UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR TEORÍA GENERAL DEL DERECHO Nombre: Katherin Salazar Curso: Noveno Semestre ‘’A” Fecha: 27/06/22 ¿Qué es la justicia? Hans Kelsen Hans Kelsen fue un filósofo del Derecho, jurista y político nacido en Praga, quien destacó por su papel como teórico del derecho, siendo el artífice de la Constitución Austríaca de 1920. En 1933, amenazado por el régimen nazista, se vio obligado a emigrar a Ginebra, primero, y a Estados Unidos, después. En este país fue profesor de Derecho Internacional en Berkeley, ciudad donde murió. Kelsen fue muy conocido por sus estudios positivistas sobre la Teoría del Derecho, en tal sentido en su obra Teoría pura del derecho pretende liberar a la ciencia del derecho de todos los elementos que le son ajenos. De ahí su crítica al derecho natural (porque presupone un orden natural, divino o racional, que constituye un valor absoluto), y la crítica a la concepción sociológica del derecho (porque confunde la ciencia jurídica con la realidad social en que el derecho es aplicado). La doctrina pura del derecho debe solamente representar el derecho tal como es, independiente de su valor moral. Su concepción del derecho como técnica para resolver los conflictos sociales le convierte en uno de los principales teóricos de la democracia del siglo XX. Entre sus obras destacan Problemas fundamentales de la doctrina jurídica del Estado (1910), Teoría general del Estado (1925), De la esencia y valor de la democracia (1920), Socialismo y Estado (1920), donde critica la teoría marxista del Estado), y Teoría general del derecho y del Estado (1960). Ahora bien, Kelsen también buscaba plasmar su posición respecto a la noción de justicia y su relación con valores como la felicidad y la igualdad, por lo que a través de un artículo empieza enfatizando que la justicia es una característica posible más no necesaria del orden social, entendiéndose a este orden social como el ordenamiento de la sociedad que incluye la totalidad de las relaciones humanas y culturales en un determinado lugar y momento, así como el conjunto de las instituciones sociales. En segunda instancia, Kelsen establece que la justicia constituye una virtud del individuo ya que un hombre es justo cuando su obrar concuerda con el orden considerado justo y se habla de un orden social justo cuando regula la conducta de los hombres de modo tal que da satisfacción a todos y a todos les permite lograr la felicidad. El concepto de felicidad al igual que la justicia ‘’va más allá’’, ya que ambas pueden ser entendidas desde distintos puntos de vista e involucran más aspectos de los que aparentan a simple vista, sin embargo Kelsen establecía que la felicidad garantizada por el orden social no puede ser considerada en sentido individual-subjetivo sino colectivo-objetivo. Esto significa que por felicidad se ha de entender sólo la satisfacción de ciertas necesidades, reconocidas en tal carácter por la autoridad social o el legislador. Dichas necesidades deben ser satisfechas y son por ejemplo la alimentación,vestimenta, vivienda, entre otras. Ahora bien, eso no elimina el hecho de que los seres humanos guían su conducta por distintos sistemas de valores que tendrán más o mayor peso en nuestras vidas dependiendo del sentido que cada uno dé a ellos, sin embargo es un un rasgo distintivo del ser humano el sentir la profunda necesidad de justificar su conducta, esto es, tener una conciencia. La necesidad de justificación o racionalización es, tal vez, una de las diferencias existentes entre el ser humano y el animal. En tal sentido, el ser humano siempre está en la búsqueda de justificar su actuar y de buscar que este sea visto como un bien absoluto, entendiéndose a éste como aquel concepto fundamental al cual está subordinado el resto y del cual obtiene su validez: está idea desempeña en la filosofía de Platón el mismo papel que la idea de Dios en la teología de cualquier religión. Sin embargo, el propio Platón establecería que la idea del bien absoluto está más allá de todo conocimiento racional, ya que no existe una definición del bien absoluto sino tan sólo una especie de visión del mismo, y esta visión se realiza en forma de vivencia mística que logran sólo quienes gozan de la divina gracia Por otra parte, resulta imposible describir con palabras el objeto de esta visión mística, es decir, el bien absoluto, por lo que en consecuencia no puede darse ningún respuesta al problema de la justicia. Sin embargo varios filósofos, entre ellos Aristóteles han intentado darle una definición a la justicia y precisamente este filósofo plantearía una idea bastante interesante respecto a una subdivisión de la justicia conocida como justicia distributiva. Esta se manifiesta en la idea de que lo justo o correcto respecto a la asignación de bienes en una sociedad es dar igual cantidad de bienes a todos los miembros pertenecientes a dicha sociedad. Esta idea de igualdad, que ha sido considerada por muchos como esencia de la justicia, también se evidencia bajo otras premisas que plantea Kelsen en su artículo, como por ejemplo la represalia, es decir pagar con la misma moneda. No obstante el principio de igualdad también tiene sus fallos, ya que nace de la idea de que todos los hombres son iguales por naturaleza y por lo tanto deben ser tratados de la misma manera. Sin embargo, esto es falso ya que no todos son iguales y no todos responden a las mismas realidades, lo que sin duda genera que sea aún más difícil hablar de una concepción de justicia universal. Por otro lado, Aristóteles veía a la justicia desde una concepción ética de la virtud, es decir, apunta hacia un sistema de virtudes entre las cuales la justicia es la virtud más alta, la virtud perfecta. El filósofo griego asegura haber encontrado un método científico para determinar las virtudes, de tal manera que establecía que la virtud es el punto medio entre dos extremos, es decir, entre dos vicios: el vicio de exceso y el vicio de defecto. Así, por ejemplo, la virtud del valor constituye el punto medio entre el vicio de la cobardía, “falta de coraje”, y el vicio de la temeridad, “exceso de coraje”. Ésta es la conocida doctrina del medio, la cual establece que si sabemos qué es el vicio, podremos saber consiguientemente qué es la virtud, pues la virtud es lo contrario del vicio, en tal sentido Aristóteles enseña que la conducta justa es el término medio entre hacer el mal y sufrirlo. Aristóteles supone que la injusticia es aquello injusto para el orden moral positivo y el derecho positivo. Lo aportado por la doctrina del medio no es la definición de la ciencia de la justicia sino el fortalecimiento del orden social existente establecido por la moral positiva y el derecho positivo. Ahora bien, como se ha podido dilucidar es complicado establecer una concepción de justicia absoluta debido a todos los matices que esta involucra, sin embargo Kelsen culmina su artículo expresando su criterio respecto a que es justicia, definiendo a la misma como aquella bajo cuya protección puede florecer la ciencia y, junto con la ciencia, la verdad y la sinceridad. Es la justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia de la democracia, la justicia de la tolerancia. Para finalizar cabe establecer una concepción propia del concepto de justicia, en tal sentido yo la defino como aquella virtud que busca garantizar la vida dignidad de todos, entendiendo las diferencias y las circunstancias propias de cada individuo, para así poder tomar decisiones en beneficio no solo del individuo sino también de la sociedad en conjunto, garantizando siempre la armonía de todos quienes la integran. BIBLIOGRAFÍA Kelsen, H. (1957). ¿Qué es la justicia?