[ACDB2-17.5%] Foro 1: Elabore un ensayo sobre la importancia de identificar los daños
ambientales - 102-DER-DERECHO AMBIENTAL Y CONFLICTOS
Autor: Kevin Miguel Veliz Ibarra
Foro 1: Elabore un ensayo sobre la importancia de identificar los daños ambientales
1. TITULO
Caso Río Vilcabamba
2. INTRODUCCIÓN
Los problemas ambientales se viven diariamente desde una escala local hasta la global. Desde
un arroyo contaminado en una localidad hasta el calentamiento global o la desertificación de
suelos, la escasez de agua y, por supuesto, los casos de pérdida de patrimonio cultural de los
pueblos (López Gómez & Bastida Izaguirre, 2018). Los recursos naturales son aprovechados por
el ser humano para satisfacer sus necesidades de subsistencia, tales como alimentación, salud,
económicas y de ocio (Orellana Salas & Lalvay Portilla, 2018).
Por su parte, (Hernanz & Gil, 2013) expresan que actualmente el Estado ecuatoriano se
encuentra sujeto a una nueva forma de desarrollo sociopolítico, cuyo enfoque principal ha sido
la sostenibilidad. Desde octubre del 2008, Ecuador cuenta con un nuevo marco constitucional
mediante el cual se reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos (Berros, 2013).
En este documento se analizó el caso del Río Vilcabamba, por la ejecución de la obra de
ampliación de la carretera Vilcabamba-Quinara a cargo del Gobierno Provincial de Loja, dos
ciudadanos extranjeros demandaron la violación de los derechos de la naturaleza,
particularmente del río Vilcabamba.
3. DESARROLLO-ARGUMENTO
El Ecuador es un país con una gran cantidad de recursos naturales, también es conocido por
poseer la mayor cantidad de ríos por km2 en el mundo; por tal motivo el uso de estos recursos
deben ser utilizados con responsabilidad por las comunidades locales y entidades competentes
(La Hora, 2018; Orellana Salas & Lalvay Portilla, 2018).
Se examino el primer caso de aplicación constitucional de derechos de la naturaleza, por la
afectación al cauce de un río debido a la inadecuada disposición de materiales, producto de la
ampliación de una carretera (Suárez, 2013). Este se debió a que se depositó piedras y demás
material de excavación causó daños enormes cuando las lluvias de marzo y abril del 2009
aumentaron el caudal del rio (Corte Constitucional del Ecuador, 2018).
Los señores Richard Fredrick Wheeler y Eleanor Geer Huddle demandaron al Gobierno Provincial
de Loja (GPL) debido a las afectaciones ocasionadas, por haber empezado la obra de ampliación
de la carretera Vilcabamba-Quinara, sin realizar previamente el estudio de impacto ambiental
ni contar con la licencia ambiental aprobada por la autoridad ambiental (Suárez, 2013).
Primero se realizaron dos actividades ante entidades estatales diferentes, entre lo que consta
una solicitud de inspección judicial en la cual se determinó que las afectaciones al río no eran
resultado de la ampliación de la vía; y una denuncia ante el MAE quien realizó una inspección al
sitio y emitió un informe de recomendaciones para la ejecución adecuada de la obra. Para
posteriormente interponer una Acción de Protección en defensa de los derechos de la
naturaleza (Ayora-Jara, 2014).
Los intereses principales de los accionantes era que el GPL deje de arrojar, inmediatamente,
escombros en el río Vilcabamba; se restaure el cauce natural del río; y que se retiren
inmediatamente los desechos de piedras, tierra, grava y vegetación depositados en el río
Vilcabamba (Noroña Torres, 2014).
Se dicto la primera sentencia, donde se negó la Acción de Protección debido a la falta de
legitimación pasiva en el caso, es decir, la falta de citación adecuada a los demandados. Después
se presento una apelación, cuyo proceso demoró desde el 5 de enero hasta el 30 de marzo,
debido a que 2 jueces se excusaron por no poder participar en el conocimiento de este recurso
(Suárez, 2013).
Finalmente, se conformó un tribunal con tres jueces, y determinaron que sí existió violación de
los derechos de la naturaleza, y fundamentaron la decisión en varios aspectos. Finalmente se
decidió lo siguiente; en el término de cinco días el GPL debe iniciar el cumplimiento de las
recomendaciones realizadas por el Ministerio del Ambiente; se delegó el monitoreo al
cumplimiento de la sentencia al Director Regional de Loja, El Oro y Zamora Chinchipe del
Ministerio del Ambiente y a la Defensoría del Pueblo de Loja; el GPL debe pedir disculpas
públicas mediante publicación en un diario de la localidad (Corte Constitucional del Ecuador,
2018).
4. CONCLUSIÓN
El cumplimiento de los derechos de la naturaleza representa un reto para las autoridades
públicas, y aunque existe una ley que regule estos derechos, su aplicación se debe ir
produciendo a través del desarrollo de jurisprudencia, además varios problemas se derivan
judicialmente y en las instituciones públicas en general, para lograr la adecuada efectivización
de los derechos de la naturaleza.
También existe época involucración por parte de la ciudadanía en general en casos ambientales,
esto se puede deber al desconocimiento de los derechos ambientales y de la naturaleza por
parte de la población, además de existir un temor de enfrentarse en un proceso judicial contra
una autoridad pública.
5. REFERENCIAS
Ayora-Jara, M. I. (2014). Los Derechos de la Naturaleza y los Mecanismos Jurisdiccionales de
Tutela en la Constitución de Ecuador del 2008. Universidad Andina Simón Bolívar.
Berros, M. V. (2013). El río posee derecho a no ser desviado de su curso: nuevas herramientas
jurídicas disponibles en defensa de la naturaleza. http://sociologia.studiobam.com.ar/wpcontent/uploads/ponencias/1030.pdf
Corte Constitucional del Ecuador. (2018). Río Vilcabamba.
https://www.derechosdelanaturaleza.org.ec/wpcontent/uploads/2018/04/CUMPLIMIENTO-RÍO-VILCABAMBA.pdf
Hernanz, I., & Gil, F. (2013). Reflexiones sobre el concepto de Turismo Sostenible y su
integración en el actual contexto sociopolítico ecuatoriano. Revista Amazónica Ciencia y
Tecnología, 2(2), 68–88. file:///C:/Users/Usuario/Downloads/DialnetReflexionesSobreElConceptoDeTurismoSostenibleYSuIn-5271978 (2).pdf
La Hora. (2018). Moradores denuncian contaminación del río Vilcabamba. La Hora, 1–5.
https://www.lahora.com.ec/noticias/moradores-denuncian-contaminacion-del-riovilcabamba/
López Gómez, R. R., & Bastida Izaguirre, D. (2018). The importance of informal environmental
education in rural areas: the case of Palo Alto, Jalisco. Diálogos Sobre Educación, 16(0), 1–
21. https://doi.org/10.32870/dse.v0i16.408
Noroña Torres, D. F. (2014). Tutela Judicial Efectiva de los Derechos de la Naturaleza
[UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO].
https://repositorio.usfq.edu.ec/bitstream/23000/3573/1/112232.pdf
Orellana Salas, J. A., & Lalvay Portilla, T. D. C. (2018). Uso e importancia de los recursos
naturales y su incidencia en el desarrollo turístico. Caso Cantón Chilla, El Oro, Ecuador.
Revista Interamericana de Ambiente y Turismo, 14(1), 65–79.
https://doi.org/10.4067/s0718-235x2018000100065
Suárez, S. (2013). Defendiendo la naturaleza: Retos y obstáculos en la implementación de los
derechos de la naturaleza Caso río Vilcabamba. Ceda, 1–14. http://library.fes.de/pdffiles/bueros/quito/10230.pdf