Responsabilidad ex recepto y la Distinción entre obligaciones de medios y de resultado Giovanni D´Amico Derecho Privado Moderno Cesare Massimo Bianca, Pietro Sirena, Salvatore Patti Derecho Privado Paolo Gallo Aspectos comparados del fraudes de valores: El caso de EEUU y Chile Dante Figueroa Derecho a probar como elemento esencial de un proceso justo Reynaldo Bustamante Alarcón Derecho y postmodernidad. Ensayos de Derecho Privado Alessio Zaccaria Derechos fundamentales y proceso justo Reynaldo Bustamante Alarcón Instituciones de Derecho Privado Guido Alpa, Andrea Fusaro, Mauro Grondona Obligaciones, contratos y protección al consumidor en el Derecho de la Unión Europea y los Estados Miembros Martin Ebers Abuso de Derecho y derechos subjetivos Thiago Rodovalho Comparación jurídica y perspectivas de estudio del Derecho Luigi Moccia Visite www.edicionesolejnik.com Proceso significa tanto como avance, pero realizado no de una sola vez, sino en varios momentos; y ya que consta de una pluralidad de actos, se le llama también procedimiento. Cada uno de tales actos está regulado por preceptos jurídicos siendo, por ello, el proceso un procedimiento jurídicamente regulado, del cual nos vamos a ocupar en cuanto se desarrolla ante los Tribunales del Estado. El objeto del procedimiento puede ser diferente. Hay procedimientos en los que se ventilan cuestiones de Derecho penal o de Derecho administrativo, y cuando la materia del procedimiento lo constituye una controversia de Derecho civil se habla de proceso civil, el cual es, en consecuencia, el procedimiento jurídicamente regulado que versa sobre una controversia de Derecho civil planteada ante los Tribunales. Heinrich Kaiser “Untitled” No todo proceso civil presupone un litigio; proceso civil y litigio no son cosas idénticas. Es cierto que por regla general se ventila en el proceso civil una contienda, pero no siempre es necesario que ésta exista; así, por ejemplo, no hay controversia cuando la acción es inmediatamente reconocida (allanamiento). Al proceso civil, además, se le impone una función de profilaxis procesal con el procedimiento de conciliación. Es decir, que la "contienda" se puede decir que existe en muchísimos juicios civiles, pero no comprende a todos, y aun habría que agregar el hecho de que una serie de conflictos jurídicos se solucionan no por medio de un proceso civil, sino por un acto de jurisdicción voluntaria, por decisión de una autoridad administrativa, o por otro medio. ISBN 978-956-392-984-3 Adolf Schönke 9 7 8 9 5 6 3 9 2 9 8 4 3 Lex Derecho procesal civil SCHÖNKE Responsabilidad Civil. Estudios italianos contemporáneos Guido Alpa, Massimo Franzoni, Carlo Castronovo et al. BIBLIOTECA DE DERECHO PROCESAL ADOLF ADOLF SCHÖNKE Teoría General del Derecho Norberto Bobbio Derecho procesal civil OTROS TÍTULOS DE LA EDITORIAL Adolf Schönke (Alemania) (Weißwasser, 20 de agosto de 1908 Friburgo de Brisgovia, 1 de mayo de 1953) Importante jurista. Fue profesor en la Universidad de Friburgo de Brisgovia. Se interesó en la teoría del Derecho, filosofía del Derecho y derecho penal. Entre sus temas de investigación se encontraron también el valor y eficacia de la interpretación, analogía y Derecho consuetudinario. Llegó a la conclusión de que es necesario mantener el principio de legalidad de los delitos y de las penas, sin que por ello se tenga en cuenta la importancia que reviste la interpretación extensiva y analógica en la Ciencia de los delitos y de las penas. Mantuvo la tesis de que es imprescindible el dogma de la legalidad de los delitos y de las penas. Autor de diversos libros, entre los que destacan: Strafgesetzbuch; Strafgesetzbuch : Kommentar y Beiträge zur Lehre vom Adhäsionsprozess.