereses económicos y sociales como una fuerza que equilibre las relaciones laborales, por lo cual en 1920 se crea el sistema de seguridad social boliviano. Concretando la explotación minera en Bolivia esa actividad se agranda y desarrolla en la primera mitad del siglo con la aparición y afirmación de las grandes empresas mineras como la Patiño Mineshoschild y Aramayo. 2 En 1924 se promulga la Ley sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, que incluye medidas sobre higiene y seguridad; 11 años después se crea la Caja de Seguro y Ahorro Obrero, como forma encargada de la administración de los recursos correspondientes a los accidentes de trabajo. En 1938, y bajo lineamiento de los sistemas jubilatorios se establecieron la Caja de Seguro Social de Ferroviarios y como respuesta al desarrollo de la red de ferrocarriles que contaba con altas tasas de siniestralidad.3 De acuerdo al Código de Seguridad Social boliviano confirmado el 14 de diciembre de 1956 y que rige el funcionamiento de las Cajas de Salud, el sistema está fundado en “los principios de solidaridad económica y social, universalidad en el campo de aplicación y contingencias cubiertas y personas protegidas, unidad legislativa y de gestión”. El mismo incorpora “ocho de las nueve contingencias recomendadas por el Convenio 102 de la OIT, relativas a la norma mínima de la seguridad Social: Enfermedad, Maternidad, Riesgos Profesionales, Invalidez, Vejez, Muerte, Asignaciones Familiares y Vivienda de Interés Social”.Fuente especificada no válida. El Estado también interviene en vista de que la economía minera se convierte en una fuente de ingresos para el Tesoro público Nacional y se interesa en mantener la producción y obliga las empresas a precautelar la salud de los trabajadores dando la responsabilidad y reparación económica por los accidentes de trabajo y enfermedades como consecuencias del trabajo. Desde la sanción de este Código a la actualidad profundos cambios afectaron el funcionamiento del sistema, que mezclaron, entre otros aspectos, la separación de los seguros de salud de los fondos de pensiones (definidos actualmente como esquemas de corto y largo plazo, respectivamente). 3.3.2 CODIGO DE SEGURIDAD SOCIAL El Código de Seguridad Social Boliviano, promulgado el 14 de diciembre de 1956, se inspira en la Norma mínima de la OIT, donde expande a la protección del capital humano del país, el proceso de los medios de subsistencia, la aplicación de medidas adecuadas para la rehabilitación de las personas arrinconadas y el permiso de los medios necesarios para el mejoramiento de las condiciones de vida del grupo familiar. La aplicación del código de seguridad social es obligatoria para todas las personas nacionales o extranjeras, de ambos sexos, que trabajan en territorio boliviano y “prestan servicios remunerados para otra persona natural o jurídica, mediante elección, contrato de trabajo o de aprendizaje, sean éstos de carácter privado o público, expresos o presuntos” (Bolivia, Código de Seguridad Social). Durante los años 1940 y 1950 se extiende la protección al trabajador y a su entorno familiar. Se formaliza en 1956, cuando se dicta el Código de Seguridad Social que da participación a tres actores en el funcionamiento del sistema: estado, trabajadores y empleadores. 3 Por el contrario, no están sujetos al código, aquellos trabajadores que “ejecutan trabajos ocasionales extraños a la actividad ordinaria del empleador, siempre que su duración no exceda de 15 días; las personas afiliadas a una institución oficial extranjera para fines de los seguros de invalidez, vejez y muerte; las personas extranjeras empleadas por las agencias diplomáticas, consulares e internacionales 4que tienen su sede en Bolivia y que gocen de inmunidades y privilegios diplomáticos y los que ejecuten trabajos remunerados en moneda extranjera hasta la suma señalada por el reglamento” Los trabajadores independientes, artesanos, campesinos, gremiales y otros, pueden solicitar su incorporación a los beneficios de la seguridad social siempre que tomen a su cargo la totalidad de los precios y sean salvadas las dificultades técnicas, administrativas y financieras que impidan o impidieron su inscripción. De este modo, si bien las Cajas de Seguridad Social originales encontraban entre sus afiliados a grupos similares en cuanto a fuente de empleo y salarios relativos, actualmente ello no es necesariamente así, en tanto diferentes grupos empleados por empresa o rama de actividad se han incorporado a alguna de las Cajas ya existentes. Las personas protegidas por las Cajas de Salud incluyen no solamente al asegurado-aportante, sino también a los siguientes familiares: esposa o conviviente, esposo inválido, hijos hasta los 19 años, padre inválido y madre que no dispongan de rentas para su subsistencia, hermanos huérfanos o cuyos padres no perciben rentas y vivan a expensas del asegurado hasta la edad señalada para los hijos. 3.3.2.1 OBJETIVO DEL CÓDIGO DE SEGURIDAD SOCIAL El Código de Seguridad Social, se sustenta en tres columnas fundamentales: El Régimen del Seguro Social Obligatorio, Régimen de Asignaciones Familiares y el Régimen de Vivienda de Interés Social. El Régimen del Seguro Social Obligatorio cubre los seguros: a) Corto y largo plazo Enfermedad Invalidez Maternidad Vejez y Riesgos Profesionales Muerte El Régimen de Asignaciones Familiares, modificado por la Ley 924 y su D.S. Reglamentario 26237 de 25/06/1987, reconoce los siguientes subsidios: 4 Organización Internacional del Trabajo. 1) 2) 3) 4) Pre natal Natalidad Lactancia y Sepelio El régimen de vivienda de interés social, la 1ra normativa para el crédito de vivienda social entró en vigencia el 23 diciembre del 2013 mediante la Ley No. 393 de Servicios Financieros. Después, se fueron añadiendo otras normas, entre decretos supremos, circulares y leyes. Actualmente, son 5 las normas que regulan este crédito.5 3.3.2.2 CAMPO DE APLICACIÓN DEL CÓDIGO DE SEGURIDAD SOCIAL El Código de Seguridad Social, tiene carácter de obligatoriedad para todas las personas nacionales o extranjeras, de ambos sexos, que trabajan en el territorio del Estado Plurinacional y prestan servicio remunerado por otra persona natural o jurídica, mediante designación, contrato de trabajo o también contrato de aprendizaje, sean estos de carácter público o privado, expresos o sospechosos. También se encuentran protegidos por la Seguridad Social y reciben prestaciones en Corto Plazo: Los rentistas cancelados por Riesgos Profesionales, con el aporte del 3% de sus rentas o pensiones totales que perciben. Los rentistas y pensionados de los sistemas de reparto, AFPs y del Sistema Integral de Pensiones, también con el aporte del 3% sobre sus rentas o pensiones totales. Distinguidos de la Guerra del Chaco, esposo(a) e hijos por Decretos Supremos Nº 04566 del 24 de enero de 1957 y Nº 05324 del 05 de octubre de 1959, las prestaciones reciben en la Caja Nacional de Salud. Lisiados e Inválidos de la Guerra del Chaco, de la misma manera también reciben prestaciones en la Caja Nacional de Salud. Viudas de Guerra y Enfermeras, las prestaciones reciben en la Caja Nacional de Salud. Niños y niñas, huérfanos y/o abandonados, que son recogidos por los Gobiernos Departamentales y el SEDEGES, por Decreto Supremo Nº 05394 del 18 de enero de 1960 la Caja Nacional de Salud es la que les otorga los beneficios. Asegurados Voluntarios, con el impuesto total de los precios sobre el salario retenido, Decretos Supremos Nº 22407 del 11 de enero de 1990 y Nº 22578 del 13 de agosto de 1990. 5 Estas prestaciones se otorgan en especie y en dinero . Aseguramiento obligatorio a la Caja Nacional de Salud de Abogados libres, registrados en el Colegio de Abogados, por D.S. Nº 19882 del 15 de noviembre de 1982 No Videntes inscritos en el Instituto Boliviano de la Ceguera, reciben prestaciones en la Caja Nacional de Salud. Alumnos de la ANAPOL, también reciben prestaciones en la Caja Nacional de Salud. Trabajadoras del Hogar, por la Ley Nº 2450 de 9 de abril de 2003, sujetas a la afiliación en la Caja Nacional de Salud. Canta Autores, D.S. Nº 20888 de 24 de junio de 1985 que dispone la afiliación en la Caja Nacional de Salud. Cooperativistas Mineros solo con el aporte del 1.8% del mineral bruto Estudiantes hasta los 25 años de edad si estudian o están con contrato de aprendizaje y vitalicio si fueron declarados inválidos hasta antes de cumplir los 19 años de edad, según D.S. Nº 0268 del 26 de agosto de 2009. Esposos y padres, mediante Sentencia Constitucional Nº 0019/2006 del Tribunal Constitucional. Mujeres en estado de Gestación y niños hasta los 5 años de edad, a través del Seguro Universal Materno Infantil, a través de la Ley Nº 2426 de noviembre de 2002, implementada en el 2003, sin embargo, queda eliminada por el D.S. Nº 1984 de 1º de mayo de 2014, reglamentario de la Ley 475 de 30-12-13. Ley 475 de 30-12-13 y su D.S. Reglamentario Nº 1984 de 15-05-2005, abroga el SUMI (Seguro Materno Infantil) y el SSPAM (Seguro de Salud para el Adulto Mayor), poniendo en vigencia el Seguro de Salud Integral (SSI). 3.3.2.3 REFORMAS AL CÓDIGO DE SEGURIDAD SOCIAL El Código de Seguridad Social, antes y después de su promulgación, sufre sustanciales modificaciones en su redacción original, sin realizar ningún Estudio Actuarial. Antes de la promulgación del Código de Seguridad Social: El Código de Seguridad Social, en su redacción original consideraba la edad. Para la jubilación 60 años de edad, sin embargo, por una instrucción de tipo político se modifica a 50 años para varones y 55 años para mujeres (Largo plazo). No se eleva, la prima de aporte o precio. El tiempo de atención y prestaciones para los enfermos con tuberculosis se amplía a un año y medio, ósea 78 semanas (Corto plazo). PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CONSTITUCIÓN POLITICA DEL ESTADO Artículo 45 I. Todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a la seguridad social con carácter gratuito. II. La seguridad social se presta bajo los principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia. Su dirección y administración corresponde al Estado, con control y participación social. 11 III. El régimen de seguridad social cubre atención por enfermedad, epidemias y enfermedades catastróficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales, laborales y riesgos por labores de campo; discapacidad y necesidades especiales; desempleo y pérdida de empleo; orfandad, invalidez, viudez, vejez y muerte; vivienda, asignaciones familiares y otras previsiones sociales. 3.4.1 PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD El principio de universalidad entraña una extensión mayor aun que es también la generalización total de su financiamiento, que siendo ya una forma de Política Social con este enunciado se superan las limitaciones propias de los seguros sociales que nacieron con un carácter clasista, como un sistema de protección exclusivo, en función de los trabajadores asalariados. La función de la seguridad social es proteger al ser humano como tal, dentro de una determinada colectividad social, sin importar a qué dedique su existencia. El acceso a la protección deja de ser un derecho para unos y una concesión graciosa para otros, y se constituye en un derecho subjetivo público. El acceso a la seguridad social es un derecho humano, es un derecho inherente al ser humano por el solo hecho de serlo. Además, en tanto está reconocido por el derecho positivo, se califica, desde el punto de vista técnico jurídico, como un derecho fundamental de rango constitucional. 3.4.2 PRINCIPIO DE INTEGRALIDAD El Principio de Integridad de la Seguridad Social establece que la protección de un ser humano sea extendida a todos los riesgos y en todos los momentos de su vida, y en casos necesarios, los límites de una cobertura activen otra. Es una unidad de riesgo. Fundamenta la Seguridad Social para la cobertura de todos los riesgos. El Principio de Integridad orienta la legislación permitiendo que la persona esté cubierta íntegramente ante todos los riesgos o contingencias de la vida. Este Principio de Integridad como trata de comprender todos los riesgos también se le conoce como Principio de Comprensividad (Mesa Lago). El ser humano en el transcurso de su vida afronta las contingencias como enfermedades, accidentes, e incluso una contingencia inevitables: la muerte. O entre otras la falta de recursos para subsistir, desempleo, incapacidad física, o de dejar en la orfandad a sus hijos, etc. 3.4.3 PRINCIPIO DE EQUIDAD Puede hablarse de equidad individual o colectiva: Equidad individual: supone una equivalencia entre el monto esperado de las prestaciones y el monto esperado de las contribuciones al financiamiento realizadas por el mismo individuo. Equidad colectiva: se produce cuando la proporción entre prestaciones y contribuciones esperadas, es la misma para todos los individuos cubiertos. Se trata a todos los individuos por igual en términos de la relación entre prestaciones y contribuciones. Al respecto de este principio debe conocerse cuales son los diferentes métodos (contributivo, no contributivo, mixto) y modelos de financiación de las prestaciones de seguridad social. 3.4.4 PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD Este principio es esencial al momento de determinar si estamos ante un sistema de seguridad social o frente a cualquier otro sistema que cubra o atienda las contingencias de seguridad social, pero que no es un sistema de seguridad social, sino de seguro privado. El objetivo ideal de este principio, que en parte se lo obtiene en el Seguro Social y que se cristalizara plenamente en la Seguridad Social se traduce en una idea económica que es la redistribución de la riqueza o del ingreso nacional. En la práctica, la solidaridad se manifiesta como el sacrificio de los jóvenes respecto de los ancianos, de los sanos frente a los enfermos, de los ocupados ante quienes carecen de empleo, de quienes continuamos viviendo ante los familiares de los fallecidos, de quienes no tienen carga familiar frente a los que sí la tienen, etc. 3.4.5 PRINCIPIO UNIDAD DE GESTION De acuerdo con este principio, el sistema de seguridad social como un todo, debe funcionar con criterios congruentes y coordinados, y otorgar prestaciones o beneficios similares para los diferentes colectivos que se protegen. Este principio se ha confundido muchas veces con la exigencia centralización en una sola entidad de todo el sistema de seguridad social. de Lo que se enfatiza con este principio es que debe existir una congruencia en la gestión de las diferentes entidades que participan en la administración del sistema de seguridad social, y en los beneficios otorgados por ellas, de modo que la multiplicidad de instituciones no quiebre el principio de igualdad. En el ámbito del derecho a la salud, este principio ha tenido un desarrollo significativo, no así en relación con el derecho a la jubilación en el que, pese a algunos esfuerzos, se mantienen diferencias importantes en las prestaciones y en las formas de financiamiento, sin que dichas diferencias tengan respaldo técnico. 3.4.6 PRINCIPIO DE ECONOMIA El Dr. Iván Campero indica que este principio se basa en la reducción de gastos y a la población protegida refiriéndose también a la utilización adecuada de los recursos que deben hacer las entidades gestoras en el proceso de la administración de las contribuciones. El Dr. Ramiro Bedregal señala que este principio se refiere al aparato administrativo, porque es lógico que no deba malgastarse los fondos de los asegurados en frondosas plantas burocráticas ni en gastos que sean imprescindibles así también indica que este principio es aquel que tenga finalidad. Una intervención quirúrgica o la entrega de una prestación económica deben concretarse en el momento necesario, para que una y otra prestación responda al estado de necesidad y a los fines esperados 3.4.7 PRINCIPIO DE INTERCULTURALIDAD La interculturalidad va más allá de la tolerancia que permite la existencia de otras culturas pero sin renunciar a la centralidad y superioridad de las propias ideas e instituciones sociales, este tipo de relacionamiento tolerante avalaría una cultura dominante que tolera al resto como minorías. En contraposición la interculturalidad y el pluralismo son la aceptación de la diferenciación ideológica o de proyectos de vida o modos de experiencia intelectual y moral del mundo, además implica el estar dispuestos a renunciar a la dominación del otro y reemplazarlo por una convivencia participativa, donde el pluralismo y la interculturalidad no sea solamente tolerancia. CONCEPTOS GENERALES -AUDITORIA Es un proceso para verificar evidencias sobre actividades económicas y financieras, el fin de este es dar a conocer los resultados en un informe que tenga observaciones, conclusiones y recomendaciones. 3.5.1 TIPOS DE AUDITORIA 3.5.1.1 AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS La auditoría de estados financieros tiene como objetivo realizar un examen sistemático sobre las cifras en ciertos estados, revisando que la administración cumpla con el marco normativo para la presentación de éstos. Es importante recalcar que los estados financieros representan la actividad económica de una entidad, en ellos se ve todos los esfuerzos que la organización coloca para alcanzar los objetivos y metas para el crecimiento. Una Auditoría de Estados Financieros se encuentra regulada por las Normas Internacionales de Auditoría; y el comportamiento profesional del auditor o firma de auditoría por el Código de Ética emitido por la IFAC. 3.5.1.2 AUDITORIA EXTERNA La Auditoría Externa es el examen preciso de un sistema de información de una unidad económica, realizado por un contador público, utilizando técnicas con el objeto de dar una opinión independiente sobre cómo opera el sistema y expresar sugerencias para el mejoramiento. La Auditoría Externa o Independiente tiene por objeto averiguar la razonabilidad de los expedientes y documentos y toda información dada por los sistemas de la organización. 3.5.1.3 AUDITORIA INTERNA La auditoría interna es una evaluación que realizan las organizaciones para ver si el funcionamiento de las diferentes áreas es el correcto. Una auditoría interna se realiza por la necesidad que tienen las organizaciones de mantener el control del funcionamiento. A través de la auditoría se revisa el sistema de control interno, las políticas y procedimientos para proteger los activos del negocio y poder evitar fraudes. Para tener un sistema adecuado es importante que todos los principios operen al mismo tiempo dentro de la organización, por eso, algunas de las características que debe cumplir un buen auditor interno para llevar a cabo la auditoría son: 1. Integridad: Ser un auditor íntegro genera confianza y esto permite creer y fiarse de su juicio. 2. Competencia y cuidado profesional: El auditor está capacitado para cumplir su trabajo y profesión de la mejor manera. 3. Objetividad e independencia: El auditor debe estar sin limitaciones que impidan sus funciones, esto le permite ser objetivo y estar enfocado en cada etapa de la auditoría. 4. Capacidad de alinearse con las estrategias, los objetivos y los riesgos de la organización: Todo auditor interno debe adaptarse a las necesidades y políticas de la organización a la que audita. 5. Cuenta con los recursos adecuados: Un buen auditor tiene todos los recursos que necesita para hacer su labor, por eso, tiene acceso a toda la información para hacer la auditoría. 6. Calidad y mejora continua: El auditor nunca se limita así mismo, siempre retroalimenta su aprendizaje y constantemente busca el cambio y la mejora de la organización. 7. Comunicación efectiva: Es capaz de trabajar en equipo y comunicarse a través de los medios que le permitan desarrollar la auditoría. 8. Proporciona aseguramiento basado en riesgos: Enfoca su trabajo en una auditoría basada en riesgos, logrando de esta forma una evaluación más apropiada. 9. Hace análisis profundos, es proactivo y está orientado al futuro: Un buen auditor demuestra su habilidad para orientarse al futuro gracias a sus análisis y observaciones. 10. Promueve la mejora organizacional: El auditor interno debe generar cambios y aportar a través de su trabajo una mejora para la organización. 3.5.1.4 AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO La Auditoría de Cumplimiento (AC), es la evaluación independiente, sistemática y objetiva donde se obtiene evidencia para ver si la entidad, asunto o materia a auditar cumplen con el orden establecido. La AC tiene como objetivo general, obtener evidencia suficiente para establecer el estado de cumplimiento del asunto o materia en cuestión, frente a los criterios establecidos de la auditoría, los resultados estarán a la disposición de los sujetos de control y de los usuarios previstos. La Auditoría de Cumplimiento se enfoca en verificar si un asunto cumple con las regulaciones o criterios. 3.5.1.5 AUDITORIA OPERACIONAL Es el servicio que presta el contador público cuando analiza ciertos aspectos administrativos, con la finalidad de hacer recomendaciones para aumentar la eficiencia operativa de la entidad. Este tipo de auditoría es diferente de una auditoría interna, donde el objetivo es investigar la adecuación de los controles y evaluar la presentación de los estados financieros. Las auditorías operacionales generalmente son realizadas por el personal de auditoría interna, aunque se pueden contratar especialistas para realizar revisiones en sus áreas. 3.5.1.6 AUDITORIA FORENSE El fraude es una de las principales preocupaciones de una entidad, las cantidades de pérdidas que las entidades tienen por esta causa. La actividad encargada en la prevención y detección del fraude, lleva a buscar alternativas como la Auditoría Forense, que combate el fraude, participando en investigaciones de ilícitos dando. Opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza. La Auditoría Forense es una rama de la auditoría que se orienta a participar en la investigación de fraudes, los cuales se burlan de las normas legales. 3.5.1.7 AUDITORIA FISCAL Cuando nos referimos al ámbito fiscal, hacemos referencia a aquello perteneciente al tesoro público o a los distintos organismos públicos cuya finalidad es la de recaudar impuestos y tributos. A través de estos tipos de auditorías se verifica si el contribuyente cumple o no con sus obligaciones tributarias. El objetivo de es mostrar la importancia del sistema de seguridad social integral establecida “Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones” junto con la regulación que realiza la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la protección social ,al dar cumplimiento de los aportes al sistema, mediante procesos de fiscalización que por lo general conllevan a sanciones muy costosas por la incorrecta liquidación de los aportes y el pago inoportuno de los mismos 3.5.1.8 AUDITORIA DE RECURSOS HUMANOS La auditoría de recursos humanos es un método integral de revisión de las políticas, los procedimientos, la documentación y los sistemas de recursos humanos, con el fin de identificar las necesidades de mejora y crecimiento de la función de recursos humanos, así como de asegurar el cumplimiento de las siempre cambiantes normas y reglamentos. 3.5.1.9 AUDITORIA MEDICA Es el procedimiento de evaluación permanente de la gestión y prestación de todas las actividades del sector de salud, con el fin de detectar el funcionamiento real de sus servicios. La capacitación la impartió la Dra. Carola Rojas Arteaga, Jefe de Fiscalización y Auditoría Médica Nacional de la ASUSS, quien precisó que el ejercicio de la Auditoría Médica está contemplada en la normativa vigente con el objetivo de vigilar la atención de calidad a través de Auditorías Médicas, aplicadas en los servicios de salud y realizadas exclusivamente por profesionales médicos debidamente acreditados por el Ministerio de Salud y el Colegio Médico de Bolivia. Según Rojas, la Auditoría Médica Interna constituye un procedimiento técnico, evaluativo, preventivo y correctivo, para el aseguramiento y mejoramiento de la calidad en salud, que comprende la evaluación de la estructura, proceso y resultados, conducida por los Comités de Auditoría Médica. Por otro lado la Auditoría Médica Externa, es un procedimiento que se realiza ante denuncias de mala práctica médica y consisten en la verificación del cumplimiento de normas y protocolos vigentes. En el país existen cincuenta y seis médicos auditores acreditados, de los cuales veinticinco se encuentran en la ciudad de La Paz y tres trabajan en la ASUSS. 3.5.1.10 AUDITORIA AMBIENTAL Las auditorías ambientales son revisiones que se hacen a las operaciones y los procesos de una compañía, para determinar el cumplimiento de las reglamentaciones ambientales. Estas surgen como una norma de control para frenar el desgaste y los excesos que, a menudo, los grandes emporios empresariales ejercen sobre el medioambiente. Su objetivo es reducir los daños que generan las actividades de producción. Con la realización de una auditoría ambiental, el ente regulador busca obtener información sobre las funciones operacionales de la organización. Ello con el fin de poder vigilar, programar y subsanar las prácticas que de alguna manera resulten contraproducentes para el entorno. Algunas de las ventajas de esta herramienta de cuantificación de desempeño son las siguientes: Salvaguardar el medioambiente y los recursos naturales utilizados en el proyecto de construcción. Demostrar el compromiso de la empresa con la preservación del entorno ambiental a los empleados, el público y las autoridades. Verificar el cumplimiento de las leyes ambientales nacionales e internacionales. Evaluar los programas de capacitación y obtener ratos que potencien las iniciativas de desarrollo. Así se beneficiaría a personas con bajos recursos. Abordar los problemas potenciales que puedan surgir a corto o largo plazo durante el curso de la acción. Identificar posibles ahorros de costos a partir de la minimización de desechos y otras actividades. 3.5.2 FUNCION DE LA AUDITORIA Esta auditoria tiene como propósito de emitir una opinión independiente sobre el cumplimiento de las obligaciones de un contribuyente en materia de seguridad social. La función de auditoria interna de acuerdo con nuestra experiencia tiene mayor valor cuando no tiene relación de dependencia con el ente auditado siguiendo la mayoría de las normas de auditoria que nos hablan de la independencia del auditor. Normalmente las grandes empresas poseen departamentos de auditoria interna altamente estructurados sin embargo la mayoría de las pequeñas y medianas empresas también necesitan de esa función a un costo razonable. 3.5.3 PROCEDIMIENTO DE LA AUDITORIA Los procedimientos de auditoría, son el conjunto de técnicas de investigación aplicables a una partida o a un grupo de hechos y circunstancias relativas a los estados financieros sujetos a examen, mediante los cuales, se fundamenta en la opinión. Los procedimientos le permiten sortear el riego de error material (compuesto de riesgo inherente y riesgo de control) en las siguientes formas: 1. Conocer al cliente y a su ambiente a fin de evaluar los riesgos de error material. 2. Conocer el control interno del cliente. 3. Diseñar y realizar pruebas de los controles para verificar su eficiencia operativa en la prevención o detección de errores materiales. 4. Diseñar y realizar procedimientos importantes a fin de probar las afirmaciones contenidas en los estados financieros o detectar los errores materiales. 3.5.3.1 EXTENSIÓN O ALCANCE DE LOS PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA Se entiende por extensión alcance de procedimiento de auditoría, la “profundidad” de una auditoría realizada, de acuerdo con el objetivo que se busca. Las auditorías se realizan con diversos propósitos: Revisiones regulares de los registros de la empresa, detección de errores internos, detección de un fraude dentro de una empresa, incumplimientos normativos, entre otros. Debido a este hecho, el alcance y los objetivos de la auditoría tienen un significado diferente según la persona que realiza la auditoría, así como la razón detrás de la auditoría. El alcance de procedimientos tienen las siguientes características: Relevancia: Es dar como resultado un informe del profesional que ayuda a la toma de decisiones de los usuarios previstos. Integridad: Es cuando no omiten factores relevantes que razonablemente se podría esperar que afecten las decisiones de los usuarios previstos. Confiabilidad: Permite una evaluación razonablemente consistente de la materia. Neutralidad: Los criterios neutrales dan como resultado un informe del profesional que está libre de sesgos según sea apropiado en las circunstancias del compromiso. Comprensibilidad: Da como resultado un informe del profesional que puede ser comprendido por los usuarios previstos. 3.5.3.2 OPORTUNIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA Los procedimientos analíticos son evaluaciones que realiza el auditor a los estados financieros y que consisten en comparar lo registrado con expectativas del auditor. Generalmente, las evidencias son más convincentes para cuentas de balance, cuando se obtienen lo más cerca posible a la fecha de dicho balance, por ejemplo el conteo que hace el auditor de los inventarios en la fecha del balance sería más confiable que el conteo que se haga dos meses antes. 3.5.3.2.1 PROCEDIMIENTOS ANALITICOS SUSTANTIVOS Sin embargo, el uso adecuado de un determinado procedimiento analítico dependerá de la valoración realizada por el auditor en relación a la eficacia del mismo en la detección de una inexactitud que puede llevar a que los estados financieros contengan errores relevantes. Por ejemplo, cuando una entidad tiene poca rotación de personal y este tiene salarios fijos, el auditor puede usar dicha información y estimar los costos totales de salarios, durante un período determinado, con un alto grado de exactitud, obteniendo de esta manera evidencia de auditoría sobre una partida significativa de los estados financieros, reduciendo la necesidad de realizar más pruebas sobre la nómina. La aptitud de los procedimientos analíticos sustantivos específicos o basados en pruebas de detalle también depende de la valoración realizada por el auditor sobre el riesgo de errores relevantes. 3.5.4 NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS El cumplimiento de estas normas garantiza la calidad del trabajo profesional del auditor. a. En todos los asuntos concernientes a ella, el auditor o auditores mantendrán su independencia de actitud mental. b. Se obtendrá evidencia suficiente y competente mediante la inspección, la observación, y la confirmación, con el fin de tener una base razonable para emitir una opinión respecto de los estados financieros auditados. c. El informe indica si los estados financieros están presentados conforme a los principios de contabilidad generalmente aceptados. d. Las revelaciones informativas de los estados financieros se considerarán razonablemente adecuadas salvo que se especifique lo contrario en el informe. e. El informe contendrá una expresión de opinión referente a los estados financieros tomados en su conjunto o una aclaración de que no puede expresarse una opinión. 3.5.5 EVIDENCIA DE AUDITORIA La Norma Internacional de Auditoría 500 – Evidencia de Auditoría, describe a esta como la información utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que basa su opinión. También señala que incluye tanto la información contenida en los registros contables de los que se obtienen los estados financieros, como otra información. La evidencia de auditoría es la información/documentación utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que basa su opinión. La evidencia de auditoría incluye tanto la información contenida en los registros contables de los que se obtienen los estados financieros, como otra información complementaria. La evidencia de Auditoría es suficiente cuando el auditor considera que la cantidad de evidencia ha aportado lo requerido para sustentar su opinión, o que el riesgo de error existe, o por el contrario que no existe y que por lo tanto los estados financieros están libres de errores materiales y por lo tanto son razonables. La evidencia de Auditoría es adecuada o apropiada, cuando el auditor considera que es fiable, relevante y contundente. 3.5.6 PAPELES DE TRABAJO DE LA AUDITORIA Los papeles de trabajo serán propiedad del Órgano de Control, por contener la evidencia de trabajos de auditoría realizados por su personal. 3.5.6.1 SUS FUNCIONES DE LOS PAPELES DE TRABAJO Integridad y exactitud – Los papeles de trabajo deben ser completos, exactos, y apoyar las observaciones, pruebas, conclusiones y recomendaciones. Claridad y comprensión – Los papeles de trabajo deben ser comprensibles y sin explicaciones orales suplementarias. con esa información un supervisor puede determinar el propósito, naturaleza y alcance del trabajo concluido del auditor. Pertinencia – La información contenida en los papeles de trabajo debe limitarse a los asuntos que son importantes y necesarios para apoyar los objetivos y el alcance establecido para el proyecto. Orden lógico – Los papeles de trabajo deben seguir un orden lógico. Minimizar variedad – Los papeles de trabajo deben estar preparados dentro de un enfoque coherente y un marco de ejecución a través de la auditoría y la organización, independientemente del auditor que se le asigne el trabajo. La legibilidad y pulcritud - Los papeles de trabajo deben ser legibles y tan limpio como sea posible. Papeles de trabajo descuidados pueden perder su valor como evidencia. Optimizar el flujo de trabajo – Encontrar maneras de crear flujos de trabajo para la preparación de la documentación que se integran directamente a los mecanismos de gestión de proyectos, tales como, gestión del ciclo completo de la auditoría, opiniones del supervisor, los resultados de seguimiento, seguimiento del tiempo de los proyectos, informes de estado de los proyectos directamente en un solo proceso. 3.5.6.2 LA NATURALEZA Y CONFIDENCIALIDAD El uso de papeles de trabajo estandarizados puede mejorar la eficiencia con que son preparados y revisados dichos papeles de trabajo. Cuando una empresa da a conocer el resultado de sus operaciones, siempre lo hace a través de los estados financieros que ha preparado, y no mediante los libros y registros contables o procedimientos administrativos. El dictamen del auditor debe ser suficiente para los efectos de informar, por lo tanto, no revelará ninguna información confidencial que haya obtenido en el curso de una auditoria profesional excepto con el consentimiento del cliente. Si el informe del auditor fuera objetado o refutado el profesional puede recurrir, a presentar sus papeles de trabajo, tanto como prueba de su buena fe, como de la corrección técnica de sus procedimientos para llegar al resultado informe. 3.5.6.3 PROPIEDAD los papeles de trabajo son propiedad del auditor, él los preparó y son la prueba material del trabajo efectuado; pero, esta propiedad no es irrestricta ya que por contener datos que puedan considerarse confidenciales, está obligado a mantener absoluta discreción respecto a la información que contienen. es decir, los papeles de trabajo son del auditor, pero queda obligado al secreto profesional que estipula no revelar por ningún motivo los hechos, datos o circunstancias de que tengan conocimiento en el ejercicio de su profesión (a menos que lo autorice él o los interesados y salvo los informes que obligatoriamente establezcan las leyes respectivas). 3.5.6.4 RESPONSABILIDAD DE AUDITORES El auditor es responsable de: La propiedad de los papeles de trabajo . La conservación y protección de los papeles de trabajo . De la confidencialidad y acceso a los mismos. Mientras realice la auditoría, el auditor es responsable de la conservación y protección de los papeles de trabajo. Una vez concluido deben ser conservados en archivos seguros. La documentación que no se utilice debe ser devuelta de inmediato a la empresa. En caso de viaje, los papeles de trabajo deben ser transportad os por el propio auditor. 3.5.6.5 TIPOS DE PAPELES DE TRABAJO Por su uso: De acuerdo a la utilización que tengan los papeles de Auditoría en el período examinado o en varios períodos de clasifican en Archivo de la Auditoría y Archivo Continuo o Permanente de Auditoría Por su contenido: De acuerdo al contenido de cada papel de trabajo, estos se clasifican en Hojas de Trabajo, Cédulas Sumarias y Cédulas Analíticas 3.5.6.6 ORGANIZACIÓN Los papeles de trabajo son los elementos que respaldan la tarea realizada por uno o más auditores, tendiente a cumplir los objetivos de auditoria establecidos. Los mismos deben ser organizados de manera tal que constituyan: Evidencia del trabajo realizado y de las observaciones que sirvieron de fundamento a los informes (Ej.: Estados Contables, Gestión, Relevamiento, etc.). Una fuente a la que pueda acudirse para obtener detalles ( Ej.: saldos de cuentas, situaciones que se reiteran de una auditoria a otra, etc.). 3.5.6.7 DIRECTRICES PARA PREPARARLO Los papeles de trabajo deben contener información pertinente y reunir las características de ser: Claros: Los papeles de trabajo deben permitir que un tercero pueda entender el propósito, naturaleza, alcance y conclusiones del trabajo realizado. Concisos: Los papeles de trabajo deben ser breves y puntuales sin incluir comentarios excesivos que dificulten su entendimiento y revisión. Objetivos: Los papeles de trabajo deben ser emitidos con el criterio de imparcialidad es decir reflejar los hechos o situaciones tal como han sucedido y abstenerse de comentarios o críticas o suposiciones. Pertinentes: Los papeles de trabajo deben incluir solo la información y datos relacionados con los objetivos de la auditoría de tal forma se constituyan en respaldo de las conclusiones del auditor. Ordenados: Los papeles de trabajo deben ser organizados y archivados manteniendo un orden lógico racional de tal forma que posibilite verificar el proceso de la auditoría y acceso a cualquier información. Completos: Los papeles de trabajo deben contener toda la información en forma suficiente que ayude a comprender el trabajo realizado y las razones que fundamentan las conclusiones alcanzadas Para mejorar la eficiencia de la auditor ía, el auditor puede utilizar documentos contables, de análisis y otros papeles preparados por la entidad, los mismos a fin de demostrar esa característica, deben llevar las iniciales de Papel Proporcionado por la Empresa (PPE). 3.5.6.8 GENERADOS POR COMPUTADORA Los papeles de trabajo en medios electrónicos se refieren a información creada, transmitida, procesada, grabada o conservada electrónicamente que dan soporte a un informe de auditoría. A dicha información sólo se puede tener acceso usando equipos y tecnolo gías idóneas (COMPUTADORAS). El impacto de la tecnología de información en las organizaciones para optimar sus procesos ha llevado a establecer técnicas dentro de una revisión de auditoría, las cuales ayudan a otorgar confianza en el correcto uso de la tecnología y repercuten en el ambiente de control y en los registros contables financieros. Por ello la información digital se ha convertido en un elemento importante dentro de las organizaciones, de ahí la calidad, veracidad y oportunidad de esta, para facil itar la toma de decisiones y correcta disposición de la información. 3.5.6.9 REVISION Los papeles de trabajo son el conjunto de documentos que contienen la información obtenida por el auditor en su revisión, así como los resultados de los procedimientos y pruebas de auditoría aplicados; con ellos se sustentan las observaciones, recomendaciones, opiniones y conclusiones contenidas en el informe. SEGUROS DE LARGO Y CORTO PLAZO 3.6.1 SEGUROS DE CORTO PLAZO lo que es: Los planes de seguro a largo plazo (llamados con frecuencia seguro de gastos médicos mayores) son opciones amplias renovables anualmente diseñadas específicamente para que usted permanezca en el mismo plan durante largos períodos de tiempo. Ya que por lo general usted va a mantener un plan de gastos médicos mayores durante muchos años, estos cuentan con valoración médica - lo que significa que tendrá que responder preguntas de salud para asegurar que está calificado para la cobertura. A diferencia de los planes de viaje, que le permiten elegir su propio máximo de póliza y deducible, la cobertura de seguro a largo plazo suele ser menos flexible, pero ofrece un máximo de póliza mayor y beneficios adicionales, como el cuidado preventivo. para quien es: Los planes de seguro internacional a largo plazo funcionan bien tanto para expatriados individuales como para familias que necesitan cobertura durante al menos un año. También funcionan bien para estudiantes internacionales, permitiéndoles mantener el mismo plan de seguro a lo largo de sus estudios. Cualquier persona con condiciones preexistentes o que planee quedar embarazada estaría también interesada en un plan a largo plazo, ya que los recién nacidos generalmente se añaden a un plan de forma automática y las condiciones preexistentes están cubiertas de forma automática o después de un período de espera. lo que sí ofrece y no ofrece: Aunque estos planes son más costosos, proporcionan muchos beneficios que no están cubiertos por los planes a corto plazo, como la cobertura de condiciones preexistentes, las visitas de bienestar y el cuidado preventivo. Por supuesto, ningún plan de seguro puede cubrir todas las visitas, pero las opciones a largo plazo por lo general ofrecen la mayor cobertura. En cuanto a la renta de vejez, el Tribunal Constitucional partiendo del concepto de seguridad social ha señalado en SC 0782/2010-R de 2 de agosto de 2010, que: “El art. 45 de la CPE”, prevé que todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a la seguridad social con carácter gratuito, prestado bajo los principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia. Su dirección y administración, corresponde al Estado, con control y participación social. El régimen de seguridad social, cubre la atención por enfermedad, epidemias y enfermedades catastróficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales, laborales y riesgos por labores de campo; discapacidad y necesidades especiales; desempleo y pérdida de empleo; orfandad, invalidez, viudez, vejez y muerte; vivienda, asignaciones familiares y otras previsiones sociales. El Estado, garantiza el derecho a la jubilación, con carácter universal, solidario y equitativo. El art. 67 de la Ley Fundamental, consagra que además de los derechos reconocidos en la Constitución, todas las personas adultas mayores tienen derecho a una vejez digna, con calidad y calidez humana y la obligación del Estado de proveer una renta vitalicia de vejez, en el marco del sistema de seguridad social integral, de acuerdo con la ley. Con relación a la seguridad social de largo plazo, la Ley de Pensiones de 29 de noviembre de 1996, modifica el anterior Sistema de Reparto, estableciendo para la transición, el sistema de “compensación de cotizaciones” para los afiliados que hayan realizado al menos sesenta cotizaciones en ese sistema, estableciendo los mecanismos y procedimientos para hacer efectivo este derecho. Regula el seguro social obligatorio de largo plazo y dispone el destino y administración de los recursos que benefician a los ciudadanos bolivianos, de conformidad a la Ley 1554 de 21 de marzo de 1994 (Ley de Capitalización). Comprende las prestaciones de jubilación, invalidez, muerte y riesgos profesionales a favor de sus afiliados. Determina que los recursos del seguro social obligatorio de largo plazo para la prestación de jubilación, conforman fondos de pensiones, los recursos de la capitalización que forman los fondos de capitalización colectiva, constituyen fideicomisos irrevocables de duración indefinida y ambos gestionados por las administradoras de fondos de pensiones (AFP). Crea la Superintendencia de Pensiones, posteriormente fusionada con las de Valores y Seguros. En lo relativo a Pensiones, tiene el objetivo de velar por el pago de prestaciones, la captación de cotizaciones, la seguridad, solvencia, liquidez, rentabilidad y otras actividades relacionadas con los fondos de pensiones, las AFP’s y de otras entidades previstas en la ley. En ese orden de ideas, el Tribunal Constitucional Plurinacional en la SCP 0966/2012 de 22 de agosto de 2012, ha entendido que la protección a la vejez, se encuentra plenamente establecida al concluir que: La vejez una contingencia que es cubierta por el derecho de la seguridad social. Conforme se ha desarrollado líneas arriba, entre uno de los alcances de la seguridad social está la vejez que según etapa puede entenderse en dos sentidos: Como sinónimo de ancianidad, es decir, como el último período de la vida ordinaria del hombre al que se llega después de un largo recorrido vital en que se ha desarrollado una actividad. En un segundo sentido, la vejez es sinónimo de senectud o senilidad. En el primer caso, basta el cumplimiento de una edad determinada para encontrarse en situación de vejez, con independencia del estado psicofísico en que se encuentre la persona. La protección en este supuesto, se fundamenta y justifica en el derecho al descanso, obtenido y ganado en virtud a la aportación a la actividad productiva durante largo período de tiempo. Por otro lado el Código de Seguridad Social, aprobado, tiene por objeto proteger a los trabajadores y sus familiares en casos, entre los cuales se halla inmiscuida la vejez (art. 3). En ese sentido no se puede dejar de prestar especial atención de tutela a aquellas personas, que por encontrarse en una etapa de vulnerabilidad acuden a este Tribunal, a objeto de hacer prevalecer sus derechos, siendo uno de los cuales el derecho a la jubilación, que pueda permitirles la satisfacción vital de sus necesidades de manera oportuna a través de una renta periódica, que a decir de la misma el ya referido Código lo ha definido en su art. 13.inc.i) como: “El pago periódico en determinada proporción del salario, reconocido a los asegurados, o el pago periódico en proporción de la renta del causante a los derecho-habientes, en los casos de incapacidad permanente por causa profesional, de invalidez, vejez o de muerte”. 3.6.2 SEGUROS DE LARGO PLAZO lo que es: Llamados con frecuencia planes de seguro de viaje, las pólizas a corto plazo están diseñadas específicamente para cubrir tanto experiencias médicas como de viaje por un período de un año o menos. Ellas le permiten elegir su propio máximo de póliza y deducible, lo que le permite mantener el control de su cobertura y precio. lo que sí ofrece y no ofrece: Ya que por lo general usted sólo puede tener su cobertura por un año, estos planes no lo cubrirán para condiciones a largo plazo, como maternidad, salud mental y condiciones pre-existentes Sin embargo, proporcionarán cobertura para enfermedades o lesiones nuevas durante su viaje, incluyendo visitas al médico y hospitalizaciones. También se incluyen beneficios de viaje, como interrupción de viaje y pérdida de equipaje, así que asegúrese de revisar el texto de la póliza para más detalles. para quien es: Dado que los planes domésticos normalmente no cubren los gastos médicos en el extranjero, estos planes funcionan bien para individuos y familias que viajan fuera de su país de origen en busca de cobertura general. Los viajeros frecuentes también tienen un gran uso de estos planes, ya que los beneficios de viaje asociados como pérdida de equipaje o interrupción de viaje por lo general siempre vienen incluidos. Estos planes también funcionan bien para estudiantes en programas de estudio corto en el extranjero que no necesitan cumplir con requisitos de seguro estrictos. En algunos casos, los planes a corto plazo pueden ser buenas opciones mientras se espera por la cobertura a largo plazo a través de un empleador o una empresa privada. costos y opciones de pago: Los planes a corto plazo normalmente no son renovables y se ofrecen con una tarifa diaria, lo que permite al comprador comprar la cobertura para el período de tiempo exacto necesario y ayuda a mantener el costo total bajo. Son los seguros que gestionan las contingencias inmediatas de la vida y del trabajo, otorgándoles el derecho a recibir la atención médica que se considere indispensable para su curación y rehabilitación por: Enfermedad Común, Maternidad y Riesgos Profesionales (Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional), con el soporte financiero del aporte patronal del 10% sobre el ingreso mensual de cada trabajador. La Caja Nacional de Salud es la única gestora del seguro a corto plazo, cubriendo las prestaciones en servicios, especie y dinero y supervisando el cumplimiento de las asignaciones familiares que son erogadas de fondos patronales. LA IGUALDAD DE GÉNERO La equidad de género es un tema transversal que debería ser integrado naturalmente en todos los trabajos de desarrollo. Sin embargo, un problema que genera desventajas particularmente profundas y a largo plazo para mujeres comparado con los hombres son los embarazos en adolescentes, ya que estos tienden a interrumpir, o demorar severamente, la educación, carrera, y la capacidad de generar ingresos para las mujeres. Casi la mitad de todas las mujeres de 20 años en Bolivia ya tienen por lo menos un bebé que cuidar, lo que significa que no pueden enfocarse completamente en desarrollar su propio potencial. Bolivia tiene un rendimiento relativamente bueno en algunas áreas de equidad de género. Además, en términos de la representación de mujeres en el parlamento, Bolivia sobresale a nivel global con 53% de su parlamento compuesto por mujeres, el cual es el segunda porcentaje más alta en el mundo. Históricamente la diferencia entre el género humano ha sido marcada fuertemente, desde el inicio de la vida social, económica y política. Esta forma de vida ha sido infundida a través de las diferentes generaciones, La igualdad de género es la capacidad de ser equitativo, justo y correcto en el trato de mujeres y hombres según sus necesidades respectivas. La igualdad de género se refiere a la justicia necesaria para ofrecer el acceso y el control de recursos a mujeres y hombres por parte del Gobierno de las Instituciones Educativas y de la Sociedad 3.7.1 GENERO El significado que la sociedad da la diferencia entre Mujeres y Hombres en la mayoría de las sociedades actuales, se trata de un sistema de relaciones de poder y de subordinación socialmente construidas que crea roles sexuales diferenciados y asigna tareas distintas para hombres y mujeres. A continuación, se resumen algunos conceptos, argumentos y hallazgos para demostrar: a) que no existe desarrollo humano si las mujeres no participan en el de manera integral b) que se requiere un compromiso político y una combinación de estrategias por parte de los gobiernos y de la sociedad civil para el logro de un desarrollo humano con equidad de género c) que para hacer frente a los variados retos del contexto global es necesario un elevado compromiso político y el establecimiento de sólidas alianzas entre las organizaciones de los países industrializados y en vías de desarrollo, con el personal de los gobiernos y las Agencias Internacionales. Los sistemas de seguridad social no son neutros respecto al género, sino que más bien ocurre lo contrario, dado que están ligados al mercado del trabajo, reproducen las desigualdades que se hayan presentado en el ámbito laboral. El mercado de trabajo es uno de los ámbitos donde más claramente vemos los obstáculos a los que se enfrentan aún las mujeres, con inferiores tasas de participación en la fuerza laboral y mayores tasas de desempleo, más peso en la economía informal y una mayor inestabilidad laboral. Asimismo, se enfrentan a una importante brecha salarial y a las interrupciones de su carrera profesional debidas al cuidado de menores o de los mayores en situación de dependencia. Estas realidades del mercado laboral tienen un impacto en los sistemas de pensiones, ya que se traducen en una menor densidad de las cotizaciones de las mujeres y, como consecuencia, en un menor acceso al derecho a una pensión contributiva y en una menor cuantía de las pensiones percibidas. De esta forma, las mujeres son las principales perceptoras de pensiones no contributivas y de pensiones derivadas de los derechos adquiridos por su cónyuge o pareja, cuya cuantía por lo general cubre solo las necesidades básicas. 3.7.2 LAS MUJERES Y EL DESARROLLLO En las décadas de los cincuenta y sesenta, las políticas de desarrollo gravitaban sobre el objetivo del crecimiento económico, a través del ahorro y la acumulación de capital. A las mujeres se les percibía como beneficiarias pasivas del desarrollo. El objetivo era mejorar su bienestar y el de sus familias convirtiéndolas en mejores madres. En el decenio de los sesenta, se comenzó a cuestionar el modelo de crecimiento por sus limitados resultados y se abogó por otorgar mayor atención a las necesidades básicas de la población más vulnerable. Ester Boserup (1970) realizó un análisis sobre los efectos del crecimiento económico, incidiendo en la división sexual del trabajo y subrayando las diferentes repercusiones del desarrollo sobre las mujeres y los hombres. Este cuestionamiento del paradigma de desarrollo dominante dio lugar a diversas propuestas doctrinales, cuyo sustrato común era reclamar una mayor incorporación de las mujeres al proceso de desarrollo, venciendo la discriminación. Este planteamiento es conocido como enfoque MED. Una primera propuesta, denominada enfoque de la equidad, reconocía la aportación de las mujeres al desarrollo y criticaba la subordinación de éstas en la familia y en el mercado, abogando por incrementar su autonomía económica y política y la igualdad de derechos. Su carácter desafiante mereció un escaso éxito entre gobiernos y agencias y dio lugar a un segundo planteamiento, de tono más bajo, denominado enfoque anti-pobreza, cuyo propósito era estimular la productividad de las mujeres de ingreso más bajo. Los años ochenta fueron el escenario de la crisis de la deuda y de las políticas de ajuste estructural. En este marco, surge el tercer enfoque MED, denominado Enfoque de la Eficiencia, todavía hoy vigente, que promueve la contribución económica de las mujeres en la medida en que favorece una mayor productividad y un desarrollo más eficiente. Se basa en un elástico concepto del tiempo de las mujeres, quienes ven en muchos casos incrementadas sus tareas con proyectos que tienen este enfoque. 3.7.3 LA IGUALDAD Por igualdad se entiende la capacidad de toda persona para disfrutar de derechos, así como para contraer obligaciones con las limitaciones que la misma ley señala de manera específica. Pero dentro de la Constitución Política del Estado comentada en sus Principios, Valores y fines del Estado indica que todos los bolivianos sin excepción, tenemos las mismas oportunidades, para ejercer los mismos derechos. La igualdad es un valor imprescindible para el progreso, el avance, de toda la sociedad, porque ofrece la posibilidad de que cada ser humano tenga los mismos derechos y oportunidades, y en consecuencia, de que cada persona pueda aportar al conjunto desde su libertad, de que pueda contribuir con su trabajo, su esfuerzo, sus conocimientos, su solidaridad. IGUALDAD DE SALARIOS. La Constitución de Bolivia exige que el estado promueva la incorporación de mujeres a la fuerza laboral y les garantice la misma remuneración que los hombres por trabajos de igual valor tanto en el sector público como en el privado. La Ley General del Trabajo exige que los salarios se paguen de manera proporcional al trabajo y no se debe permitir ninguna diferencia por motivos de sexo o nacionalidad IGUALDAD DE TRATO DE LAS MUJERES EN EL TRABAJO. La Constitución garantiza que toda persona tiene derecho a trabajar sin discriminación y con una remuneración satisfactoria que asegure una existencia digna del trabajador y su familia. Además, la Constitución también crea una obligación para el estado de promover el empleo de mujeres en la fuerza laboral. 3.7.4 LA EQUIDAD La Equidad es un valor de connotación social que se deriva de lo entendido también como igualdad. Se trata de la constante búsqueda de la justicia social, la que asegura a todas las personas condiciones de vida y de trabajo “Dignas e Igualitarias” sin hacer diferencias entre unos y otros a partir de la condición social, sexual entre otras. El termino equidad proviene de la palabra en latín “aequitas”, que se deriva de “aequus” que se traduce en el español como igual. De este modo la “equidad” busca la promoción de la valoración de las personas sin importar las diferencias culturales, sociales o de género que presten entre sí. La igualdad de género supone que los diferentes comportamientos, aspiraciones y necesidades de las mujeres y los hombres se consideren, valoren y promuevan de igual manera. Ello no significa que mujeres y hombres deban convertirse en iguales, sino que sus derechos, responsabilidades y oportunidades no dependan de si han nacido hombres o mujeres. Por eso se habla de igualdad de oportunidades, es decir, que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades en todas las situaciones y en todos los ámbitos de la sociedad, que sean libres para desarrollar sus capacidades personales y para tomar decisiones. El medio para lograr la igualdad es la equidad de género, entendida como la justicia en el tratamiento a mujeres y hombres de acuerdo a sus respectivas necesidades. La equidad de género implica la posibilidad de utilizar procedimientos diferenciales para corregir desigualdades de partida; medidas no necesariamente iguales, pero conducentes a la igualdad en términos de derechos, beneficios, obligaciones y oportunidades 3.7.5 SEGURIDAD SOCIAL Las contingencias se clasifican, en la mayoría de las legislaciones, en tres tipos: Contingencias patológicas: aquellas situaciones que deben protegerse ante la eventualidad de que el individuo contraiga una enfermedad (seguro de salud), accidente o enfermedad del trabajo (pensiones por invalidez o enfermedad). Contingencia socioeconómicas: son aquellos recaudos que se toman ante la eventualidad de la pérdida de ingresos (jubilación o pensión) o a falta de trabajo (seguro de desempleo) o en razón de la "expansión de la familia" como el caso de nacimiento, esposo/a a cargo, (asignaciones familiares). Contingencias biológicas: agrupan a aquellas precauciones que se toman en la vida activa para asegurar la protección de los derechohabientes (pensión para el cónyuge supérstite o hijos menores), en caso de muerte (gastos de sepelio), o una pensión para aquellos no trabajadores/as carentes de recursos (pensiones graciables o no contributivas). La protección del Sistema de Seguridad Social comienza a actuar, una vez configurada la contingencia, la cual produce como efecto que una persona, o los miembros de su familia, o uno y otros, resulten desfavorablemente afectados, en su nivel de vida, ya sea como consecuencia de un aumento en el consumo, o una disminución o supresión de los ingresos. Es decir, en todos los casos, lo "protegido" es aquello que, en caso de ausencia, se entiende como privación. Por ello la contingencia está ligada indisolublemente con la carencia en el concepto más tradicional de la Seguridad Social, o al estado de necesidad de esta persona en la visión actual. El Estado cumple un doble rol en el sistema: por una parte reconoce el derecho a la seguridad social a todos los habitantes, legislando y reglamentando conforme a ello y, por otra parte, asume la responsabilidad de brindar las prestaciones directamente a los beneficiarios/as. Nótese que no existe ninguna consideración de la perspectiva de género en la definición de las contingencias. De este modo se crearon "nuevas instituciones" (administradoras de fondos, superintendencias de administración de fondos) y en otros debieron adecuarse las existentes, por caso compañías de seguro de vida y de retiro. Por otra parte se señala que la tarea reglamentaria y de adecuación institucional no puede considerarse culminada, señalando, por ejemplo, que "todo marco normativo es de naturaleza dinámica", al tiempo que se observa un "enorme esfuerzo de adaptación a las necesidades del nuevo sistema". De acuerdo con este principio, el sistema de seguridad social como un todo, debe funcionar con criterios congruentes y coordinados, y otorgar prestaciones o beneficios similares para los diferentes colectivos que se protegen. Este principio se ha confundido muchas veces con la exigencia de centralización en una sola entidad de todo el sistema de seguridad social. Lo que se enfatiza con este principio es que debe existir una congruencia en la gestión de las diferentes entidades que participan en la administración del sistema de seguridad social, y en los beneficios otorgados por ellas, de modo que la multiplicidad de instituciones no quiebre el principio de igualdad. En el ámbito del derecho a la salud, este principio ha tenido un desarrollo significativo, no así en relación con el derecho a la jubilación en el que, pese a algunos esfuerzos, se mantienen diferencias importantes en las prestaciones y en las formas de financiamiento, sin que dichas diferencias tengan respaldo técnico. 3.7.6 NORMAS INTERNACIONALES DEL TRABAJO E IGUALDAD DE GÉNERO En los primeros años de la OIT, las normas relacionadas con las mujeres estaban destinadas principalmente a proteger a las trabajadoras en términos de seguridad y salud, condiciones de trabajo y requisitos especiales relacionados con su función reproductora. Con el tiempo, se ha producido un cambio en relación con las normas pertinentes con respecto a las mujeres, pasando de los convenios de protección a los convenios destinados a ofrecer a mujeres y hombres los mismos derechos y oportunidades. Son las que tratan de proteger la función reproductora de la mujer. La mayoría de los instrumentos de la OIT en materia de seguridad social no contienen disposición alguna que prohíba la discriminación en función del sexo, ya que se adoptaron en una época en que prevalecía la opinión (que a menudo no concordaba con la realidad) de que los hombres eran el sostén de la familia y que las mujeres permanecían en el hogar cuidando de la familia. Con miras a crear la igualdad efectiva de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras, el Convenio núm. 156 prescribe que deberían adoptarse todas las medidas compatibles con las condiciones y posibilidades nacionales para tener en cuenta las necesidades de los trabajadores con responsabilidades familiares en lo que concierne a la seguridad social. La Recomendación sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), recomienda que todas las personas, sin discriminación, deberían gozar de igualdad de oportunidades y de trato en relación con las medidas relativas a la seguridad social. La protección de la función reproductora de la mujer está íntimamente ligada a la promoción de la igualdad de género. Las prestaciones del seguro de maternidad son una pieza clave para permitir a las mujeres y a sus familias mantener su nivel de vida cuando la madre no puede trabajar. A través de su historia, la OIT se ha esforzado por garantizar que las trabajadoras disfruten de este derecho, desde la adopción en 1919 del Convenio sobre la protección de la maternidad, 1919 (núm. 3), hasta la adopción en 2000 del Convenio sobre la protección de la maternidad (núm. 183) y la Recomendación núm. 191. 3.7.7 EL VÍNCULO EXISTENTE ENTRE LA PROTECCION SOCIAL Y EL GÉNERO Los regímenes de Seguro Social no abarcan con frecuencia a ciertas categorías de trabajadores, como las de los trabajadores a domicilio, los trabajadores domésticos y los trabajadores a tiempo parciales, en las que las mujeres están fuertemente representadas. Los trabajadores de la economía informal donde tantas mujeres pasan la mayor parte de su vida laboral- también están desprotegidos. Factores tales como carreras interrumpidas, períodos más cortos de cotización y salarios inferiores afectan de manera negativa a los derechos que tienen las mujeres en el marco de la seguridad social y de otros regímenes relacionados con el empleo. Esta situación afecta no sólo a las jubilaciones sino también a los subsidios de desempleo que muchas mujeres desempleadas no reciben. (Si están solteras, puede que obtengan prestaciones procedentes del seguro social, que por lo general son inferiores y están sujetas a un gran número de restricciones. Si tienen una pareja, la comprobación de los medios de vida del hogar las descalifica por lo general para obtener asistencia social. En el marco de la protección social existen dos enfoques complementarios encaminados a lograr la igualdad de género: Las disposiciones o medidas destinadas a uniformar las reglas de juego y garantizar que se conceda un trato igualitario a los hombres y mujeres. El objetivo es eliminar las prácticas discriminatorias en la elaboración de programas; no obstante, las mujeres siguen estando en una situación de desventaja en términos de protección social, en la medida en que las prestaciones de la seguridad social siguen vinculadas al empleo en el mercado de trabajo donde persisten profundas desigualdades de género.´ Las disposiciones o medidas destinadas a igualar los resultados y compensar así la discriminación y las desigualdades generales fuera de los sistemas de seguridad social, por ejemplo en el mercado de trabajo. La mayoría de los regímenes de seguridad social fueron establecidos inicialmente sobre la base de un modelo en el que los hombres eran el sostén de la familia. Así, por ejemplo, proporcionaban generalmente prestaciones para las viudas, pero no para los viudos y, en algunos países, las mujeres casadas que realizaban un trabajo numerado no tenían que contribuir a esos regímenes. La edad de la jubilación inferior para las mujeres era también en cierta forma el reflejo de un modelo en el cual la participación de las mujeres en la fuerza laboral, se consideraba secundaria. A medida que un mayor número de mujeres se ha ido Incorporando a la fuerza de trabajo remunerada, las ideas acerca de las funciones de los géneros han evolucionado y los regímenes de seguridad social están siendo reformados gradualmente. MEDIDAS PARA OTORGAR LA IGUALDAD A TRAVES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL Se han utilizado o pueden utilizarse una serie de medidas de protección social para promover la igualdad de género, que incluyen: Prestaciones por hijos a cargo. Licencia y prestaciones parentales y servicios de cuidado infantil. Edad de jubilación. Pensiones de superviviente 3.8.1 PRESTACIONES POR HIJOS A CARGO La prestación por hijo o menor acogido a cargo es una prestación familiar no contributiva consistente en una asignación económica que se reconoce por cada hijo menor de 18 años o mayor afectado por una discapacidad igual o superior al 65%, así como por menores acogidos en acogimiento familiar, permanente o pre adoptivo a cargo del beneficiario, siempre que cumplan los requisitos exigidos. Cuando los hijos adoptivos o menores de edad viven con el beneficiario, se les considera dependientes económicamente. La separación temporal por estudios, trabajo de los padres, trabajo del adoptante o de acogida, tratamiento médico, rehabilitación u otras causas análogas no destruirá la relación de convivencia. 3.8.2 LICENCIA Y PRESTACIONES PARENTALES DEL CUIDADO INFANTIL Las políticas de cuidado de la primera infancia deben enmarcarse en un enfoque que integre los derechos de los niños, la igualdad de género y la inclusión social de las familias. Es necesario imbricar prestadores diversos que incluyen a la familia, al Estado, al mercado y a la sociedad civil. En este sentido, la regulación y provisión del cuidado infantil en la región revela vacíos severos, lo que dificulta, entre otras cosas, la incorporación de las mujeres al mercado laboral, en especial en hogares pobres. Asimismo, falta mayor interdependencia en políticas laborales entre el ámbito productivo y el reproductivo. 3.8.3 EDAD DE JUBILACIÓN Es la edad, estipulada por ley, a partir de la cual se puede solicitar la jubilación y percibir una pensión pública. Todos los países con un sistema público de pensiones estipula por ley la edad, a partir de la cual, un ciudadano puede solicitar la jubilación. Salvo la consideración de jubilación voluntaria u obligatoria, jubilación prolongada o jubilación flexible, es común en algunos países y existen diferencias de género. La edad media de jubilación es la edad media real de jubilación que se da en un país y se determina con base en las jubilaciones voluntarias antes de la edad legal de jubilación, jubilaciones voluntarias que se producen en la edad legal y más allá de la edad legal establecida. 3.8.4 PENSIONES DE SUPERVIVIENTE Tradicionalmente, estos beneficios solo se pagaban a viudas y huérfanos, y no al viudo (a menos que tenga una discapacidad, por lo que estaba a cargo de su esposa). Esta discriminación ha sido eliminada en el sistema de seguridad. Cuando un pariente cercano muere, usted puede recibir la pensión de supervivencia como asistencia económica. La pensión de supervivencia integra la pensión general y está compuesta por la pensión infantil, la pensión de superviviente relacionada con los ingresos y la pensión de viudedad. Si un pariente cercano muere, eso no solo significa tristeza y nostalgia. Eso también puede influir sobre la situación económica. La pensión de supervivencia es una seguridad económica que debe cubrir la parte del sustento que aportaba el fallecido. SISTEMA DE REPARTO En la seguridad social, el sistema de seguro solidario de vejez se denomina distribución. El sistema de reparto se organiza sobre la base de las contribuciones obligatorias realizadas por los empleados en servicio activo para formar un fondo para pagar las pensiones y las pensiones de los empleados jubilados. Como estrategia para prevenir la pérdida de capacidad laboral por vejez, este sistema se diferencia del sistema de capitalización personal, el primero se organiza en base a un mecanismo solidario, mientras que el sistema de capitalización se apoya en un mecanismo de capitalización personal. 3.9.1.1 ASEGURADOS AL SISTEMA DE REPARTO Son las personas con Rentas en Curso de Pago, con Rentas en Curso de Adquisición o que se encontraban adscritas o cotizando al Sistema de Reparto. El sistema de reparto es conocido también como de "solidaridad intergeneracional" debido a que las pensiones de jubilación se financian a través de los aportes de los trabajadores activos. 3.9.1.2 ENTE GESTOR DEL SISTEMA DE REPARTO Es la entidad que administra los regímenes de Vejez, Invalidez, Muerte y Riesgos. El Asegurado o Derechohabiente y sus beneficiarias o beneficiarios serán afiliados al último Ente Gestor de Salud al que estuvo registrado durante su vida activa, salvo los casos a ser determinados en reglamento. 3.9.2 DISCRIMACIÓN La discriminación, en términos generales, es una manera de ordenar y clasificar otras entidades, por ejemplo, los animales, las fuentes de energía, las obras de literatura, etc. El término discriminación es sinónimo de distinguir o diferenciar. La discriminación se produce cuando una persona es tratada de manera desigual o inferior como, por ejemplo, por pertenecer a una clase social diferente o por discriminación religiosa, que es cuando una persona es marginada por tener una religión diferente 3.9.3 BENEFICIARIO Son las personas que se hacen acreedores a la pensión y/o a los recursos de retiro de un trabajador en caso de que éste fallezca. Es importante recalcar que es el IMSS quien designa a los beneficiarios. De acuerdo con la Ley del Seguro Social existen 2 tipos de beneficiarios: legales y sustitutos. 3.9.4 LA RENTA El pago periódico se da en proporción del salario, también reconocido a los asegurados, también en proporción de la renta del causante a los derechohabientes, en los casos de incapacidad permanente por causa profesional, invalidez, vejez o de muerte. También es importante que cuando se habla de un país también se usa el término renta como sinónimo de ingreso. En este caso, esa tarea de recogida de capital se realiza en base a una serie de criterios tales como la renta per cápita, que establece la relación existente entre el número de habitantes y el producto interior bruto. También se usa como criterio cuantificador de renta, para determinar el valor económico de la producción de bienes y servicios de una nación en un tiempo establecido. Un hecho interesante de analizar es el efecto de un impuesto sobre la renta de un insumo como la tierra. Como se trata de una oferta fija, se tiene que este impuesto no introduce ninguna distorsión en la economía, siempre y cuando estemos en un escenario de competencia perfecta. 3.9.4.1 RENTA DE ORFANDAD Es una renta que se concede a los hijo (s) o hija (s) de causante. Cuando una persona fallece y deja hijos menores o adolescentes, éstos tiene derecho a una pensión de orfandad abonada por el sistema de la Seguridad Social. Con carácter general, se puede cobrar hasta los 21 años, si bien puede ser hasta los 25 en determinados supuestos. 3.9.4.2 RENTA DE ORFANDAD VITALICIA Renta otorgada al hijo (a) mayor de diecinueve (19) años, declarado (a) con Invalidez la renta de Orfandad Vitalicia, sus limitantes y condicionantes, la normativa que si bien se encuentra vigente contradice los principios básicos atentando contra los derechos fundamentales de los beneficiarios de la renta de orfandad. Los beneficiarios son los hijos de trabajadores que fallecieron y son menores de 19 años discapacitados o enfermos que les imposibilita desempeñarse totalmente. 3.9.4.3 RENTA DE ORFANDAD ABSOLUTA Esta Renta que se concede a los hijo (s) o hija (s) del causante cuando haya fallecido también la madre o viceversa, siempre que sean huérfanos absolutos. Se entiende que la orfandad absoluta hace referencia a que hayan fallecido ambos progenitores o a la ausencia de uno solo, cuando el otro sea desconocido o haya sido declarado responsable de violencia de género. El acceso independiente a la pensión de orfandad, un huérfano de ambos padres podrá acceder a la prestación de orfandad generada por cada uno de sus progenitores. Así, se solicitará que cada progenitor cumpla los requisitos de alta o asimilada al alta para poder acceder a la pensión. Es decir, se admite la concurrencia de ambas pensiones, dado que los causantes de cada una de ellas son distintos y se basan en diferentes contribuciones al sistema de la Seguridad Social. 3.9.4.4 RENTA DE DERECHOHABIENTE Beneficio otorgado a los beneficiarios (as) del asegurado fallecido, que contaba con una Se refiere a aquella persona cuyos derechos derivan de otra. Habitualmente, se emplea este término para hacer referencia al heredero de una persona y, en consecuencia, beneficiario de los derechos de indemnización establecidos en una póliza. Por ejemplo, son derechohabientes los hijos menores de edad y los mayores incapacitados. 3.9.4.5 RENTA DE VIUDEDAD La renta de viuda o de viudo La renta de viuda Tiene derecho a una renta de viuda si cumple con una de las siguientes condiciones: Tiene un hijo menor y\o mayor al momento de la viudedad; o tiene 45 años cumplidos en el momento de la defunción de su cónyuge y ustedes han estado casados por lo menos durante 5 años. Si has estado casada más veces, la duración de los diferentes matrimonios será tomada en consideración. Si Usted es una mujer divorciada, debe cumplir con una de las siguientes condiciones: Tiene un hijo menor y\o mayor y el matrimonio duró por lo menos 10 años; o Tenía más de 45 años en el momento del divorcio y el matrimonio duró por lo menos 10 años; o Tiene más de 45 años en el momento en el que el hijo menor alcanza la edad de 18 años; o Tiene hijos menores de 18 años. En este caso, usted tiene derecho a la renta hasta los 18 años del menor niño. Un nuevo matrimonio pone un término al derecho a la renta de viuda. La renta de viudo Usted tiene derecho a una renta de viudo, si cumple con las siguientes condiciones: Tiene hijos menores de 18 años a su cargo. Es un hombre divorciado que tiene hijos menores de 18 años a su cargo, el derecho a la renta de viudo se extingue con un nuevo matrimonio y\o cuando su hijo menor alcanza la edad de 18 años. Renta otorgada a la Viuda, Viudo o conviviente del Titular de la Renta. 3.9.5 TRABAJADOR ASEGURADO Es la persona, sea obrero, empleado, miembro de cooperativa de producción o aprendiz, que está en el Artículo 3°.- El Seguro Social Obligatorio tiene por objeto proteger a los asegurados en las contingencias que se indican y mediante las prestaciones siguientes: prestaciones en especie a los trabajadores y sus familiares en casos de enfermedad, maternidad o accidentes no profesionales, prestaciones en especie solamente a los trabajadores en casos de accidente de trabajo o enfermedad profesional, prestaciones en dinero solamente a los trabajadores en casos de enfermedad, maternidad, accidentes no profesionales, riesgos profesionales, invalidez y vejez, prestaciones en dinero a los derecho – habientes de los trabajadores fallecidos por cualquier causa, prestaciones para funerales en caso de muerte por cualquier causa de un trabajador y de su cónyuge o conviviente. 3.9.6 PENSION Es la prestación monetaria mensual pagada al Afiliado o a sus Derechohabientes por la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) o la entidad aseguradora. El valor de la Pensión será calculado en bolivianos con mantenimiento de valor respecto al dólar Estadounidense y su monto se pagará en bolivianos. Según la ley de pensiones. También administración y el otorgamiento de las prestaciones de jubilación, invalidez, muerte, gastos funerarios y riesgos profesionales del seguro social obligatorio de largo plazo y la administración de los beneficios de la capitalización son responsabilidad de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). 3.9.6.1 PENSION POR DERECHOHABIENTE Es la prestación mensual a favor de los derechohabientes, originada por el fallecimiento de un Asegurado pensionado por Vejez. REQUISITOS: Para iniciar trámite de solicitud de Pensión por Muerte, los Derechohabientes deberán suscribir el Formulario de Registro de Trámite (FRT), al cual deberán adjuntar los siguientes documentos: Fotocopia del documento de identidad del Asegurado, Certificado de Nacimiento emitido por el Registro Civil, en original o fotocopia, Certificado de Defunción emitido por el Registro Civil, en original o fotocopia, Certificado de Trabajo Insalubre emitido por el Departamento de Medicina del Trabajo del Ente Gestor de Salud, en original, si corresponde, Fotocopia del Aviso de Afiliación al Ente Gestor de Salud (AVC), parte de ingreso o carnet de asegurado al último Ente Gestor de Salud (EGS). 3.9.6.2 PENSION POR MUERTE Es la prestación mensual pagada por la Entidad Aseguradora a favor de los Derechohabientes, originada por un Riesgo Común, Riesgo Profesional o Riesgo Laboral para Independientes, o por el fallecimiento de un Asegurado. 4 ESTUDIO LEGISLATIVO El Sistema de Seguridad Social Boliviano, tiene como Marco Jurídico el Código de Seguridad Social, Ley de la República de 14 de diciembre de 1956 y su Decreto Reglamentario, el Decreto Supremo N° 5315 de 30 de septiembre de 1959 y la anterior Constitución Política del Estado de febrero de 1967, abrogada por la actual Constitución Política del Estado Plurinacional, promulgada el 7de febrero de 2009. «Los regímenes de seguridad social se inspirarán, en los principios de universalidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad y eficacia, cubriendo las contingencias de enfermedad, maternidad, riesgos profesionales, y vivienda de interés social». Desde la promulgación de la mencionada Constitución sus disposiciones fueron consideradas como enunciados y nada más, en especial el Articulo 158.(Aruquipa Humberto, 2011) Se debe tener presente que desde la promulgación del Código de Seguridad Social de 1956 y la Constitución de 1967 no se ha logrado un avance significativo, mucho menos cumplir las disposiciones de la Norma Fundamental, sin embargo en su enunciado textualmente señalaba «el mejoramiento de las condiciones de vida del grupo familiar» y por si fuera poco también mencionaba que «los regímenes de la Seguridad Social se inspiraban, en principios de universalidad, y eficacia» fueron más de 55 años de incumplimiento, restringido y suprimidos por parte del Estado. Aunque su fundamento doctrinal se encontraba basado en el Constitucionalismo Social los atropellos del Estado a la sociedad fueron latentes, sin embargo, la Constitución de 1967 incorpora como avance al desarrollo humano y por primera vez el Amparo Constitucional como garantía. «Todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a acceder a la Seguridad Social. La Seguridad Social se presta bajo los principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia. El Estado garantiza el derecho a la jubilación, con carácter universal. Las mujeres tienen derecho a la maternidad segura, con una visión y práctica intercultural, gozarán de especial asistencia y protección del Estado durante el embarazo, parto y en el período prenatal y postnatal».(Bolivia Principal | Países | Planes | Manual Constitución Política Del Estado (CPE) (7-Febrero-2009), 2011) «El servicio de seguridad social pública no podrá ser privatizada ni concesionados.» Los Derechos reconocidos por esta Constitución son Inviolables y Universales, Interdependientes Indivisibles y Progresivos. Los Derechos que proclama esta constitución no serán entendidos como negación a otros derechos no enunciados. «Todos los derechos reconocidos en la Constitución son aplicables y gozan de iguales garantías para su protección». Los derechos y sus garantías sólo podrán ser regulados por la ley. «La gestión de la seguridad social es función y atribución del Estado, a través del Ministerio de Salud y Deportes. Se incorpora el control social y la participación social, es decir la vigilancia y control para un adecuado funcionamiento del sistema Se sigue la línea de la derogatoria de los artículos 16 y 17 del Código de Seguridad establecido por la Ley N 3505 de 23 de octubre de 2006, puesto que se cubren inclusive las enfermedades catastróficas. La protección que señala es de avanzada, más aún la protección a los riesgos por las labores de campo, entendiéndolas como las que se susciten fuera del centro o establecimiento de trabajo. SEGÚN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO (C.P.E.) Tenemos los siguientes artículos: Artículo 35 Y 36: Estos artículos se refieren de como el estado debe garantiza y dar prioridad a la salud ya sea dando un mejoramiento de calidad de vida a un sector colectivo, a una población u pueblos indígenas de tal manera accediendo gratuitamente a servicios públicos y contando con un seguro universal. Artículo 37: Hace referencia a que toda persona tiene derecho a recibir una atención médica, pero por una parte debe informarse sobre las prevenciones o promociones que existe para poder prevenir enfermedades. Artículo 38: Ninguna persona puede ser privada de ser atendida en los servicios públicos del estado. Artículo 39 y 40: Hace referencia que el estado debe encargarse de hacer una revisión y dar el pleno consentimiento de funcionamiento ya que un centro de salud pública debe contar con un buen personal, una buena infraestructura un buen equipamiento para poder garantizar y dar un servicio de calidad a la población. Artículo 41: Se refiere que toda persona puede tener acceso a medicamentos siempre y cuando la producción de la misma tenga su debida importación y también estos pueden ser comercializados legalmente. Artículo 42: se debe dar una gran importancia y la debida práctica de la medicina tradicional ya que no todo se soluciona con medicamentos sino que también se puede curar muchas enfermedades con la medicina tradicional y se podría decir que es muy efectiva y recomendada pero en caso de usar medicamentos naturales estos deben de ser usados con mucha responsabilidad ya que cada producto tiene su debido efecto todo tiene su lado positivo y su lado negativo y es por eso que antes de usarse se debe tener un pleno conocimiento para no tener consecuencias más adelante. Artículo 43 y 44: Nos da a conocer que ninguna persona puedes ser sometida a una operación o realizarse un examen médico sin el consentimiento de la misma y en el caso que la vida de la persona esté en peligro de muerte en esta situación un familiar podría firmar la autorización también se refiere que se podría aceptar donaciones y poner trasplantes siempre y cuando sea legalmente. Artículo 45: Este artículo hace referencia a que todos los bolivianos y bolivianas tenemos derecho a una seguridad social y por el cual este debe ser gratuito y que todo PERSONA puede adquirirlo sin ninguna discriminación Ya que todo se debe dar por igual. SEGÚN LA LEY GENERAL DEL TRABAJO (L.G.T.) Tenemos los siguientes artículos: TÍTULO I – ARTÍCULO II: Patrono: es la persona natural o jurídica que proporciona trabajo, por cuenta propia o ajena, para la ejecución de una obra o empresa. Empleado: es el que trabajo con horario y condiciones especiales, desarrollando un esfuerzo predominante intelectual. Obrero: es el que trabaja, prestando de servicios de índole material o manual, incluyendo al que vigila el trabajo de otros obreros.6 TÍTULO II – ARTICULO 8: Los jóvenes mayores de 18 años y menores de 21 años, podrán pactar contratos, salvo oposición expresa de sus padres/tutores. 6 Conocer este artículo nos hace entender las posiciones que existen en el trabajo y llevarlas a cabo con mucha conciencia, respetando la posición que le toco, ya que esta fue dada por su currículum o informe de sus especialidades (estudios). Los mayores de 14 años y menores de 18 años; para firmar contratos laborales requerirán la autorización previa de sus padres/tutores. Tener conocimiento de este artículo es muy necesario, para así poder contratar personas con mentalidad madura y dispuestas a trabajar y hacerlo de forma legal consultando siempre a las personas encargadas del trabajador, los cuales son los padres/tutores del trabajador quien requirió del puesto, para así no tener quienes estén contra de la contratación y estar seguro que el/la trabajador es digno y se merece el puesto que será dado. TÍTULO II - ARTICULO 127: TIEMPO LABORAL TIEMPO DE ANTICIPACION OBREROS DESPUES DE DESPUES DE 6 UN MES MESES 7 DIAS 15 DIAS EMPLEADOS TIEMPO LABORAL DESPUES DE 3 MESES TIEMPO DE 30 DIAS ANTICIPACION DESPUES DE UN AÑO 30 DIAS PATRONES TIEMPO LABORAL DESPUES DE 3 MESES TIEMPO DE 90 DIAS ANTICIPACION TÍTULO II – ARTÍCULO 13: Cuando fuere reiterado el empleado u obrero por causal ajena a su voluntad. El patrono estará obligado a indemnizar por tiempo de servicios, con la suma equivalente a un mes de sueldo o salario por cada año de trabajo continuo. Si los servicios no alcanzaren a un año, en forma proporcional a los meses trabajados descontando los tres primeros que se reputan de prueba. Si el trabajador tuviere más de 8 años de servicios, percibirá la indicada indemnización, aunque se retire voluntariamente. Este artículo hace referencia a seguir las reglas de contratación. El que no la cumpla, será penado con indemnización por haber despedido a alguien contra su voluntad. Esto será realizado si el empleador/patrón despide a 7 Se refieren a los CONTRATOS POR TIEMPO INDEFINIDO. Conocerlos es muy importante ya que con ellos respetaremos su tiempo de anticipación a la fecha de la contratación del mismo. Y así evitar contratiempos para el/la contratado por el empleador y así ejecutar un trabajo pacifico entre los trabajadores. uno de sus obreros/empleados sin que alguno de ellos no haya cometido alguna falta a la empresa/lugar de trabajo que fueron contratados. TÍTULO II – ARTICULO 16: No habrá lugar a desahucio ni indemnización al empleado/obrero cuando exista una de las siguientes cláusulas: Revelación de secretos industriales. Faltas injustificada de más de 6 días continuos. Omisiones que afecten a la seguridad e higiene industrial. Daño intencional en los instrumentos de trabajo. Retiro voluntario. Robo o hurto. Incumplimiento total o parcial del contrato. Imprudencias que afecten a la seguridad e higiene industrial. Aquí podemos ver si alguno de los obreros/empleados comete una falta en la empresa, no será beneficiado con la indemnización, tendrá su pena de acuerdo al tamaño de su falta. TÍTULO III – ARTICULO 32: Se entiende por trabajo a domicilio, el que se realiza por cuenta ajena y con remuneración determinada, en el lugar de residencia del trabajador, en su taller doméstico o en el domicilio del patrono. Se encuentran comprendidos dentro de esta definición: Los que trabajan aisladamente o formando taller de familia en su domicilio, a destajo por cuenta de un patrono. Taller de familia es el formado por parientes del jefe de la misma que habitualmente viven en él; Los que trabajan en compañía pos cuenta de un patrono, a partir de ganancias y en el domicilio el que se realiza directamente para el público. Este punto es muy relevante hoy en día, ya que estamos pasando por una PANDEMIA (covid19) que requiere la distancia entre los seres humanos. Y este punto hace referencia a esas personas que optan en elaborar talleres domésticos, contratando también a personas secundarias, dándose la comodidad de un hogar. TÍTULO III – ARTICULO 46: La jornada efectiva de trabajo no excederá de 8 horas por día y de 48 por semana. La jornada de trabajo nocturno no excederá de 7 horas, entendiéndose por trabajo nocturno no exceptúa de esta disposición el trabajo en las empresas periodísticas, que están sometidas a reglamentación especial (usada común: 20.00 pm. a 06:00 am.). La jornada de mujeres y menores de 18 años no excederá de 40 horas semanales diurnas. Se exceptúan a los empleados u obreros que ocupen puestos de dirección, vigilancia o confianza, o que trabajen discontinuamente. En estos casos tendrán una hora de descanso dentro del día, y no podrán trabajar más de 12 horas diarias. Los horarios de trabajo, sí que son muy importantes. El descanso del trabajador/a es algo necesario ya que sin ello no seriamos capaces de elaborar nuestras actividades y más importante no daríamos el 100% en el trabajo, sino todo lo contrario estaríamos perdidos, cansados y con la mentalidad en el suelo. Respetar el descanso de uno es muy relevante en la contratación de un empleador de cualquier posición que ocupe, debemos respetar el horario dado por el Estado para el bien común del país. artículo 97: Se establecerá para proteger a los trabajadores en caso de riesgos laborales y brindar el Seguro Social Obligatorio, que será responsabilidad de los empleadores. También cubrirá los casos de discapacidad, incluidos los casos de discapacidad que no estén relacionados con el trabajo, en cuyo caso la carga recaerá sobre el estado, el empleador y el asegurado. artículo 98: La institución de seguros será responsable de pagar el monto total de las indemnizaciones, alquiler y pensión, el empleador quedará liberado de sus obligaciones por el riesgo correspondiente. SEGÚN EL REGLAMENTO DE CÓDIGO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 1959 En el Decreto Supremo N° 0515 de 30 de septiembre de 1959 podemos observar que la aplicación de las normas de Seguridad Social se efectuará de acuerdo al Código y a este Reglamento que determinan los regímenes del Seguro Social Obligatorio, de las Asignaciones Familiares y de la Vivienda Popular, que tienen carácter obligatorio para todas las personas e instituciones comprendidas en su campo. También el Código de Seguridad Social boliviano, promulgado el 14 de diciembre de 1956 se inspira en la norma mínima de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tiende a la protección del capital humano del país también la aplicación de medidas adecuadas para la rehabilitación de las personas inutilizadas y la concesión de los medios necesarios para el mejoramiento de las condiciones de la vida del grupo familiar ya que las rentas y pensiones constituyen un respaldo para la consolidación. Objetivo: El objetivo de Código de Seguridad Social, se sustenta en tres maneras fundamentales tenemos: El Régimen del Seguro Social Obligatorio, Régimen de Asignaciones Familiares y el Régimen de Vivienda de Interés Social. En el Régimen del Seguro Social Obligatorio cubre los seguros, tanto a largo plazo como en el corto plazo: Enfermedad Invalidez Maternidad Vejez y Riesgos Profesionales Muerte En el Régimen de Asignaciones Familiares, modificado por la Ley 924 y su Decreto Supremo Reglamentario 26237 del 25 de junio de1987 que exactamente reconoce los siguientes subsidios: Pre Natal Natalidad Lactancia y Sepelio El régimen de vivienda de interés social, el primer método para el crédito de vivienda social que entró en vigencia el 23 diciembre del 2013 mediante la Ley No. 393 de Servicios Financieros. Después, se fueron añadiendo otras normas, entre decretos supremos, circulares y leyes. Actualmente, son 5 las normas que regulan este crédito.8 CONVENIOS INTERNACIONALES Según los convenios internacionales eventualmente dados: a) CONVENIO MULTILATERAL SEGURIDAD SOCIAL (CMISS): IBEROAMERICANO DE Este convenio fue adoptado en el diecisieteava Cumbre Iberoamericana de Santiago de Chile, en noviembre de 2007 (aunque tiene su origen en el Convenio Iberoamericano de Seguridad Social de Quito de 1978). 8 Estas prestaciones se otorgan en especie y en dinero . Acuerdo que fue presentado en la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno a través de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social, y es el primer convenio en la materia que une a dos continentes, causado en la urgencia de contar con un instrumento de unión entre las legislaciones nacionales en materia de pensiones que garanticen los derechos de los trabajadores migrantes y sus familias protegidos bajo los diferentes sistemas de seguridad social, de manera que los trabajadores puedan disfrutar de los beneficios adquiridos por su trabajo en los países receptores; es decir, con independencia del lugar donde se hayan generado estos derechos.9 b) INSTRUMENTO ANDINO DE SEGURIDAD SOCIAL: Fue suscrito el 7 de mayo de 2004 por el Consejo Andino de ministros de Relaciones Exteriores, integrado por Bolivia, Colombia, Venezuela, Perú y Ecuador. Este tiene por objetivos garantizar a los migrantes laborales, así como a sus beneficiarios, la plena aplicación del principio de igualdad de trato o trato nacional dentro de la subregión; la eliminación de toda forma de discriminación; garantizar el derecho de los migrantes laborales y sus beneficiarios a percibir las prestaciones de seguridad social durante su residencia en otro Estado parte, así como la conservación de los derechos adquiridos y la continuidad entre las afiliaciones a los sistemas de seguridad social de los Estados parte, y reconocer el derecho a percibir las prestaciones sanitarias y económicas que correspondan, durante la residencia o estada del migrante laboral y sus beneficiarios en el territorio de otro Estado parte. c) COMUNIDAD ANDINA: El Grupo Andino (GRAN), fue creado el 26 de mayo de 1969, fecha en la que se suscribió el Acuerdo de Cartagena por Bolivia, Perú, Ecuador, Colombia y Chile. Este último país se retiró el año 1976, y Venezuela ingresó en 1973. En marzo de 1996 se efectúa la reestructuración institucionalidad del Grupo Andino, denominando Comunidad Andina (CAN). Sus objetivos: Promover el desarrollo armónico y equilibrado de sus Países Miembros. 9 Según la propia OISS, al cierre de 2016 el Convenio ha sido ratificado por quince países, de los cuales ya se encuentra en aplicación en 11 (incluyendo Perú y Argentina, que lo aplican desde 2016). Acelerar su crecimiento por medio de la integración y la cooperación económica y social Facilitar la participación de los países andinos en el proceso de integración regional, con miras a la formación gradual de un mercado común latinoamericano. Procurar el mejoramiento persistente en el nivel de vida de los habitantes de la Subregión. d) ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA BOLIVIA – MERCOSUR: Nos menciona el relacionamiento serio de Bolivia con el MERCOSUR, se inicia paralelamente a la firma del Tratado de Asunción. El MERCOSUR en diferentes oportunidades expresó su interés de explorar conjuntamente con Bolivia las distintas modalidades y alternativas para vincularse comercialmente. El acercamiento de Bolivia al MERCOSUR se basó en los siguientes tres elementos centrales: La homogeneización de los Acuerdos de Complementación Económica que Bolivia tenía vigente bilateralmente con cada uno de los cuatro Estados Partes del MERCOSUR. La negociación de un Acuerdo de Zona de Libre Comercio. La obtención del status de observador en los diferentes Grupos de Trabajo del MERCOSUR.10 5 CONCLUSIONES Existe una compleja relación entre la seguridad social, el empleo y el desempleo. A nivel macroeconómico, por lo menos en los países Industrializados, no parece haber una relación clara entre los gastos de la seguridad social, la productividad y el desempleo. No obstante, a nivel sectorial y empresarial hay buenas razones para pensar que existe una relación positiva entre la productividad y la seguridad social. Las políticas de seguridad social forman parte de una amplia gama de políticas sociales y también interactúan con las mismas, como en el caso de las políticas relativas a las inversiones en los servicios sociales básicos, la legislación laboral que protege a los trabajadores y el cumplimiento de las disposiciones que garantizan los derechos básicos. También están íntimamente relacionadas con las 10 La negociación de un Acuerdo de Zona de Libre Comercio políticas de empleo, dado que la mayoría de los regímenes de seguridad social se financian con los ingresos laborales y protegen a los trabajadores contra los riesgos relativos a la capacidad para el empleo, tales como el desempleo, la enfermedad, la incapacidad y la vejez. El logro de resultados positivos en materia de seguridad social y empleo dependen en gran medida del desarrollo económico, y todos esos aspectos contribuyen a su vez al proceso de desarrollo socioeconómico. La seguridad social se considera cada vez más como una parte integrante del proceso de desarrollo. Es necesario, por lo tanto, buscar sinergias entre las políticas relativas a la protección social, al empleo y al desarrollo. Estas sinergias existen en varias esferas de la política social, tales como la salud, la educación, la vivienda y el bienestar social, pero también en esferas de la política económica, tales como las políticas macroeconómicas y sectoriales (por ejemplo, el desarrollo de las empresas en pequeña escala). No obstante, las sinergias potenciales son probablemente más fuertes con respecto al empleo y las políticas de mercado de trabajo. El propósito de la protección social no es la mera supervivencia, sino la integración social y la preservación de la dignidad humana. A medida que los gobiernos tratan de ampliar la cobertura, sería positivo que estudiasen la experiencia de países donde la seguridad social goza de popularidad y de un grado elevado de apoyo público. La vasta tarea de ampliar la protección social requerirá todo el apoyo público que pueda concederse. No existen soluciones sencillas, y las perspectivas de éxito de las distintas estrategias variarán en función del contexto nacional. Una mayor investigación, acompañada de la experimentación y la innovación, puede contribuir a facilitar información a los responsables de la adopción de políticas para progresar con miras a garantizar que todos los trabajadores y sus familias disfruten de una protección social digna. 6 BIBLIOGRAFIA Bolivia: Ley de Pensiones, 10 de diciembre de 2010, (2015) (testimonio de Portal Jurídico LEXIVOX libre).Recuperado de https://www.lexivox.org/norms/BO-L-N65.html?dcmi_identifier=BO-LN65&format=html Bolivia: Reglamento de desarrollo parcial a la Ley No 065 en materia de prestaciones de vejez, prestaciones solidarias de vejez, prestaciones por riesgos, pensiones por muerte derivadas de éstas y otros beneficios, 16 de marzo de 2011, (2015) (testimonio de Portal Jurídico LEXIVOX libre). Recuperado de https://www.lexivox.org/norms/BO-REDSN822.html?dcmi_identifier=BO-RE-DSN822&format=html Embajada de España en Bolivia. (n.d.). Régimen de seguridad social en el país. Consultado: agosto 7, 2021. Recuperado de http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/LAPAZ/es/VivirEn/educacionysalu d/Paginas/Régimen-de-seguridad-social-en-el-país.aspx Programa de Saneamiento Jurídico. (2010). Código de Seguridad Social. Ministerio de Salud y Deportes de Bolivia - Ministerio de Salud - Bolivia. (n.d.). consultado: agosto 7, 2021. Recuperado de https://www.minsalud.gob.bo/ Maceira, D. (2002). Organización y Funcionamiento de las Cajas de Salud en Bolivia Aportes para una Estrategia de Seguimiento y Evaluación. Normativa y Leyes del Crédito de Vivienda Social, Todos los Detalles CasasenBolivia. (n.d.). consultado: Julio 12, 2021. Recuperado de https://casasenbolivia.com/norma-del-credito-de-vivienda-social-al-detalle/ CODIGO DE SEGURIDAD SOCIAL (CSS) - Infoleyes Bolivia. (n.d.). consultado: Julio 12, 2021. Recuperado de https://bolivia.infoleyes.com/norma/1097%22/codigo-de-seguridad-socialcss Vásquez Aydee. (2014, March 21). El Código de Seguridad Social y sus reformas. Universidad Mayor de San Andrés. Recuperado de http://www.scielo.org.bo/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S241328102014000100006 Bolivia: Código de Seguridad Social, 14 de diciembre de 1956. (n.d.). consultado: Julio 12, 2021. Recuperado de https://www.lexivox.org/norms/BO-COD-L19561214.html Aruquipa Humberto. (2011). LA EXIGIBILIDAD DE LA SEGURIDAD SOCIAL COMO DERECHO HUMANO EN EL MARCO DE LA NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO Y CONVENIOS INTERNACIONALES [Universidad Mayor De San Andrés]. Recuperado de https://repositorio.umsa.bo/bitstream/handle/123456789/13297/T3534.pdf? sequence=1&isAllowed=y Justicia Bolivia. (n.d.). Justicia Bolivia:: Nueva Constitución Política Del Estado > PRIMERA PARTE > TÍTULO II > CAPÍTULO QUINTO > SECCIÓN X :: Ley de Bolivia. consultado: agosto 7, 2021. Recuperado de https://bolivia.justia.com/nacionales/nueva-constitucion-politica-delestado/primera-parte/titulo-ii/capitulo-quinto/seccion-x/ Calvo Iván. (2004, octubre 15). PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Recuperado de https://www.binasss.sa.cr/revistas/rjss/juridica8/art3.pdf IPEC- LIMA. (2008). Principios y Normas de la Seguridad (Vol. 2). Recuperado de http://white.lim.ilo.org/spanish/260ameri/oitreg/activid/proyectos/actrav/proy ectos/proyecto_ssos/formacion_distancia/modulo_002/02_unidad02.pdf Rivas Carlos. (2020, April). Principios De La Seguridad Social [vnd59qw3ejlx]. consultado: agosto 7, 2021. Recuperado de https://idoc.pub/documents/principios-de-la-seguridad-social-vnd59qw3ejlx Revilla J. (2010). Principio de Integridad de la Seguridad Social. Recuperado de https://jorgemachicado.blogspot.com/2010/08/integridad.html CONSULTING, V. (12 de Julio de 2021). VHC CONSULTING.LLC. Recuperado de https://www.vhgconsulting.com/auditoria-forense-3/ CONTPAQI. (12 de julio de 2021). CONTPAQI. Recuperado de https://blog.contpaqi.com/contabilidad/que-son-y-para-que-sirven-losestados-financieros debitoor. (12 de Julio de 2021). dedbitoor. https://debitoor.es/glosario/definicion-auditoria Gerencie.com. (12 de julio de 2021). Gerencie.com. Recuperado de https://www.gerencie.com/auditoria-externa.html Gerencie.Org. (12 de julio de 2021). Gerencie.Org. Recuperado de https://www.gestion.org/auditorias-externas/ IEN. (12 de julio de 2021). Industriales Escuela de negocios . Recuperado de https://www.ienupm.com/pdd/estados-financieros-que-son lifeder. (12 de julio de 2021). lifeder. https://www.lifeder.com/auditoria-operacional/ Recuperado de pirani. (12 de julio de 2021). pirani. Recuperado https://www.piranirisk.com/es/academia/especiales/todo-lo-que-debesaber-sobre-la-auditoria-interna de pyme.net, e. (2021 de julio de 2021). emprende pyme.net. Recuperado de https://www.emprendepyme.net/auditoria-forense.html pyne.net, e. (12 de julio de 2021). emprende pyme.net. Recuperado de https://vlex.com.co/vid/auditoria-cumplimiento-57968944 vlex. (12 de julio de 2021). vLex Colombia. https://vlex.com.co/vid/auditoria-cumplimiento-57968944 Recuperado recuperado de de Auditoría. Autor: Julia Máxima Uriarte. Para: Caracteristicas.co. Última edición: 23 de julio de 2021. Consultado: 10 de julio de 2021. Recuperado de https://www.caracteristicas.co/auditoria/#ixzz732hiJeWI Aldana Ubillús Víctor Hugo. (2014, junio 25). Organización de los papeles de trabajo en la auditoría financiera. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/organizacion-de-los-papeles-de-trabajo-en-laauditoria-financiera/ Equidad. En: Significados.com. / Consultado: 9 de Recuperado de https://www.significados.com/equidad/ Instituto BBVA de PENSIONES. (2019, enero 7). Si soy huérfano absoluto, ¿a qué prestaciones tengo derecho? - Blog - BBVA Mi jubilación. Recuperado de https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/amp/si-soyhuerfano-absoluto-a-que-prestaciones-tengo-derecho.html MALDONADO ENCINAS, C. (2016). RENTA DE ORFANDAD VITALICIA EN EL SISTEMA DE REPARTO. Gobierno de España - Ministerio de Inclusión Seguridad Social y Migración. (n.d.). Seguridad Social: Información Útil. Consultado Julio 23, 2021. Recuperado de https://www.segsocial.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/44539/45659/45664 Pérez Julián, & Merino María. (2013). Definición de renta - Qué es, Significado y Concepto. Recuperado de https://definicion.de/renta/ CEPAL (Comisión Económica para América Latina y el Caribe). (n.d.). Protección / seguridad social | Comisión Económica para América Latina y julio de 2021. el Caribe. Consultado junio 28, 2021. Recuperado https://www.cepal.org/es/temas/proteccion-seguridad-social de Social, L. S. (2003). HECHOS CONCRETOS SOBRE. Recuperado de www.ilo.org/coverage4all ILO (International Labour Organization). (2011). Instrumentos legales de la OIT. Recuperado de https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/how-the-iloworks/departments-and-offices/jur/legal-instruments/lang--en/index.htm ONU MUJERES. (2011, June 10). La igualdad en el trabajo: un objetivo que sigue pendiente de cumplirse | ONU Mujeres – Sede. https://www.unwomen.org/es/news/stories/2011/6/equality-at-work-thecontinuing-challenge ONU MUJERES. (n.d.). En la mira: Las mujeres y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) | ONU Mujeres – Sede. Consultado agosto 9, 2021. Recuperado de https://www.unwomen.org/es/news/in-focus/womenand-the-sdgs Conceptos de género, sexualidad y roles de género - Programa de Educación Sexual. (n.d.). Consultado junio 15, 2021. Recuperado de http://educacionsexual.uchile.cl/index.php/hablando-de-sexo/conceptos-degenero-sexualidad-y-roles-de-genero ISI (International Student Insurance). (n.d.). Seguro de salud a corto plazo vs a largo plazo | Seguro Explicado. Consultado August 9, 2021, Recuperado de https://www.internationalstudentinsurance.com/espanol/explicado/seguromedico-a-corto-vs-largo-plazo.php Olarte Maira. (2020, noviembre 7). Actividad 6 | PDF | Auditoría | Contralor. Recuperado de https://es.scribd.com/document/483336983/actividad-6 DIREC_ASIST1. (2009). DEFINICION DE PAPELES DE TRABAJO.pdf. Recuperado de https://www.corponor.gov.co/formatos/proevaluacion/CONTROL INTERNO/DEFINICION DE PAPELES DE TRABAJO.pdf MAR. (2020). PAPELES-150.qxp_MaquetaciÛn 1 (pp. 45–59). Recuperado de https://www.fuhem.es/papeles_articulo/calidad-de-vida-y-mercado-detrabajo/ ACTUALICESE. (2016, Abril 28). Procedimientos analíticos sustantivos: una herramienta de gran utilidad para el auditor. Recuperado de https://actualicese.com/procedimientos-analiticos-sustantivos-unaherramienta-de-gran-utilidad-para-el-auditor/ Auditool. (2014, diciembre 11). ::. Colegio de Auditores de Bolivia .:: Ver noticia. Recuperado de http://auditorescontadoresbolivia.org/ver_noticia.php?noticia=530 Gómez Brayner. (n.d.). Procedimientos de auditoría - Monografias.com. Consultado agosto 6, 2021. Recuperado de https://www.monografias.com/trabajos98/sobre-procedimientos-deauditoria/sobre-procedimientos-de-auditoria.shtml 7 Conexionesan. (2018, abril 2). ¿Qué es y para qué sirve una auditoría ambiental? | Medio Ambiente | Apuntes empresariales | ESAN. Recuperado de https://www.esan.edu.pe/apuntes-empresariales/2018/04/que-es-y-paraque-sirve-una-auditoria-ambiental/ Irene. (2021, mayo 31). Cómo hacer una auditoría de Recursos Humanos paso a paso. FactorialBlog. Recuperado de https://factorial.mx/blog/auditoria-recursos-humanos/ Auditoría fiscal: definición, fundamentos y trucos - IONOS. (2020, septiembre 14). Recuperado de https://www.ionos.es/startupguide/gestion/auditoria-fiscal/ IPEC- LIMA. (2008). Principios y Normas de la Seguridad (Vol. 2). http://white.lim.ilo.org/spanish/260ameri/oitreg/activid/proyectos/actrav/proy ectos/proyecto_ssos/formacion_distancia/modulo_002/02_unidad02.pdf ANEXOS N APELLIDOS Y NOMBRES 05/05/2021 1 HORA ASISTENCIA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 # N 1 2 3 4 5 6 7 8 9 # N 1 2 3 4 5 6 7 8 9 # CHAVEZ CONDORI MELANY SARAH COPANA UCHARICO EFRAIN SANTOS ESCOBAR QUISPE ANDREA FLORES VARGAS ERLAND MARIO LEON APAZA CARLOS ENRIQUE MAMANI CARPIO PEDRO ISMAEL MONDACA IBAÑEZ RITA ROSARIO OTERO CATALAN FRANCY MISHELL PONCE BALTAZAR MARY HELEN VARGAS QUISPE JESICA ESTEFANY APELLIDOS Y NOMBRES CHAVEZ CONDORI MELANY SARAH COPANA UCHARICO EFRAIN SANTOS ESCOBAR QUISPE ANDREA FLORES VARGAS ERLAND MARIO LEON APAZA CARLOS ENRIQUE MAMANI CARPIO PEDRO ISMAEL MONDACA IBAÑEZ RITA ROSARIO OTERO CATALAN FRANCY MISHELL PONCE BALTAZAR MARY HELEN VARGAS QUISPE JESICA ESTEFANY APELLIDOS Y NOMBRES CHAVEZ CONDORI MELANY SARAH COPANA UCHARICO EFRAIN SANTOS ESCOBAR QUISPE ANDREA FLORES VARGAS ERLAND MARIO LEON APAZA CARLOS ENRIQUE MAMANI CARPIO PEDRO ISMAEL MONDACA IBAÑEZ RITA ROSARIO OTERO CATALAN FRANCY MISHELL PONCE BALTAZAR MARY HELEN VARGAS QUISPE JESICA ESTEFANY A A A A A A A T P T TRABAJO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI 21/06/2021 1 HORA 20/05/2021 3 HORAS ASISTENCIA A A A A A A A A A A SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI ASISTENCIA A F F A A A A F A F 22/06/2021 1 HORAS ASISTENCIA TRABAJO ASISTENCIA A A A A A A A T P T SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI A A FJ A FJ A FJ A A A 25/06/2021 1 HORA TRABAJO 25/05/2021 3 HORAS TRABAJO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI TRABAJO ASISTENCIA A A A A A A A T P T SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI A A FJ A FJ A FJ A A A TRABAJO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI NO SI SI SI SI SI SI SI SI ASISTENCIA A A A A A A A T P T 23/06/2021 1 HORA ASISTENCIA A A A A A A A A A A 26/06/2021 1 HORAS ASISTENCIA TRABAJO 18/06/2021 1 HORA TRABAJO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI A A A A A A A A A A TRABAJO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI T T T T T T 24/06/2021 1 HORA ASISTENCIA A A A A A A A A A A 27/06/2021 1 HORA ASISTENCIA TRABAJO TRABAJO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI 28/06/2021 1 HORA ASISTENCIA A A A A A A A A A A TRABAJO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI N 1 2 3 4 5 6 7 8 9 # N 1 2 3 4 5 6 7 8 9 # N 1 2 3 4 5 6 7 8 9 # APELLIDOS Y NOMBRES CHAVEZ CONDORI MELANY SARAH COPANA UCHARICO EFRAIN SANTOS ESCOBAR QUISPE ANDREA FLORES VARGAS ERLAND MARIO LEON APAZA CARLOS ENRIQUE MAMANI CARPIO PEDRO ISMAEL MONDACA IBAÑEZ RITA ROSARIO OTERO CATALAN FRANCY MISHELL PONCE BALTAZAR MARY HELEN VARGAS QUISPE JESICA ESTEFANY APELLIDOS Y NOMBRES CHAVEZ CONDORI MELANY SARAH COPANA UCHARICO EFRAIN SANTOS ESCOBAR QUISPE ANDREA FLORES VARGAS ERLAND MARIO LEON APAZA CARLOS ENRIQUE MAMANI CARPIO PEDRO ISMAEL MONDACA IBAÑEZ RITA ROSARIO OTERO CATALAN FRANCY MISHELL PONCE BALTAZAR MARY HELEN VARGAS QUISPE JESICA ESTEFANY APELLIDOS Y NOMBRES CHAVEZ CONDORI MELANY SARAH COPANA UCHARICO EFRAIN SANTOS ESCOBAR QUISPE ANDREA FLORES VARGAS ERLAND MARIO LEON APAZA CARLOS ENRIQUE MAMANI CARPIO PEDRO ISMAEL MONDACA IBAÑEZ RITA ROSARIO OTERO CATALAN FRANCY MISHELL PONCE BALTAZAR MARY HELEN VARGAS QUISPE JESICA ESTEFANY 29/06/2021 1 HORA 30/06/2021 1 HORAS ASISTENCIA TRABAJO ASISTENCIA A A A A A A A A A A SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI A A A A A A A A A A 12/07/2021 1 HORAS TRABAJO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI 07/07/2021 1 HORA ASISTENCIA A A A F A A A A A A 16/07/2021 1 HORAS ASISTENCIA TRABAJO ASISTENCIA A A A A A A A A A A SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI A A A A A A A A A A 09/08/2021 1 HORAS TRABAJO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI TRABAJO ASISTENCIA A F A A A A A A A A SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI F F A F A A A F A A TRABAJO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI ASISTENCIA A A A A A A A A A A 25/07/2021 1 HORAS ASISTENCIA A A A A A A A A A A 11/08/2021 1 HORAS ASISTENCIA TRABAJO 11/07/2021 1 HORA TRABAJO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI 12/08/2021 1 HORAS ASISTENCIA A A A A A A A A A A TRABAJO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI TRABAJO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI 29/07/2021 1 HORAS ASISTENCIA A A A A A A A A A A TRABAJO SI SI SI SI SI SI SI SI SI SI RESUMEN EJECUTIVO BREVE HISTORIA HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL INTERNACIONAL El punto de partida de las políticas de protección se sitúa en la Comisión de Reformas Sociales (1883) que se encargó del estudio de cuestiones que interesasen a la mejora y bienestar de la clase obrera. En 1900 se crea el primer seguro social, entre los que destacan son: Retiro Obrero: (11 de marzo 1919) Seguro Obligatorio de Maternidad (21 de agosto de 1923) Seguro de Paro Forzoso (1931) Seguro de Enfermedad (14 de diciembre de 1942) HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL NACIONAL En 1920 se crea el sistema de seguridad social boliviano, como respuesta al desarrollo de la red de ferrocarriles que contaba con altas tasas de siniestralidad. Durante las décadas de los años 1940 y 1950 se generaliza la protección al trabajador y a su entorno familiar estado, trabajadores empleador ANTECEDENTES HISTÓRICOS También explicaremos sobre los antecedentes históricos de la Seguridad Social en Bolivia ya que, sabiendo su historia, sabremos como gracias a sucesos pasados se oficializo la Seguridad Social en nuestro país, empezando por la ley de atención gratuita para los centros mineros, la ley de trabajo y enfermedades profesionales, la ley de ahorro obrero obligatorio, el código del trabajo, la ley de descanso de la mujer embarazada y la ley de seguro social obligatorio; dando lugar al Código de la Seguridad Social dictado por la OIT, viendo también sus cambios y modificaciones en este, para el bien de la población en general con cambios positivos ,el objetivo de este es llegar a todas las personas, mediante la ley, ya sea natural o jurídica, aplicándose mayormente a las personas voluntarias, canta autores, huérfanos, no videntes, etc. Teniendo en cuenta los principios de la Seguridad Social en nuestra constitución Política del Estado, los más resaltantes son: principio de universalidad, de integridad, de equidad, de solidaridad, de unidad de gestión, de economía y de interculturalidad. PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE ESTADO Principio de universalidad -.Todas las personas deben participar de los beneficios del sistema de seguridad social, sin tener ningún carácter clasista. Principio de integralidad-. Para satisfacer las diferentes necesidades, deben establecerse beneficios adecuados a las diferentes circunstancias. Principio de equidad-.Se trata a todos los individuos por igual en términos de la relación entre prestaciones y contribuciones. Principio de solidaridad -.El objetivo ideal de este principio, que en parte se lo obtiene en el Seguro Social y que se cristalizara plenamente en la Seguridad Social se traduce en una idea económica que es la redistribución de la riqueza o del ingreso nacional. Principio de unidad de gestión -.Lo que se enfatiza con este principio es que debe existir una congruencia en la gestión de las diferentes entidades de seguro social y en los beneficios otorgados por ellas, de modo que la multiplicidad de instituciones no quiebre el principio de igualdad. Principio de economía -.Este principio se basa en la reducción de gastos y a la población protegida refiriéndose también a la utilización adecuada de los recursos que deben hacer las entidades gestoras en el proceso de la administración de las contribuciones. Principio de interculturalidad-.La interculturalidad va más allá de la tolerancia que permite la existencia de otras culturas pero sin renunciar a la centralidad y superioridad de las propias ideas e instituciones sociales. La auditoría fiscal -.se refiere al tesoro público o a los distintos organismos públicos cuya finalidad es la de recaudar impuestos y tributos. Las auditorías médicas constituye un procedimiento técnico, evaluativo, preventivo y correctivo, para el aseguramiento y mejoramiento de la calidad en salud. los Seguros a corto plazo-. lo que es, para quien es, lo que sí ofrece y no ofrece y los seguros a largo plazo-. lo que es, lo que sí ofrece y no ofrece, para quien es. La igualdad de género se refiere a la justicia necesaria para ofrecer el acceso y el control de recursos a mujeres y hombres por parte del Gobierno de las Instituciones Educativas y de la Sociedad. genero: las desigualdades por razón de género persisten, en ocasiones de forma explícita y en otras a través de formas más sutiles de discriminación indirecta, pero con iguales consecuencias negativas. la igualdad: Por igualdad se entiende la capacidad de toda persona para disfrutar de derechos, así como para contraer obligaciones con las limitaciones que la misma ley señala de manera específica la equidad: La igualdad de género supone que los diferentes comportamientos, aspiraciones y necesidades de las mujeres y los hombres se consideren, valoren y promuevan de igual manera. Ello no significa que mujeres y hombres deban convertirse en iguales, sino que sus derechos, responsabilidades y oportunidades no dependan de si han nacido hombres o mujeres. seguridad social: La protección del Sistema de Seguridad Social comienza a actuar, una vez configurada la contingencia, la cual produce como efecto que una persona, o los miembros de su familia, o uno y otros, resulten desfavorablemente afectados, en su nivel de vida, ya sea como consecuencia de un aumento en el consumo, o una disminución o supresión de los ingresos. NORMAS INTERNACIONALES DEL TRABAJO E IGUALDAD DE GÉNERO: En los primeros años de la OIT, las normas relacionadas con las mujeres estaban destinadas principalmente a proteger a las trabajadoras en términos de seguridad y salud, condiciones de trabajo y requisitos especiales relacionados con su función reproductora. Con el tiempo, se ha producido un cambio en relación con las normas pertinentes con respecto a las mujeres, pasando de los convenios de protección a los convenios destinados a ofrecer a mujeres y hombres los mismos derechos y oportunidades. MEDIDAS PARA OTORGAR LA IGUALDAD A TRAVES DE LA PROTECCION SOCIAL prestaciones por hijos a cargo entender que un hijo a cargo es aquel que depende económicamrnte de sus padres o tutores legales. no debemos confundir la palabra depender con la de convivir. lo que las familias deben contar para ser beneficiados con la ayuda económica que concede la seguridad social La prestación por hijo a cargo es una ayuda económica que concede la Seguridad Social a las familias que cuenten con: o Hijo/a, hijos/as menores de 18 años. o Que sean mayores de 18 años y que tengan una discapacidad de grado igual o superior al 65% y que, esté al cuidado del beneficiario. o Menores de 18 años que se encuentren en régimen de acogimiento familiar, permanente u adopción. REQUISITOS PARA SOLICITAR LA AYUDA POR HIJO A CARGO Requisitos de residencia: Para poder optar a esta ayuda familiar, los interesados deberán de tener su residencia legal en España. Requisitos económicos: Los beneficiarios no podrán superar un umbral de ingresos económicos para poder solicitar la pensión por hijo a cargo. Esta cantidad se verá aumentada con el número de integrantes en la unidad familiar: Si cuenta con un hijo a cargo el límite será de 12.313,00 Euros. Por cada hijo a cargo adicional que cuente la unidad familiar la cantidad se verá incrementada en un 15%. En el caso de ser familia numerosa, el límite será de 18.532,00 euros. Del beneficiario: Que sea menor de edad o mayores de 18 años y que cuenten con algún tipo de discapacidad reconocida. LICENCIA Y PRESTACIONES PARENTALES DE CIUDADANO INFANTIL licencia parental La licencia parental se considera una medida de cuidado. licencia maternal La licencia de maternidad se suele conceder a las madres biológicas, incluyendo a las madres sustitutas, como medida de salud. licencia paternal Licencia con protección del empleo que a menudo se limita a los padres biológicos en el momento del nacimiento de su hija o hijo e inmediatamente después. Se trata de una medida de cuidado que permite a los padres satisfacer mejor las necesidades de su hija o hijo EDAD DE JUBILACION Jubilación estipulada por ley. Al solicitar la jubilación, percibirán una pensión pública. Jubilación voluntaria u obligatoria. Requisitos para solicitar la jubilación. PENSIONES DE SUPERVIVIENTE o PENSION DE VEJEZ Consiste en el derecho que tienen los afiliados al sistema previsional a obtener una pensión con sus fondos ahorrados, una vez que hayan cumplido con los requisitos legales para tal efecto. EDAD DE JUBILACION JUBILACION ANTICIPADA PENSION DE INVALIDEZ Es un beneficio que reciben los trabajadores afiliados al sistema previsional que hayan sido declarados inválidos por la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones. o PENSION DE SOBREVIVENCIA La Pensión de Sobrevivencia es un beneficio que reciben los beneficiaros establecidos de un afiliado que ha fallecido, siempre que éstos cumplan con los requisitos legales para tal efecto. ESTUDIO LEGISLATIVO La Seguridad Social boliviana, promulgada el 1956 y la anterior Constitución Política del Estado de febrero de 1967, abrogada por la actual Constitución Política del Estado Plurinacional, promulgada el 7de febrero de 2009. La promulgación de 1956 y la Constitución de 1967 no se ha logro cumplir con el mejoramiento de las condiciones de vida del grupo familiar, todos tenemos derechos a acceder a la seguridad social. SEGÚN LA CPE Artículo 35 Y 36: El estado debe garantiza y dar prioridad a la salud ya sea dando calidad de vida Artículo 37: Derecho a recibir una atención médica Artículo 38: Ninguna persona puede ser privada de ser atendida en los servicios públicos del estado. Artículo 41: Acceso a medicamentos Artículo 42: Importancia a la medicina tradicional ya que no todo se soluciona con medicamentos Artículo 43 y 44: ninguna persona puedes ser sometida a una operación sin el consentimiento de la misma Artículo 45: Todos los bolivianos y bolivianas tenemos derecho a una seguridad social. SEGÚN LA LEY GENERAL DEL TRABAJO Patrono, empleado, obrero Título II – Articulo 13: Hace referencia a seguir las reglas de contratación. Título II – Articulo 16: No habrá desahucio ni indemnización al empleado/obrero cuando exista: faltas injustificadas, retiro voluntario, robo o hurto, etc. Título III - Articulo 32: Trabajo a domicilio, el que se realiza por cuenta ajena y con remuneración determinada SEGÚN EL REGLAMENTO DE CODIGO DE SEGURIDAD DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 1959 El objetivo de Código de Seguridad Social, se sustenta en tres maneras fundamentales tenemos:. En el Régimen del Seguro Social Obligatorio En el Régimen de Asignaciones Familiares Instrumento andino de seguridad social. - Este tiene por objetivos garantiza, la plena aplicación del principio de igualdad; la eliminación de toda forma de discriminación; garantizar el derecho de los migrantes laborales. Comunidad andina. – Promover el desarrollo armónico y equilibrado de sus Países Miembros Facilitar la participación de los países andinos Procurar el mejoramiento en el nivel de vida de los habitantes de la subregión ACUERDO DE MERCOSUR: COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA BOLIVIA – El MERCOSUR en diferentes oportunidades expresó su interés de explorar conjuntamente con Bolivia las distintas modalidades y alternativas para vincularse comercialmente. + La negociación de un Acuerdo de Zona de Libre Comercio. La obtención del status de observador en los diferentes Grupos de Trabajo del MERCOSUR. REPRESENTACION GRAFICA HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL INTERNACIONAL Retiro Obrero: (11 de marzo 1919 V Seguro Obligatorio de Maternidad (21 de agosto de 1923) Seguro de Paro Forzoso (1931) Seguro de Enfermedad (14 de diciembre de 1942) Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) (18 de abril de 1947 El Instituto Nacional de la V Seguridad Social El Instituto Nacional de Salud Instituto Nacional de Servicios Sociales El Instituto Social de la Marina La Tesorería General de la Seguridad Social HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL NACIONAL ESTADO TRABAJADORES EMPLEADORES Aquellos trabajadores que “ejecutan trabajos ocasionales extraños a la actividad ordinaria del empleador Las personas afiliadas a una institución oficial Las personas extranjeras empleadas por las agencias diplomáticas, CONCEPTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Llamada previsión social Sector público o privado La Organización Internacional del Trabajo, en un documento publicado en 1991 denominado Administración de la seguridad social El objetivo principal de este sistema es dar protección a los ciudadanos ● Transferencias de dinero, ● como las prestaciones de desempleo, la jubilación o las pensiones por discapacidad. ● El seguro médico, que debe ser universal y gratuito. ● Servicios de educación gratuita y universal. ● Supervisión de vivienda, alimento y otras necesidades básicas EVOLUCION HISTORICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL En 1920 se crea el sistema de seguridad social boliviano Durante las décadas de los años 1940 y 1950 se generaliza la protección al trabajador y a su entorno familiar Cargo de cinco Cajas: Caja Nacional de Salud (CNS) • Ferroviaria, • Seguro Social Militar • Bancaria, • Petrolera EL MUTUALISMO Se trata dos o más organismos de especies diferentes que supone beneficio para ambos Edad media Edad moderna SEGURO PRIVADO Administrado por SEGURO PRIVADO Compañías Cooperativas Mutualidades Asegurado Contrata Contra Para asegurarse Enfermedades Accidentes AHORRO PRIVADO AHORRO PRIVADO Efectúan Familias Reserva de dinero Excluyendo las necesidades básicas Empresas SISTEMAS INICIALES DE PROTECCIÓN SISTEMAS INICIALES DE PROTECCIÓN Ahorro privado Asistencia pública Mutualidad Seguro Privado SEGUROS SOCIALES Caja Petrolera de Salud SEGUROS SOCIALES Instituto Nacional de Seguros de Salud Caja Nacional de Salud Entidad responsable supervisar entidades Caja Bancaria Estatal de Salud Caja de Salud de la Banca Privada Caja de Salud de Caminos Seguros Sociales Universitarios Caja de Salud CORDES COSSMIL Caja Nacional de Salud SEGURIDAD SOCIAL SEGURIDAD SOCIAL Sistema de seguridad Social Proteger a los trabajadores Discapacidad Vejez ANTECEDENTES HISTÓRICOS Ley de atención gratuita para los centros mineros: Ley de accidentes de Trabajo y enfermedades Profesionales. Ley del Ahorro Obrero Obligatorio Código del Trabajo, 1942 Ley General del Trabajo: Ley de descanso de la mujer embarazada: Ley de seguro Social Obligatorio: CÓDIGO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Esta se inspiró del Convenio 102 denominado la Norma Mínima Sobre la Seguridad Social Dictada por la OIT, promulgada a través de la ley del 14 de diciembre de 1956. El mismo Código de Seguridad tiene el concepto de este en el artículo 1 OBJETIVO DEL CODIGO DE SEGURIDAD SOCIAL Del Seguro Social Obligatorio El de las asignaciones o subsidios familiares El de la vivienda de Interés Social CAMPO DE APLICACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL Los rentistas cancelados por Riesgos Profesionales Distinguidos de la Guerra del Chaco Asegurados Voluntarios Canta Autores Viudas de Guerra y Enfermeras, las prestaciones reciben en la Caja Nacional de Salud . . Trabajadoras del Hogar No Videntes inscritos en el Instituto Boliviano de la Ceguera Estudiantes hasta los 25 años de edad si estudian o están con contrato de aprendizaje y Niños y niñas, huérfanos y/o abandonados Alumnos de la ANAPOL . . REFORMAS AL CÓDIGO DE SEGURIDAD SOCIAL Reforma del Sistema Boliviano de Seguridad Social Autoridad de Supervisión de Seguridad Social de Corto plazo ASUSS Nueva Política de Ajuste Estructural LEY N.ª 1732 Estructura General del Sistema Boliviano de Seguridad Social División de los regímenes de la Seguridad Social Ley 065 Crea el sistema Integral de Pensiones (SIP) PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO Art. 2, 3, 4, 5 y 6 DECRETO LEY N.º 14643 Art. 2, 3, 4, 5 y 6 De la C.P.E. Principio de Integridad Principio de Universalidad Principio de Solidaridad Principio de Equidad Principio de economía Principio de Unidad de Gestión Principio de interculturalidad PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD - Todas las personas deben participar de los beneficios del sistema de seguridad social. - No debe tener ningún carácter clasista. PRINCIPIO DE INTEGRALIDAD PRINCIPIO DE INTEGRALIDAD Para satisfacer las diferentes necesidades, deben establecerse beneficios adecuados a las diferentes circunstancias. PRINCIPIO DE EQUIDAD Se trata a todos los individuos por igual en términos de la relación entre prestaciones y contribuciones. TAMBIEN SE PUEDE HABLAR DE EQUIDAD COLECTIVA EQUIDAD INDIVIDUAL PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD Este principio es esencial al momento de determinar si se trata de: De un seguro privado De un seguro social PRINCIPIO DE UNIDAD DE GESTION Lo que se enfatiza con este principio es que debe existir una congruencia en la gestión de las diferentes entidades de seguro social y en los beneficios otorgados por ellas, de modo que la multiplicidad de instituciones no quiebre el principio de igualdad. PRINCIPIO DE UNIDAD DE GESTION PRINCIPIO DE ECONOMIA En la reducción de gastos Este principio se basa en: La utilización adecuada de los recursos Buena administración de las entidades gestoras PRINCIPIO DE INTERCULTURALIDAD PRINCIPIO DE INTERCULTURALIDAD La interculturalidad va más allá de la tolerancia que permite la existencia de otras culturas pero sin renunciar a la centralidad y superioridad de las propias ideas e instituciones sociales. AUDITORIAS AUDITORIA FISCAL Se refiere al tesoro público. Recauda impuestos Recauda tributos AUDITORIA MEDICA Se refiere a actividades del sector salud. Auditoría Médica Interna es técnico, evaluativo, preventivo y correctivo. Auditoría Médica Externa, va al cumplimiento de normas y protocolos vigentes. SEGUROS A CORTO Y LARGO PLAZO A LARGO PLAZO Lo que es: Para quien es: Lo que sí ofrece y no ofrece: A CORTO PLAZO lo que sí ofrece y no ofrece: para quien es: costos y opciones de pago: IGUALDAD DE GÉNERO Tareas en Mujeres y Hombres sobre el poder y de subordinación socialmente. GENERO Los sistemas de seguridad social no son neutros respecto al género, sino que más bien ocurre lo contrario, dado que están ligados al mercado del trabajo, reproducen las desigualdades que se hayan presentado en el ámbito laboral. Por lo tanto, podría decirse que la igualdad de género es el ideal, y la equidad de género son las acciones que se llevan a cabo para garantizar el cumplimiento de ese derecho. LAS MUJERES Y EL DESARROLLLO Una primera propuesta, denominada enfoque de la equidad, reconocía la aportación de las mujeres al desarrollo y criticaba la subordinación de éstas en la familia y en el mercado, abogando por incrementar su autonomía económica y política y la igualdad de derechos. LA IGUALDAD . . . La diferencia entre igualdad y equidad es que con la igualdad la justicia se aplica a todos los ciudadanos de manera uniforme, mientras que en la equidad puede se pueden hacer excepciones, siempre y cuando no se comprometa el sentido de imparcialidad. LA EQUIDAD SEGURIDAD SOCIAL La protección del Sistema de Seguridad Social comienza a actuar, una vez configurada la contingencia, la cual produce como efecto que una persona, o los miembros de su familia, o uno y otros, resulten desfavorablemente afectados, en su nivel de vida, ya sea como consecuencia de un aumento en el consumo, o una disminución o supresión de los ingresos. NORMAS INTERNACIONALES DEL TRABAJO E IGUALDAD DE GÉNERO EL VÍNCULO EXISTENTE ENTRE LA PROTECCION SOCIAL Y EL GÉNERO . A medida que un mayor número de mujeres se ha ido Incorporando a la fuerza de trabajo remunerada, las ideas acerca de las funciones de los géneros han evolucionado y los regímenes de seguridad social están siendo reformados gradualmente. MEDIDAS PARA OTORGAR LA IGUALDAD A TRAVES DE LA PROTECCION SOCIAL PRESTACION POR HIJOS A CARGO LICENCIA Y PRESTACIONES PARENTALES DE CUIDADO ASEGURADOS AL SISTEMA DE REPARTO El sistema de reparto es conocido también como de "solidaridad intergeneracional" debido a que las pensiones de jubilación se financian a través de los aportes de los trabajadores activos. DISCRIMINACION El trato diferente y perjudicial que se da a una persona por motivos de raza, sexo, ideas políticas, religión, etc. BENEFICIARIO El beneficiario es la persona física o moral que ha sido designada para percibir algunos beneficios económicos o ciertos derechos, cuando se cumplan una serie de condiciones establecidas en función de un contrato que fue firmado. RENTA Renta es la utilidad o el beneficio que rinde algo o lo que de ello se cobra. Puede utilizarse como sinónimo de ingreso en algunas circunstancias. RENTA DE OFANDAD La pensión de orfandad es el derecho que tienen los hijos menores de 21 años a recibir un montante económico aportado por el sistema de la Seguridad Social, siempre que éstos se hubieran quedado huérfanos. RENTA DE ORFANDAD VITALICIA Las rentas vitalicias son productos financieros que se basan en seguros de vida. De hecho, los comercializan, principalmente, empresas de seguros especializadas en vida-ahorro. Su finalidad es la de proporcionar al usuario una renta, a partir de un momento determinado de su vida, normalmente la jubilación, para compensar la pensión pública y no perder el poder adquisitivo previo al fin de la vida laboral. RENTA DE DESECHOHABIENTE ¿QUE ES? HACE REFERENCIA AL HEREDEROO DE UNA PERSONA DERCHOHAMIENTES SON LOS HIJOS MENOORES DE EDAD Y LOS MAYORES INCAPACITADOS BENEFICIARIO DEL ASEGURADO FALLECIDO RENTA DE VIUDEDAD RENTA DE UN VIUDA /VIUDO tenen un hijo menor matrimonio que duro mas de 10 años ES CONDICIONADO renta convivivente de titular ESTUDIO LEGISLATIVO