CODIGO ASME PARA CALDERAS Y RECIPIENTES A PRESION UN CODIGO RECONOCIDO INTERNACIONALMENTE NORMA DE CALIFICACION PARA PROCEDIMIENTOS DE SOLDAR Y DE SOLDAR CON FUERTE, SOLDADORES, SOLDADORES PARA SOLDADURA FUERTE, Y OPERARIOS DE SOLDADURA Y OPERARIOS DE SOLDADURA FUERTE T H E A M E R IC A N S O C IE T Y O F M E C H A N IC A L E N G IN E E R S NEW YORK , NEW YORK ASOCIACION MEXICANA DE INGENIEROS MECANICOS Y ELECTRICISTAS, A.C. Culiacán 115 C.P. 06170 México, D.F. Fecha de Emisión 1o. de Julio de 1998 (Incluye la Addenda de fecha de diciembre de 1997 y anteriores) Este código o norma se desarrolló sujeto a procedimientos acreditados en el sentido de reunir los criterios para las Normas Nacionales Americanas (American National Standards). El Comité de Consenso (Consensus Committee) que aprobó el código o norma fue equilibrado, para asegurar que los individuos de parte de intereses competentes y comprometidos hayan tenido la oportunidad de participar. El código o norma propuesto se hizo disponible para comentario y análisis públicos lo cual provee una oportunidad para entrada pública adicional por parte de la industria, instituciones académicas, agencias de reglamentos, y el público en general. La ASME no "aprueba," "clasifica," ó "respalda," ninguna partida, construcción, dispositivo patentado, o actividad. La ASME no toma actitud alguna respecto a la validez de algunos derechos de patente mantenidos con referencia a partidas cualesquiera mencionadas en este documento, y no intenta asegurar a nadie que utiliza una norma contra responsabilidad para violación de algún documento aplicable que otorga una patente, ni se atribuye alguna responsabilidad tal. Los usuarios de un código o norma son advertidos expresamente que la determinación de la validez de tales derechos algunos de patente, y el riesgo de violación de tales derechos, es enteramente de su propia responsabilidad. La participación de parte de representante(s) de agencias federales o de persona(s) afiliadas con la industria no es para ser interpretada como el respaldo del gobierno o de la industria de este código o norma. La ASME acepta responsabilidad sólo para aquellas interpretaciones emitidas con procedimientos y políticas gobernantes de la ASME los cuales cierran la expedición de interpretaciones por parte de voluntarios individuales. Las notas de pie de página en este documento son parte de esta "Norma Nacional Americana." Marca de miembros de ASME colectivamente Los símbolos de arriba de la ASME están registrados en la Oficina de Patentes de EE. UU. (U. S. Patent Office. “ASME” es la marca registrada de la Sociedad Americana de Ingenieros Mecánicos (American Society of Mechanical Engineers). Ninguna parte de este documento puede ser reproducido en ninguna forma, en un sistema electrónico de reproducción o de algún otro modo, sin el permiso previo por escrito del editor. Número de Tarjeta de la Biblioteca del Congreso (para la impresión hecha en EE.UU.): 56-3934 Adoptado por el Consejo de la "American Society of Mechanical Engineers" en 1914 Revisado en 1940, 1941, 1943, 1946, 1949, 1952, 1953, 1956, 1959, 1962, 1965, 1968, 1971, 1974, 1977, 1980, 1983, 1986, 1989, 1992, 1995, 1998. The American Society of Mechanical Engineers Three Park Avenue, New York, NY 10016-5990 Copyrigth © 1998 por THE AMERICAN SOCIETY OF MECHANICAL ENGINEERS Todos los Derechos Reservados ii SPANISH EDITION COPYRIGHT © 1998 EDICION E IMPRESION EN ESPAÑOL © 1998 POR LA ASOCIACION MEXICANA DE INGENIEROS MECANICOS Y ELECTRICISTAS, A.C ALL RIGHTS RESERVED TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS iii ASOCIACION MEXICANA DE INGENIEROS MECANICOS Y ELECTRICISTAS, A.C A.M.I.M.E. Esta traducción fue hecha con autorización de la "American Society of Mechanical Engineers" (ASME), por el Comité de Calderas y Recipientes a Presión de AMIME. Primera impresión en español en 1968 Segunda Edición en español en 1974 Tercera Edición en español en 1998 Edición en inglés 1998 Todos los Derechos Reservados por la AMIME Culiacán # 115 C.P. 06170 México, D.F. Esta es una traducción del ASME Boiler and Pressure Vessel Code, 1998 Edition, Section IX, Welding and Brazing Qualifications, publicado en inglés por "The American Society of Mechanical Engineers." La edición en inglés es la única versión oficial. Título de esta publicación en inglés: ASME Boiler and Pressure Vessel Code, Section IX, Qualifications Standard for Welding and Brazing Procedures, Welders, Brazers, and Welding and Brazing Operators. v INFORMACION IMPORTANTE SOBRE PROGRAMA DE DISTRIBUCION DE SUPLEMENTOS PARA EL CODIGO DE CALDERAS Y RECIPIENTES A PRESION DE 1998 Hay un cambio de la manera de distribución de los Suplementos (Addenda), para la Edición de 1998 del Código de Calderas y Recipientes a Presión de ASME. La Edición de 1998, publicada el 1º de julio de 1998, incorpora las revisiones, adiciones, ó supresiones del Suplemento de 1998. No habrá Suplemento separado de 1998 emitido en un formato de páginas de reposición. Dos Suplementos adicionales a la Edición de 1998 en la forma de páginas de reposición, se emitirán el 1º de julio de 1999 y el 1º de julio de 2000. El Resumen de Cambios publicados con la Edición de 1998 enlista y describe las revisiones que son parte del Suplemento de 1998. Estos cambios se identifican con una nota marginal, 98, que denota el área reformada. Los Suplementos para 1999 y 2000 también tendrán un Resumen de Cambios e identificadores en las páginas de reposición. Las revisiones, adiciones, o supresiones se incorporarán directamente dentro de las páginas reformadas. Se recomienda conservar las hojas de títulos de y todas las páginas reemplazadas, como referencia. Las fechas efectivas para Ediciones del Código y de Suplementos se describen en el Preámbulo. vii ASME 1998 CODIGO PARA CALDERAS Y RECIPIENTES A PRESION SECCIONES I II III III III III IV V VI VII VIII IX X XI Reglas para la Construcción de Calderas de Potencia Materiales Parte A — Especificaciones de Materiales Ferrosos Parte B — Especificaciones de Materiales No Ferrosos Parte C — Especificaciones de Varillas para Soldar, Electrodos y Metales de Aporte Parte D — Propiedades Subsección NCA — Requerimientos Generales para las División 1 y División 2 División 1 Subsección NB — Componentes Clase 1 Subsección NC — Componentes Clase 2 Subsección ND — Componentes Clase 3 Subsección NE — Componentes Clase MC Subsección NF — Soportes Subsección NG — Estructura de Soporte del Núcleo Subsección NH — Componentes ce Clase 1 en Servicio de Temperatura Elevada Apéndices División 2 — Código para Recipientes de Reactores y Contenciones de Concreto División 3 — Sistemas de Contención y Empacados de Transporte para Combustible Nuclear Gastado y Desperdicio Radiactivo de Alto Nivel Reglas para la Construcción de Calderas para Calefacción Pruebas No Destructivas Reglas Recomendadas para el Cuidado y Operación de Calderas para Calefacción Guías recomendadas para el Cuidado de Calderas de Potencia Reglas para la Construcción de Recipientes a Presión División 1 División 2 — Reglas Alternas División 3 — Reglas Alternas para Construcción de Recipientes de Alta Presión Calificaciones para Soldadura y para Soldadura Fuerte Recipientes a Presión de Plástico Reforzado con Fibras Reglas para la Inspección en Servicios de Componentes para Centrales Nucleares SUPLEMENTOS Los Suplementos (Addenda) en hojas de color, que incluyen las adiciones y revisiones a las Secciones individuales del Código, se publican anualmente y se enviarán automáticamente a los compradores de las Secciones aplicables, hasta la publicación del Código de 2001. El Código de 1998 se encuentra disponible únicamente en formato de hojas sueltas; por lo tanto, los Suplementos serán emitidos en el mismo formato, para el reemplazo de páginas. INTERPRETACIONES La ASME emite respuestas por escrito a las solicitudes concernientes a la interpretación de aspectos técnicos del Código. Las Interpretaciones de cada Sección individual se publican por separado y se incluyen como parte del servicio de actualización de dicha Sección. Se emitirán dos veces al año (julio y diciembre) hasta la publicación del Código 2001. Las Interpretaciones de la Sección III, Divisiones 1 y 2, se incluirán con el servicio de actualización de la Subsección NCA. Las Interpretaciones no son parte del Código o de los Suplementos (Addenda). CASOS DEL CODIGO El Comité de Calderas y Recipientes a Presión se reúne en forma regular para considerar las adiciones y revisiones propuestas al Código y para formular Casos que aclaren el propósito de los requerimientos actuales o proveer, en caso urgente, reglas para materiales o construcciones no cubiertas por las reglas ya existentes en el Código. Aquellos Casos que son adoptados aparecen en el libro apropiado de Casos del Código de 1998: (1) Calderas y Recipientes a Presión y (2) Componentes Nucleares. Se enviarán los suplementos automáticamente a los compradores de los libros "Casos del Código," hasta la publicación del Código de 2001. ix CONTENIDO Preámbulo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . xiii Declaraciones de Política . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . xvii Guía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . xix Personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . xxi Introducción. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . xxxv Resumen de Cambios Edición 1998. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . xxxvii PARTE QW – SOLDADURA Artículo I QW-100 QW-110 QW-120 QW-130 QW-140 QW-150 QW-160 QW-170 QW-180 QW-190 Apéndice I Requerimientos Generales para Soldadura General. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Orientación de Soldadura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Posiciones de Prueba para Soldaduras en Ranura. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Posiciones de Prueba para Soldaduras con Filete. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tipos y Propósitos de Pruebas y Exámenes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pruebas de Tensión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pruebas de Doblez Guiado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pruebas de Tenacidad de Muesca. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pruebas de Soldadura con Filete . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Otras Pruebas y Exámenes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . Gráficas de Indicaciones Redondeadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 2 2 3 3 4 5 6 7 8 12 Artículo II QW-200 QW-210 QW-250 Calificaciones de Procedimientos de Soldar General. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Preparación de Muestra para Prueba . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Variables de Soldadura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 17 18 Artículo III QW-300 QW-310 QW-320 QW-350 QW-360 QW-380 Calificaciones de Habilidad para Soldar General. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Muestras de Prueba para Calificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Nuevas Pruebas y Renovación de Calificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Variables de Soldadura para Soldadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Variables de Soldadura para Operarios de Soldadura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Procesos Especiales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 49 52 53 54 56 56 Artículo IV QW-400 QW-410 QW-420 QW-430 QW-440 Datos de Soldadura Variables . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Técnica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Agrupamientos de Materiales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Números F . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Composición Química de Metal de Soldadura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 59 69 72 130 134 xi QW-450 QW-460 QW-470 QW-490 Especímenes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Gráficos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Grabado – Procesos y Reactivos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Definiciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 135 142 179 180 PARTE QB – SOLDADURA FUERTE Artículo XI QB-100 QB-110 QB-120 QB-140 QB-150 QB-160 QB-170 QB-180 Requerimientos Generales para Soldadura Fuerte General . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Orientación de Soldadura Fuerte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Posiciones de Prueba para Juntas de Solapa, a Tope, Biseladas, o de Encaje . . . . . . . . Tipos y Propósitos de Pruebas y Exámenes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pruebas de Tensión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pruebas de Doblez Guiado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pruebas de Resistencia Adhesiva . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pruebas de Seccionado y Muestras para Mano de Obra . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 187 188 188 189 189 190 192 192 Artículo XII QB-200 QB-210 QB-250 Calificaciones de Procedimiento de Soldadura Fuerte General . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Preparación de Muestras de Prueba . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Variables para Soldadura Fuerte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 193 195 196 Artículo XIII QB-300 QB-310 QB-320 QB-350 Calificaciones de Habilidad para Soldadura Fuerte General . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Muestras de Prueba para Calificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Nuevas Pruebas y Renovación de Calificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Variables de Soldadura Fuerte para Soldadores y para Operarios de Soldadura Fuerte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Artículo XIV QB-400 QB-410 QB-420 QB-430 QB-450 QB-460 QB-490 203 205 205 206 Datos de Soldadura Fuerte Variables . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Técnica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Números P . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Números F . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Especímenes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Gráficos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Definiciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 209 210 212 212 214 217 233 Obligatorio – Preparación de Preguntas Técnicas al Comité de Calderas y Recipientes de Presión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Apéndice B No Obligatorio – Formas para Soldadura y para Soldadura Fuerte . . . . . . . . . . . . . . . . . . Apéndice D Listado de Números P – No Obligatorio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Unidades SI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Indice . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 235 237 249 265 269 APENDICES Apéndice A xii PREAMBULO La Sociedad Americana de Ingenieros Mecánicos (American Society of Mechanical Engineers) estableció un Comité en 1911 con el propósito de formular reglas tipo para la construcción de calderas de vapor y otros recipientes a presión. Este comité se conoce actualmente como Comité de Calderas y Recipientes a Presión (Boiler and Pressure Vessel Committee). La función del Comité es establecer reglas de seguridad que gobiernen el diseño, fabricación, e inspección durante la construcción de calderas y recipientes a presión, e interpretar estas reglas cuando surjan dudas respecto a su intención. En la formulación de las reglas, el Comité considera las necesidades de usuarios, fabricantes e inspectores de recipientes a presión. El objetivo de estas reglas es proporcionar una protección adecuada de vidas y propiedades, así como proveer un margen de deterioro en servicio, con el fin de tener un periodo de uso razonablemente largo y seguro. Se han reconocido los avances en diseños y materiales y la evidencia de la experiencia. Este Código contiene requerimientos obligatorios, prohibiciones específicas, y dirección no obligatoria para actividades de construcción1. El Código no dirige todos los aspectos de estas actividades, y aquellos aspectos que no son dirigidos específicamente no se deberán considerar prohibidos. El Código no es un manual y no puede reemplazar la educación, la experiencia, y el uso de juicio de ingeniería. La frase juicio de ingeniería se refiere a los juicios técnicos de proyectistas experimentados que tienen o muestran conocimiento o inteligencia en la aplicación del Código. Los juicios de ingeniería deben ser compatibles con la filosofía del Código y tales juicios nunca se deben usar para anular requerimientos obligatorios o prohibiciones específicas del Código. El Comité reconoce que las herramientas y técnicas usadas para el diseño y análisis cambian a medida que la tecnología progresa y se espera que los ingenieros usen el buen juicio en la aplicación de estas herramientas. El proyectista es responsable del cumplimiento con las reglas del Código y la demostración del cumplimiento de las ecuaciones del Código cuando tales ecuaciones son obligatorias. El Código ni requiere ni prohibe el uso de computadoras para el diseño o análisis de componentes construidos según los requerimientos del Código. Sin embargo, los proyectistas e ingenieros que usan programas de computadora para diseño o análisis están advertidos de que ellos son los responsables en cuanto a todas las suposiciones técnicas inherentes de los programas que ellos usen y ellos son los responsables en cuanto a la aplicación de estos programas en el diseño de ellos. El Código no dirige plenamente las tolerancias. Cuando las dimensiones, los tamaños, u otros parámetros no se especifican con tolerancias, los valores de estos parámetros se consideran nominales y las tolerancias admisibles o las divergencias locales pueden considerarse aceptables cuando se basen en juicio de ingeniería y en prácticas normales, como sea determinado por el proyectista. El Comité de Calderas y Recipientes a Presión se ocupa del cuidado e inspección de calderas y recipientes a presión en servicio únicamente hasta el grado de proveer reglas sugeridas de practicas adecuadas como una ayuda a propietarios y a sus inspectores. Las reglas establecidas por el Comité no deben interpretarse como aprobación, recomendación o respaldo de cualquier diseño patentado ó específico o como limitación en ninguna forma a la libertad del fabricante para elegir cualquier método de diseño o cualquier forma de construcción que cumpla con las reglas del Código. El Comité de Calderas y Recipientes a Presión se reúne regularmente para considerar las revisiones a las reglas, las nuevas reglas dictadas por el desarrollo tecnológico, los Casos del Código, y las solicitudes para interpretaciones. Sólo el Comité de Calderas y Recipientes de Presión tiene la autoridad para proveer interpretaciones oficiales de este Código. Las solicitudes para revisiones, nuevas reglas, Casos del Código, o interpretaciones serán dirigidas al Secretario por escrito y darán pormenores completos con objeto de recibir consideración y acción correspondientes (vea el Apéndice Obligatorio que cubre la preparación de preguntas técnicas). Las revisiones propuestas al Código que resultan de las solicitudes serán presentadas al Comité Principal para obtener su acción apropiada. La acción del Comité Principal llega a ser efectiva únicamente después de la confirmación por carta oficial del Comité y 1 Construcción, como está utilizado en este Preámbulo, es un término que incluye todo, que comprende materiales, diseño, fabricación, examen, inspección, pruebas, certificación, y alivio de presión. xiii aprobación por ASME. Las revisiones propuestas al Código aprobadas por el Comité son sometidas al Instituto Nacional Americano de Normas (American National Standards Institute) y publicadas en la revista Mechanical Engineering para invitar a los comentarios de todas las personas interesadas. Después del tiempo asignado para su revisión pública y aprobación final por ASME, las revisiones son publicadas anualmente en Suplementos (Addenda) al Código. Los Casos del Código pueden ser empleados en la construcción de componentes que serán estampados con el símbolo del Código ASME, iniciando con la fecha de su aprobación por ASME. Después de que la ASME aprueba las revisiones al Código, ellas se pueden usar comenzando con la fecha de la emisión mostrada en el Suplemento (Addenda). Las revisiones, si no fueran las revisiones para especificaciones de materiales de la Sección II, Partes A y B, se vuelven obligatorias 6 meses después de esa fecha de la emisión, si no fueran calderas o recipientes de presión sujetos a contrato antes del final del período de 6 meses. Las revisiones a las especificaciones de materiales son originadas por la Sociedad Americana para Ensayos y Materiales (ASTM), y otras organizaciones reconocidas nacionales o internacionales, y la ASME acostumbra adoptarlas. Sin embargo, aquellas revisiones pueden o pueden no tener efecto alguno en la disponibilidad del material, producido de acuerdo con ediciones anteriores de especificaciones, para uso en construcción ASME. Las especificaciones de material de ASME aprobadas para su uso en cada Código de construcción son puestas en lista en los Apéndices de la Sección II, Partes A y B. Estos apéndices ponen en lista, para cada especificación la más última edición adoptada por la ASME, y ediciones anteriores y posteriores que ASME considera ser idénticas para construcción ASME. Los fabricantes y usuarios de componentes quedan advertidos contra el hacer uso de revisiones y de Casos que son menos restrictivos que requerimientos anteriores sin tener la seguridad de que ellos han sido aceptados por las autoridades apropiadas de la jurisdicción en donde se instala el componente. Se invita a cada estado y municipio en los Estados Unidos y cada provincia en Canadá que adopta o acepta una o más Secciones, del Código para Calderas y Recipientes a Presión, a nombrar a una persona representante para actuar en el Comité de Conferencias para el Comité de Calderas y Recipientes a Presión. Puesto que los miembros del Comité de Conferencias están en contacto activo con la administración y cumplimiento de las reglas, los requerimientos para inspección en este Código corresponde con aquellos que están en efecto en sus respectivas jurisdicciones. Las calificaciones requeridas para un Inspector Autorizado según estas reglas pueden ser obtenidas de la autoridad administrativa de algún estado, municipio o provincia, que haya adoptado estas reglas. El Comité de Calderas y Recipientes a Presión, en la formulación de sus reglas y en el establecimiento de las presiones máxima de diseño y de operación, considera materiales, construcción, métodos de fabricación, inspección, y dispositivos de seguridad. Se puede otorgar permiso a los cuerpos y organizaciones de regulación que publican normas de seguridad para utilizar una Sección completa del Código como referencia. Si el empleo de una Sección tal como la Sección IX, involucra excepciones, omisiones o cambios en las provisiones, la intención del Código podría no alcanzarse. Donde un estado u otro cuerpo de regulación, en la impresión de cualquier Sección del Código para Calderas y Recipientes a Presión, hace adiciones u omisiones, se recomienda que dichos cambios sean claramente indicados. El Consejo Nacional de Inspectores de Calderas y Recipientes a Presión (National Board of Boiler and Pressure Vessel Inspector) se compone de inspectores jefe de los estados y municipios en los Estados Unidos y de provincias de Canadá que han adoptado el Código de Calderas y Recipientes a Presión. Este Consejo, desde su organización en 1919, ha fungido en la administración uniforme y en hacer cumplir las reglas del Código para Caderas y Recipientes a Presión. La cooperación de aquella organización con el Comité de Calderas y Recipientes a Presión ha sido extremadamente útil. El Comité del Código no determina sobre si un componente estará o no estará construido de acuerdo con las provisiones del Código. El Alcance de cada Sección se ha establecido para identificar los componentes y parámetros tomados en cuenta por el Comité al formular las reglas del Código. Las leyes o regulaciones emitidas por cuerpos de la municipalidad, estatales, provinciales, federales u otros cuerpos para ejecución o reglamentación de leyes que tienen jurisdicción en la ubicación de una instalación establecen la aplicabilidad obligatoria de las reglas del Código, en total o en parte, dentro de su jurisdicción. Estas leyes o reglamentos pueden requerir el uso de este Código para recipientes o componentes no considerados para estar dentro de su Alcance o pueden establecer adiciones o remociones en ese Alcance. En forma correspondiente, las dudas en cuanto a tales leyes o regulaciones son para ser dirigidas al cuerpo resultante para ejecución o reglamentación de leyes. Las preguntas o temas de discusión en cuanto al cumplimiento de un componente específico con las reglas xiv del Código son para ser dirigidas al Poseedor de Certificado de ASME (Fabricante). Las dudas que conciernen a la interpretación del Código son para ser dirigidas al Comité de Calderas y Recipientes de Presión de la ASME. Se va a notificar a la ASME en el caso de que surgieran preguntas que conciernan al uso inapropiado de un símbolo de Código ASME. Las especificaciones para materiales dadas en la Sección II son idénticas con aquellas o similares a aquellas de las Especificaciones publicadas por ASTM, AWS, y otras organizaciones reconocidas nacionales o internacionales. Cuando en una especificación de materiales de la ASME se hace referencia a una especificación que no es de la ASME para la cual existe una especificación de ASME compañera, la referencia se interpretará como que se aplica a la especificación de materiales de la ASME. No todos los materiales incluidos en las especificaciones de materiales de la Sección II se han adoptado para uso de Código. El uso se limita para aquellos materiales y grados adoptados por al menos una de las otras Secciones del Código para aplicación sujeta a reglas de esa Sección. Todos los materiales permitidos por estas diversas Secciones y utilizados para construcción no más allá del alcance de sus reglas se proporcionarán en conformidad con especificaciones de materiales contenidas en la Sección II ó con referencia provista en Apendices A de la Sección II, Partes A y B, excepto donde se provee de otro modo en Casos de Código ó en la Sección Aplicable del Código. Los materiales cubiertos por estas especificaciones son aceptables para uso en partidas cubiertas por las Secciones del Código sólo hasta el grado indicado en la Sección aplicable. Los materiales para uso de Código se deberán ordenar, producir, y documentar preferiblemente sobre esta base; el Apéndice A para la Sección II, Parte A y el Apéndice A para la Sección II, Parte B ponen en lista ediciones de ASME y fechas del año de especificaciones que satisfacen requerimientos de ASME y que se pueden usar en construcción de Código. El material producido de acuerdo con una especificación aceptable con requerimientos diferentes de aquellos de las especificaciones correspondientes puestas en lista en el Apéndice A de la Parte A o Parte B puede también ser utilizado de acuerdo con lo anterior, siempre y cuando el fabricante de material o el fabricante del recipiente certifique, con evidencia aceptable ante el Inspector Autorizado, que los requerimientos correspondientes de las especificaciones puestas en lista en el Apéndice A de la Parte A o Parte B han sido reunidos. El material producido de acuerdo con una especificación de materiales aceptable no está limitado en cuanto a país de origen. Cuando sea requerido por el contexto en esta Sección, el singular será interpretado como plural y al contrario; el femenino, masculino o género neutro será tratado en tal otro género como sea apropiado. La publicación de la Edición de SI (Métrica) del Código ASME para Calderas y Recipientes a Presión se discontinúo con la Edición 1986. Con efecto el 1º de octubre de 1986, la Edición de SI fue retirada como un documento del Código de Calderas y Recipientes a Presión de ASME. xv DECLARACIONES DE POLITICA SOBRE EL USO DE LOS SIMBOLOS DE CODIGO Y AUTORIZACION DE CODIGO EN PUBLICIDAD La Sociedad Americana de Ingenieros Mecánicos (ASME) ha establecido procedimientos para autorizar a organizaciones calificadas para efectuar varias actividades en conformidad con los requerimientos del Código ASME para Calderas y Recipientes a Presión. Es el objetivo de la Sociedad proveer reconocimiento de organizaciones así autorizadas. Una organización que posea autorización para realizar varias actividades de acuerdo con los requerimientos del Código puede declarar esta capacidad en su literatura de publicidad. A las organizaciones que son autorizadas para usar el Símbolo de Código para el marcado de partidas o construcciones las cuales han sido construidas e inspeccionadas en cumplimiento con el Código ASME para Calderas y Recipientes a Presión se les expiden Certificados de Autorización. El objetivo de la Sociedad es mantener la reputación de los Símbolos de Código para beneficio de los usuarios, de las jurisdicciones que las hacen cumplir, y de los poseedores de los símbolos quienes cumplen con todos los requerimientos. Basados en estos objetivos, la siguiente política se ha establecido sobre el uso en publicidad para facsímiles de los símbolos, Certificados de Autorización, y la referencia al Código de construcción. La Sociedad Americana de Ingenieros Mecánicos (ASME) no "aprueba," "certifica," "clasifica" o "respalda" ninguna partida, construcción o actividad y no deberá haber declaraciones o implicaciones que pudieran indicarlo así. Una organización que posea un Símbolo de Código y/o un Certificado de Autorización puede declarar en literatura publicitaria que partidas, construcciones o actividades "son construidas (producidas o ejecutadas) o actividades realizadas de acuerdo con los requerimientos del Código ASME para Calderas y Recipientes a Presión," o que "reúne los requerimientos del Código ASME para Calderas y Recipientes a Presión." El Símbolo de ASME será utilizado solamente para estampado y para placas de identificación como está estipulado específicamente en el Código. Sin embargo, pueden usarse facsímiles con el propósito de alentar el uso de dicha construcción. Dicho uso puede ser por parte de una asociación o de una sociedad, o por un poseedor de un Símbolo de Código, quien puede también utilizar el facsímil en publicidad para mostrar que partidas claramente especificadas llevarán el símbolo. Se permite el uso general solamente cuando todas las partidas de un fabricante son construidas según las reglas. El logotipo de ASME, el cual es el trébol de cuatro hojas con las letras ASME adentro, no será usado por ninguna otra organización que la ASME. DECLARACIONES DE POLITICA SOBRE EL USO DE MARCADO DE ASME PARA IDENTIFICAR PARTIDAS FABRICADAS El Código ASME para Calderas y Recipientes a Presión estipula reglas para la construcción de calderas, recipientes a presión, y componentes nucleares. Esto incluye requerimientos para materiales, diseño, fabricación, examen, inspección y estampado. Las partidas construidas de acuerdo con todas las reglas aplicables del Código son identificados con el Sello oficial de Símbolo de Código descrito en la Sección gobernante del Código. Marcas tales como "ASME," "Norma ASME,"o cualquier otro marcado que incluya "ASME" o los diferentes Símbolos de Código no deberán ser utilizados en ninguna partida, la cual no esté construida de acuerdo con todos los requerimientos aplicables del Código. No se describirán partidas en las Formas de Informe de Datos de ASME ni en formas similares que hagan referencia a ASME las cuales tiendan a implicar que todos los requerimientos del Código han sido reunidos cuando, en efecto, no lo están. Las Formas de Informe de Datos que cubran partidas que no cumplen completamente con los requerimientos de ASME no deberán hacer referencia de ASME o tales deberán identificar claramente todas las excepciones a los requerimientos de ASME. xvii GUIA SOBRE LA APROBACION DE NUEVAS CLASIFICACIONES DE MATERIALES PARA SOLDADURA Y SOLDADURA FUERTE SEGUN EL CODIGO ASME DE CALDERAS Y RECIPIENTES A PRESION Políticas del Código. Es la política del Comité de Calderas y Recipientes a Presión de la ASME adoptar en la Sección II, Parte C, sólo especificaciones tales que han sido adoptadas por la American Welding Society (AWS, Asociación Americana de Soldadura), y por otras organizaciones reconocidas nacionales e internacionales. Se espera que las solicitudes para aprobación de Código serán normalmente para materiales de soldadura y de soldadura fuerte (de aquí en adelante nombradas consumibles) para los cuales hay una especificación reconocida nacional o internacional. Para consumibles hechos en conformidad con una especificación reconocida nacional o internacional diferentes de aquellos de la AWS, el solicitante dará advertencia a la organización que desarrolla normas que se ha hecho una solicitud a la ASME para adopción de la especificación de ellos según el Código ASME. Para otros consumibles, se hará una solicitud a la AWS, o a una organización reconocida nacional o internacional para desarrollar una especificación que se pueda presentar al Comité del Código. Es la política del Comité de Calderas y Recipientes a Presión de ASME considerar solicitudes para adoptar nuevos consumibles para uso por Fabricantes y usuarios finales de calderas, recipientes de presión, o componentes de centrales de energía nuclear; tales solicitudes deberán ser para consumibles para los cuales hay una expectativa razonable de uso en una caldera, recipiente de presión, o componente de centrales de energía nuclear construído en conformidad con las reglas de la Sección de este Código. Solicitud. El solicitante identificará para el Comité todas las formas de producto, series de tamaños, y especificaciones para los cuales se desea incorporación, y declarará si el consumible está cubierto o no está cubierto por patentes, si está con licencia o no está con licencia, y, si está con licencia, todas las limitaciónes sobre su fabricación. Soldabilidad/Soldabilidad en Fuerte. El solicitante proporcionará datos completos sobre pruebas de calificación de procedimiento hechas de acuerdo con los requerimientos de la Sección IX. Tales pruebas se harán como para cubrir la serie total de espesor de metal base en la cual el consumible se va a usar. Se dará la información pertinente sobre metal depositado, efectos tales como tratamiento térmico posterior a soldadura, sensibilidad para endurecimiento al aire, efectos de procesos de unión, valores esperados de tenacidad de muesca, y grado de experiencia en el uso del consumible. Cambios Físicos. Para consumibles nuevos, es importante conocer las características de estabilidad estructural y el grado de retención de propiedades con exposición a temperatura. La influencia de las operaciones de soldadura y de soldadura fuerte y de tratamiento térmico sobre las propiedades mecánicas, ductilidad, y microestructura del metal depositado son importantes, particularmente donde pueda ocurrir degradación de propiedades. Cuando las series particulares de temperatura de exposición o de tratamiento térmico, las razones de enfriamiento, combinaciones de trabajos mecánicos y tratamientos térmicos, métodos de fabricación, exposición a entornos particulares, etc., causan cambios importantes en las propiedades mecánicas, microestructura, resistencia a fractura quebradiza, etc., es de primera importancia traer advertencia a alguien respecto de aquellas condiciones que se deberán evitar en servicio o en fabricación de partes de recipientes que usan el consumible. Solicitud para Datos Adicionales. El Comité puede solicitar datos adicionales, con inclusión de datos sobre propiedades o comportamiento de metal depositado no tratados específicamente en el Código de construción en los cuales se desea la adopción. Caso de Código. El Comité del Código considerará la emisión de un Caso de Código de ASME, para ser efectivo un período de 3 años, que permita el tratamiento de un nuevo material de soldadura o de soldadura fuerte según un agrupamiento de la Sección IX de ASME para propósitos de calificación, siempre que se reunan las condiciones que siguen: (a) el solicitante provea evidencia de que una solicitud para el alcance del consumible en una especificación ha xix sido hecha a la AWS o a una organización reconocida nacional o internacional; (b) el consumible sea disponible comercialmente y se pueda comprar dentro de requerimientos propuestos de la especificación; (c) el solicitante demuestre que habrá una demanda razonable para el consumible por la industria y que exista una urgencia para aprobación por medio de un Caso de Código; (d) las solicitudes para aprobación del consumible lo describirán claramente en forma de especificación, con inclusión de partidas aplicables como alcance, proceso, fabricación, condiciones para entrega, tratamiento térmico, requerimientos químicos y de tensión, especificaciones y requerimientos de pruebas, mano de obra, acabado, marcas, inspección, y rechazo; (e) todos los otros requerimientos identificados previamente según se aplican Política de Código y Solicitud; y (f) el solicitante proporcionará al Comité todos los datos especificados en este Apéndice. Requerimientos para Solicitudes para Aceptación de ASME de Especificaciones de Materiales de Soldadura y de Soldadura Fuerte en conformidad con Normas Reconocidas Nacionales o Internacionales Diferentes de la AWS. El Comité considerará sólo solicitudes de acuerdo con los Procedimientos de Operación y Administrativos del Comité de Calderas y Recipientes a Presión, OP-8.6 (Lenguaje en inglés: unidades de U.S ó SI/métricas). El Comité considerará aceptar especificaciones de organizaciones reconocidas nacionales o internacionales de acuerdo con OP-8.6, tales como, pero no limitadas a, AWS, CSA, CEN, DIN, y JIS. Las especificaciones de consumibles diferentes de organizaciones nacionales o internacionales, tales como aquellas de productores y abastecedores de consumibles, no se considerarán para aceptación. Requerimientos para Especificaciones Reconocidas Nacionales e Internacionales. Las especificaciones de consumibles aceptables estarán identificados por fecha y edición. La(s) edición(es) aprobada(s) estarán declaradas en el subtítulo de la especificación ASME. Los requerimientos mínimos que deben estar contenidos en unas especificaciones de consumibles para las cuales la aceptación se está solicitando incluyen partidas tales como nombre de organización nacional o internacional, alcance, documentos de referencia, proceso, fabricación, condiciones de entrega, tratamiento térmico, requerimientos químicos y de tensión, especificaciones y requerimientos de tensión, mano de obra, acabado, marcas, inspección, y rechazo. Publicación de EspecificacionesReconocidas Nacionales o Internacionales. Las especificaciones para las cuales a la ASME no se le ha dado permiso para publicación por la organización que origina serán provistas de referencia en una hoja de portada en Apendices apropiados de la Sección II, Parte C, junto con la información sobre dónde obtener una copia de esos documentos. Los documentos que están con referencia provista en especificaciones de consumibles aceptadas que no son de AWS no serán publicadas por ASME. Sin embargo, la información sobre dónde obtener una copia de esos documentos se mantendrá en la Sección II, Parte C. Las adiciones y excepciones a especificación del consumible será anotada en el subtítulo de la especificación. Lista de Verificación de Nuevos Materiales para Soldadura y Soldadura Fuerte. Para ayudar a los solicitantes que desean alcance de Código para nuevos consumibles, o para extender el alcance de los consumibles existentes, el Comité ha desarrollado la siguiente lista de verificación de partidas que deberán ser dirigidas para cada solicitud. El Comité se reserva el derecho de solicitar datos adicionales e información de la aplicación al considerar nuevos consumibles. (a) ¿Se ha provisto una solicitud de solicitante calificado? (b) ¿Se ha definido una solicitud ya sea para revisión de requerimientos existentes de Código o para un Caso de Código? (c) ¿Se ha presentado una carta a la AWS solicitando el alcance del nuevo consumible en una especificación, y se ha presentado una copia al Comité? En forma alterna, ¿está este consumible ya cubierto por una especificación emitida por una orgnización reconocida nacional o internacional, y se ha provisto la versión en el idioma inglés? (d) ¿Se ha identificado el alcance del Código de Construcción y de la División? (e) ¿Se han presentado datos de propiedades mecánicas (resistencia última de tensión, resistencia de punto cedente, reducción de área y elongación) para cada proceso de unir destinado? (f) ¿Se han definido las consideraciones de tenacidad requeridas por el Código de construcción y se han presentado los datos apropiados? (g) ¿Se han definido requerimientos para la unión y se han presentado datos de prueba de calificación de procedimientos? (h) ¿Se han definido la influencia de métodos de fabricación sobre las propiedades de metal depositado? xx PERSONAL Comité de Calderas y Recipientes a Presión de ASME Subcomités, Subgrupos y Grupos de Trabajo Hasta el 31 de Diciembre de 1997 xxi xxii xxiii xxiv xxv xxvi xxvii xxviii xxix xxx Asociación Mexicana de Ingenieros Mecánicos y Electricistas, A.C. Comité Ejecutivo Nacional 1997 - 1999 Ing. José Francisco Gasca Neri PRESIDENTE Ing. Felipe Ramón y Castañeda 1er VICEPRESIDENTE Ing. Néstor Félix Moreno Díaz 2do. VICEPRESIDENTE Ing. Juan Luis Chanfreau Ibarra SECRETARIO Ing. Ignacio Martínez Sánchez PROSECRETARIO Ing. Alejandro Rodríguez Ramírez TESORERO Ing. Edmundo Granados Nieto PROTESORERO xxxi ASOCIACION MEXICANA DE INGENIEROS MECANICOS Y ELECTRICISTAS, A.C. COMITE DE CALDERAS Y RECIPIENTES SUJETOS A PRESION Presidente Vicepresidente Vicepresidente Secretario Tesorero Vocal Vocal Ing. Rafael Fernández de la Garza Dr. Miguel Toledo Velázquez Dr. Pedro Quinto Diez Ing. Felipe Pérez Morales Ing. Gastón Lavalle Méndez Ing. Fidel Rebolloso Ramírez Ing. Francisco Rodríguez Morales GRUPO DE TRABAJO DEL COMITE DE CALDERAS Y RECIPIENTES A PRESION Ing. Alfredo Rivera Cabrera Ing. Alfredo Sánchez Flores Ing. Ambrocio Flores Cuevas Ing. Arturo Guerrero Juárez Ing. Ascensión Castañeda Cano Ing. Audrey Ortíz Nolasco Ing. Carlos Del Ángel Ávalos Ing. Daniel F. Ramiro Reyes Ing. David Velazco Coronel Ing. Felipe Castro Navarrete Ing. Felipe Pérez Morales Ing. Fidel Luis Rebolloso Ramírez Ing. Gabriel Martínez Muñoz Ing. Gastón Lavalle Méndez Ing. Gerardo A. Rivera Neaves Ing. Idelfonso Tinoco Solorio Ing. Javier Jiménez Salas Ing. Jesús Alemán Díaz Ing. Luis Enrique Leyva Martínez Dr. Miguel Toledo Velázquez Ing. Orlando Rivera Mendoza Dr. Pedro Quinto Diez Ing. Rafael Fernández de la Garza Ing. Ramón Sandoval Martínez Ing. Ranulfo Gutiérrez Ramírez Ing. Raúl Espinosa Fabián xxxiii INTRODUCCION Lo siguiente es una introducción breve a la Edición de 1998 de la Sección IX y no se puede considerar como un substituto para el análisis real de secciones apropiadas del documento. Sin embargo, esta introducción se destina a dar al lector una mejor comprensión del propósito y de la organización de la Sección IX. La Sección IX del Código de Calderas y Recipientes Sujetos a Presión de la ASME se relaciona con la calificación de soldadores, operarios de soldadura, soldadores para soldadura fuerte, operarios para soldadura fuerte, y los procedimientos empleados en soldadura y en soldadura fuerte de acuerdo con el Código de Calderas y Recipientes Sujetos a Presión de la ASME y con el Código ASME B31 para Tubería de Presión. Como tal, éste es un documento activo sujeto a análisis, interpretación y adelanto constantes para reconocer desarrollos y datos de investigación nuevos. La Sección IX es un documento al que se hace referencia para calificación de parte de varios códigos de construcción tales como Sección I, III, IV y VIII, etc. Estos códigos de construcción particulares se aplican a tipos específicos de fabricación y pueden imponer requerimientos de soldadura adicionales o exenciones a las calificaciones de la Sección IX. La calificación de acuerdo con la Sección IX no es una garantía de que las calificaciones de procedimientos y de habilidades serán aceptables para un código de construcción particular. La Sección IX establece los criterios básicos para soldadura y para soldadura fuerte que son observados en la preparación de requerimientos de soldar y de soldadura fuerte que afectan al procedimiento y a la habilidad. Es importante que el usuario de la Edición de 1998 de la Sección IX comprenda los criterios básicos al analizar los requerimientos que han sido establecidos. El propósito de la Especificación de Procedimiento de Soldar (WPS) y del Registro de Calificación de Procedimiento (PQR) es determinar que el conjunto soldado propuesto para construcción sea capaz de tener las propiedades requeridas para su aplicación destinada. Se presupone que el soldador u operario de soldadura que efectúa la prueba de calificación del procedimiento de soldar es un trabajador experimentado. Esto se aplica también para las Especificaciones de Procedimiento de Soldadura Fuerte (BPS) y para las calificaciones de soldador de soldadura fuerte y de operario de soldadura fuerte. La prueba de calificación de procedimiento es paraestablecer las propiedades del conjunto de partes soldadas o del conjunto soldado con fuerte y no la habilidad del personal que efectúa la soldadura o la soldadura fuerte. Además, se da consideración especial cuando otras Secciones del Código requieren tenacidad de muesca. Las variables de tenacidad de muesca no se aplican a menos que los códigos de construcción provean la referencia. En la Calificación de Habilidad del Soldador para Soldadura Fuerte y para Operario de Soldadura Fuerte, el criterio básico es determinar la capacidad de depositar metal de soldadura sano, o para hacer una soldadura fuerte sana. En la Calificación de Habilidad de Operario de Soldadura Fuerte, el criterio básico es determinar la capacidad mecánica del operario de soldadura para operar el equipo. Al desarrollar la Sección IX presente, cada proceso de soldar y cada proceso de con fuerte que fue incluido se repasó con respecto a esas partidas (llamadas variables) que tienen un efecto en las operaciones de soldar o de soldar con fuerte en la forma que se aplican a criterios de procedimiento o de habilidad. El usuario de la Sección IX se debe dar cuenta de cómo está organizada la Sección IX. Está dividida en dos partes: soldadura y soldadura fuerte. Cada parte se divide luego en cuatro artículos. Estos artículos tratan sobre lo siguiente: (a) requerimientos generales (Artículo I Soldadura y Artículo XI Soldadura Fuerte) (b) calificaciones de procedimiento (Articulo II Soldadura y Artículo XII Soldadura Fuerte) (c) calificaciones de habilidad (Artículo III Soldadura y Artículo XIII Soldadura Fuerte) (d) datos (Artículo IV Soldadura y Artículo XIV Soldadura Fuerte) Estos artículos contienen referencia y guías generales que se aplican a calificaciones de procedimientos y de habilidades tales como posiciones, tipo y propósito de pruebas mecánicas diversas, criterios de aceptación, y la aplicabilidad de la Sección IX, lo cual estuvo en el Preámbulo de la Sección I de 1980 (el preámbulo se ha suprimido). Los artículos de requerimientos generales proveen referencia de artículos de datos para particulares del equipo de pruebas y para remoción de los especímenes de pruebas mecánicas. CALIFICACIONES DE PROCEDIMIENTOS Cada proceso que ha sido evaluado por la Sección IX es puesto en lista en forma separada con las variables esenciales y no esenciales en la forma que ellas se aplican xxxv al proceso particular. En general, las Especificaciones de Procedimiento de Soldar (WPS) y las Especificaciones de Procedimiento para Soldadura Fuerte (BPS) son para poner en lista todas las variables esenciales para cada proceso que está incluido sujeto a especificación particular de procedimiento. Si se hace un cambio en cualquier variable esencial, se requiere recalificación del procedimiento. Si se hace un cambio en una variable no esencial, el proceso necesita sólo ser revisado o enmendado para dirigir el cambio de variable no esencial. Cuando el código de construcción requiere tenacidad de muesca, las variables esenciales suplementarias se vuelven variables esenciales adicionales y un cambio requiere recalificación del procedimiento. Además de cubrir procesos varios, hay también reglas para calificación de procedimiento de sobrecapa de metal de soldadura resistente a corrosión y sobrecapa de metal de soldadura de revestimiento duro. para la cual no se provee referencia para ese proceso en QW-250, QW-350, QW-360, QB-250 ó QB-350. Estos artículos también incluyen asignaciones de Números P y de Números F para materiales base particulares y para materiales de aporte particulares. El artículo IV también incluye tablas de Números A para referencia por parte del fabricante. Como comienzo con la Addenda de 1994, los Números P de soldadura, los números P de soldadura fuerte, y los números S no obligatorios se consolidaron en una tabla identificada como QW/QB-422. Tanto la tabla QB-422 (Números P de soldadura fuerte) como la tabla del Apéndice C (Números S) fueron eliminadas. La nueva tabla QW/QB-422 se dividió en secciones de ferrosos y de no ferrosos. Los metales se pusieron en lista en orden numérico por número de especificación de material para ayudarles a los usuarios en la localización del número de agrupamiento apropiado. Un listado abreviado de metales agrupados por Números P, Apéndice D, se ha incluido para beneficio de los usuarios que todavía desean localizar agrupamientos de metales por el número P de soldadura. Se dan las tablas QW-451 y QB-451 para requerimientos de espesores de calificación de procedimiento y las tablas QW-452 y QB-452 para calificaciones de espesor para habilidad. Estas tablas se permiten usar sólo según otros párrafos provean la referencia. Generalmente, las variables esenciales apropiadas proveen referencia de estas tablas. Las revisiones para la Edición de 1980 de la Sección IX introdujeron nuevas definiciones para posición y agregaron un croquis de orientación de soldadura con filete para completar el croquis de orientación de soldadura en ranura. La nueva revisión respecto a posición índica que un soldador se califica en la posición IG, 2G, 3G etc. y luego se califica para soldar, en producción, en las posiciones F, V, H, u O según sea apropiado. QW-461.9 es una tabla revisada que resume estas nuevas calificaciones. Los artículos de datos también dan croquis de orientación de muestras de ensayo, de remoción de especímenes de prueba, y de dimensiones de dispositivo de prueba. Los artículos I y IX proveen referencia de estos. QW-470 describe procesos y reactivos para grabar. Al final de los Artículos IV y XIV está una lista de definiciones generales aplicables a la Sección IX, soldadura y soldadura fuerte, respectivamente. Es posible que éstas difieran ligeramente de otros documentos de soldadura. Las Formas No Obligatorias para calificaciones de procedimiento de soldadura y de soldadura fuerte y de habilidad aparecen en el Apéndice B. Estas formas se proveen para la ayuda de aquellos que no desean proyectar sus formas propias. Se permite el uso de forma(s) cual(es)quiera que dirija(n) todos los requerimientos aplicables de la Sección IX. CALIFICACIONES DE HABILIDAD Estos artículos ponen en lista separadamente los varios procesos de soldadura y de soldadura fuerte con las variables esenciales que se aplican a las calificaciones de habilidad de cada proceso. Las calificaciones del soldador, de soldador de soldadura fuerte, y de operario de soldadura fuerte están limitadas por variables esenciales. Los artículos de calificación de habilidad tienen numerosos párrafos que describen variables generales aplicables para todos los procesos. QW-350 y QB-350 ponen en lista variables esenciales adicionales que son aplicables para procesos específicos. Las variables de QW-350 no se aplican a operarios de soldadura. QW-360 pone en lista las variables esenciales adicionales para operarios de soldadura. Generalmente, un soldador u operario de soldadura puede ser calificado por pruebas de doblez mecánicas, radiografía de una placa de prueba, o por radiografía de soldadura inicial de producción. Los soldadores para soldadura fuerte u operarios para soldadura fuerte no pueden ser calificados por radiografía. DATOS DE SOLDADURA Y DE SOLDADURA FUERTE Los artículos de datos de soldadura y de soldadura fuerte incluyen las variables agrupadas en categorías tales como juntas, materiales base y materiales de aporte, posiciones, precalentamiento/tratamiento térmico posterior a soldadura, gas, características eléctricas, y técnica. Otros artículos proveen referencia de ellas a medida que ellas se aplican se aplican a cada proceso. Con frecuencia, estos artículos no se usan correctamente por seleccionar variables que no se aplican a un proceso particular. Se aplican las variables (QW-402 a QW-410 y QB-402 a QB-410) sólo según se provea referencia para el proceso aplicable en el Artículo II o el Artículo III para soldadura y en el Artículo XII o el Artículo XIII para soldadura fuerte. El usuario de la Sección IX no debe tratar de aplicar cualquier variable xxxvi RESUMEN DE CAMBIOS Los cambios indicados abajo se identifican en las páginas por una nota del margen, 98, colocada próxima al área modificada Página Localización Cambio xix Guía Agregado 13 QW-200.1 Subpárrafo (a) revisado 46 QW-284 Revisado 73 QW/QB-422 (1) Para SA-36, Forma Producto corregido por Errata para leer “Placa, barra, y perfiles” (2) Para SA-105, Forma de Producto corregido por Errata para leer “Bridas y accesorios” 74 QW/QB-422 Para SA-181, Forma de Producto corregido por Errata para leer “Bridas y accesorios para tubos” 76 QW/QB-422 Para SA-182, UNS No. S32760, Tipo o Grado agregado por Errata 81 QW/QB-422 Para SA-240, UNS No. S32760, Composición Nominal corregido por Errata para leer 25Cr-7.5Ni-3.5Mo-N-Cu-W 83 QW/QB-422 Para SA-268, TP439, Composición Nominal revisado 84 QW/QB-422 (1) Para A 269, TP316 y TP316L, UNS No. agregado (2) Para A 276, TP316, TP316L, y TP410, UNS No. agregado por Errata 88 QW/QB-422 Para SA-351, debajo de Tipo o Grado CN3MN agregado 95 QW/QB-422 Para SA-487, debajo de Soldadura (segunda columna), entradas cuarta, quinta, y sexta revisadas 96 QW/QB-422 Entradas de A 494 corregidas por Errata 104 QW/QB-422 Para SA-731, UNS No. S43035, Composición Nominal revisado 105, 106 QW/QB-422 Para SA-789 y SA-790, UNS No. S32950, Tensión Mínima Especificada corregido por Errata para leer 100 108 QW/QB-422 Para SA/CSA-G40.21, Gr. 44W agregado 109 QW/QB-422 Para SB-75 UNS No. C14200 eliminado por Errata xxxvii 110 QW/QB-422 SB-133 eliminado 114 QW/QB-422 SB-187 agregado 116 QW/QB-422 Para B 302, Tipo o Grado eliminado por Errata 117 QW/QB-422 Para B 345, UNS No. A93003, Tipo o Grado y Aleación agregado por Errata 119 QW/QB-422 (1) Para SB-366 UNS No. N06645 corregido por Errata para leer N06455 (2) Para SB-366, UNS No. N08020, entradas debajo de Tensión Mínima Especificada revisadas 127 QW/QB-422 SB-729 agregado 129 QW-423.2 Agregado 133 QW-433 En la tabla del texto, debajo de ambas columnas, No. F-24 corregido por Errata para leer No. F-25 134 QW-442 Para No. A-9, entradas para Cr y Mo revisadas 251 Apéndice D Para No. P-1, Gpo. No. 1, SA/CSA-G40.21, Gr. 44W agregado 253 Apéndice D Para No. P-3, Gpo. No. 3, SA-487 agregado 260 Apéndice D No. P-10F eliminado 261, 262 Apéndice D Para No. P-31, SB-133 eliminado y SB-187 agregado 264 Apéndice D (1) Para No. P-45, SA-351, UNS No. CN3MN agregado (2) Para No. P-45, SB-366, UNS No. N08020 agregado (3) Para No. P-45, SA-743 y SA-744 agregado 265 Apéndice D Para No. P-45, SB-729 agregado xxxviii
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