PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO Código PTS. 01 Elaborado por: Javiera C. Aburto A Versión: 01 Cargo: Asesor en Prevención de Riesgos Revisión: Fecha elaboración: Agosto 2023 Procedimiento de Trabajo Seguro para la Manipulación, Transporte y Almacenamiento de GLP ELABORACIÓN REVISIÓN APROBACIÓN Fecha: Agosto de 2023 Agosto 2023 Agosto 2023 Nombre: Javiera C. Aburto A. Roberto Arias N. Roberto Arias N. Cargo: Asesor en prevención de Gerente Gerente riesgos PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO Código PTS. 01 Elaborado por: Javiera C. Aburto A Versión: 01 Cargo: Asesor en Prevención de Riesgos Revisión: Fecha elaboración: Agosto 2023 1. OBJETIVO. Establecer requisitos mínimos para manipulación, transporte y almacenamiento de Gas Licuado de Petróleo en condiciones seguras 2. ALCANCE. Este procedimiento es aplicable para todos los trabajadores de Transportes Ran SPA, que realicen tareas y/o actividades que involucren manipulación, transporte y almacenamiento de GLP. 3. DEFINICIONES. • Producto químico: sustancia química, ya sea sola, en mezcla o preparación, fabricada u obtenida de la naturaleza, con categorías de uso: fitosanitario, industrial o consumo. • GLP: Gas Licuado de Petróleo • Sustancia peligrosa: producto que representa un riesgo para la salud, la seguridad o el bienestar de los seres humanos y animales, listadas en la Norma Chilena NCh 382:2017 y en el Decreto Supremo N°43/2015 del Ministerio de Salud. • Clasificación sustancias peligrosas: asociación grupal en base al criterio de riesgo inherente o los riesgos más significativos que representan para la salud y/o integridad de las personas, y que según NCh 382:2017, se clasifican en nueve clases, a saber: explosivos, gases, líquidos inflamables, solidos inflamables, sustancias comburentes y peróxidos orgánicos, sustancias tóxicas e infecciosas, sustancias radiactivas, sustancias corrosivas, sustancias y objetos peligrosos varios. Identificadas, según normas internacionales, por medio de señalética consistente en etiquetas de colores, símbolos y números, según lo señalado en Norma Chilena NCh 2190:200. • Hoja de Seguridad de Materiales Peligrosos: HDS en español, conocida en inglés como “Material Safety Data Sheet (MSDS)". Es la información, legible, escrita o impresa de los peligros y demás información importante acerca del material peligroso, según lo señalado en Norma Chilena NCh 2245:2015. • Número CAS: Es una identificación numérica única para compuestos químicos, polímeros, secuencias biológicas, preparados y aleaciones. Chemical Abstracts Service (CAS). • Peligro a la salud: Producto del cual se tiene evidencia significativa de causar enfermedad aguda o crónica por exposición al mismo. Incluye: carcinógenos, tóxicos, irritantes, corrosivos, alergénicos y cualquier agente que produzca daño a cualquier parte del cuerpo humano. PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO Código PTS. 01 Elaborado por: Javiera C. Aburto A Versión: 01 Cargo: Asesor en Prevención de Riesgos Revisión: Fecha elaboración: Agosto 2023 4. RESPONSABILIDADES Es responsabilidad de la institución velar por que el personal que almacena, manipula y transporta GLP conozca y cumpla el presente procedimiento. En este sentido, la institución deberá generar la estructura organizacional interna suficiente y necesaria para controlar, supervisar y gestionar cada una de las etapas y acciones contenidas en el presente procedimiento; las que deberán incluir normativa general referencial interna relacionada a la seguridad de los trabajadores. 4.1 EMPLEADOR • Supervisar las actividades de acuerdo con las especificaciones del proyecto y realizar las inspecciones que permitan asegurar el cumplimiento del plan. • Controlar las inspecciones y las certificaciones. • Es responsable de la calidad, ejecución y seguridad de los trabajos realizados. • Deberá mantener en terreno la difusión y los resultados de evaluación del presente procedimiento 4.2 ASESOR EN PREVENCIÓN DE RIESGOS • Proporcionar asesoría, información, respaldo, asistencia técnica y recomendaciones para todas las dudas respecto al tema de prevención de riesgos y seguridad operacional en la aplicación de este procedimiento. • Asegurar y controlar el seguimiento de los procedimientos de trabajo. • Asesorar al gerente de la empresa para que todo el personal cuente con sus elementos de protección personal necesario y adecuado a su trabajo. 4.3 DE LOS TRABAJADORES • Son responsables de la ejecución del trabajo, acatando las instrucciones de su jefatura. • Serán responsables de observar en todo momento su seguridad y la de sus compañeros • Informar de inmediato a la jefatura cuando se detecten condiciones sub-estándares en el área de trabajo, herramientas y equipos que puedan causar accidentes. • Utilizar correctamente los elementos de protección personal PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO Código PTS. 01 Elaborado por: Javiera C. Aburto A Versión: 01 Cargo: Asesor en Prevención de Riesgos Revisión: Fecha elaboración: Agosto 2023 5. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL • Zapatos de Seguridad. • Guantes. • Lentes de Seguridad. • Casco de Seguridad. • Barboquejo. • Ropa antiestática. 6. GENERALIDADES Recibida y conforme la recepción de GLP se debe revisar la etiqueta y verificar que cumpla con los requisitos establecidos en Norma Chilena, NCh 2190. Seguidamente se debe revisar la Hoja de Seguridad (HDS) de la sustancia y comprobar la clase de peligrosidad de la sustancia - Las áreas de almacenamiento permanentes o provisionales, deberán ser inspeccionadas continuamente. - El personal a cargo será responsable del mantenimiento de sus áreas de almacenamiento. - La zona de almacenamiento de GLP, debe estar claramente señalizada con letreros y demarcada con líneas amarillas y con rótulos que indiquen las clases y divisiones. Señalética que, además, deberá incluir la prohibición de fumar mediante letreros “No Fumar” en el acceso principal y en el interior de ésta. - Al manipular los cilindros de GLP se deberá utilizar todos los Elementos de Protección Personal que indica la HDS de la misma. - Antes de aceptar cualquier cilindro de GLP para su almacenamiento, se debe verificar la integridad del envase. - Cualquier recipiente dañado que comprometa la integridad del material, la seguridad de los trabajadores, debe ser tratado de acuerdo al plan de emergencia, se deberá notificar al proveedor y transportista. - Las áreas de almacenamiento deben proteger a los cilindros de GLP del clima, de la exposición directa del sol o cualquier otro agente que pueda afectar su integridad. - Las áreas de almacenamiento deben ser accesibles para emergencia, estar ventiladas y estar marcadas con rombos de la NFPA. - Todas las instalaciones de almacenamiento de GLP deberán usarse exclusivamente para ese propósito. No se permitirá el almacenamiento de otros materiales. PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO Código PTS. 01 Elaborado por: Javiera C. Aburto A Versión: 01 Cargo: Asesor en Prevención de Riesgos Revisión: Fecha elaboración: Agosto 2023 7. MANIPULACIÓN • Los operadores deberán utilizar todos sus elementos de protección personal para la manipulación de los cilindros. • Las operaciones de carga, descarga y transferencia de GLP, a granel o en Cilindros Portátiles, se deberán realizar adoptando las medidas necesarias para evitar condiciones inseguras en dichos procedimientos. • Los Cilindros Portátiles deberán transportarse siempre en posición vertical, apoyados en sus bases, amarrados y estibados, de tal manera que ellos queden firmemente sujetos, de modo que las operaciones de carga, transporte y descarga se realicen en condiciones seguras. En el caso de Cilindros Portátiles estibados unos sobre otros, deberán amarrarse independientemente a cada una de las corridas, de manera de evitar que la eventual ruptura de una de las amarras deje toda la carga sin sujeción adecuada • En los almacenamientos de Cilindros, el público en general no podrá tener acceso a la zona de almacenamiento. Para ello, el Propietario u Operador deberá disponer de medios de cierre adecuados que garanticen la restricción de acceso. • El Propietario, el Operador o quien explote a cualquier título las Instalaciones de GLP, deberá adoptar las medidas de seguridad necesarias a fin de evitar situaciones de riesgo posteriores. 8. TRANSPORTE • Todas las unidades de transporte, así como maquinaria y movilización de carga en la instalación contará con un extintor de polvo químico seco multipropósito. • Todo cilindro de GLP que vaya a ser movilizado será realizado por unidades de transporte de la empresa los cuales cumplen con las medidas adecuadas para su transporte como plataformas en buen estado, sistemas de fijación, luces en buen estado, alarma visual y sonora. • Los Operadores deberán comunicar a la Superintendencia los siguientes Accidentes o Incidentes, que ocurran en sus equipos o instalaciones: - Explosión. - Inflamación. - Fuga que afecte el normal desarrollo de la actividad. - Atentado. PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO Código PTS. 01 Elaborado por: Javiera C. Aburto A Versión: 01 Cargo: Asesor en Prevención de Riesgos Revisión: Fecha elaboración: Agosto 2023 - Incendio. - Volcamiento de vehículo que transporte GLP. - Hecho derivado del manejo de GLP, que origine la muerte de una o más personas o les ocasione un daño de tal magnitud que impida a las personas afectadas desarrollar las actividades que normalmente realizan, más allá del día del Accidente. • El sistema de escape de los camiones de transporte de GLP, incluyendo el silenciador y el tubo de escape, deberá estar completamente separado del sistema de alimentación de combustible al motor y de cualquier otro material combustible. • Los camiones de transporte de GLP deberán llevar letreros visibles que identifiquen la calidad inflamable del producto transportado y llevar letreros portátiles con la leyenda "INFLAMABLE", para ser utilizados durante la operación de descarga, y además deberán llevar un letrero destacado sobre la cabina con la frase "GAS LICUADO, INFLAMABLE". • Los camiones de transporte de GLP deberán tener dos extintores de tipo portátil clases B y C, con un contenido mínimo de 6 kg. cada uno, de conformidad con la clasificación establecida en la Norma Chilena NCh1429.Of1992 MOD.1995, "Extintores portátiles - Terminología y definiciones", instalados en lugares de fácil acceso y con un sistema de sujeción de fácil desacople. • Los camiones de transporte de GLP, a granel o en Cilindros Portátiles, cargados, no se podrán dejar detenidos en calles, caminos, avenidas u otros accesos públicos, salvo en situaciones de emergencia, en cuyo caso deberán quedar con vigilancia permanente. Sólo se podrán estacionar camiones de transporte de GLP, cargados, en Plantas de GLP o en recintos inscritos en la Superintendencia. • Las reparaciones o mantenimientos de los camiones de transporte de GLP se deberán efectuar encontrándose éstos sin carga. • Las operaciones de carga, descarga y transferencia de GLP, a granel o en Cilindros Portátiles, se deberán realizar adoptando las providencias necesarias para evitar condiciones inseguras en dichos procedimientos. • Los Cilindros Portátiles, llenos o vacíos, se deberán transportar en camiones, acoplados o ramplas inscritos en la Superintendencia. • El Operador de las instalaciones de distribución deberá verificar que el operador de transporte realice bien la estiba y las amarras de los Cilindros Portátiles en los camiones, previo a que se autorice su salida desde dichas instalaciones. • Los Cilindros Portátiles deberán transportarse siempre en posición vertical, apoyados en sus bases, amarrados y estibados, de tal manera que ellos queden firmemente sujetos, de modo que PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO Código PTS. 01 Elaborado por: Javiera C. Aburto A Versión: 01 Cargo: Asesor en Prevención de Riesgos Revisión: Fecha elaboración: Agosto 2023 las operaciones de carga, transporte y descarga se realicen en condiciones seguras. En el caso de Cilindros Portátiles estibados unos sobre otros, deberán amarrarse independientemente a cada una de las corridas, de manera de evitar que la eventual ruptura de una de las amarras deje toda la carga sin sujeción adecuada. • Los Cilindros Portátiles de 45 kg. no se podrán apilar sobre cada uno de ellos se podrá colocar un Cilindro Portátil de 11 kg. o de 15 kg. • La plataforma y baranda de los camiones que transporten Cilindros Portátiles deberán ser aptas para resistir la carga y deberán tener suficientes puntos de amarre para asegurar la misma. La superficie de la plataforma debe ser uniforme en toda su extensión, de modo que los Cilindros Portátiles apilados tengan un buen apoyo en el piso. • La carrocería de carga de los camiones que transporten Cilindros Portátiles deberá tener barandas cuya estructura esté construida de manera tal que ningún Cilindro Portátil pase por ella. • Las barandas y las puertas traseras de la carrocería de los camiones que transporten Cilindros Portátiles, deberán ser de estructura tipo reja de tubos de acero soldadas, de madera o una combinación de ambos materiales y deberán ser suficientemente resistentes para las solicitaciones propias de este tipo de carga. • Las puertas traseras de la carrocería de los camiones que transporten Cilindros Portátiles no se deberán considerar como elemento de soporte de la carga. • Los Cilindros Portátiles se deberán movilizar desde la plataforma de carga o lugar de almacenamiento a la plataforma de los camiones que los transporten con elementos adecuados y seguros para prevenir riesgos de accidentes a los Operadores y evitar daño a los Cilindros Portátiles. • Los Cilindros Portátiles se deberán bajar de los camiones que los transporten en forma controlada, para que no se golpeen contra el suelo. • El intercambio de Cilindros Portátiles entre dos camiones sólo se podrá efectuar al interior de Plantas de GLP. Excepcionalmente, y sólo en caso que se trate de camiones que hayan sufrido desperfectos o accidentes que los inhabiliten para ser movilizados por sus propios medios en forma segura, se podrán intercambiar Cilindros Portátiles en la vía pública. • No se podrá transportar otro tipo de combustible conjuntamente con Cilindros Portátiles. 9. ALMACENAMIENTO • Los Almacenamientos de Cilindros deberán estar ubicados en recintos exclusivamente destinados para ello. PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO Código PTS. 01 Elaborado por: Javiera C. Aburto A • Versión: 01 Cargo: Asesor en Prevención de Riesgos Revisión: Fecha elaboración: Agosto 2023 El muro medianero o cierre perimetral entre un Almacenamiento de Cilindros y la propiedad vecina, deberá tener una altura mínima de 1,80 metros. • El Almacenamiento de Cilindros deberá contemplar una zona de almacenamiento, cercada mediante cierres no estancos, de material no combustible, menos que esta zona de almacenamiento se encuentre ubicada sobre una plataforma de material no combustible, en cuyo caso no requerirá que se encuentre cercada mediante cierres no estancos. La zona de almacenamiento no se podrá ubicar a menos de dos metros de un subterráneo o sobre éste. • El piso de la zona de almacenamiento debe estar al mismo nivel o sobre el piso circundante. • La techumbre de la zona de almacenamiento deberá estar construida con material ligero y no combustible, de forma que reduzca los daños ocasionados por la presión en caso de explosión. • En los Almacenamientos de Cilindros se deberá mantener en cada acceso, permanentemente y a la vista, un letrero con la leyenda "GAS LICUADO, NO FUMAR NI ENCENDER FUEGO", "INFLAMABLE". Las letras de los letreros deberán estar pintadas de un color que contraste con el color del fondo de los mismos y su altura deberá ser igual o superior a 70 mm., con un ancho igual a 1/5 de su altura. Además, se deberán colocar carteles en partes visibles del Almacenamiento de Cilindros, con instrucciones para el público consumidor relativas al manejo y seguridad en el uso de GLP, las que deberán indicar las características del mismo y las precauciones necesarias para evitar un siniestro. De igual modo, se deberá contar con señalización de seguridad distribuida en forma visible y adecuada, considerando lo siguiente: - Usos de elementos de protección personal. - Vías de evacuación. - Ubicación de extintores. - Ubicación de medios de alarma. - Zona de seguridad. - Teléfonos de emergencia, incluyendo un número de teléfono de ambulancia, el de la o las compañías de bomberos que corresponda de acuerdo a la ubicación de las instalaciones y el de Carabineros de Chile 10. CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO La capacitación es para todos los trabajadores que realizarán manipulación, transporte y almacenamiento de GLP, en los riesgos que estas representan, su uso seguro y los elementos de protección personal que deben utilizar para su manipulación; los que deberán ser proveídos a sus trabajadores en la cantidad y con la calidad necesaria para realizar las diferentes tareas de manera correcta y segura, En este sentido: PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO Código PTS. 01 Elaborado por: Javiera C. Aburto A • Versión: 01 Cargo: Asesor en Prevención de Riesgos Revisión: Fecha elaboración: Agosto 2023 Los trabajadores que manipulen cilindros de GLP deben recibir información y entrenamiento en el manejo de los materiales peligrosos utilizados en su lugar de trabajo. • La supervisión es la responsable del adiestramiento en el sitio de trabajo y de asegurarse de que todo el personal que trabaje con materiales peligrosos reciba el adiestramiento adecuado. • El adiestramiento debe documentarse, el registro deberá incluir fecha, lugar y contenido de la sesión de adiestramiento, al igual que los nombres del instructor, trabajadores participantes, nota y criterio aprobación. Los registros de capacitación deberán estar disponibles para la autoridad competente. • La capacitación deberá incluir lo siguiente: - Sistema de Comunicación de Peligros y la Información sobre Materiales Peligrosos. - Ubicación y uso de Extintores portátiles. - Ubicación y/o almacenamiento del GLP en los sitios de trabajo y cuáles son los peligros específicos. - Peligros físicos y a la salud asociados con la exposición a GLP en el sitio de trabajo. - Métodos utilizados para detectar la presencia o escape de una sustancia química peligrosa en el sitio de trabajo. - Prácticas seguras en los sitios de trabajo, precauciones y equipo necesario para proteger al empleado. - Procedimientos correctos para manejar situaciones de emergencia.
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