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LA RIQUEZA COSTERA – PESCA EN PANAMÁ
Las costas panameñas contienen muestras de importantes especies y ecosistemas costeromarinos, tales como: ballenas, delfines, manatíes, tortugas marinas, camarones, langostas, arrecifes
coralinos, praderas de hierbas marinas y manglares.
De acuerdo a la Ley 44 de 23 de noviembre de 2006, la Autoridad de los Recursos Acuáticos
de Panamá (ARAP) tiene entre sus funciones específicas regular el uso y protección de los recursos
pesqueros y fomento de las actividades de pesca industrial, pesca artesanal y recreacional o
deportiva.
Dicha Ley define la actividad de pesca como cualquier acto que se efectúe con el propósito
de capturar, extraer o recoger, por cualquier procedimiento, los recursos acuáticos para su
aprovechamiento directo o indirecto.
Zonas especiales de manejo marino-costero y zonas prohibidas para pesca
La Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP) es una institución orientada a
promover, desarrollar, conservar y lograr el óptimo provecho para el país en cuanto a los productos
de la pesca, la acuicultura y el manejo marino-costero, todo esto de manera sostenible y
sustentable, en completa armonía con el ambiente, para mejorar la calidad de vida de los
panameños. Por otra parte, en la ARAP se desarrollan importantes proyectos, entre los que se
destacan el diagnóstico del estado de los manglares y su manejo, y el del fortalecimiento e
integración de políticas y estrategias para el desarrollo rural
Zonas de reserva (ZR) según la Ley 44
Espacio geográfico declarado por la autoridad competente, con el objeto de proteger y
preservar áreas de reproducción, de reclutamiento y de repoblamiento de las especies, que se
consideren importantes para los objetivos de la ARAP. Son áreas de “no tocar”; es decir, que esta
totalmente prohibido el uso y aprovechamiento de los recursos marino-costeros existentes en estas
zonas; la única actividad permitida en estas áreas es la investigación científica.
Zonas prohibidas de pesca
Se consideran zonas prohibidas de pesca, aquellas áreas donde se concentran las especies
marinas (peces y camarones) en etapa larvaria o juvenil, así como también los sitios que hayan sido
contaminados por desechos orgánicos o tóxicos y las áreas que han sido asignadas a otras
actividades. La ARAP, ha identificado, aproximadamente, diez zonas prohibidas de pesca industrial,
tanto en el mar Caribe como en el océano Pacífico. Igualmente, queda prohibida la pesca dentro de
los esteros (caños o brazos que salen de un río) influenciados por las subidas y bajadas de las mareas,
son por esto a veces navegables.
En Panamá, la pesca está distribuida en dos grandes sectores: la pesca industrial y la
artesanal. Además, también se practica la deportiva como una actividad recreacional.
Sector Pesca Industrial
Este sector está compuesto por las embarcaciones pesqueras industriales y sus armadores,
que están inscritos en el Registro Nacional Pesquero Industrial, esto les posibilita para poder ejercer
los derechos otorgados por los permisos o autorizaciones de pesca que entrega la Dirección de
Ordenación y Manejo Costero Integral de la Autoridad de los Recursos Acuáticos. En la actividad de
la pesca industrial panameña, predominan dos actividades tradicionales: la pesca del camarón y la
pesca de arenques y anchovetas, utilizadas exclusivamente para la producción de harina y aceite de
pescado.
El Decreto ley 17 de 1959 establece que las embarcaciones mayores de 10 toneladas son
naves industriales y como tal realizan pesca considerada industrial. En la actualidad, la pesca
industrial es la principal rama de actividad dentro del sector pesquero de Panamá. Por tipo de
producto, el atún de altea amarilla y el camarón son los principales productos por importancia
económica dentro de la pesca industrial
Pesca de camarón blanco
El poder de pesca de la industria camaronera cuenta, en el año 2008, con 218 barcos
registrados y de ellos hay 175 barcos activos que se dedican al arrastre camaronero.
La flota pesquera utiliza embarcaciones de madera con casco de hierro o fibra de vidrio, de
aproximadamente 20 a 25 metros de eslora y motores de entre 210 y 390 HP; sus artes de pesca
están basados en modelos provenientes del golfo de México, con redes de arrastre de 4 paños, tipo
semiglobo, que faenan en ambas bandas de la embarcación (double rigger). Los barcos usan dos
redes con TED (Dispositivo de Exclusores de Tortugas, por sus siglas en inglés)
En Panamá, la pesca del camarón está basada principalmente en el conocido camarón
blanco, y que está conformado por tres especies del género Litopenaeus: L. occidentalis, L.
stylirostris y L. vannamei. De estas tres especies, el L. occidentalis es la más abundante, pues
constituye del 64% al 97% de la población de camarones blancos. Además de estas especies de
camarones, también son capturadas el L. brevirostris (rojo), Xiphopenaeus riveti (tití), y
Trachipenaeus byrdi (carabalí).
El resto de las especies lo conforman el camarón Fidel (Solenocera agazzizi) y el camarón
cabezón (Heterocarpus vicarius). No obstante, las especies de camarón blanco representan del 38%
al 45% de la captura total anual de camarones en las costas del Pacífico de Panamá. Debido a esto,
ha sido considerado como el camarón de mayor valor comercial en estas pesquerías, no sólo por su
abundancia, sino también por su gran tamaño y excelente calidad.
Sector Pesca Artesanal
La pesca artesanal es aquella que se realiza en áreas cercanas a la costa, mediante la
utilización de artes de pesca tradicional, con embarcaciones pequeñas de hasta 30 pies y utiliza
motores de baja potencia de hasta 55 HP, ya sean éstos fuera de borda o motores internos. En
general, es aquella actividad de pesca en la que predomina el esfuerzo humano y se realiza con una
baja tecnología. La pesca artesanal puede ser clasificada dentro de dos grupos: el de pesca de
subsistencia (destinada a la alimentación del pescador y sus familiares o vecinos) y el de pesca
comercial a pequeña escala.
En ambos grupos, se destacan aquellos pescadores que orientan su actividad
principalmente hacia la extracción de camarones costeros y aquellos que la orientan hacia la
extracción de peces (róbalo, pargo, mero, corvina, dorado, tiburón, langosta, entre otras).
Actualmente, se estima que hay 100,000 embarcaciones artesanales, según la encuesta de
embarcaciones del año 2010.
Sector Pesca Deportiva
Actividad que se ejecuta como distracción o ejercicio, debidamente autorizada en zonas definidas,
donde se emplea artes de pesca establecidas con anterioridad por las autoridades correspondientes
y cuya captura será evaluada por personal técnico de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP). La
pesca deportiva también se la conoce como pesca recreacional. Tiene como objetivo peces de caza
mayor como el atún, aguja, mero, pargos, dorados, pez vela, merlín negro y azul, pez espada,
tiburón, barracudas, entre otros, en mar abierto. La modalidad de pesca deportiva más empleada
es la de atrapar y soltar, esto último, cuando el pez haya sido medido.
Crisis de la explotación pesquera
A partir del año 2000 y especialmente con el ciclo de crecimiento económico que se inicia
en 2004, las comunidades del litoral Pacífico se ven incorporadas a las actividades que se expanden
desde el eje transistmico: principalmente el turismo, las cuales no solo han provocado el incremento
de la contaminación, con serias afectaciones a los manglares y en general la biodiversidad, sino que
también podrían conducir a la virtual desintegración de comunidades (por ejemplo, Santa Catalina),
o la subordinación de la pesca artesanal a las nuevas actividades predominantes, bajo condiciones
insostenibles.
Los diagnósticos socio ambientales realizados por la ANAM de los Golfos de Chiriquí y de Montijo,
arrojaron resultados alarmantes. Desde el año 2004, las principales conclusiones con relación a los
impactos derivados por las acciones inotrópicas fueron:
•
1. El deterioro de los recursos pesqueros, en particular por la pesca excesiva.
•
2. La degradación de las zonas costeras, sometidas a fuertes presiones por el desarrollo
industrial, el turismo y la urbanización incontrolada.
•
3. La contaminación marina, por desechos domésticos e industriales.
•
4. La explotación de los recursos no-vivos, tanto los oceánicos como los costeros, con particular
referencia al petróleo, la arena y la grava.
•
5. La violación de las reglamentaciones para el transporte marino (carga general y petróleo).
¿Quiénes pueden pescar en Panamá y dónde?
El Decreto Ley 17 de 1959 reglamenta la pesca y aprueba la exportación de productos
pesqueros en la República de Panamá, poniendo especial cuidado en proteger la fauna y flora del
país. Pueden pescar en Panamá cualquier persona natural y jurídica, de nacionalidad panameña y
extranjeros domiciliados en la República de Panamá, de manera libre en todas las aguas y mar
territorial, siempre de manera lícita y con su respectiva licencia de pesca para cada caso.
No se puede pescar en salinas, playas artificiales inundadas para cultivo de peces, crustáceos
o moluscos y los estanques de acueductos públicos, excepto con permiso especial en cada
oportunidad. En el caso de personas naturales y/o jurídicas extranjeras no domiciliadas en Panamá,
podrá expedírseles licencia de pesca con exclusión de la pesca de camarón, de perla y conchas
madreperla.
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