Uploaded by ANDREA ESCOBAR QUISPE

GRUPO 6 TENDENCIAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

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Docente:
Lic. Ricardo Ramiro Tola Fernández
Estudiantes:
Univ. Chávez Condori Melany Sarah
Univ. Copana Ucharico Efraín Santos
Univ. Escobar Quispe Andrea
Univ. Flores Vargas Erland Mario
Univ. León Apaza Carlos Enrique
Univ. Mamani Carpio Pedro Ismael
Univ. Mondaca Ibáñez Rita Rosario
Univ. Otero Catalán Franci Mishell
Univ. Ponce Balcázar Mary Helen
Univ. Vargas Quispe Jesica Estefany
LA PAZ- BOLIVIA
2021
INDICE
INDICE ....................................................................................................................................... 2
1.
INTRODUCCIÓN ................................................................................................................. 5
2.
BREVE HISTORIA ................................................................................................................ 7
3.
2.1.
HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL NACIONAL .................................................... 7
2.2.
HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL INTERNACIONAL........................................... 8
MARCO TEÓRICO ............................................................................................................ 10
3.1
CONCEPTO DE LA SEGURIDADA SOCIAL ................................................................ 10
3.2
EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL ............................................. 12
3.2.1
EL MUTUALISMO ............................................................................................ 13
3.2.2
SEGURO PRIVADO .......................................................................................... 14
3.2.3
AHORRO PRIVADO ......................................................................................... 14
3.2.4
ASISTENCIA SOCIAL ........................................................................................ 14
3.2.5
SISTEMAS INICIALES DE PROTECCIÓN ........................................................... 15
3.2.6
SEGUROS SOCIALES ........................................................................................ 16
3.2.7
SEGURIDAD SOCIAL ........................................................................................ 16
3.3
LA SEGURIDAD SOCIAL EN BOLIVIA ....................................................................... 18
3.3.1
ANTENCEDENTES HISTORICOS ....................................................................... 18
3.3.2
CODIGO DE SEGURIDAD SOCIAL .................................................................... 19
3.4
PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CONSTITUCIÓN POLITICA DEL ESTADO 23
3.4.1
PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD ...................................................................... 23
3.4.2
PRINCIPIO DE INTEGRALIDAD ........................................................................ 23
3.4.3
PRINCIPIO DE EQUIDAD ................................................................................. 24
3.4.4
PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD .......................................................................... 24
3.4.5
PRINCIPIO UNIDAD DE GESTION .................................................................... 24
3.4.6
PRINCIPIO DE ECONOMIA .............................................................................. 25
3.4.7
PRINCIPIO DE INTERCULTURALIDAD.............................................................. 25
3.5
3.5.1
TIPOS DE AUDITORIA...................................................................................... 26
3.5.2
FUNCION DE LA AUDITORIA ........................................................................... 30
3.5.3
PROCEDIMIENTO DE LA AUDITORIA .............................................................. 30
3.5.4
NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS ............................... 32
3.5.5
EVIDENCIA DE AUDITORIA ............................................................................. 32
3.5.6
PAPELES DE TRABAJO DE LA AUDITORIA....................................................... 33
3.6
SEGUROS DE LARGO Y CORTO PLAZO.................................................................... 36
3.6.1
SEGUROS DE CORTO PLAZO ........................................................................... 36
3.6.2
SEGUROS DE LARGO PLAZO ........................................................................... 38
3.7
LA IGUALDAD DE GÉNERO ..................................................................................... 39
3.7.1
GENERO........................................................................................................... 40
3.7.2
LAS MUJERES Y EL DESARROLLLO .................................................................. 40
3.7.3
LA IGUALDAD .................................................................................................. 41
3.7.4
LA EQUIDAD .................................................................................................... 42
3.7.5
SEGURIDAD SOCIAL ........................................................................................ 42
3.7.6
NORMAS INTERNACIONALES DEL TRABAJO E IGUALDAD DE GÉNERO ........ 43
3.7.7
EL VÍNCULO EXISTENTE ENTRE LA PROTECCION SOCIAL Y EL GÉNERO ........ 44
3.8
MEDIDAS PARA OTORGAR LA IGUALDAD A TRAVES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL45
3.8.1
PRESTACIONES POR HIJOS A CARGO ............................................................. 45
3.8.2
LICENCIA Y PRESTACIONES PARENTALES DEL CUIDADO INFANTIL............... 46
3.8.3
EDAD DE JUBILACIÓN ..................................................................................... 46
3.8.4
PENSIONES DE SUPERVIVIENTE ..................................................................... 46
3.9
4
CONCEPTOS GENERALES -AUDITORIA ................................................................... 25
SISTEMA DE REPARTO ............................................................................................ 46
3.9.2
DISCRIMACIÓN ............................................................................................... 47
3.9.3
BENEFICIARIO ................................................................................................. 47
3.9.4
LA RENTA ........................................................................................................ 47
3.9.5
TRABAJADOR ASEGURADO ............................................................................ 49
3.9.6
PENSION.......................................................................................................... 50
ESTUDIO LEGISLATIVO .................................................................................................... 51
4.1
SEGÚN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO (C.P.E.) ................................... 52
4.2
SEGÚN LA LEY GENERAL DEL TRABAJO (L.G.T.) ..................................................... 53
4.3
SEGÚN EL REGLAMENTO DE CÓDIGO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE
1959 56
4.4
CONVENIOS INTERNACIONALES ............................................................................ 57
5
CONCLUSIONES ............................................................................................................... 59
6
BIBLIOGRAFIA .................................................................................................................. 60
7
ANEXOS ........................................................................................................................... 64
1. INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo se pretende describir y dar a conocer el sistema de
seguro de salud en Bolivia que garantiza a la población nacional contra los
precios del apoyo higiénico, tomando en cuenta la evolución histórica de la
seguridad social que conlleva el mutualismo, el seguro privado, ahorro
privado, asistencia social y demás aspectos que estaremos viendo en el
presente trabajo.
Debido a los antecedentes históricos de la seguridad social en Bolivia
podemos deducir que este sufrió cambios importantes, beneficiando y
favoreciendo la protección del trabajador y mayormente a su entorno
familiar, durante los años 1940 y 1950, también dando origen al Código de
Seguridad Social Boliviano, promulgado el 14 de diciembre de 1956, se
inspira en la Norma mínima de la OIT.
Los conceptos generales de auditoria son considerados como un proceso
para verificar evidencias sobre actividades económicas y financieras, con el
fin de dar a conocer los resultados en un informe que tenga observaciones,
conclusiones y recomendaciones, también tenemos muchos tipos de
auditoria.
Como ser la auditoria de estados financieros que su objetivo es realizar un
examen sistemático, la auditoría externa que utiliza técnicas sobre como
operar un sistema y expresar, la auditoría interna tiene una organización
(integridad, competencia, objetividad, capacidad, cuenta, calidad,
comunicación efectiva, análisis, mejoramiento).
También tenemos la auditoría de cumplimiento es sistemática y objetiva
además se enfoca en verificar si un asunto cumple con las regulaciones o
criterios, la auditoria operacional analiza ciertos aspectos es diferente de
una auditoría interna, donde el objetivo es investigar la adecuación de los
controles y evaluar la presentación de los estados financieros, la auditoria
forense esta combate el fraude es una de las principales preocupaciones de
una entidad y estas se burlan de las normas legales.
La función de auditoría interna vigila el cumplimiento de los controles
internos diseñados por la gerencia, y agrega valor a la organización dando
recomendaciones para corregir las debilidades de control interno y para
mejorar la energía de los procesos, donde los procedimientos analíticos son
evaluaciones que realiza el auditor a los estados financieros y que
consisten en comparar lo registrado con expectativas del auditor. Sin
embargo, el uso adecuado de un determinado procedimiento analítico
dependerá de la valoración realizada por el auditor en relación a la eficacia
del mismo en la detección de una inexactitud que puede llevar a que los
estados financieros contengan errores relevantes..
Los papeles de trabajo serán propiedad del Órgano de Control, por
contener la evidencia de trabajos de auditoría realizados por su personal y
sus funciones de estas son: Integridad y exactitud. Claridad y comprensión.
Pertinencia. Orden lógico. Minimizar variedad. La legibilidad y pulcritud.
Optimizar el flujo de trabajo.
Si el informe del auditor fuera objetado o refutado el profesional puede
recurrir, a presentar sus papeles de trabajo, tanto como prueba de su buena
fe, como de la corrección técnica de sus procedimientos para llegar al
resultado informe.
Los seguros a largo y corto plazo nacen el 4 de diciembre de 1956 a través
de la promulgación del Código de Seguridad Social cuyo sistema se
estructura bajo los principios de Unidad, Solidaridad, Universalidad y
Eficiencia. La Seguridad Social a corto plazo cubre las contingencias de
Enfermedad y Maternidad, los de Largo plazo están diseñados
específicamente para cubrir tanto experiencias médicas como de viaje por
un período de un año o menos. Ellas le permiten elegir su propia póliza.
Históricamente la diferencia entre el género humano ha sido marcada
fuertemente, desde el inicio de la vida social, económica y política. Esta
forma de vida ha sido impulsada a través de las diferentes generaciones. La
igualdad de género es la capacidad de ser equitativo, justo y correcto en el
trato de mujeres y hombres según sus respectivas necesidades, teniendo
en cuenta que se puede utilizar varias medidas de protección social para
promover la igualdad de género como ser: pensiones de superviviente,
edad de jubilación, prestación por hijos a cargo, etc.
La seguridad social puede promover la igualdad de género compensando a
las personas no remuneradas que prestan cuidados por los periodos de
empleo, a las personas jubiladas que optan por una renta o por el situado
retiro del dinero.
La aplicación y función de las tendencias de la seguridad social, donde se
ve y analiza el tratado del tema en el ámbito laboral y no excluyente del
tema se puede ver como los procesos de auditoria forman parte del dicho
trabajo. También es importante que cuando se habla de un país también se
usa el término renta como sinónimo de ingreso. En este caso, esa tarea de
recogida de capital se realiza en base a una serie de criterios tales como la
renta per cápita, que establece lo relacionado entre el número de habitantes
y el PIB. Un hecho interesante de analizar es el efecto de un impuesto
sobre la renta de un gasto como la tierra.
La renta se concede a los hijos o hijas. Renta otorgada al hijo mayor de 19
años, declarado con Invalidez la renta de Orfandad Vitalicia, sus limitantes y
condicionantes, la normativa que si bien se encuentra vigente contradice los
principios básicos atentando contra los derechos fundamentales de los
beneficiarios de la renta de orfandad. Esta Renta que se concede al hijo o a
la hija del causante cuando haya fallecido también la madre o viceversa,
siempre que sean huérfanos absolutos. Renta de viudedad. Además, es
necesario hacer referencia lo mencionado por la Dra. Nancy Tufiño cuando
destaca que: ¨La Seguridad Social asegura la subsistencia de la
humanidad, es el medio eficaz para luchar contra la pobreza, mediante una
equitativa distribución de la riqueza. Por consiguiente, no se debe
considerar su financiamiento como un gasto, sino como una inversión¨.1
Tufiño De Torrez, N. (2007). Seguridad social para todos. Murillo, Bolivia: Tufiño Rivera De
Torrez,
1
Nancy
2. BREVE HISTORIA
2.1.
HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL NACIONAL
El punto de partida de las políticas de protección se sitúa en la Comisión de
Reformas Sociales (1883) que se encargó del estudio de cuestiones que
interesasen a la mejora y bienestar de la clase obrera. En 1900 se crea el primer
seguro social, La Ley de Accidentes de Trabajo, y en 1908 aparece el Instituto
Nacional de Previsión en el que se integran las cajas que gestionan los seguros
sociales que van surgiendo.
Posteriormente los mecanismos de protección desembocan en una serie de
seguros sociales, entre los que destacan son:





Retiro Obrero: (11 de marzo 1919)
Seguro Obligatorio de Maternidad (21 de agosto de 1923)
Seguro de Paro Forzoso (1931)
Seguro de Enfermedad (14 de diciembre de 1942)
Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) (18 de abril de 1947)
En 1963 aparece la Ley de Bases de la Seguridad Social cuyo objetivo principal
era la implantación de un modelo unitario e integrado de protección social, con una
base financiera de reparto, gestión pública y participación del Estado en la
financiación. A pesar de esta definición de principios, muchos de los cuales se
plasmaron en la Ley General de la Seguridad Social de 1966, con vigencia de 1 de
enero de 1967, lo cierto es que aún pervivían antiguos sistemas de cotización
alejados de los salarios reales de trabajadores.
La Ley de Financiación y Perfeccionamiento de la Acción Protectora de 1972
intentó corregir los problemas financieros existentes, se agravó los mismos al
incrementar la acción protectora, sin establecer los recursos que le dieron
cobertura financiera. Y también se produjeron reformas en los distintos campos en
el sistema de la Seguridad Social.
En efecto, el artículo 41 de la Constitución establece que los poderes públicos
mantendrán un régimen público de seguridad social para todos los ciudadanos
que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de
necesidad, especialmente en caso de desempleo, indicando que la asistencia y
prestaciones complementarias serán libres.
La primera gran reforma se produce con la publicación del Real Decreto Ley
36/1978, de 16 de noviembre, acordado por los Pactos de la Moncloa crea un
sistema de participación institucional de los agentes sociales favoreciendo la
transparencia y racionalización de la Seguridad Social, que estableció un nuevo
sistema de gestión realizado por los siguientes Organismos:
1. El Instituto Nacional de la Seguridad Social, para la gestión de las
prestaciones económicas del sistema.
2. El Instituto Nacional de Salud, para las prestaciones sanitarias (Organismo
que posteriormente pasará a denominarse Instituto Nacional de Gestión
Sanitaria).
3. Instituto Nacional de Servicios Sociales, para la gestión de los servicios
sociales (Organismo que posteriormente pasará a denominarse Instituto de
Mayores y Servicios Sociales).
4. El Instituto Social de la Marina, para la gestión de los trabajadores del mar.
5. La Tesorería General de la Seguridad Social, como caja única del sistema
actuando bajo el principio de solidaridad financiera.
En la década de los ochenta se llevaron a cabo una serie de medidas
encaminadas a mejorar y perfeccionar la acción protectora al extender las
prestaciones de los colectivos no cubiertos y dar una mayor estabilidad económica
al sistema de la Seguridad Social. .
La década de los noventa supuso una serie de cambios sociales que han tenido
su influencia dentro del sistema de Seguridad Social: cambios en el mercado de
trabajo, mayor movilidad en el mismo, incorporación de la mujer al mundo laboral.
En 1995 se firmó el Pacto de Toledo, con el apoyo de todas las fuerzas políticas y
sociales, que tuvo cambios y el establecimiento de una hoja de ruta para asegurar
la estabilidad financiera y las prestaciones futuras de la Seguridad Social.
La implantación de las prestaciones no contributivas, llevado a cabo en Texto
Refundido de 1994, con la mayor adecuación entre las prestaciones recibidas y la
exención de cotización previamente realizada, la creación del Fondo de Reserva
de la Seguridad Social, la introducción de los mecanismos de jubilación flexible y
de incentivación de la prolongación de la vida laboral, o las medidas de mejora de
la protección, en los supuestos de menor cuantía de pensiones, son
manifestaciones de los cambios introducidos desde 1990 hasta la fecha.
2.2.
HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL INTERNACIONAL
En 1920 se crea el sistema de seguridad social boliviano, como respuesta al
desarrollo de la red de ferrocarriles que contaba con altas tasas de siniestralidad.
Durante las décadas de los años 1940 y 1950 se generaliza la protección al
trabajador y a su entorno familiar. Ello se formaliza en 1956, cuando se dicta el
Código de Seguridad Social que da participación a tres actores en el
funcionamiento del sistema:



estado,
trabajadores
empleadores.
De acuerdo al Código de Seguridad Social boliviano sancionado el 14 de
diciembre de 1956 y que rige el funcionamiento de las Cajas de Salud, el sistema
está fundado en “los principios de solidaridad económica y social, universalidad en
el campo de aplicación y contingencias cubiertas y personas protegidas, unidad
legislativa y de gestión”. El mismo incorpora “ocho de las nueve contingencias
recomendadas por el Convenio 102 de la OIT, relativas a la norma mínima de la
seguridad Social:








Enfermedad
Maternidad
Riesgos Profesionales
Invalidez
Vejez
Muerte
Asignaciones Familiares
Vivienda de Interés Social
Desde la sanción de este Código a la actualidad profundos cambios afectaron el
funcionamiento del sistema, que implicaron, entre otros aspectos, la separación de
los seguros de salud de los fondos de pensiones, el alcance de la cobertura del
sistema se vio restringida en cuanto a la población efectivamente atendida y en
cuanto al paquete de servicios realmente brindado. Los mecanismos de
coordinación y competencia con el sistema público dependiente del Ministerio de
Salud, siguen siendo difusos, generando prestaciones cruzadas y subsidios
implícitos, lo que afecta la cobertura, la eficiencia y la sustentabilidad de ambos
subsistemas.
La aplicación del código de seguridad social es obligatoria para todas las personas
nacionales o extranjeras, de ambos sexos, que trabajan en territorio boliviano y
“prestan servicios remunerados para otra persona natural o jurídica, mediante
designación, contrato de trabajo o de aprendizaje, sean éstos de carácter privado
o público, expresos o presuntos” (Bolivia, Código de Seguridad Social). Por el
contrario, no están sujetos al código:
 Aquellos trabajadores que “ejecutan trabajos ocasionales extraños a
la actividad ordinaria del empleador, siempre que su duración no
exceda de 15 días.
 Las personas afiliadas a una institución oficial extranjera para fines
de los seguros de invalidez, vejez y muerte.
 Las personas extranjeras empleadas por las agencias diplomáticas,
consulares e internacionales que tienen su sede en Bolivia y que
gocen de inmunidades y privilegios diplomáticos y los que ejecuten
trabajos remunerados en moneda extranjera hasta la cuantía
señalada por el reglamento” (Bolivia, obra citada).
Los trabajadores independientes, artesanos, campesinos, gremiales y otros,
pueden solicitar su incorporación a los beneficios de la seguridad social siempre
que tomen a su cargo la totalidad de las cotizaciones y sean salvadas las
dificultades técnicas, administrativas y financieras que impidan o impidieron su
incorporación. De este modo, si bien las Cajas de Seguridad Social originales
encontraban entre sus afiliados a grupos homogéneos en cuanto a fuente de
empleo y salarios relativos, actualmente ello no es necesariamente así, en tanto
diferentes grupos empleados por empresa o rama de actividad se han incorporado
a alguna de las Cajas ya existentes. Las personas protegidas por las Cajas de
Salud incluyen no solamente al asegurado-aportante, sino también a los siguientes
familiares: esposa o conviviente, esposo inválido, hijos hasta los 19 años, padre
inválido y madre que no dispongan de rentas para su subsistencia, hermanos
huérfanos o cuyos padres no perciben rentas y vivan a expensas del asegurado
hasta la edad señalada para los hijos. A partir del 30 de septiembre de 1959, el
Decreto Supremo 5315 reglamenta el Código de Seguridad Social que establece
que la gestión, aplicación y ejecución de los regímenes de Seguridad Social
estarán a cargo de cinco Cajas: Ferroviaria, Seguro Social Militar, Bancaria,
Petrolera y Caja Nacional de Salud (CNS). Los trabajadores comprendidos dentro
del campo de aplicación del código serán asegurados a la respectiva Caja, de
acuerdo a la rama de actividad económica preponderante a la que pertenezca su
empresa. La CNS estaría a cargo de la cobertura de los empleados de la
administración pública y de todos los demás grupos no incluidos explícitamente en
las otra Cajas.
3. MARCO TEÓRICO
CONCEPTO DE LA SEGURIDADA SOCIAL
La seguridad social, también llamada previsión social, es un sistema de seguro de
salud que garantiza a la población nacional contra los costes de la asistencia
sanitaria. Puede ser administrado por el sector público, el sector privado o una
combinación de ambos. Los mecanismos de financiación varían según el
programa y el país. El seguro de enfermedad nacional o estatutaria no equivale a
una asistencia sanitaria gestionada o financiada por el gobierno, sino que suele
establecerse mediante una legislación nacional. En algunos países, como el
sistema Medicare de Australia, el Servicio Nacional de Salud del Reino Unido y el
Servicio Nacional de Seguro de Salud de Corea del Sur, las contribuciones al
sistema se realizan a través de los impuestos generales y, por tanto, no son
opcionales, aunque el uso del sistema sanitario que financia sí lo sea. En la
práctica, la mayoría de las personas que pagan por el NHI se afiliarán a él.
La Organización Internacional del Trabajo, en un documento publicado en 1991
denominado Administración de la seguridad social, definió la seguridad social
como sigue:
"La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una
serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que,
de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los
ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o
enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; también la
protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos."
La Seguridad Social es el sistema que se ocupa de garantizar el Estado del
Bienestar en una sociedad, es la mayor y más importante plataforma de bienestar
que ofrece el Estado a sus ciudadanos y su existencia se basa en las aportaciones
que hacen los contribuyentes, de manera obligatoria, mediante sus nóminas de
trabajo. Es un sistema público enfocado a la sociedad del bienestar y con objetivo
de proporcionar un conjunto de medidas o ayudas como pueden ser la oferta de
prestaciones mínimas a colectivos afectados por enfermedad que le impida
realizar su actividad laboral, mantener el Sistema de Pensiones y la protección en
situaciones de desempleo.
El objetivo principal de este sistema es dar protección a los ciudadanos. Para ello,
realiza un conjunto de actividades financiadas con los presupuestos del Estado y
que tienen objetivos sociales y redistributivos, protegiendo a las personas para
que no se produzcan desequilibrios sociales. Estas actividades sociales se
desarrollan en cuatro ámbitos:

Transferencias de dinero, como las prestaciones de desempleo, la
jubilación o las pensiones por discapacidad.
 El seguro médico, que debe ser universal y gratuito.
 Servicios de educación gratuita y universal.
 Supervisión de vivienda, alimento y otras necesidades básicas.
La financiación de la Seguridad Social procede mayormente por la contribución de
los trabajadores del país. La seguridad social está claramente definida en los
Convenios de la OIT y en los instrumentos de la ONU como un derecho
fundamental aunque en realidad sólo una pequeña proporción de la gente en
nuestro planeta disfrute del mismo. Definida en términos generales como un
sistema basado en cotizaciones que garantiza la protección de la salud, las
pensiones y el desempleo así como las prestaciones sociales financiadas
mediante impuestos, la seguridad social se ha convertido en un reto universal en
un mundo globalizado. Sólo el 20 por ciento de la población mundial tiene una
cobertura adecuada en materia de seguridad social mientras que más de la mitad
no dispone de ninguna forma de protección social. Aquellos que no están
cubiertos tienden a formar parte de la economía informal, por lo general, no están
protegidos en su vejez por la seguridad social y no están en condiciones de pagar
sus gastos de salud.
Además, muchas personas tienen una cobertura insuficiente, esto es, puede que
carezcan de elementos significativos de protección (como la asistencia médica o
las pensiones) o que la protección que reciben sea escasa o presente una
tendencia a la baja. La experiencia muestra que la gente está dispuesta a cotizar a
la seguridad social, siempre y cuando ésta satisfaga sus necesidades prioritarias.
Hasta no hace mucho se suponía que la proporción creciente de la fuerza de
trabajo de los países en desarrollo, terminaría en un empleo en el sector formal
cubierto por la seguridad social. Sin embargo, la experiencia ha mostrado que el
crecimiento del sector informal se ha traducido en tasas de cobertura estancadas
o en proceso de reducción. Aún en países con un elevado crecimiento económico,
cada vez más trabajadores, a menudo mujeres, se encuentran en empleos menos
seguros, como es el trabajo eventual, el trabajo a domicilio y algunos tipos de
empleo por cuenta propia que carecen de cobertura de la seguridad social. Los
grupos más vulnerables que no forman parte de la fuerza de trabajo, son personas
con discapacidad y personas mayores que no pueden contar con el apoyo de sus
familiares y que no están en condiciones de financiar sus propias pensiones.
EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
En 1920 se crea el sistema de seguridad social boliviano, como respuesta al
desarrollo de la red de ferrocarriles que contaba con altas tasas de siniestralidad.
Durante las décadas de los años 1940 y 1950 se generaliza la protección al
trabajador y a su entorno familiar. Ello se formaliza en 1956, cuando se dicta el
Código de Seguridad Social que da participación a tres actores en el
funcionamiento del sistema: estado, trabajadores y empleadores.
De acuerdo al Código de Seguridad Social boliviano sancionado el 14 de
diciembre de 1956 y que rige el funcionamiento de las Cajas de Salud, el sistema
está fundado en “los principios de solidaridad económica y social, universalidad en
el campo de aplicación y contingencias cubiertas y personas protegidas, unidad
legislativa y de gestión”. El mismo incorpora “ocho de las nueve contingencias
recomendadas por el Convenio 102 de la OIT, relativas a la norma mínima de la
seguridad Social: Enfermedad, Maternidad, Riesgos Profesionales, Invalidez,
Vejez, Muerte, Asignaciones Familiares y Vivienda de Interés Social”. Desde la
sanción de este Código a la actualidad profundos cambios afectaron el
funcionamiento del sistema, que implicaron, entre otros aspectos, la separación de
los seguros de salud de los fondos de pensiones (definidos actualmente como
esquemas de corto y largo plazo, respectivamente).
Así mismo, el alcance de la cobertura del sistema se vio restringido en cuanto a la
población efectivamente atendida y en cuanto al paquete de servicios realmente
brindado. Por otra parte, los mecanismos de coordinación y competencia con el
sistema público dependiente del Ministerio de Salud, siguen siendo difusos,
generando prestaciones cruzadas y subsidios implícitos, lo que afecta la
cobertura, la eficiencia y la sustentabilidad de ambos subsistemas.
La aplicación del código de seguridad social es obligatorio para todas las personas
nacionales o extranjeras, de ambos sexos, que trabajan en territorio boliviano y
“prestan servicios remunerados para otra persona natural o jurídica, mediante
designación, contrato de trabajo o de aprendizaje, sean éstos de carácter privado
o público, expresos o presuntos” (Bolivia, Código de Seguridad Social). Por el
contrario, no están sujetos al código, aquellos trabajadores que “ejecutan trabajos
ocasionales extraños a la actividad ordinaria del empleador, siempre que su
duración no exceda de 15 días; las personas afiliadas a una institución oficial
extranjera para fines de los seguros de invalidez, vejez y muerte; las personas
extranjeras empleadas por las agencias diplomáticas, consulares e internacionales
que tienen su sede en Bolivia y que gocen de inmunidades y privilegios
diplomáticos y los que ejecuten trabajos remunerados en moneda extranjera hasta
la cuantía señalada por el reglamento”. Los trabajadores independientes,
artesanos, campesinos, gremiales y otros, pueden solicitar su incorporación a los
beneficios de la seguridad social siempre que tomen a su cargo la totalidad de las
cotizaciones y sean salvadas las dificultades técnicas, administrativas y
financieras que impidan o impidieron su incorporación. De este modo, si bien las
Cajas de Seguridad Social originales encontraban entre sus afiliados a grupos
homogéneos en cuanto a fuente de empleo y salarios relativos, actualmente ello
no es necesariamente así, en tanto diferentes grupos empleados por empresa o
rama de actividad se han incorporado a alguna de las Cajas ya existentes.
Las personas protegidas por las Cajas de Salud incluyen no solamente al
asegurado-aportante, sino también a los siguientes familiares: esposa o
conviviente, esposo inválido, hijos hasta los 19 años, padre inválido y madre que
no dispongan de rentas para su subsistencia, hermanos huérfanos o cuyos padres
no perciben rentas y vivan a expensas del asegurado hasta la edad señalada para
los hijos. A partir del 30 de septiembre de 1959, el Decreto Supremo 5315
reglamenta el Código de Seguridad Social que establece que la gestión, aplicación
y ejecución de los regímenes de Seguridad Social estarán a cargo de cinco Cajas:
Ferroviaria, Seguro Social Militar, Bancaria, Petrolera y Caja Nacional de Salud
(CNS). Los trabajadores comprendidos dentro del campo de aplicación del código
serán asegurados a la respectiva Caja, de acuerdo a la rama de actividad
económica preponderante a la que pertenezca su empresa. La CNS estaría a
cargo de la cobertura de los empleados de la administración pública y de todos los
demás grupos no incluidos explícitamente en las otra Cajas.
3.2.1 EL MUTUALISMO
Es un sistema de ayuda mutua, basado en un espíritu de solidaridad y
reciprocidad cuyo fin es atender o minimizar los riesgos eventuales y las
necesidades comunes de sus integrantes. La mutualidad es una expresión
concreta de la previsión social y constituye en cada nación, uno de los
complementos humanos del estatuto político. El Mutualismo, está basado en el
dogma de la tolerancia y la solidaridad, y puede unir a personas de todas las
clases y opiniones, como matizarse en función a las necesidades sociales más
variadas.
El Mutualismo como medida de asistencia social En la antigua Roma ya existían
asociaciones con clara finalidad mutualista, en el que un grupo de personas
contribuía con un fondo común para ayudarse en caso de fallecimiento.
En la Edad Media estas asociaciones adquieren carácter corporativo o profesional,
a través de los gremios y cofradías, que tenían como fin beneficios comunes de
asistencia social: proteger viudas y huérfanos e incluso fundar hospitales. En la
Edad Moderna el concepto de mutualismo se mantiene, pero amplía su ámbito de
protección a los enfermos o situación de pobreza. El carácter comunitario del
mutualismo es el punto de partida de las primeras instituciones de ahorro popular:
los montepíos.
3.2.2 SEGURO PRIVADO
El Seguro Privado es un Contrato por el que alguien se obliga mediante el cobro
de una prima a indemnizar el daño producido a otra persona, o a satisfacer un
capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
El seguro, como institución que indemniza las consecuencias de un siniestro,
surge solamente cuando se forma la conciencia común de daño.
En la actualidad, la ABA conglomera a 16 Compañías de Seguros (8 de seguros
generales y fianzas, y 8 de seguros de personas) que funcionan legalmente en el
mercado boliviano.
3.2.3 AHORRO PRIVADO
El ahorro privado es aquel que realizan las organizaciones privadas que no
pertenecen al estado (básicamente familias, instituciones sin ánimo de lucro y
empresas). El ahorro de una empresa privada autónoma, equivale a su beneficio,
menos la parte de éste que es repartida a sus propietarios o accionistas en forma
de dividendos o participación en beneficios.
Se considera, por tanto, el ahorro privado total de un país a la suma del ahorro de
todas las familias y sociedades mercantiles que lo componen. Estas, son las
encargadas de contener dicho ahorro privado. Es el resultado de la toma de
decisiones de consumo sobre una renta disponible de referencia. Es decir, la
cantidad que se ha reservado, y no se ha destinado al abastecimiento o a la
consecución de diferentes tipos de servicio.
3.2.4 ASISTENCIA SOCIAL
La asistencia social, está asociada a un servicio que se presta para solucionar
problemas de diversa índole y mejorar las condiciones de vida de las personas.
El objetivo de la asistencia social es que todos los integrantes de una sociedad
gocen de los mismos derechos y oportunidades. Como en toda comunidad existen
desigualdades, la asistencia social está dirigida a los más desfavorecidos. Su
trabajo se orienta a que todos los individuos puedan satisfacer sus necesidades
básicas.
Lo habitual es que la asistencia social se desarrolle a través de instituciones del
Estado o de organizaciones no gubernamentales (ONG). Las prestaciones
englobadas en el concepto pueden ser muy variadas e incluir desde apoyo
educativo hasta la facilitación de una vivienda, pasando por la entrega de
alimentos o de remedios.
En ocasiones, es la propia persona que necesita ayuda quien se acerca a una
entidad dedicada a la asistencia social y pide aquello que requiere. En otras
oportunidades, las organizaciones de asistencia social se trasladan hacia el lugar
específico donde se encuentra la gente con necesidades. Incluso la asistencia
social puede desarrollarse de manera concentrada ante una catástrofe, como una
inundación o un terremoto.
Dependiendo del país, el concepto de asistencia social presenta claras diferencias
con el de seguro social, un régimen basado en la cotización de sus afiliados, ya
que se trata de un régimen que se financia a partir del tributo de la población
nacional. En los países escandinavos se encuentra un claro ejemplo de esto; allí,
los habitantes de la tercera edad fueron los primeros en gozar de sus beneficios,
que pronto alcanzaron a aquéllos que sufrían de alguna invalidez o enfermedad, y
a los que no tenían empleo o vivienda.
A grandes rasgos, es posible encontrar las siguientes características en el servicio
de asistencia social:






Las prestaciones que ofrece al pueblo se financian completamente por
medio de las contribuciones de los habitantes, ya sea a nivel nacional o
local.
Cuando una persona expresa su necesidad de recibir asistencia social
(realizando los trámites pertinentes, que varían en cada país) el Estado
tiene la obligación de brindarle el servicio, ya que éste tiene fuerza de
ley y es un derecho legal de todos los ciudadanos.
Ante una solicitud por parte de un ciudadano, se evalúan diversas
variables de su situación, como ser sus ingresos, sus recursos y
pertenencias y el estado de necesidad de los servicios que está
demandando.
Las prestaciones de asistencia social tienen el objetivo de incrementar
los ingresos de quienes las reciben hasta el punto que se considera
mínimo para llevar una vida sana y poder desarrollarse en la sociedad.
Para dar con dicho valor se toman en cuenta el número de integrantes
de la familia y obligaciones tales como el pago de un alquiler;
No existe relación alguna entre las prestaciones de un beneficiario y sus
ganancias anteriores ni con el nivel de vida que haya tenido, ya que se
busca un equilibrio de oportunidades para todos;
es posible ejercer un cierto grado de discreción a la hora de fijar el
monto de las prestaciones, siempre respetando los límites que se
desprenden de los derechos que reconoce la ley.
3.2.5 SISTEMAS INICIALES DE PROTECCIÓN
La alianza profesional y la huelga eran delitos y los empleadores no estaban
obligados a solventar los gastos producidos por enfermedad o accidentes de
trabajo. En este contexto surgen los sistemas iniciales de protección tales como el
ahorro privado, la mutualidad, el seguro privado y la asistencia pública.
Al producirse la primera Revolución Industrial, el trabajador se hace consciente de
su desamparo frente a las largas jornadas de trabajo y los reducidos salarios. La
alianza profesional y la huelga eran delitos y los delitos no estaban obligados a
solventar los gastos producidos por enfermedad o accidentes de trabajo.
3.2.6 SEGUROS SOCIALES
Los Seguros Sociales son los pagos que realizan los empleados y la propia
empresa (en distintas cantidades, como veremos) a la Seguridad Social cada mes,
sus aportaciones al Estado y que se usan para pagar el paro, las bajas por
enfermedad o maternidad, etc.
Al hablar de seguros sociales hacemos referencia a las aportaciones que se
realizan a la Seguridad Social tanto por parte del empleado como de la empresa a
final de mes y que constan en la nómina del trabajador. No olvides que la empresa
y el empleado no contribuyen de igual forma, ni se encargan de las mismas
contingencias.
A continuación repasamos los conceptos de los seguros sociales que se pagan de
forma mensual:






Contingencias comunes
Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Desempleo
Horas extra
Formación profesional
Fondo de garantía salarial
No existe una cuota estandarizada a pagar, el cálculo de los seguros sociales
depende de si lo realiza la empresa o trabajador y en el segundo de los casos
puede depender del salario del empleado, sus bases de cotización y los
porcentajes de cada una de las bases.
Las bases de cotización y porcentajes aplicables:
 Base de cotización por contingencias comunes (BCCC)
 Base de cotización por contingencias profesionales y de recaudación
conjunta
 Base sujeta a la retención de IRPF.
Una vez calculada la cuota a pagar es necesario presentar tanto el documento
TC1 y TC2 de manera telemática. El documento oficial TC1 incluye cada una de
las cuotas de la empresa y los trabajadores y el TC2 refleja la relación nominal de
los empleados. Generalmente dichos documentos son presentados por las
empresas a través de las asesorías, así como en el caso de los autónomos, que
pueden hacerlo a través de una gestoría o personalmente antes del día 20 del
mes siguiente.
3.2.7 SEGURIDAD SOCIAL
La seguridad social, también llamada previsión social, es un sistema de seguro de
salud que garantiza a la población nacional contra los costes de la asistencia
sanitaria. Puede ser administrado por el sector público, el sector privado o una
combinación de ambos. Los mecanismos de financiación varían según el
programa y el país. El seguro de enfermedad nacional o estatutaria no equivale a
una asistencia sanitaria gestionada o financiada por el gobierno, sino que suele
establecerse mediante una legislación nacional.
El objetivo de la seguridad social es tomar en cuenta:
 El seguro social, es decir, la entidad que administra los fondos y otorga los
diferentes beneficios que contempla la seguridad social en función del
reconocimiento a contribuciones hechas para un esquema de seguro. Estos
servicios o beneficios incluyen generalmente la provisión de pensiones de
jubilación, el seguro de incapacidad, las pensiones de viudez y orfandad,
los cuidados médicos y el seguro de desempleo.
 El mantenimiento de ingresos, principalmente la distribución de efectivo en
caso de pérdida de empleo, incluidos la jubilación, la discapacidad y el
desempleo.
 Los servicios prestados por las administraciones responsables de la
seguridad social. Según el país, ello puede incluir cuidados médicos,
aspectos de trabajo social e incluso relaciones industriales.
 El término también se usa para referirse a la seguridad básica, un término
aproximadamente equivalente al acceso a las necesidades básicas, tales
como alimento, educación y atención a la salud o cuidados médicos.
El Código de Seguridad Social Boliviano, promulgado el 14 de diciembre de 1956,
se inspira en la Norma mínima de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),
tiende a la protección del capital humano del país, la continuidad de los medios de
subsistencia, la aplicación de medidas adecuadas para la rehabilitación de las
personas inutilizadas y la concesión de los medios necesarios para el
mejoramiento de las condiciones de vida del grupo familiar.
El régimen de seguridad social en Bolivia diferencia entre los dos siguientes
conceptos:
 Sistema Integral de Pensiones. Regulado en la Ley Nº 65, de 10 de
diciembre de 2010, de Pensiones. Este sistema está compuesto, según se
establece en el Art. 2 de la Ley 65, por:
 El Régimen Contributivo que contempla la Prestación de Vejez, Prestación
de Invalidez, las Pensiones por Muerte derivadas de éstas y Gastos
Funerarios.
 El Régimen Semicontributivo, que contempla la Prestación Solidaria de
Vejez, Pensión por Muerte derivada de éstas y Gastos Funerarios.
 El Régimen No Contributivo, que contempla la Renta Dignidad y Gastos
Funerales.
 Régimen de Seguridad Social a corto plazo. Regulado en la Ley de 14 de
diciembre de 1956, por la que se aprueba el Código de Seguridad Social.
Este Código también regulaba las contingencias hoy contempladas en la
Ley 65, a la que se habrá de recurrir si de tales casos se trata. El régimen
de seguridad social a corto plazo cubre las contingencias de Enfermedad y
Maternidad.
La gestión de la salud está encomendada en Bolivia a las cajas de salud, que son
de carácter público.
El Instituto Nacional de Seguros de Salud (INASES) es una entidad
Desconcentrada del Ministerio de Salud y Deportes, que fiscaliza los siguientes
Entes Gestores del Sistema de Seguros de Salud. ·









Caja Petrolera de Salud.
Caja Nacional de Salud
Caja Bancaria Estatal de Salud.
Caja de Salud de la Banca Privada.
Caja de Salud de Caminos.
Caja de Salud CORDES.
Seguros Sociales Universitarios.
Cossmil.
Caja Nacional de Salud.
LA SEGURIDAD SOCIAL EN BOLIVIA
3.3.1 ANTENCEDENTES HISTORICOS
Se originan con las Leyes de 22 de septiembre de 1831 con la creación del Fondo
de Jubilaciones, propuesta a otorgar pensiones a los empleados del Estado que
hubieran cumplido períodos mínimos de tiempo de servicios. En 1905 se anuncia
la Ley de Jubilaciones del ramo de Instrucción Pública, y en los subsiguientes
años se van dando disposiciones previsionales relativas a otros sectores propios
con la administración como la Ley de Jubilación Militar, la de Jubilación Judicial, la
de
Jubilación
Administrativa,
y
la
de
seguridad
bancaria.
Al principio del siglo XX2.
Esta situación hace que surja como una respuesta la organización de los
trabajadores en sindicatos en defensa de sus intereses económicos y sociales
como una fuerza que equilibre las relaciones laborales, por lo cual en 1920 se crea
el sistema de seguridad social boliviano.
Concretando la explotación minera en Bolivia esa actividad se agranda y desarrolla en la primera
mitad del siglo con la aparición y afirmación de las grandes empresas mineras como la Patiño
Mineshoschild y Aramayo.
2
En 1924 se promulga la Ley sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales, que incluye medidas sobre higiene y seguridad; 11 años después
se crea la Caja de Seguro y Ahorro Obrero, como forma encargada de la
administración de los recursos correspondientes a los accidentes de trabajo. En
1938, y bajo lineamiento de los sistemas jubilatorios se establecieron la Caja de
Seguro Social de Ferroviarios y como respuesta al desarrollo de la red de
ferrocarriles que contaba con altas tasas de siniestralidad.3
De acuerdo al Código de Seguridad Social boliviano confirmado el 14 de diciembre
de 1956 y que rige el funcionamiento de las Cajas de Salud, el sistema está
fundado en “los principios de solidaridad económica y social, universalidad en el
campo de aplicación y contingencias cubiertas y personas protegidas, unidad
legislativa y de gestión”. El mismo incorpora “ocho de las nueve contingencias
recomendadas por el Convenio 102 de la OIT, relativas a la norma mínima de la
seguridad Social: Enfermedad, Maternidad, Riesgos Profesionales, Invalidez,
Vejez, Muerte, Asignaciones Familiares y Vivienda de Interés Social”.Fuente
especificada no válida.
El Estado también interviene en vista de que la economía minera se convierte en
una fuente de ingresos para el Tesoro público Nacional y se interesa en mantener
la producción y obliga las empresas a precautelar la salud de los trabajadores
dando la responsabilidad y reparación económica por los accidentes de trabajo y
enfermedades como consecuencias del trabajo.
Desde la sanción de este Código a la actualidad profundos cambios afectaron el
funcionamiento del sistema, que mezclaron, entre otros aspectos, la separación de
los seguros de salud de los fondos de pensiones (definidos actualmente como
esquemas de corto y largo plazo, respectivamente).
3.3.2 CODIGO DE SEGURIDAD SOCIAL
El Código de Seguridad Social Boliviano, promulgado el 14 de diciembre de 1956,
se inspira en la Norma mínima de la OIT, donde expande a la protección del
capital humano del país, el proceso de los medios de subsistencia, la aplicación de
medidas adecuadas para la rehabilitación de las personas arrinconadas y el
permiso de los medios necesarios para el mejoramiento de las condiciones de vida
del grupo familiar.
La aplicación del código de seguridad social es obligatoria para todas las personas
nacionales o extranjeras, de ambos sexos, que trabajan en territorio boliviano y
“prestan servicios remunerados para otra persona natural o jurídica, mediante
elección, contrato de trabajo o de aprendizaje, sean éstos de carácter privado o
público, expresos o presuntos” (Bolivia, Código de Seguridad Social).
Durante los años 1940 y 1950 se extiende la protección al trabajador y a su entorno familiar. Se
formaliza en 1956, cuando se dicta el Código de Seguridad Social que da participación a tres
actores en el funcionamiento del sistema: estado, trabajadores y empleadores.
3
Por el contrario, no están sujetos al código, aquellos trabajadores que “ejecutan
trabajos ocasionales extraños a la actividad ordinaria del empleador, siempre que
su duración no exceda de 15 días; las personas afiliadas a una institución oficial
extranjera para fines de los seguros de invalidez, vejez y muerte; las personas
extranjeras empleadas por las agencias diplomáticas, consulares e internacionales
4que tienen su sede en Bolivia y que gocen de inmunidades y privilegios
diplomáticos y los que ejecuten trabajos remunerados en moneda extranjera hasta
la suma señalada por el reglamento”
Los trabajadores independientes, artesanos, campesinos, gremiales y otros,
pueden solicitar su incorporación a los beneficios de la seguridad social siempre
que tomen a su cargo la totalidad de los precios y sean salvadas las dificultades
técnicas, administrativas y financieras que impidan o impidieron su inscripción.
De este modo, si bien las Cajas de Seguridad Social originales encontraban entre
sus afiliados a grupos similares en cuanto a fuente de empleo y salarios relativos,
actualmente ello no es necesariamente así, en tanto diferentes grupos empleados
por empresa o rama de actividad se han incorporado a alguna de las Cajas ya
existentes.
Las personas protegidas por las Cajas de Salud incluyen no solamente al
asegurado-aportante, sino también a los siguientes familiares: esposa o
conviviente, esposo inválido, hijos hasta los 19 años, padre inválido y madre que
no dispongan de rentas para su subsistencia, hermanos huérfanos o cuyos padres
no perciben rentas y vivan a expensas del asegurado hasta la edad señalada para
los hijos.
3.3.2.1 OBJETIVO DEL CÓDIGO DE SEGURIDAD SOCIAL
El Código de Seguridad Social, se sustenta en tres columnas fundamentales: El
Régimen del Seguro Social Obligatorio, Régimen de Asignaciones Familiares y el
Régimen de Vivienda de Interés Social.
El Régimen del Seguro Social Obligatorio cubre los seguros:
a) Corto y largo plazo





Enfermedad
Invalidez
Maternidad
Vejez y Riesgos Profesionales
Muerte
El Régimen de Asignaciones Familiares, modificado por la Ley 924 y su D.S.
Reglamentario 26237 de 25/06/1987, reconoce los siguientes subsidios:
4
Organización Internacional del Trabajo.
1)
2)
3)
4)
Pre natal
Natalidad
Lactancia y
Sepelio
El régimen de vivienda de interés social, la 1ra normativa para el crédito de
vivienda social entró en vigencia el 23 diciembre del 2013 mediante la Ley No. 393
de Servicios Financieros. Después, se fueron añadiendo otras normas, entre
decretos supremos, circulares y leyes. Actualmente, son 5 las normas que regulan
este crédito.5
3.3.2.2 CAMPO DE APLICACIÓN DEL CÓDIGO DE SEGURIDAD SOCIAL
El Código de Seguridad Social, tiene carácter de obligatoriedad para todas las
personas nacionales o extranjeras, de ambos sexos, que trabajan en el territorio
del Estado Plurinacional y prestan servicio remunerado por otra persona natural o
jurídica, mediante designación, contrato de trabajo o también contrato de
aprendizaje, sean estos de carácter público o privado, expresos o sospechosos.
También se encuentran protegidos por la Seguridad Social y reciben prestaciones
en Corto Plazo:
 Los rentistas cancelados por Riesgos Profesionales, con el aporte del 3%
de sus rentas o pensiones totales que perciben.
 Los rentistas y pensionados de los sistemas de reparto, AFPs y del Sistema
Integral de Pensiones, también con el aporte del 3% sobre sus rentas o
pensiones totales.
 Distinguidos de la Guerra del Chaco, esposo(a) e hijos por Decretos
Supremos Nº 04566 del 24 de enero de 1957 y Nº 05324 del 05 de octubre
de 1959, las prestaciones reciben en la Caja Nacional de Salud.
 Lisiados e Inválidos de la Guerra del Chaco, de la misma manera también
reciben prestaciones en la Caja Nacional de Salud.
 Viudas de Guerra y Enfermeras, las prestaciones reciben en la Caja
Nacional de Salud.
 Niños y niñas, huérfanos y/o abandonados, que son recogidos por los
Gobiernos Departamentales y el SEDEGES, por Decreto Supremo Nº
05394 del 18 de enero de 1960 la Caja Nacional de Salud es la que les
otorga los beneficios.
 Asegurados Voluntarios, con el impuesto total de los precios sobre el
salario retenido, Decretos Supremos Nº 22407 del 11 de enero de 1990 y
Nº 22578 del 13 de agosto de 1990.
5
Estas prestaciones se otorgan en especie y en dinero .
 Aseguramiento obligatorio a la Caja Nacional de Salud de Abogados libres,
registrados en el Colegio de Abogados, por D.S. Nº 19882 del 15 de
noviembre de 1982
 No Videntes inscritos en el Instituto Boliviano de la Ceguera, reciben
prestaciones en la Caja Nacional de Salud.
 Alumnos de la ANAPOL, también reciben prestaciones en la Caja Nacional
de Salud.
 Trabajadoras del Hogar, por la Ley Nº 2450 de 9 de abril de 2003, sujetas a
la afiliación en la Caja Nacional de Salud.
 Canta Autores, D.S. Nº 20888 de 24 de junio de 1985 que dispone la
afiliación en la Caja Nacional de Salud.
 Cooperativistas Mineros solo con el aporte del 1.8% del mineral bruto
 Estudiantes hasta los 25 años de edad si estudian o están con contrato de
aprendizaje y vitalicio si fueron declarados inválidos hasta antes de cumplir
los 19 años de edad, según D.S. Nº 0268 del 26 de agosto de 2009.
 Esposos y padres, mediante Sentencia Constitucional Nº 0019/2006 del
Tribunal Constitucional.
 Mujeres en estado de Gestación y niños hasta los 5 años de edad, a través
del Seguro Universal Materno Infantil, a través de la Ley Nº 2426 de
noviembre de 2002, implementada en el 2003, sin embargo, queda
eliminada por el D.S. Nº 1984 de 1º de mayo de 2014, reglamentario de la
Ley 475 de 30-12-13.
 Ley 475 de 30-12-13 y su D.S. Reglamentario Nº 1984 de 15-05-2005,
abroga el SUMI (Seguro Materno Infantil) y el SSPAM (Seguro de Salud
para el Adulto Mayor), poniendo en vigencia el Seguro de Salud Integral
(SSI).
3.3.2.3 REFORMAS AL CÓDIGO DE SEGURIDAD SOCIAL
El Código de Seguridad Social, antes y después de su promulgación, sufre
sustanciales modificaciones en su redacción original, sin realizar ningún Estudio
Actuarial.
Antes de la promulgación del Código de Seguridad Social:
 El Código de Seguridad Social, en su redacción original consideraba la
edad.
 Para la jubilación 60 años de edad, sin embargo, por una instrucción de tipo
político se modifica a 50 años para varones y 55 años para mujeres (Largo
plazo).
 No se eleva, la prima de aporte o precio.
 El tiempo de atención y prestaciones para los enfermos con tuberculosis se
amplía a un año y medio, ósea 78 semanas (Corto plazo).
PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CONSTITUCIÓN
POLITICA DEL ESTADO
Artículo 45
I. Todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a la seguridad social con
carácter gratuito.
II. La seguridad social se presta bajo los principios de universalidad, integralidad,
equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y
eficacia. Su dirección y administración corresponde al Estado, con control y
participación social. 11
III. El régimen de seguridad social cubre atención por enfermedad, epidemias y
enfermedades catastróficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales,
laborales y riesgos por labores de campo; discapacidad y necesidades especiales;
desempleo y pérdida de empleo; orfandad, invalidez, viudez, vejez y muerte;
vivienda, asignaciones familiares y otras previsiones sociales.
3.4.1 PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD
El principio de universalidad entraña una extensión mayor aun que es también la
generalización total de su financiamiento, que siendo ya una forma de Política
Social con este enunciado se superan las limitaciones propias de los seguros
sociales que nacieron con un carácter clasista, como un sistema de protección
exclusivo, en función de los trabajadores asalariados. La función de la seguridad
social es proteger al ser humano como tal, dentro de una determinada colectividad
social, sin importar a qué dedique su existencia. El acceso a la protección deja de
ser un derecho para unos y una concesión graciosa para otros, y se constituye en
un derecho subjetivo público. El acceso a la seguridad social es un derecho
humano, es un derecho inherente al ser humano por el solo hecho de serlo.
Además, en tanto está reconocido por el derecho positivo, se califica, desde el
punto de vista técnico jurídico, como un derecho fundamental de rango
constitucional.
3.4.2 PRINCIPIO DE INTEGRALIDAD
El Principio de Integridad de la Seguridad Social establece que la protección de un
ser humano sea extendida a todos los riesgos y en todos los momentos de su
vida, y en casos necesarios, los límites de una cobertura activen otra.
Es una unidad de riesgo. Fundamenta la Seguridad Social para la cobertura de
todos los riesgos.
El Principio de Integridad orienta la legislación permitiendo que la persona esté
cubierta íntegramente ante todos los riesgos o contingencias de la vida.
Este Principio de Integridad como trata de comprender todos los riesgos también
se le conoce como Principio de Comprensividad (Mesa Lago).
El ser humano en el transcurso de su vida afronta las contingencias como
enfermedades, accidentes, e incluso una contingencia inevitables: la muerte. O
entre otras la falta de recursos para subsistir, desempleo, incapacidad física, o de
dejar en la orfandad a sus hijos, etc.
3.4.3 PRINCIPIO DE EQUIDAD
Puede hablarse de equidad individual o colectiva:
 Equidad individual: supone una equivalencia entre el monto esperado de las
prestaciones y el monto esperado de las contribuciones al financiamiento
realizadas por el mismo individuo.
 Equidad colectiva: se produce cuando la proporción entre prestaciones y
contribuciones esperadas, es la misma para todos los individuos cubiertos.
Se trata a todos los individuos por igual en términos de la relación entre
prestaciones y contribuciones.
Al respecto de este principio debe conocerse cuales son los diferentes métodos
(contributivo, no contributivo, mixto) y modelos de financiación de las prestaciones
de seguridad social.
3.4.4 PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD
Este principio es esencial al momento de determinar si estamos ante un sistema
de seguridad social o frente a cualquier otro sistema que cubra o atienda las
contingencias de seguridad social, pero que no es un sistema de seguridad social,
sino de seguro privado.
El objetivo ideal de este principio, que en parte se lo obtiene en el Seguro Social y
que se cristalizara plenamente en la Seguridad Social se traduce en una idea
económica que es la redistribución de la riqueza o del ingreso nacional.
En la práctica, la solidaridad se manifiesta como el sacrificio de los jóvenes
respecto de los ancianos, de los sanos frente a los enfermos, de los ocupados
ante quienes carecen de empleo, de quienes continuamos viviendo ante los
familiares de los fallecidos, de quienes no tienen carga familiar frente a los que sí
la tienen, etc.
3.4.5 PRINCIPIO UNIDAD DE GESTION
De acuerdo con este principio, el sistema de seguridad social como un todo, debe
funcionar con criterios congruentes y coordinados, y otorgar prestaciones o
beneficios similares para los diferentes colectivos que se protegen.
Este principio se ha confundido muchas veces con la exigencia
centralización en una sola entidad de todo el sistema de seguridad social.
de
Lo que se enfatiza con este principio es que debe existir una congruencia en la
gestión de las diferentes entidades que participan en la administración del
sistema de seguridad social, y en los beneficios otorgados por ellas, de
modo que la multiplicidad de instituciones no quiebre el principio de igualdad.
En el ámbito del derecho a la salud, este principio ha tenido un desarrollo
significativo, no así en relación con el derecho a la jubilación en el que, pese a
algunos esfuerzos, se mantienen diferencias importantes en las prestaciones y en
las formas de financiamiento, sin que dichas diferencias tengan respaldo técnico.
3.4.6 PRINCIPIO DE ECONOMIA
El Dr. Iván Campero indica que este principio se basa en la reducción de gastos y
a la población protegida refiriéndose también a la utilización adecuada de los
recursos que deben hacer las entidades gestoras en el proceso de la
administración de las contribuciones.
El Dr. Ramiro Bedregal señala que este principio se refiere al aparato
administrativo, porque es lógico que no deba malgastarse los fondos de los
asegurados en frondosas plantas burocráticas ni en gastos que sean
imprescindibles así también indica que este principio es aquel que tenga finalidad.
Una intervención quirúrgica o la entrega de una prestación económica deben
concretarse en el momento necesario, para que una y otra prestación responda al
estado de necesidad y a los fines esperados
3.4.7 PRINCIPIO DE INTERCULTURALIDAD
La interculturalidad va más allá de la tolerancia que permite la existencia de otras
culturas pero sin renunciar a la centralidad y superioridad de las propias ideas e
instituciones sociales, este tipo de relacionamiento tolerante avalaría una cultura
dominante que tolera al resto como minorías. En contraposición la interculturalidad
y el pluralismo son la aceptación de la diferenciación ideológica o de proyectos de
vida o modos de experiencia intelectual y moral del mundo, además implica el
estar dispuestos a renunciar a la dominación del otro y reemplazarlo por una
convivencia participativa, donde el pluralismo y la interculturalidad no sea
solamente tolerancia.
CONCEPTOS GENERALES -AUDITORIA
Es un proceso para verificar evidencias sobre actividades económicas y
financieras, el fin de este es dar a conocer los resultados en un informe que tenga
observaciones, conclusiones y recomendaciones.
3.5.1 TIPOS DE AUDITORIA
3.5.1.1 AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS
La auditoría de estados financieros tiene como objetivo realizar un examen
sistemático sobre las cifras en ciertos estados, revisando que la administración
cumpla con el marco normativo para la presentación de éstos.
Es importante recalcar que los estados financieros representan la actividad
económica de una entidad, en ellos se ve todos los esfuerzos que la organización
coloca para alcanzar los objetivos y metas para el crecimiento.
Una Auditoría de Estados Financieros se encuentra regulada por las Normas
Internacionales de Auditoría; y el comportamiento profesional del auditor o firma
de auditoría por el Código de Ética emitido por la IFAC.
3.5.1.2 AUDITORIA EXTERNA
La Auditoría Externa es el examen preciso de un sistema de información de una
unidad económica, realizado por un contador público, utilizando técnicas con el
objeto de dar una opinión independiente sobre cómo opera el sistema y expresar
sugerencias para el mejoramiento.
La Auditoría Externa o Independiente tiene por objeto averiguar la razonabilidad
de los expedientes y documentos y toda información dada por los sistemas de la
organización.
3.5.1.3 AUDITORIA INTERNA
La auditoría interna es una evaluación que realizan las organizaciones para ver si
el funcionamiento de las diferentes áreas es el correcto.
Una auditoría interna se realiza por la necesidad que tienen las organizaciones de
mantener el control del funcionamiento. A través de la auditoría se revisa el
sistema de control interno, las políticas y procedimientos para proteger los activos
del negocio y poder evitar fraudes.
Para tener un sistema adecuado es importante que todos los principios operen al
mismo tiempo dentro de la organización, por eso, algunas de las características
que debe cumplir un buen auditor interno para llevar a cabo la auditoría son:
1. Integridad:
Ser un auditor íntegro genera confianza y esto permite
creer y fiarse de su juicio.
2. Competencia y cuidado profesional:
El auditor está capacitado para cumplir su trabajo y
profesión de la mejor manera.
3. Objetividad e independencia:
El auditor debe estar sin limitaciones que impidan sus
funciones, esto le permite ser objetivo y estar enfocado
en cada etapa de la auditoría.
4. Capacidad de alinearse con las estrategias, los
objetivos y los riesgos de la organización:
Todo auditor interno debe adaptarse a las necesidades
y políticas de la organización a la que audita.
5. Cuenta con los recursos adecuados:
Un buen auditor tiene todos los recursos que necesita
para hacer su labor, por eso, tiene acceso a toda la
información para hacer la auditoría.
6. Calidad y mejora continua:
El auditor nunca se limita así mismo, siempre
retroalimenta su aprendizaje y constantemente busca el
cambio y la mejora de la organización.
7. Comunicación efectiva:
Es capaz de trabajar en equipo y comunicarse a través
de los medios que le permitan desarrollar la auditoría.
8. Proporciona aseguramiento basado en riesgos:
Enfoca su trabajo en una auditoría basada en riesgos,
logrando de esta forma una evaluación más apropiada.
9. Hace análisis profundos, es proactivo y está
orientado al futuro:
Un buen auditor demuestra su habilidad para orientarse
al futuro gracias a sus análisis y observaciones.
10. Promueve la mejora organizacional:
El auditor interno debe generar cambios y aportar a
través de su trabajo una mejora para la organización.
3.5.1.4 AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO
La Auditoría de Cumplimiento (AC), es la evaluación independiente, sistemática y
objetiva donde se obtiene evidencia para ver si la entidad, asunto o materia a
auditar cumplen con el orden establecido. La AC tiene como objetivo general,
obtener evidencia suficiente para establecer el estado de cumplimiento del asunto
o materia en cuestión, frente a los criterios establecidos de la auditoría, los
resultados estarán a la disposición de los sujetos de control y de los usuarios
previstos.
La Auditoría de Cumplimiento se enfoca en verificar si un asunto cumple con las
regulaciones o criterios.
3.5.1.5 AUDITORIA OPERACIONAL
Es el servicio que presta el contador público cuando analiza ciertos aspectos
administrativos, con la finalidad de hacer recomendaciones para aumentar la
eficiencia operativa de la entidad. Este tipo de auditoría es diferente de una
auditoría interna, donde el objetivo es investigar la adecuación de los controles y
evaluar la presentación de los estados financieros.
Las auditorías operacionales generalmente son realizadas por el personal de
auditoría interna, aunque se pueden contratar especialistas para realizar
revisiones en sus áreas.
3.5.1.6 AUDITORIA FORENSE
El fraude es una de las principales preocupaciones de una entidad, las cantidades
de pérdidas que las entidades tienen por esta causa. La actividad encargada en la
prevención y detección del fraude, lleva a buscar alternativas como la Auditoría
Forense, que combate el fraude, participando en investigaciones de ilícitos dando.
Opiniones de valor técnico, que le permiten a la justicia actuar con mayor certeza.
La Auditoría Forense es una rama de la auditoría que se orienta a participar en la
investigación de fraudes, los cuales se burlan de las normas legales.
3.5.1.7 AUDITORIA FISCAL
Cuando nos referimos al ámbito fiscal, hacemos referencia a aquello perteneciente
al tesoro público o a los distintos organismos públicos cuya finalidad es la de
recaudar impuestos y tributos.
A través de estos tipos de auditorías se verifica si el contribuyente cumple o no
con sus obligaciones tributarias. El objetivo de es mostrar la importancia del
sistema de seguridad social integral establecida “Por la cual se crea el sistema de
seguridad social integral y se dictan otras disposiciones” junto con la regulación
que realiza la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y
Contribuciones Parafiscales de la protección social ,al dar cumplimiento de los
aportes al sistema, mediante procesos de fiscalización que por lo general
conllevan a sanciones muy costosas por la incorrecta liquidación de los aportes y
el pago inoportuno de los mismos
3.5.1.8 AUDITORIA DE RECURSOS HUMANOS
La auditoría de recursos humanos es un método integral de revisión de las
políticas, los procedimientos, la documentación y los sistemas de recursos
humanos, con el fin de identificar las necesidades de mejora y crecimiento de la
función de recursos humanos, así como de asegurar el cumplimiento de las
siempre cambiantes normas y reglamentos.
3.5.1.9 AUDITORIA MEDICA
Es el procedimiento de evaluación permanente de la gestión y prestación de todas
las actividades del sector de salud, con el fin de detectar el funcionamiento real de
sus servicios.
La capacitación la impartió la Dra. Carola Rojas Arteaga, Jefe de Fiscalización y
Auditoría Médica Nacional de la ASUSS, quien precisó que el ejercicio de la
Auditoría Médica está contemplada en la normativa vigente con el objetivo de
vigilar la atención de calidad a través de Auditorías Médicas, aplicadas en los
servicios de salud y realizadas exclusivamente por profesionales médicos
debidamente acreditados por el Ministerio de Salud y el Colegio Médico de Bolivia.
Según Rojas, la Auditoría Médica Interna constituye un procedimiento técnico,
evaluativo, preventivo y correctivo, para el aseguramiento y mejoramiento de la
calidad en salud, que comprende la evaluación de la estructura, proceso y
resultados, conducida por los Comités de Auditoría Médica.
Por otro lado la Auditoría Médica Externa, es un procedimiento que se realiza ante
denuncias de mala práctica médica y consisten en la verificación del cumplimiento
de normas y protocolos vigentes.
En el país existen cincuenta y seis médicos auditores acreditados, de los
cuales veinticinco se encuentran en la ciudad de La Paz y tres trabajan en la
ASUSS.
3.5.1.10
AUDITORIA AMBIENTAL
Las auditorías ambientales son revisiones que se hacen a las operaciones y los
procesos de una compañía, para determinar el cumplimiento de las
reglamentaciones ambientales. Estas surgen como una norma de control para
frenar el desgaste y los excesos que, a menudo, los grandes emporios
empresariales ejercen sobre el medioambiente. Su objetivo es reducir los daños
que generan las actividades de producción.
Con la realización de una auditoría ambiental, el ente regulador busca obtener
información sobre las funciones operacionales de la organización. Ello con el fin
de poder vigilar, programar y subsanar las prácticas que de alguna manera
resulten contraproducentes para el entorno.
Algunas de las ventajas de esta herramienta de cuantificación de desempeño son
las siguientes:

Salvaguardar el medioambiente y los recursos naturales utilizados en el
proyecto de construcción.

Demostrar el compromiso de la empresa con la preservación del entorno
ambiental a los empleados, el público y las autoridades.

Verificar el cumplimiento de las leyes ambientales nacionales e
internacionales.

Evaluar los programas de capacitación y obtener ratos que potencien las
iniciativas de desarrollo. Así se beneficiaría a personas con bajos recursos.

Abordar los problemas potenciales que puedan surgir a corto o largo plazo
durante el curso de la acción.

Identificar posibles ahorros de costos a partir de la minimización de
desechos y otras actividades.
3.5.2 FUNCION DE LA AUDITORIA
Esta auditoria tiene como propósito de emitir una opinión independiente sobre el
cumplimiento de las obligaciones de un contribuyente en materia de seguridad
social.
La función de auditoria interna de acuerdo con nuestra experiencia tiene mayor
valor cuando no tiene relación de dependencia con el ente auditado siguiendo la
mayoría de las normas de auditoria que nos hablan de la independencia del
auditor.
Normalmente las grandes empresas poseen departamentos de auditoria interna
altamente estructurados sin embargo la mayoría de las pequeñas y medianas
empresas también necesitan de esa función a un costo razonable.
3.5.3 PROCEDIMIENTO DE LA AUDITORIA
Los procedimientos de auditoría, son el conjunto de técnicas de
investigación aplicables a una partida o a un grupo de hechos y circunstancias
relativas a los estados financieros sujetos a examen, mediante los cuales, se
fundamenta en la opinión.
Los procedimientos le permiten sortear el riego de error material (compuesto de
riesgo inherente y riesgo de control) en las siguientes formas:
1. Conocer al cliente y a su ambiente a fin de evaluar los riesgos de error
material.
2. Conocer el control interno del cliente.
3. Diseñar y realizar pruebas de los controles para verificar su eficiencia
operativa en la prevención o detección de errores materiales.
4. Diseñar y realizar procedimientos importantes a fin de probar las
afirmaciones contenidas en los estados financieros o detectar los errores
materiales.
3.5.3.1 EXTENSIÓN O ALCANCE DE LOS PROCEDIMIENTOS DE
AUDITORIA
Se entiende por extensión alcance de procedimiento de auditoría, la
“profundidad” de una auditoría realizada, de acuerdo con el objetivo que se
busca. Las auditorías se realizan con diversos propósitos: Revisiones
regulares de los registros de la empresa, detección de errores internos,
detección de un fraude dentro de una empresa, incumplimientos
normativos, entre otros. Debido a este hecho, el alcance y los objetivos de
la auditoría tienen un significado diferente según la persona que realiza la
auditoría, así como la razón detrás de la auditoría.
El alcance de procedimientos tienen las siguientes características:
 Relevancia:
Es dar como resultado un informe del profesional que
ayuda a la toma de decisiones de los usuarios previstos.
 Integridad:
Es cuando no omiten factores relevantes que
razonablemente se podría esperar que afecten las
decisiones de los usuarios previstos.
 Confiabilidad:
Permite una evaluación razonablemente consistente de la
materia.
 Neutralidad:
Los criterios neutrales dan como resultado un informe del
profesional que está libre de sesgos según sea apropiado
en las circunstancias del compromiso.
 Comprensibilidad:
Da como resultado un informe del profesional que puede
ser comprendido por los usuarios previstos.
3.5.3.2 OPORTUNIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA
Los procedimientos analíticos son evaluaciones que realiza el auditor a los
estados financieros y que consisten en comparar lo registrado con expectativas
del auditor.
Generalmente, las evidencias son más convincentes para cuentas de balance,
cuando se obtienen lo más cerca posible a la fecha de dicho balance, por ejemplo
el conteo que hace el auditor de los inventarios en la fecha del balance sería más
confiable que el conteo que se haga dos meses antes.
3.5.3.2.1
PROCEDIMIENTOS ANALITICOS SUSTANTIVOS
Sin embargo, el uso adecuado de un determinado procedimiento analítico
dependerá de la valoración realizada por el auditor en relación a la eficacia del
mismo en la detección de una inexactitud que puede llevar a que los estados
financieros contengan errores relevantes. Por ejemplo, cuando una entidad tiene
poca rotación de personal y este tiene salarios fijos, el auditor puede usar dicha
información y estimar los costos totales de salarios, durante un período
determinado, con un alto grado de exactitud, obteniendo de esta manera evidencia
de auditoría sobre una partida significativa de los estados financieros, reduciendo
la necesidad de realizar más pruebas sobre la nómina.
La aptitud de los procedimientos analíticos sustantivos específicos o basados en
pruebas de detalle también depende de la valoración realizada por el auditor sobre
el riesgo de errores relevantes.
3.5.4 NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS
El cumplimiento de estas normas garantiza la calidad del trabajo profesional del
auditor.
a. En todos los asuntos concernientes a ella, el auditor o auditores
mantendrán su independencia de actitud mental.
b. Se obtendrá evidencia suficiente y competente mediante la inspección, la
observación, y la confirmación, con el fin de tener una base razonable para
emitir una opinión respecto de los estados financieros auditados.
c. El informe indica si los estados financieros están presentados conforme a
los principios de contabilidad generalmente aceptados.
d. Las revelaciones informativas de los estados financieros se considerarán
razonablemente adecuadas salvo que se especifique lo contrario en el
informe.
e. El informe contendrá una expresión de opinión referente a los estados
financieros tomados en su conjunto o una aclaración de que no puede
expresarse una opinión.
3.5.5 EVIDENCIA DE AUDITORIA
La Norma Internacional de Auditoría 500 – Evidencia de Auditoría, describe a esta
como la información utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las
que basa su opinión. También señala que incluye tanto la información contenida
en los registros contables de los que se obtienen los estados financieros, como
otra información. La evidencia de auditoría es la información/documentación
utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que basa su opinión.
La evidencia de auditoría incluye tanto la información contenida en los registros
contables de los que se obtienen los estados financieros, como otra información
complementaria.
La evidencia de Auditoría es suficiente cuando el auditor considera que la cantidad
de evidencia ha aportado lo requerido para sustentar su opinión, o que el riesgo de
error existe, o por el contrario que no existe y que por lo tanto los estados
financieros están libres de errores materiales y por lo tanto son razonables. La
evidencia de Auditoría es adecuada o apropiada, cuando el auditor considera que
es fiable, relevante y contundente.
3.5.6 PAPELES DE TRABAJO DE LA AUDITORIA
Los papeles de trabajo serán propiedad del Órgano de Control, por contener la
evidencia de trabajos de auditoría realizados por su personal.
3.5.6.1 SUS FUNCIONES DE LOS PAPELES DE TRABAJO
 Integridad y exactitud – Los papeles de trabajo deben ser completos,
exactos, y apoyar las observaciones, pruebas, conclusiones y
recomendaciones.
 Claridad y comprensión – Los papeles de trabajo deben ser
comprensibles y sin explicaciones orales suplementarias. con esa
información un supervisor puede determinar el propósito, naturaleza y
alcance del trabajo concluido del auditor.
 Pertinencia – La información contenida en los papeles de trabajo debe
limitarse a los asuntos que son importantes y necesarios para apoyar los
objetivos y el alcance establecido para el proyecto.
 Orden lógico – Los papeles de trabajo deben seguir un orden lógico.
 Minimizar variedad – Los papeles de trabajo deben estar preparados
dentro de un enfoque coherente y un marco de ejecución a través de la
auditoría y la organización, independientemente del auditor que se le asigne
el trabajo.
 La legibilidad y pulcritud - Los papeles de trabajo deben ser legibles y tan
limpio como sea posible. Papeles de trabajo descuidados pueden perder su
valor como evidencia.
 Optimizar el flujo de trabajo – Encontrar maneras de crear flujos de
trabajo para la preparación de la documentación que se integran
directamente a los mecanismos de gestión de proyectos, tales como,
gestión del ciclo completo de la auditoría, opiniones del supervisor, los
resultados de seguimiento, seguimiento del tiempo de los proyectos,
informes de estado de los proyectos directamente en un solo proceso.
3.5.6.2 LA NATURALEZA Y CONFIDENCIALIDAD
El uso de papeles de trabajo estandarizados puede mejorar la eficiencia con que
son preparados y revisados dichos papeles de trabajo. Cuando una empresa da a
conocer el resultado de sus operaciones, siempre lo hace a través de los estados
financieros que ha preparado, y no mediante los libros y registros contables o
procedimientos administrativos. El dictamen del auditor debe ser suficiente para
los efectos de informar, por lo tanto, no revelará ninguna información confidencial
que haya obtenido en el curso de una auditoria profesional excepto con el
consentimiento del cliente.
Si el informe del auditor fuera objetado o refutado el profesional puede recurrir, a
presentar sus papeles de trabajo, tanto como prueba de su buena fe, como de la
corrección técnica de sus procedimientos para llegar al resultado informe.
3.5.6.3 PROPIEDAD
los papeles de trabajo son propiedad del auditor, él los preparó y son la
prueba material del trabajo efectuado; pero, esta propiedad no es
irrestricta ya que por contener datos que puedan considerarse
confidenciales, está obligado a mantener absoluta discreción respecto a
la información que contienen. es decir, los papeles de trabajo son del
auditor, pero queda obligado al secreto profesional que estipula no
revelar por ningún motivo los hechos, datos o circunstancias de que
tengan conocimiento en el ejercicio de su profesión (a menos que lo
autorice él o los interesados y salvo los informes que obligatoriamente
establezcan las leyes respectivas).
3.5.6.4 RESPONSABILIDAD DE AUDITORES
El auditor es responsable de:
 La propiedad de los papeles de trabajo .
 La conservación y protección de los papeles de trabajo .
 De la confidencialidad y acceso a los mismos.
Mientras realice la auditoría, el auditor es responsable de la
conservación y protección de los papeles de trabajo. Una vez concluido
deben ser conservados en archivos seguros. La documentación que no
se utilice debe ser devuelta de inmediato a la empresa. En caso de
viaje, los papeles de trabajo deben ser transportad os por el propio
auditor.
3.5.6.5 TIPOS DE PAPELES DE TRABAJO
Por su uso: De acuerdo a la utilización que tengan los papeles de
Auditoría en el período examinado o en varios períodos de clasifican en
Archivo de la Auditoría y Archivo Continuo o Permanente de Auditoría
Por su contenido: De acuerdo al contenido de cada papel de trabajo,
estos se clasifican en Hojas de Trabajo, Cédulas Sumarias y Cédulas
Analíticas
3.5.6.6 ORGANIZACIÓN
Los papeles de trabajo son los elementos que respaldan la tarea
realizada por uno o más auditores, tendiente a cumplir los objetivos de
auditoria establecidos.
Los mismos deben ser organizados de manera tal que constituyan:
 Evidencia del trabajo realizado y de las observaciones que
sirvieron de fundamento a los informes (Ej.: Estados Contables,
Gestión, Relevamiento, etc.).
 Una fuente a la que pueda acudirse para obtener detalles ( Ej.:
saldos de cuentas, situaciones que se reiteran de una auditoria a
otra, etc.).
3.5.6.7 DIRECTRICES PARA PREPARARLO
Los papeles de trabajo deben contener información pertinente y reunir
las características de ser:
 Claros: Los papeles de trabajo deben permitir que un tercero
pueda entender el propósito, naturaleza, alcance y
conclusiones del trabajo realizado.
 Concisos: Los papeles de trabajo deben ser breves y
puntuales sin incluir comentarios excesivos que dificulten su
entendimiento y revisión.
 Objetivos: Los papeles de trabajo deben ser emitidos con el
criterio de imparcialidad es decir reflejar los hechos o
situaciones tal como han sucedido y abstenerse de comentarios
o críticas o suposiciones.
 Pertinentes: Los papeles de trabajo deben incluir solo la
información y datos relacionados con los objetivos de la
auditoría de tal forma se constituyan en respaldo de las
conclusiones del auditor.
 Ordenados: Los papeles de trabajo deben ser organizados y
archivados manteniendo un orden lógico racional de tal forma
que posibilite verificar el proceso de la auditoría y acceso a
cualquier información.
 Completos: Los papeles de trabajo deben contener toda la
información en forma suficiente que ayude a comprender el
trabajo realizado y las razones que fundamentan las
conclusiones alcanzadas
 Para mejorar la eficiencia de la auditor ía, el auditor puede
utilizar documentos contables, de análisis y otros papeles
preparados por la entidad, los mismos a fin de demostrar esa
característica, deben llevar las iniciales de Papel
Proporcionado por la Empresa (PPE).
3.5.6.8 GENERADOS POR COMPUTADORA
Los papeles de trabajo en medios electrónicos se refieren a información
creada, transmitida, procesada, grabada o conservada electrónicamente
que dan soporte a un informe de auditoría. A dicha información sólo se
puede tener acceso usando equipos y tecnolo gías idóneas
(COMPUTADORAS).
El impacto de la tecnología de información en las organizaciones para
optimar sus procesos ha llevado a establecer técnicas dentro de una
revisión de auditoría, las cuales ayudan a otorgar confianza en el
correcto uso de la tecnología y repercuten en el ambiente de control y
en los registros contables financieros. Por ello la información digital se
ha convertido en un elemento importante dentro de las organizaciones,
de ahí la calidad, veracidad y oportunidad de esta, para facil itar la toma
de decisiones y correcta disposición de la información.
3.5.6.9 REVISION
Los papeles de trabajo son el conjunto de documentos que contienen la
información obtenida por el auditor en su revisión, así como los
resultados de los procedimientos y pruebas de auditoría aplicados; con
ellos se sustentan las observaciones, recomendaciones, opiniones y
conclusiones contenidas en el informe.
SEGUROS DE LARGO Y CORTO PLAZO
3.6.1 SEGUROS DE CORTO PLAZO
 lo que es: Los planes de seguro a largo plazo (llamados con frecuencia
seguro de gastos médicos mayores) son opciones amplias renovables
anualmente diseñadas específicamente para que usted permanezca en el
mismo plan durante largos períodos de tiempo. Ya que por lo general usted
va a mantener un plan de gastos médicos mayores durante muchos años,
estos cuentan con valoración médica - lo que significa que tendrá que
responder preguntas de salud para asegurar que está calificado para la
cobertura. A diferencia de los planes de viaje, que le permiten elegir su
propio máximo de póliza y deducible, la cobertura de seguro a largo plazo
suele ser menos flexible, pero ofrece un máximo de póliza mayor y
beneficios adicionales, como el cuidado preventivo.
 para quien es: Los planes de seguro internacional a largo plazo funcionan
bien tanto para expatriados individuales como para familias que necesitan
cobertura durante al menos un año. También funcionan bien para
estudiantes internacionales, permitiéndoles mantener el mismo plan de
seguro a lo largo de sus estudios. Cualquier persona con condiciones
preexistentes o que planee quedar embarazada estaría también interesada
en un plan a largo plazo, ya que los recién nacidos generalmente se
añaden a un plan de forma automática y las condiciones preexistentes
están cubiertas de forma automática o después de un período de espera.
 lo que sí ofrece y no ofrece: Aunque estos planes son más costosos,
proporcionan muchos beneficios que no están cubiertos por los planes a
corto plazo, como la cobertura de condiciones preexistentes, las visitas de
bienestar y el cuidado preventivo. Por supuesto, ningún plan de seguro
puede cubrir todas las visitas, pero las opciones a largo plazo por lo general
ofrecen la mayor cobertura.
En cuanto a la renta de vejez, el Tribunal Constitucional partiendo del concepto
de seguridad social ha señalado en SC 0782/2010-R de 2 de agosto de 2010,
que: “El art. 45 de la CPE”, prevé que todas las bolivianas y los bolivianos
tienen derecho a la seguridad social con carácter gratuito, prestado bajo los
principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión,
economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia. Su dirección y administración,
corresponde al Estado, con control y participación social. El régimen de
seguridad social, cubre la atención por enfermedad, epidemias y enfermedades
catastróficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales, laborales y riesgos
por labores de campo; discapacidad y necesidades especiales; desempleo y
pérdida de empleo; orfandad, invalidez, viudez, vejez y muerte; vivienda,
asignaciones familiares y otras previsiones sociales. El Estado, garantiza el
derecho a la jubilación, con carácter universal, solidario y equitativo.
El art. 67 de la Ley Fundamental, consagra que además de los derechos
reconocidos en la Constitución, todas las personas adultas mayores tienen
derecho a una vejez digna, con calidad y calidez humana y la obligación del
Estado de proveer una renta vitalicia de vejez, en el marco del sistema de
seguridad social integral, de acuerdo con la ley. Con relación a la seguridad
social de largo plazo, la Ley de Pensiones de 29 de noviembre de 1996,
modifica el anterior Sistema de Reparto, estableciendo para la transición, el
sistema de “compensación de cotizaciones” para los afiliados que hayan
realizado al menos sesenta cotizaciones en ese sistema, estableciendo los
mecanismos y procedimientos para hacer efectivo este derecho. Regula el
seguro social obligatorio de largo plazo y dispone el destino y administración de
los recursos que benefician a los ciudadanos bolivianos, de conformidad a la Ley
1554 de 21 de marzo de 1994 (Ley de Capitalización). Comprende las
prestaciones de jubilación, invalidez, muerte y riesgos profesionales a favor de
sus afiliados. Determina que los recursos del seguro social obligatorio de largo
plazo para la prestación de jubilación, conforman fondos de pensiones, los
recursos de la capitalización que forman los fondos de capitalización colectiva,
constituyen fideicomisos irrevocables de duración indefinida y ambos
gestionados por las administradoras de fondos de pensiones (AFP). Crea la
Superintendencia de Pensiones, posteriormente fusionada con las de Valores y
Seguros. En lo relativo a Pensiones, tiene el objetivo de velar por el pago de
prestaciones, la captación de cotizaciones, la seguridad, solvencia, liquidez,
rentabilidad y otras actividades relacionadas con los fondos de pensiones, las
AFP’s y de otras entidades previstas en la ley.
En ese orden de ideas, el Tribunal Constitucional Plurinacional en la SCP
0966/2012 de 22 de agosto de 2012, ha entendido que la protección a la vejez,
se encuentra plenamente establecida al concluir que:
 La vejez una contingencia que es cubierta por el derecho de la seguridad
social. Conforme se ha desarrollado líneas arriba, entre uno de los alcances
de la seguridad social está la vejez que según etapa puede entenderse en
dos sentidos:
 Como sinónimo de ancianidad, es decir, como el último período de la
vida ordinaria del hombre al que se llega después de un largo recorrido
vital en que se ha desarrollado una actividad.
 En un segundo sentido, la vejez es sinónimo de senectud o senilidad.
En el primer caso, basta el cumplimiento de una edad determinada para
encontrarse en situación de vejez, con independencia del estado
psicofísico en que se encuentre la persona. La protección en este
supuesto, se fundamenta y justifica en el derecho al descanso, obtenido
y ganado en virtud a la aportación a la actividad productiva durante largo
período de tiempo.
Por otro lado el Código de Seguridad Social, aprobado, tiene por objeto proteger
a los trabajadores y sus familiares en casos, entre los cuales se halla inmiscuida
la vejez (art. 3). En ese sentido no se puede dejar de prestar especial atención
de tutela a aquellas personas, que por encontrarse en una etapa de
vulnerabilidad acuden a este Tribunal, a objeto de hacer prevalecer sus
derechos, siendo uno de los cuales el derecho a la jubilación, que pueda
permitirles la satisfacción vital de sus necesidades de manera oportuna a través
de una renta periódica, que a decir de la misma el ya referido Código lo ha
definido en su art. 13.inc.i) como: “El pago periódico en determinada proporción
del salario, reconocido a los asegurados, o el pago periódico en proporción de la
renta del causante a los derecho-habientes, en los casos de incapacidad
permanente por causa profesional, de invalidez, vejez o de muerte”.
3.6.2 SEGUROS DE LARGO PLAZO
 lo que es: Llamados con frecuencia planes de seguro de viaje, las pólizas a
corto plazo están diseñadas específicamente para cubrir tanto experiencias
médicas como de viaje por un período de un año o menos. Ellas le permiten
elegir su propio máximo de póliza y deducible, lo que le permite mantener el
control de su cobertura y precio.
 lo que sí ofrece y no ofrece: Ya que por lo general usted sólo puede tener
su cobertura por un año, estos planes no lo cubrirán para condiciones a
largo plazo, como maternidad, salud mental y condiciones pre-existentes
Sin embargo, proporcionarán cobertura para enfermedades o lesiones
nuevas durante su viaje, incluyendo visitas al médico y hospitalizaciones.
También se incluyen beneficios de viaje, como interrupción de viaje y
pérdida de equipaje, así que asegúrese de revisar el texto de la póliza para
más detalles.
 para quien es: Dado que los planes domésticos normalmente no cubren
los gastos médicos en el extranjero, estos planes funcionan bien para
individuos y familias que viajan fuera de su país de origen en busca de
cobertura general. Los viajeros frecuentes también tienen un gran uso de
estos planes, ya que los beneficios de viaje asociados como pérdida de
equipaje o interrupción de viaje por lo general siempre vienen incluidos.
Estos planes también funcionan bien para estudiantes en programas de
estudio corto en el extranjero que no necesitan cumplir con requisitos de
seguro estrictos. En algunos casos, los planes a corto plazo pueden ser
buenas opciones mientras se espera por la cobertura a largo plazo a través
de un empleador o una empresa privada.
 costos y opciones de pago: Los planes a corto plazo normalmente no son
renovables y se ofrecen con una tarifa diaria, lo que permite al comprador
comprar la cobertura para el período de tiempo exacto necesario y ayuda a
mantener el costo total bajo.
Son los seguros que gestionan las contingencias inmediatas de la vida y del
trabajo, otorgándoles el derecho a recibir la atención médica que se considere
indispensable para su curación y rehabilitación por: Enfermedad Común,
Maternidad y Riesgos Profesionales (Accidente de Trabajo y Enfermedad
Profesional), con el soporte financiero del aporte patronal del 10% sobre el
ingreso mensual de cada trabajador.
La Caja Nacional de Salud es la única gestora del seguro a corto plazo,
cubriendo las prestaciones en servicios, especie y dinero y supervisando el
cumplimiento de las asignaciones familiares que son erogadas de fondos
patronales.
LA IGUALDAD DE GÉNERO
 La equidad de género es un tema transversal que debería ser integrado
naturalmente en todos los trabajos de desarrollo. Sin embargo, un problema
que genera desventajas particularmente profundas y a largo plazo para
mujeres comparado con los hombres son los embarazos en adolescentes,
ya que estos tienden a interrumpir, o demorar severamente, la educación,
carrera, y la capacidad de generar ingresos para las mujeres. Casi la mitad
de todas las mujeres de 20 años en Bolivia ya tienen por lo menos un bebé
que cuidar, lo que significa que no pueden enfocarse completamente en
desarrollar su propio potencial.
Bolivia tiene un rendimiento relativamente bueno en algunas áreas de
equidad de género. Además, en términos de la representación de mujeres
en el parlamento, Bolivia sobresale a nivel global con 53% de su
parlamento compuesto por mujeres, el cual es el segunda porcentaje más
alta en el mundo.
 Históricamente la diferencia entre el género humano ha sido marcada
fuertemente, desde el inicio de la vida social, económica y política. Esta
forma de vida ha sido infundida a través de las diferentes generaciones, La
igualdad de género es la capacidad de ser equitativo, justo y correcto en el
trato de mujeres y hombres según sus necesidades respectivas. La
igualdad de género se refiere a la justicia necesaria para ofrecer el acceso y
el control de recursos a mujeres y hombres por parte del Gobierno de las
Instituciones Educativas y de la Sociedad
3.7.1 GENERO
El significado que la sociedad da la diferencia entre Mujeres y Hombres en la
mayoría de las sociedades actuales, se trata de un sistema de relaciones de
poder y de subordinación socialmente construidas que crea roles sexuales
diferenciados y asigna tareas distintas para hombres y mujeres. A continuación,
se resumen algunos conceptos, argumentos y hallazgos para demostrar:
a) que no existe desarrollo humano si las mujeres no participan en el de manera
integral b) que se requiere un compromiso político y una combinación de
estrategias por parte de los gobiernos y de la sociedad civil para el logro de un
desarrollo humano con equidad de género c) que para hacer frente a los
variados retos del contexto global es necesario un elevado compromiso político y
el establecimiento de sólidas alianzas entre las organizaciones de los países
industrializados y en vías de desarrollo, con el personal de los gobiernos y las
Agencias Internacionales.
Los sistemas de seguridad social no son neutros respecto al género, sino que
más bien ocurre lo contrario, dado que están ligados al mercado del trabajo,
reproducen las desigualdades que se hayan presentado en el ámbito laboral.
El mercado de trabajo es uno de los ámbitos donde más claramente vemos los
obstáculos a los que se enfrentan aún las mujeres, con inferiores tasas de
participación en la fuerza laboral y mayores tasas de desempleo, más peso en la
economía informal y una mayor inestabilidad laboral. Asimismo, se enfrentan a
una importante brecha salarial y a las interrupciones de su carrera profesional
debidas al cuidado de menores o de los mayores en situación de dependencia.
Estas realidades del mercado laboral tienen un impacto en los sistemas de
pensiones, ya que se traducen en una menor densidad de las cotizaciones de las
mujeres y, como consecuencia, en un menor acceso al derecho a una pensión
contributiva y en una menor cuantía de las pensiones percibidas. De esta forma,
las mujeres son las principales perceptoras de pensiones no contributivas y de
pensiones derivadas de los derechos adquiridos por su cónyuge o pareja, cuya
cuantía por lo general cubre solo las necesidades básicas.
3.7.2 LAS MUJERES Y EL DESARROLLLO
En las décadas de los cincuenta y sesenta, las políticas de desarrollo gravitaban
sobre el objetivo del crecimiento económico, a través del ahorro y la acumulación
de capital. A las mujeres se les percibía como beneficiarias pasivas del
desarrollo. El objetivo era mejorar su bienestar y el de sus familias
convirtiéndolas en mejores madres. En el decenio de los sesenta, se comenzó a
cuestionar el modelo de crecimiento por sus limitados resultados y se abogó por
otorgar mayor atención a las necesidades básicas de la población más
vulnerable. Ester Boserup (1970) realizó un análisis sobre los efectos del
crecimiento económico, incidiendo en la división sexual del trabajo y subrayando
las diferentes repercusiones del desarrollo sobre las mujeres y los hombres. Este
cuestionamiento del paradigma de desarrollo dominante dio lugar a diversas
propuestas doctrinales, cuyo sustrato común era reclamar una mayor
incorporación de las mujeres al proceso de desarrollo, venciendo la
discriminación. Este planteamiento es conocido como enfoque MED. Una
primera propuesta, denominada enfoque de la equidad, reconocía la aportación
de las mujeres al desarrollo y criticaba la subordinación de éstas en la familia y
en el mercado, abogando por incrementar su autonomía económica y política y la
igualdad de derechos. Su carácter desafiante mereció un escaso éxito entre
gobiernos y agencias y dio lugar a un segundo planteamiento, de tono más bajo,
denominado enfoque anti-pobreza, cuyo propósito era estimular la productividad
de las mujeres de ingreso más bajo. Los años ochenta fueron el escenario de la
crisis de la deuda y de las políticas de ajuste estructural. En este marco, surge el
tercer enfoque MED, denominado Enfoque de la Eficiencia, todavía hoy vigente,
que promueve la contribución económica de las mujeres en la medida en que
favorece una mayor productividad y un desarrollo más eficiente. Se basa en un
elástico concepto del tiempo de las mujeres, quienes ven en muchos casos
incrementadas sus tareas con proyectos que tienen este enfoque.
3.7.3 LA IGUALDAD
Por igualdad se entiende la capacidad de toda persona para disfrutar de
derechos, así como para contraer obligaciones con las limitaciones que la misma
ley señala de manera específica. Pero dentro de la Constitución Política del
Estado comentada en sus Principios, Valores y fines del Estado indica que todos
los bolivianos sin excepción, tenemos las mismas oportunidades, para ejercer los
mismos derechos.
La igualdad es un valor imprescindible para el progreso, el avance, de toda la
sociedad, porque ofrece la posibilidad de que cada ser humano tenga los mismos
derechos y oportunidades, y en consecuencia, de que cada persona pueda
aportar al conjunto desde su libertad, de que pueda contribuir con su trabajo, su
esfuerzo, sus conocimientos, su solidaridad.
 IGUALDAD DE SALARIOS. La Constitución de Bolivia exige que el estado
promueva la incorporación de mujeres a la fuerza laboral y les garantice la
misma remuneración que los hombres por trabajos de igual valor tanto en el
sector público como en el privado. La Ley General del Trabajo exige que los
salarios se paguen de manera proporcional al trabajo y no se debe permitir
ninguna diferencia por motivos de sexo o nacionalidad
 IGUALDAD DE TRATO DE LAS MUJERES EN EL TRABAJO. La
Constitución garantiza que toda persona tiene derecho a trabajar sin
discriminación y con una remuneración satisfactoria que asegure una
existencia digna del trabajador y su familia. Además, la Constitución
también crea una obligación para el estado de promover el empleo de
mujeres en la fuerza laboral.
3.7.4 LA EQUIDAD
 La Equidad es un valor de connotación social que se deriva de lo entendido
también como igualdad. Se trata de la constante búsqueda de la justicia
social, la que asegura a todas las personas condiciones de vida y de trabajo
“Dignas e Igualitarias” sin hacer diferencias entre unos y otros a partir de la
condición social, sexual entre otras.
El termino equidad proviene de la palabra en latín “aequitas”, que se deriva
de “aequus” que se traduce en el español como igual. De este modo la
“equidad” busca la promoción de la valoración de las personas sin importar
las diferencias culturales, sociales o de género que presten entre sí.
 La igualdad de género supone que los diferentes comportamientos,
aspiraciones y necesidades de las mujeres y los hombres se consideren,
valoren y promuevan de igual manera. Ello no significa que mujeres y
hombres deban convertirse en iguales, sino que sus derechos,
responsabilidades y oportunidades no dependan de si han nacido hombres
o mujeres. Por eso se habla de igualdad de oportunidades, es decir, que
mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades en todas las
situaciones y en todos los ámbitos de la sociedad, que sean libres para
desarrollar sus capacidades personales y para tomar decisiones.
El medio para lograr la igualdad es la equidad de género, entendida como
la justicia en el tratamiento a mujeres y hombres de acuerdo a sus
respectivas necesidades. La equidad de género implica la posibilidad de
utilizar procedimientos diferenciales para corregir desigualdades de partida;
medidas no necesariamente iguales, pero conducentes a la igualdad en
términos de derechos, beneficios, obligaciones y oportunidades
3.7.5 SEGURIDAD SOCIAL
Las contingencias se clasifican, en la mayoría de las legislaciones, en tres tipos:
 Contingencias patológicas: aquellas situaciones que deben protegerse ante
la eventualidad de que el individuo contraiga una enfermedad (seguro de
salud), accidente o enfermedad del trabajo (pensiones por invalidez o
enfermedad).
 Contingencia socioeconómicas: son aquellos recaudos que se toman ante
la eventualidad de la pérdida de ingresos (jubilación o pensión) o a falta de
trabajo (seguro de desempleo) o en razón de la "expansión de la familia"
como el caso de nacimiento, esposo/a a cargo, (asignaciones familiares).
 Contingencias biológicas: agrupan a aquellas precauciones que se toman
en la vida activa para asegurar la protección de los derechohabientes
(pensión para el cónyuge supérstite o hijos menores), en caso de muerte
(gastos de sepelio), o una pensión para aquellos no trabajadores/as
carentes de recursos (pensiones graciables o no contributivas).
La protección del Sistema de Seguridad Social comienza a actuar, una vez
configurada la contingencia, la cual produce como efecto que una persona, o los
miembros de su familia, o uno y otros, resulten desfavorablemente afectados, en
su nivel de vida, ya sea como consecuencia de un aumento en el consumo, o
una disminución o supresión de los ingresos.
Es decir, en todos los casos, lo "protegido" es aquello que, en caso de ausencia,
se entiende como privación. Por ello la contingencia está ligada indisolublemente
con la carencia en el concepto más tradicional de la Seguridad Social, o al
estado de necesidad de esta persona en la visión actual.
El Estado cumple un doble rol en el sistema: por una parte reconoce el derecho a
la seguridad social a todos los habitantes, legislando y reglamentando conforme
a ello y, por otra parte, asume la responsabilidad de brindar las prestaciones
directamente a los beneficiarios/as.
Nótese que no existe ninguna consideración de la perspectiva de género en la
definición de las contingencias.
De este modo se crearon "nuevas instituciones" (administradoras de fondos,
superintendencias de administración de fondos) y en otros debieron adecuarse
las existentes, por caso compañías de seguro de vida y de retiro. Por otra parte
se señala que la tarea reglamentaria y de adecuación institucional no puede
considerarse culminada, señalando, por ejemplo, que "todo marco normativo es
de naturaleza dinámica", al tiempo que se observa un "enorme esfuerzo de
adaptación a las necesidades del nuevo sistema".
De acuerdo con este principio, el sistema de seguridad social como un todo,
debe funcionar con criterios congruentes y coordinados, y otorgar prestaciones o
beneficios similares para los diferentes colectivos que se protegen. Este principio
se ha confundido muchas veces con la exigencia de centralización en una sola
entidad de todo el sistema de seguridad social. Lo que se enfatiza con este
principio es que debe existir una congruencia en la gestión de las diferentes
entidades que participan en la administración del sistema de seguridad social, y
en los beneficios otorgados por ellas, de modo que la multiplicidad de
instituciones no quiebre el principio de igualdad.
En el ámbito del derecho a la salud, este principio ha tenido un desarrollo
significativo, no así en relación con el derecho a la jubilación en el que, pese a
algunos esfuerzos, se mantienen diferencias importantes en las prestaciones y
en las formas de financiamiento, sin que dichas diferencias tengan respaldo
técnico.
3.7.6 NORMAS INTERNACIONALES DEL TRABAJO E IGUALDAD DE
GÉNERO
En los primeros años de la OIT, las normas relacionadas con las mujeres
estaban destinadas principalmente a proteger a las trabajadoras en términos de
seguridad y salud, condiciones de trabajo y requisitos especiales relacionados
con su función reproductora. Con el tiempo, se ha producido un cambio en
relación con las normas pertinentes con respecto a las mujeres, pasando de los
convenios de protección a los convenios destinados a ofrecer a mujeres y
hombres los mismos derechos y oportunidades. Son las que tratan de proteger la
función reproductora de la mujer.
La mayoría de los instrumentos de la OIT en materia de seguridad social no
contienen disposición alguna que prohíba la discriminación en función del sexo,
ya que se adoptaron en una época en que prevalecía la opinión (que a menudo
no concordaba con la realidad) de que los hombres eran el sostén de la familia y
que las mujeres permanecían en el hogar cuidando de la familia. Con miras a
crear la igualdad efectiva de oportunidades y de trato entre trabajadores y
trabajadoras, el Convenio núm. 156 prescribe que deberían adoptarse todas las
medidas compatibles con las condiciones y posibilidades nacionales para tener
en cuenta las necesidades de los trabajadores con responsabilidades familiares
en lo que concierne a la seguridad social. La Recomendación sobre la
discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), recomienda que todas las
personas, sin discriminación, deberían gozar de igualdad de oportunidades y de
trato en relación con las medidas relativas a la seguridad social.
La protección de la función reproductora de la mujer está íntimamente ligada a la
promoción de la igualdad de género. Las prestaciones del seguro de maternidad
son una pieza clave para permitir a las mujeres y a sus familias mantener su
nivel de vida cuando la madre no puede trabajar. A través de su historia, la OIT
se ha esforzado por garantizar que las trabajadoras disfruten de este derecho,
desde la adopción en 1919 del Convenio sobre la protección de la maternidad,
1919 (núm. 3), hasta la adopción en 2000 del Convenio sobre la protección de la
maternidad (núm. 183) y la Recomendación núm. 191.
3.7.7 EL VÍNCULO EXISTENTE ENTRE LA PROTECCION SOCIAL Y EL
GÉNERO
Los regímenes de Seguro Social no abarcan con frecuencia a ciertas categorías
de trabajadores, como las de los trabajadores a domicilio, los trabajadores
domésticos y los trabajadores a tiempo parciales, en las que las mujeres están
fuertemente representadas. Los trabajadores de la economía informal donde
tantas mujeres pasan la mayor parte de su vida laboral- también están
desprotegidos. Factores tales como carreras interrumpidas, períodos más cortos
de cotización y salarios inferiores afectan de manera negativa a los derechos que
tienen las mujeres en el marco de la seguridad social y de otros regímenes
relacionados con el empleo. Esta situación afecta no sólo a las jubilaciones sino
también a los subsidios de desempleo que muchas mujeres desempleadas no
reciben. (Si están solteras, puede que obtengan prestaciones procedentes del
seguro social, que por lo general son inferiores y están sujetas a un gran número
de restricciones. Si tienen una pareja, la comprobación de los medios de vida del
hogar las descalifica por lo general para obtener asistencia social.
En el marco de la protección social existen dos enfoques complementarios
encaminados a lograr la igualdad de género:
 Las disposiciones o medidas destinadas a uniformar las reglas de juego y
garantizar que se conceda un trato igualitario a los hombres y mujeres. El
objetivo es eliminar las prácticas discriminatorias en la elaboración de
programas; no obstante, las mujeres siguen estando en una situación de
desventaja en términos de protección social, en la medida en que las
prestaciones de la seguridad social siguen vinculadas al empleo en el
mercado de trabajo donde persisten profundas desigualdades de género.´
 Las disposiciones o medidas destinadas a igualar los resultados y
compensar así la discriminación y las desigualdades generales fuera de
los sistemas de seguridad social, por ejemplo en el mercado de trabajo.
La mayoría de los regímenes de seguridad social fueron establecidos
inicialmente sobre la base de un modelo en el que los hombres eran el sostén de
la familia. Así, por ejemplo, proporcionaban generalmente prestaciones para las
viudas, pero no para los viudos y, en algunos países, las mujeres casadas que
realizaban un trabajo numerado no tenían que contribuir a esos regímenes. La
edad de la jubilación inferior para las mujeres era también en cierta forma el
reflejo de un modelo en el cual la participación de las mujeres en la fuerza
laboral, se consideraba secundaria. A medida que un mayor número de mujeres
se ha ido Incorporando a la fuerza de trabajo remunerada, las ideas acerca de
las funciones de los géneros han evolucionado y los regímenes de seguridad
social están siendo reformados gradualmente.
MEDIDAS PARA OTORGAR LA IGUALDAD A TRAVES DE LA
PROTECCIÓN SOCIAL
Se han utilizado o pueden utilizarse una serie de medidas de protección social
para promover la igualdad de género, que incluyen:




Prestaciones por hijos a cargo.
Licencia y prestaciones parentales y servicios de cuidado infantil.
Edad de jubilación.
Pensiones de superviviente
3.8.1 PRESTACIONES POR HIJOS A CARGO
La prestación por hijo o menor acogido a cargo es una prestación familiar no
contributiva consistente en una asignación económica que se reconoce por cada
hijo menor de 18 años o mayor afectado por una discapacidad igual o superior al
65%, así como por menores acogidos en acogimiento familiar, permanente o pre
adoptivo a cargo del beneficiario, siempre que cumplan los requisitos exigidos.
Cuando los hijos adoptivos o menores de edad viven con el beneficiario, se les
considera dependientes económicamente. La separación temporal por estudios,
trabajo de los padres, trabajo del adoptante o de acogida, tratamiento médico,
rehabilitación u otras causas análogas no destruirá la relación de convivencia.
3.8.2 LICENCIA Y PRESTACIONES PARENTALES DEL CUIDADO
INFANTIL
Las políticas de cuidado de la primera infancia deben enmarcarse en un enfoque
que integre los derechos de los niños, la igualdad de género y la inclusión social
de las familias. Es necesario imbricar prestadores diversos que incluyen a la
familia, al Estado, al mercado y a la sociedad civil. En este sentido, la regulación y
provisión del cuidado infantil en la región revela vacíos severos, lo que dificulta,
entre otras cosas, la incorporación de las mujeres al mercado laboral, en especial
en hogares pobres. Asimismo, falta mayor interdependencia en políticas laborales
entre el ámbito productivo y el reproductivo.
3.8.3 EDAD DE JUBILACIÓN
Es la edad, estipulada por ley, a partir de la cual se puede solicitar la jubilación y
percibir una pensión pública. Todos los países con un sistema público de
pensiones estipula por ley la edad, a partir de la cual, un ciudadano puede solicitar
la jubilación.
Salvo la consideración de jubilación voluntaria u obligatoria, jubilación prolongada
o jubilación flexible, es común en algunos países y existen diferencias de género.
La edad media de jubilación es la edad media real de jubilación que se da en un
país y se determina con base en las jubilaciones voluntarias antes de la edad legal
de jubilación, jubilaciones voluntarias que se producen en la edad legal y más allá
de la edad legal establecida.
3.8.4 PENSIONES DE SUPERVIVIENTE
Tradicionalmente, estos beneficios solo se pagaban a viudas y huérfanos, y no al
viudo (a menos que tenga una discapacidad, por lo que estaba a cargo de su
esposa). Esta discriminación ha sido eliminada en el sistema de seguridad.
Cuando un pariente cercano muere, usted puede recibir la pensión de
supervivencia como asistencia económica. La pensión de supervivencia integra la
pensión general y está compuesta por la pensión infantil, la pensión de
superviviente relacionada con los ingresos y la pensión de viudedad. Si un
pariente cercano muere, eso no solo significa tristeza y nostalgia. Eso también
puede influir sobre la situación económica. La pensión de supervivencia es una
seguridad económica que debe cubrir la parte del sustento que aportaba el
fallecido.
SISTEMA DE REPARTO
En la seguridad social, el sistema de seguro solidario de vejez se denomina
distribución. El sistema de reparto se organiza sobre la base de las contribuciones
obligatorias realizadas por los empleados en servicio activo para formar un fondo
para pagar las pensiones y las pensiones de los empleados jubilados. Como
estrategia para prevenir la pérdida de capacidad laboral por vejez, este sistema se
diferencia del sistema de capitalización personal, el primero se organiza en base a
un mecanismo solidario, mientras que el sistema de capitalización se apoya en un
mecanismo de capitalización personal.
3.9.1.1 ASEGURADOS AL SISTEMA DE REPARTO
Son las personas con Rentas en Curso de Pago, con Rentas en Curso de
Adquisición o que se encontraban adscritas o cotizando al Sistema de Reparto. El
sistema de reparto es conocido también como de "solidaridad intergeneracional"
debido a que las pensiones de jubilación se financian a través de los aportes de
los trabajadores activos.
3.9.1.2 ENTE GESTOR DEL SISTEMA DE REPARTO
Es la entidad que administra los regímenes de Vejez, Invalidez, Muerte y Riesgos.
El Asegurado o Derechohabiente y sus beneficiarias o beneficiarios serán afiliados
al último Ente Gestor de Salud al que estuvo registrado durante su vida activa,
salvo los casos a ser determinados en reglamento.
3.9.2 DISCRIMACIÓN
La discriminación, en términos generales, es una manera de ordenar y clasificar
otras entidades, por ejemplo, los animales, las fuentes de energía, las obras de
literatura, etc. El término discriminación es sinónimo de distinguir o diferenciar.
La discriminación se produce cuando una persona es tratada de manera desigual
o inferior como, por ejemplo, por pertenecer a una clase social diferente o por
discriminación religiosa, que es cuando una persona es marginada por tener una
religión diferente
3.9.3 BENEFICIARIO
Son las personas que se hacen acreedores a la pensión y/o a los recursos de
retiro de un trabajador en caso de que éste fallezca. Es importante recalcar que es
el IMSS quien designa a los beneficiarios. De acuerdo con la Ley del Seguro
Social existen 2 tipos de beneficiarios: legales y sustitutos.
3.9.4 LA RENTA
El pago periódico se da en proporción del salario, también reconocido a los
asegurados, también en proporción de la renta del causante a los
derechohabientes, en los casos de incapacidad permanente por causa profesional,
invalidez, vejez o de muerte.
También es importante que cuando se habla de un país también se usa el término
renta como sinónimo de ingreso. En este caso, esa tarea de recogida de capital se
realiza en base a una serie de criterios tales como la renta per cápita, que
establece la relación existente entre el número de habitantes y el producto interior
bruto.
También se usa como criterio cuantificador de renta, para determinar el valor
económico de la producción de bienes y servicios de una nación en un tiempo
establecido.
Un hecho interesante de analizar es el efecto de un impuesto sobre la renta de un
insumo como la tierra. Como se trata de una oferta fija, se tiene que este impuesto
no introduce ninguna distorsión en la economía, siempre y cuando estemos en un
escenario de competencia perfecta.
3.9.4.1 RENTA DE ORFANDAD
Es una renta que se concede a los hijo (s) o hija (s) de causante. Cuando una
persona fallece y deja hijos menores o adolescentes, éstos tiene derecho a una
pensión de orfandad abonada por el sistema de la Seguridad Social. Con carácter
general, se puede cobrar hasta los 21 años, si bien puede ser hasta los 25 en
determinados supuestos.
3.9.4.2 RENTA DE ORFANDAD VITALICIA
Renta otorgada al hijo (a) mayor de diecinueve (19) años, declarado (a) con
Invalidez la renta de Orfandad Vitalicia, sus limitantes y condicionantes, la
normativa que si bien se encuentra vigente contradice los principios básicos
atentando contra los derechos fundamentales de los beneficiarios de la renta de
orfandad. Los beneficiarios son los hijos de trabajadores que fallecieron y son
menores de 19 años discapacitados o enfermos que les imposibilita
desempeñarse totalmente.
3.9.4.3 RENTA DE ORFANDAD ABSOLUTA
Esta Renta que se concede a los hijo (s) o hija (s) del causante cuando haya
fallecido también la madre o viceversa, siempre que sean huérfanos absolutos.
Se entiende que la orfandad absoluta hace referencia a que hayan fallecido ambos
progenitores o a la ausencia de uno solo, cuando el otro sea desconocido o haya
sido declarado responsable de violencia de género.
El acceso independiente a la pensión de orfandad, un huérfano de ambos padres
podrá acceder a la prestación de orfandad generada por cada uno de sus
progenitores. Así, se solicitará que cada progenitor cumpla los requisitos de alta o
asimilada al alta para poder acceder a la pensión. Es decir, se admite la
concurrencia de ambas pensiones, dado que los causantes de cada una de ellas
son distintos y se basan en diferentes contribuciones al sistema de la Seguridad
Social.
3.9.4.4 RENTA DE DERECHOHABIENTE
Beneficio otorgado a los beneficiarios (as) del asegurado fallecido, que contaba
con una Se refiere a aquella persona cuyos derechos derivan de otra.
Habitualmente, se emplea este término para hacer referencia al heredero de una
persona y, en consecuencia, beneficiario de los derechos de indemnización
establecidos en una póliza.
Por ejemplo, son derechohabientes los hijos menores de edad y los mayores
incapacitados.
3.9.4.5 RENTA DE VIUDEDAD
La renta de viuda o de viudo
La renta de viuda
Tiene derecho a una renta de viuda si cumple con una de las siguientes
condiciones:
 Tiene un hijo menor y\o mayor al momento de la viudedad; o tiene 45 años
cumplidos en el momento de la defunción de su cónyuge y ustedes han
estado casados por lo menos durante 5 años. Si has estado casada más
veces, la duración de los diferentes matrimonios será tomada en
consideración.
Si Usted es una mujer divorciada, debe cumplir con una de las siguientes
condiciones:
 Tiene un hijo menor y\o mayor y el matrimonio duró por lo menos 10 años;
o Tenía más de 45 años en el momento del divorcio y el matrimonio duró
por lo menos 10 años; o Tiene más de 45 años en el momento en el que el
hijo menor alcanza la edad de 18 años; o Tiene hijos menores de 18 años.
En este caso, usted tiene derecho a la renta hasta los 18 años del menor
niño.
Un nuevo matrimonio pone un término al derecho a la renta de viuda.
La renta de viudo
Usted tiene derecho a una renta de viudo, si cumple con las siguientes
condiciones:
 Tiene hijos menores de 18 años a su cargo. Es un hombre divorciado que
tiene hijos menores de 18 años a su cargo, el derecho a la renta de viudo
se extingue con un nuevo matrimonio y\o cuando su hijo menor alcanza la
edad de 18 años. Renta otorgada a la Viuda, Viudo o conviviente del Titular
de la Renta.
3.9.5
TRABAJADOR ASEGURADO
Es la persona, sea obrero, empleado, miembro de cooperativa de producción o
aprendiz, que está en el Artículo 3°.- El Seguro Social Obligatorio tiene por objeto
proteger a los asegurados en las contingencias que se indican y mediante las
prestaciones siguientes: prestaciones en especie a los trabajadores y sus
familiares en casos de enfermedad, maternidad o accidentes no profesionales,
prestaciones en especie solamente a los trabajadores en casos de accidente de
trabajo o enfermedad profesional, prestaciones en dinero solamente a los
trabajadores en casos de enfermedad, maternidad, accidentes no profesionales,
riesgos profesionales, invalidez y vejez, prestaciones en dinero a los derecho –
habientes de los trabajadores fallecidos por cualquier causa, prestaciones para
funerales en caso de muerte por cualquier causa de un trabajador y de su cónyuge
o conviviente.
3.9.6 PENSION
Es la prestación monetaria mensual pagada al Afiliado o a sus Derechohabientes
por la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) o la entidad aseguradora. El
valor de la Pensión será calculado en bolivianos con mantenimiento de valor
respecto al dólar Estadounidense y su monto se pagará en bolivianos. Según la
ley de pensiones.
También administración y el otorgamiento de las prestaciones de jubilación,
invalidez, muerte, gastos funerarios y riesgos profesionales del seguro social
obligatorio de largo plazo y la administración de los beneficios de la capitalización
son responsabilidad de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
3.9.6.1 PENSION POR DERECHOHABIENTE
Es la prestación mensual a favor de los derechohabientes, originada por el
fallecimiento de un Asegurado pensionado por Vejez.
REQUISITOS: Para iniciar trámite de solicitud de Pensión por Muerte, los
Derechohabientes deberán suscribir el Formulario de Registro de Trámite (FRT),
al cual deberán adjuntar los siguientes documentos:
Fotocopia del documento de identidad del Asegurado, Certificado de Nacimiento
emitido por el Registro Civil, en original o fotocopia, Certificado de Defunción
emitido por el Registro Civil, en original o fotocopia, Certificado de Trabajo
Insalubre emitido por el Departamento de Medicina del Trabajo del Ente Gestor de
Salud, en original, si corresponde, Fotocopia del Aviso de Afiliación al Ente Gestor
de Salud (AVC), parte de ingreso o carnet de asegurado al último Ente Gestor de
Salud (EGS).
3.9.6.2 PENSION POR MUERTE
Es la prestación mensual pagada por la Entidad Aseguradora a favor de los
Derechohabientes, originada por un Riesgo Común, Riesgo Profesional o Riesgo
Laboral para Independientes, o por el fallecimiento de un Asegurado.
4 ESTUDIO LEGISLATIVO
El Sistema de Seguridad Social Boliviano, tiene como Marco Jurídico el Código
de Seguridad Social, Ley de la República de 14 de diciembre de 1956 y su
Decreto Reglamentario, el Decreto Supremo N° 5315 de 30 de septiembre de
1959 y la anterior Constitución Política del Estado de febrero de 1967,
abrogada por la actual Constitución Política del Estado Plurinacional,
promulgada el 7de febrero de 2009. «Los regímenes de seguridad social se
inspirarán, en los principios de universalidad, solidaridad, unidad de gestión,
economía, oportunidad y eficacia, cubriendo las contingencias de enfermedad,
maternidad, riesgos profesionales, y vivienda de interés social». Desde la
promulgación de la mencionada Constitución sus disposiciones fueron
consideradas como enunciados y nada más, en especial el Articulo
158.(Aruquipa Humberto, 2011)
Se debe tener presente que desde la promulgación del Código de Seguridad
Social de 1956 y la Constitución de 1967 no se ha logrado un avance
significativo, mucho menos cumplir las disposiciones de la Norma
Fundamental, sin embargo en su enunciado textualmente señalaba «el
mejoramiento de las condiciones de vida del grupo familiar» y por si fuera poco
también mencionaba que «los regímenes de la Seguridad Social se inspiraban,
en principios de universalidad, y eficacia» fueron más de 55 años de
incumplimiento, restringido y suprimidos por parte del Estado. Aunque su
fundamento doctrinal se encontraba basado en el Constitucionalismo Social los
atropellos del Estado a la sociedad fueron latentes, sin embargo, la
Constitución de 1967 incorpora como avance al desarrollo humano y por
primera vez el Amparo Constitucional como garantía.
«Todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a acceder a la Seguridad
Social. La Seguridad Social se presta bajo los principios de universalidad,
integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad,
interculturalidad y eficacia. El Estado garantiza el derecho a la jubilación, con
carácter universal. Las mujeres tienen derecho a la maternidad segura, con
una visión y práctica intercultural, gozarán de especial asistencia y protección
del Estado durante el embarazo, parto y en el período prenatal y
postnatal».(Bolivia Principal | Países | Planes | Manual Constitución Política Del
Estado (CPE) (7-Febrero-2009), 2011)
«El servicio de seguridad social pública no podrá ser privatizada ni
concesionados.» Los Derechos reconocidos por esta Constitución son
Inviolables y Universales, Interdependientes Indivisibles y Progresivos. Los
Derechos que proclama esta constitución no serán entendidos como negación
a otros derechos no enunciados. «Todos los derechos reconocidos en la
Constitución son aplicables y gozan de iguales garantías para su protección».
Los derechos y sus garantías sólo podrán ser regulados por la ley. «La gestión
de la seguridad social es función y atribución del Estado, a través del Ministerio
de Salud y Deportes. Se incorpora el control social y la participación social, es
decir la vigilancia y control para un adecuado funcionamiento del sistema
Se sigue la línea de la derogatoria de los artículos 16 y 17 del Código de
Seguridad establecido por la Ley N 3505 de 23 de octubre de 2006, puesto que
se cubren inclusive las enfermedades catastróficas. La protección que señala
es de avanzada, más aún la protección a los riesgos por las labores de campo,
entendiéndolas como las que se susciten fuera del centro o establecimiento de
trabajo.
SEGÚN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO (C.P.E.)
Tenemos los siguientes artículos:
 Artículo 35 Y 36:
Estos artículos se refieren de como el estado debe garantiza y dar
prioridad a la salud ya sea dando un mejoramiento de calidad de vida a un
sector colectivo, a una población u pueblos indígenas de tal manera
accediendo gratuitamente a servicios públicos y contando con un seguro
universal.
 Artículo 37:
Hace referencia a que toda persona tiene derecho a recibir una atención
médica, pero por una parte debe informarse sobre las prevenciones o
promociones que existe para poder prevenir enfermedades.
 Artículo 38:
Ninguna persona puede ser privada de ser atendida en los servicios
públicos del estado.
 Artículo 39 y 40:
Hace referencia que el estado debe encargarse de hacer una revisión y dar
el pleno consentimiento de funcionamiento ya que un centro de salud
pública debe contar con un buen personal, una buena infraestructura un
buen equipamiento para poder garantizar y dar un servicio de calidad a la
población.
 Artículo 41:
Se refiere que toda persona puede tener acceso a medicamentos siempre y
cuando la producción de la misma tenga su debida importación y también
estos pueden ser comercializados legalmente.
 Artículo 42:
se debe dar una gran importancia y la debida práctica de la medicina
tradicional ya que no todo se soluciona con medicamentos sino que
también se puede curar muchas enfermedades con la medicina tradicional
y se podría decir que es muy efectiva y recomendada pero en caso de
usar medicamentos naturales estos deben de ser usados con mucha
responsabilidad ya que cada producto tiene su debido efecto todo tiene su
lado positivo y su lado negativo y es por eso que antes de usarse se debe
tener un pleno conocimiento para no tener consecuencias más adelante.
 Artículo 43 y 44:
Nos da a conocer que
ninguna persona puedes ser sometida a una
operación o realizarse un examen médico sin el consentimiento de la
misma y en el caso que la vida de la persona esté en peligro de muerte en
esta situación un familiar podría firmar la autorización también se refiere
que se podría aceptar donaciones y poner trasplantes siempre y cuando
sea legalmente.
 Artículo 45:
Este artículo hace referencia a que todos los bolivianos y bolivianas
tenemos derecho a una seguridad social
y por el cual este debe ser
gratuito y que todo PERSONA puede adquirirlo sin ninguna discriminación
Ya que todo se debe dar por igual.
SEGÚN LA LEY GENERAL DEL TRABAJO (L.G.T.)
Tenemos los siguientes artículos:
TÍTULO I – ARTÍCULO II:
 Patrono: es la persona natural o jurídica que proporciona trabajo,
por cuenta propia o ajena, para la ejecución de una obra o empresa.
 Empleado: es el que trabajo con horario y condiciones especiales,
desarrollando un esfuerzo predominante intelectual.
 Obrero: es el que trabaja, prestando de servicios de índole material
o manual, incluyendo al que vigila el trabajo de otros obreros.6
TÍTULO II – ARTICULO 8:
 Los jóvenes mayores de 18 años y menores de 21 años, podrán pactar
contratos, salvo oposición expresa de sus padres/tutores.
6
Conocer este artículo nos hace entender las posiciones que existen en el trabajo y llevarlas a
cabo con mucha conciencia, respetando la posición que le toco, ya que esta fue dada por su
currículum o informe de sus especialidades (estudios).
 Los mayores de 14 años y menores de 18 años; para firmar contratos
laborales requerirán la autorización previa de sus padres/tutores.
Tener conocimiento de este artículo es muy necesario, para así poder
contratar personas con mentalidad madura y dispuestas a trabajar y hacerlo
de forma legal consultando siempre a las personas encargadas del
trabajador, los cuales son los padres/tutores del trabajador quien requirió
del puesto, para así no tener quienes estén contra de la contratación y estar
seguro que el/la trabajador es digno y se merece el puesto que será dado.
TÍTULO II - ARTICULO 127:
TIEMPO LABORAL
TIEMPO DE
ANTICIPACION
OBREROS
DESPUES DE
DESPUES DE 6
UN MES
MESES
7 DIAS
15 DIAS
EMPLEADOS
TIEMPO LABORAL DESPUES DE 3
MESES
TIEMPO DE
30 DIAS
ANTICIPACION
DESPUES DE
UN AÑO
30 DIAS
PATRONES
TIEMPO LABORAL DESPUES DE 3
MESES
TIEMPO DE
90 DIAS
ANTICIPACION
TÍTULO II – ARTÍCULO 13:
 Cuando fuere reiterado el empleado u obrero por causal ajena a su voluntad.
 El patrono estará obligado a indemnizar por tiempo de servicios, con la suma
equivalente a un mes de sueldo o salario por cada año de trabajo continuo.
 Si los servicios no alcanzaren a un año, en forma proporcional a los meses
trabajados descontando los tres primeros que se reputan de prueba.
 Si el trabajador tuviere más de 8 años de servicios, percibirá la indicada
indemnización, aunque se retire voluntariamente.
Este artículo hace referencia a seguir las reglas de contratación. El que no
la cumpla, será penado con indemnización por haber despedido a alguien
contra su voluntad. Esto será realizado si el empleador/patrón despide a
7
Se refieren a los CONTRATOS POR TIEMPO INDEFINIDO. Conocerlos es muy importante ya
que con ellos respetaremos su tiempo de anticipación a la fecha de la contratación del mismo. Y
así evitar contratiempos para el/la contratado por el empleador y así ejecutar un trabajo pacifico
entre los trabajadores.
uno de sus obreros/empleados sin que alguno de ellos no haya cometido
alguna falta a la empresa/lugar de trabajo que fueron contratados.
TÍTULO II – ARTICULO 16:
No habrá lugar a desahucio ni indemnización al empleado/obrero cuando
exista
una de las siguientes cláusulas:
Revelación de secretos
industriales.
Faltas injustificada de
más de 6 días
continuos.
Omisiones que afecten
a la seguridad e higiene
industrial.
Daño intencional en los
instrumentos de trabajo.
Retiro voluntario.
Robo o hurto.
Incumplimiento total o
parcial del contrato.
Imprudencias que
afecten a la seguridad e
higiene industrial.
Aquí podemos ver si alguno de los obreros/empleados comete una falta en
la empresa, no será beneficiado con la indemnización, tendrá su pena de
acuerdo al tamaño de su falta.
TÍTULO III – ARTICULO 32:
 Se entiende por trabajo a domicilio, el que se realiza por cuenta
ajena y con remuneración determinada, en el lugar de residencia del
trabajador, en su taller doméstico o en el domicilio del patrono. Se
encuentran comprendidos dentro de esta definición:
 Los que trabajan aisladamente o formando taller de familia en su
domicilio, a destajo por cuenta de un patrono. Taller de familia es el
formado por parientes del jefe de la misma que habitualmente viven
en él;
 Los que trabajan en compañía pos cuenta de un patrono, a partir de
ganancias y en el domicilio el que se realiza directamente para el
público.
Este punto es muy relevante hoy en día, ya que estamos pasando por una
PANDEMIA (covid19) que requiere la distancia entre los seres humanos. Y
este punto hace referencia a esas personas que optan en elaborar talleres
domésticos, contratando también a personas secundarias, dándose la
comodidad de un hogar.
TÍTULO III – ARTICULO 46:
 La jornada efectiva de trabajo no excederá de 8 horas por día y de
48 por semana.
 La jornada de trabajo nocturno no excederá de 7 horas,
entendiéndose por trabajo nocturno no exceptúa de esta
disposición el trabajo en las empresas periodísticas, que están
sometidas a reglamentación especial (usada común: 20.00 pm. a
06:00 am.).
 La jornada de mujeres y menores de 18 años no excederá de 40
horas semanales diurnas.
 Se exceptúan a los empleados u obreros que ocupen puestos de
dirección, vigilancia o confianza, o que trabajen discontinuamente.
En estos casos tendrán una hora de descanso dentro del día, y no
podrán trabajar más de 12 horas diarias.
Los horarios de trabajo, sí que son muy importantes. El descanso del
trabajador/a es algo necesario ya que sin ello no seriamos capaces de
elaborar nuestras actividades y más importante no daríamos el 100% en el
trabajo, sino todo lo contrario estaríamos perdidos, cansados y con la
mentalidad en el suelo. Respetar el descanso de uno es muy relevante en
la contratación de un empleador de cualquier posición que ocupe, debemos
respetar el horario dado por el Estado para el bien común del país.
artículo 97:
Se establecerá para proteger a los trabajadores en caso de riesgos
laborales y brindar el Seguro Social Obligatorio, que será responsabilidad
de los empleadores. También cubrirá los casos de discapacidad, incluidos
los casos de discapacidad que no estén relacionados con el trabajo, en
cuyo caso la carga recaerá sobre el estado, el empleador y el asegurado.
artículo 98:
La institución de seguros será responsable de pagar el monto total de las
indemnizaciones, alquiler y pensión, el empleador quedará liberado de sus
obligaciones por el riesgo correspondiente.
SEGÚN EL REGLAMENTO DE CÓDIGO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL
30 DE SEPTIEMBRE DE 1959
En el Decreto Supremo N° 0515 de 30 de septiembre de 1959 podemos observar
que la aplicación de las normas de Seguridad Social se efectuará de acuerdo al
Código y a este Reglamento que determinan los regímenes del Seguro Social
Obligatorio, de las Asignaciones Familiares y de la Vivienda Popular, que tienen
carácter obligatorio para todas las personas e instituciones comprendidas en su
campo.
También el Código de Seguridad Social boliviano, promulgado el 14 de diciembre
de 1956 se inspira en la norma mínima de la Organización Internacional del
Trabajo (OIT), tiende a la protección del capital humano del país también la
aplicación de medidas adecuadas para la rehabilitación de las personas
inutilizadas y la concesión de los medios necesarios para el mejoramiento de las
condiciones de la vida del grupo familiar ya que las rentas y pensiones
constituyen un respaldo para la consolidación.
Objetivo:
El objetivo de Código de Seguridad Social, se sustenta en tres maneras
fundamentales tenemos: El Régimen del Seguro Social Obligatorio, Régimen de
Asignaciones Familiares y el Régimen de Vivienda de Interés Social.
En el Régimen del Seguro Social Obligatorio cubre los seguros, tanto a largo
plazo como en el corto plazo:





Enfermedad
Invalidez
Maternidad
Vejez y Riesgos Profesionales
Muerte
En el Régimen de Asignaciones Familiares, modificado por la Ley 924 y su
Decreto Supremo Reglamentario 26237 del 25 de junio de1987 que exactamente
reconoce los siguientes subsidios:




Pre Natal
Natalidad
Lactancia y
Sepelio
El régimen de vivienda de interés social, el primer método para el crédito de
vivienda social que entró en vigencia el 23 diciembre del 2013 mediante la Ley No.
393 de Servicios Financieros. Después, se fueron añadiendo otras normas, entre
decretos supremos, circulares y leyes. Actualmente, son 5 las normas que regulan
este crédito.8
CONVENIOS INTERNACIONALES
Según los convenios internacionales eventualmente dados:
a) CONVENIO
MULTILATERAL
SEGURIDAD SOCIAL (CMISS):
IBEROAMERICANO
DE
Este convenio fue adoptado en el diecisieteava Cumbre Iberoamericana de
Santiago de Chile, en noviembre de 2007 (aunque tiene su origen en el
Convenio Iberoamericano de Seguridad Social de Quito de 1978).
8
Estas prestaciones se otorgan en especie y en dinero .
Acuerdo que fue presentado en la Cumbre de Jefes de Estado y de
Gobierno a través de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social,
y es el primer convenio en la materia que une a dos continentes, causado
en la urgencia de contar con un instrumento de unión entre las legislaciones
nacionales en materia de pensiones que garanticen los derechos de los
trabajadores migrantes y sus familias protegidos bajo los diferentes
sistemas de seguridad social, de manera que los trabajadores puedan
disfrutar de los beneficios adquiridos por su trabajo en los países
receptores; es decir, con independencia del lugar donde se hayan generado
estos derechos.9
b) INSTRUMENTO ANDINO DE SEGURIDAD SOCIAL:
Fue suscrito el 7 de mayo de 2004 por el Consejo Andino de ministros de
Relaciones Exteriores, integrado por Bolivia, Colombia, Venezuela, Perú y
Ecuador.
Este tiene por objetivos garantizar a los migrantes laborales, así como a sus
beneficiarios, la plena aplicación del principio de igualdad de trato o trato
nacional dentro de la subregión; la eliminación de toda forma de
discriminación; garantizar el derecho de los migrantes laborales y sus
beneficiarios a percibir las prestaciones de seguridad social durante su
residencia en otro Estado parte, así como la conservación de los derechos
adquiridos y la continuidad entre las afiliaciones a los sistemas de
seguridad social de los Estados parte, y reconocer el derecho a percibir las
prestaciones sanitarias y económicas que correspondan, durante la
residencia o estada del migrante laboral y sus beneficiarios en el territorio
de otro Estado parte.
c) COMUNIDAD ANDINA:
El Grupo Andino (GRAN), fue creado el 26 de mayo de 1969, fecha en la
que se suscribió el Acuerdo de Cartagena por Bolivia, Perú, Ecuador,
Colombia y Chile. Este último país se retiró el año 1976, y Venezuela
ingresó en 1973. En marzo de 1996 se efectúa la reestructuración
institucionalidad del Grupo Andino, denominando Comunidad Andina
(CAN).
Sus objetivos:
 Promover el desarrollo armónico y equilibrado de sus Países Miembros.
9
Según la propia OISS, al cierre de 2016 el Convenio ha sido ratificado por quince países, de los
cuales ya se encuentra en aplicación en 11 (incluyendo Perú y Argentina, que lo aplican desde
2016).
 Acelerar su crecimiento por medio de la integración y la cooperación
económica y social
 Facilitar la participación de los países andinos en el proceso de integración
regional, con miras a la formación gradual de un mercado común
latinoamericano.
 Procurar el mejoramiento persistente en el nivel de vida de los habitantes de la
Subregión.
d) ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA BOLIVIA –
MERCOSUR:
Nos menciona el relacionamiento serio de Bolivia con el MERCOSUR, se
inicia paralelamente a la firma del Tratado de Asunción. El MERCOSUR en
diferentes oportunidades expresó su interés de explorar conjuntamente con
Bolivia las distintas modalidades y alternativas para vincularse
comercialmente.
El acercamiento de Bolivia al MERCOSUR se basó en los siguientes tres
elementos centrales:
 La homogeneización de los Acuerdos de Complementación Económica que
Bolivia tenía vigente bilateralmente con cada uno de los cuatro Estados
Partes del MERCOSUR.
 La negociación de un Acuerdo de Zona de Libre Comercio.
 La obtención del status de observador en los diferentes Grupos de Trabajo
del MERCOSUR.10
5 CONCLUSIONES
Existe una compleja relación entre la seguridad social, el empleo y el desempleo.
A nivel macroeconómico, por lo menos en los países
Industrializados, no parece haber una relación clara entre los gastos de la
seguridad social, la productividad y el desempleo. No obstante, a nivel sectorial y
empresarial hay buenas razones para pensar que existe una relación positiva
entre la productividad y la seguridad social.
Las políticas de seguridad social forman parte de una amplia gama de políticas
sociales y también interactúan con las mismas, como en el caso de las políticas
relativas a las inversiones en los servicios sociales básicos, la legislación laboral
que protege a los trabajadores y el cumplimiento de las disposiciones que
garantizan los derechos básicos. También están íntimamente relacionadas con las
10
La negociación de un Acuerdo de Zona de Libre Comercio
políticas de empleo, dado que la mayoría de los regímenes de seguridad social se
financian con los ingresos laborales y protegen a los trabajadores contra los
riesgos relativos a la capacidad para el empleo, tales como el desempleo, la
enfermedad, la incapacidad y la vejez. El logro de resultados positivos en materia
de seguridad social y empleo dependen en gran medida del desarrollo económico,
y todos esos aspectos contribuyen a su vez al proceso de desarrollo
socioeconómico.
La seguridad social se considera cada vez más como una parte integrante del
proceso de desarrollo. Es necesario, por lo tanto, buscar sinergias entre las
políticas relativas a la protección social, al empleo y al desarrollo. Estas sinergias
existen en varias esferas de la política social, tales como la salud, la educación, la
vivienda y el bienestar social, pero también en esferas de la política económica,
tales como las políticas macroeconómicas y sectoriales (por ejemplo, el desarrollo
de las empresas en pequeña escala). No obstante, las sinergias potenciales son
probablemente más fuertes con respecto al empleo y las políticas de mercado de
trabajo.
El propósito de la protección social no es la mera supervivencia, sino la integración
social y la preservación de la dignidad humana. A medida que los gobiernos tratan
de ampliar la cobertura, sería positivo que estudiasen la experiencia de países
donde la seguridad social goza de popularidad y de un grado elevado de apoyo
público. La vasta tarea de ampliar la protección social requerirá todo el apoyo
público que pueda concederse. No existen soluciones sencillas, y las perspectivas
de éxito de las distintas estrategias variarán en función del contexto nacional. Una
mayor investigación, acompañada de la experimentación y la innovación, puede
contribuir a facilitar información a los responsables de la adopción de políticas
para progresar con miras a garantizar que
todos los trabajadores y sus familias disfruten de una protección social digna.
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ectos/proyecto_ssos/formacion_distancia/modulo_002/02_unidad02.pdf
ANEXOS
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CHAVEZ CONDORI MELANY SARAH
COPANA UCHARICO EFRAIN SANTOS
ESCOBAR QUISPE ANDREA
FLORES VARGAS ERLAND MARIO
LEON APAZA CARLOS ENRIQUE
MAMANI CARPIO PEDRO ISMAEL
MONDACA IBAÑEZ RITA ROSARIO
OTERO CATALAN FRANCY MISHELL
PONCE BALTAZAR MARY HELEN
VARGAS QUISPE JESICA ESTEFANY
APELLIDOS Y NOMBRES
CHAVEZ CONDORI MELANY SARAH
COPANA UCHARICO EFRAIN SANTOS
ESCOBAR QUISPE ANDREA
FLORES VARGAS ERLAND MARIO
LEON APAZA CARLOS ENRIQUE
MAMANI CARPIO PEDRO ISMAEL
MONDACA IBAÑEZ RITA ROSARIO
OTERO CATALAN FRANCY MISHELL
PONCE BALTAZAR MARY HELEN
VARGAS QUISPE JESICA ESTEFANY
APELLIDOS Y NOMBRES
CHAVEZ CONDORI MELANY SARAH
COPANA UCHARICO EFRAIN SANTOS
ESCOBAR QUISPE ANDREA
FLORES VARGAS ERLAND MARIO
LEON APAZA CARLOS ENRIQUE
MAMANI CARPIO PEDRO ISMAEL
MONDACA IBAÑEZ RITA ROSARIO
OTERO CATALAN FRANCY MISHELL
PONCE BALTAZAR MARY HELEN
VARGAS QUISPE JESICA ESTEFANY
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APELLIDOS Y NOMBRES
CHAVEZ CONDORI MELANY SARAH
COPANA UCHARICO EFRAIN SANTOS
ESCOBAR QUISPE ANDREA
FLORES VARGAS ERLAND MARIO
LEON APAZA CARLOS ENRIQUE
MAMANI CARPIO PEDRO ISMAEL
MONDACA IBAÑEZ RITA ROSARIO
OTERO CATALAN FRANCY MISHELL
PONCE BALTAZAR MARY HELEN
VARGAS QUISPE JESICA ESTEFANY
APELLIDOS Y NOMBRES
CHAVEZ CONDORI MELANY SARAH
COPANA UCHARICO EFRAIN SANTOS
ESCOBAR QUISPE ANDREA
FLORES VARGAS ERLAND MARIO
LEON APAZA CARLOS ENRIQUE
MAMANI CARPIO PEDRO ISMAEL
MONDACA IBAÑEZ RITA ROSARIO
OTERO CATALAN FRANCY MISHELL
PONCE BALTAZAR MARY HELEN
VARGAS QUISPE JESICA ESTEFANY
APELLIDOS Y NOMBRES
CHAVEZ CONDORI MELANY SARAH
COPANA UCHARICO EFRAIN SANTOS
ESCOBAR QUISPE ANDREA
FLORES VARGAS ERLAND MARIO
LEON APAZA CARLOS ENRIQUE
MAMANI CARPIO PEDRO ISMAEL
MONDACA IBAÑEZ RITA ROSARIO
OTERO CATALAN FRANCY MISHELL
PONCE BALTAZAR MARY HELEN
VARGAS QUISPE JESICA ESTEFANY
29/06/2021
1 HORA
30/06/2021
1 HORAS
ASISTENCIA
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ASISTENCIA
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12/07/2021
1 HORAS
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07/07/2021
1 HORA
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16/07/2021
1 HORAS
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09/08/2021
1 HORAS
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25/07/2021
1 HORAS
ASISTENCIA
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11/08/2021
1 HORAS
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11/07/2021
1 HORA
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12/08/2021
1 HORAS
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29/07/2021
1 HORAS
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RESUMEN EJECUTIVO
BREVE HISTORIA
HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL INTERNACIONAL
El punto de partida de las políticas de protección se sitúa en la Comisión de
Reformas Sociales (1883) que se encargó del estudio de cuestiones que
interesasen a la mejora y bienestar de la clase obrera. En 1900 se crea el primer
seguro social, entre los que destacan son:
Retiro Obrero: (11 de marzo 1919)
Seguro Obligatorio de Maternidad (21 de agosto de 1923)
Seguro de Paro Forzoso (1931)
Seguro de Enfermedad (14 de diciembre de 1942)
HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL NACIONAL
En 1920 se crea el sistema de seguridad social boliviano, como respuesta al
desarrollo de la red de ferrocarriles que contaba con altas tasas de siniestralidad.
Durante las décadas de los años 1940 y 1950 se generaliza la protección al
trabajador y a su entorno familiar



estado,
trabajadores
empleador
ANTECEDENTES HISTÓRICOS
También explicaremos sobre los antecedentes históricos de la Seguridad Social
en Bolivia ya que, sabiendo su historia, sabremos como gracias a sucesos
pasados se oficializo la Seguridad Social en nuestro país, empezando por la ley
de atención gratuita para los centros mineros, la ley de trabajo y enfermedades
profesionales, la ley de ahorro obrero obligatorio, el código del trabajo, la ley de
descanso de la mujer embarazada y la ley de seguro social obligatorio; dando
lugar al Código de la Seguridad Social dictado por la OIT, viendo también sus
cambios y modificaciones en este, para el bien de la población en general con
cambios positivos ,el objetivo de este es llegar a todas las personas, mediante la
ley, ya sea natural o jurídica, aplicándose mayormente a las personas voluntarias,
canta autores, huérfanos, no videntes, etc.
Teniendo en cuenta los principios de la Seguridad Social en nuestra constitución
Política del Estado, los más resaltantes son: principio de universalidad, de
integridad, de equidad, de solidaridad, de unidad de gestión, de economía y de
interculturalidad.
PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DE ESTADO
Principio de universalidad -.Todas las personas deben participar de los
beneficios del sistema de seguridad social, sin tener ningún carácter clasista.
Principio de integralidad-. Para satisfacer las diferentes necesidades, deben
establecerse beneficios adecuados a las diferentes circunstancias.
Principio de equidad-.Se trata a todos los individuos por igual en términos de la
relación entre prestaciones y contribuciones.
Principio de solidaridad -.El objetivo ideal de este principio, que en parte se lo
obtiene en el Seguro Social y que se cristalizara plenamente en la Seguridad
Social se traduce en una idea económica que es la redistribución de la riqueza o
del ingreso nacional.
Principio de unidad de gestión -.Lo que se enfatiza con este principio es que
debe existir una congruencia en la gestión de las diferentes entidades de seguro
social y en los beneficios otorgados por ellas, de modo que la multiplicidad de
instituciones no quiebre el principio de igualdad.
Principio de economía -.Este principio se basa en la reducción de gastos y a la
población protegida refiriéndose también a la utilización adecuada de los recursos
que deben hacer las entidades gestoras en el proceso de la administración de las
contribuciones.
Principio de interculturalidad-.La interculturalidad va más allá de la tolerancia
que permite la existencia de otras culturas pero sin renunciar a la centralidad y
superioridad de las propias ideas e instituciones sociales.
La auditoría fiscal -.se refiere al tesoro público o a los distintos organismos
públicos cuya finalidad es la de recaudar impuestos y tributos. Las auditorías
médicas constituye un procedimiento técnico, evaluativo, preventivo y correctivo,
para el aseguramiento y mejoramiento de la calidad en salud. los Seguros a corto
plazo-. lo que es, para quien es, lo que sí ofrece y no ofrece y los seguros a
largo plazo-. lo que es, lo que sí ofrece y no ofrece, para quien es. La igualdad
de género se refiere a la justicia necesaria para ofrecer el acceso y el control de
recursos a mujeres y hombres por parte del Gobierno de las Instituciones
Educativas y de la Sociedad.
genero: las desigualdades por razón de género persisten, en ocasiones de forma
explícita y en otras a través de formas más sutiles de discriminación indirecta, pero
con iguales consecuencias negativas.
la igualdad: Por igualdad se entiende la capacidad de toda persona para disfrutar
de derechos, así como para contraer obligaciones con las limitaciones que la
misma ley señala de manera específica
la equidad: La igualdad de género supone que los diferentes comportamientos,
aspiraciones y necesidades de las mujeres y los hombres se consideren, valoren y
promuevan de igual manera. Ello no significa que mujeres y hombres deban
convertirse en iguales, sino que sus derechos, responsabilidades y oportunidades
no dependan de si han nacido hombres o mujeres.
seguridad social: La protección del Sistema de Seguridad Social comienza a
actuar, una vez configurada la contingencia, la cual produce como efecto que una
persona, o los miembros de su familia, o uno y otros, resulten desfavorablemente
afectados, en su nivel de vida, ya sea como consecuencia de un aumento en el
consumo, o una disminución o supresión de los ingresos.
NORMAS INTERNACIONALES DEL TRABAJO E IGUALDAD DE GÉNERO:
En los primeros años de la OIT, las normas relacionadas con las mujeres estaban
destinadas principalmente a proteger a las trabajadoras en términos de seguridad
y salud, condiciones de trabajo y requisitos especiales relacionados con su función
reproductora. Con el tiempo, se ha producido un cambio en relación con las
normas pertinentes con respecto a las mujeres, pasando de los convenios de
protección a los convenios destinados a ofrecer a mujeres y hombres los mismos
derechos y oportunidades.
MEDIDAS PARA OTORGAR LA IGUALDAD A TRAVES DE LA PROTECCION
SOCIAL
prestaciones por hijos a cargo
 entender que un hijo a cargo es aquel que depende económicamrnte de sus
padres o tutores legales.
 no debemos confundir la palabra depender con la de convivir.
 lo que las familias deben contar para ser beneficiados con la ayuda
económica que concede la seguridad social
La prestación por hijo a cargo es una ayuda económica que concede la Seguridad
Social a las familias que cuenten con:
o Hijo/a, hijos/as menores de 18 años.
o Que sean mayores de 18 años y que tengan una discapacidad de grado
igual o superior al 65% y que, esté al cuidado del beneficiario.
o Menores de 18 años que se encuentren en régimen de acogimiento familiar,
permanente u adopción.
 REQUISITOS PARA SOLICITAR LA AYUDA POR HIJO A CARGO
 Requisitos de residencia: Para poder optar a esta ayuda familiar, los
interesados deberán de tener su residencia legal en España.
 Requisitos económicos: Los beneficiarios no podrán superar un umbral de
ingresos económicos para poder solicitar la pensión por hijo a cargo. Esta

cantidad se verá aumentada con el número de integrantes en la unidad
familiar:
Si cuenta con un hijo a cargo el límite será de 12.313,00 Euros.
Por cada hijo a cargo adicional que cuente la unidad familiar la
cantidad se verá incrementada en un 15%.
En el caso de ser familia numerosa, el límite será de 18.532,00
euros.
Del beneficiario: Que sea menor de edad o mayores de 18 años y que
cuenten con algún tipo de discapacidad reconocida.
LICENCIA Y PRESTACIONES PARENTALES DE CIUDADANO INFANTIL
 licencia parental La licencia parental se considera una medida de cuidado.
 licencia maternal La licencia de maternidad se suele conceder a las
madres biológicas, incluyendo a las madres sustitutas, como medida de
salud.
 licencia paternal Licencia con protección del empleo que a menudo se limita
a los padres biológicos en el momento del nacimiento de su hija o hijo e
inmediatamente después. Se trata de una medida de cuidado que permite a
los padres satisfacer mejor las necesidades de su hija o hijo
EDAD DE JUBILACION




Jubilación estipulada por ley.
Al solicitar la jubilación, percibirán una pensión pública.
Jubilación voluntaria u obligatoria.
Requisitos para solicitar la jubilación.
PENSIONES DE SUPERVIVIENTE
o PENSION DE VEJEZ Consiste en el derecho que tienen los afiliados al
sistema previsional a obtener una pensión con sus fondos ahorrados, una
vez que hayan cumplido con los requisitos legales para tal efecto.
 EDAD DE JUBILACION
 JUBILACION ANTICIPADA
 PENSION DE INVALIDEZ Es un beneficio que reciben los trabajadores
afiliados al sistema previsional que hayan sido declarados inválidos por la
Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones.
o PENSION DE SOBREVIVENCIA La Pensión de Sobrevivencia es un
beneficio que reciben los beneficiaros establecidos de un afiliado que ha
fallecido, siempre que éstos cumplan con los requisitos legales para tal
efecto.
ESTUDIO LEGISLATIVO
La Seguridad Social boliviana, promulgada el 1956 y la anterior Constitución
Política del Estado de febrero de 1967, abrogada por la actual Constitución
Política del Estado Plurinacional, promulgada el 7de febrero de 2009.
La promulgación de 1956 y la Constitución de 1967 no se ha logro cumplir con el
mejoramiento de las condiciones de vida del grupo familiar, todos tenemos
derechos a acceder a la seguridad social.
SEGÚN LA CPE
Artículo 35 Y 36: El estado debe garantiza y dar prioridad a la salud ya sea
dando calidad de vida
Artículo 37: Derecho a recibir una atención médica
Artículo 38: Ninguna persona puede ser privada de ser atendida en los
servicios públicos del estado.
Artículo 41: Acceso a medicamentos
Artículo 42: Importancia a la medicina tradicional ya que no todo se
soluciona con medicamentos
Artículo 43 y 44: ninguna persona puedes ser sometida a una operación
sin el consentimiento de la misma
Artículo 45: Todos los bolivianos y bolivianas tenemos derecho a una
seguridad social.
SEGÚN LA LEY GENERAL DEL TRABAJO
Patrono, empleado, obrero
Título II – Articulo 13: Hace referencia a seguir las reglas de contratación.
Título II – Articulo 16: No habrá desahucio ni indemnización al
empleado/obrero cuando exista: faltas injustificadas, retiro voluntario, robo o
hurto, etc.
Título III - Articulo 32: Trabajo a domicilio, el que se realiza por cuenta
ajena y con remuneración determinada
SEGÚN EL REGLAMENTO DE CODIGO DE SEGURIDAD DEL 30 DE
SEPTIEMBRE DE 1959
El objetivo de Código de Seguridad Social, se sustenta en tres maneras
fundamentales tenemos:.
 En el Régimen del Seguro Social Obligatorio
 En el Régimen de Asignaciones Familiares
Instrumento andino de seguridad social. - Este tiene por objetivos garantiza, la
plena aplicación del principio de igualdad; la eliminación de toda forma de
discriminación; garantizar el derecho de los migrantes laborales.
Comunidad andina. –



Promover el desarrollo armónico y equilibrado de sus Países Miembros
Facilitar la participación de los países andinos
Procurar el mejoramiento en el nivel de vida de los habitantes de la
subregión
ACUERDO DE
MERCOSUR:
COMPLEMENTACIÓN
ECONÓMICA
BOLIVIA
–
El MERCOSUR en
diferentes oportunidades expresó su interés de
explorar conjuntamente con Bolivia las distintas modalidades y alternativas
para vincularse comercialmente.


+
La negociación de un Acuerdo de Zona de Libre Comercio.
La obtención del status de observador en los diferentes Grupos de Trabajo
del MERCOSUR.
REPRESENTACION GRAFICA
HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
INTERNACIONAL
Retiro Obrero: (11
de marzo 1919
V
Seguro Obligatorio
de Maternidad (21
de agosto de 1923)
Seguro de Paro
Forzoso (1931)
Seguro de
Enfermedad (14 de
diciembre de 1942)
Seguro Obligatorio
de Vejez e Invalidez
(SOVI) (18 de abril
de 1947
El Instituto
Nacional de la
V
Seguridad
Social
El Instituto
Nacional de
Salud
Instituto Nacional
de Servicios
Sociales
El Instituto Social de
la Marina
La Tesorería
General de la
Seguridad Social
HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
NACIONAL
ESTADO
TRABAJADORES
EMPLEADORES
Aquellos trabajadores que “ejecutan
trabajos ocasionales extraños a la
actividad ordinaria del empleador
Las personas afiliadas a una
institución oficial
Las personas extranjeras
empleadas por las agencias
diplomáticas,
CONCEPTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Llamada previsión social
Sector público o
privado
La Organización Internacional
del Trabajo, en un documento
publicado en 1991
denominado Administración
de la seguridad social
El objetivo principal de
este sistema es dar
protección a los
ciudadanos
●
Transferencias de dinero,
●
como las prestaciones de
desempleo, la jubilación
o las pensiones por
discapacidad.
●
El seguro médico, que
debe ser universal y
gratuito.
●
Servicios de educación
gratuita y universal.
●
Supervisión de vivienda,
alimento y otras
necesidades básicas
EVOLUCION HISTORICA DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
En 1920 se crea el sistema de seguridad social boliviano
Durante las décadas de los años 1940 y 1950 se generaliza la protección al
trabajador y a su entorno familiar
Cargo de cinco Cajas:

Caja Nacional de
Salud (CNS)
•
Ferroviaria,
•
Seguro Social
Militar
•
Bancaria,
•
Petrolera
EL MUTUALISMO
Se trata dos o más
organismos de
especies diferentes
que supone beneficio
para ambos
Edad media
Edad moderna
SEGURO PRIVADO
Administrado por
SEGURO PRIVADO
Compañías
Cooperativas
Mutualidades
Asegurado Contrata
Contra
Para asegurarse
Enfermedades
Accidentes
AHORRO PRIVADO
AHORRO PRIVADO
Efectúan
Familias
Reserva de dinero
Excluyendo las
necesidades
básicas
Empresas
SISTEMAS INICIALES DE PROTECCIÓN
SISTEMAS INICIALES DE
PROTECCIÓN
Ahorro privado
Asistencia pública
Mutualidad
Seguro Privado
SEGUROS SOCIALES
Caja Petrolera de Salud
SEGUROS SOCIALES
Instituto Nacional
de Seguros de
Salud
Caja Nacional de Salud
Entidad responsable
supervisar entidades
Caja Bancaria Estatal de
Salud
Caja de Salud de la Banca
Privada
Caja de Salud de Caminos
Seguros Sociales
Universitarios
Caja de Salud CORDES
COSSMIL
Caja Nacional de Salud
SEGURIDAD SOCIAL
SEGURIDAD SOCIAL
Sistema de
seguridad Social
Proteger a los trabajadores
Discapacidad
Vejez
ANTECEDENTES HISTÓRICOS
Ley de atención gratuita
para los centros
mineros:
Ley de accidentes de
Trabajo y enfermedades
Profesionales.
Ley del Ahorro Obrero
Obligatorio
Código del Trabajo,
1942 Ley General del
Trabajo:
Ley de descanso de
la mujer embarazada:
Ley de seguro Social
Obligatorio:
CÓDIGO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Esta se inspiró
del Convenio 102
denominado la
Norma Mínima
Sobre la
Seguridad Social
Dictada por la
OIT, promulgada
a través de la ley
del 14 de
diciembre de
1956.
El mismo
Código de
Seguridad tiene
el concepto de
este en el
artículo 1
OBJETIVO DEL CODIGO DE SEGURIDAD
SOCIAL
Del Seguro Social Obligatorio
El de las asignaciones o subsidios
familiares
El de la vivienda de Interés Social
CAMPO DE APLICACIÓN DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
Los rentistas
cancelados por
Riesgos
Profesionales
Distinguidos
de la Guerra
del Chaco
Asegurados
Voluntarios
Canta
Autores
Viudas de Guerra y
Enfermeras, las
prestaciones reciben
en la Caja Nacional de
Salud
.
.
Trabajadoras
del Hogar
No Videntes
inscritos en el
Instituto Boliviano
de la Ceguera
Estudiantes hasta
los 25 años de
edad si estudian o
están con contrato
de aprendizaje y
Niños y niñas,
huérfanos y/o
abandonados
Alumnos de
la ANAPOL
.
.
REFORMAS AL CÓDIGO DE SEGURIDAD
SOCIAL
Reforma del
Sistema
Boliviano de
Seguridad
Social
Autoridad de
Supervisión
de Seguridad
Social de
Corto plazo
ASUSS
Nueva
Política de
Ajuste
Estructural
LEY N.ª 1732
Estructura
General del
Sistema Boliviano
de Seguridad
Social
División de los
regímenes de
la Seguridad
Social
Ley 065
Crea el
sistema
Integral de
Pensiones
(SIP)
PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO
Art. 2, 3, 4, 5 y 6
DECRETO LEY N.º 14643
Art. 2, 3, 4, 5 y 6
De la C.P.E.
Principio de
Integridad
Principio de
Universalidad
Principio de
Solidaridad
Principio de
Equidad
Principio de
economía
Principio de
Unidad de
Gestión
Principio de
interculturalidad
PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD
PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD
- Todas las personas deben
participar
de los
beneficios del sistema de
seguridad social.
- No debe tener ningún carácter
clasista.
PRINCIPIO DE INTEGRALIDAD
PRINCIPIO DE INTEGRALIDAD
Para satisfacer las diferentes
necesidades, deben establecerse
beneficios adecuados a las
diferentes circunstancias.
PRINCIPIO DE EQUIDAD
Se trata a todos los individuos por igual en
términos de la relación entre prestaciones
y contribuciones.
TAMBIEN SE PUEDE HABLAR DE
EQUIDAD COLECTIVA
EQUIDAD INDIVIDUAL
PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD
Este principio es esencial al
momento de determinar si se
trata de:
De un
seguro
privado
De un
seguro
social
PRINCIPIO DE UNIDAD DE GESTION
Lo que se enfatiza con este
principio es que debe existir
una congruencia en la gestión
de las diferentes entidades
de seguro social y en los
beneficios otorgados por
ellas, de modo que la
multiplicidad de instituciones
no quiebre el principio de
igualdad.
PRINCIPIO DE UNIDAD DE
GESTION
PRINCIPIO DE ECONOMIA
En la reducción de
gastos
Este principio
se basa en:
La utilización
adecuada de los
recursos
Buena administración
de las entidades
gestoras
PRINCIPIO DE INTERCULTURALIDAD
PRINCIPIO DE
INTERCULTURALIDAD
La interculturalidad va
más allá de la tolerancia
que permite la existencia
de otras culturas pero sin
renunciar a la centralidad
y superioridad de las
propias ideas e
instituciones sociales.
AUDITORIAS
AUDITORIA FISCAL
Se refiere al tesoro
público.
Recauda impuestos
Recauda
tributos
AUDITORIA MEDICA
Se refiere a actividades del sector salud.
Auditoría Médica Interna
es técnico, evaluativo,
preventivo y correctivo.
Auditoría Médica Externa,
va al cumplimiento de
normas
y
protocolos
vigentes.
SEGUROS A CORTO Y LARGO PLAZO
A LARGO PLAZO
Lo que es:
Para quien es:
Lo que sí ofrece y no
ofrece:
A CORTO PLAZO
lo que sí ofrece y no ofrece:
para quien es:
costos y opciones de pago:
IGUALDAD DE GÉNERO
Tareas en Mujeres y
Hombres sobre el poder y
de
subordinación
socialmente.
GENERO
Los sistemas de seguridad social no son
neutros respecto al género, sino que más
bien ocurre lo contrario, dado que están
ligados al mercado del trabajo,
reproducen las desigualdades que se
hayan presentado en el ámbito laboral.
Por lo tanto, podría decirse que
la igualdad de género es el
ideal, y la equidad de género
son las acciones que se llevan a
cabo para garantizar el
cumplimiento de ese derecho.
LAS MUJERES Y EL DESARROLLLO
Una primera propuesta,
denominada enfoque de la equidad,
reconocía la aportación de las
mujeres al desarrollo y criticaba la
subordinación de éstas en la familia
y en el mercado, abogando por
incrementar su autonomía
económica y política y la igualdad de
derechos.
LA IGUALDAD
.
.
.
La diferencia entre igualdad y
equidad es que con la igualdad
la justicia se aplica a todos los
ciudadanos de manera
uniforme, mientras que en la
equidad puede se pueden
hacer excepciones, siempre y
cuando no se comprometa el
sentido de imparcialidad.
LA EQUIDAD
SEGURIDAD SOCIAL
La protección del Sistema de Seguridad Social
comienza a actuar, una vez configurada la
contingencia, la cual produce como efecto que
una persona, o los miembros de su familia, o
uno y otros, resulten desfavorablemente
afectados, en su nivel de vida, ya sea como
consecuencia de un aumento en el consumo, o
una disminución o supresión de los ingresos.
NORMAS INTERNACIONALES DEL
TRABAJO E IGUALDAD DE GÉNERO
EL VÍNCULO EXISTENTE ENTRE LA
PROTECCION SOCIAL Y EL GÉNERO
.
A medida que un mayor número de
mujeres se ha ido Incorporando a la
fuerza de trabajo remunerada, las
ideas acerca de las funciones de los
géneros han evolucionado y los
regímenes de seguridad social están
siendo reformados gradualmente.
MEDIDAS PARA OTORGAR LA
IGUALDAD A TRAVES DE LA
PROTECCION SOCIAL
PRESTACION POR HIJOS A CARGO
LICENCIA Y PRESTACIONES
PARENTALES DE CUIDADO
ASEGURADOS AL SISTEMA DE REPARTO
El sistema de reparto es conocido también como de "solidaridad
intergeneracional" debido a que las pensiones de jubilación se
financian a través de los aportes de los trabajadores activos.
DISCRIMINACION
El trato diferente y perjudicial que se da a una
persona por motivos de raza, sexo, ideas políticas,
religión, etc.
BENEFICIARIO
El beneficiario es la persona física o moral que ha sido designada
para percibir algunos beneficios económicos o ciertos derechos,
cuando se cumplan una serie de condiciones establecidas en función
de un contrato que fue firmado.
RENTA
Renta es la utilidad o el beneficio que rinde algo o lo que
de ello se cobra. Puede utilizarse como sinónimo de
ingreso en algunas circunstancias.
RENTA DE OFANDAD
La pensión de orfandad es el derecho que tienen los hijos menores
de 21 años a recibir un montante económico aportado por el
sistema de la Seguridad Social, siempre que éstos se hubieran
quedado huérfanos.
RENTA DE ORFANDAD VITALICIA
Las rentas vitalicias son productos financieros que se basan en
seguros de vida. De hecho, los comercializan, principalmente,
empresas de seguros especializadas en vida-ahorro. Su finalidad es la
de proporcionar al usuario una renta, a partir de un momento
determinado de su vida, normalmente la jubilación, para compensar la
pensión pública y no perder el poder adquisitivo previo al fin de la vida
laboral.
RENTA DE DESECHOHABIENTE
¿QUE ES?
HACE REFERENCIA AL
HEREDEROO DE UNA
PERSONA
DERCHOHAMIENTES
SON LOS HIJOS
MENOORES DE EDAD Y
LOS MAYORES
INCAPACITADOS
BENEFICIARIO DEL
ASEGURADO FALLECIDO
RENTA DE VIUDEDAD
RENTA DE UN
VIUDA /VIUDO
tenen un hijo
menor
matrimonio que
duro mas de 10
años
ES
CONDICIONADO
renta
convivivente de
titular
ESTUDIO LEGISLATIVO
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