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DIRECTIVA EJECUCION DIRECTA CORREGIDO

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DIRECTIVA GENERAL N°
-2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA
“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
DIRECTIVA GENERAL N°
-2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA
“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS POR
ADMINISTRACIÓN DIRECTA
DEL PROYECTO ESPECIAL “AFIANZAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS
RECURSOS HÍDRICOS DE TACNA”
IDENTIFICACIÓN DE FIRMAS DE VALIDACIÓN
ROL
Elaborado por:
ÓRGANO/UNIDAD
ORGÁNICA
SELLO Y FIRMA
Oficina de Planeamiento
y Gestión Estratégica
Oficina de Planeamiento
y Gestión Estratégica
Revisado por:
Gerencia de
Infraestructura
Oficina de Supervisión y
Monitoreo
Aprobado por:
Gerencia General
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DIRECTIVA GENERAL N°
-2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA
“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
CONTENIDO
I. FINALIDAD
II. OBJETIVO
III. ALCANCE
IV. SIGLAS Y REFERENCIA
V. BASE LEGAL
VI. DISPOSCIONES GENERALES
6.1 Principios Generales ................................................................................................................... 5
6.2 Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa ................................................................ 6
6.3 Determinación De La Clasificación del Nivel de Complejidad de Los Proyectos De Inversión Pública . 6
6.4 Funciones de Órganos y Unidades de las Entidades ....................................................................... 6
6.5 La Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) ...................................................................................... 7
6.6 Órganos responsables ................................................................................................................. 7
6.7 Expediente Técnico ..................................................................................................................... 7
6.8 Modelado BIM ........................................................................................................................... 11
6.9 Proceso de Ejecución de Obras por Administración Directa e Inversiones IOARR .......................... 11
6.10 Oficina de Obras por Administración Directa............................................................................... 12
6.11 Personal Clave de la Obra (Requisitos, Funciones y Responsabilidades)...................................... 13
6.12 Seguridad y Salud en las Inversiones ........................................................................................ 23
6.13 Expediente de Obra ................................................................................................................. 24
6.14 Control Concurrente ................................................................................................................. 24
6.15 Responsabilidades ................................................................................................................... 24
6.16 De Los Cambios Organizacionales en la Entidad ........................................................................ 25
VII. DISPOSICIONES ESPECIFICAS
7.1 Fase de Aprobación de la Ejecución de Obra ............................................................................... 25
7.2 Fase de Preparación ................................................................................................................ 27
7.3 Ejecución Física De La Obra ...................................................................................................... 28
7.1.1
Inicio De Ejecución Física De Obra ................................................................................... 28
7.4 Cuaderno de Obra .................................................................................................................... 30
7.5 Provisión de Bienes y Servicios de Acuerdo al Calendario: Almacén de Obra ................................. 31
7.6 Informes de Valorización de Obra .............................................................................................. 31
7.7 Control de Calidad Durante la Ejecución de Obra........................................................................ 32
7.9 Modificaciones Durante la Ejecución Física ................................................................................. 33
7.8 Modificaciones de Plazo de Ejecución de Obra ............................................................................ 34
7.10
Informes del Inspector o Supervisor de Obra ......................................................................... 38
7.11 Liquidaciones Parciales De Obra ............................................................................................... 38
7.12 Informe de Liquidación Parcial o Total ....................................................................................... 39
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“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
VIII. CULMINACION Y LIQUIDACION DE OBRA
8.1 Comité de Culminación y Liquidación de la Obra .......................................................................... 42
8.2 Informe Final de Obra ................................................................................................................ 42
8.3 Informe Final de Liquidación ....................................................................................................... 43
8.4 Constatación y Observaciones .................................................................................................... 45
8.5 Transferencia de la Obra ............................................................................................................ 45
8.6 Cierre del Proyecto ................................................................................................................... 47
IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
X. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
XI. ANEXOS
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“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA
DEL PROYECTO ESPECIAL “AFIANZAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS DE
TACNA”
I. FINALIDAD
Tiene por finalidad establecer instrumentos normativos que regulen el proceso de ejecución de obras públicas
por administración directa acorde a la Directiva N° 017-2023-CG/GMPL de la Contraloría General de la
Republica; de tal forma que se realicen en las mejores condiciones de calidad, costo y plazo; realizar el uso
transparente, eficiente y eficaz de los recursos y bienes del Estado, con el propósito de cumplir con los objetivos
institucionales del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” y con los
fines públicos para los cuales está prevista la obra pública.
II. OBJETIVO
Establecer disposiciones que regulen, entre otros aspectos, los roles, requisitos, plazos y responsabilidades en
el proceso de ejecución de las obras públicas por administración directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y
Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”.
III. ALCANCE
Es de aplicación obligatoria para todos los órganos del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los
Recursos Hídricos de Tacna”, que se encuentren directa o indirectamente relacionadas con la ejecución de las
inversiones públicas por administración directa, independientemente de la fuente de financiamiento que se utilice.
Están comprendidas en el alcance de la presente directiva las intervenciones de carácter social que implique
trabajos constructivos cuando estas cumplan con la definición de obra pública establecida en la Directiva
N° 017-2023-CG/GMPL.
IV. SIGLAS Y REFERENCIAS
:
Oficina de Obras por Administración Directa
OAD
BIM
:
Building Information Modeling
INFOBRAS
:
Sistema de Información de Obras Publicas
SNPMGI
:
Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones
PMI
:
Programa Multianual de Inversiones
UEI
:
Unidad Ejecutora de Inversiones
V. BASE LEGAL
a) Constitución Política del Perú.
b) Ley Nº 27658; Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y sus modificatorias.
c) Ley Nº 27783; Ley de Bases de la Descentralización y sus modificatorias.
d) Ley Nº 27785; Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y
sus modificatorias.
e) Ley Nº 27867; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias.
f) Ley Nº 28716; Ley de Control Interno de la Entidades del Estado y sus modificatorias.
g) Ley Nº 29664; Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y
modificatorias la Ley Nº 30831 y Decreto Legislativo Nº 1200.
h) Ley Nº 29783; Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y modificatoria.
i) Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal vigente.
j) Decreto Legislativo Nº 1439; Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento.
k) Decreto Legislativo Nº 1440; Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
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del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
l) Decreto Legislativo Nº 1441; Decreto Legislativo del Sistema de Tesorería.
m) Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; aprueba Reglamento de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema
Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
n) Decreto Supremo N° 005-2012-TR; Aprueba Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en
el Trabajo y modificatoria.
o) Decreto Supremo N° 242-2018-EF; Aprueban Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252,
Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
p) Decreto Supremo Nº 344-2018-EF; Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del
Estado y sus modificatorias.
q) Decreto Supremo Nº 284-2018-EF; Aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto
Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y sus
modificatorias.
r) Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General.
s) Decreto Supremo Nº 011-2019-TR; Aprueba Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector
Construcción.
t) Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA; Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29151, Ley
General del Sistema Nacional de Bienes Estatales.
u) Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de
Contrataciones del Estado.
v) Decreto Supremo Nº 217-2019-EF; Reglamento de Decreto Legislativo Nº 1439, Decreto Legislativo del
Sistema Nacional de Abastecimiento y sus modificatorias.
w) Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA; Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales.
x) Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15; Aprueba la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15 y sus
modificatorias.
y) Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01; Aprueba la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General
del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y sus modificatorias.
z) Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG; Aprueba normas que regulan la ejecución de las obras públicas
por administración directa.
aa) Resolución de Contraloría N° 324-2013-CG; Aprueba Directiva Nº 007-2013-CG/OEA “Registro de
Información y Participación Ciudadana en el Control de Obras Públicas – INFOBRAS”.
bb) Demás normativa conexa y vigente a la ejecución de las inversiones.
cc) Resolución Ejecutiva Regional N° 129-2005-G.R. Tacna, que aprueba los documentos de Gestión:
Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Cuadro de Asignación de Personal (CAP); y el Presupuesto
Analítico de Personal (PAP del Proyecto Especial de Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos
de Tacna.
dd) Decreto Regional N° 001-2021-GR/GOB.REG.TACNA de fecha 21 de diciembre de 2021 que aprueba el
Manual de Operaciones del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de
Tacna”.
ee) Directiva N° 017-2023-CG/GMPL – “Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa”
Contraloría General de la República del Perú.
VI. DISPOSICIONES GENERALES
6.1 Principios Generales
La ejecución de las obras públicas por administración directa, adicionalmente a los principios que rigen el derecho
público, administrativo y financiero, en lo que resulte aplicable, se rige por los siguientes principios:
a) Economía: Las acciones que se adopten en la ejecución de obras por administración directa deben privilegiar
la mejor combinación de costo y calidad; así como observar los criterios de simplicidad, austeridad y ahorro
en el uso de los bienes y recursos del Estado.
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b) Eficiencia: Los procesos, procedimientos y decisiones que realicen o adopten los funcionarios y servidores
públicos, respecto de la ejecución de las obras por administración directa, deben estar orientadas a maximizar
el adecuado uso de los recursos públicos y al cumplimiento de los fines de la obra a ejecutar.
c) Orientación a resultados: Las entidades realizan intervenciones públicas para resolver un problema público
o de gestión interna y evalúan sus resultados para mejorar sus bienes, servicios o regulaciones.
d) Moralidad: Todo aquel que participe en la ejecución de las obras por la modalidad de administración directa
están obligados a actuar con honradez, veracidad, equidad y probidad.
e) Transparencia: Las entidades que ejecuten obras públicas por administración directa, están obligados a
conservar y resguardar la información, registros, archivos digitales, comunicaciones y documentación
generada y relacionada con la ejecución de estas obras y facilitar su acceso a las entidades que ejercen
funciones de control y supervisión, y a la ciudadanía en general, en aplicación de las disposiciones que
regulan la materia.
6.2 Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
La ejecución de obras públicas por administración directa, es la modalidad mediante la cual el Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” y sus unidades orgánicas utiliza los recursos
presupuestales, capacidad técnica - administrativa propia, infraestructura, equipos o maquinarias, acorde con la
naturaleza y complejidad de la obra, cumpliendo las disposiciones establecidas en la presente directiva. De
acuerdo al costo de obra según el expediente técnico, estas deberán cumplir con los requisitos señalados
expresamente en la Directiva N° 017-2023-CG/GMPL, cuando corresponda y conforme a las categorías
siguientes:
 Categoría A
 Categoría B
:
:
 Categoría C
:
Obras con costo hasta Cinco millones y 00/100 soles (S/. 5’000,000.00)
Obras con costo mayor a Cinco millones y 00/100 soles (S/. 5’000,000.00) y hasta
Diez millones y 00/100 (S/. 10,000,000.00)
Obras con costo mayor a Diez millones y 00/100 (S/. 10,000,000.00)
6.3 Determinación De La Clasificación del Nivel de Complejidad de Los Proyectos De Inversión Pública
El Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna, dentro de su ámbito de
acción comprende el conjunto de obras de infraestructura hidráulica para la operación y mantenimiento del
sistema, y obras nuevas para el afianzamiento y ampliación del recursos hídricos que abarca los Sistemas
Hidráulicos Mayor, Sistemas Hidráulicos Menor, Sistemas Hidráulicos Subterráneo, que permite el suministro de
agua hasta los sectores que abastece agua para la población, agricultura y otras actividades de la región de
Tacna. Las obras de infraestructura hidráulica comprenden las estructuras que por sus características de
construcción, operación y mantenimiento resultan de mayor magnitud, complejidad e importancia:
Derivar el agua de una unidad hidrográfica a otra contigua.
Almacenar y entregar gradualmente el agua.
Determinar volúmenes o caudales de agua en un punto determinado.
Derivar el agua de su curso natural o artificial a una estructura de derivación.
Conducir las aguas desde la captación hasta su entrega en la infraestructura hidráulica
menor o usuarios que no forman parte de un sector hidráulico menor.
 Drenaje colector y principal. - Evacuar los excedentes de agua desde los drenes principales y secundarios
hacia una fuente natural o artificial.
6.4 Funciones de Órganos y Unidades de las Entidades
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”, cuenta con un Manual
de Operaciones (MOP) aprobado, donde se determina la estructura orgánica, estableciendo que la Gerencia de
Estudios es responsables de planificar y programar las actividades del proceso de la ejecución de obras públicas
por administración directa, y La Gerencia de Infraestructura responsable de la ejecución y supervisión hasta su
culminación y liquidación, de acuerdo con las disposiciones y las funciones establecidas por el SNPMGI, por
estar adscritas a dicho sistema administrativo.





Trasvase
Regulación
Medición
Captación
Derivación
=
=
=
=
=
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6.5 La Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI)
el Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”, La Unidad Ejecutora de
Inversiones (UEI) son la Gerencia Estudios y Proyectos, y Gerencia de Infraestructura que constituyen Órganos
Responsables establecidos en los instrumentos de gestión interno (MOP), las cuales deben de contar con la
capacidad técnica y legal para llevar adelante la ejecución de los proyectos de inversión e IOARR, de acuerdo
con la normatividad presupuestal vigente.
6.6 Órganos responsables
Las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) son los Órganos responsables de la ejecución de las inversiones
que se encuentran previstos en el Programa Multianual de Inversiones (PMI); en el Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”, según el MOP se encuentra comprendido dos
órganos de línea responsables:
a) Gerencia de Estudios y Proyectos: Responsable de conducir las acciones y actividades del ciclo de
inversión en su etapa de formulación y evaluación, ejecución y funcionamiento (elaboración del expediente
técnico y BIM).
b) Gerencia de Infraestructura: Responsable de la ejecución y funcionamiento del ciclo de inversión, proyectos
de inversión de infraestructura hidráulica, (ejecución física de las obras, supervisión y liquidación de las
obras).
6.7 Expediente Técnico
Artículo 1º.- El Órgano responsable de la Elaboración del Expediente Técnico o documento equivalente es la
Gerencia de Estudios y Proyectos en el ciclo de inversión; cuyo contenido está acorde a la normas,
características o especificaciones técnicas aplicables a los factores de producción (infraestructura, equipamiento,
entre otros) establecidos por el Decreto Legislativo N° 1252 - Invierte. PE.; para lo cual deberá presentar un Plan
de Trabajo debidamente aprobado por la Oficina de Supervisión y Monitoreo, documento que debe contener el
alcance del estudio, cronograma y presupuesto, en el marco de la viabilidad del proyecto de inversión o
aprobación de IOARR.
Articulo N°02.- La Gerencia de Estudios y Proyectos antes del inicio de la elaboración del expediente técnico
o documento equivalente debe verificar que se cuente con: la aprobación y priorización por la entidad, con
asignación de presupuesto, que cuente con el saneamiento físico legal a nivel de diagnóstico, los arreglos
institucionales o acta de libre disponibilidad de terreno, según corresponda, para garantizar la ejecución de la
inversión y prestación de servicios durante la operación de los activos generados con la ejecución de la misma;
salvo que, por el tipo de inversión, dichos aspectos se desarrollen durante la elaboración del expediente técnico
o documento equivalente o en la ejecución física, lo cual debe ser sustentado en el expediente técnico o
documento equivalente.
Articulo N°03.- La elaboración del expediente técnico o documento equivalente debe sujetarse a la concepción
técnica, económica y el dimensionamiento contenido en el estudio de Preinversión o ficha técnica, para el caso
de proyectos de inversión, o a la información registrada en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones, para el caso de inversiones de optimización, de ampliación
marginal, de reposición y de rehabilitación (IOARR). En caso la variación del costo de inversión del expediente
técnico o documento equivalente, según corresponda, respecto al declarado viable resulte superior al porcentaje
establecido por la DGPMI, la Gerencia de Estudios y Proyectos a través de la Gerencia General, pondrá de
conocimiento esta variación al Órgano de Control de la entidad, sin que ello implique la interrupción de la fase
Ejecución.
Articulo N°04.- El expediente técnico no debe tener una antigüedad mayor de tres (3) años de aprobado o desde
su última actualización y debe tener un presupuesto con precios actualizados con una antigüedad no superior a
los seis (6) meses, contados desde su aprobación o desde su última actualización. Sin haberse iniciado la
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“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
ejecución física del Proyecto de inversión, la Gerencia de Estudios y Proyectos actualiza el expediente técnico o
documento equivalente a fin de continuar con su ejecución.
Cuando ocurra un evento de origen natural o antrópicos, tales como lluvias, desbordes de caudal o huaicos,
terremotos, entre otros, se debe actualizar los estudios básicos debido que estos eventos causan factores que
modifican a los estudios básicos planteados dentro del expediente técnico.
Articulo N°05.- En el caso de las IOARR, los expedientes técnicos o documentos equivalentes tienen una
vigencia máxima de un (01) año contado a partir de su aprobación. Transcurrido dicho plazo sin haberse iniciado
la ejecución física, la Gerencia de Estudios y Proyectos actualiza el expediente técnico o documento equivalente
a fin de continuar con su ejecución.
Articulo N° 06.- El Expediente Técnico del Proyecto de Inversión e IOARR, debe contener la documentación y
contenido básico que se precisa a continuación, debiendo estar firmado con sello post-firma en cada uno de los
folios por el profesional y/o profesionales debidamente habilitados que participaron en su elaboración y
mínimamente debe contar con los siguientes requisitos:
a) Memoria descriptiva.
b) diseño de Ingeniería y planos de especialidades a nivel de ejecución de obra, suscritos por el profesional
responsable, según las especialidades que correspondan al tipo, características y complejidad de la obra; así
como los planos de ubicación georreferenciados de canteras y zonas de eliminación de materiales
excedentes.
c) Especificaciones técnicas, por cada partida del presupuesto, definiendo las características técnicas de los
materiales de acuerdo al diseño, la naturaleza de los trabajos, el procedimiento constructivo y controles de
calidad.
d) Estudios básicos como topografía, mecánica de suelos, geotecnia, geología, hidrología, estudio de impacto
ambiental o instrumento ambiental que corresponda (de ser el caso), estudios topográficos, estudios
hidrológicos, Estudio de canteras, fuentes de agua, botaderos, tratamiento del sistema sanitario, y otros
complementarios de acuerdo con el tipo, características y complejidad de la obra.
e) Estudios complementarios necesarios para la ejecución de la obra estudios de arqueología como
Certificación de Inexistencia de Restos Arqueológicos – CIRA y otros necesarios; Autorización de Ejecución
de Obras –ANA, y otros complementarios de acuerdo con el tipo, características y complejidad de la obra.
f) Memorias de cálculo y planilla de metrados.
g) Análisis de precios unitarios de cada una de las partidas que conforman el costo directo y el análisis de los
gastos generales.
h) Presupuestos de obra, que incluyan los costos directos, gastos generales y otros conceptos aplicables. en el
cual debe adjuntar las cotizaciones de los materiales y equipos puestos en obra o en almacén. los conceptos
que pueden ser cargados al presupuesto de obra por administración directa se detallan en el anexo N° 1 de
la presente directiva.
i) Listado de insumos en cantidades y costos (materiales, equipos, horas hombre, etc.) incluidos impuestos.
j) Cronograma de ejecución de obra.
k) Calendario de adquisición de materiales, con la opinión favorable de la Unidad de Logística.
l) Calendario de utilización de equipos y maquinaria.
m) Calendario de utilización de mano de obra calificada y no calificada.
n) Calendario de avance de obra valorizado.
o) Presupuesto analítico de la obra por específica de gasto y competente presupuestal, formulado sobre la base
del programa de ejecución de obra y los calendarios indicados en los literales i), j), k) l y m) del presente
artículo. el presupuesto analítico debe de identificar los procedimientos de selección cuando correspondan y
el calendario de adquisición de materiales debe incluir los plazos estimados para dichos procedimientos en
la normatividad de contrataciones del estado, lo que debe sr concordante con los cronogramas y calendarios
del proyecto.
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“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
p) Documentos de la identificación y evaluación de riesgos asociados a la ejecución de la obra, desarrollo de
estrategias de mitigación de riesgos y problemas, así como la supervisan y seguimiento a los avances en las
acciones de mitigación de riesgos.
q) Libre y efectiva disponibilidad del terreno donde se ejecutará la obra, la que debe estar sustentada desde los
estudios de pre inversión para la declaratoria de su viabilidad.
r) Estudios de vías a ser utilizadas (Plan de rutas alternas o de desvíos).
s) Plan de Seguridad y Salud en el trabajo.
t) Licencias necesarias requeridas por los Sectores correspondientes.
u) En caso existan normas técnicas específicas referidas al proyecto, son aplicación obligatoria en la
elaboración de los expedientes técnicos.
v) Otros informes técnicos que se estime conveniente de acuerdo a la naturaleza o complejidad de la obra.
Articulo N° 7.- En el presupuesto analítico de los gastos generales correspondiente a la ejecución física,
debe contemplar un periodo máximo de 30 días calendarios (01 mes) previos a la ejecución física de obra para
los actos preparatorios iniciales de la obra y un periodo máximo de 30 días calendario (01 mes) posterior a la
fecha de culminación de la obra para la presentación del informe final.
Articulo N° 8.- En el presupuesto analítico de los gastos de supervisión correspondiente a la supervisión
de la ejecución física, debe contemplar un periodo máximo de 30 días calendarios (01 mes) previos a la ejecución
física de obra para evaluar los actos preparatorios iniciales de la obra y un periodo máximo de 60 días calendario
(02 mes) posterior a la fecha de culminación de la obra para la evaluación y aprobación del informe final, la
recepción y la liquidación de obra.
Articulo N° 9.- El expediente técnico o documento equivalente, será elaborado por la Gerencia de Estudios
y Proyectos, para lo cual deberá presentar un Plan de Trabajo, debidamente aprobado por la Oficina de
Supervisión y Monitoreo, documento que debe contener el alcance del estudio, cronograma y presupuesto, en
el marco de la viabilidad del proyecto de inversión o aprobación de IOARR.
Artículo 10°.- Las modificaciones que solicite la Gerencia de Estudios y Proyectos durante la fase de elaboración
de expediente técnico o documento equivalente para un proyecto de inversión y requiera opinión de la unidad
formuladora, deberán adjuntar información técnica sustentatoria y documentación propia de trámite
correspondiente, firmados por el profesional responsable de la elaboración del expediente técnico o estudio
definitivo y del responsable de la Gerencia de Estudios y Proyectos.
Artículo 11°.- Los Expedientes Técnicos o documentos equivalentes para su revisión y evaluación serán
presentados en un (01) solo ejemplar; ante dictamen final favorable emitido por la Oficina de Supervisión y
Monitoreo, para su aprobación es necesario sea presentado en forma impresa, en seis (06) ejemplares y digital
mediante medio magnético, con información PDF y archivo nativo (06 CDs/06 USB), debiendo encontrarse
debidamente firmado y sello post-firma en cada una de sus páginas por el proyectista o responsable en su
elaboración. El acto resolutivo acompañado del expediente será distribuido de la siguiente manera:
-
Un (01) ejemplar para la Gerencia de Infraestructura.
Un (01) ejemplar para la Gerencia de Estudios y Proyectos.
Un (01) ejemplar para el Residente de obra.
Un (01) ejemplar para la Oficina de Supervisión y Monitoreo.
Un (01) ejemplar para el Archivo Técnico Permanente de la Obra.
Un (01) ejemplar para el Acto Resolutivo que aprueba el Expediente Técnico.
Artículo 12°.- El Expediente Técnico o documento equivalente será revisado y evaluado por el Oficina de
Supervisión y Monitoreo, quién emite informe con el análisis y opinión técnica por parte del profesional
responsable de la revisión técnica; asimismo, el documento de conformidad, de ser el caso, se pronunciará
acerca del contenido y procedimiento de su elaboración. De existir conformidad, colocará firma y sello post-firma
en cada uno de los folios del Expediente Técnico o documento equivalente.
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“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
Artículo 13°.- La revisión y evaluación por parte Oficina de Supervisión y Monitoreo es un proceso previo e
indispensable para la aprobación del expediente técnico o documento equivalente, con el claro propósito de
reducir al mínimo las omisiones o deficiencias que se pudiera presentar a posteriori. Asimismo, el proceso de
revisión y evaluación podrá estar a cargo de un equipo profesional multidisciplinario de acuerdo a la complejidad
y envergadura del proyecto de inversión. La conformación del equipo de evaluadores será propuesta por la
Oficina de Supervisión y Monitoreo.
Artículo 13°.- El expediente técnico o documento equivalente de un proyecto de inversión con la conformidad
de la Oficina de Supervisión y Monitoreo y documentación respectiva, es tramitado hacia la Unidad Formuladora
para su revisión, evaluación y posterior aprobación de la consistencia de dicho documento respecto a la
concepción técnica y el dimensionamiento del proyecto de inversión, para proceder a su registro en el Banco de
Inversiones (Formato N° 08-A: Sección B, Registros en la fase de Ejecución de la Directiva General del Sistema
Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones).
Artículo 14°.- La aprobación de dicha consistencia constituye un requisito previo para la aprobación del
expediente técnico o documento equivalente de un proyecto de inversión mediante acto resolutivo.
Artículo 15°.- Una vez aprobado el proyecto de inversión y registrado la consistencia por la Unidad Formuladora,
esta instancia debe remitir el expediente técnico o documento equivalente y su documentación a la Gerencia de
Estudios y Proyectos, quién solicitará opinión a la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica, para luego
solicitar su aprobación mediante acto resolutivo emitido por el Titular o funcionario facultado, debiendo el
proyecto resolutivo considerar los siguientes aspectos:
 Nombre del Proyecto de Inversión.
 Presupuesto a programar: Presupuesto total del proyecto, presupuesto de costo directo, gastos generales,
gastos de supervisión, gastos de organización y gestión en caso corresponda y liquidación de la obra.
 Modalidad de ejecución.
 Plazo de ejecución.
Artículo 16°.- Tratándose de inversiones IOARR, no corresponde la evaluación de consistencia por la Unidad
Formuladora, solamente con la conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo, la Gerencia de Estudios y
Proyectos solicitará opinión a la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica, para luego gestionar su
aprobación mediante acto resolutivo emitido por el Titular o funcionario facultado, debiendo considerar el
proyecto de resolución los mismos requisitos establecidos para un proyecto de inversión.
Artículo 17°.- Para el trámite de la emisión del acto resolutivo de aprobación de expediente técnico o documento
equivalente de un proyecto de inversión, es necesario contar con la siguiente documentación:
a) Seis (06) ejemplares del expediente técnico o documento equivalente, debidamente firmados con sello
post-firma por los profesionales responsables de su elaboración y del responsable de la Oficina de
Supervisión y Monitoreo, acompañado de 06 CDs/06 USB.
b) Informe de conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo.
c) Informe de consistencia de la Unidad Formuladora.
d) Opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica.
Artículo 18°.- El acto resolutivo para la aprobación de un expediente técnico de una inversión IOARR, debe
contener los mismos datos que el acto resolutivo para la aprobación de un proyecto de inversión, así como los
documentos descritos en el artículo anterior a excepción del Informe de Consistencia, por no corresponder según
normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
Artículo 19°.- Aprobado el expediente técnico o documento equivalente de la inversión IOARR mediante acto
resolutivo, se procede a registrar en el Banco de Inversiones la información resultante del expediente técnico o
documento equivalente aprobado, según corresponda; para su cumplimiento.
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“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
Artículo 20°.- Dentro del plazo máximo de tres (03) días hábiles y bajo responsabilidad, la Gerencia de Estudios
y Proyectos como órgano responsable de la elaboración del expediente técnico, debe cumplir con presentar el
Formato N° 08-A: Registros en la fase de Ejecución para proyectos de inversión, Sección B: Datos de la fase
de Ejecución Expediente técnico o documento equivalente y programación de PI y/o Formato N° 08-C: Registros
en la fase de Ejecución, Sección B (de la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y
Gestión de Inversiones): Expediente técnico o documento equivalente para IOARR del Banco de Inversiones,
debidamente llenado y firmado con sello post firma por los responsables de la elaboración del expediente
técnico, el Inspector o Supervisor que dio conformidad técnica al expediente para su aprobación y por el
responsable de la Gerencia de Estudios y Proyectos, solicitando el registro correspondiente en el Banco de
Inversiones y adjuntando los siguientes documentos originales debidamente firmados escaneados en archivo
PDF no mayor a 5 MB por documento:
-
Acto resolutivo de aprobación del expediente técnico, con los actuados correspondientes.
La Memoria Descriptiva.
El Resumen de Presupuesto de la Inversión.
El Cronograma de ejecución física y financiera.
Artículo 21°.- En caso de haber modificaciones en la fase de ejecución de inversiones, que contando con
Expediente Técnico aprobado y no habiendo iniciado ejecución física, requiere cambios (Actualización de costos,
inclusión de gastos en el expediente técnico, entre otros), la Gerencia de Estudios y Proyectos responsable de
la elaboración del expediente técnico deberá presentar el Formato 08-A Parte C (de la Directiva General del
Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones) e información de aprobación y sustento
para su registro en el Banco de Inversiones, previa opinión técnica de la Oficina de Supervisión y Monitoreo.
6.8 Modelado BIM
Articulo N° 22.- El expediente técnico para la ejecución de obras por administración directa elaborado por la
Gerencia de Estudios y Proyectos, debe de contar además con el modelado BIM 3D con un nivel de detalle que
permita verificar como mínimo que esté libre de colisiones entre especialidades básicas, cuando la obra
corresponda a la categoría C, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.2 de Directiva N° 017-2023CG/GMPL; es indispensable contar con dicho instrumentos antes de la ejecución de la obra, la responsabilidad
recae sobre la Gerencia de Estudios la cual debe garantizar remitir dicho modelamiento, sobre el cual no podrá
iniciara o ejecutar acciones la obra.
6.9 Proceso de Ejecución de Obras por Administración Directa e Inversiones IOARR
Articulo N° 23.- Para iniciar el proceso de ejecución de obras por administración directa, se debe contar
previamente con el expediente técnico de obra aprobado mediante resolución del Gerente General y su registro
respectivo en el Banco de Inversiones; Esta atribución es indelegable. Para dicho efecto, debe contar con los
siguientes informes favorables de las áreas responsables competentes que correspondan; actualizado y contar
con el modelado BIM 3D libre de colisiones, cuando corresponda.
Articulo N° 24.- Aprobación Del Expediente Técnico la Gerencia de Estudios y Proyectos es la responsable
de la elaboración del expediente técnico hasta su aprobación correspondiente en el ciclo de inversión acuerdo
al Decreto Legislativo N° 1252 - Invierte.Pe.; así como responsable de realizarle modelamiento BIM, antes de la
ejecución de obra.
Articulo N° 25.- Aprobación De La Ejecución la Obra la Gerencia de Infraestructura solicitaría a las oficinas
y unidades correspondientes, (oficinas de asesoría jurídica, gerencia de administración, oficina de supervisión y
quienes corresponda), la elaboración del Informe técnico, legal y presupuestario; así como aprobación de la
ejecución por administración directa de cada obra; mediante resolución del Gerente General. Esta atribución es
indelegable.
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“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
Articulo N° 26.- Preparación la Gerencia de Infraestructura solicitara la designación o contratación del
residente de obra, así como al inspector o supervisor de obra, propuesta que será evaluada por la Oficina de
Recursos Humanos de la entidad, y contara con la aprobación de la oficinas respectivas como Oficina de
Supervisión y Gerencia General, según corresponda; el residente de obra conjuntamente con el inspector
realizaran y evaluaran el expediente técnico, con la finalidad de requerir bienes y servicios de acuerdo al
calendario de adquisiciones apara la ejecución de la obra.
Articulo N° 27.- Ejecución Física Durante la ejecución física de la obra por administración directa, la Gerencia
de Infraestructura hará la entrega de terreno, el residente de obra conjuntamente con el inspector o supervisor
realizaran la apertura del cuaderno de obra la cual deberá de contar con los requisitos establecidos en la
normatividad vigente; posteriormente el residente de obra ejecutara el abastecimiento de bienes y servicio de
acuerdo al calendario de la obra, mensualmente se realizaran los informes de avances o informes mensuales;
en esta etapa también se elaborara los informes de modificaciones de corresponder, finalmente se ejecutara la
liquidación parciales de obra cargo de la Gerencia de Infraestructura.
Articulo N° 28.- Culminación y Liquidación: en esta etapa la gerencia de infraestructura y oficina de
supervisión realizaran la constatación de la obra para ver la ejecución y culminación de todos los componentes
de la obra acuerdo al expediente técnico, a fin de elaborar el informe final de liquidación a cargo de la gerencia
de infraestructura.
Articulo N° 29.- Transferencia en esta etapa se procederá a la transferencia entre órganos o unidades
orgánicas de la obra ejecutada.
6.10 Oficina de Obras por Administración Directa
Articulo N° 30.- Las funciones de la Unidad Ejecutora de Inversiones responsable de la Ejecución Física de las
Inversiones, su liquidación y transferencia, se encuentran establecidas, en la normativa que regula el Sistema
Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI) y los documentos de organización
interna de la entidad en el Manual de Operaciones - MOP.
Articulo N° 31.- Corresponde a la Gerencia de Infraestructura del Proyecto Especial “Afianzamiento y
Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” la encargada de realizar el rol de Oficina de Obras por
Administración Directa (OAD) por lo que deberá de realizar los arreglos institucionales dentro de la unidad
orgánica con la finalidad de realizar la ejecución y supervisión de las obras por administración directa, y tendrá
las funciones siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
Remitir a la Oficina de Administración de la entidad o la que haga sus veces, la programación de ejecución
de gasto para la ejecución anual de obras por fuente de financiamiento.
Designar al Residente de Obra.
Designar al Inspector de Obra, de corresponder.
Requerir la contratación del Supervisor de Obra, de corresponder.
Entregar al Residente e Inspector o Supervisor de Obra ejemplares del Expediente Técnico de obra
aprobado con resolución correspondiente.
Tramitar de forma oportuna el requerimiento de bienes y servicios realizado por el Residente de Obra.
Tramitar en forma oportuna los presupuestos de modificaciones que se generen en obra.
Atender los requerimientos de personal profesional, técnico y administrativo para las obras.
Informar al órgano sancionador de la entidad, las infracciones del residente o Inspector de Obra al
Reglamento Interno de Trabajo u otras normas aplicables, en caso corresponda.
Coordinar con el órgano encargado de las contrataciones, las infracciones del Supervisor de Obra para la
aplicación de penalidades, en caso corresponda.
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del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
k)
Consolidar e informar periódicamente al Titular de la entidad los avances físicos y financieros de las obras
por administración directa.
l) Realizar visitas inopinadas a las obras en ejecución por administración directa e informar los resultados al
nivel correspondiente.
m) Elaborar propuestas de normas, manuales, lineamientos, orientaciones u otros documentos
complementarios de uso interno para la ejecución de obras por administración directa. Estos documentos
deben ser elaborados con observancia de las disposiciones de la presente Directiva y son aprobados de
acuerdo con las normas de gestión interna de la entidad.
n) Asumir en forma temporal las funciones de Residente de Obra en casos excepcionales en los que, por
licencia, descanso médico u otra causa justificada, deba ausentarse de la obra hasta por un plazo máximo
de diez (10) días calendarios consecutivos. En caso que la ausencia del residente supere dicho plazo o sus
ausencias acumulen más de sesenta (60) días calendarios en un año, se debe designar un nuevo Residente
de Obra. El responsable de la OAD asume temporalmente sus funciones hasta la designación del nuevo
residente, lo que no puede exceder los quince (15) días calendarios.
6.11 Personal Clave de la Obra (Requisitos, Funciones y Responsabilidades)
Articulo N° 32.- Los puestos de personal clave para las obras que se ejecutan por administración directa
comprenden a los siguientes profesionales: administrador de obra; residente; inspector o supervisor; ingeniero
de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente; almacenero; asistente de obra; ingeniero de calidad; y otros
de acuerdo a la especialidad y complejidad de la obra, personal clave que estará conforme a la Directiva N° 0172023-CG/GMPL.
Articulo N° 33.- Residente de obra Es un ingeniero civil, arquitecto o profesional a fín a la especialidad de la
obra, colegiado y habilitado, contratado bajo el régimen laboral que corresponda según la normativa aplicable. y
además contar con la experiencia y especialización correspondientes al tipo y complejidad de la obra, lo cual
debe ser sustentado técnicamente por la entidad. El residente de obra designado o contratado debe conducir
una obra en forma exclusiva; es el responsable de conducir técnica y administrativamente la ejecución de la
obra. y está sujeta de acuerdo a la categoría establecida en la Directiva N° 017-2023-CG/GMPL.
 Para las obras de categoría A, debe contar con un mínimo de dos (2) años de experiencia en obras públicas
de similar naturaleza a la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura.
RESIDENTE I
Formación académica
a) Nivel educativo: Universitaria completa
b) Grado / situación académica: Título de Ingeniero Civil, Agrícola, Agrónomo, Mecánico de Fluidos, o Arquitecto
de la especialidad.
Experiencia
a) Experiencia general: Seis (06) años
b) Experiencia específica (Desarrollando trabajos en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar en
el Sector Público) : Dos (02) año en obras publicas similares en el sector público.
Nota: En el expediente técnico se detallará las funciones similares y cargos similares, según la envergadura y
especialidad del proyecto.
Requisitos adicionales
 Colegiado y habilitado.
 Capacitación en temas relacionados en ejecución de proyectos, gestión pública y contrataciones del Estado.
 Conocimiento de ofimática.
 No tener sanción administrativa relacionada con la ejecución de obras públicas.
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“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
 No tener antecedentes penales y judiciales, relacionados a la ejecución de obras.
 Para las obras de categoría B, este profesional debe contar con un mínimo de cinco (5) años de experiencia
en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura.
RESIDENTE II
Formación académica
a) Nivel educativo: Universitaria completa
c) Grado / situación académica: Título de Ingeniero Civil, Agrícola, Agrónomo, Mecánico de Fluidos, o
Arquitecto de la especialidad.
Experiencia
a) Experiencia general: Ocho (08) años
b) Experiencia específica (Desarrollando trabajos en obras públicas de similar naturaleza a la obra a
ejecutar en el Sector Público): Cinco (05) años en obras publicas similares en el sector público.
Nota: En el expediente técnico se detallará las funciones similares y cargos similares, según la
envergadura y especialidad del proyecto.
Requisitos adicionales
- Colegiado y habilitado.
- Capacitación en temas relacionados en ejecución de proyectos, gestión pública y
contrataciones del Estado.
- Conocimiento de ofimática.
- No tener sanción administrativa relacionada con la ejecución de obras públicas.
- No tener antecedentes penales y judiciales, relacionados a la ejecución de obras.
 Para las obras de categoría C, este profesional debe contar con un mínimo de ocho (8) años de experiencia
en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura.
RESIDENTE III
Formación académica
a) Nivel educativo: Universitaria completa
d) Grado / situación académica: Título de Ingeniero Civil, Agrícola, Agrónomo, Mecánico de Fluidos, o
Arquitecto de la especialidad.
Experiencia
a) Experiencia General: Diez (10) años
b) Experiencia específica (Desarrollando trabajos en obras públicas de similar naturaleza a la obra a
ejecutar en el Sector Público): Ocho (08) años en obras publicas similares en el sector público.
Nota: En el expediente técnico se detallará las funciones similares y cargos similares, según la
envergadura y especialidad del proyecto.
Requisitos adicionales
 Colegiado y habilitado.
 Capacitación en temas relacionados en ejecución de proyectos Hídricos, gestión pública y
contrataciones del Estado.
 Conocimiento de ofimática.
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“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”


No tener sanción administrativa relacionada con la ejecución de obras públicas.
No tener antecedentes penales y judiciales, relacionados a la ejecución de obras.
Articulo N° 34.- La Entidad a través de la Gerencia de Infraestructura, mantendrá coordinación permanente con
el Residente, quien iniciará funciones a quince (15) o treinta (30) días antes de la ejecución de la obra
dependiendo de la complejidad, a fin de efectuar la compatibilidad del Expediente con el terreno asignado para
la ejecución emitiendo su INFORME DE COMPATIBILIDAD, debiendo realizar los requerimientos de insumos,
materiales y equipos a través de los pedidos de bienes o servicios (Cuando se requiera bienes y/o servicios que
deben ser operados se consignará la capacitación obligatoria al personal encargado de la entidad que
corresponda durante la ejecución contractual).
Articulo N° 35.- Las Funciones del Residente de Obra, El residente de obra solo puede ser designado o
contratado para la conducción de una obra en forma exclusiva, es el responsable de conducir técnica y
administrativamente la ejecución de la obra; y, cumple principalmente las funciones siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
k)
Ejercer la ejecución de la obra, con sujeción al expediente técnico aprobado y la normatividad que rige la
ejecución por la modalidad de administración directa y normas conexas.
Informar sobre la compatibilidad y/o vigencia del expediente técnico, con la disponibilidad espacial del
terreno.
Implementar acciones para superar los atrasos y paralizaciones injustificadas, así como la calidad de los
trabajos o actividades ejecutadas.
Cumplir con la normatividad ambiental que se requiere previo a la ejecución de la obra, así como lo
relacionado a la seguridad para el personal a su cargo.
Verificar las condiciones del terreno donde se va a ejecutar la obra, en cuanto a disponibilidad, dimensiones
y topografía, los cuales deben ser concordantes con el expediente técnico aprobado.
Emitir un informe de revisión del expediente técnico previo al inicio de la ejecución física de la obra, el
mismo que debe ser alcanzado al inspector o supervisor para su revisión correspondiente.
Realizar los requerimientos de bienes y servicios, así como del personal profesional, técnico y
administrativo, que estén especificados en el expediente técnico, bajo responsabilidad.
Cautelar que los trabajos o partidas ejecutadas estén de acuerdo con lo previsto en el expediente técnico
en cuanto a calidad y normas técnicas aplicables.
Cautelar que se cumpla el programa de ejecución de obra vigente y se concluya la ejecución de la obra
dentro del plazo previsto.
Cautelar que las partidas consideradas en el presupuesto de obra se ejecuten dentro de los rendimientos
y niveles de productividad señalados en los análisis de precios unitarios considerados en el expediente
técnico de obra aprobado.
Cautelar que los gastos incurridos con los recursos presupuestales asignados para la ejecución de la obra
correspondan a la necesidad de la ejecución de la obra.
Generar los reportes de uso de materiales, maquinaria y equipos, y mano de obra, verificando que estos
estén acordes con lo señalado en el expediente técnico.
Implementar el almacén de obra acorde con el tamaño de la obra ejecutada, manteniendo el control
permanente de los ingresos y salidas de los materiales e insumos, y supervisar que se asegure el debido
almacenamiento de éstos para evitar su deterioro y realizar oportunamente el seguimiento al cumplimiento
del plan de procura de adquisición de materiales y equipos.
Apertura la planilla de personal obrero o administrativo debidamente autorizada por el órgano o unidad
orgánica competente, asegurando que el personal incluido en la misma corresponda a las necesidades de
la ejecución de la obra.
Gestionar los riesgos asociados a la ejecución de la obra, debiendo implementar oportunamente las
respuestas a los riesgos según lo planificado, efectuar las acciones de monitoreo a los mismos y actualizar
la información de los riesgos residuales, secundarios o nuevos riesgos.
Requerir oportunamente, con el debido sustento y para su aprobación, las modificaciones que sean
necesarias en el costo, plazo o calidad de la obra en ejecución, respecto a lo previsto en el expediente
técnico de obra aprobado.
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del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
l)
Apertura el cuaderno de obra en físico o en digital, según corresponda, manteniendo actualizado el registro
de la información sobre el avance de la ejecución de la obra.
m) Emitir informes periódicos a la Gerencia de Infraestructura de la entidad sobre los metrados ejecutados en
el periodo reportado y valorizados con los precios unitarios del presupuesto del expediente técnico, así
como el reporte detallado de las cantidades de materiales, de la maquinaria y equipos y mano de obra
utilizados para la ejecución de la obra durante el periodo reportado; además, del movimiento de almacén
de obra en el mismo periodo y del estado de la implementación de la respuesta y monitoreo de los riesgos,
entre otros. El contenido mínimo del informe periódico se detalla en el Anexo 2 de la presente directiva.
n) Registrar la información requerida en los aplicativos informáticos del SNPMGI e INFOBRAS, para el caso
de las obras que pertenecen a inversiones registradas en dichos sistemas.
o) Participar en las sesiones del Comité de Seguimiento de Inversiones del SNPMGI y de las reuniones de
seguimiento, en caso de ser convocado.
Articulo N° 36.- Inspector o Supervisor de Obra El inspector es un profesional, funcionario o servidor de la
entidad, expresamente designado por esta para controlar los trabajos efectuados por el personal profesional y
técnico a cargo de la ejecución de la obra pública.
El supervisor es una persona natural o jurídica especialmente contratada para controlar los trabajos efectuados
por el personal profesional y técnico a cargo de la ejecución de la obra pública. Cuando el supervisor es una
persona jurídica, esta designa a una persona natural como jefe de supervisión de forma permanente en la obra.
El inspector o supervisor es un ingeniero civil o profesional afín a la especialidad de la obra, colegiado y
habilitado, contratado bajo el régimen laboral que corresponda según la normativa aplicable; y, debe contar como
mínimo con la experiencia y especialización del residente de obra.
Cuando el supervisor de obra es una persona jurídica, el jefe de supervisión debe tener como mínimo la
experiencia y especialización del residente de obra. No puede haber simultáneamente inspector y supervisor en
una obra.
Articulo N° 37.- Requisitos del Supervisor de Obra
SUPERVISOR I
Formación académica
a) Nivel educativo: Universitaria completa
e) Grado / situación académica: Título de Ingeniero Civil, Agrícola, Agrónomo, Mecánico de Fluidos, o
Arquitecto de la especialidad.
Experiencia
a) Experiencia general: Seis (06) años
b) Experiencia específica (Desarrollando trabajos en obras públicas de similar naturaleza a la obra a
ejecutar en el Sector Público): Dos (02) año en Obras publicas similares en el sector público.
Nota: En el expediente técnico se detallará las funciones similares y cargos similares, según la
envergadura y especialidad del proyecto.
Requisitos adicionales
 Colegiado y habilitado.
 Capacitación en temas relacionados en ejecución de proyectos, gestión pública y contrataciones
del Estado.
 Conocimiento de ofimática.
 No tener sanción administrativa relacionada con la ejecución de obras públicas.
 No tener antecedentes penales y judiciales, relacionados a la ejecución de obras.
SUPERVISOR II
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“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
Formación académica
a) Nivel educativo: Universitaria completa
f) Grado / situación académica: Título de Ingeniero Civil, Agrícola, Agrónomo, Mecánico de Fluidos, o
Arquitecto de la especialidad.
Experiencia
a) Experiencia general: Ocho (08) años
b) Experiencia específica (Desarrollando trabajos en obras públicas de similar naturaleza a la obra a
ejecutar en el Sector Público) : Cinco (05) años en Obras Publicas similares en el sector público.
Nota: En el expediente técnico se detallará las funciones similares y cargos similares, según la
envergadura y especialidad del proyecto.
Requisitos adicionales
 Colegiado y habilitado.
 Capacitación en temas relacionados en ejecución de proyectos, gestión pública y contrataciones del
Estado.
 Conocimiento de ofimática.
 No tener sanción administrativa relacionada con la ejecución de obras públicas.
 No tener antecedentes penales y judiciales, relacionados a la ejecución de obras.
SUPERVISOR III
Formación académica
a) Nivel educativo: Universitaria completa
g) Grado / situación académica: Título de Ingeniero Civil, Agrícola, Agrónomo, Mecánico de Fluidos, o
Arquitecto de la especialidad.
Experiencia
a) Experiencia general: Diez (10) años
b) Experiencia específica (Desarrollando trabajos en obras públicas de similar naturaleza a la obra a
ejecutar en el Sector Público) : Ocho (08) años en Obras Publicas similares en el sector público.
Nota: En el expediente técnico se detallará las funciones similares y cargos similares, según la
envergadura y especialidad del proyecto.
Requisitos adicionales
- Colegiado y habilitado.
- Capacitación en temas relacionados en ejecución de proyectos Hídricos, gestión pública y
contrataciones del Estado.
- Conocimiento de ofimática.
- No tener sanción administrativa relacionada con la ejecución de obras públicas.
- No tener antecedentes penales y judiciales, relacionados a la ejecución de obras.
Articulo N° 38.- Los requisitos establecidos para el Supervisor I, II y III, aplican también para el Inspector I, II,
III, respectivamente y según corresponda.
Toda obra pública cuya ejecución sea por administración directa, independientemente de la categoría a la que
corresponda, debe contar con un Inspector o Supervisor de obra.
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del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
Articulo N° 39.- En los casos que el costo total de la obra según Expediente Técnico de Obra sea equivalente
al que la Ley de Presupuesto del Sector Público para cada Año Fiscal establece para efectos de contar
obligatoriamente con un supervisor para obra por contrata, se debe contar también obligatoriamente con un
supervisor para la obra por administración directa, que cumpla con el perfil y experiencia señalados en el párrafo
anterior.
El inspector o supervisor de obra, este último cuando sea persona natural, solo puede ser designado o contratado
para una obra en forma exclusiva. Cuando el supervisor es una persona jurídica, el jefe de supervisión solo
puede ser designado para una obra en forma exclusiva.
Articulo N° 40.- El inspector o supervisor es el responsable de velar permanentemente por el cumplimiento de
lo establecido en los documentos del expediente técnico de obra y normas técnicas aplicables; y, cumple
principalmente las funciones siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
k)
l)
Absolver consultas que formule el residente de obra sobre los aspectos técnicos de la obra mediante
opinión técnica.
Aprobar la conformidad técnica de los trabajos ejecutados, de la calidad de los materiales utilizados y de la
calidad de la mano de obra utilizada.
Velar por que se cumpla el programa de ejecución de obra vigente y se cumpla con concluir la ejecución
de la obra dentro del plazo establecido.
Controlar que los gastos incurridos en la ejecución de los trabajos correspondan a la necesidad de la
ejecución de la obra.
Efectuar el monitoreo de los riesgos identificados, velando por que la implementación de la respuesta y
monitoreo de los riesgos se realicen oportunamente.
Opinar oportunamente mediante informe técnico sobre las propuestas de modificación en el alcance, costo
o plazo de la obra en ejecución, tales como ampliaciones de plazo, adicionales, deductivos, modificación
de especificaciones técnicas, respecto a lo previsto en el expediente técnico aprobado, requeridas por el
residente de obra, no tienen la autoridad para aprobar modificaciones a lo establecido en el expediente
técnico.
Validar el informe de revisión del expediente técnico de obra presentado por el residente de obra previo al
inicio de la ejecución física de la obra, el mismo que debe ser elevado a la entidad, adjuntando su
evaluación, pronunciamiento y verificaciones propias realizadas como inspector o supervisor.
Controlar directa y permanentemente la correcta ejecución técnica, económica y administrativa de la
obra.
Absolver las consultas que formule el Residente de Obra sobre los aspectos técnicos de la obra.
Aprobar la conformidad técnica de los trabajos ejecutados, de la calidad de los materiales utilizados y de la
calidad de mano de obra utilizada.
Velar porque se cumpla el programa de ejecución de obra vigente, así como con la conclusión de la
ejecución de la obra dentro del plazo establecido.
Controlar que los gastos incurridos en la ejecución de los trabajos correspondan a la necesidad de la
ejecución de la obra.
Efectuar el monitoreo de los riesgos identificados, velando que la implementación de la respuesta y
monitoreo de los riesgos se realicen oportunamente.
Opinar oportunamente sobre las propuestas de modificación en el costo, plazo o calidad de la obra en
ejecución, respecto a lo previsto en el expediente técnico de obra aprobado, requeridas por el residente de
obra.
Aprobar modificaciones no significativas a lo establecido en el expediente técnico.
Revisar, validar y observar, de ser el caso, el contenido de los informes periódicos emitidos por el residente
de obra.
Revisar, validar y observar, de ser el caso, la planilla del personal obrero y administrativo emitido por el
residente de obra.
Emitir un informe periódico sobre sus actividades desarrolladas, recomendando acciones que deben
adoptarse para asegurar el cumplimiento del costo, plazo y calidad de la ejecución de la obra.
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“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
m) Registrar y mantener actualizado en el sistema INFOBRAS, la información generada respecto a la ejecución
de obras públicas por administración directa.
n) Participar en las sesiones del Comité de Seguimiento de Inversiones del SNPMGI y de las reuniones de
seguimiento, en caso de ser convocado.
Articulo N° 41.- La designación del Inspector se realiza mediante acto resolutivo y la del Supervisor mediante
contrato. El Jefe de la Oficina de Supervisión y Monitoreo entregará al Inspector o Supervisor, las Directivas
Internas vigentes de Ejecución de Obras por Administración Directa para una correcta supervisión de la obra y
para la elaboración de los documentos que le corresponde entregar.
Articulo N° 42.- Las Funciones y Obligaciones, tratándose del personal de planta Inspector, se encuentran
reguladas en los documentos de gestión interna de la entidad, en el caso de ser contratado estas se enunciarán
en el Contrato que le alcanzará el personal de la Unidad de Recursos Humanos, al igual que el contrato del
Supervisor.
Articulo N° 43.- La supervisión de las obras durante el periodo de ejecución debe realizarse siguiendo los
procedimientos y lineamientos establecidos en la normatividad vigente y en base a especificaciones técnicas
para este tipo de estructura hidráulica, debiéndose realizar las pruebas y ensayos que garanticen el correcto
funcionamiento de las obras. Es necesario ejecutar pruebas hidráulicas ante la falta de evidencia de pruebas de
control de calidad y adoptar las acciones que correspondan para el deslinde de responsabilidades.
El Residente de Obra y el Inspector o Supervisor, el último día del mes deben formular y valorizar los metrados
de la Obra realmente ejecutados, los mismos que servirán para elaborar el informe mensual de obra.
Articulo N° 44.- Ingeniero de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente Para la ejecución de una
obra por administración directa, la entidad debe designar o contratar como mínimo a un (1) ingeniero encargado
de la seguridad en obra, salud ocupacional y medio ambiente, quien debe ser ingeniero en seguridad industrial,
ingeniería industrial, ingeniería civil o profesional afín, colegiado y habilitado, contratado bajo el régimen laboral
o contractual que corresponda según la normativa aplicable.
 Para las obras de categoría A, solo será exigible que el Ingeniero de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio
Ambiente sea un profesional en seguridad industrial, ingeniería industrial, ingeniería civil o profesional afín,
colegiado y habilitado.
 Para las obras de categoría B, este profesional debe contar con un mínimo de dos (2) años de experiencia
en el sector público y mínimo un (1) año de experiencia específica en obras públicas de similar naturaleza a
la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura.
 Para las obras de categoría C, este profesional debe contar con un mínimo de cuatro (4) años de
experiencia en el sector público y mínimo dos (2) años de experiencia específica en obras públicas de similar
naturaleza a la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura.
Articulo N° 45.- En toda obra involucra la presencia de trabajadores los cuales están frente a un riesgo de
accidente, por lo que se debe designar a un Ingeniero de Seguridad y Salud en el Trabajo, dicho profesional
debe cumplir los siguientes requisitos:
Formación académica
a) Nivel educativo: Universitaria completa
b) Grado / situación académica: Título de Ingeniería Civil, Industrial, Seguridad Industrial, Geología
o profesional a fin por la formación.
Experiencia
a) Experiencia general: Cinco (05) años
b) Experiencia específica (desarrollando funciones similares y/o en cargos similares y/o en el Sector
Público) : Uno (01) o Dos (02) años según corresponda en seguridad en obra, salud ocupacional
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y medio ambiente, residencia de obras, supervisión de obras o inspección de obras, en obras
similares en el sector público.
Nota: En el expediente técnico se detallará las funciones similares y cargos similares, según la
envergadura y especialidad del proyecto.
Requisitos adicionales
 Colegiado y habilitado.
 Contar con Especialización en Seguridad y Salud en el Trabajo y en Proyectos de Inversión
Pública.
 Capacitación en temas relacionados en ejecución de proyectos, gestión pública y
contrataciones del Estado.
 Conocimiento de ofimática.
 No tener sanción administrativa relacionada con la ejecución de obras públicas.
 No tener antecedentes penales y judiciales, relacionados a la ejecución de obras.
Articulo N° 46.- El Ingeniero de Seguridad y Salud en el Trabajo reporta simultáneamente al Residente de obra
y al Órgano y/o Unidad Orgánica competente de la entidad.
Articulo N° 47.- El Ingeniero de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente debe cumplir principalmente
las funciones siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
Elaborar el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo y actualización como parte de la mejora continua.
Aperturar y llenar del cuaderno de incidentes y accidentes.
Conocer los alcances y características de la obra al que ha sido asignado. Así como las obligaciones
contractuales y legales ante la entidad y las autoridades locales.
Establecer comunicación fluida con los Prevencionista de Riesgos Laborales si los hubiere en la obra y
éstos a su vez con los trabajadores.
Inspeccionar y supervisar en el campo las diferentes actividades y desarrollar el análisis de riesgos de todos
los trabajos que se realicen, y si amerita la situación de riesgo inminente paralización del trabajo,
proponiendo mejora del procedimiento en su ejecución, conjuntamente con el responsable del proyecto.
Asistir a la línea de mando en el cumplimiento de las funciones que les compete en la implementación y
ejecución del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la obra.
Generar estrategias de capacitación para instruir y sensibilizar al personal, en cuanto a la implementación
y mantenimiento de los mecanismos de protección y control en los trabajos que realicen y el cumplimiento
de las normas ambientales y de seguridad, relacionadas con la obra.
Realizar capacitaciones específicas y, de ser necesario, coordinar con especialistas en temas de Seguridad
y Salud en el Trabajo, previa coordinación con el Residente de obra.
Implementar y administrar el Plan Anual de Seguridad y Salud en la obra.
Impulsar el proceso de elección del Comité de SST (Seguridad y Salud en el Trabajo).
Implementar los procedimientos y protocolos de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Revisar y proponer la actualización del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo – RISST,
las políticas formatos y actas.
Elaborar las recomendaciones de SST (Seguridad y Salud en el Trabajo) para cada puesto.
Elaborar el programa anual de capacitación.
Capacitar a los brigadistas en respuesta a emergencias.
Emitir las Conformidades, Acciones Preventivas y Correctivas.
Elaborar las Matrices de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos y Controles – IPERC, Plan de
Contingencia, mapas de riesgos, y Estadísticas de SST (Seguridad y Salud en el Trabajo) para los reportes
a la Gerencia de Infraestructura.
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Articulo N° 48.- Durante la ejecución de la obra debe presentarse el informe mensual de seguridad y salud en
el trabajo, en cumplimiento al Decreto Supremo N° 005-2012-TR que aprueba el Reglamento de la Ley de
Seguridad y Salud en el Trabajo, Art. 33° Registros obligatorios del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud
en el Trabajo, teniendo como plazo máximo para su presentación, de cinco (05) días hábiles del mes siguiente
en forma obligatoria y bajo responsabilidad
Articulo N° 49.- Ingeniero de Calidad Para la ejecución de una obra por administración directa la entidad
designa al menos un (1) ingeniero de calidad de obra, quien debe ser ingeniero civil, ingeniero industrial o
profesional afín, colegiado y habilitado, contratado bajo el régimen laboral o contractual que corresponda según
la normativa aplicable. Contar con un Ingeniero de Calidad es un requisito opcional para la ejecución de obras
que correspondan a la categoría A; y, un requisito obligatorio para la ejecución de obras que correspondan a las
categorías B y C.
 Para las obras de categoría A, solo será exigible que el Ingeniero de Calidad, sea un ingeniero civil,
ingeniero industrial o profesional afín, colegiado y habilitado.
 Para las obras de categoría B, este profesional debe contar con un mínimo de dos (2) años de experiencia
en el sector público y mínimo un (1) año de experiencia específica en obras públicas de similar naturaleza a
la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura.
 Para las obras de categoría C, este profesional debe contar con un mínimo de cuatro (4) años de
experiencia en el sector público y mínimo dos (2) años de experiencia específica en obras públicas de similar
naturaleza a la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura.
Articulo N° 49.- El ingeniero de calidad garantiza que la obra cumpla con los estándares de calidad establecidos
en el expediente técnico de obra y debe cumplir principalmente las funciones siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
Desarrollar e implementar los procedimientos de control de calidad.
Revisar la ejecución de las tareas de construcción para asegurar el cumplimiento de especificaciones y la
normativa aplicable.
Realizar inspecciones y pruebas de calidad en materiales y procesos constructivos.
Identificar y corregir las desviaciones o defectos en la obra.
Coordinar con los proveedores y subcontratistas para asegurar la calidad de los materiales y equipos
utilizados.
Gestionar la documentación de calidad y elaboración de informes de seguimiento.
Articulo N° 50.- Administrador de obra Es un profesional administrador, contador, economista, ingeniero
industrial o de otras carreras afines, colegiado y habilitado.
 Para las obras de categoría A, solo será exigible que el Administrador de Obra sea un profesional
administrador, contador, economista, ingeniero industrial o de otras carreras afines, colegiado y habilitado.
 Para las obras de categoría B, este profesional debe contar con un mínimo de dos (2) años de experiencia
en el sector público y mínimo un (1) año de experiencia específica en obras públicas de similar naturaleza a la
obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura.
 Para las obras de categoría C, este profesional debe contar con un mínimo de cuatro (4) años de experiencia
en el sector público y mínimo dos (2) años de experiencia específica en obras públicas de similar naturaleza a
la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura.
Articulo N° 51.- Es responsable de la gestión administrativa de la obra y se encarga de las áreas de personal,
tesorería, presupuesto, abastecimiento y contabilidad de la obra. El administrador de la obra puede ser un
profesional de la entidad designado para dicho fin o contratado por el plazo de ejecución de la misma y cumple
principalmente las funciones siguientes:
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a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
Realizar el control y seguimiento del archivo documental del personal de obra, tales como fichas de ingreso,
ficha de control, carnet del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC, información
de derecho habientes, entre otras labores que dispongan el área de Recursos Humanos.
Controlar los stocks físicos del almacén con los movimientos registrados en el Kardex.
Efectuar el seguimiento al cronograma de adquisición de materiales en correspondencia con los
requerimientos de bienes y servicios para la obra; ingreso oportuno de proveedores; mediante reportes
semanales que deben ser remitidos al Residente de Obra para ser parte del sustento de sus informes
mensuales de obra.
Coordinar con el Ingeniero Residente de Obra, Logística y Almacenes sobre los pedidos de bienes
semanales o mensuales de obra.
Controlar la asistencia y dotación de personal obrero o de proveedores de insumos contratados.
Revisar el tareo semanal del personal obrero, administrativo o técnico de la obra por parte del ingeniero
residente, con la finalidad de que la información esté completa antes del cierre de planilla semanal.
Atender las consultas y reclamos del personal empleado sobre sus remuneraciones, descuentos,
vacaciones, entre otros.
Articulo N° 52.- Almacenero de Obra Para la ejecución de una obra por administración directa la entidad
designa al menos un (1) encargado del almacén de obra, quien debe ser bachiller o titulado de las carreras
profesionales o técnicas de construcción, construcción civil o afines, contratado bajo el régimen laboral o
contractual que corresponda según la normativa aplicable.
Articulo N° 51.- Contar con un almacenero de obra es un requisito opcional para la ejecución de obras que
correspondan a la categoría A; y, un requisito obligatorio para la ejecución de obras que correspondan a las
categorías B y C.



Para las obras de categoría A, solo será exigible que el almacenero de obra sea un bachiller o titulado
de las carreras profesionales o técnicas de construcción, construcción civil o afines.
Para las obras de categoría B, el almacenero de obra debe contar con un mínimo de un (2) años de
experiencia en el sector público y mínimo un (1) año de experiencia específica en obras públicas, según
lo defina la Gerencia de Infraestructura.
Para las obras de categoría C, el almacenero de obra debe contar con un mínimo de tres (3) años de
experiencia en el sector público y mínimo dos (2) años de experiencia específica en obras públicas,
según lo defina la Gerencia de Infraestructura.
El almacenero debe organizar, desarrollar, coordinar los procesos técnicos de recepción, verificación y control,
registro y custodia de los insumos como materiales, herramientas, equipos livianos o maquinarias que ingresan
y salen del almacén de obra.
Articulo N° 52.- Asistente de obra Para la ejecución de una obra por administración directa la entidad designa
como mínimo a un (1) asistente de obra, quien debe ser bachiller o titulado de las carreras profesionales de
ingeniería civil, arquitectura o de carreras profesionales o técnicas afines, contratado bajo el régimen laboral o
contractual que corresponda según la normativa aplicable. Contar con un asistente de obra es un requisito
opcional para la ejecución de obras que correspondan a la categoría A; y, un requisito obligatorio para la
ejecución de obras que correspondan a las categorías B y C.
 Para las obras de categoría A, solo será exigible que el asistente de obra sea un bachiller o titulado de las
carreras profesionales de ingeniería civil, arquitectura o de carreras profesionales o técnicas afines.
 Para las obras de categoría B, el asistente de obra, debe contar con un mínimo de dos (2) años de
experiencia en el sector público y mínimo un (1) año de experiencia específica en obras públicas, según lo
defina la OAD.
 Para las obras de categoría C, el asistente de obra debe contar con un mínimo de tres (3) años de
experiencia en el sector público y mínimo dos (2) años de experiencia específica en obras públicas, según lo
defina la OAD.
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Articulo N° 53.- El asistente de obra debe interpretar todo tipo de planos (topográficos, de plantas, secciones,
alzados, cubiertas, estructuras) y documentos de un proyecto de construcción; asimismo, debe realizar
mediciones, croquis y levantamiento de planos de obra, manejar y utilizar programas informáticos de mediciones,
presupuestos, valoraciones y certificaciones.
6.12 Seguridad y Salud en las Inversiones
Articulo N° 54.- Las inversiones en ejecución presentan riesgos laborales, por lo que es necesario implementar
medidas de seguridad y salud ocupacional, para evitar y prevenir daños a la salud de los trabajadores que
laboran en los proyectos de inversión; por lo tanto, es necesario tener en cuenta las medidas de seguridad
establecidas en la normativa vigente y relacionadas a la seguridad y salud en el trabajo.
Articulo N° 55.- Toda obra debe contar con un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, el mismo que debe
considerarse desde la concepción del presupuesto, en razón de que debe considerarse un costo para su
implementación. El Plan de Seguridad y Salud será elaborado por un profesional en seguridad y salud en el
trabajo y evaluado por un Equipo de Trabajo de Seguridad y Salud en el Trabajo o quien haga sus veces, previo
a su implementación durante la ejecución de la obra.
Articulo N° 56.- El Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la obra debe contener como mínimo lo siguiente:
a) Objetivo del Plan
b) Alcance de la obra
c) Descripción del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la institución
d) Política del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo
e) Presupuesto
f) Organización y responsabilidades para el desempeño del sistema de gestión de seguridad y salud en el
trabajo;
g) Elementos del Plan:
1. Objetivos, metas y programa de seguridad y salud en el trabajo
2. Estructura del Subcomité de seguridad y salud en el trabajo
3. Identificación de requisitos legales y contractuales relacionados con la seguridad y salud en el
trabajo
4. Identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de los controles operacionales,
su metodología y procedimiento
5. Mapas de riesgos
6. Plan de vigilancia de la salud de los/las trabajadores/as
7. Procedimientos de trabajo para las labores de alto riesgo
8. Programa de capacitación, sensibilización y entrenamiento
9. Formatos de los registros del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
10. Programa de inspecciones
11. Investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
12. Auditorías
13. Gestión de mejora continua de la seguridad y salud en el trabajo; y,
14. Plan de respuesta ante emergencias.
h) Fecha y firma de quienes elaboran el Plan.
Articulo N° 57.- En la obra se conformará un Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuando tenga
veinte (20) o más trabajadores/as; y, un/a Supervisor/a de Seguridad y Salud en el trabajo, elegido/a por los/las
trabajadores/ras. Tanto el Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo como el/la Supervisor/a de Seguridad
y Salud en el Trabajo de la obra coordina sus actividades con el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de
la entidad.
Articulo N° 58.- La elección de el/la Supervisor/a de Seguridad y Salud en el Trabajo de la obra, así como los
integrantes del Subcomité se sujetan a los procedimientos dispuestos en la normativa vigente de seguridad y
salud.
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Articulo N° 59.- El Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo debe cumplir las siguientes funciones:
a) Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el de la
actividad preventiva en la obra.
b) Participar en la elaboración, aprobación, implementación y evaluación de las políticas, planes, reglamentos,
programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo y programas de prevención de accidentes y
enfermedades profesionales de la obra.
c) Aprobar el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la obra.
d) Considerar las circunstancias y participar en la investigación de las causas de todos los accidentes,
enfermedades profesionales e incidentes que ocurran en la obra, emitiendo las recomendaciones respectivas
para evitar la repetición de estos y haciendo seguimiento de su implementación y eficacia.
e) Formular recomendaciones para la mejora de las condiciones y el medio ambiente de trabajo, velar porque
se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su eficacia.
f) Realizar inspecciones periódicas de las áreas de trabajo y de sus instalaciones, maquinarias y equipos, a fin
de reforzar la gestión preventiva.
g) Vigilar el cumplimiento de la legislación, normas internas y las especificaciones técnicas del trabajo
relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo.
h) Promover el compromiso, colaboración y participación activa de todos/as los/las trabajadores/as en el
fomento de la prevención de riesgos en el lugar de trabajo.
i) Promover que todos/as los/las trabajadores/as reciban, al inicio de la relación laboral, la inducción,
capacitación y entrenamiento sobre los riesgos laborales presentes en la obra y en el puesto de trabajo.
j) Vigilar que todos/as los/las trabajadores/as estén informados y conozcan los reglamentos, instrucciones,
especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás documentos escritos o gráficos relativos a la prevención
de los riesgos laborales.
k) Revisar periódicamente las estadísticas de los incidentes, accidentes y enfermedades profesionales
ocurridas en la obra, cuyo registro y evaluación deben ser constantemente actualizados por el/la empl
l) eador/a.
m) Vigilar la ejecución y cumplimiento del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la obra.
n) Revisar periódicamente la ejecución de los programas de capacitación y entrenamiento.
o) Reportar a la máxima autoridad en la obra, la siguiente información:
 El accidente mortal o el incidente peligroso, de manera inmediata; y
 Las actividades realizadas, con periodicidad trimestral y al finalizar su mandato.
6.13 Expediente de Obra
La Gerencia de Infraestructura es la encargada de llevar un expediente o registro documentado, en el cual
consten todas las actuaciones relacionadas con el proceso de cada obra ejecutada por administración directa,
el mismo que debe estar digitalizado y resguardado por la Gerencia de Infraestructura. Los documentos que
conforman el expediente de obra se detallan en el Anexo 3 de la presente directiva.
6.14 Control Concurrente
El Sistema Nacional de Control realiza el control concurrente sobre la ejecución de obras por administración
directa, debiendo de brindar las facilidades del caso por las áreas involucradas; este control estará priorizando
la utilización de herramientas tecnológicas y medios de comunicación electrónicos para su fiscalización,
conforme a la normativa establecida por la Contraloría General de la República.
6.15 Responsabilidades
El Gerente General de la entidad es responsable de disponer, asegurar y cautelar el cumplimiento de las
disposiciones establecidas en la presente directiva. Asimismo, los funcionarios o servidores que participan en
los procesos y actividades que se realizan para la ejecución de obras públicas por administración directa son
responsables del cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente directiva.
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6.16 De Los Cambios Organizacionales en la Entidad
De producirse cambios organizacionales en la entidad de manera posterior a la aprobación de la presente
directiva, las actividades, funciones, roles y responsabilidades asignadas a las diferentes oficinas, unidades
orgánicas, órganos u otros a los que se hace referencia en el presente documento normativo, recaerán en las
que hagan sus veces, según él Manual de Operaciones (MOP) quien reemplaza al Reglamento de Organización
y Funciones (ROF) y demás documentos técnicos normativos de gestión organizacional del Proyecto Especial
Tacna.
VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
7.1 Fase de Aprobación de la Ejecución de Obra
Para aprobar la ejecución de una obra por administración directa, se requiere de los sustentos técnico, legal y
presupuestario que aseguren que la entidad puede llevar a cabo la obra de manera célere, transparente y en las
mejores condiciones de calidad, costo y oportunidad; asimismo, debe permitir reducir el riesgo de paralizaciones
por deficiencias en el expediente técnico, de contingencias legales o falta de presupuesto.
Articulo N° 60.- Requisitos para la ejecución de obras por administración directa La Gerencia de
Infraestructura de la entidad sustenta la capacidad técnica de la entidad para la ejecución de una obra por
administración directa para cuyo efecto se debe cumplir con los requisitos siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
La ejecución de obras públicas por administración directa debe responder a las prioridades establecidas en
los Planes de Desarrollo local, regional y nacional según corresponda; teniendo en cuenta la disponibilidad
de los recursos e instrumentos físico, técnicos y económicos requeridos para tal fin.
La inversión a la que pertenece la obra pública debe contar con viabilidad o aprobación en el marco del
SNPMGI, para las entidades sujetas al referido Sistema Administrativo.
El expediente técnico debe estar aprobado por la instancia correspondiente de la entidad.
Se contará con los profesionales, los técnicos y el personal administrativo necesario para la ejecución de
la obra, los cuales son contratados bajo el régimen laboral, contractual o de intermediación que corresponda
según la normativa aplicable, los que deban estar disponibles de acuerdo con los requerimientos,
participación y perfiles definidos en el expediente técnico. El personal profesional y técnico no participan en
más de una (1) obra, excepto cuando en el expediente técnico se haya establecido una participación menor
o igual al cincuenta por ciento (50%), en dicho caso podrán participar en máximo dos (2) obras, lo cual debe
ser verificado por la Gerencia de Infraestructura cuando se trate de obras de la misma entidad y para obras
de otras entidades la verificación se realizará en el marco de la colaboración entre entidades de la Ley Nº
27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Tener la propiedad, compromiso de alquiler emitido por tercero (para adquisiciones menores a 8 UIT) u
otras formas de uso permitidas por la normativa aplicable, para el caso de los equipos y maquinaria
establecidos en el expediente técnico, los cuales deben estar en estado operativo, conforme a las
cantidades requeridas por la complejidad y características de la obra y con la disponibilidad según el
calendario de requerimiento de equipos y maquinaria. Los documentos de propiedad o uso deben cumplir
con los requisitos establecidos en el Anexo 4 de la presente directiva.
Tener disponibilidad y libre acceso al terreno donde se ejecutará las obras, paso o permiso de servidumbre,
así como la autorización de acceso y licencias para la explotación de las canteras de provisión de materiales
en las cantidades requeridas para la obra, los mismos que deben tener adjuntos los planos de ubicación
georreferenciados de la cantera y de la zona de eliminación de materiales excedentes. Los documentos de
sustento deben cumplir los requisitos establecidos en el Anexo 5 de la presente directiva.
Contar con las licencias, permisos y autorizaciones, entre otras, necesarias para la ejecución de la obra.
En el Anexo 6 de la presente directiva se presenta un listado referencial de las mismas.
Contar con el programa de ejecución de obra, calendario de obra valorizado y calendario de adquisición de
materiales y equipos, actualizados y concordantes con la estrategia definida para la ejecución de la obra y
el plazo de ejecución de obra previsto.
Tener el calendario de requerimiento de la contratación de la mano de obra calificada y no calificada
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necesaria para la ejecución de la obra, actualizados y de acuerdo al programa de ejecución de obra.
Articulo N° 61.- Elaboración de Informes y Aprobación de la Ejecución de Obra por Administración
Directa La Gerencia de Infraestructura debe elaborar el informe técnico que sustente la capacidad de la entidad
de ejecutar una obra por administración directa, el mismo que debe remitir a la Oficina de Asesoría Jurídica y a
la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en la entidad, para requerir sus opiniones mediante informe
legal e informe presupuestario, respectivamente, con el detalle siguiente:
 Informe Técnico: Es elaborado por la Gerencia de Infraestructura a cargo de la ejecución de la obra y debe
sustentar satisfactoriamente los requisitos técnicos para que la obra se ejecute por administración directa. El
informe técnico contiene como mínimo la información establecida en el Anexo 7 de la presente directiva.
emite un informe técnico en el que sustenta y evidencia que cuenta con:
-
La viabilidad de la inversión aprobada en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y
Gestión de Inversiones.
El expediente técnico aprobado por la Gerencia General y el presupuesto de obra.
La capacidad técnica que dispone la entidad (mano de obra, materiales y equipos).
Evaluación de la complejidad de la obra y la relación con la experiencia operativa de la entidad.
Disponibilidad y libre acceso al terreno donde se ejecutará la obra.
 Informe Legal: Es elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces en la entidad
y debe validar que no haya impedimentos normativos para que la obra se ejecute por administración directa.
El informe legal contiene como mínimo la información establecida en el Anexo 8 de la presente
directiva. conteniendo la siguiente información:
-
deberá emitir opinión legal respecto a que el expediente de la obra está acorde a la normatividad y con
arreglo a ley – Directiva N° 017-2023-CG/GMPL, cuyo requisito se encuentran conforme se establece
para la ejecución por administración directa de la obra.
opinión legal respecto a la libre y efectiva disponibilidad del terreno (Certificado de Disponibilidad
propiedad del Terreno). Excepcionalmente dicha disponibilidad puede ser acreditada mediante entregas
parciales siempre que las características de la obra a ejecutar lo permitan.
Opinión legal respecto si se cuenta con licencias, permisos, autorizaciones, opiniones favorables, entre
otros, emitidas por entidades competentes, que permitan el inicio y el desarrollo normal de las
actividades a ejecutar, de ser el caso.
 Informe Presupuestario: Es elaborado por la Oficina de Presupuesto y Gestión Estratégica de la entidad y
debe validar que se cuenta con los recursos presupuestarios disponibles o proyectados según el calendario
de avance de obra valorizado. De ser favorable, el informe debe anexar la certificación o previsión
presupuestal, según corresponda. El informe presupuestario contiene como mínimo la información
establecida en el Anexo 9 de la presente directiva. conteniendo lo siguiente:
-
Informe que acredite disponibilidad presupuestal para la ejecución de la obra según calendario de
avance de obra valorizado, precisando sus fuentes de financiamiento y otros.
- Informe que indique que el presupuesto se encuentre considerado en el Programa Multianual de
Inversiones (PMI) del periodo a ejecutar.
Articulo N° 62.- De contar con los tres informes favorables, la modalidad de la ejecución de la obra pública
por administración directa es aprobada mediante acto resolutivo emitido por la Gerencia General de la entidad o
por quien este delegue. Este proceso se lleva a cabo de acuerdo con la normativa aplicable en la entidad o
conforme a las funciones establecidas en sus documentos técnicos normativos de gestión organizacional
previamente aprobados.
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7.2 Fase de Preparación
Luego de aprobada la ejecución de la obra por administración directa, se deben realizar las acciones necesarias
para asegurar un inicio de obra que reduzca el riesgo de paralizaciones o sobrecostos durante su ejecución
física.
Articulo N° 63.- Designación o contratación de personal clave En un plazo máximo de noventa (90) días
calendarios de aprobada la modalidad de ejecución de obra por administración directa, la Gerencia de
Infraestructura de la entidad designa o contrata al residente y al inspector o supervisor de la obra, de acuerdo
con los perfiles establecidos en la presente directiva. Para el caso del inspector o supervisor, el inicio de su
participación debe consignarse en el contrato o documento que corresponda, a partir de la entrega del informe
de revisión del expediente técnico por parte del residente de obra.
El administrador de obra, el asistente de obra, el ingeniero de seguridad salud ocupacional y medio ambiente, y
el ingeniero de calidad serán designados o contratados para el inicio de la ejecución física de la obra, de acuerdo
con los perfiles les establecidos en la presente directiva, de corresponder.
Articulo N° 64.- Revisión y evaluación del Expediente Técnico Dentro de los quince (15) días calendario de
la designación del residente de obra, para el caso de obras cuyo plazo sea menor o igual a ciento veinte (120)
días calendario; y, dentro de los treinta (30) días calendario para obras cuyo plazo sea mayor a ciento (120) días
calendario, este último, presenta al supervisor o inspector de obra, un informe de revisión del expediente técnico
de obra, que incluya las posibles prestaciones adicionales, riesgos del proyecto y otros aspectos que sean
materia de consulta.
Articulo N° 65.- A la fecha de emisión del informe de revisión del expediente técnico, este último, no debe tener
una antigüedad mayor de tres (3) años de aprobado o de su última actualización para obras que forman parte
de un proyecto de inversión en el marco del SNPMGI y no mayor a un (1) año para obras que forman parte de
una Inversión de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) en el marco
del SNPMGI o de ser una obra que no se encuentre bajo el marco de dicho sistema administrativo; asimismo, el
presupuesto del Expediente Técnico debe contar con precios actualizados con una antigüedad no mayor de
nueve (9) meses para todos los casos.
Articulo N° 66.- El supervisor o inspector dentro del plazo de siete (7) días calendario para obras con plazo
menor o igual a ciento veinte (120) días calendario y diez (10) días calendario para obras con plazo mayor a
ciento veinte (120) días calendario, eleva el informe de revisión del expediente técnico de obra a la Gerencia de
Infraestructura, adjuntando su evaluación, pronunciamiento y verificaciones propias realizadas como supervisión
o inspección.
Articulo N° 67.- Si en el informe de revisión del expediente técnico de obra se advierte que durante la ejecución
de la obra se puede generar un incremento neto en el costo total mayor al quince por ciento (15%) a causa de
modificaciones, deficiencias en cotización de precios, entre otros, y sea validado por el supervisor o inspector de
obra, este último debe solicitar a la Gerencia de Infraestructura la reformulación del expediente técnico, el cual
requerirá un nuevo trámite de aprobación de la modalidad de ejecución por administración directa, de acuerdo
con lo establecido en la presente directiva.
Articulo N° 68.- Plan de Abastecimiento de Obra Dentro de los siete (7) días calendario de emitido el informe
del inspector o supervisor con opinión favorable de la revisión del expediente técnico por parte del residente de
obra, este último debe elaborar un Plan de Abastecimiento de Obra que contemple la provisión de bienes,
servicios y personal (incluyendo al personal clave restante) para todo el plazo de ejecución de la obra, de acuerdo
con los calendarios establecidos en el expediente técnico. El inspector o supervisor debe validar que no se
requieran adquisiciones o contrataciones de bienes, servicios o personal que no estén contemplados en el
expediente técnico de la obra, bajo responsabilidad. El Plan de Abastecimiento de Obra debe ser remitido a la
Gerencia de Infraestructura, al Órgano Encargado de las Contrataciones y a la Oficina de Personal de la entidad
o la que haga sus veces.
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Articulo N° 69.- En el mismo plazo señalado en el párrafo anterior, el residente debe emitir al menos el ochenta
por ciento (80%) de los requerimientos de adquisición o contratación de bienes, servicios y personal
contemplados en el Plan de Abastecimiento de Obra, los mismos que se remiten a la Gerencia de Infraestructura
indicando el cumplimiento del porcentaje señalado.
Articulo N° 70.- Adquisición o contratación de bienes, servicios y personal de obra Dentro de los sesenta
(60) días calendario siguientes al de emitido, al menos, el ochenta por ciento (80%) de los requerimientos de
adquisición o contratación de bienes, servicios y personal contemplados en el Plan de Abastecimiento de Obra,
los órganos o las unidades orgánicas competentes de la entidad, deben realizar las adquisiciones o
contrataciones correspondientes. Estas adquisiciones o contrataciones deben ser suficientes para permitir la
ejecución de partidas de obra de al menos los primeros treinta (30) días calendario de trabajo.
Articulo N° 71.- Asimismo, los responsables del almacén central, del almacén periférico, así como los
responsables de la dirección, ejecución y control de obra, dentro de sus funciones deben velar por el
cumplimiento estricto de la Directiva Nº 004-2005-GRT-PET-OPGE "Normas para el manejo de Almacenes
Periféricos del PET", verificando, controlando y visando el movimiento de materiales y combustibles.
Articulo N° 72.-No se pueden adquirir o contratar bienes, servicios o personal para la obra que no estén
contemplados en el Plan de Abastecimiento de Obra.
Los contratos u órdenes de compra o servicios deben establecer los plazos de ejecución de la prestación
conforme a lo establecido en el Plan de Abastecimiento de Obra, los mismos que deben modificarse, de acuerdo
con la normativa aplicable, cuando se modifique el plazo de la obra.
Articulo N° 73.- Informe de Aseguramiento de Operación y Mantenimiento Emitido por la Gerencia de
Infraestructura y la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica conteniendo lo siguiente:
-
Acta de compromiso e Informe debidamente sustentado y actualizado por las instancias respectivas,
sobre la responsabilidad de asumir los gastos de operación y mantenimiento, una vez concluida,
recibida, liquidada y posteriormente transferida al sector competente y/o Entidad correspondiente, que
asegure el adecuado funcionamiento de las instalaciones y/o prestación del servicio.
Articulo N° 74.- Acreditación de Maquinaria Operativa
El responsable de la Unidad de Equipo Mecánico, acreditará con documentos la propiedad de los equipos y
maquinarias mínimos establecidos en el expediente técnico, en estado operativo, conforme a las cantidades y
características requeridas por la complejidad y características de la obra y con la disponibilidad según el
calendario de requerimiento de equipos y maquinaria; así mismo debe garantizar que el personal operador de
maquinaria, reúna los requisitos técnicos mínimos. Se llevará un control sobre su rendimiento de la maquinaria
conforme a lo establecido en el Expediente Técnico. Esta acción de certificación deberá tener la verificación e
informe favorable del Residente e Inspector o Supervisor de Obra.
7.3 Ejecución Física De La Obra
7.1.1 Inicio De Ejecución Física De Obra
Para el caso del Proyecto Especial Tacna como entidad adscrita al SNPMGI, el plazo de ejecución física de la
obra se calcula desde la fecha en que se cumplan la totalidad de las condiciones establecidas en las normas de
dicho sistema administrativo
Articulo N° 75.- El plazo de ejecución de la obra se computa desde la fecha en que se firma el Acta de inicio de
Obra, para lo que se debe considerar:
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a) Entrega de la libre disponibilidad del terreno donde se ejecutará la obra.
b) Entrega de las maquinarias, equipos, materiales e insumos respectivos, de acuerdo al cronograma de
ejecución de obra y al cronograma de abastecimiento de materiales, para lo que el Gerente de infraestructura
o personal al que se delegue debe coordinar oportunamente con el responsable de la Unidad de Logística.
c) Adquisición de materiales e insumos para la obra según Anexo F-1 .1.
Articulo N° 76.- Entrega de Terreno
- Suscripción del Acta de Entrega de Terreno: Contando con la conformidad para el inicio de los trabajos, la
Comisión que hará entrega del terreno al Residente, debe identificar en el terreno los Benchmarks (hitos fijos o
monumentados) que definen la ubicación, niveles y puntos de referencias necesarios para el replanteo y
ejecución de la obra.
En dicho acto participan suscribiendo el acta el Residente, Inspector o Supervisor de obra y por parte de la
entidad el Gerente de Infraestructura. Dicho acto servirá también para dar la conformidad a la recepción del
terreno y la fecha en que se dará inicio a los trabajos, la misma que deberá corresponder al cronograma
establecido.
- Efectuada la Entrega Física del Terreno: Se apertura el Cuaderno de Obra con la anotación de la fecha de
inicio y transcripción del Acta de entrega del terreno, el Cuaderno debe permanecer en la obra.
Articulo N°77.- Presupuesto
Respecto a los presupuestos asignados para la ejecución de inversiones por administración directa, debe existir
una adecuada planificación en el control de la ejecución presupuestal, de modo que se vaya monitoreando lo
gastado y los saldos presupuéstales, a efectos de tomar con la debida anticipación las medidas correctivas
necesarias, dentro de las normas del marco presupuestal y de la Inversiones y durante el periodo de ejecución,
la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica, la Gerencia de Infraestructura y la Oficina de Supervisión y
Monitoreo en base a lo solicitado por el Residente e Inspector o Supervisor, dentro de sus atribuciones, deben
realizar el control del presupuesto asignado, que debe ser concordante con las partidas específicas de gasto del
presupuesto analítico aprobado en el expediente técnico y/o plan de trabajo y el avance físico de obra. En caso
contrario, contar con el presupuesto analítico modificado autorizado por la Oficina de Supervisión y Monitoreo
y/o aprobación de la Gerencia de Infraestructura, según sea el caso.
Articulo N° 78.- La ejecución de la obra debe contar con la asignación presupuestal correspondiente, el personal
técnico-administrativo y los equipos necesarios. Se realizará de acuerdo a lo aprobado en el expediente técnico,
bajo la responsabilidad del Residente, el que dispondrá la realización de las pruebas técnicas necesarias
conforme a las especificaciones técnicas, en este caso de no estar consideradas las programará con la
conformidad del Inspector o Supervisor.
Articulo N° 79.- La Oficina de Administración y Finanzas a través de la Unidad de Logística establecerá los
procedimientos para la adquisición de bienes, servicios y obras, solicitadas por las áreas usuarias dentro del
marco de la Ley de Contrataciones del Estado, teniendo como sustento las especificaciones técnicas, términos
de referencias y expedientes técnicos, bajo los formatos autorizados por el OCSE.
Articulo N° 80.- Control Financiero
La Jefatura de la Unidad de Contabilidad y Finanzas o quien delegue, coordina con el personal administrativo de
las obras, respecto al control financiero de los Proyectos de Inversión en ejecución, elaborando reportes
mensuales de ejecuciones analíticas presupuéstales por partidas específicas de gastos de personal, bienes,
servicios, activos, fijos, y otros), que serán proporcionadas a dicho personal dentro de los cinco (05) primeros
días del mes siguiente, para permitir sustentar el avance de la ejecución financiera y el informe final de la obra,
a nivel gasto devengado.
Articulo N° 81.- para el inicio de la obra es necesario la ejecución y las acciones siguientes:
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a) Que se hayan emitido al menos el ochenta por ciento (80%) de los requerimientos de bienes, servicios y
personal contemplados en el Plan de Abastecimiento de la Obra.
b) Que las adquisiciones o contrataciones de bienes, servicios y personal sean suficientes para permitir la
ejecución de partidas de obra, de al menos los primeros treinta (30) días calendario de trabajo.
7.4 Cuaderno de Obra
Articulo N° 82.- El Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”, a través
de la Gerencia de Infraestructura responsable de la ejecución de la obra por administración directa, en cada obra
que inicie debe contar con un Cuaderno de Obra Digital por medio de la herramienta informática que ponga a
disposición la Contraloría
Articulo N° 83.- La Gerencia de Infraestructura administrará los usuarios del Cuaderno de Obra Digital y
gestionará el otorgamiento de las firmas digitales respectivas; asimismo, asignará al residente y al inspector o
supervisor de obra los roles correspondientes. El residente de obra debe realizar el enlace del cuaderno de obra
digital a la obra correspondiente, mediante el código de obra existente en el INFOBRAS y según las normas
aprobadas por la Contraloría para dicho fin.
Articulo N° 84.- La apertura del cuaderno de obra digital y su vinculación a la obra correspondiente, debe
realizarse en la fecha de entrega del terreno.
Articulo N° 85.- Excepcionalmente, la entidad puede solicitar a la Contraloría la autorización para usar
adicionalmente un Cuaderno de Obra en Físico, cuando en el lugar donde se ejecuta la obra no haya acceso a
internet. Para estos efectos, se debe contar previamente con la apertura del Cuaderno de Obra Digital y se debe
presentar la respectiva solicitud por cada obra por administración directa que inicie, debiendo de pronunciarse
sobre la solicitud en un plazo máximo de cinco (05) días.
Articulo N° 86.- Cuando corresponda el uso adicional de un cuaderno de obra físico, este constará de una hoja
original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas a la Entidad, otra al residente y la tercera
al inspector o supervisor y se encuentra legalizado y firmado en todas sus páginas por el inspector o supervisor,
según corresponda, y por el residente, a fi n de evitar su adulteración; asimismo, en el plazo máximo de cinco
(5) días calendario contados desde el cierre de cada mes, se debe registrar los asientos del Cuaderno de Obra
Físico al Cuaderno de Obra Digital en el aplicativo que corresponda.
Articulo N° 87.- El residente y el inspector o supervisor son los únicos autorizados para escribir asientos en el
Cuaderno de Obra digital o físico, en los cuales se registran los hechos relevantes que ocurran durante la
ejecución de la obra, las órdenes, las consultas y las respuestas a las consultas, se registran en asientos
correlativos que deben estar firmados digitalmente, en caso de cuaderno de obra digital, o firma manuscrita al
pie de cada anotación, en el caso de cuaderno de obra físico, por el residente o por el inspector o supervisor,
según sea el que efectúe la anotación.
Las solicitudes que se requieran como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra
se presentan por el residente directamente a la Gerencia de Infraestructura de la entidad o al inspector o
supervisor, según corresponda, por medio de comunicación escrita.
Articulo N°88.- Las consultas, el residente de obra en el cuaderno de obra digital o físico y se dirigen al
inspector o supervisor, según corresponda; en caso de que el inspector o supervisor considere que las
consultas no requieran de la opinión del proyectista, las absuelve él mismo. De requerir opinión del
proyectista, remite las consultas a la Gerencia de Infraestructura de la Entidad para que esta sea tramitada,
con copia al residente. Cuando las consultas pueden implicar una modificación del expediente técnico de
obra, el inspector o supervisor emite el informe técnico correspondiente.
Articulo N° 89.- El original del cuaderno de obra permanece en la obra bajo la custodia y responsabilidad
del residente de obra; en tanto una de las copias es conservada por el inspector y la segunda copia se
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archiva y queda en custodia de la Gerencia de Infraestructura encargada de la ejecución de la obra por la
modalidad de administración directa.
Articulo N° 90.- El deterioro o pérdida parcial o total del cuaderno de obra genera responsabilidad
administrativa sobre los encargados de su custodia. En el cuaderno de obra se anotan, en asientos
correlativos, los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de esta, firmando al pie de cada
anotación el inspector o residente de obra, según sea el que efectúe la anotación.
Articulo N° 91.- El cuaderno de obra es cerrado por el residente de obra e inspector o supervisor de obra
cuando la obra haya sido recibida por la unidad orgánica responsable. El cuaderno de obra original forma
parte del expediente de la liquidación técnica-económica de la ejecución de la obra por la modalidad de
administración directa; el original queda en poder de la Gerencia de Infraestructura.
7.5 Provisión de Bienes y Servicios de Acuerdo al Calendario: Almacén de Obra
Articulo N° 92.- Se instalará un almacén que cuente con la infraestructura y mecanismos de control
necesarios para evitar sustracciones, pérdidas o situaciones similares de riesgo, el mismo que debe permitir
el fácil acceso y traslado de material hasta la ubicación de la obra sin incurrir en gastos adicionales por
transporte. El residente de obra es el responsable de su implementación y debe informar mensualmente
del estado y movimientos de almacén.
 La Oficina de Control Patrimonial de la entidad o la que haga sus veces, debe llevar el control
logístico documentado de todos los materiales, insumos y equipos que sean entregados al almacén de
la obra, de acuerdo con las normas o procedimientos internos aplicables para dicho fin.
 La Gerencia de Infraestructura, debe verificar la información proporcionada por el Residente de obra
en su informe mensual, en lo que corresponda. De observar irregularidades, la Gerencia de
infraestructura, bajo responsabilidad implementa de manera inmediata las acciones correctivas que
correspondan, o inicia las acciones necesarias para determinar las responsabilidades a que hubiere
lugar.
 La Oficina de Administración de la entidad o la que haga sus veces, lleva el control financiero de la
obra, para cuyo efecto emplea los registros contables auxiliares que correspondan a cada obra y que
permitan determinar su costo final; asimismo, registra cada gasto según las respectivas específicas de
ejecución presupuestal los que deben estar debidamente sustentados y ser concordantes con el
Presupuesto Analítico del expediente técnico de la obra. Para un mejor control reporta al responsable
de la obra la información financiera que él sea solicitada por este.
Articulo N° 93.- Los materiales, insumos y equipos excedentes que queden al final de la obra, deben
ser entregados a la Oficina de Control Patrimonial de la Entidad o la que haga sus veces, para que sean
ingresados al almacén general de la Entidad o, en su defecto, realice el proceso de baja
correspondiente, de acuerdo con las normas o procedimientos internos aplicables para dicho fin.
7.6 Informes de Valorización de Obra
Articulo N° 94.- Los metrados de obra ejecutados se formulan y consolidan diariamente por el residente
de obra y su personal asignado, los mismos que estarán registrados en el Cuaderno de Obra Digital o físico,
según corresponda, con lo cual se procederá a la elaboración de la valorización mensual y posterior
elaboración del informe mensual tanto del residente como del inspector o supervisor de obra.
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Articulo N° 95.- El residente de obra dentro de los diez (10) días calendario posteriores al cierre del mes,
presentará un informe mensual de los avances físicos y financieros y las ocurrencias de obra en el periodo
informado; así también, tomará las precauciones en cuanto a la cantidad de ejemplares que entregará a
las áreas correspondientes, además de alcanzar la versión digital y escaneado para el expediente del
proceso; bajo responsabilidad administrativa.
Articulo N° 96.- La valorización física de los trabajos será realizada por el residente de obra en el último
día calendario de cada mes, debiendo consignar los metrados ejecutados en el cuaderno de obra mediante
el asiento respectivo.
Articulo N° 97.- El inspector o supervisor de obra en un plazo de cinco (5) días calendarios de recibido el
informe mensual del residente de obra, revisa y emite un informe al área de supervisión de la entidad,
determinando la conformidad respectiva, o de ser el caso, comunicando las observaciones encontradas,
consignando entre otros aspectos, los siguientes:
a) Pronunciamiento sobre el avance físico de la obra.
b) El reporte del balance financiero de la obra documentado, presentado por el residente de obra en su
informe mensual. En este aspecto se controlará que las ejecuciones de gasto reportadas guarden
concordancia y congruencia con el presupuesto analítico aprobado.
c) Pronunciamiento sobre el grado de cumplimiento del expediente técnico durante la ejecución de la obra
y de las recomendaciones, sugerencias y observaciones emitidas por el inspector o supervisor de obra
en el periodo revisado.
d) La certificación y conformidad de los controles de calidad en obra realizados en el periodo revisado,
sustentados con los certificados y protocolos de las pruebas técnicas de calidad correspondientes.
e) Verificación del cumplimiento del impacto ambiental y las medidas de seguridad implementadas en la
obra.
f) Comentarios referentes a la ejecución de la obra, donde se indicará, si fuera el caso, la problemática
general, las soluciones planteadas, los aspectos relevantes de la ejecución y las observaciones
generales, así como las acciones a adoptar en caso la obra se encuentre con un atraso mayor al veinte
por ciento (20%) respecto a lo programado.
Articulo N° 98.- La presentación de las valorizaciones mensuales de los contratos de bienes y servicios
para la obra, realizados durante el mes, serán presentados a la dependencia pertinente de la entidad con
el informe de conformidad correspondiente.
Articulo N° 99.- Las valorizaciones de las modificaciones en la etapa de la ejecución física (adicionales,
deductivos, mayores metrados y partidas nuevas) serán presentados en cuadros distintos a la valorización
principal. Solo se procederá a ejecutar modificaciones en la etapa de ejecución física, cuando éste sea
aprobado por el órgano competente de la entidad y previamente registrado en los aplicativos informáticos
del SNPMGI e INFOBRAS, cuando corresponda.
7.7 Control de Calidad Durante la Ejecución de Obra
Durante la ejecución de la obra, deben realizarse las pruebas de control de calidad que están destinadas a
verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas, según su naturaleza y complejidad.
Articulo N° 100.- El expediente técnico de obra consigna las pruebas de control de calidad por
especialidad, según los estándares establecidos en la normativa vigente; sin embargo, el Residente y el
Inspector o Supervisor de obra deben realizar las respectivas pruebas de control de calidad de campo de
manera obligatoria en la etapa de ejecución de la obra, contrastando con lo indicado en el expediente
técnico.
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Articulo N° 101.- En los informes mensuales del Residente y el Inspector o Supervisor de obra,
obligatoriamente se adjuntan todas las pruebas y protocolos de control de calidad certificadas por los
especialistas o la certificación de los laboratorios acreditados. La Gerencia de Infraestructura debe realizar
el seguimiento a la ejecución del control de calidad del proyecto de inversión.
Articulo N° 102.- Si el resultado de las pruebas no hubiese sido satisfactorio dentro de los parámetros
normados, la Gerencia de Infraestructura coordina con el Residente y el Inspector o Supervisor de obra
para la subsanación de dichos resultados; y, de corresponder, comunica al área competente de la entidad,
según su estructura orgánica y funciones internas, para el deslinde de las responsabilidades de acuerdo
con las normas o procedimientos internos aplicables para dicho fin.
7.9 Modificaciones Durante la Ejecución Física
Articulo N° 103.- Toda modificación del alcance, costo y plazo respecto de lo previsto en el expediente
técnico debe contar con el sustento técnico y legal, el presupuesto necesario y estar aprobado por el
Gerente General de la entidad o a quien este delegue de acuerdo con la normativa aplicable.
Articulo N° 104.- En caso se supere el cincuenta por ciento (50%) del monto del expediente técnico
aprobado para el inicio de la obra, en el plazo máximo de diez (10) días calendario de comunicado por el
residente o inspector o supervisor, la Gerencia de Infraestructura debe comunicar dicha situación a la
Contraloría para el desarrollo de los servicios de control gubernamental que correspondan, así como al
titular de la entidad a efectos de que disponga se evalúe el desempeño de quienes elaboraron el expediente
técnico, del residente de obra y del inspector o supervisor de obra, para el deslinde de las responsabilidades
a que hubieren lugar.
Articulo N° 105.- Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, en los casos en que estas
modificaciones tengan su origen en deficiencias y errores en el expediente técnico o se den por la aplicación
de procesos constructivos inadecuados o por ineficiencia en la gestión de la ejecución de la obra, en el acto
administrativo que apruebe la modificación, además se dispondrá las acciones correctivas que
correspondan y el deslinde de las responsabilidades a que hubiera lugar.
Articulo N° 106.- Las modificaciones al expediente técnico aprobado solo serán procedentes siempre y
cuando sirvan para cumplir con el objetivo de la inversión y las metas de la obra o cuando estas
modificaciones sean producto de imprevistos no atribuibles a ninguno de los participantes de la obra pública
por administración directa.
Articulo N° 107.- Cuando se presente la necesidad de realizar modificaciones al expediente técnico de la
obra, el residente de obra sustentará y comunicará al inspector o supervisor de obra mediante cuaderno de
obra la identificación de la necesidad en un plazo no mayor de cinco (5) días calendario.
Articulo N° 108.- El inspector o supervisor de obra evaluará la modificación y si esta contiene cambios
significativos en el expediente técnico, comunicará a la Gerencia de Infraestructura de la entidad o a quien
haga sus veces, en un plazo no mayor de cuatro (4) días calendario siguientes de anotada la necesidad en
el cuaderno de obra para su pronunciamiento correspondiente.
Articulo N° 109.- Cuando las modificaciones son significativas, la Gerencia de Infraestructura en
coordinación con el proyectista del expediente técnico, absolverá la consulta dentro del plazo máximo de
quince (15) días siguientes de la comunicación del inspector o supervisor de obra. Las modificaciones son
registradas y comunicadas por el residente e inspector o supervisor mediante Anexo Nº 10 de la presente
directiva.
Articulo N° 110.- Las modificaciones que no representen cambios significativos en el expediente técnico
de la obra podrán ser aprobadas por el inspector o supervisor de obra, lo mismo con los mayores metrados
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que puedan existir en la obra, si estos no representan cambios significativos también pueden ser aprobados
por el inspector o supervisor de obra.
Articulo N° 111.- Tanto para modificaciones significativas y no significativas del expediente técnico que
impliquen un mayor costo neto de la obra, se requiere previamente de la certificación o previsión
presupuestal correspondiente de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad.
Articulo N° 112.- La Gerencia de Infraestructura designa al responsable de elaborar el expediente técnico
de modificación de la obra, teniendo en cuenta los precios unitarios que se tiene en el expediente técnico
de obra inicial.
Articulo N° 113.- El expediente técnico de modificaciones (adicionales, deductivos, partidas nuevas y
otros) de la obra, será elaborado por el residente de obra siempre y cuando las variaciones no se consideren
significativas.
Articulo N° 114.- Cuando el expediente de modificaciones requiera estudios nuevos o complementarios,
de cálculos de ingeniería y modifica significativamente en la obra, este debe ser realizada preferentemente
por consultoría externa. En ambos casos, el inspector o supervisor de obra deberá brindar la opinión técnica
del expediente adicional, previo a su aprobación vía acto resolutivo.
Articulo N° 115.- Dependiendo del caso, las modificaciones deberán contener mínimamente: Memoria
descriptiva, justificación, presupuesto detallado sustentado en análisis de precios unitarios, planos,
especificaciones técnicas, entre otros.
Articulo N° 116.- Las modificaciones que se presenten durante la ejecución física de las inversiones deben
encontrarse debidamente sustentadas y aprobadas por el Titular de la entidad. La Gerencia de
Infraestructura registra dicha modificación en los aplicativos informáticos del SNPMGI e INFOBRAS, según
corresponda.
Articulo N° 117.- En la aprobación de una modificación por los supuestos antes señalados, solo será
procedente otorgar ampliaciones de plazo cuando la causal modifique el calendario de ejecución de obra,
de manera que represente demora en la terminación de la obra. Se reconocerá la prórroga necesaria
obtenida a partir de la variación de la ruta crítica.
7.8 Modificaciones de Plazo de Ejecución de Obra
Articulo N° 118.- De Las Ampliaciones de Plazo Toda ampliación de plazo en la ejecución de la obra
debe ser aprobada por la Gerencia General mediante acto resolutivo y previamente registrada en el Banco
de Inversiones, previa sustentación por parte de la Gerencia de Infraestructura y la conformidad de la
Oficina de Supervisión y Monitoreo. para lo cual debe cumplir con el debido procedimiento administrativo y
las formalidades exigidas según la normativa vigente y solo procede cuando afecta la ruta crítica y esté
vigente el plazo de ejecución en los supuestos siguientes:
a) Desabastecimiento de los materiales e insumos de obra requeridos o demora en la provisión de los
mismos.
b) Ejecución de obras adicionales, modificaciones de diseño y mayores metrados.
c) Cualquier otra variación y/o modificación del contenido del expediente técnico original de la obra o
condiciones pre establecidos, siempre que afecten realmente a la ruta crítica de la obra y originen la
postergación debidamente documentada, sustentada y calculada; y
b) Demoras en la aprobación de las modificaciones de la fase de ejecución física, absolución de consultas
o en la aprobación de mayores metrados, nuevas partidas y adicionales de presupuestos que afecten
el cronograma de ejecución física de la obra.
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c) Situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, en cuyo caso se debe documentar en los asientos del
cuaderno de obra las pruebas de campo, informes, publicaciones, reportes del Servicio Nacional de
Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI), fotografías y otros, cuando sea el caso.
Articulo N° 119.- Inicio Del Procedimiento de Ampliación de Plazo De presentarse alguno de los
supuestos antes señalados, el residente de obra informa al inspector o supervisor de obra mediante el
cuaderno de obra para su validación. Determinado el supuesto o supuestos de paralización de la obra, el
residente emitirá un informe y solicitará al inspector o supervisor de obra la modificación del plazo de
ejecución de obra. El inspector o supervisor de obra evaluará la solicitud y de encontrarla justificada la
remitirá a la entidad conjuntamente con su informe, debe pronunciarse en un plazo máximo de tres (03)
días hábiles de recibida la comunicación.
Articulo N° 120.- Toda ampliación de plazo debe estar registrada en los aplicativos informáticos del
SNPMGI y en el INFOBRAS, según corresponda, previo al inicio de la ampliación de plazo.
Articulo N° 121.- Del Expediente de Ampliación de Plazo El Expediente de Ampliación de Plazo que se
tramita para su aprobación mediante acto resolutivo expedido por el Gerente General y debe contener la
siguiente documentación:
- Seis (06) ejemplares de Ampliación de Plazo, con su respectivo CD, debidamente firmados por el
Residente de Obra (en todos los folios).
- Pronunciamiento favorable y conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo (Jefatura/Inspector
o Supervisor).
- Copia autenticada del Cuaderno de Obra, donde conste el registro de la Ampliación del Plazo y su
procedencia.
- Pronunciamiento de la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica.
- Pronunciamiento de la Unidad de Logística, como órgano encargado de las contrataciones.
Articulo N° 122.-Notificación y Registro El acto resolutivo que aprueba el Expediente de Ampliación de Plazo,
debe ser notificado a las unidades de organización involucradas que hayan emitido pronunciamiento con
respecto de la misma. Una vez aprobado con acto resolutivo se debe proceder a su registro en el Banco de
Inversiones.
Articulo N° 123.-El Residente de obra debe cumplir con sustentar ante la Oficina de Supervisión y Monitoreo,
los gastos generales que ocasionará la puesta en marcha del nuevo cronograma de ejecución del proyecto de
inversión, en un plazo que no debe exceder de los cinco (05) días hábiles.
Articulo N° 124.-De los Adicionales y Deductivos
Todo Deductivo y/o Adicional de la inversión, debe ser aprobada por acto resolutivo, previa sustentación por
parte de la Gerencia de Infraestructura y conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo.
a) Adicionales: Cuando exista la necesidad de ejecutar obras adicionales, el Residente de obra como también
el Inspector o Supervisor, deben expresarlo en el Cuaderno de Obra, indicando la causal debidamente
sustentada, la cual podrá ser por hechos fortuitos o fuerza mayor (imprevisible) y de manera excepcional ante
una omisión, error o deficiencia que presenta el expediente técnico y que no fuera observada oportunamente
y debe responder a una necesidad de incluir algunos componentes adicionales o trabajos complementarios
y/o mayores metrados no considerados, para poder cumplir con las metas y objetivos predefinidos, para lo
cual deberá elaborar y presentar un Expediente adicional que será materia de aprobación mediante acto
resolutivo, previa opinión de la Oficina de Supervisión y Monitoreo, conteniendo la siguiente información:
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- Seis (06) expedientes del Adicional, con su respectivo CD seis (06), debidamente firmados con sello post
firma de Residente de la obra (en todos los folios), acompañado de un Informe Técnico sustentado,
consignado el número y la denominación del Adicional, donde se deberá de considerar lo siguiente:
a) Copias de las anotaciones efectuadas en el Cuaderno de Obra, tanto por parte del residente como por el
inspector o supervisor de obra, sobre la necesidad de ejecutar el adicional.
b) Planos y/o croquis del adicional a ejecutar.
c) Presupuesto del adicional, elaborado con los precios unitarios del original en caso que no existieron los
precios unitarios en dicho expediente se elaborará el adicional con nuevos precios unitarios.
d) Fórmulas polinómicas.
e) Planilla de metrados.
f) Diagrama de red (PERT-CPM o similar) de la ejecución del adicional, para sustentar la ampliación del plazo,
siempre que la ejecución del adicional repercuta efectivamente en la duración de la obra.
g) Calendario valorizado de avance adicional.
- Opinión favorable del Inspector o Supervisor y V°B° en señal de conformidad en el expediente del Adicional
(en todos los folios)
- Documentos de conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo.
- Opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica.
- Opinión favorable del proyectista sobre la solución técnica propuesta en el expediente técnico presentado
por el Residente. El proyectista deberá emitir su opinión favorable en el plazo de siete (07) días hábiles. A la
falta de pronunciamiento (del Proyectista o la Gerencia de Estudios y Proyectos) o sea negativo éste, la
Gerencia de Infraestructura deberá emitir la opinión favorable.
El acto resolutivo debe ser notificado a las unidades de organización involucradas y se procederá a su registro
en el Banco de Inversiones.
b) Deductivos: Cuando exista la necesidad de ejecutar Deductivos, el Residente de obra como también el
inspector o supervisor, deben expresarlo en el Cuaderno de Obra, indicando la causal debidamente
sustentada, la cual podrá referirse a aquellos componentes que encontrándose en el Expediente Técnico
aprobado, ya no es necesario ejecutar por razones debidamente justificadas (de orden tecnológico-avances,
cambios en los materiales a utilizar, de diseño, etc.), debiéndose contar con su respectiva valorización, para
lo cual se debe elaborar y presentar un Expediente de Deductivo que será materia de aprobación mediante
acto resolutivo, previa opinión de la Oficina de Supervisión y Monitoreo, conteniendo la siguiente información:
i. Seis (06) Expedientes de Deductivo debidamente firmados con sello post firma del Residente de obra (en todos
los folios) con su respectivo archivo digital en CD o USB en seis (06) unidades, acompañado de un informe
técnico sustentatorio, consignando el número y la denominación del Deductivo, donde se deberá de considerar
lo siguiente:
- Memoria Descriptiva:
a) Antecedentes
b) Objetivos del Proyecto
c) Ubicación
d) Descripción de las metas programadas
e) Modalidad de ejecución
f) Plazo de ejecución
g) Presupuesto integral del expediente técnico
h) Del Deductivo (justificación, documentación sustentatoria, anotaciones del cuaderno de obra)
i) Presupuesto del Deductivo
j) Conclusiones
k) Recomendaciones
- Planilla de Metrados
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- Análisis de precios unitarios
- Especificaciones Técnicas del Deductivo
- Copias de las anotaciones efectuadas en el Cuaderno de Obra, tanto por parte del Residente de
obra como por el inspector o supervisor, sobre la necesidad de ejecutar el deductivo.
- Anexos: resoluciones de designación del Residente de obra, copia Cuaderno de Obra, del Plan de
Trabajo
ii. Opinión favorable del inspector o supervisor y V°B° en señal de conformidad en los Expedientes de
Deductivo (en todos los folios).
iii. Documentos de conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo.
iv. Opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica.
El acto resolutivo expedido por el Titular o funcionario facultado, que aprueba el Expediente de Deductivo,
deberá ser notificado a las unidades de organización involucradas y se procederá a su registro en el Banco
de Inversiones.
Articulo N° 125.- Los Adicionales y Deductivos deberán presentarse con una anticipación de veinte (20) días
hábiles, bajo responsabilidad del Residente de obra.
Articulo N° 126.- Modificaciones
Toda modificación por actualización o rectificación debe ser aprobada por acto resolutivo, previa sustentación
por parte de la Gerencia de Infraestructura y aprobación de la Oficina de Supervisión y Monitoreo, con informe
de opinión favorable de la Gerencia de Estudios y Proyectos.
a)
Actualizaciones: Cuando exista la necesidad de una actualización (Expediente técnico o etapa de
ejecución), será sustentada por el Residente de obra y Proyectista, contando con la participación de las
áreas que lo aprobaron en el acto resolutivo primigenio y adjuntando la siguiente información:
-
Informe técnico sustentado (Residente de obra/Proyectista), firmado con sello post firma en todos sus
folios. De ser el caso, adicionalmente informes técnicos según la especialidad en función a la
complejidad de la modificación.
Opinión favorable del Inspector o Supervisor designado y V°B° en señal de conformidad en todos los
folios.
Documentos de conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo.
Opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica.
Una vez que se cuente con la documentación antes señalada, se remitirá para la emisión del acto resolutivo,
el mismo que deberá ser notificado a las unidades de organización involucradas; y se procederá a su
registro en el Banco de Inversiones en el caso de Expedientes Técnicos, siempre y cuando la actualización
no cambie la concepción técnica del proyecto, de lo contrario debe tramitarse hacia la unidad Formuladora
o la que haga sus veces, para opinión respectiva.
b) Rectificaciones: Cuando exista la necesidad de una Rectificación (expediente técnico o etapa de
ejecución), será sustentada por el Residente de obra y Proyectista o responsable involucrado, siempre y
cuando los errores de tipo material o aritmético, no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la
decisión, pueden ser rectificados, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados.
La rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el
acto original. El Expediente de Rectificación debe adjuntar la siguiente información:
 Informe Técnico sustentado del Residente de obra, Proyectista o Responsable involucrado, firmado
con sello post firma en todos sus folios.
 Opinión favorable del Inspector o Supervisor y V°B° en señal de conformidad en todos los folios.
 Documentos de conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo.
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Una vez que se cuente con la documentación antes señalada, se remitirá para la emisión del acto resolutivo
expedido por el Gerente General, el mismo que debe ser notificado a las unidades de organización
involucradas, debiéndose proceder a su registro en el Banco de Inversiones, siempre y cuando varíe el
monto de inversión y el plazo de ejecución.
7.10 Informes del Inspector o Supervisor de Obra
Articulo N° 127.- El inspector o supervisor de obra elabora los informes con carácter de declaración jurada
siguientes:
a) Informe de conformidad, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 11 de la presente directiva.
b) Informe de revisión del expediente técnico o expediente técnico de saldo de ejecución de obra, mediante
Formato que se adjunta en el Anexo 12 de la presente directiva.
c) Informe mensual de supervisión y valorización, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 13 de la
presente directiva.
d) Informe de ampliación de plazo, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 14 de la presente
directiva, el cual además contiene:
i. Informe de reprogramación de obra por ampliación de plazo, mediante Formato que se adjunta en
el Anexo 15 de la presente directiva.
ii. Informe de mayores gastos generales por ampliación de plazo, mediante Formato que se adjunta
en el Anexo 16 de la presente directiva.
ii. Informe de cronograma actualizado de obra, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 17 de la
presente directiva.
e) Informe de aprobación de prestaciones adicionales de obra, mediante Formato que se adjunta en el
Anexo 18 de la presente directiva.
f) Informe de aprobación de mayores metrados, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 19 de la
presente directiva.
g) Informe de liquidación de obra, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 20 de la presente
directiva.
7.11 Liquidaciones Parciales De Obra
Articulo N° 128.- El residente de obra presentará liquidaciones parciales de obra tanto técnicas como
financieras, las que deben ser validadas por el Inspector o Supervisor, emitiéndose en cantidades que
estarán relacionadas según el plazo de obra existente, siendo su presentación requisito para la culminación
de una obra por administración directa.
La liquidación parcial final será presentada conjuntamente con la solicitud de la culminación de la obra por
administración directa.
 La cantidad de liquidaciones parciales serán presentadas de forma cuatrimestral para obras con plazo
de ejecución menor a un (1) año.
 Si la obra tiene un plazo de ejecución igual o mayor a un (1) año, las liquidaciones parciales se
presentarán de forma semestral.
 La última liquidación parcial de obra corresponderá al plazo transcurrido entre la penúltima liquidación
parcial y la fecha de finalización de la ejecución física de la obra.
 Para obras cuyo plazo de ejecución es menor o igual a cuatro (4) meses no se presentará liquidaciones
parciales, presentando en cambio una liquidación total en el plazo previsto en la presente directiva.
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7.12 Informe de Liquidación Parcial o Total
Articulo N° 129.- Para el proceso de aprobación de la liquidación técnica financiera de la obra, parcial o
total, previamente se tramita el informe de conformidad de los gastos efectuados en la ejecución de la
misma que debe ser emitido por la Oficina de Contabilidad de la entidad o la que haga sus veces.
Articulo N°130.- Asimismo, para el proceso de liquidación técnica y financiera de la obra, parcial o total,
se dispondrá de un plazo de treinta (30) días calendarios después de cumplido el periodo correspondiente,
según lo establecido en el numeral 7.3.9 de la presente Directiva, los cuales contienen como mínimo la
documentación siguiente:
a) Declaratoria de viabilidad o aprobación de la inversión y resolución de aprobación del expediente
técnico y modificaciones aprobadas en la ejecución.
b) Memoria descriptiva: Los datos serán tomados del expediente técnico aprobado, cuaderno de obra,
documentos de gastos compatibilizados o de conformidad con información proporcionada por las
Oficinas de Contabilidad y Tesorería, así como con la Oficina de Presupuesto de la entidad, o las que
hagan sus veces, acción que permitirá determinar el monto real del presupuestado ejecutado.
c) Descripción del proyecto: Describir la ejecución de la obra por componentes y presupuestos de la
obra, así como los avances físicos logrados.
d) Antecedentes: Señala si la obra es nueva o su ejecución es continuación de años anteriores según el
horizonte del proyecto, en dicho caso debe precisarse los objetivos y metas conseguidas en cada
ejercicio presupuestal, existencia de saldo de materiales u órdenes de servicio pendientes de ejecución,
refrendada por la documentación correspondiente.
e) Objetivos logrados: Se debe considerar metas físicas programadas, metas físicas ejecutadas,
población beneficiada, beneficios programados y beneficios conseguidos.
f) Especificaciones técnicas: De las partidas realmente ejecutadas.
g) Grado de cumplimiento de metas: Es necesario efectuar por cada una de las partidas ejecutadas
según el Expediente Técnico aprobado y adicionales o deductivos, de corresponder.
h) Metrados y valorización final: Adjuntar valorización con los precios unitarios de las partidas
consideradas en el expediente técnico aprobado, cuadro de metrados finales que permita valorizar la
obra. De reportarse sobre metas es conveniente una valorización indicando el porcentaje con referencia
al presupuesto base; debe adjuntarse los planos de replanteo.
i) Cuadro analítico de detalle de gastos: Considerar las partidas específicas detallados según
clasificador de gastos que corresponda al ejercicio presupuestal en que se ejecutó, con cargo a la obra.
j) Resumen de ejecución presupuestal: Considerar las específicas de gasto que corresponda al
ejercicio presupuestal en que se ejecutó la obra.
k) Relación valorizada de insumos utilizados: Se debe efectuar una relación por cada uno de los
materiales, insumos y servicios adquiridos para la ejecución de la obra.
l) Balance de ejecución presupuestal: Consignar los datos del presupuesto autorizado para cada
insumo con su correspondiente específica de gasto y respecto al presupuesto ejecutado será tomado
de la rendición de gastos y cuyos resultados serán comparados para cada insumo programado.
m) Comentarios, conclusiones, y recomendaciones o sugerencias: Debe registrarse los
inconvenientes o
problemas detectados en el proceso de ejecución de la obra y otros (materiales en cancha, etc.)
detectados en el proceso de liquidación técnica - financiera.
Articulo N° 131.- Finalmente, la Gerencia de Infraestructura realizará las verificaciones de la información
registrada en los diferentes sistemas informáticos del Estado peruano, en particular, los aplicativos del
SNPMGI, Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF), el Sistema Electrónico de Contrataciones
del Estado (SEACE) y Sistema de Información de Obras Públicas (INFObras).
Articulo N° 132.- Es responsabilidad de la Gerencia de Infraestructura la presentación del informe de
liquidación parcial y total de acuerdo a las características de la obra, debiendo de tomar las acciones
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respectivas para el cumplimiento de la misma, a fin que la entidad cumpla con la Directiva N° 001-2019EF/63.01 “Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones”;
el no cumplimiento en los plazos correspondiente serán evaluado y sancionados por los órganos de control
de la entidad.
VIII. CULMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OBRA
Articulo N° 133.- En la fecha de la culminación de la ejecución de la obra, el residente de obra anota el hecho
en el cuaderno de obra y solicita al inspector o supervisor de obra para que en un plazo no mayor de cinco (5)
días calendario siguientes a la anotación señalada, corrobore el cumplimiento de lo establecido en el expediente
técnico y las modificaciones aprobadas.
De encontrarlo conforme, se anota en el cuaderno de obra y comunica formalmente a la Gerencia de
Infraestructura, de acuerdo con las funciones designadas por la entidad, para que en un plazo de cinco (5) días
calendario siguientes designe al Comité de Culminación y Liquidación de la ejecución de la obra.
Al haberse solicitado la recepción de la obra, el Residente deberá cumplir con presentar el INFORME FINAL DE
CULMINACIÓN DE LA OBRA en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario contados desde la fecha de
culminación de la obra, el que contará con la evaluación y aprobación del Inspector o Supervisor (según
corresponda) en un plazo de siete (07) días calendario. A este Informe se deberá acompañar:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
k)
Resolución de Aprobación de la Ejecución de la Obra por Administración Directa.
Informes que sustenten la capacidad operativa de la Entidad.
Términos de Referencia para la formulación del Expediente Técnico y su Resolución de Aprobación.
Expediente Técnico de la Obra.
Resolución de Aprobación del expediente Técnico.
Plan de Trabajo y Resolución de Aprobación.
Certificación de libre disponibilidad del terreno otorgado por el propietario o titular del poder jurídico.
Resolución de designación del Residente y del Inspector o del contrato del Supervisor de obra.
Acta de entrega del terreno.
Acta de inicio de obra.
Archivo documentado de requerimiento de mano de obra, materiales (cuadro de necesidades),
maquinaria y equipo.
l) Archivo de copia de la Órdenes de Compra y/u Órdenes de Servicios y Pedidos de Comprobantes de
Salidas (PECOSAS), Guías de Remisión, Notas de Entradas al Almacén (NEA).
m) Hojas de Tareo de personal obrero (actualización semanalmente).
n) Partes diarios de control de maquinarias y equipo.
o) Control de materiales: ingreso y salida del almacén de obra (tarjetas de control visible), saldos en
Almacén Periférico. Esta información debe contar con el V° B° del Jefe de Almacén Central, debe
adjuntarse el Acta de bienes sobrantes (F-l 1)
p) Valorizaciones mensuales.
q) Informes técnicos mensuales de avance físico - financiero.
r) Cuaderno de Obra.
s) Actas mensuales de conciliación sobre el gasto de ejecución (Presupuesto /Contabilidad).
t) Certificados de pruebas técnicas de control de calidad y funcionamiento, análisis físico-químicos,
estudios de mecánica de suelos, adjuntando cuadro resumen de las mismas.
u) Expediente de modificaciones físicas ocurridas durante la ejecución de la obra, acreditadas con
Resolución.
v) Fotografías representativas del proceso de ejecución de la obra (antes, durante y después).
w) Acta de Terminación de Obra, según Anexo N° 01 (Formato F-18).
x) Proyecto de Declaración de Fábrica (de ser el caso).
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y) Ejecución física final valorizada con indicación de los metrados realmente ejecutados y sus
correspondientes planillas de sustento.
z) Información sobre la ejecución presupuestal por específica del gasto.
Articulo N°134.- Al término de la ejecución de obra, el Residente adjunto al Informe Final debe cumplir con
presentar el Certificado de Evaluación Técnica en el que se verifique que el costo invertido por Administración
Directa es igual o menor que el presupuesto base deducida la utilidad. La certificación deberá contar con el V°B°
del Inspector o Supervisor (según corresponda).
Articulo N° 135.- El Informe Final de Culminación de Obra deberá ser canalizado a la Comisión de Recepción
y Liquidación de Obra, para que una vez recibida la obra pueda proceder a la Liquidación Técnica-Financiera de
la Obra.
Articulo N° 136.- Recepción y Entrega de la Obra
Una vez culminada la ejecución de la obra, el residente de obra anota la fecha de tal hecho en el cuaderno de
obra y solicita al inspector o supervisor de obra que en un plazo no mayor de cinco (05) días posteriores a la
anotación señalada corrobore el fiel cumplimiento de lo establecido en el expediente técnico y las modificaciones
aprobadas. De encontrarlo conforme, el inspector o supervisor anota en el cuaderno de obra y comunica
formalmente a la Gerencia de Infraestructura para que en un plazo de cinco (05) días mediante Resolución de
Gerencia General se designe a la comisión de recepción y liquidación de la ejecución de la obra.
La comisión de recepción y liquidación, en un plazo de quince (15) días de su designación, junto con el residente
e inspector o supervisor de obra, verifica el funcionamiento u operación de la infraestructura, disponiendo la
realización de las pruebas operativas que sean necesarias. Culminada la verificación, y de no existir
observaciones, se procede a la recepción de la obra y se suscribe el acta de recepción correspondiente.
La Comisión de Recepción y Liquidación de ejecución de la Obra designada con Resolución de Gerencia General
estará conformada por tres (3) miembros:
-
Un Ingeniero Civil representante de la Gerencia de Infraestructura quien la presidirá la comisión.
Un representante de la Oficina de Administración y Finanzas (Contador Público Colegiado)
Inspector o Supervisor como Asesor.
Los que deberán cumplir el siguiente perfil:
a)
b)
c)
d)
Título profesional.
Colegiado y habilitado en el ejercicio de sus funciones.
Conocimiento de la normativa de Proyectos de inversión Pública.
Experiencia como mínimo dos (2) años en la gestión pública.
De existir observaciones, estas se consignan en el acta de observaciones y se dispone al residente de obra que
proceda a la subsanación de estas, una vez subsanadas las observaciones se procede a la recepción de la obra.
El Residente de obra realiza la subsanación en un plazo que no podrá exceder 1/10 del plazo de ejecución según
expediente técnico y contados desde la fecha en que se suscribió el acta de observaciones.
Producida la subsanación dentro del plazo establecido, el residente solicitará una nueva verificación, no siendo
procedente que la Comisión formule observaciones distintas a las señaladas inicialmente.
En caso que la obra tenga continuidad en el siguiente ejercicio presupuestal o presente observaciones de
carácter técnico, se levantará únicamente un Acta de Verificación Física en donde se establecerá (de ser el caso)
el plazo para la subsanación de observaciones de acuerdo a la complejidad de la obra. En caso de observaciones
de carácter financiero, tales como: En partidas contempladas en el Plan de Trabajo y que no fueron ejecutadas.
Se solicitará al Residente cumpla con presentar la documentación sustentatoria referida a la no utilización del
monto que representan estas partidas no ejecutadas.
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En caso no se cumpla con el levantamiento de observaciones dentro del plazo establecido en Acta de Verificación
Física, la Comisión informará a la Gerencia General, quién dará cuenta al Órgano de Control Institucional del
Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”, a fin de que se programe
una acción de control que permita determinar las responsabilidades pertinentes.
La subsanación de observaciones debe acompañarse del informe de conformidad del Inspector o Supervisor de
la obra. La Comisión verificará la subsanación de las observaciones y en caso de existir conformidad levantará
Acta de Recepción de la Obra, en la que se dejará constancia de la documentación técnica entregada por el
Residente de la Obra.
Si no se presenta la documentación técnica exigible en el Archivo Técnico Permanente de la Obra, necesaria
para la liquidación y posterior saneamiento legal de la obra no se recibirá la Obra. En el caso de persistir las
observaciones se recibirá la Obra con indicación de las observaciones no subsanadas.
De darse conformidad a lo ejecutado se suscribirá una Acta de Recepción a la que se acompañarán los Planos
Post Construcción, Planilla de los metrados finales. Proyecto de Declaratoria de Fábrica y Archivo Técnico
Permanente de la obra.
El Acta de Recepción de la Obra y Acta de Observaciones serán refrendadas por la Comisión y el Residente de
la Obra.
8.1 Comité de Culminación y Liquidación de la Obra
Articulo N° 137.- La Gerencia de Infraestructura de la entidad propondrá a la Gerencia General de la entidad,
el Comité de Culminación y Liquidación de la obra, a fin de que el Titular de la entidad designe al comité mediante
acto resolutivo, el cual debe estar conformado por profesionales colegiados con habilidad vigente en sus
respectivos Colegios Profesionales, de acuerdo con el detalle siguiente:
 Un (1) profesional relacionado al tipo de la obra ejecutada (ingeniero o arquitecto), quien presidirá la
comisión;
 Al menos un (1) ingeniero o profesional afín a la naturaleza de la obra ejecutada;
 Al menos un (1) contador público colegiado;
 El residente de la obra;
 El inspector o supervisor de obra.
8.2 Informe Final de Obra
Articulo N° 138.- Culminada la ejecución física, el residente elaborará un Informe Final de Obra, el mismo que
será validado por el supervisor o inspector y contendrá información relevante dividida en una parte técnica y una
parte administrativa.
Articulo N° 139.- El informe deberá presentar la valorización final de avance de obra y la valorización financiera
hasta la fecha de la culminación de los trabajos. Este informe deberá ser presentado en el acto de culminación
de obra, en caso de incumplimiento del mismo, la Gerencia de Infraestructura será la responsable de su
elaboración.
Articulo N° 140.- En el Informe Final de Obra se adjunta todos los documentos generados desde el inicio de la
ejecución física hasta el acto de culminación de la obra; asimismo, el residente debe adjuntar un registro de
lecciones aprendidas, documento que reflejará los problemas relevantes ocurridos durante la ejecución de la
obra y las soluciones que permitieron la continuación hasta su culminación.
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Articulo N° 141.- Para la elaboración de la valorización final de la obra, se debe considerar una valorización
física y una valorización financiera. En la valorización física se valoriza la ejecución de la obra tanto en costo
directo como en costo indirecto, tomando las actividades realmente ejecutadas. En caso de no alcanzar el ciento
por ciento (100 %) de avance por tener deductivos de obra o por considerar un saldo de obra por ejecutar, estos
serán descritos en el informe final. Respecto a la valorización financiera, esta es determinada por el gasto
devengado que se tenga en la obra hasta su culminación, dividido en valorización financiera del costo directo y
del costo indirecto.
8.3 Informe Final de Liquidación
Articulo N° 142.- El residente emite un informe que consolida la documentación de sustento de las liquidaciones
parciales y contiene un resumen ejecutivo de los objetivos, metas alcanzadas y balance de la ejecución
presupuestal de la obra.
Articulo N° 143.- Dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes de la suscripción del Acta de Recepción,
los miembros de la Comisión de Recepción y Liquidación de la Obra, luego de la evaluación y validación de los
documentos proporcionados, presentarán al Gerente General del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación
de los Recursos Hídricos de Tacna”, la liquidación técnica y financiera de la obra para fines de su aprobación.
Articulo N° 144.- La Comisión podrá solicitar una prórroga del plazo dispuesto cuando la envergadura y
complejidad de la obra requiera de un mayor plazo. Asimismo, cuando se presenten problemas técnicos o
financieros que impidan concluir con la Liquidación Técnica y Financiera de la obra, se podrá solicitar una
prórroga con la sustentación debida, de hasta treinta (30) días calendarios.
Articulo N° 145.- El informe de Liquidación Técnica y Financiera deberá contener:
A. Memoria Descriptiva Final.
B. Evaluación y/o Análisis del Informe Final del proyecto cuyas conclusiones se obtendrán de:
Liquidación Técnica:
1.
2.
3.
4.
Metrados Finales de Obra.
Valorizaciones.
Adicionales, Deductivos o Modificación de metas.
Inventario de los materiales fungibles debidamente valorizados que quedaron a la culminación de
la obra (saldos y sobrantes).
5. Bienes de Capital (Activos Fijos) valorizados, adquiridos durante la ejecución del proyecto.
Liquidación Financiera:
1. Presupuesto Institucional versus Ejecución Financiera.
2. Detalle de la Ejecución de Gastos.
3. Resumen de la Ejecución por Rubros de Gastos.
4. Ejecución Presupuestal a nivel de Específicas del Gasto.
5. Resumen de Ejecución Analítica a Nivel de Fuentes de Financiamiento.
6. Balance de Ejecución Presupuestal.
7. Resumen de desembolsos del Fondo para Pagos en Efectivo.
8. Detalle de los Gastos de Administración.
9. Detalle de los Gastos de Supervisión.
10. Relación de saldos y sobrantes de obras, que cuenten con la conformidad del Área de Almacén.
11. Relación de bienes de Activo Fijo Patrimonizados con la conformidad del Área de Patrimonio.
12. Relación de bienes en condición de equipamiento, con la conformidad del Área de Patrimonio.
C. Observaciones.
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D. Conclusiones.
E. Recomendaciones.
F. Anexos:
1. Informe Final de la Comisión de Recepción y Liquidación de la Obra.
2. Resolución de Designación de la Comisión de Recepción y Liquidación.
3. Resolución de Designación del Residente y del Inspector o Contrato del Supervisor de Obra.
4. Acta de Recepción de Obra o Acta de Verificación Física.
5. Cuaderno de Obra debidamente legalizado.
6. Declaración de Viabilidad.
7. Expediente Técnico y Resolución de Aprobación.
8. Informes mensuales del Residente de Obra y del Inspector o Supervisor.
9. Registros fotográficos,
10. Presupuesto Analítico Inicial.
11. Expedientes de Modificaciones Presupuéstales y Resoluciones de Aprobación.
12. Resoluciones de Aprobación de Obras Adicionales o Deductivos con las modificaciones del plazo de
ejecución.
13. Planos de Replanteo.
14. Planos Post Construcción.
15. Metas Físicas alcanzadas.
16. De ser el caso Registro de Protocolo de Pruebas, sustentado por la relación de Ensayos de Calidad
adjuntando los resultados.
17. Cuadros comparativos de los rendimientos reales de los insumos relacionados directamente e
indirectamente con la construcción de la obra contrarios consignados en el Expediente Técnico.
18. Copia del cierre de planillas de personal obrero y empleado por cualquier modalidad de contratación y
pago beneficios sociales.
19. Proyecto de Declaratoria de Fábrica o Memoria Descriptiva Valorizada.
Articulo N° 146.- La obra concluida, respecto de la cual se ha procedido a la entrega de la documentación
consignada en los artículos precedentes y que ha sido objeto de liquidación mediante la resolución respectiva,
será motivo de entrega o transferencia al Sector o Dependencia correspondiente para su uso, conservación,
mantenimiento, administración, y su respectivo registro contable incrementando el patrimonio de la entidad
receptora. Para estos efectos el Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de
Tacna” entregará toda la información pertinente sobre la obra.
Articulo N° 147.- En las obras ejecutadas en más de un ejercicio presupuestal, por etapas, cada ejercicio
presupuestal anual debe contar con liquidaciones técnicas y financieras, por separado correspondientes a cada
expediente técnico y/o plan de trabajo debiéndose realizar la evaluación entre la parte técnica y financiera y
conciliar los saldos entre la información financiera emitida por la Comisión de Liquidación y Recepción de Obra
y libros contables, con la finalidad de reclasificarse contablemente a la subcuenta: 1501.03 "ESTRUCTURAS",
y rebajar la subcuenta contable: 1501.089906 "ESTRUCTURAS CONCLUIDAS POR RECLASIFICAR" para
reflejar un saldo razonable en los estados financieros.
Asimismo, en cada liquidación parcial se debe efectuar una verificación de obra, recepción parcial o situacional
según corresponda, para validar los metrados que sustentan la ejecución física y para tener cuenta posibles
correcciones posteriores.
Articulo N° 148.- La Comisión no es responsable por los vicios ocultos que hubiera en la ejecución de la obra.
El residente, Inspector o Supervisor asumen responsabilidad por dichos vicios ocultos dentro del alcance de sus
funciones. Si hubiera vicios ocultos, la Entidad solicitará a los responsables del Proyecto para que en un plazo
máximo de treinta (30) días calendarios levante las observaciones y adopten los correctivos del caso.
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del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
Para las actividades de Operación y Mantenimiento de obras pre existente por Ejecución Presupuestaria Directa,
obligatoriamente se debe tramitar en el menor tiempo posible a la recepción y liquidación técnica financiera en
forma independiente por cada actividad, a medida que éstas vayan concluyendo, evitando sufrir demoras, de
modo que la información disponible tenga mayor efectividad en su utilización.
8.4 Constatación y Observaciones
Articulo N° 149.- El Comité de Culminación y Liquidación de la obra en un plazo máximo de quince (15) días
calendario siguientes a su designación, recepciona el Informe Final de Obra, el Informe Final de Liquidación y
verifica el funcionamiento de la infraestructura, dispone realizar las pruebas operativas que sean necesarias,
procede a verificar los trabajos ejecutados y el cumplimiento de lo establecido en los planos y especificaciones
técnicas del expediente técnico.
Articulo N° 150.- Culminada la verificación y de no existir observaciones, se procede a la culminación de la obra
y se suscribe el Acta de Culminación correspondiente.
Articulo N° 151.- De existir observaciones, estas se consignan en un acta o pliego de observaciones y en un
plazo máximo de tres (3) días calendario se informará a la entidad sobre las observaciones encontradas para
que se disponga que el residente de obra proceda a la subsanación de estas en un plazo no mayor a un décimo
(1/10) del plazo de ejecución de la obra, que se computará a partir del quinto día calendario de suscrito el acta
o pliego de observaciones.
Articulo N°152.- Subsanadas las observaciones, el residente de obra solicitará nuevamente la culminación de
la obra mediante la anotación en el cuaderno de obra, el mismo que será verificado por el inspector o supervisor
de obra informando de dicho acto a la entidad, en caso corresponda, en el plazo de tres (3) días calendario
siguientes a la anotación respectiva.
Articulo N° 153.- El Comité de Culminación y Liquidación de obra se presentará en la obra en un plazo máximo
de siete (7) días calendario siguientes de recibido el informe del inspector o supervisor. La constatación se
limitará a verificar la subsanación de las observaciones formuladas en el Acta de Observaciones, no pudiendo
formular nuevas observaciones.
Articulo N° 154.- En caso no se haya levantado las observaciones, el Comité de Culminación y Liquidación de
obra no dará por culminada la obra, pero si la liquidará, deduciendo las observaciones que no fueron corregidas,
descontando dicho costo en el monto final de la obra y haciendo constar en el informe de liquidación técnica y
financiera, para luego identificar a los responsables de dicha situación.
Articulo N° 155.- Si en el proceso de verificación de la subsanación de observaciones, el Comité de Culminación
y Liquidación de obra constata la existencia de observaciones diferentes a las ya formuladas, sin perjuicio de
suscribir el acta de culminación de obra, informará a la entidad para que ésta solicite por escrito a la Gerencia
de Infraestructura las subsanaciones del caso, siempre que constituyan vicios ocultos. El Comité de Culminación
y Liquidación de obra no es responsable por los vicios ocultos que hubiera en la ejecución de la obra; siendo
responsables los ejecutores dentro del alcance de sus funciones.
8.5 Transferencia de la Obra
Articulo N° 156.- Al inicio de cada ejercicio presupuestal, la Gerencia General dispondrá la conformación de
una Comisión de Transferencia de Obras, la misma que debe presentar un Plan de Trabajo para cumplimiento
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de sus actividades, debiendo ser aprobada por la Gerencia General. Su nominación se formalizará con acto
resolutivo y estará integrada de la siguiente manera:
-
01 Representante de la Gerencia General
01 Representante de la Gerencia de Infraestructura
01 Representante de la Oficina de Administración y Finanzas
Articulo N° 157.- Luego de culminada la ejecución de la obra, se procederá a la entrega de la obra a otra Unidad
Orgánica de la misma entidad que ejecutó la obra, la cual se encargará de su operación y mantenimiento,
asegurando el adecuado funcionamiento de las instalaciones.
La entrega de la obra se deja constancia en un Acta de Transferencia suscrita por los responsables de los
órganos o unidades orgánicas que entregan y reciben la obra, además del titular de la entidad.
Articulo N° 158.- Las obras ejecutadas por administración directa, en el plazo máximo de un (1) año de suscrita
el Acta de Transferencia son registradas en el patrimonio de la entidad (Oficina de Patrimonio) e inscritas en los
Registros Públicos y anotada en el inventario de bienes nacionales, en lo que corresponda, en aplicación de la
normativa aplicable. Para dicho efecto, el Acta de Transferencia debe contener toda la información de la obra
que sea necesaria para su registro, inscripción y anotación.
Articulo N° 159.- Aprobada la Liquidación Técnica y Financiera de la obra mediante acto resolutivo, la Comisión
debe iniciar el procedimiento de transferencia de la obra a la entidad o dependencia orgánica correspondiente,
debiendo ésta ser comunicada para su uso, conservación, operación y mantenimiento. La documentación a
transferir debe constar de:
-
Expediente de Liquidación Técnica y Financiera del Proyecto
Resolución de aprobación de la liquidación.
Planos de replanteo.
Asientos de traspaso.
Otra documentación de corresponder.
Articulo N° 160.- La entidad o dependencia orgánica que recepciona la obra se encargará de la inscripción de
los títulos de propiedad ante los registros públicos a través del proyecto de Declaratoria de Fábrica que remita a
la entidad transferente.
Articulo N° 161.- La reclasificación de las cuentas contables se realizará una vez aprobada la liquidación final
del proyecto, la misma que debe estar acompañada del Acta de Transferencia de la obra, para dar inicio al
tratamiento contable respectivo.
Articulo N° 162.- La extracción de la cuenta contable respectiva de los registros patrimoniales y contables de la
institución, se efectuará con la resolución que aprueba la transferencia definitiva hacia el sector/entidad
correspondiente, aprobado con la depreciación de ser el caso, cuyo ingreso en los registros contables de la
entidad receptora se realizará mediante el Acta de Transferencia que le sea notificada.
Articulo N° 163.- Una vez culminada la fase de ejecución (luego de que el Proyecto de Inversión ha sido
totalmente ejecutado, liquidado y transferido al sector/entidad responsable de su operación y mantenimiento), se
inicia la fase de Funcionamiento que comprende la operación y mantenimiento de los activos generados con la
ejecución de la inversión y la provisión de los servicios implementados con dicha inversión, correspondiendo a
los responsables:

Programar, ejecutar y supervisar las actividades que garanticen la operación y mantenimiento de los
activos generados por la inversión ejecutada, con el objetivo de brindar a los usuarios un servicio
adecuado y oportuno, asegurando con ello su sostenibilidad y preservando su uso y vida útil.
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del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”

8.6
Contar con un inventario de activos generados con la ejecución de las inversiones, el mismo que debe
ser actualizado periódicamente, según los formatos correspondientes del INVIERTE.PE.
Cierre del Proyecto
Articulo N° 164.- Estando la obra concluida, recepcionada, liquidada y transferida, la Gerencia de Infraestructura
procederá al "Cierre del Proyecto de Inversión", a través del Formato N° 04 Registro de cierre de inversión) Anexo 02. La Entidad receptora del Proyecto de Inversión, se encargará de las etapas de Operación y
Mantenimiento, debiendo ejecutar las actividades, operaciones y procesos necesarios para su producción de
acuerdo a lo previsto en el Estudio que sustentó su declaratoria de viabilidad.
La Entidad receptora priorizará la asignación de recursos para realizar un mantenimiento adecuado, su Órgano
Resolutivo deberá velar por que el Proyecto de Inversión cuente con un mantenimiento adecuado de acuerdo a
los estándares y parámetros especificados.
IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Vigencia
La presente directiva entra en vigencia el 1 de abril de 2024 y será aplicable a toda obra pública que se ejecute
por la modalidad de administración directa cuyo expediente técnico sea aprobado a partir de la entrada en
vigencia de la presente norma o que se encuentren en ejecución física con una ejecución financiera acumulada
de obra menor al diez por ciento (10%), en cuyo caso, a partir de dicho estado, deberán adecuarse a las
disposiciones de la presente directiva
Segunda.- Saldos de ejecución de obra
Para el caso de saldos de ejecución de las obras que han sido ejecutadas por administración directa, estos
comprenden la ejecución de una nueva obra. Cuando el saldo de obra se ejecute por administración directa,
este debe cumplir con las disposiciones de la presente Directiva independientemente del análisis, sustento y
aprobación que se haya realizado en la obra de la cual proviene.
Los saldos de obra bajo el alcance de la Ley Nº 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas
paralizadas, también deben cumplir con las disposiciones de la presente directiva.
Tercera.- Registro en el INFOBRAS
Con la aprobación del expediente técnico para la ejecución de obras por administración directa, se procederá a
registrar la obra en el INFOBRAS de la Contraloría por parte del responsable de la entidad según el usuario
asignado, el cual dará como resultado el código INFOBRAS de la obra, pudiendo registrar la ficha de Datos
Generales en dicho sistema.
El inspector o supervisor de la obra tiene la obligación de registrar en el INFOBRAS, la información generada
respecto de la ejecución de inversiones con componentes de infraestructura por administración directa, conforme
a las normas establecidas por la Contraloría. El incumplimiento generará responsabilidad por parte del inspector
o supervisor.
Cuarta.- Interoperabilidad de los sistemas informáticos
La Contraloría, a través del uso de tecnologías de la información y la comunicación (TIC), implementará en el
INFOBRAS los mecanismos necesarios para el intercambio de información entre los aplicativos informáticos del
SNPMGI, Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) y Sistema Integrado de Administración
Financiera (SIAF); asimismo, permitirá compartir la información del cuaderno de obras digital con dichos
sistemas, en caso sea solicitado.
Quinta. - Control Gubernamental
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Las obras públicas que se ejecutan por administración directa están sujetas a los servicios de control
gubernamental que correspondan, de acuerdo con las atribuciones de la Contraloría establecidas en la Ley Nº
27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus
modificatorias.
Sexta.- Comité de Vigilancia de obras por administración directa
El Comité de Vigilancia de obras de la entidad está integrado por los representantes de la sociedad civil que
participan en los Consejos de Coordinación Regional, Provincial o Distrital, pudiendo estar integrado también por
los beneficiarios directos de la obra. Cuando exista un Comité de Vigilancia en el marco del proceso de
presupuesto participativo, puede hacerse cargo de la vigilancia de las obras por administración directa del
gobierno regional o local que corresponda.
Los miembros del Comité de Vigilancia deben ser reconocidos mediante acto resolutivo de la entidad emitido por
el órgano o la unidad orgánica competente, de acuerdo con los documentos internos de gestión de la entidad;
asimismo, la entidad debe proporcionar a los miembros del Comité de Vigilancia los equipos de protección
personal y seguros de ley que sean necesarios para las visitas. El financiamiento de estos gastos puede ser
cargado a los gastos generales de la obra.
Durante la ejecución de la obra el Comité de Vigilancia está facultado para solicitar solo la documentación que
haya elaborado el residente e inspector o supervisor de obra en cumplimiento de las disposiciones de la presente
directiva, respecto al avance en la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma de ejecución y al desembolso
del presupuesto asignado.
Asimismo, las visitas a la obra se realizarán solo con autorización previa de la Gerencia de Infraestructura y de
acuerdo con un cronograma aprobado por la entidad, debiéndose respetar las políticas de seguridad y salud
ocupacional establecidas por la entidad.
Séptima. - Registro de información en los aplicativos informáticos del SNPMGI
Las entidades deben registrar la información de las obras públicas por administración directa que sea requerida
en los aplicativos informáticos del SNPMGI cuando están adscritas a dicho sistema administrativo.
Octava. - Adquisición de bienes y servicios
La adquisición de bienes y servicios para la ejecución de la obra pública por administración directa se realiza
conforme a la normativa de contrataciones del Estado, a las disposiciones de la Dirección General de
Abastecimiento del MEF como ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento y otras que resulten
aplicables.
Décima. - Subcontratación
Los subcontratistas y los contratos de subcontratación se registran en el INFOBRAS, de acuerdo con las normas
y lineamientos establecidos por la Contraloría.
Décima Primera. - Absolución de consultas
Los casos no previstos en la presente directiva, en primera instancia, serán absueltos por la Oficina de
Planeamiento y Gestión Estratégica, quién absolverá en coordinación con la Oficina de Supervisión y Monitoreo
y Gerencia de Infraestructura, teniendo en consideración la normatividad vigente del Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI), normativa del Sistema Nacional de Control y otras
normas conexas y supletorias.
Décima Primera. – sobre aplicación de la directiva en obras en ejecución
Las inversiones que se encuentren en proceso de ejecución a la entrada en vigencia de la presente Directiva,
no serán paralizadas, ni serán readecuadas a su contenido con la finalidad de evitar retrasos, siempre y cuando
hayan cumplido con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria final de la presente Directiva.
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X. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única. - Aplicativos informáticos
La Contraloría a través de la Gerencia de Tecnologías de la Información o la que haga sus veces, desarrolla
o modifica los módulos del INFOBRAS y otros aplicativos de esta Entidad Fiscalizadora Superior que sean
necesarios para la implementación del Cuaderno de Obra Digital y el cumplimiento de las disposiciones de la
presente directiva. En tanto no se encuentre disponible el cuaderno de obra digital, las entidades podrán utilizar
un cuaderno de obra físico, el cual deberá ser digitalizado y transcrito cuaderno de obras digital, cuando esté
disponible.
11.
ANEXOS
CÓDIGO
ANEXO N° 01
ANEXO N° 02
ANEXO N° 03
ANEXO N° 04
ANEXO N° 05
ANEXO N° 06
ANEXO N° 07
ANEXO N° 08
ANEXO N° 09
ANEXO N° 10
ANEXO N° 11
ANEXO N° 12
ANEXO N° 13
ANEXO N° 14
ANEXO N° 15
ANEXO N° 16
ANEXO N° 17
ANEXO N° 18
ANEXO N° 19
ANEXO N° 20
ANEXO N°21
ANEXO N°22
F-1
F-1.1
F-1.2
F-2
F-3
F-4
F-5
F-5.1
F-5.2
F-5.3
F-5.4
F-5.5
F-5.6
F-6.1
F-6.2
F-6.3
F-7
F-8
F-9.1
F-9.2
F-9.3
F-9.4
F-9.5
DENOMINACIÓN
CONCEPTOS CONSIDERADOS EN EL PRESUPUESTO DE OBRA POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA.
INFORME PERIÓDICO DE RESIDENTE DE OBRA.
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE OBRA.
REQUISITOS PARA SUSTENTAR PROPIEDAD, ALQUILER U OTRAS FORMAS DE USO DE EQUIPOS Y MAQUINARIA.
REQUISITOS PARA SUSTENTAR DISPONIBILIDAD Y LIBRE ACCESO AL TERRENO DONDE SE EJECUTARÁ LAS OBRAS Y
A LAS CANTERAS.
LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES.
CONTENIDO DE INFORME TÉCNICO.
CONTENIDO DE INFORME LEGAL.
CONTENIDO DE INFORME PRESUPUESTARIO.
INFORME DE MODIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE DE OBRA
INFORME DE CONFORMIDAD.
INFORME DE REVISIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO O SALDO
INFORME MENSUAL DE SUPERVISIÓN Y VALORIZACIÓN.
INFORME DE AMPLIACIÓN DE PLAZO.
INFORME DE REPROGRAMACIÓN DE OBRA POR AMPLIACIÓN DE PLAZO.
INFORME DE MAYORES GASTOS GENERALES POR AMPLIACIÓN DE PLAZO.
INFORME DE CRONOGRAMA ACTUALIZADO DE OBRA.
INFORME DE APROBACIÓN DE PRESTACIONES ADICIONALES DE OBRA.
INFORME DE APROBACIÓN DE MAYORES METRADOS.
INFORME DE LIQUIDACIÓN DE OBRA.
PLAN DE TRABAJO
PERSONAL REQUERIDO
ACTA DE INICIO DE OBRA
LISTADO DE INSUMOS A ADQUIRIR AL INICIO DE LA OBRA
ACTA DE ENTREGA DE TERRENO
REGISTRO DE ASISTENCIA DE PERSONAL
INFORME DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL (DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA)
RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE ALMACÉN CONSOLIDADO (PERIFÉRICO/ CENTRAL/ OTROS)
COSTO DIRECTO / GASTOS GENERALES
RESUMEN GENERAL DEL MOVIMIENTO DE ALMACÉN
RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE ALMACÉN CENTRAL COSTO DIRECTO / GASTOS GENERALES
RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE ALMACÉN PERIFÉRICO COSTO DIRECTO / GASTOS
GENERALES
RESUMEN GENERAL DE MOVIMIENTO DE OTROS ALMACENES
RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE OTROS ALMACENES COSTO DIRECTO / GASTOS GENERALES
RESUMEN GENERAL DE MOVIMIENTO DE ALMACÉN CONSOLIDADO (CENTRAL/PERIFÉRICO/OTROS)
RESUMEN GENERAL DE MOVIMIENTO DE ALMACÉN PERIFÉRICO
RESUMEN DE MAQUINARIA CONTRATADA/PROPIA MENSUAL
MAQUINARIA ALQUILADA/PROPIA HORAS TRABAJADAS
CONSUMO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES, REPUESTOS Y OTROS DE MAQUINARIA ALQUILADA/PROPIA (MENSUAL)
HOJA DE TAREO DE PERSONAL MENSUAL Y TOTAL (SEGÚN CORRESPONDA)
VALORIZACIÓN DESAGREGADA ACUMULADA MENSUAL
EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL POR ESPECÍFICA DEL GASTO
EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL MENSUAL CON COSTO DIRECTO Y GASTOS GENERALES
RESUMEN DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL MENSUAL
RESUMEN ACUMULADO DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL
RESUMEN DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL ACUMULADO REAL
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“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
F-10
F-11
F-12
F-13
F-14
F-15
F-16
F-17
F-18
F-19
F-20
I-1
I-2
I-3
I-4
I-5
LT-1
LT-2
LT-3
LT-4
LT-5
LT-6
LT-7
LT-8
LF-1
LF-2
LF-3
LF-4A
LF-4B
LF-4C
LF-5
LF-6
LF-6.1
LF-7
LF-8
LF-9
LF-10
LF-11
LF-12
LF-1 3
LF-14
LF-15
INFORME MENSUAL DEL RESIDENTE
ACTA VALORIZADA DE BIENES SOBRANTES
INFORME DE OBSERVACIONES DURANTE LA VISITA DE INICIO DE OBRA
INFORME DE CONFORMIDAD PARA EL INICIO DE OBRA
INFORME DE INICIO DE OBRA
INFORME DE SUPERVISIÓN REGULAR
INFORME FINAL
INFORME DE COMUNICACIÓN RÁPIDA
ACTA DE TERMINACIÓN DE OBRA
MEMORIA DESCRIPTIVA VALORIZADA
FORMATO DE ANÁLISIS DE COSTOS UNITARIOS CON RENDIMIENTOS REALES DE OBRA
FORMATO DE INFORME FINAL DE DESARROLLO FÍSICO Y FINANCIERO RESIDENTE
INFORME DEL INSPECTOR O SUPERVISOR
INFORME DEL JEFE DE LA OFICINA DE SUPERVISIÓN Y MONITOREO
INFORME DE CONFORMIDAD DEL ENCARGADO DE LA LIQUIDACIÓN
INFORME DE COMPATIBILIDAD DEL RESIDENTE DE OBRA
METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO.
METRADOS DE MODIFICACIONES (ADICIONALES Y DEDUCTIVOS).
METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO Y MODIFICACIONES (ADICIONALES Y DEDUCTIVAS).
VALORIZACIÓN DE METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO.
VALORIZACIÓN DE METRADOS DE MODIFICACIONES (ADICIONALES).
VALORIZACIÓN DE METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO Y MODIFICACIONES (ADICIONALES Y DEDUCTIVOS).
RESUMEN COSTO TOTAL VALORIZADO DE OBRA.
RESUMEN DE VALORIZACIONES DE OBRA Y ADICIONALES POR MESES
RESUMEN DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL POR LA NATURALEZA DEL GASTO
RESUMEN DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL MENSUAL Y ACUMULADA TOTAL
RESUMEN DE DESEMBOLSOS DEL FONDO PARA PAGOS EN EFECTIVO
ANÁLISIS DETALLADO POR RUBROS DE LA ESPECÍFICA DE GASTO DE PERSONAL - REMUNERACIONES
ANÁLISIS DETALLADO DE LA ESPECÍFICA DE GASTO - BIENES
ANÁLISIS DETALLADO DE LA ESPECÍFICA DE GASTO - SERVICIOS
RESUMEN DE EJECUCIÓN FINANCIERA
INVENTARIO FINAL DE BIENES SOBRANTES - ALMACÉN CENTRAL
INTERNAMIENTO DE BIENES A ALMACÉN CENTRAL
RELACIÓN DE ACTIVOS FIJOS Y/O BIENES DURADEROS
INGRESOS ALMACÉN
BIENES DE OTROS ALMACENES
SALIDA DE ALMACÉN POR TODO CONCEPTO
COMPRA DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTE
SALIDA DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTE
VERIFICACIONES
COSTO DE LA META
BALANCE DEL COSTO TOTAL VALORIZADO VERSUS TOTAL REAL DE OBRA
ANEXO Nº 01
Conceptos considerados en el presupuesto de obra por administración directa
ESQUEMA DE PRESUPUESTO DE OBRA POR ADMNISTRACIÓN DIRECTA
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“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
RECOMENDACIONES GENERALES PARA LA FORMULACIÓN DEL PRESUPESTO DE OBRA POR
ADMINISTRACIÓN DIRECTA
a) En el presupuesto de obra se debe considerar sólo los gastos de capital, por lo tanto, no corresponde realizar
gasto corriente alguno.
b) En la formulación de los costos unitarios se deben considerar los precios de los materiales, y costos de
operación de las tarifas de alquiler de equipo, incluyendo el Impuesto General a las Ventas – IGV.
c) Los presupuestos de las obras por administración directa no tienen utilidad y tampoco IGV, este último está
incluido en los precios unitarios.
d) Si se tienen que importar insumos o recursos (materiales, equipos o maquinarias) necesarios para la
ejecución de la obra, deben considerarse con todos los costos e impuestos que requieran su adquisición.
e) Los precios de mano de obra deben incluir todos los beneficios sociales o corresponder a la tarifa salarial de
la Entidad según las diversas categorías previamente establecidas, como: capataz, operario, oficial, peón,
operador de maquinaria, etc.
f) En los costos operativos se deberá tener en cuenta que los gastos administrativos y técnicos deben tener
relación directa con la naturaleza y desarrollo de la obra.
ANEXO Nº 02
FORMATO DEL INFORME MENSUAL DEL RESIDENTE DE OBRA
Los Informes Mensuales de Residencia de Obra, deberán presentarse según el siguiente detalle:
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“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
Resumen Ejecutivo. A. Generalidades:
1. Nombre de la Obra:
2. Entidad:
3. Oficina de Obras por Administración Directa:
4. Secuencia Funcional:
5. Ubicación:
6. Año Presupuestal:
7. Datos Generales:
8. Modalidad de Ejecución:
9. Fuente de Financiamiento:
10. Presupuesto Aprobado:
11. Presupuesto Analítico:
12. Presupuesto Ejecutado:
13. Metas Concluidas:
B. Sustento Documentario de Obra:
1. Aprobación del Expediente Técnico:
2. Acta de Entrega del Terreno (de Infraestructura):
3. Acta de Inicio de Obra:
4. Declaratoria de Viabilidad:
5. Código Único de Inversión:
6. Código INFOBRAS:
C. De la Ejecución de Obra:
1. Descripción de la Obra en Ejecución
2. Registro fotográfico y de video
3. Conclusiones y Recomendaciones
D. Cuadros:
1. Planilla de metrados por cada partida
2. Valorización Mensual de Obra
3. Cronograma comparado Proyectado Vs. Ejecutado
4. Planilla del personal comprometida a la Obra
5. Manifiesto de Gastos
6. Ejecución Mensualidad de Gastos por Específica
7. Cuadro de Movimiento Diario de Almacén
8. Cuadro Resumen de Almacén (Ingresos – Egresos)
9. Saldo Valorizado de Materiales
10. Reprogramación de Ejecución Física y Financiera de la Obra
11. Reprogramación de Ejecución Física en Diagrama de Barras Gantt
12. Control de equipo mecánico
13. Controles de calidad
14. Panel fotográfico y video.
15. Copias del cuaderno de Obra.
Desarrollo de los Títulos
Resumen Ejecutivo. A. Generalidades:
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1. Nombre de la Inversión. - Colocar el nombre completo de la inversión.
2. Nombre de la Obra. - Colocar nombre completo de la obra.
3. Entidad. - Colocar nombre de la Entidad
4. Oficina de Obras por Administración Directa. - Colocar nombre de Unidad Orgánica que ejecuta el Proyecto.
5. Secuencia Funcional. - Colocar datos de la secuencia funcional:
 Código
 Función
 División funcional
 Grupo funcional
 Actividad/Proyecto
 Componente
 Meta
6. Ubicación. - Colocar la localidad donde se encuentra la obra, puede ser una comunidad, anexo, entre otros.
 Localidad
 Distrito
 Provincia
 Departamento
7. Año Presupuestal. - Colocar año de ejecución presupuestal.
8. Datos Generales. - colocar datos del Jefe de Proyecto, Residente de Obra, Inspector o Supervisor de Obra,
Administrador de obra, Almacenero de Obra:
 Nombres
 Colegio Profesional / DNI
 Dirección
 Teléfono
 Email
9. Fuente de Financiamiento. - Indicar el origen del financiamiento de la obra (Canon y sobrecanon)
10. Presupuesto Aprobado. - colocar el monto aprobado según resolución de la autoridad.
11. Presupuesto Ejecutado:
 Según Valorización
 Mayores metrados
 Adicionales
 Deductivos
 Total, Ejecutado
: S/.
: S/.
: S/.
: S/.
: S/.
12. Metas Concluidas. - Indicar las metas físicas que se han logrado con la obra al momento de la elaboración
del informe.
B. Sustento Documentario de Obra:
1. Aprobación del Expediente Técnico. - Documento y fecha
2. Acta de entrega del terreno. - Como referencia se coloca la fecha de entrega del terreno, lugar y las partes
firmantes.
3. Acta de Inicio de Obra. - Se indica el Inicio de Obra y los participantes firmantes del acta.
4. Declaratoria de Viabilidad. - Se indica el Órgano que declara la viabilidad del PIP.
5. Código Único de Inversión. - Como referencia se coloca el número de identificación del Banco de Inversiones.
C. De la Ejecución de Obra:
1. Descripción de la Obra en Ejecución. - Se presenta la siguiente información:
 Descripción de los trabajos realmente ejecutados durante el mes en forma sucinta.
 Descripción de los Recursos Humanos empleados
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 Relación de maquinaria y equipo utilizado en la obra. - Se indicarán todas las maquinarias y equipos que
tienen presencia física en la ejecución de la obra. Se debe separar maquinarias y equipos pertenecientes a
la Entidad de aportes de otras fuentes.
 Descripción de los plazos:
 Fecha de Inicio de obra:
 Plazo de ejecución:
 Fecha de conclusión:
 Ubicación de canteras de agregados utilizados - distancia, traslado, etc.
 Indicar otras referidas a la ejecución de las Obras.
 Indicar el Aporte de Terceros - Apoyo comunal u otros.
 Accesibilidad. - Distancias, tiempo y tipo de movilidad.
2. Registro Fotográfico. - presentara fotografías que demuestren el avance mensual de obra.
3. Conclusiones y Recomendaciones. - Se debe indicar los avances realizados, problemas de obra relacionados
con el clima, personal, equipo y otros que generen el retraso o interfieran con el normal desarrollo de las
actividades, por otro lado, se debe indicar las recomendaciones que aporten para la solución de los problemas
o de mejorar los trabajos a ejecutar o las medidas correctivas en caso se detecten desviaciones en las
ejecuciones técnico financieras.
D. Cuadros:
1. Planilla de metrados por cada partida. - Se consigna los metrados por partidas ejecutadas en las que se debe
indicar las progresivas, medidas como ancho, largo, alto, etc. De acuerdo con la unidad de medida de la
partida.
2. Valorización Mensual de Obra. - Son los valores obtenidos de los metrados y costos unitarios por partidas en
comparación con el presupuesto base, se debe tener columnas como anterior, actual, acumulado y saldo.,
es una valorización Física de ejecución de obra.
3. Cronograma comparado Proyectado VS Ejecutado. - Presentado en formato de cuadro, evidencia la
diferencia o igualdad entre las actividades ejecutadas en el mes comparadas con el cronograma inicial de
obra, se debe presentar en un solo cuadro.
4. Planilla del personal comprometido en la Obra. - Se consigna todo el personal que este afecto a obra, o se
paga con recursos de la obra.
5. Manifiesto de Gastos. - Presentado en formato de cuadro, es la representación de los gastos ejecutados
justificados con documentos legales debiendo indicar el tipo de documento Boleta, factura u otros, emisor,
cantidad número de boleta, factura, etc. Se colocará de acuerdo con el clasificador de gastos por específicas
concordante con el presupuesto analítico de obra.
6. Ejecución Mensualizada de Gastos por Específica. - Resumen del manifiesto de gastos solamente se indicará
por especifica de gasto las cantidades en nuevos soles ejecutados en el mes anterior, mes actual, acumulado
y saldo comparando con el presupuesto base.
7. Cuadro de Movimiento Diario de Almacén. - Cuadro en el que se indica el destino de materiales en obra
(partidas ejecutadas, que sirve de base para la formulación de los rendimientos reales de obra.
8. Cuadro Resumen de Almacén (Ingresos – Egresos) - Cuadro que reflejará el movimiento de almacén en el
que se indique ingresos, egresos y saldos.
9. Saldo Valorizado de Materiales. Cuadro que visualizara el saldo de materiales, el costo unitario por material
y el total de saldo de materiales en almacén.
10. Reprogramación de Ejecución Física y Financiera de la Obra. Este cuadro representa la reprogramación de
ejecución física y financiera mensual de obra.
11. Reprogramación de Ejecución Física en Diagrama de Barras Gantt.
12. Control de Equipo Mecánico. - Resumen del control de equipos mecánicos extractados de los partes diarios.
13. Controles de calidad. - Se debe adjuntar los resultados de los controles de calidad como las pruebas de
campo como los ensayos de laboratorio que es de norma.
14. Panel Fotográfico y Videos. - Registro fotográfico representativo de la ejecución física de obra se recomienda
tomar fotografías antes, durante y final de obra, así como videos. Se entregará los negativos colocando el
origen de las fotos, nombre de las obras y otros detalles.
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15. Copias del cuaderno de Obra. - Se adjunta las copias del cuaderno de obra asentadas diariamente durante
el mes.
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ANEXO Nº 07
INFORME TÉCNICO QUE SUSTENTA EJECUCIÓN DE OBRA POR
MODALIDAD DE ADMINISTRACIÓN DIRECTA
[CARÁTULA]
Nº [colocar el número de informe]-[Año]
OBRA “[nombre completo de la obra o nombre del saldo de obra (obras reactivadas)], CUI [número de código
único de inversión], código Infobras [número de código Infobras]”
MES/AÑO
*****
[CONTENIDO]
INDICE DEL INFORME TÉCNICO
1. DATOS GENERALES
1.1. NOMBRE DEL PROYECTO
1.2. DATOS DEL CONSULTOR
1.3. UBICACIÓN DEL PROYECTO
1.4. ANTECEDENTES
2. DESARROLLO Y PROCEDIMIENTO
2.1. OBJETIVO
2.2. INTRODUCCIÓN
2.3. DE LA REVISIÓN DE LOS PLANES DE DESARROLLO DE LA ENTIDAD
2.4. DE LA REVISIÓN DE LA INVERSIÓN
2.5. DE LA REVISIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
2.6. DE LA REVISIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA DE LA ENTIDAD
2.7. DE LA VISITA DEL TERRENO
3. CONCLUSIONES
4. RECOMENDACIONES
5. ANEXOS
5.1. SUSTENTO DOCUMENTARIO
5.2. PANEL FOTOGRÁFICO DE LA VISITA DEL TERRENO
EL CONTENIDO DEL INFORME TÉCNICO PARA SUSTENTAR EJECUCIÓN DE OBRA POR MODALIDAD
DE ADMINISTRACIÓN DIRECTA, ESTA ESTABLECIDO EN LA DIRECTIVA N° 017-2023-CG/GMPL ANEXO
N° 07, Y ES DE CUMPLMINETO OBLIGATORIO.
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ANEXO Nº 08
MODELO DE INFORME LEGAL
INFORME LEGAL Nº ……..
A : [NOMBRE COMPLETO]
[CARGO]
ASUNTO :
REFERENCIA :
FECHA :
I. BASE LEGAL
 Constitución Política del Perú.
 Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
 Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.
 Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.
 Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado.
 Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de
Control.
 Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente.
 Ley Nº 31500, Ley que establece el carácter vinculante del Control Concurrente y adopta otras medidas
necesarias para perfeccionar el funcionamiento de dicho mecanismo de control.
 Ley Nº 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas.
 Ley de presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal correspondiente.
 Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual
y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.
 Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
 Decreto Legislativo Nº1584 que modifica la Ley Nº31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas
paralizadas
 Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, Aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto
 Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
 Decreto Supremo Nº 344-2018-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30225.
 Decreto Supremo Nº 345-2018-EF que aprueba la Política Nacional de Productividad y Competitividad.
 Decreto Supremo Nº 237-2019-EF que aprueba el Plan Nacional de Competitividad y Productividad.
 Decreto Supremo Nº 289-2019-EF que aprueba disposiciones para la incorporación progresiva de BIM en la
inversión pública.
 Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01 que aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva
 General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
 Resolución Directoral Nº 002-2021-EF/63.01 que aprueba el Plan de Implementación y Hoja de Ruta del Plan
BIM Perú.
 Resolución de Contraloría Nº 320-2006-CG, que aprueba Normas de Control Interno.
 Resolución de Contraloría Nº […]-2023-CG, que aprueba Directiva de Ejecución de Obras por Administración
Directa.
 Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01 que aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva
 General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
 [Otras que correspondan]
Las normas señaladas incluyen sus respectivas modificaciones u otra norma que las sustituya o la reemplace,
de ser el caso.
II. ANTECEDENTES
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“Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa
del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”
[Especificar antecedentes de la obra. Especificar código Infobras de la obra. En caso la obra pertenezca a
una inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de inversiones,
especificar el Código Único de Inversión respectivo]
III. ANÁLISIS LEGAL
[Realizar análisis de las licencias, permisos, autorizaciones y otros que se requieran para la ejecución física
de la obra y si se encuentran sustentados en el expediente técnico]
IV. CONCLUSIONES
Del análisis legal realizado en el presente informe, se concluye que el expediente técnico de la obra
[NOMBRE DE LA OBRA] con código Infobraa [código Infobras], [Sí/No] cumple con sustentar la totalidad de
las licencias, permisos, autorizaciones y otros que se requieren para la ejecución física de la obra, de acuerdo
con el siguiente detalle:
V. RECOMENDACIONES
[En caso la opinión sea favorable consignar:
Continuar con el trámite para a la autorización de la modalidad de ejecución de la obra por administración
directa.]
[En caso la opinión sea no favorable consignar:
Remitir el presente informe legal a la Oficina de Obras por Administración Directa - Gerencia de
Infraestructura para su conocimiento y fines.]
[FIRMA]
________________________
[NOMBRE COMPLETO]
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[ENTIDAD]
COLEGIATURA
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ANEXO Nº 09
MODELO DE INFORME PRESUPUESTARIO
HOJA INFORMATIVA Nº ……..
A
[CARGO]
ASUNTO
REFERENCIA
FECHA
: [NOMBRE COMPLETO]
:
:
:
I. BASE LEGAL
 Constitución Política del Perú.
 Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
 Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.
 Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.
 Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado.
 Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de
Control.
 Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente.
 Ley Nº 31500, Ley que establece el carácter vinculante del Control Concurrente y adopta otras medidas
necesarias para perfeccionar el funcionamiento de dicho mecanismo de control.
 Ley Nº 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas.
 Ley de presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal correspondiente.
 Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual
y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.
 Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
 Decreto Legislativo Nº1584 que modifica la Ley Nº31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas
paralizadas
 Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, Aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto
 Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
 Decreto Supremo Nº 344-2018-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30225.
 Decreto Supremo Nº 345-2018-EF que aprueba la Política Nacional de Productividad y Competitividad.
 Decreto Supremo Nº 237-2019-EF que aprueba el Plan Nacional de Competitividad y Productividad.
 Decreto Supremo Nº 289-2019-EF que aprueba disposiciones para la incorporación progresiva de BIM en la
inversión pública.
 Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01 que aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva
 General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
 Resolución Directoral Nº 002-2021-EF/63.01 que aprueba el Plan de Implementación y Hoja de Ruta del Plan
BIM Perú.
 Resolución de Contraloría Nº 320-2006-CG, que aprueba Normas de Control Interno.
 Resolución de Contraloría Nº […]-2023-CG, que aprueba Directiva de Ejecución de Obras por Administración
Directa.
 Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01 que aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva
 General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
 [Otras que correspondan]
Las normas señaladas incluyen sus respectivas modificaciones u otra norma que las sustituya o la reemplace,
de ser el caso.
II. ANTECEDENTES
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[Especificar antecedentes de la obra. Especificar código Infobras de la obra. En caso la obra pertenezca a una
inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de inversiones, especificar el
Código Único de Inversión respectivo]
III. ANÁLISIS
[Realizar análisis integral y detallado de los costos de la obra y de los recursos disponibles y proyectados por
fuente de financiamiento que se dispondrán para la ejecución de la obra]
IV. CONCLUSIONES
Del análisis realizado en el presente informe, se concluye que la [nombre de la entidad], [Sí/No] cuenta con los
recursos presupuestarios suficientes para la ejecución de la obra [NOMBRE DE LA OBRA] con código INFOBRA
[código Infobras], de acuerdo con el siguiente detalle:
V. RECOMENDACIONES
[En caso la opinión sea favorable consignar:
Continuar con el trámite para a la autorización de la modalidad de ejecución de la obra por administración directa.]
[En caso la opinión sea no favorable consignar:
Remitir el presente informe legal a la Oficina de Obras por Administración Directa – Gerencia de Infraestructura
para su conocimiento y fines.]
[FIRMA]
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ANEXO N° 21
PLAN DE TRABAJO
I. ASPECTOS GENERALES
Nombre de la Inversión
: ………………………………………………….
CUI
: ………………………………………………….
Unidad Ejecutora
: ………………………………………………….
Presupuesto Base
: ………………………………………………….
Modalidad de Ejecución
: ………………………………………………….
Fuente de Financiamiento
: ………………………………………………….
Clasificación Func. Programática : ………………………………………………….
Componente
: ………………………………………………….
Meta
: ………………………………………………….
Localización Geográfica:
Localidad
Distrito
Provincia
Dpto.
Duración de la Inversión
: ………………………………………………….
Fecha de inicio
: ………………………………………………….
Fecha de culminación programada
: ………………………………………………….
Costo Total de la Inversión
: ………………………………………………….
Costo de la Meta Anual
: ………………………………………………….
Residente de Obra
: ………………………………………………….
Inspector/Supervisor
: ………………………………………………….
II.
DESCRIPCION DEL PROYECTO
2.1 Antecedentes (Necesidad de su ejecución, viabilidad de PIP, aprobación de
2.2 Justificación.
2.3 Características del Proyecto.
2.4 Beneficiarios.
2.5 Resultados esperados.
Expediente, etc.).
III. OBJETIVOS Y METAS
Objetivos
a) Generales
b) Específicos
Metas
Si la ejecución del proyecto comprende más de un ejercicio fiscal, debe precisarse la meta total y la meta
anualizada que corresponda en ejecución y el saldo programado a ejecutar en el otro ejercicio presupuestal.
- Metas a lograr en forma mensual
- Metas a lograr en forma Trimestral
- Metas a alcanzar al finalizar el Proyecto.
(Las metas serán por componente y especificadas en actividades y cantidad de beneficiarios directos, en caso
de tratarse de proyectos productivos, sociales, entre otros)
IV. PROCEDIMIENTO Y ESPECIFICACIONES TECNICAS
En este rubro debe precisarse la tecnología y técnicas a utilizar en el desarrollo de la ejecución del proyecto,
de manera cualitativa a detalle y cuantitativa, en razón de que debe permitir elaborar la Memoria Descriptiva
Final para la liquidación del proyecto.
84
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V. ORGANIZACIÓN Y PLANEAMIENTO
5.1 Organización del Proyecto (Precisando los niveles de coordinación, la jerarquía vertical y horizontal que
permita determinar funciones y responsabilidades. Incluir Organigrama Funcional).
5.2 Cronograma de Ejecución de Meta Física (Anexo N° 01 A).
5.3 Cronograma de utilización de los materiales (Anexo N° 01B).
5.4 Cronograma de utilización del recurso humano (Anexo N° 01C).
5.5 Cronograma de utilización de vehículos, maquinaria y equipo (Anexo N°01D).
VI. PRESUPUESTO
Programación de Ejecución Presupuestal (Anexo N° 01E).
Programación del Requerimiento de Bienes y Servicios (Anexo N° 01F).
Programación del Requerimiento del Recurso Humano (Anexo N° 01G).
Presupuesto Analítico (Anexo N° 01H)
VII. ANEXOS
- Planos.
- Diseños.
- Reglamentos.
- Otros a criterio del Ejecutor.
_______________________________________
Nombres y Apellidos del Residente de Obra
Nro. de Colegiatura
(1) El plan de trabajo debe contar con el V°B° de la Oficina de Supervisión y Monitoreo, hoja por hoja, en señal
de conformidad, previo a su aprobación.
(2) Solamente debe ser firmado y refrendado por profesionales habilitados en el ejercicio profesional.
(3) Debe encontrarse foliado desde la carátula hasta la última página.
85
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ANEXO N°22
PERSONAL REQUERIDO
(Podrá contratar el personal en función a la magnitud y tipo de inversión)
EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN O IOARR
PROFESIONAL
- Residente I, II y III
- Supervisor/Inspector I, II, III
- Ingeniero de Seguridad y Salud
- Asistente Técnico de obra
- Especialista Profesional (Costos y presupuestos, metrados, hidrología, arquitectura, sanitarias,
eléctricas, electromecánica, arqueología, ambiental, hidroquímica, telecomunicaciones, hidráulica,
agronomía, geología geotecnia, gestión de riesgos, saneamiento físico legal).
- Asistente Administrativo
TÉCNICO
- Topógrafo especializado
- Topógrafo
- Técnico en laboratorio
- Técnico a fin al desarrollo del proyecto
- Cadista
- Técnico de campo
- Almacenero de obra
- Ayudante de laboratorio y topografía
AUXILIAR
- Apoyo administrativo
- Chofer
- Guardian
- Trabajador de Servicios
Nota:
-
El perfil y las funciones serán establecidas en el expediente técnico del proyecto de inversión.
El expediente técnico podrá contemplar otros cargos según la magnitud y envergadura del proyecto.
ELABORACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS
PROFESIONAL
- Coordinador de Expedientes Técnicos
- Especialista Profesional (Costos y presupuestos, metrados, hidrología, arquitectura, sanitarias,
eléctricas, electromecánica, arqueología, ambiental, hidroquímica, telecomunicaciones, hidráulica,
agronomía, geología geotecnia, gestión de riesgos, saneamiento físico legal).
- Asistente Técnico
- Asistente Administrativo
TECNICO
- Técnico (topografía, suelos, metrados, cadista, voladuras y electricista
AUXILIAR
- Apoyo administrativo
- Chofer
86
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Nota: El perfil y las funciones serán establecidas por la unidad de organización a cargo de la organización y
gestión de proyectos.
ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE PROYECTOS
PROFESIONAL
- Especialista Administrativo I
- Especialista Administrativo II
- Especialista Administrativo III
TECNICO
- Técnico Administrativo I
- Técnico Administrativo II
- Técnico Administrativo III
AUXILIAR
- Auxiliar Administrativo I
- Auxiliar Administrativo II
- Auxiliar Administrativo III
Nota: El perfil y las funciones serán establecidas por la unidad de organización a cargo de la organización y
gestión de proyectos.
87
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ANEXO N° 01 A
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE META FÍSICA
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
U.M.
CANTIDAD
COSTO
UNITARIO
COSTO
TOTAL
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN
E
F
M
A
M
J
J
A
S
O
N
D
TOTAL
88
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ANEXO N° 01 B
CRONOGRAMA DE UTILIZACIÓN DE MATERIALES
ESPECÍFICA DEL
GASTO
DESCRIPCIÓN
U.M.
CANTIDAD
COSTO
UNITARIO
COSTO
TOTAL
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN
E
F
M
A
M
J
J
A
S
O
N
D
TOTAL
89
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ANEXO N° 01 C
CRONOGRAMA DE UTILIZACIÓN DEL RECURSO HUMANO
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN
ESPECIF.
DEL GASTO
CATEGORÍA/
ESPECIALIDAD*
CANTIDAD
COSTO
UNIT.
COSTO
TOTAL
I TRIMESTRE
ENER
FEB
II TRIMESTRE
MAR
ABR
MAY
III TRIMESTRE
JUN
JUL
AGO
SET
IV TRIMESTRE
OCT
NOV
DIC
TOTAL
* Para proyectos de infraestructura física se indicará personal obrero y sus categorías y asimismo si se trata de personal contratado por CAS la especialidad. Para los proyectos que no generan
infraestructura física se precisara la profesión u ocupación técnica.
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ANEXO N° 01 D
CRONOGRAMA DE UTILIZACIÓN DE VEHÍCULOS, MAQUINARIA Y EQUIPO
ITEM
DESCRIPCIÓN
ACTIVIDAD A
DESARROLLAR
CANTIDAD
I TRIMESTRE
ENE FEB MAR
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN
II TRIMESTRE
III TRIMESTRE
ABR
MAY
JUN JUL AGO SEP
IV TRIMESTRE
OCT
NOV
DIC
TOTAL DE
HORAS/
MAQ.
ANEXO N° 01 E
PROGRAMACIÓN DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN
ASIGNACIÓN POR
ESPECÍFICA DEL GASTO
I TRIMESTRE
TOTAL S/
ENE
FEB
II TRIMESTRE
MAR
ABR
MAY
III TRIMESTRE
JUN
JUL
AGO
IV TRIMESTRE
SET
OCT
NOV
TOTAL S/
DIC
91
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ANEXO N° 01 F
PROGRAMACIÓN DEL REQUERIMIENTO DE BIENES Y SERVICIOS
ESPECÍF.
DEL
GASTO
DESCRIPCIÓN
U.M.
CANTIDAD
COSTO
UNITARIO S/
COSTO
TOTAL
S/
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN
I TRIMESTRE
ENE
FEB
MAR
II TRIMESTRE
ABR
MAY
JUN
III TRIMESTRE
JUL
AGOS
SET
IV TRIMESTRE
OCT
NOV
TOTAL
S/
DIC
92
DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA
“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
ANEXO N°01H
PRESUPUESTO ANALÍTICO
ESPECÍFICA
DEL GASTO
2.6
2.6.2
2.6.2.3
2.6.2.3.4
2.6.2.3.4.3
2.6.2.3.4.4
2.6.2.3.4.5
DESCRIPCIÓN
REQUERIMIENTO
PRESUPUESTAL
S/
Adquisición de activos no financieros
Construcción de edificios y estructura
Obras estructuras
Infraestructura agrícola
Costo de Construcción por administración directa - Personal
Costo de Construcción por administración directa - Bienes
Costo de Construcción por administración directa - Servicios
TOTAL
Página | 93
DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA
“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
F-1
ACTA DE INICIO DE OBRA
En el/la Localidad/Anexo/Sector..................................... del Distrito de...............,
Provincia de...................., Departamento de Tacna; siendo las.............. horas, del
día ......... del mes de .............. del año 20.... , se reunieron los representantes de la
………..(entidad)…… y los responsables de la ejecución de la obra, donde se
ejecutará la obra denominada: “...............................................................”; que
cuenta con un presupuesto de ........................... ( ......... /100 Soles); aprobado con
un plazo de ejecución de............ días calendarios. Cuyo principal objetivo
es..................................., a fin de llevar a cabo el acto de inicio de la obra según el
Representantes de la entidad:
NOMBRES Y APELLIDOS
CARGO
Responsables de la ejecución de la obra
NOMBRES Y APELLIDOS
CARGO
Residente
Inspector/Supervisor
Estando conformes con las características técnicas del expediente técnico, se
procede a firmar en señal de conformidad, siendo las ……horas del día ……. de
……..de año 20..
NOMBRES Y APELLIDOS:
CARGO:
DNI
NOMBRES Y APELLIDOS:
CARGO: RESIDENTE
DNI
NOMBRES Y APELLIDOS:
CARGO:
DNI
NOMBRES Y APELLIDOS:
CARGO: INSPECTOR O SUPERVISOR
DNI
Página | 94
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“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
F-1.1
LISTADO DE INSUMOS A ADQUIRIR AL INICIO DE LA OBRA
Proyecto
Componente
Meta
Obra
Residente
Inspector/Supervisor
Fecha
N°
:
:
:
:
:
:
:
INSUMO
MATERIALES
UNIDAD
CANTIDAD
P.U
PARCIAL
TOTAL
MES 2
MES n
MAQUINARIA Y/O EQUIPO
HERRAMIENTAS
MANO DE OBRA
COSTOS
INDIRECTOS
(DETALLADO)
TOTAL
CRONOGRAMA DE REQUERIMIENTO
N°
INSUMO
MATERIALES
UNIDAD
CANTIDAD
MES 1
MAQUINARIA Y/O EQUIPO
HERRAMIENTAS
MANO DE OBRA GASTOS
GENERALES - CI
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“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
F-1.2
ACTA DE ENTREGA DE TERRENO
En el/la Localidad/Sector..................................... del Distrito de..............., Provincia
de...................., Departamento de Tacna; siendo las.............. horas, del día .........
del mes de .............. del año 20...., se reúnen los representantes de la ………………,
autoridades y servidores del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los
Recursos Hídricos de Tacna”, en el lugar donde se ejecutará la Obra denominada
“.............................................................................................................................................”
Contando con la asistencia de los abajo firmantes, se procedió a la "Entrega de Terreno"
al Proyecto Especial "Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna",
siendo
recepcionado
el
terreno
por
el
Ing.
Residente:...................................................................
El área donde se ubica el terreno tiene las siguientes características: (describir señalando
dimensiones y propiedades colindantes)
...................................................................................................................................................................
...................................................................................................................................................................
...................................................................................................................................................................
...................................................................................................................................................................
...................................................................................................................................................................
...................................................................................................................................................................
Asimismo, se verificó que el terreno es compatible con los alcances del Expediente
Técnico, que corresponde a los datos señalados en el plano de ubicación y en los demás
planos del Expediente Técnico, y que se encuentra disponible y libre de reclamos por parte
de terceros.
En señal de conformidad con los términos de la presente Acta, se procederá a suscribirla.
Página | 96
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POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
F-2
REGISTRO DE ASISTENCIA DE PERSONAL
Nombre del Proyecto
Residente
Inspector/Supervisor
Fecha
N°
NOMBRES Y
APELLIDOS
:
:
:
:
HORA DE
INGRESO
FIRMA
HORA DE
SALIDA
FIRMA
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
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“Afianzamiento y Ampliación de
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Tacna”
F-3
INFORME DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
INGRESOS, SALIDAS Y REEMPLAZOS
Correspondiente al día.... del mes... del año...
Nombre del Proyecto:
Nombre de Responsable Técnico:
N°
INFORME DE INGRESO DE PERSONAL
NOMBRES Y
INGRESOS SALIDAS REEMPLAZOS
APELLIDOS
INFORME DE SALIDAS DE
PERSONAL
Observaciones:
Este documento deberá ser presentado impreso y no será aceptado si presenta enmendaduras.
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
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Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
F- 4
RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE ALMACÉN CONSOLIDADO
(PERIFÉRICO/CENTRAL/OTROS)
COSTO DIRECTO / GASTOS GENERALES
PROYECTO
ACTIVIDAD
ALMACÉN
MES
:
:
:
:
CONSUMO (EGRESO)
N°
CÓDIGO
ANALÍTICO
DESCRIPCIÓN
UNIDAD
DE
MEDIDA
PRECIO
UNITARIO
COSTO DIRECTO
CANTIDAD
PARCIAL
GASTOS GENERALES
CANTIDAD
PARCIAL
CONSUMO
TOTAL
TOTAL
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
ASISTENTE DE RESIDENCIA
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
Página | 99
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Proyecto Especial
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Tacna”
F-5
RESUMEN GENERAL DE MOVIMIENTO DE ALMACÉN
PROYECTO
COMPONENTE
OBRA/META
MES/AÑO
N°
CÓDIGO
ANALÍTICO
:
:
:
:
DESCRIPCIÓN
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
UND
SALDO
ANTERIOR
MOVIMIENTO DEL
MES
ENTRADA SALIDA
SALDO
ACTUAL
PRECIO
UNITARIO
GASTO
TOTAL
RESPONSABLE DE ALMACEN
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
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Tacna”
F-5.1
RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE ALMACÉN CENTRAL
COSTO DIRECTO / GASTOS GENERALES
PROYECTO
ACTIVIDAD
ALMACÉN
CONSUMO (EGRESO)
N°
CÓDIGO
ANALÍTICO
DESCRIPCIÓN
UNIDAD
DE
MEDIDA
PRECIO
UNITARIO
COSTO DIRECTO
CANTIDAD
PARCIAL
GASTOS GENERALES
CANTIDAD
PARCIAL
CONSUMO
TOTAL
TOTAL
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
ASISTENTE DE RESIDENCIA
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
Página | 101
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POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
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Tacna”
F-5.2
RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE ALMACÉN PERIFÉRICO
COSTO DIRECTO / GASTOS GENERALES
PROYECTO
ACTIVIDAD
ALMACÉN
CONSUMO (EGRESO)
N°
CÓDIGO
ANALÍTICO
DESCRIPCIÓN
UNIDAD
DE
MEDIDA
PRECIO
UNITARIO
COSTO DIRECTO
CANTIDAD
PARCIAL
GASTOS GENERALES
CANTIDAD
PARCIAL
CONSUMO
TOTAL
TOTAL
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
ASISTENTE DE RESIDENCIA
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
Página | 102
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los Recursos Hídricos de
Tacna”
F-5.3
RESUMEN GENERAL DE MOVIMIENTO DE OTROS ALMACENES
PROYECTO
COMPONENTE
OBRA/META
MES/AÑO
N°
CÓDIGO
ANALÍTICO
:
:
:
:
DESCRIPCIÓN
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
UND
SALDO
ANTERIOR
MOVIMIENTO DEL
MES
ENTRADA SALIDA
SALDO
ACTUAL
PRECIO
UNITARIO
GASTO
TOTAL
RESPONSABLE DE ALMACEN
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
Página | 103
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Tacna”
F-5.4
RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE OTROS ALMACENES
COSTO DIRECTO / GASTOS GENERALES
PROYECTO
ACTIVIDAD
ALMACÉN
CONSUMO (EGRESO)
N°
CÓDIGO
ANALÍTICO
DESCRIPCIÓN
UNIDAD
DE
MEDIDA
PRECIO
UNITARIO
COSTO DIRECTO
CANTIDAD
PARCIAL
GASTOS GENERALES
CANTIDAD
PARCIAL
CONSUMO
TOTAL
TOTAL
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
ASISTENTE DE RESIDENCIA
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
Página | 104
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F-5.5
RESUMEN GENERAL DE MOVIMIENTO DE ALMACÉN CONSOLIDADO
(CENTRAL/PERIFERICO/OTROS)
PROYECTO
COMPONENTE
OBRA/META
MES/AÑO
N°
CÓDIGO
ANALÍTICO
:
:
:
:
DESCRIPCIÓN
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
UND
SALDO
ANTERIOR
MOVIMIENTO DEL
MES
ENTRADA SALIDA
SALDO
ACTUAL
PRECIO
UNITARIO
GASTO
TOTAL
RESPONSABLE DE ALMACEN
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
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los Recursos Hídricos de
Tacna”
F-5.6
RESUMEN GENERAL DE MOVIMIENTO DE ALMACÉN PERIFÉRICO
PROYECTO
COMPONENTE
OBRA/META
MES/AÑO
N°
CÓDIGO
ANALÍTICO
:
:
:
:
DESCRIPCIÓN
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
UND
SALDO
ANTERIOR
MOVIMIENTO DEL
MES
ENTRADA SALIDA
SALDO
ACTUAL
PRECIO
UNITARIO
GASTO
TOTAL
RESPONSABLE DE ALMACEN
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
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F-6.1
RESUMEN DE MAQUINARIA CONTRATADA/PROPIA MENSUAL
PROYECTO
COMPONENTE
OBRA/META
MES/AÑO
PROVEEDOR
:
:
:
:
DESCRIPCIÓN
HORAS TRABAJADAS
ACUMULADO
ACUMULADO
PRECIO
ALQUILER
COSTO
TOTALES
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
ASISTENTE DE RESIDENCIA
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
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F-6.2
MAQUINARIA ALQUILADA / PROPIA HORAS TRABAJADAS
PROYECTO
:
___________________________
MAQUINARIA
COMPONENTE
:
___________________________
OBRA/META
:
___________________________
PROVEEDOR
:
___________________________
MES/AÑO
:
___________________________
DIA
TRABAJO REALIZADO
:
___________________________
POTENCIA
:
___________________________
CAPACIDAD
:
___________________________
PLACA O MOTOR
:
___________________________
NUMERO DE
PARTE
ACUMULADO
HORAS TRABAJADAS
MES
ACUMULADO
TOTAL HORAS TRABAJADAS
PRECIO DE ALQUILER EN HORARIO (Depreciación horaria) (S/)
COSTO TOTAL ALQUILER
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
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F-6.3
CONSUMO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES, REPUESTOS Y OTROS DE MAQUINARIA
ALQUILADA/PROPIA
(MENSUAL)
PROYECTO
:
___________________________
MAQUINARIA
COMPONENTE
:
___________________________
OBRA/META
:
___________________________
PROVEEDOR
:
___________________________
MES/AÑO
:
___________________________
DIA
COMBUSTIBLE
PETRÓLEO/GASOLINA
LUBRICANTE
Precio
Unit.
P.
Unit.
Glns.
Parcial
Glns.
Parcial
:
___________________________
POTENCIA
:
___________________________
CAPACIDAD
:
___________________________
PLACA O MOTOR
:
___________________________
REPUESTO
Unid.
medida
P.
Unit.
Parcial
OTROS
Unid.
medida
P.
Unit.
Parcial
COSTO
TOTAL
S/
TOTAL
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POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
RESPONSABLE DE CONTROL
PRESUPUESTAL
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
F-7
HOJA DE TAREO DE PERSONAL MENSUAL Y TOTAL
(Según corresponda)
PROYECTO
:
___________________________
:
___________________________
___________________________
EJECUCIÓN
PRESUPUESTAL
DIRECTA
FUENTE
COMPONENTE
:
OBRA/META
:
:
___________________________
___________________________
MES/ AÑO
:
___________________________
MONTO VALOR
REFERENCIAL
ASIGNACIÓN
PRESUPUESTAL
:
___________________________
:
___________________________
I.- PROFESIONALES
II.- ADMINISTRATIVOS
II.- OBREROS CONSTRUCCIÓN
P = PERMISO (PROBLEMAS FAMILIARES)
f = FALTA
X = ASISTENCIA
D= DESCANZO
EM= EQUIPO MECÁNICO
Página | 110
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
31
30
29
28
27
26
25
24
23
22
21
20
19
18
17
15
14
13
12
11
9
8
7
6
5
4
3
CARG
O
2
NOMBRES
Y
APELLIDOS
10
N°
HOMB
RES
DIA
DIAS
1
PERSONAL
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Proyecto Especial
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Tacna”
RESPONSABLE DE CONTROL
PRESUPUESTAL
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
F-8
VALORIZACIÓN DESAGREGADA ACUMULADA MENSUAL
MES ______________
Valorización N°
:
___________________________
:
___________________________
___________________________
Ubicación del
Proyecto
Departamento
Nombre del
Proyecto
Costo del
Proyecto
Plazo de
Ejecución
Fecha de Inicio
:
:
___________________________
:
___________________________
Provincia
:
___________________________
:
___________________________
Distrito
:
___________________________
Fecha de termino
:
___________________________
:
___________________________
Monto de
Valorización
Total
Metrados
Costo directo total
Costo indirecto total
Costo total
%
S/
S/
S/
% AVANCE FÍSICO
EJECUTADO
% AVANCE Físico
PROGRAMADO
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
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Tacna”
F-9.1
EJECUCIÓN PRESUPUESTAL POR ESPECÍFICA DE GASTO
PROYECTO
:
___________________________
COMPONENTE
:
OBRA/META
:
MONTO VALOR
REFERENCIAL
ASIGNACIÓN
PRESUPUESTAL
:
___________________________
:
___________________________
N°
:
___________________________
___________________________
EJECUCIÓN
PRESUPUESTAL
DIRECTA
FUENTE
:
___________________________
___________________________
MES/ AÑO
:
___________________________
PARTIDA
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
DENOMINACIÓN
EJECUCIÓN
ANALÍTICA
PRESUPUESTAL
RESPONSABLE DE CONTROL
PRESUPUESTAL
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
Página | 112
DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA
“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
F-9.2
EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL MENSUAL CON COSTO DIRECTO Y
GASTOS GENERALES
PROYECTO
:
___________________________
:
___________________________
___________________________
EJECUCIÓN
PRESUPUESTAL
DIRECTA
FUENTE
COMPONENTE
:
OBRA/META
:
:
___________________________
___________________________
MES/ AÑO
:
___________________________
MONTO VALOR
REFERENCIAL
ASIGNACIÓN
PRESUPUESTAL
:
___________________________
:
___________________________
DOCUMENTO
FECHA
DOCUMENTO
DESCRIPCIÓN
DEL
DOCUMENTO
Tipo
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
Nro.
NATURALEZA DEL GASTO
CÓDIGO
ANALÍTIC
O
Mano
de
Obra
(1)
Materiales
e insumos
(2)
Equipos y
Maquinarias
(3)
Costo Directo
(4)=(1)+(2)+(3)
Gastos
General
es (5)
TOTAL
EJECUCIÓN
ANALÍTICA
(6)=(4)+(5)
TOTALES
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
RESPONSABLE DE CONTROL
PRESUPUESTAL
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
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Proyecto Especial
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los Recursos Hídricos de
Tacna”
F-9.3
RESUMEN EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL MENSUAL
PROYECTO
:
___________________________
:
___________________________
___________________________
EJECUCIÓN
PRESUPUESTAL
DIRECTA
FUENTE
COMPONENTE
:
:
___________________________
MES/ AÑO
:
___________________________
OBRA/META
:
___________________________
MONTO VALOR
REFERENCIAL
ASIGNACIÓN
PRESUPUESTAL
:
___________________________
:
___________________________
NATURALEZA DEL GASTO
CÓDIGO
ANALÍTICO
DESCRIPCIÓN
PRESUPU
ESTO
AUTORIZA
DO
Mano
de
Obra
(1)
Materiales
e insumos
(2)
Equipos y
Maquinarias
(3)
Costo Directo
(4)=(1)+(2)+(3)
Gastos
General
es
(5)
TOTAL
EJECUCIÓN
ANALÍTICA
PRESUPUES
TAL
(6)=(4)+(5)
AVANCE %
1.- TOTAL DEL MES
2.- Depreciación de Maquinaria Propia
3.- Transferencia de Materiales de
Otras Obras
4.- TOTAL REAL DEL MES
(1)+(2)+(3)+(4)
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
RESPONSABLE DE CONTROL
PRESUPUESTAL
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
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Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
F-9.4
RESUMEN ACUMULADO DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL
PROYECTO
:
___________________________
COMPONENTE
:
OBRA/META
MONTO VALOR
REFERENCIAL
ASIGNACIÓN
PRESUPUESTAL
CÓDIGO
ANALÍTICO
:
___________________________
___________________________
EJECUCIÓN
PRESUPUESTAL
DIRECTA
FUENTE
:
___________________________
:
___________________________
MES/ AÑO
:
___________________________
:
___________________________
:
___________________________
DESCRIPCIÓN
PRESUPUESTO
INICIAL
PRESUPUESTO
AUTORIZADO
ACUMULADO
ANTERIOR
MES
ACUMULADO
ACTUAL
AVANCE
%
TOTALES
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
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“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
F-9.5
RESUMEN DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL ACUMULADO REAL
PROYECTO
:
___________________________
:
___________________________
___________________________
EJECUCIÓN
PRESUPUESTAL
DIRECTA
FUENTE
COMPONENTE
:
:
___________________________
MES/ AÑO
:
___________________________
OBRA/META
:
___________________________
MONTO VALOR
REFERENCIAL
ASIGNACIÓN
PRESUPUESTAL
:
___________________________
:
___________________________
NATURALEZA DEL GASTO
CÓDIGO
ANALÍTICO
DESCRIPCIÓN
PRESUP
UESTO
AUTORIZ
ADO
Mano
de
Obra
(1)
Materiale
se
insumos
(2)
Equipos y
Maquinaria
s (3)
Costo
Directo
(4)=(1)+(2)+(
3)
Gastos
Genera
les (5)
TOTAL
EJECUCIÓ
N
ANALÍTICA
PRESUPUE
STAL
(6)=(4)+(5)
AVANCE
REAL %
1.- TOTAL DEL MES
2.- Depreciación de Maquinaria Propia
3.- Transferencia de Materiales de
Otras Obras
4.- TOTAL REAL DEL MES
(1)+(2)+(3)+(4)
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
RESPONSABLE DE CONTROL
PRESUPUESTAL
NOMBRES Y APELLIDOS:
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F-10
INFORME MENSUAL DEL RESIDENTE
MES___________________
PROYECTO
:
________________________
COMPONENTE
:
________________________
PLAZO DE EJECUCIÓN
:
________________________
META
:
________________________
FECHA DE INICIO
:
________________________
FECHA DE TÉRMINO
:
________________________
PRESUPUESTO PIA
:
________________________
PRESUPUESTO PIM
:
________________________
RES. DE APROB. DE PLAN
DE TRABAJO
RES. DESIGNAC. DE
RESIDENTE
:
________________________
RES. REPROGRAM.
PLAN DE TRABAJO
:
________________________
:
________________________
I. UBICACIÓN
REGIÓN
:
________________________
PROVINCIA
:
________________________
DEPARTAMENTO
:
________________________
DISTRITO
:
________________________
Dirección/ubicación:
Descripción de la Obra:
II. EJECUCION DE LA OBRA
2.1 Partidas Ejecutadas Durante el Periodo
ÍTEM
PARTIDAS
UND.
METRADO
Observaciones y/o comentarios
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(Modificación del proyecto, deductivos, ampliación presupuestal, otros)
III. DOCUMENTACIÓN
3.1 Secuencia Fotográfica
Fecha de la fotografía: Describir la fotografía, indicando cuál es la partida que se está ejecutando y la
actividad
Fecha de la fotografía: Describir la fotografía, indicando cuál es la partida que se está ejecutando y la
actividad
Fecha de la fotografía: Describir la fotografía, indicando cuál es la partida que se está ejecutando y la
actividad
3.2 Cuaderno de Ocurrencias
Copias a remitir al Inspector/Supervisor (desde la primera copia del Cuaderno de Ocurrencias,
correspondiente al período del Informe, hasta el asiento donde se resume el metrado de partidas
valorizadas en el mes)
Del folio
Al folio
:
:
IV. AVANCE FINANCIERO CON RESPECTO A LA PROGRAMACIÓN
META
PRESUPUESTAL
ASIG.PPTAL
MONTO
MES
ANTERIOR
PRESENTE
MES
Monto
Monto
%
%
AVANCE
ACUMULA
DO
Monto
%
SALDO
Monto
%
Programación Total
Costo Directo
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los Recursos Hídricos de
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Gastos Generales
Ejecución Total
Costo Directo
Gastos Generales
V. AVANCE FÍSICO SEGÚN VALORIZACIONES CON RESPECTO A LA PROGRAMACIÓN
META
PRESUPUESTAL
ASIG.PPTAL
MONTO
%
AVANCE
ACUMULA
DO
Monto
%
Marzo
Abril
MES
ANTERIOR
PRESENTE
MES
Monto
Monto
%
SALDO
Monto
%
Programación Total
Costo Directo
Gastos Generales
Ejecución Total
Costo Directo
Gastos Generales
VI. CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN FÍSICA
ITEM
1
2
n
VII.
ACTIVIDADES
PROGRAMADAS
DESCRIPCIÓN
Programado
Ejecutado
Programado
Ejecutado
Programado
Ejecutado
Enero
Febrero
Mayo
n
GRÁFICO DE PRESUPUESTO PROGRAMADO VS EJECUTADO
PRESUPUESTO PROGRAMADO VS EJECUTADO
120%
Programado
100%
Ejecutado
80%
60%
40%
20%
Página | 119
0%
Ene
Feb Mar Abr May Jun
Jul
Ago
Set
Oct
Nov
Dic
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VIII.
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“Afianzamiento y Ampliación de
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ANEXOS
8.1 Valorización Desagregada Acumulada F-8
8.2 Copias del Cuaderno de Obras (Legibles)
8.3 Copias de los Certificados de Ensayos de Materiales del Mes
8.4 Formatos de Ejecución Presupuestal F-9.1, F-9.2, F-9.3, F-9.4, F-9.5, F-9.4
8.5 Formatos de Movimiento de Almacén F-4 Y F-5
8.6 Formatos de Vehículos y Maquinarias F-A.l, F-6.2 y F-4.3
8.7 Formatos de Personal F-2, F-3 y F8.8 Otros
ING. RESIDENTE
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N° DNI:
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F-11
ACTA VALORIZADA DE BIENES SOBRANTES
Proyecto
Componente
Meta
Obra
Residente
Inspector/Supervisor
:
:
:
:
:
:
Mediante el presente documento los suscritos declaramos que los siguientes bienes constituyen
materiales o herramientas sobrantes que serán empleados por el organismo Ejecutor a favor de la
localidad beneficiaría.
N°
BIENES (MATERIALES,
INSUMOS,
PRODUCTOS,
HERRAMIENTAS, ETC.)
UNIDAD
CANTIDAD
COSTO
UNITARIO (S/)
COSTO
PARCIAL (S/)
Materiales:
Herramientas:
Monto Total de este Informe S/
Saldo actual después de este informe S/
Son: ______________________________________________________/100 Soles
En letras
ING. RESIDENTE
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F-12
INFORME DE OBSERVACIONES DURANTE LA VISITA DE INICIO DE OBRA
Obra
Residente
Inspector/Supervisor
Fecha de la visita de inicio
:
:
:
:
1. Disponibilidad del Terreno (Dimensiones del terreno y libre disponibilidad)
2. Pronunciamiento
NOTA: Este formato solo es utilizable en los casos que existan observaciones durante la visita de inicio
ING. RESIDENTE
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F-13
INFORME DE CONFORMIDAD PARA EL INICIO DE OBRA
Proyecto
Componente
Meta
Obra
Residente
Inspector/Supervisor
Fecha de la visita de inicio
Fecha de la conformidad
:
:
:
:
:
:
:
:
Pronunciamiento
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F-14
INFORME DE INICIO DE OBRA
Provecto
Componente
Meta
Obra
Residente
Inspector/Supervisor
:
:
:
:
:
:
Según Fecha de suscripción del Acta de entrega de Terreno, fecha de inicio de Obra, otorgada la conformidad
para el Inicio de la Obra y luego de suscribir el Acta de Entrega de Terreno, se da inicio a los trabajos
registrándose lo siguiente.
1.
Cantidad de Personal que Trabajan al Inicio de la Obra.
2. Los Insumos correspondiente son los programados.
3. Los vehículos y/o maquinarias son los requeridos, se encuentran en buenas condiciones y
operatividad, así como corresponden con lo programado.
4. Las herramientas disponibles son las suficientes para el inicio de trabajos.
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5. Se cuenta con los implementos de seguridad y señalización adecuada para el inicio.
6. Indicar las partidas con las que se inician los trabajos.
ÍTEM
PARTIDA
UNID.
OBSERVACIONES
7. Observaciones:
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N° de Registro Profesional:
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F-15
INFORME DE SUPERVISIÓN REGULAR
MES .....................
Proyecto
Componente
Meta
Obra
Residente
Fecha de la visita anterior
Fecha de la presente visita
:
:
:
:
:
:
:
1. INFORMACIÓN RECOPILADA DURANTE LA VISITA
1.1 Las observaciones planteadas en la visita anterior, fueron subsanadas.
1.2 Número de Personal que laboraron desde la última visita a la actual.
FECHA
N° DE ASISTENTES
POR DÍA
OBSERVACIONES
Periodo: Del ............................................. Al .................................
N° de días útiles del Período
El número de personas que se encuentran laborando en la Obra de acuerdo a las partidas ejecutadas,
al cronograma actualizado y al expediente son los adecuados.
1.3 Partidas que se vienen ejecutando.
ÍTEM
PARTIDA
UNID.
OBSERVACIONES
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1.4 Los Insumos, materiales y/o herramientas que se encuentran en obra, son suficientes para
la continuidad de los trabajos.
1.5 Los vehículos y/o maquinarias son los suficientes para la continuidad de los trabajos.
1.6 Los rendimientos obtenidos en la obra, son registrados y se encuentran conformes de
acuerdo al expediente técnico.
1.7 Las medidas de seguridad adoptadas en obra son adecuadas.
2. VALORIZACIÓN
DESCRIPCIÓN
MONTO
%
VARIACIÓN (b/a) %
Importe Programado Acumulado(a)
Importe Ejecutado Acumulado(b)
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(a) Valorización programada (estimada) a la fecha de análisis
(b) Según Valorización presentada por la residencia (F-8)
3. EJECUTADO
DESCRIPCIÓN
MONTO
%
VARIACIÓN (b/a) %
Importe Programado Acumulado(a)
Importe Ejecutado Acumulado(b)
4. OBSERVACIONES:
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
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F-16
INFORME FINAL
Proyecto
Componente
Meta
Obra
Residente
I.
:
:
:
:
:
GENERALIDADES
1.1 Ubicación
REGIÓN
:
________________________
PROVINCIA
:
________________________
DEPARTAMENTO
:
________________________
DISTRITO
:
________________________
Dirección/Ubicación:
1.2 Presupuesto
Presupuesto Original
Presupuesto Vigente
Mano de Obra
Maquinaria y Equipo
Materiales
Costo Directo
Costo Indirecto
1.3 Cronología de la Ejecución
Fecha de Entrega de Terreno
Fecha de Término Aprobada
Fecha de Término Real
1.4 Plazo de la Ejecución
Plazo de Ejec. Prog. Original
(días útiles)
Ampliación de Plazo N°1 (días
útiles)
Ampliación de Plazo N°2(días
útiles)
Ampliación de Plazo N° n(días
útiles)
Plazo Total Aprobado(días
útiles)
Plazo de Ejec. Real (días útiles)
Res. Geren.N0
Fecha
Res. Geren. N°
Fecha
Res. Geren. N°
Fecha
Res. Geren. N°
Fecha
II. CONTROL DE OBRA
2.1 Control de Personal
N°
De los Informes Regulares/Mensuales
Fecha
Periodo
Del
Al
Horas
Hombre
Cantidad de
Personal
Observaciones
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2.2 Resumen de Avance Físico
AVANCE PROGRAMADO
S/
%
AVANCE EJECUTADO
S/
%
Costo Directo
Anterior
Actual
Acumulado
Saldo
2.3 Resumen de Valorizaciones Mensuales
MES
VALORIZACIÓN PROGRAMADA
VALORIZACIÓN EJECUTADA
Del Mes
S/
%
Del Mes
Acumulado
S/
%
S/
Variación (%)
Acumulado
S/
%
%
2.4 Avance Financiero del Mes
RUBROS
Ejecutado
Anterior
Acumulado
Presupuesto
Aprobado
S/
%
Actual
S/
%
S/
Saldo
Acumulado
%
S/
%
S/
%
Costo
Directo
Mano de
Obra
Materiales
Herramientas
Equipos
Costo
Indirecto
Direcc. TécAdmt.
TOTAL
2.5 Comparación de Avance Físico y Financiero de Mano de Obra
AVANCE
Anterior
S/
Actual
%
S/
%
Acumulado
S/
%
Saldo
S/
%
Físico (según
valorización
mensual)
Ejecutado
(según
planillas de
pago a
personal
tramitadas)
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2.6 Relación de Pruebas Efectuadas – Control de Calidad
SOLICITADO
RECIBIDO
TIPO DE PRUEBA
COMENTARIO
Fecha
Asiento
Fecha
Asiento
2.7 Cumplimiento de Compromisos Ambientales (según certificación ambiental)
2.8 Cumplimiento de Medidas de Seguridad
III. COMENTARIOS REFERENTES A LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
IV. DOCUMENTACIÓN
4.1 Fotografías
Fecha de fotografía:
Describir la fotografía. Indicando cuál es la partida que se está ejecutando y la actividad
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Fecha de fotografía:
Describir la fotografía. Indicando cuál es la partida que se está ejecutando y la actividad
Fecha de fotografía:
Describir la fotografía. Indicando cuál es la partida que se está ejecutando y la actividad
4.2 Cuaderno de Obra
Las copias a remitir son desde la primera copia del cuaderno de obras, correspondiente al mes del
informe, incluido el asiento donde se resume el metrado de partidas valorizadas en el mes.
Del folio:
Al folio:
V. ANEXOS
5.1
Copias del Cuaderno de Obras.
5.2
Copias de los Certificados de ensayos de materiales del mes.
5.3
Adjuntar el original del informe del residente.
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F-17
INFORME DE COMUNICACIÓN RAPIDA
Proyecto
Componente
Meta
Obra
Ing. Residente
Ing. Inspector/Supervisor
Fecha de presentación
:
:
:
:
:
:
:
Ing.…………………………… Jefe de la Oficina de Supervisión y Monitoreo, me dirijo a Ud.,
para comunicarle lo siguiente:
MOTIVO DE LA COMUNICACIÓN:
REPROGRAMACIÓN DEL INICIO DEL PROYECTO
- N° Programación de inicio de obra:
Fecha:
ESTADO DEL PROYECTO
- Paralización de obra
- Reinicio de actividades, después de una paralización:
Fecha:
Fecha:
Motivo y/o Recomendación
Término de Obra
Fecha:
Comentarios:
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F – 18
ACTA DE TERMINACIÓN DE OBRA
Por medio de la presente acta, los que al final suscribimos, declaramos bajo juramento que a la fecha se ha
culminado la Obra ………………………..realizada por el Proyecto Especial “ Afianzamiento y Ampliación de los
Recursos Hídricos de Tacna”.
Ing. Residente a cargo de la Obra, …………………… con DNI N° …………………….…
Ing. Inspector/Supervisor,………..………………………con DNI N°…………………….….
Reunidos en ……………………(Lugar, fecha y hora de la ejecución de la Obra)………………. Con la finalidad
de verificar la culminación de los trabajos materia del presente convenio. Luego de revisar los planos y
especificaciones técnicas aprobados por el programa, damos constancia del cumplimiento de la ejecución de
Obra de acuerdo a lo expresado en el Expediente Técnico, en fe de lo cual suscribimos la presente acta de
terminación de Obra.
ING. RESIDENTE
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
ING. SUPERVISOR O INSPECTOR
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
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F – 19
MEMORIA DESCRIPTIVA VALORIZADA
Proyecto
Componente
Meta
Obra
Ing. Residente
Ing. Inspector/Supervisor
I.
:
:
:
:
:
:
GENERALIDADES
1.1 Ubicación
Región
:
________________________
Provincia
:
________________________
Departamento
:
________________________
Distrito
:
________________________
Dirección/Ubicación:
1.2 Objetivo y Alcances del proyecto
II.- PROYECTO EJECUTADO
a.
Descripción del Proyecto
b.
Descripción del Proyecto:
c.
Plazo de Ejecución:
Plazo de ejecución inicial (días útiles)
Ampliación de plazo (días útiles):
Plazo de ejecución final (días útiles)
III.- OBSERVACIONES:
DESCRIPCIÓN
RO
RDR
CSC
DT
TOTAL
%
Costo Directo:
Mano de Obra
Materiales
Herramientas
Equipo
Maquinaria
Costo indirecto:
Direcc. Técn- Adm.
TOTAL:
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F-20
FORMATO DE ANÁLISIS DE COSTOS UNITARIOS CON RENDIMIENTOS REALES
DE OBRA
PARTIDA:
RENDIMIENTO: UNID/DIA
CÓDIGO
MO:
DESCRIPCIÓN/RECURSO
EQ:
UNIDAD
COSTO UNITARIO POR UNID:
CUADRILLA
CANTIDAD
PRECIO S/
PARCIAL S/
MANO DE OBRA
MATERIALES
EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
Nota: Los análisis de costos unitarios por partidas que intervienen en la elaboración del presupuesto, se obtendrán de los
rendimientos reales, mano de obra, bienes, equipos y herramientas, precios y cantidades utilizadas en obra plasmadas en los cuadros
de los anexos de la presente directiva.
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I–1
FORMATO INFORME FINAL DE DESARROLLO FÍSICO Y FINANCIERO RESIDENTE
INFORME N° 000-20...-RESIDENTE/GI/PET
A
:
Ing……………………………..
Gerente de Infraestructura
DE
: Ing.……………………………
Residente de Obra
ASUNTO
: LIQUIDACION DE OBRA
REFERENCIA : OBRA “……………………..”
PROYECTO “………………….”
FECHA
: …../…../
…………………………………………………………………………………………………………………………….
1. Aspectos Generales
1.1 Proyectista
1.2 Evaluador
1.3 Capacitador
1.4 Residente
1.5 Inspector/Supervisor
1.6 Modalidad de ejecución
1.7 Cantidad de Población Beneficiaria
2. Aspectos Técnicos
2.1 Descripción de la obra ejecutada
a) Avance físico ejecutado acumulado
b) Plazo de ejecución
c) Fecha de inicio de la obra
d) Fecha de culminación prevista
e) Fecha real de culminación (de ser el caso señalar las razones de la demora)
f) Condición de la obra. Breve descripción de los trabajos realizados e indicar la conclusión y
operatividad de la obra. Adjuntando el resultado de las pruebas de laboratorio cuando
corresponda.
2.2 Modificaciones al proyecto (brevemente señalar las razones).
2.3 Ampliaciones de plazo (brevemente señalar las razones).
2.4 Problemas técnicos resueltos y/o pendientes de solución.
2.5 Señalar si se cumplió con lo establecido en el Expediente Técnico y la presente norma.
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3. Aspectos económicos
3.1 Ampliaciones presupuestales si las hubiere (brevemente señalar las razones)
3.2 Señalar si se efectuaron deductivos de obra y las razones.
3.3 Avance financiero comparativo entre lo programado y lo ejecutado por partidas. Sustentar
diferencias si las hubiera.
3.4 Detallar los jornales pagados por categorías.
4. Aspectos Administrativos
4.1 Aspectos de la capacitación. Señalar si fue realizada conforme a lo especificado (horas dictadas,
participación de los beneficiarios, metodología, etc.)
4.2 Problemas presentados, soluciones adoptadas, recomendaciones planteadas o acciones tomadas.
Por ejemplo. Sustentar situaciones excepcionales en alguno de los documentos que forman parte
del expediente de liquidación.
5. Impacto Ambiental: Adjuntar informe correspondiente
6. Conclusiones.
7. Recomendaciones
8. Anexo: Se anexa el EXPEDIENTE DE LIQUIDACIÓN que consta de ………(número de hojas) folios
-
Memoria Descriptiva Valorizada
Fotografías del proceso constructivo y culminación de la obra
Acta de terminación de obra
Acta de Compromiso de Operación y Mantenimiento Provisional de la Obra
Acta de Inspección y prueba
Minuta de declaratoria de Fábrica
Valorización Final de la Obra
Cuadro Resumen de movimientos de Almacén – Ingreso – Egreso.
Acta valorizada de sobrantes de obra
Cuaderno de obra
Acta de entrega de terreno
Planos o croquis de replanteo (si existieran modificaciones)
Planos de ubicación y perimétrico de la obra
Todos los informes del Residente, inspector o supervisor y capacitación de ser el caso.
Otros documentos generados durante el proceso de ejecución del proyecto (especificar).
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I–2
INFORME DEL INSPECTOR O SUPERVISOR
INFORME N° 000-20….-INSPECTOR/OSM/PET
A
:
Ing………………..........................……………..
Jefe de la Oficina de supervisión y monitoreo
DE
: Ing.……………………..........................………
Residente de Obra
ASUNTO
: LIQUIDACION DE OBRA
REFERENCIA : OBRA “……………............................………..”
PROYECTO “………........................………….”
FECHA
: …../…../......
……………………………………………………………….................................……………………………………
1. Análisis del Aspecto Técnico. Comentario e indicar si se efectuaron observaciones y cómo se
subsanaron.
2. Análisis del Aspecto Económico. Comentarios e indicar si se efectuaron observaciones y como se
subsanaron.
3. Análisis del Aspecto Administrativo. Comentarios e indicar si se efectuaron observaciones y cómo se
subsanaron.
4. Análisis del Aspecto Ambiental. Comentarios e indicar si se efectuaron observaciones y cómo se
subsanaron.
5. Señalar las actividades desarrolladas en el seguimiento de la ejecución de la obra (por ejemplo, indicar
el número de visitas a la obra y el resultado de cada visita).
6. Adjuntar Ficha Técnica detallando metas (descripción resumida), impacto en la población beneficiaría
y croquis de ubicación del proyecto.
7. Habiendo revisado el expediente de liquidación de la Obra "........” elaborado por el Residente e
Informe Final del Desarrollo Físico y Financiero del Proyecto de fecha.
El suscrito estima conforme la aprobación.
INSPECTOR O SUPERVISOR DE OBRA
NOMBRES Y APELLIDOS:
N° DNI:
N° de Registro Profesional:
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“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
I–3
INFORME DEL JEFE DE LA OFICINA DE SUPERVISIÓN Y MONITOREO
INFORME N° 000-20…. - OSM/PET
A
:
DE
:
ASUNTO
REFERENCIA
:
:
FECHA
:
Ing………………..........................……………..
Gerente General del PET
Ing.……………………..........................………
Jefe de la Oficina de Supervisión y Monitoreo
LIQUIDACION DE OBRA
OBRA “……………............................………..”
PROYECTO “………........................………….”
…../…../......
……………………………………………………………………………………………………………………………
1. Análisis del Aspecto Técnico. Comentario e indicar si se efectuaron observaciones y cómo se
subsanaron.
2. Análisis del Aspecto Económico. Comentarios e indicar si se efectuaron observaciones y como se
subsanaron.
3. Análisis del Aspecto Administrativo. Comentarios e indicar si se efectuaron observaciones y cómo se
subsanaron
4. Análisis de la supervisión efectuada por el Inspector/Supervisor de Obra incidiendo en la parte técnica
y económica. Comentarios.
5. Otros aspectos como verificar que el expediente de liquidación esté debidamente firmado y foliado en
su integridad por el Residente.
6. De la revisión efectuada al expediente de liquidación de la Obra "……." elaborado por el Residente,
así como del análisis de los aspectos técnicos económicos y administrativos efectuados por el
Inspector/Supervisor de Obra, el que suscribe estima conforme la aprobación de la liquidación de la
referida Obra.
JEFE DE LA OFICINA DE SUPERVISIÓN Y MONITOREO
Nota: El informe comprenderá lo relativo a la revisión del Expediente de Liquidación presentado por el Residente de Obra,
así como el análisis de los aspectos técnicos, económicos y administrativos señalados en el Informe de
Inspector/Supervisor.
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“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
I–4
INFORME DE CONFORMIDAD ENCARGADO DE LA LIQUIDACIÓN
INFORME N° 000-20….- OSM/PET
A
:
DE
:
ASUNTO
REFERENCIA
:
:
FECHA
:
Ing………………..........................……………..
Gerente General del PET
Ing.……………………..........................………
Jefe de la Oficina de Supervisión y Monitoreo
LIQUIDACION DE OBRA
OBRA “……………............................………..”
PROYECTO “………........................………….”
…../…../......
…………………..…………………………………………………………………………………………………………
Es grato dirigirme a Usted, con relación a lo indicado en el asunto, para informar acerca de la Obra “.................”
El Inspector/Supervisor y Residentes de la Obra “......................................” cumplieron con presentar la
documentación para la liquidación sustentada en la ejecución física y financiera de la obra.
El Expediente de Liquidación cuenta con el Informe de Aprobación Técnico, Económico y Administrativo del
Inspector/Supervisor de Obra, Acta de Terminación de Obra, Valorización Final, Memoria Descriptiva
Valorizada, etc., de acuerdo a lo que exige los Procedimientos de Liquidación, así como con los demás
requisitos formales establecidos en las normas vigentes sobre la materia.
Asimismo, de acuerdo a lo establecido en la presente norma cada Expediente de Liquidación cuenta con la
conformidad y aprobación técnica del Jefe de la Oficina de Supervisión y Monitoreo.
En mi calidad de encargado de la liquidación de Obras de la entidad y conforme a lo establecido en la presente,
cumplo con informar que he revisado, verificado, evaluado y confrontado los documentos contenidos en el
Expediente de Liquidación, formulando los respectivos Informes de Liquidación Técnico y Financiera con la
conformidad y recomendación para la aprobación de la liquidación de los mismos.
Por lo expuesto; alcanzo el expediente de Liquidación, para su suscripción y aprobación. Asimismo, adjunto
los Informes de Liquidación Técnica y financiera y Expediente de Liquidación de la Obra.
Es todo cuanto tengo que informar a usted.
PROFESIONAL ENCARGADO DE LA LIQUIDACIÓN
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“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
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“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
I–5
INFORME DE COMPATIBILIDAD
INFORME N° 000-20...-RESIDENTE/GI/PET
A
:
Ing……………………………..
Gerente de Infraestructura
DE
: Ing.……………………………
Residente de Obra
ASUNTO
: Informe de compatibilidad
REFERENCIA : OBRA “……………………..”
PROYECTO “………………….”
FECHA
: …../…../
…………………………………………………………………………………………………………………………….
Mediante el presente me dirijo a usted, para informarle sobre la compatibilidad del expediente técnico del
proyecto: “…….”
I. DATOS GENERALES:

OBRA: “……………”.
SECTOR
:
PLIEGO :
UNID. EJECUTORA DE INV.
PROYECTO
:
CUI
:
PRESUPUESTO TOTAL :
FUENTE FINANCIAMIENT
MODALIDAD EJECUCION
PLAZO DE EJECUCION :
SUPERVISOR DE OBRA :
RESIDENTE DE OBRA :

:
S/.
:
:
ING°
ING°
UBICACIÓN
LOCALIDAD
:
DISTRITO
:
PROVINCIA
:
DEPARTAMENTO
:
II. ANALISIS:
Luego de revisar el expediente técnico y planos del proyecto, realizamos la compatibilidad con el
terreno in situ, ……..:
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“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
Compatibilidad del Terreno:
Compatibilidad del Expediente:





DEL ESTUDIO DE SUELOS:
DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS:
DE LA PROGRAMACIÓN DE OBRA:
DE LOS METRADOS:
DE LOS PLANOS:
RECOMENDACIONES
Es cuanto informo para conocimiento y fines.
Atentamente
RESIDENTE DE OBRA
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“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LT – 01
METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO
UNIDAD EJECUTORA
MODALIDAD
PROYECTO
COMPONENTE
OBRA
META
AÑO
MONTO VALOR REFERENCIAL
PRESUPUESTO PROGRAMADO
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
:
:
:
:
:
:
:
:
:
UNIDAD
METRADO
PRECIO
UNITARIO
PRECIO
PARCIAL
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Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LT – 02
METRADOS DE MODIFICACIONES (ADICIONALES Y DEDUCTIVOS)
UNIDAD EJECUTORA
MODALIDAD
PROYECTO
COMPONENTE
OBRA
META
AÑO
MONTO VALOR REFERENCIAL
PRESUPUESTO PROGRAMADO
:
:
:
:
:
:
:
:
:
ADICIONAL N° 01
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
UNIDAD
METRADO
PRECIO
UNITARIO
PRECIO
PARCIAL
UNIDAD
METRADO
PRECIO
UNITARIO
PRECIO
PARCIAL
DEDUCTIVO N° 01
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
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“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LT – 03
METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO Y MODIFICACIONES (ADICIONALES Y DEDUCTIVOS)
UNIDAD EJECUTORA
MODALIDAD
PROYECTO
COMPONENTE
OBRA
META
AÑO
MONTO VALOR REFERENCIAL
PRESUPUESTO PROGRAMADO
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
:
:
:
:
:
:
:
:
:
UNIDAD
PRECIO
UNITARIO
EXPEDIENTE TÉCNICO
PRECIO
METRADO
PARCIAL
ADICIONAL N 01
PRECIO
METRADO
PARCIAL
DEDUCTIVO N°01
PRECIO
METRADO
PARCIAL
EXPEDIENTE MODIFICADO
PRECIO
METRADO
PARCIAL
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los Recursos Hídricos de
Tacna”
LT – 04
VALORIZACIÓN DE METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO
UNIDAD EJECUTORA
MODALIDAD
PROYECTO
COMPONENTE
OBRA
META
AÑO
MONTO VALOR REFERENCIAL
PRESUPUESTO PROGRAMADO
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
:
:
:
:
:
:
:
:
:
UNIDAD
PRECIO
UNITARIO
EXPEDIENTE TÉCNICO
METRADO
PRECIO
PARCIAL
METRADOS REALMENTE
EJECUTADOS
PRECIO
METRADO
PARCIAL
SALDO
METRADO
PRECIO
PARCIAL
%
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los Recursos Hídricos de
Tacna”
LT – 05
VALORIZACIÓN DE METRADOS DE MODIFICACIONES (ADICIONALES)
UNIDAD EJECUTORA
MODALIDAD
PROYECTO
COMPONENTE
OBRA
META
AÑO
MONTO VALOR REFERENCIAL
PRESUPUESTO PROGRAMADO
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
:
:
:
:
:
:
:
:
:
UNIDAD
PRECIO
UNITARIO
ADICIONAL N° 01
METRADO
PRECIO
PARCIAL
METRADOS REALMENTE
EJECUTADOS
PRECIO
METRADO
PARCIAL
SALDO
METRADO
PRECIO
PARCIAL
%
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Tacna”
LT – 06
VALORIZACIÓN DE METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO Y MODIFICACIONES (ADICIONALES Y DEDUCTIVOS)
UNIDAD EJECUTORA
MODALIDAD
PROYECTO
COMPONENTE
OBRA
META
AÑO
MONTO VALOR REFERENCIAL
PRESUPUESTO PROGRAMADO
PARTIDA
DESCRIPCI
ÓN
UNIDAD
:
:
:
:
:
:
:
:
:
PRECIO
UNITARIO
EXPEDIENTE
TÉCNICO
METRA
DO
PRECIO
PARCIAL
ADICIONAL N 01
METRA
DO
PRECIO
PARCIAL
DEDUCTIVO N°01
METRAD
O
PRECIO
PARCIAL
EXPEDIENTE
MODIFICADO
METRADO
PRECIO
PARCIAL
METRADOS
REALMENTE
EJECUTADOS
METRAD
O
PRECIO
PARCIAL
SALDO
MET
RAD
O
PRECIO
PARCIAL
Página | 149
%
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Tacna”
LT – 07
RESUMEN COSTO TOTAL VALORIZADO DE OBRA
UNIDAD EJECUTORA
MODALIDAD
PROYECTO
COMPONENTE
OBRA
META
AÑO
MONTO VALOR REFERENCIAL
PRESUPUESTO PROGRAMADO
ITEM
ACTIVIDAD
UNIDAD
:
:
:
:
:
:
:
:
:
PRESUPUESTO APROBADO
PRECIO
METRADO
PARCIAL
VALORIZADOS
PRECIO
METRADO
PARCIAL
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Tacna”
LT – 08
RESUMEN DE VALORIZACIONES DE OBRA Y ADICIONALES POR MESES
PROYECTO
COMPONENTE
OBRA
META
AÑO
MONTO VALOR REFERENCIAL
PRESUPUESTO PROGRAMADO
Denominación
Presupues
to Inicial
:
:
:
:
:
:
:
Primera
Modificació
n
Segunda
Modificaci
ón
Número
Modificaci
ón
Total
ejecución
MESES
Mes
1
Mes
2
Mes
3
Mes
4
Mes
5
Mes
6
A- OBRA PRINCIPAL
COSTO DIRECTO GASTOS
GENERALES (%) SUB TOTAL
COSTO DE OBRA
IMPUESTOS IGV TOTAL
VALORACIÓN
REAJUSTE MES
Total valorización reajustada
B. ADICIONAL DE OBRA N' 1
COSTO DIRECTO GASTOS
GENERALES (%)
SUB TOTAL COSTO DE OBRA
MPUESTOS
IGV TOTAL VALORIZACIÓN
REAJUSTE MES
TOTAL
VALORIZACION
REAJUSTADA
C. ADICIONAL DE OBRA N' 2
COSTO DIRECTO GASTOS
GENERALES (%)
SUB TOTAL COSTO DE OBRA
MPUESTOS
IGV TOTAL VALORIZACIÓN
REAJUSTE MES
TOTAL
VALORIZACION
REAJUSTADA
D. ADICIONAL DE OBRA N° n
COSTO DIRECTO GASTOS
GENERALES (%)
SUB TOTAL COSTO DE OBRA
MPUESTOS
IGV TOTAL VALORIZACIÓN
REAJUSTE MES
TOTAL
VALORIZACION
REAJUSTADA
E. DEDUCTIVO DE OBRA N° 1
COSTO DIRECTO GASTOS
GENERALES (%)
SUB TOTAL COSTO DE OBRA
MPUESTOS
IGV TOTAL VALORIZACIÓN
REAJUSTE MES
TOTAL
VALORIZACION
REAJUSTADA
F. DEDUCTIVO DE OBRA N° n
COSTO DIRECTO GASTOS
GENERALES (%)
SUB TOTAL COSTO DE OBRA
MPUESTOS
IGV TOTAL VALORIZACIÓN
REAJUSTE MES
TOTAL
VALORIZACION
REAJUSTADA
PRESUPUESTO TOTAL
INTEGRAL
COSTO DIRECTO GASTOS
GENERALES (%)
SUB TOTAL COSTO DE OBRA
MPUESTOS
IGV TOTAL VALORIZACIÓN
REAJUSTE MES
TOTAL
VALORIZACION
INTEGRAL
TOTAL
VALORIZACION
INTEGRAL REAJUSTADA
Página | 151
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POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
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los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 1
RESUMEN DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL POR LA NATURALEZA DEL GASTO
FUNCION
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD – META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMONICO
FUENTE DE
FINANCIAMIE
NTO
PARTIDA
DESCRIPCIÓ
N
:
:
:
:
:
:
:
:
:
PRESUPUES
TO
PROGRAMA
DO
MANO DE
OBRA
MATERIALES
E INSUMOS
EQUIPOS
Y
MAQUINAR
IAS
COSTO
DIRECTO
(1)
(2)
(3)
(4) = (1)+(2)+(3)
NATURALEZA DEL GASTO
GASTOS INDIRECTOS
INSTRUMEN
TO
GASTOS
ELAB. EXP.
SUPERVISIÓ
AMBIENTAL
GENERALES
TEC.
N
(Según
corresonda)
(5)
(6)
(7)
(8)
LIQUIDACI
ÓN
TOTAL GATOS
INDIRECTOS
(10)= (5)+(6)+(7)+(8)+(9)
(9)
TOTAL
EJECUCIÓN
ANALÍTICA
PRESUPUESTA
L
AVANCE
(%)
(11)= (4)+(10)
SUB TOTAL S/
SUB TOTAL S/
TOTAL A TODA FUENTE
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
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0.00
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“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 2
RESUMEN DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL MENSUAL Y ACUMULADA TOTAL
FUNCION
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD – META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMONICO
FUENTE DE
FINANCIAM
IENTO
PARTIDA
DESCRIPCI
ÓN
:
:
:
:
:
:
:
:
:
PRESUPUE
STO
PROGRAM
ADO
TOTAL
EJECUCIÓN
ANALÍTICA
PRESUPUES
TAL
EJECUCIÓN MENSUAL DEL GASTO
ENE
FEB
MAR
ABR
MAY
JUN
JUL
AGO
SET
OCT
NOV
DIC
TOTAL
PRESUPUESTO
EJECUTADO
AVANCE
%
SALDO
SUB TOTAL S/
SUB TOTAL S/
TOTAL A TODA FUENTE
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“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 3
RESUMEN DE DESEMBOLSOS DEL FONDO PARA PAGOS EN EFECTIVO
FUNCION
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD – META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMONICO
MES
TOTAL S/
CP
:
:
:
:
:
:
:
:
:
DESEMBOLSO
FECHA
N° CHEQUE
IMPORTE (1)
0.00
N°
RENDICIONES
FECHA
IMPORTE (2)
0.00
SALDO (1)+(2)
0.00
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“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 4A
ANÁLISIS DETALLADO POR RUBROS DE LA ESPECÍFICA DE GASTO DE PERSONAL – REMUNERACIONES
FUNCION
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD – META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMONICO
:
:
:
:
:
:
:
:
:
PROVEEDOR /
BENEFICIARIO
N°
PARTIDA
LIBRO
FECHA
N°
COMPROBANTE DE PAGO
FECHA
CHEQUE
SIAF
CANT.
U.M
DESCRIPCIÓN
P.U
TOTAL
TIPO
GASTO
TIPO
F.F
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“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 4B
ANÁLISIS DETALLADO POR ESPECÍFICA DE GASTO
(BIENES)
FUNCION
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD – META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMONICO
PARTIDA
PROVEEDOR /
BENEFICIARIO
LIBRO
:
:
:
:
:
:
:
:
:
N°
FECHA
PECOSA
FECHA
N°
COMPROBANTE DE PAGO
FECHA
CHEQUE
SIAF
CANT.
U.M
DESCRIPCIÓN
P.U
TOTAL
TIPO
GASTO
TIPO
F.F
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POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
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“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 4C
ANÁLISIS DETALLADO POR ESPECÍFICA DE GASTO
(SERVICIOS)
FUNCION
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD – META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMONICO
PARTIDA
PROVEEDOR /
BENEFICIARIO
:
:
:
:
:
:
:
:
:
LIBRO
N°
COMPROBANTE DE PAGO
FECHA
N°
FECHA
CHEQUE
CANT.
SIAF
U.M
DESCRIPCIÓN
P.U
TOTAL
TIPO
GASTO
TIPO
F.F
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“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 5
RESUMEN DE EJECUCIÓN FINANCIERA
FUNCIÒN
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD - META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMÓNICO
:
:
:
:
:
:
:
:
:
EJECUCIÓN ANALÍTICA
PRESUPUESTAL
PARTIDA
DESCRIPCIÓN
RDR
(09)
CSC
(18)
TOTAL
DEDUCCIONES
BIENES OTROS
ALMACENES
(LF-9)
TOTAL
EJECUCIÓN
INVENTARIO FINAL
ALMACEN
CENTRAL
(LF-6)
ALMACEN
PERIFÉRICO
(LF-6)
NOTA DE
ENTRADA
(LF – 6.1)
ACTIVOS
(LF-7)
TOTAL
EJECUCIÓN
FINANCIER
A NETA
0.00
0.00
0.00
0.00
TOTAL S/.
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
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0.00
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Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 6
INVENTARIO FINAL DE BIENES SOBRANTES – ALMACEN CENTRAL
FUNCIÒN
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD - META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMÓNICO
:
:
:
:
:
:
:
:
:
COMPROBANTE DE PAGO
PARTIDA
PROVEEDOR / BENEFICIARIO
LIBRO
Nª
CODIGO DE
BIEN
FECHA
Nº
FECHA
CHEQUE
CANT.
UND
DESCRIPCIÓN
P.U.
TOTAL
SIAF
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“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 6.1
INTERNAMIENTO DE BIENES A ALMACEN CENTRAL
FUNCIÒN
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD - META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMÓNICO
:
:
:
:
:
:
:
:
:
NOTA DE
ENTRADA
COMPROBANTE DE PAGO
PARTIDA
PROVEEDOR / BENEFICIARIO
LIBRO
Nª
FECHA
CODIGO
Nº
FECHA
CHEQUE
SIAF
CANT.
U.M.
DESCRIPCIÓN
P.U.
TOTAL
Nª
FECHA
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los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 7
RELACIÓN DE ACTIVOS FIJOS Y/O BIENES DURADEROS
FUNCIÒN
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD - META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMÓNICO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
COMPROBANTE DE PAGO
PARTIDA
PROVEEDOR / BENEFICIARIO
LIBRO
Nº
PECOSA
FECHA
CÓDIGO
Nº
FECHA
CHEQUE
CANT
U.M.
DESCRIPCIÓN
P.U.
SIAF
Página | 161
TOTAL
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POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 8
INGRESOS ALMACEN
FUNCIÒN
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD - META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMÓNICO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
:
:
:
:
:
:
:
:
:
:
COMPROBANTE DE PAGO
PARTIDA
PROVEEDOR / BENEFICIARIO
LIBRO
Nª
FECHA
PECOSA
FECHA
CANT.
Nº
FECHA
CHEQUE
U.M.
DESCRIPCIÓN
P.U.
SIAF
Página | 162
TOTAL
DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA
“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 9
BIENES DE OTROS ALMACENES
FUNCIÒN
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD - META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMÓNICO
PARTIDA
TIPO DOC
Nº
:
:
:
:
:
:
:
:
:
PECOSA
FECHA
CANT
UND.
DESCRIPCION
P.U. TOTAL
Página | 163
DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA
“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 10
SALIDA DE ALMACEN POR TODO CONCEPTO
FUNCIÒN
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD - META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMÓNICO
:
:
:
:
:
:
:
:
:
COMPROBANTE DE PAGO
PARTIDA
PROVEEDOR / BENEFICIARIO
LIBRO
Nª
FECHA
PECOSA
FECHA
CANT.
Nº
FECHA
CHEQUE
U.M.
DESCRIPCIÓN
P.U.
SIAF
Página | 164
TOTAL
DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA
“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
F – 11
COMPRA DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTE
FUNCIÓN
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD - META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMÓNICO
PARTIDA
PROVEEDOR / BENEFICIARIO
:
:
:
:
:
:
:
:
:
LIBRO
Nº
FECHA
PECOSA
FECHA
COMPROBANTE DE PAGO
Nº
FECHA
CHEQUE
SIAF
CANT
U.M.
DESCRIPCIÓN
P.U.
Página | 165
TOTAL
DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA
“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 12
SALIDA DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTE
FUNCIÒN
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD - META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMÓNICO
PARTIDA
PROVEEDOR / BENEFICIARIO
:
:
:
:
:
:
:
:
:
LIBRO
Nª
FECHA
PECOSA
FECHA
COMPROBANTE DE PAGO
Nº
FECHA
CHEQUE
SIAF
CANT
U.M.
DESCRIPCIÓN
P.U.
Página | 166
TOTAL
DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA
“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 13
VERIFICACIONES
FUNCIÒN
PROGRAMA FUNCIONAL
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
PROYECTO
COMPONENTE
FINALIDAD - META
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO
NEMÓNICO
:
:
:
:
:
:
:
:
:
DESCRIPCIÓN
PARCIAL
SUB TOTAL
TOTAL
MOVIMIENTO DE ALMACEN (Dif)
0.00
(+) INGRESOS
COMPRAS, SOBRANTES, BS. TRANSITO
Compras (LF – 06)
Bienes de Otros Almacenes (LF-09)
(-) SALIDAS Y SALDOS
SALIDAS DE ALMACEN
Compras (LF-10)
Bienes de otros Almacenes (LF – 09)
BIENES SOBRANTES S/
0.00
MOVIMIENTOS DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES (Dif)
(+) INGRESOS
COMPRAS, SOBRANTES, BS, TRANSITO COMBUSTIBLE
Compras (LF -11)
Combustibles y lubricantes de Otros Almacenes (LF-09)
(-) SALIDAS Y SALDOS
Página | 167
DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA
“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 14
COSTO DE LA META
FUNCIÒN
:
PROGRAMA FUNCIONAL
:
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
:
PROYECTO
:
COMPONENTE
:
FINALIDAD - META
:
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
:
AÑO
:
NEMÓNICO
:
SECUENCIA
REFERENCIA
DESCRIPCIÓN
1
LF – 05
EJECUCIÓN FINANCIERA
2
LF – 09
(+) BIENES DE OTROS ALMACENES
3
LF – 06
(-) INVENTARIO FINAL DE BIENES SOBRANTES – ALMACEN CENTRAL
4
LF – 07
(-) ACTIVOS FIJOS O BIENES DURADEROS
PARCIAL
TOTAL
COSTO TOTAL DE META S/
Página | 168
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“NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS
POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET”
Proyecto Especial
“Afianzamiento y Ampliación de
los Recursos Hídricos de
Tacna”
LF – 15
BALANCE DEL COSTO TOTAL VALORIZADO VERSUS COSTO TOTAL REAL DE OBRA
FUNCIÒN
:
PROGRAMA FUNCIONAL
:
SUB PROGRAMA FUNCIONAL
:
PROYECTO
:
COMPONENTE
:
FINALIDAD - META
:
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
:
AÑO
:
NEMÓNICO
:
ITEM
DESCRIPCIÓN
1
Costo Total Valorizado Actualizado
0..00
2
Costo Total Real de la Meta
0.00
DIFERENCIA (1-2)
TOTAL
0.00
Página | 169
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