DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PROYECTO ESPECIAL “AFIANZAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS DE TACNA” IDENTIFICACIÓN DE FIRMAS DE VALIDACIÓN ROL Elaborado por: ÓRGANO/UNIDAD ORGÁNICA SELLO Y FIRMA Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica Revisado por: Gerencia de Infraestructura Oficina de Supervisión y Monitoreo Aprobado por: Gerencia General 1 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” CONTENIDO I. FINALIDAD II. OBJETIVO III. ALCANCE IV. SIGLAS Y REFERENCIA V. BASE LEGAL VI. DISPOSCIONES GENERALES 6.1 Principios Generales ................................................................................................................... 5 6.2 Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa ................................................................ 6 6.3 Determinación De La Clasificación del Nivel de Complejidad de Los Proyectos De Inversión Pública . 6 6.4 Funciones de Órganos y Unidades de las Entidades ....................................................................... 6 6.5 La Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) ...................................................................................... 7 6.6 Órganos responsables ................................................................................................................. 7 6.7 Expediente Técnico ..................................................................................................................... 7 6.8 Modelado BIM ........................................................................................................................... 11 6.9 Proceso de Ejecución de Obras por Administración Directa e Inversiones IOARR .......................... 11 6.10 Oficina de Obras por Administración Directa............................................................................... 12 6.11 Personal Clave de la Obra (Requisitos, Funciones y Responsabilidades)...................................... 13 6.12 Seguridad y Salud en las Inversiones ........................................................................................ 23 6.13 Expediente de Obra ................................................................................................................. 24 6.14 Control Concurrente ................................................................................................................. 24 6.15 Responsabilidades ................................................................................................................... 24 6.16 De Los Cambios Organizacionales en la Entidad ........................................................................ 25 VII. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 7.1 Fase de Aprobación de la Ejecución de Obra ............................................................................... 25 7.2 Fase de Preparación ................................................................................................................ 27 7.3 Ejecución Física De La Obra ...................................................................................................... 28 7.1.1 Inicio De Ejecución Física De Obra ................................................................................... 28 7.4 Cuaderno de Obra .................................................................................................................... 30 7.5 Provisión de Bienes y Servicios de Acuerdo al Calendario: Almacén de Obra ................................. 31 7.6 Informes de Valorización de Obra .............................................................................................. 31 7.7 Control de Calidad Durante la Ejecución de Obra........................................................................ 32 7.9 Modificaciones Durante la Ejecución Física ................................................................................. 33 7.8 Modificaciones de Plazo de Ejecución de Obra ............................................................................ 34 7.10 Informes del Inspector o Supervisor de Obra ......................................................................... 38 7.11 Liquidaciones Parciales De Obra ............................................................................................... 38 7.12 Informe de Liquidación Parcial o Total ....................................................................................... 39 2 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” VIII. CULMINACION Y LIQUIDACION DE OBRA 8.1 Comité de Culminación y Liquidación de la Obra .......................................................................... 42 8.2 Informe Final de Obra ................................................................................................................ 42 8.3 Informe Final de Liquidación ....................................................................................................... 43 8.4 Constatación y Observaciones .................................................................................................... 45 8.5 Transferencia de la Obra ............................................................................................................ 45 8.6 Cierre del Proyecto ................................................................................................................... 47 IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES X. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA XI. ANEXOS 3 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PROYECTO ESPECIAL “AFIANZAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS DE TACNA” I. FINALIDAD Tiene por finalidad establecer instrumentos normativos que regulen el proceso de ejecución de obras públicas por administración directa acorde a la Directiva N° 017-2023-CG/GMPL de la Contraloría General de la Republica; de tal forma que se realicen en las mejores condiciones de calidad, costo y plazo; realizar el uso transparente, eficiente y eficaz de los recursos y bienes del Estado, con el propósito de cumplir con los objetivos institucionales del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” y con los fines públicos para los cuales está prevista la obra pública. II. OBJETIVO Establecer disposiciones que regulen, entre otros aspectos, los roles, requisitos, plazos y responsabilidades en el proceso de ejecución de las obras públicas por administración directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”. III. ALCANCE Es de aplicación obligatoria para todos los órganos del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”, que se encuentren directa o indirectamente relacionadas con la ejecución de las inversiones públicas por administración directa, independientemente de la fuente de financiamiento que se utilice. Están comprendidas en el alcance de la presente directiva las intervenciones de carácter social que implique trabajos constructivos cuando estas cumplan con la definición de obra pública establecida en la Directiva N° 017-2023-CG/GMPL. IV. SIGLAS Y REFERENCIAS : Oficina de Obras por Administración Directa OAD BIM : Building Information Modeling INFOBRAS : Sistema de Información de Obras Publicas SNPMGI : Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones PMI : Programa Multianual de Inversiones UEI : Unidad Ejecutora de Inversiones V. BASE LEGAL a) Constitución Política del Perú. b) Ley Nº 27658; Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y sus modificatorias. c) Ley Nº 27783; Ley de Bases de la Descentralización y sus modificatorias. d) Ley Nº 27785; Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias. e) Ley Nº 27867; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. f) Ley Nº 28716; Ley de Control Interno de la Entidades del Estado y sus modificatorias. g) Ley Nº 29664; Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y modificatorias la Ley Nº 30831 y Decreto Legislativo Nº 1200. h) Ley Nº 29783; Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y modificatoria. i) Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal vigente. j) Decreto Legislativo Nº 1439; Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento. k) Decreto Legislativo Nº 1440; Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 4 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” l) Decreto Legislativo Nº 1441; Decreto Legislativo del Sistema de Tesorería. m) Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; aprueba Reglamento de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres n) Decreto Supremo N° 005-2012-TR; Aprueba Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y modificatoria. o) Decreto Supremo N° 242-2018-EF; Aprueban Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. p) Decreto Supremo Nº 344-2018-EF; Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias. q) Decreto Supremo Nº 284-2018-EF; Aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y sus modificatorias. r) Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. s) Decreto Supremo Nº 011-2019-TR; Aprueba Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción. t) Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA; Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. u) Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado. v) Decreto Supremo Nº 217-2019-EF; Reglamento de Decreto Legislativo Nº 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento y sus modificatorias. w) Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA; Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. x) Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15; Aprueba la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15 y sus modificatorias. y) Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01; Aprueba la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y sus modificatorias. z) Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG; Aprueba normas que regulan la ejecución de las obras públicas por administración directa. aa) Resolución de Contraloría N° 324-2013-CG; Aprueba Directiva Nº 007-2013-CG/OEA “Registro de Información y Participación Ciudadana en el Control de Obras Públicas – INFOBRAS”. bb) Demás normativa conexa y vigente a la ejecución de las inversiones. cc) Resolución Ejecutiva Regional N° 129-2005-G.R. Tacna, que aprueba los documentos de Gestión: Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Cuadro de Asignación de Personal (CAP); y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP del Proyecto Especial de Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna. dd) Decreto Regional N° 001-2021-GR/GOB.REG.TACNA de fecha 21 de diciembre de 2021 que aprueba el Manual de Operaciones del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”. ee) Directiva N° 017-2023-CG/GMPL – “Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa” Contraloría General de la República del Perú. VI. DISPOSICIONES GENERALES 6.1 Principios Generales La ejecución de las obras públicas por administración directa, adicionalmente a los principios que rigen el derecho público, administrativo y financiero, en lo que resulte aplicable, se rige por los siguientes principios: a) Economía: Las acciones que se adopten en la ejecución de obras por administración directa deben privilegiar la mejor combinación de costo y calidad; así como observar los criterios de simplicidad, austeridad y ahorro en el uso de los bienes y recursos del Estado. 5 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” b) Eficiencia: Los procesos, procedimientos y decisiones que realicen o adopten los funcionarios y servidores públicos, respecto de la ejecución de las obras por administración directa, deben estar orientadas a maximizar el adecuado uso de los recursos públicos y al cumplimiento de los fines de la obra a ejecutar. c) Orientación a resultados: Las entidades realizan intervenciones públicas para resolver un problema público o de gestión interna y evalúan sus resultados para mejorar sus bienes, servicios o regulaciones. d) Moralidad: Todo aquel que participe en la ejecución de las obras por la modalidad de administración directa están obligados a actuar con honradez, veracidad, equidad y probidad. e) Transparencia: Las entidades que ejecuten obras públicas por administración directa, están obligados a conservar y resguardar la información, registros, archivos digitales, comunicaciones y documentación generada y relacionada con la ejecución de estas obras y facilitar su acceso a las entidades que ejercen funciones de control y supervisión, y a la ciudadanía en general, en aplicación de las disposiciones que regulan la materia. 6.2 Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa La ejecución de obras públicas por administración directa, es la modalidad mediante la cual el Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” y sus unidades orgánicas utiliza los recursos presupuestales, capacidad técnica - administrativa propia, infraestructura, equipos o maquinarias, acorde con la naturaleza y complejidad de la obra, cumpliendo las disposiciones establecidas en la presente directiva. De acuerdo al costo de obra según el expediente técnico, estas deberán cumplir con los requisitos señalados expresamente en la Directiva N° 017-2023-CG/GMPL, cuando corresponda y conforme a las categorías siguientes: Categoría A Categoría B : : Categoría C : Obras con costo hasta Cinco millones y 00/100 soles (S/. 5’000,000.00) Obras con costo mayor a Cinco millones y 00/100 soles (S/. 5’000,000.00) y hasta Diez millones y 00/100 (S/. 10,000,000.00) Obras con costo mayor a Diez millones y 00/100 (S/. 10,000,000.00) 6.3 Determinación De La Clasificación del Nivel de Complejidad de Los Proyectos De Inversión Pública El Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna, dentro de su ámbito de acción comprende el conjunto de obras de infraestructura hidráulica para la operación y mantenimiento del sistema, y obras nuevas para el afianzamiento y ampliación del recursos hídricos que abarca los Sistemas Hidráulicos Mayor, Sistemas Hidráulicos Menor, Sistemas Hidráulicos Subterráneo, que permite el suministro de agua hasta los sectores que abastece agua para la población, agricultura y otras actividades de la región de Tacna. Las obras de infraestructura hidráulica comprenden las estructuras que por sus características de construcción, operación y mantenimiento resultan de mayor magnitud, complejidad e importancia: Derivar el agua de una unidad hidrográfica a otra contigua. Almacenar y entregar gradualmente el agua. Determinar volúmenes o caudales de agua en un punto determinado. Derivar el agua de su curso natural o artificial a una estructura de derivación. Conducir las aguas desde la captación hasta su entrega en la infraestructura hidráulica menor o usuarios que no forman parte de un sector hidráulico menor. Drenaje colector y principal. - Evacuar los excedentes de agua desde los drenes principales y secundarios hacia una fuente natural o artificial. 6.4 Funciones de Órganos y Unidades de las Entidades del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”, cuenta con un Manual de Operaciones (MOP) aprobado, donde se determina la estructura orgánica, estableciendo que la Gerencia de Estudios es responsables de planificar y programar las actividades del proceso de la ejecución de obras públicas por administración directa, y La Gerencia de Infraestructura responsable de la ejecución y supervisión hasta su culminación y liquidación, de acuerdo con las disposiciones y las funciones establecidas por el SNPMGI, por estar adscritas a dicho sistema administrativo. Trasvase Regulación Medición Captación Derivación = = = = = 6 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 6.5 La Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) el Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”, La Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) son la Gerencia Estudios y Proyectos, y Gerencia de Infraestructura que constituyen Órganos Responsables establecidos en los instrumentos de gestión interno (MOP), las cuales deben de contar con la capacidad técnica y legal para llevar adelante la ejecución de los proyectos de inversión e IOARR, de acuerdo con la normatividad presupuestal vigente. 6.6 Órganos responsables Las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) son los Órganos responsables de la ejecución de las inversiones que se encuentran previstos en el Programa Multianual de Inversiones (PMI); en el Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”, según el MOP se encuentra comprendido dos órganos de línea responsables: a) Gerencia de Estudios y Proyectos: Responsable de conducir las acciones y actividades del ciclo de inversión en su etapa de formulación y evaluación, ejecución y funcionamiento (elaboración del expediente técnico y BIM). b) Gerencia de Infraestructura: Responsable de la ejecución y funcionamiento del ciclo de inversión, proyectos de inversión de infraestructura hidráulica, (ejecución física de las obras, supervisión y liquidación de las obras). 6.7 Expediente Técnico Artículo 1º.- El Órgano responsable de la Elaboración del Expediente Técnico o documento equivalente es la Gerencia de Estudios y Proyectos en el ciclo de inversión; cuyo contenido está acorde a la normas, características o especificaciones técnicas aplicables a los factores de producción (infraestructura, equipamiento, entre otros) establecidos por el Decreto Legislativo N° 1252 - Invierte. PE.; para lo cual deberá presentar un Plan de Trabajo debidamente aprobado por la Oficina de Supervisión y Monitoreo, documento que debe contener el alcance del estudio, cronograma y presupuesto, en el marco de la viabilidad del proyecto de inversión o aprobación de IOARR. Articulo N°02.- La Gerencia de Estudios y Proyectos antes del inicio de la elaboración del expediente técnico o documento equivalente debe verificar que se cuente con: la aprobación y priorización por la entidad, con asignación de presupuesto, que cuente con el saneamiento físico legal a nivel de diagnóstico, los arreglos institucionales o acta de libre disponibilidad de terreno, según corresponda, para garantizar la ejecución de la inversión y prestación de servicios durante la operación de los activos generados con la ejecución de la misma; salvo que, por el tipo de inversión, dichos aspectos se desarrollen durante la elaboración del expediente técnico o documento equivalente o en la ejecución física, lo cual debe ser sustentado en el expediente técnico o documento equivalente. Articulo N°03.- La elaboración del expediente técnico o documento equivalente debe sujetarse a la concepción técnica, económica y el dimensionamiento contenido en el estudio de Preinversión o ficha técnica, para el caso de proyectos de inversión, o a la información registrada en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, para el caso de inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación (IOARR). En caso la variación del costo de inversión del expediente técnico o documento equivalente, según corresponda, respecto al declarado viable resulte superior al porcentaje establecido por la DGPMI, la Gerencia de Estudios y Proyectos a través de la Gerencia General, pondrá de conocimiento esta variación al Órgano de Control de la entidad, sin que ello implique la interrupción de la fase Ejecución. Articulo N°04.- El expediente técnico no debe tener una antigüedad mayor de tres (3) años de aprobado o desde su última actualización y debe tener un presupuesto con precios actualizados con una antigüedad no superior a los seis (6) meses, contados desde su aprobación o desde su última actualización. Sin haberse iniciado la 7 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” ejecución física del Proyecto de inversión, la Gerencia de Estudios y Proyectos actualiza el expediente técnico o documento equivalente a fin de continuar con su ejecución. Cuando ocurra un evento de origen natural o antrópicos, tales como lluvias, desbordes de caudal o huaicos, terremotos, entre otros, se debe actualizar los estudios básicos debido que estos eventos causan factores que modifican a los estudios básicos planteados dentro del expediente técnico. Articulo N°05.- En el caso de las IOARR, los expedientes técnicos o documentos equivalentes tienen una vigencia máxima de un (01) año contado a partir de su aprobación. Transcurrido dicho plazo sin haberse iniciado la ejecución física, la Gerencia de Estudios y Proyectos actualiza el expediente técnico o documento equivalente a fin de continuar con su ejecución. Articulo N° 06.- El Expediente Técnico del Proyecto de Inversión e IOARR, debe contener la documentación y contenido básico que se precisa a continuación, debiendo estar firmado con sello post-firma en cada uno de los folios por el profesional y/o profesionales debidamente habilitados que participaron en su elaboración y mínimamente debe contar con los siguientes requisitos: a) Memoria descriptiva. b) diseño de Ingeniería y planos de especialidades a nivel de ejecución de obra, suscritos por el profesional responsable, según las especialidades que correspondan al tipo, características y complejidad de la obra; así como los planos de ubicación georreferenciados de canteras y zonas de eliminación de materiales excedentes. c) Especificaciones técnicas, por cada partida del presupuesto, definiendo las características técnicas de los materiales de acuerdo al diseño, la naturaleza de los trabajos, el procedimiento constructivo y controles de calidad. d) Estudios básicos como topografía, mecánica de suelos, geotecnia, geología, hidrología, estudio de impacto ambiental o instrumento ambiental que corresponda (de ser el caso), estudios topográficos, estudios hidrológicos, Estudio de canteras, fuentes de agua, botaderos, tratamiento del sistema sanitario, y otros complementarios de acuerdo con el tipo, características y complejidad de la obra. e) Estudios complementarios necesarios para la ejecución de la obra estudios de arqueología como Certificación de Inexistencia de Restos Arqueológicos – CIRA y otros necesarios; Autorización de Ejecución de Obras –ANA, y otros complementarios de acuerdo con el tipo, características y complejidad de la obra. f) Memorias de cálculo y planilla de metrados. g) Análisis de precios unitarios de cada una de las partidas que conforman el costo directo y el análisis de los gastos generales. h) Presupuestos de obra, que incluyan los costos directos, gastos generales y otros conceptos aplicables. en el cual debe adjuntar las cotizaciones de los materiales y equipos puestos en obra o en almacén. los conceptos que pueden ser cargados al presupuesto de obra por administración directa se detallan en el anexo N° 1 de la presente directiva. i) Listado de insumos en cantidades y costos (materiales, equipos, horas hombre, etc.) incluidos impuestos. j) Cronograma de ejecución de obra. k) Calendario de adquisición de materiales, con la opinión favorable de la Unidad de Logística. l) Calendario de utilización de equipos y maquinaria. m) Calendario de utilización de mano de obra calificada y no calificada. n) Calendario de avance de obra valorizado. o) Presupuesto analítico de la obra por específica de gasto y competente presupuestal, formulado sobre la base del programa de ejecución de obra y los calendarios indicados en los literales i), j), k) l y m) del presente artículo. el presupuesto analítico debe de identificar los procedimientos de selección cuando correspondan y el calendario de adquisición de materiales debe incluir los plazos estimados para dichos procedimientos en la normatividad de contrataciones del estado, lo que debe sr concordante con los cronogramas y calendarios del proyecto. 8 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” p) Documentos de la identificación y evaluación de riesgos asociados a la ejecución de la obra, desarrollo de estrategias de mitigación de riesgos y problemas, así como la supervisan y seguimiento a los avances en las acciones de mitigación de riesgos. q) Libre y efectiva disponibilidad del terreno donde se ejecutará la obra, la que debe estar sustentada desde los estudios de pre inversión para la declaratoria de su viabilidad. r) Estudios de vías a ser utilizadas (Plan de rutas alternas o de desvíos). s) Plan de Seguridad y Salud en el trabajo. t) Licencias necesarias requeridas por los Sectores correspondientes. u) En caso existan normas técnicas específicas referidas al proyecto, son aplicación obligatoria en la elaboración de los expedientes técnicos. v) Otros informes técnicos que se estime conveniente de acuerdo a la naturaleza o complejidad de la obra. Articulo N° 7.- En el presupuesto analítico de los gastos generales correspondiente a la ejecución física, debe contemplar un periodo máximo de 30 días calendarios (01 mes) previos a la ejecución física de obra para los actos preparatorios iniciales de la obra y un periodo máximo de 30 días calendario (01 mes) posterior a la fecha de culminación de la obra para la presentación del informe final. Articulo N° 8.- En el presupuesto analítico de los gastos de supervisión correspondiente a la supervisión de la ejecución física, debe contemplar un periodo máximo de 30 días calendarios (01 mes) previos a la ejecución física de obra para evaluar los actos preparatorios iniciales de la obra y un periodo máximo de 60 días calendario (02 mes) posterior a la fecha de culminación de la obra para la evaluación y aprobación del informe final, la recepción y la liquidación de obra. Articulo N° 9.- El expediente técnico o documento equivalente, será elaborado por la Gerencia de Estudios y Proyectos, para lo cual deberá presentar un Plan de Trabajo, debidamente aprobado por la Oficina de Supervisión y Monitoreo, documento que debe contener el alcance del estudio, cronograma y presupuesto, en el marco de la viabilidad del proyecto de inversión o aprobación de IOARR. Artículo 10°.- Las modificaciones que solicite la Gerencia de Estudios y Proyectos durante la fase de elaboración de expediente técnico o documento equivalente para un proyecto de inversión y requiera opinión de la unidad formuladora, deberán adjuntar información técnica sustentatoria y documentación propia de trámite correspondiente, firmados por el profesional responsable de la elaboración del expediente técnico o estudio definitivo y del responsable de la Gerencia de Estudios y Proyectos. Artículo 11°.- Los Expedientes Técnicos o documentos equivalentes para su revisión y evaluación serán presentados en un (01) solo ejemplar; ante dictamen final favorable emitido por la Oficina de Supervisión y Monitoreo, para su aprobación es necesario sea presentado en forma impresa, en seis (06) ejemplares y digital mediante medio magnético, con información PDF y archivo nativo (06 CDs/06 USB), debiendo encontrarse debidamente firmado y sello post-firma en cada una de sus páginas por el proyectista o responsable en su elaboración. El acto resolutivo acompañado del expediente será distribuido de la siguiente manera: - Un (01) ejemplar para la Gerencia de Infraestructura. Un (01) ejemplar para la Gerencia de Estudios y Proyectos. Un (01) ejemplar para el Residente de obra. Un (01) ejemplar para la Oficina de Supervisión y Monitoreo. Un (01) ejemplar para el Archivo Técnico Permanente de la Obra. Un (01) ejemplar para el Acto Resolutivo que aprueba el Expediente Técnico. Artículo 12°.- El Expediente Técnico o documento equivalente será revisado y evaluado por el Oficina de Supervisión y Monitoreo, quién emite informe con el análisis y opinión técnica por parte del profesional responsable de la revisión técnica; asimismo, el documento de conformidad, de ser el caso, se pronunciará acerca del contenido y procedimiento de su elaboración. De existir conformidad, colocará firma y sello post-firma en cada uno de los folios del Expediente Técnico o documento equivalente. 9 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Artículo 13°.- La revisión y evaluación por parte Oficina de Supervisión y Monitoreo es un proceso previo e indispensable para la aprobación del expediente técnico o documento equivalente, con el claro propósito de reducir al mínimo las omisiones o deficiencias que se pudiera presentar a posteriori. Asimismo, el proceso de revisión y evaluación podrá estar a cargo de un equipo profesional multidisciplinario de acuerdo a la complejidad y envergadura del proyecto de inversión. La conformación del equipo de evaluadores será propuesta por la Oficina de Supervisión y Monitoreo. Artículo 13°.- El expediente técnico o documento equivalente de un proyecto de inversión con la conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo y documentación respectiva, es tramitado hacia la Unidad Formuladora para su revisión, evaluación y posterior aprobación de la consistencia de dicho documento respecto a la concepción técnica y el dimensionamiento del proyecto de inversión, para proceder a su registro en el Banco de Inversiones (Formato N° 08-A: Sección B, Registros en la fase de Ejecución de la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones). Artículo 14°.- La aprobación de dicha consistencia constituye un requisito previo para la aprobación del expediente técnico o documento equivalente de un proyecto de inversión mediante acto resolutivo. Artículo 15°.- Una vez aprobado el proyecto de inversión y registrado la consistencia por la Unidad Formuladora, esta instancia debe remitir el expediente técnico o documento equivalente y su documentación a la Gerencia de Estudios y Proyectos, quién solicitará opinión a la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica, para luego solicitar su aprobación mediante acto resolutivo emitido por el Titular o funcionario facultado, debiendo el proyecto resolutivo considerar los siguientes aspectos: Nombre del Proyecto de Inversión. Presupuesto a programar: Presupuesto total del proyecto, presupuesto de costo directo, gastos generales, gastos de supervisión, gastos de organización y gestión en caso corresponda y liquidación de la obra. Modalidad de ejecución. Plazo de ejecución. Artículo 16°.- Tratándose de inversiones IOARR, no corresponde la evaluación de consistencia por la Unidad Formuladora, solamente con la conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo, la Gerencia de Estudios y Proyectos solicitará opinión a la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica, para luego gestionar su aprobación mediante acto resolutivo emitido por el Titular o funcionario facultado, debiendo considerar el proyecto de resolución los mismos requisitos establecidos para un proyecto de inversión. Artículo 17°.- Para el trámite de la emisión del acto resolutivo de aprobación de expediente técnico o documento equivalente de un proyecto de inversión, es necesario contar con la siguiente documentación: a) Seis (06) ejemplares del expediente técnico o documento equivalente, debidamente firmados con sello post-firma por los profesionales responsables de su elaboración y del responsable de la Oficina de Supervisión y Monitoreo, acompañado de 06 CDs/06 USB. b) Informe de conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo. c) Informe de consistencia de la Unidad Formuladora. d) Opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica. Artículo 18°.- El acto resolutivo para la aprobación de un expediente técnico de una inversión IOARR, debe contener los mismos datos que el acto resolutivo para la aprobación de un proyecto de inversión, así como los documentos descritos en el artículo anterior a excepción del Informe de Consistencia, por no corresponder según normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Artículo 19°.- Aprobado el expediente técnico o documento equivalente de la inversión IOARR mediante acto resolutivo, se procede a registrar en el Banco de Inversiones la información resultante del expediente técnico o documento equivalente aprobado, según corresponda; para su cumplimiento. 10 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Artículo 20°.- Dentro del plazo máximo de tres (03) días hábiles y bajo responsabilidad, la Gerencia de Estudios y Proyectos como órgano responsable de la elaboración del expediente técnico, debe cumplir con presentar el Formato N° 08-A: Registros en la fase de Ejecución para proyectos de inversión, Sección B: Datos de la fase de Ejecución Expediente técnico o documento equivalente y programación de PI y/o Formato N° 08-C: Registros en la fase de Ejecución, Sección B (de la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones): Expediente técnico o documento equivalente para IOARR del Banco de Inversiones, debidamente llenado y firmado con sello post firma por los responsables de la elaboración del expediente técnico, el Inspector o Supervisor que dio conformidad técnica al expediente para su aprobación y por el responsable de la Gerencia de Estudios y Proyectos, solicitando el registro correspondiente en el Banco de Inversiones y adjuntando los siguientes documentos originales debidamente firmados escaneados en archivo PDF no mayor a 5 MB por documento: - Acto resolutivo de aprobación del expediente técnico, con los actuados correspondientes. La Memoria Descriptiva. El Resumen de Presupuesto de la Inversión. El Cronograma de ejecución física y financiera. Artículo 21°.- En caso de haber modificaciones en la fase de ejecución de inversiones, que contando con Expediente Técnico aprobado y no habiendo iniciado ejecución física, requiere cambios (Actualización de costos, inclusión de gastos en el expediente técnico, entre otros), la Gerencia de Estudios y Proyectos responsable de la elaboración del expediente técnico deberá presentar el Formato 08-A Parte C (de la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones) e información de aprobación y sustento para su registro en el Banco de Inversiones, previa opinión técnica de la Oficina de Supervisión y Monitoreo. 6.8 Modelado BIM Articulo N° 22.- El expediente técnico para la ejecución de obras por administración directa elaborado por la Gerencia de Estudios y Proyectos, debe de contar además con el modelado BIM 3D con un nivel de detalle que permita verificar como mínimo que esté libre de colisiones entre especialidades básicas, cuando la obra corresponda a la categoría C, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.2 de Directiva N° 017-2023CG/GMPL; es indispensable contar con dicho instrumentos antes de la ejecución de la obra, la responsabilidad recae sobre la Gerencia de Estudios la cual debe garantizar remitir dicho modelamiento, sobre el cual no podrá iniciara o ejecutar acciones la obra. 6.9 Proceso de Ejecución de Obras por Administración Directa e Inversiones IOARR Articulo N° 23.- Para iniciar el proceso de ejecución de obras por administración directa, se debe contar previamente con el expediente técnico de obra aprobado mediante resolución del Gerente General y su registro respectivo en el Banco de Inversiones; Esta atribución es indelegable. Para dicho efecto, debe contar con los siguientes informes favorables de las áreas responsables competentes que correspondan; actualizado y contar con el modelado BIM 3D libre de colisiones, cuando corresponda. Articulo N° 24.- Aprobación Del Expediente Técnico la Gerencia de Estudios y Proyectos es la responsable de la elaboración del expediente técnico hasta su aprobación correspondiente en el ciclo de inversión acuerdo al Decreto Legislativo N° 1252 - Invierte.Pe.; así como responsable de realizarle modelamiento BIM, antes de la ejecución de obra. Articulo N° 25.- Aprobación De La Ejecución la Obra la Gerencia de Infraestructura solicitaría a las oficinas y unidades correspondientes, (oficinas de asesoría jurídica, gerencia de administración, oficina de supervisión y quienes corresponda), la elaboración del Informe técnico, legal y presupuestario; así como aprobación de la ejecución por administración directa de cada obra; mediante resolución del Gerente General. Esta atribución es indelegable. 11 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Articulo N° 26.- Preparación la Gerencia de Infraestructura solicitara la designación o contratación del residente de obra, así como al inspector o supervisor de obra, propuesta que será evaluada por la Oficina de Recursos Humanos de la entidad, y contara con la aprobación de la oficinas respectivas como Oficina de Supervisión y Gerencia General, según corresponda; el residente de obra conjuntamente con el inspector realizaran y evaluaran el expediente técnico, con la finalidad de requerir bienes y servicios de acuerdo al calendario de adquisiciones apara la ejecución de la obra. Articulo N° 27.- Ejecución Física Durante la ejecución física de la obra por administración directa, la Gerencia de Infraestructura hará la entrega de terreno, el residente de obra conjuntamente con el inspector o supervisor realizaran la apertura del cuaderno de obra la cual deberá de contar con los requisitos establecidos en la normatividad vigente; posteriormente el residente de obra ejecutara el abastecimiento de bienes y servicio de acuerdo al calendario de la obra, mensualmente se realizaran los informes de avances o informes mensuales; en esta etapa también se elaborara los informes de modificaciones de corresponder, finalmente se ejecutara la liquidación parciales de obra cargo de la Gerencia de Infraestructura. Articulo N° 28.- Culminación y Liquidación: en esta etapa la gerencia de infraestructura y oficina de supervisión realizaran la constatación de la obra para ver la ejecución y culminación de todos los componentes de la obra acuerdo al expediente técnico, a fin de elaborar el informe final de liquidación a cargo de la gerencia de infraestructura. Articulo N° 29.- Transferencia en esta etapa se procederá a la transferencia entre órganos o unidades orgánicas de la obra ejecutada. 6.10 Oficina de Obras por Administración Directa Articulo N° 30.- Las funciones de la Unidad Ejecutora de Inversiones responsable de la Ejecución Física de las Inversiones, su liquidación y transferencia, se encuentran establecidas, en la normativa que regula el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI) y los documentos de organización interna de la entidad en el Manual de Operaciones - MOP. Articulo N° 31.- Corresponde a la Gerencia de Infraestructura del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” la encargada de realizar el rol de Oficina de Obras por Administración Directa (OAD) por lo que deberá de realizar los arreglos institucionales dentro de la unidad orgánica con la finalidad de realizar la ejecución y supervisión de las obras por administración directa, y tendrá las funciones siguientes: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) Remitir a la Oficina de Administración de la entidad o la que haga sus veces, la programación de ejecución de gasto para la ejecución anual de obras por fuente de financiamiento. Designar al Residente de Obra. Designar al Inspector de Obra, de corresponder. Requerir la contratación del Supervisor de Obra, de corresponder. Entregar al Residente e Inspector o Supervisor de Obra ejemplares del Expediente Técnico de obra aprobado con resolución correspondiente. Tramitar de forma oportuna el requerimiento de bienes y servicios realizado por el Residente de Obra. Tramitar en forma oportuna los presupuestos de modificaciones que se generen en obra. Atender los requerimientos de personal profesional, técnico y administrativo para las obras. Informar al órgano sancionador de la entidad, las infracciones del residente o Inspector de Obra al Reglamento Interno de Trabajo u otras normas aplicables, en caso corresponda. Coordinar con el órgano encargado de las contrataciones, las infracciones del Supervisor de Obra para la aplicación de penalidades, en caso corresponda. 12 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” k) Consolidar e informar periódicamente al Titular de la entidad los avances físicos y financieros de las obras por administración directa. l) Realizar visitas inopinadas a las obras en ejecución por administración directa e informar los resultados al nivel correspondiente. m) Elaborar propuestas de normas, manuales, lineamientos, orientaciones u otros documentos complementarios de uso interno para la ejecución de obras por administración directa. Estos documentos deben ser elaborados con observancia de las disposiciones de la presente Directiva y son aprobados de acuerdo con las normas de gestión interna de la entidad. n) Asumir en forma temporal las funciones de Residente de Obra en casos excepcionales en los que, por licencia, descanso médico u otra causa justificada, deba ausentarse de la obra hasta por un plazo máximo de diez (10) días calendarios consecutivos. En caso que la ausencia del residente supere dicho plazo o sus ausencias acumulen más de sesenta (60) días calendarios en un año, se debe designar un nuevo Residente de Obra. El responsable de la OAD asume temporalmente sus funciones hasta la designación del nuevo residente, lo que no puede exceder los quince (15) días calendarios. 6.11 Personal Clave de la Obra (Requisitos, Funciones y Responsabilidades) Articulo N° 32.- Los puestos de personal clave para las obras que se ejecutan por administración directa comprenden a los siguientes profesionales: administrador de obra; residente; inspector o supervisor; ingeniero de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente; almacenero; asistente de obra; ingeniero de calidad; y otros de acuerdo a la especialidad y complejidad de la obra, personal clave que estará conforme a la Directiva N° 0172023-CG/GMPL. Articulo N° 33.- Residente de obra Es un ingeniero civil, arquitecto o profesional a fín a la especialidad de la obra, colegiado y habilitado, contratado bajo el régimen laboral que corresponda según la normativa aplicable. y además contar con la experiencia y especialización correspondientes al tipo y complejidad de la obra, lo cual debe ser sustentado técnicamente por la entidad. El residente de obra designado o contratado debe conducir una obra en forma exclusiva; es el responsable de conducir técnica y administrativamente la ejecución de la obra. y está sujeta de acuerdo a la categoría establecida en la Directiva N° 017-2023-CG/GMPL. Para las obras de categoría A, debe contar con un mínimo de dos (2) años de experiencia en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura. RESIDENTE I Formación académica a) Nivel educativo: Universitaria completa b) Grado / situación académica: Título de Ingeniero Civil, Agrícola, Agrónomo, Mecánico de Fluidos, o Arquitecto de la especialidad. Experiencia a) Experiencia general: Seis (06) años b) Experiencia específica (Desarrollando trabajos en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar en el Sector Público) : Dos (02) año en obras publicas similares en el sector público. Nota: En el expediente técnico se detallará las funciones similares y cargos similares, según la envergadura y especialidad del proyecto. Requisitos adicionales Colegiado y habilitado. Capacitación en temas relacionados en ejecución de proyectos, gestión pública y contrataciones del Estado. Conocimiento de ofimática. No tener sanción administrativa relacionada con la ejecución de obras públicas. 13 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” No tener antecedentes penales y judiciales, relacionados a la ejecución de obras. Para las obras de categoría B, este profesional debe contar con un mínimo de cinco (5) años de experiencia en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura. RESIDENTE II Formación académica a) Nivel educativo: Universitaria completa c) Grado / situación académica: Título de Ingeniero Civil, Agrícola, Agrónomo, Mecánico de Fluidos, o Arquitecto de la especialidad. Experiencia a) Experiencia general: Ocho (08) años b) Experiencia específica (Desarrollando trabajos en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar en el Sector Público): Cinco (05) años en obras publicas similares en el sector público. Nota: En el expediente técnico se detallará las funciones similares y cargos similares, según la envergadura y especialidad del proyecto. Requisitos adicionales - Colegiado y habilitado. - Capacitación en temas relacionados en ejecución de proyectos, gestión pública y contrataciones del Estado. - Conocimiento de ofimática. - No tener sanción administrativa relacionada con la ejecución de obras públicas. - No tener antecedentes penales y judiciales, relacionados a la ejecución de obras. Para las obras de categoría C, este profesional debe contar con un mínimo de ocho (8) años de experiencia en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura. RESIDENTE III Formación académica a) Nivel educativo: Universitaria completa d) Grado / situación académica: Título de Ingeniero Civil, Agrícola, Agrónomo, Mecánico de Fluidos, o Arquitecto de la especialidad. Experiencia a) Experiencia General: Diez (10) años b) Experiencia específica (Desarrollando trabajos en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar en el Sector Público): Ocho (08) años en obras publicas similares en el sector público. Nota: En el expediente técnico se detallará las funciones similares y cargos similares, según la envergadura y especialidad del proyecto. Requisitos adicionales Colegiado y habilitado. Capacitación en temas relacionados en ejecución de proyectos Hídricos, gestión pública y contrataciones del Estado. Conocimiento de ofimática. 14 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” No tener sanción administrativa relacionada con la ejecución de obras públicas. No tener antecedentes penales y judiciales, relacionados a la ejecución de obras. Articulo N° 34.- La Entidad a través de la Gerencia de Infraestructura, mantendrá coordinación permanente con el Residente, quien iniciará funciones a quince (15) o treinta (30) días antes de la ejecución de la obra dependiendo de la complejidad, a fin de efectuar la compatibilidad del Expediente con el terreno asignado para la ejecución emitiendo su INFORME DE COMPATIBILIDAD, debiendo realizar los requerimientos de insumos, materiales y equipos a través de los pedidos de bienes o servicios (Cuando se requiera bienes y/o servicios que deben ser operados se consignará la capacitación obligatoria al personal encargado de la entidad que corresponda durante la ejecución contractual). Articulo N° 35.- Las Funciones del Residente de Obra, El residente de obra solo puede ser designado o contratado para la conducción de una obra en forma exclusiva, es el responsable de conducir técnica y administrativamente la ejecución de la obra; y, cumple principalmente las funciones siguientes: a) b) c) d) e) f) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) Ejercer la ejecución de la obra, con sujeción al expediente técnico aprobado y la normatividad que rige la ejecución por la modalidad de administración directa y normas conexas. Informar sobre la compatibilidad y/o vigencia del expediente técnico, con la disponibilidad espacial del terreno. Implementar acciones para superar los atrasos y paralizaciones injustificadas, así como la calidad de los trabajos o actividades ejecutadas. Cumplir con la normatividad ambiental que se requiere previo a la ejecución de la obra, así como lo relacionado a la seguridad para el personal a su cargo. Verificar las condiciones del terreno donde se va a ejecutar la obra, en cuanto a disponibilidad, dimensiones y topografía, los cuales deben ser concordantes con el expediente técnico aprobado. Emitir un informe de revisión del expediente técnico previo al inicio de la ejecución física de la obra, el mismo que debe ser alcanzado al inspector o supervisor para su revisión correspondiente. Realizar los requerimientos de bienes y servicios, así como del personal profesional, técnico y administrativo, que estén especificados en el expediente técnico, bajo responsabilidad. Cautelar que los trabajos o partidas ejecutadas estén de acuerdo con lo previsto en el expediente técnico en cuanto a calidad y normas técnicas aplicables. Cautelar que se cumpla el programa de ejecución de obra vigente y se concluya la ejecución de la obra dentro del plazo previsto. Cautelar que las partidas consideradas en el presupuesto de obra se ejecuten dentro de los rendimientos y niveles de productividad señalados en los análisis de precios unitarios considerados en el expediente técnico de obra aprobado. Cautelar que los gastos incurridos con los recursos presupuestales asignados para la ejecución de la obra correspondan a la necesidad de la ejecución de la obra. Generar los reportes de uso de materiales, maquinaria y equipos, y mano de obra, verificando que estos estén acordes con lo señalado en el expediente técnico. Implementar el almacén de obra acorde con el tamaño de la obra ejecutada, manteniendo el control permanente de los ingresos y salidas de los materiales e insumos, y supervisar que se asegure el debido almacenamiento de éstos para evitar su deterioro y realizar oportunamente el seguimiento al cumplimiento del plan de procura de adquisición de materiales y equipos. Apertura la planilla de personal obrero o administrativo debidamente autorizada por el órgano o unidad orgánica competente, asegurando que el personal incluido en la misma corresponda a las necesidades de la ejecución de la obra. Gestionar los riesgos asociados a la ejecución de la obra, debiendo implementar oportunamente las respuestas a los riesgos según lo planificado, efectuar las acciones de monitoreo a los mismos y actualizar la información de los riesgos residuales, secundarios o nuevos riesgos. Requerir oportunamente, con el debido sustento y para su aprobación, las modificaciones que sean necesarias en el costo, plazo o calidad de la obra en ejecución, respecto a lo previsto en el expediente técnico de obra aprobado. 15 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” l) Apertura el cuaderno de obra en físico o en digital, según corresponda, manteniendo actualizado el registro de la información sobre el avance de la ejecución de la obra. m) Emitir informes periódicos a la Gerencia de Infraestructura de la entidad sobre los metrados ejecutados en el periodo reportado y valorizados con los precios unitarios del presupuesto del expediente técnico, así como el reporte detallado de las cantidades de materiales, de la maquinaria y equipos y mano de obra utilizados para la ejecución de la obra durante el periodo reportado; además, del movimiento de almacén de obra en el mismo periodo y del estado de la implementación de la respuesta y monitoreo de los riesgos, entre otros. El contenido mínimo del informe periódico se detalla en el Anexo 2 de la presente directiva. n) Registrar la información requerida en los aplicativos informáticos del SNPMGI e INFOBRAS, para el caso de las obras que pertenecen a inversiones registradas en dichos sistemas. o) Participar en las sesiones del Comité de Seguimiento de Inversiones del SNPMGI y de las reuniones de seguimiento, en caso de ser convocado. Articulo N° 36.- Inspector o Supervisor de Obra El inspector es un profesional, funcionario o servidor de la entidad, expresamente designado por esta para controlar los trabajos efectuados por el personal profesional y técnico a cargo de la ejecución de la obra pública. El supervisor es una persona natural o jurídica especialmente contratada para controlar los trabajos efectuados por el personal profesional y técnico a cargo de la ejecución de la obra pública. Cuando el supervisor es una persona jurídica, esta designa a una persona natural como jefe de supervisión de forma permanente en la obra. El inspector o supervisor es un ingeniero civil o profesional afín a la especialidad de la obra, colegiado y habilitado, contratado bajo el régimen laboral que corresponda según la normativa aplicable; y, debe contar como mínimo con la experiencia y especialización del residente de obra. Cuando el supervisor de obra es una persona jurídica, el jefe de supervisión debe tener como mínimo la experiencia y especialización del residente de obra. No puede haber simultáneamente inspector y supervisor en una obra. Articulo N° 37.- Requisitos del Supervisor de Obra SUPERVISOR I Formación académica a) Nivel educativo: Universitaria completa e) Grado / situación académica: Título de Ingeniero Civil, Agrícola, Agrónomo, Mecánico de Fluidos, o Arquitecto de la especialidad. Experiencia a) Experiencia general: Seis (06) años b) Experiencia específica (Desarrollando trabajos en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar en el Sector Público): Dos (02) año en Obras publicas similares en el sector público. Nota: En el expediente técnico se detallará las funciones similares y cargos similares, según la envergadura y especialidad del proyecto. Requisitos adicionales Colegiado y habilitado. Capacitación en temas relacionados en ejecución de proyectos, gestión pública y contrataciones del Estado. Conocimiento de ofimática. No tener sanción administrativa relacionada con la ejecución de obras públicas. No tener antecedentes penales y judiciales, relacionados a la ejecución de obras. SUPERVISOR II 16 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Formación académica a) Nivel educativo: Universitaria completa f) Grado / situación académica: Título de Ingeniero Civil, Agrícola, Agrónomo, Mecánico de Fluidos, o Arquitecto de la especialidad. Experiencia a) Experiencia general: Ocho (08) años b) Experiencia específica (Desarrollando trabajos en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar en el Sector Público) : Cinco (05) años en Obras Publicas similares en el sector público. Nota: En el expediente técnico se detallará las funciones similares y cargos similares, según la envergadura y especialidad del proyecto. Requisitos adicionales Colegiado y habilitado. Capacitación en temas relacionados en ejecución de proyectos, gestión pública y contrataciones del Estado. Conocimiento de ofimática. No tener sanción administrativa relacionada con la ejecución de obras públicas. No tener antecedentes penales y judiciales, relacionados a la ejecución de obras. SUPERVISOR III Formación académica a) Nivel educativo: Universitaria completa g) Grado / situación académica: Título de Ingeniero Civil, Agrícola, Agrónomo, Mecánico de Fluidos, o Arquitecto de la especialidad. Experiencia a) Experiencia general: Diez (10) años b) Experiencia específica (Desarrollando trabajos en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar en el Sector Público) : Ocho (08) años en Obras Publicas similares en el sector público. Nota: En el expediente técnico se detallará las funciones similares y cargos similares, según la envergadura y especialidad del proyecto. Requisitos adicionales - Colegiado y habilitado. - Capacitación en temas relacionados en ejecución de proyectos Hídricos, gestión pública y contrataciones del Estado. - Conocimiento de ofimática. - No tener sanción administrativa relacionada con la ejecución de obras públicas. - No tener antecedentes penales y judiciales, relacionados a la ejecución de obras. Articulo N° 38.- Los requisitos establecidos para el Supervisor I, II y III, aplican también para el Inspector I, II, III, respectivamente y según corresponda. Toda obra pública cuya ejecución sea por administración directa, independientemente de la categoría a la que corresponda, debe contar con un Inspector o Supervisor de obra. 17 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Articulo N° 39.- En los casos que el costo total de la obra según Expediente Técnico de Obra sea equivalente al que la Ley de Presupuesto del Sector Público para cada Año Fiscal establece para efectos de contar obligatoriamente con un supervisor para obra por contrata, se debe contar también obligatoriamente con un supervisor para la obra por administración directa, que cumpla con el perfil y experiencia señalados en el párrafo anterior. El inspector o supervisor de obra, este último cuando sea persona natural, solo puede ser designado o contratado para una obra en forma exclusiva. Cuando el supervisor es una persona jurídica, el jefe de supervisión solo puede ser designado para una obra en forma exclusiva. Articulo N° 40.- El inspector o supervisor es el responsable de velar permanentemente por el cumplimiento de lo establecido en los documentos del expediente técnico de obra y normas técnicas aplicables; y, cumple principalmente las funciones siguientes: a) b) c) d) e) f) g) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l) Absolver consultas que formule el residente de obra sobre los aspectos técnicos de la obra mediante opinión técnica. Aprobar la conformidad técnica de los trabajos ejecutados, de la calidad de los materiales utilizados y de la calidad de la mano de obra utilizada. Velar por que se cumpla el programa de ejecución de obra vigente y se cumpla con concluir la ejecución de la obra dentro del plazo establecido. Controlar que los gastos incurridos en la ejecución de los trabajos correspondan a la necesidad de la ejecución de la obra. Efectuar el monitoreo de los riesgos identificados, velando por que la implementación de la respuesta y monitoreo de los riesgos se realicen oportunamente. Opinar oportunamente mediante informe técnico sobre las propuestas de modificación en el alcance, costo o plazo de la obra en ejecución, tales como ampliaciones de plazo, adicionales, deductivos, modificación de especificaciones técnicas, respecto a lo previsto en el expediente técnico aprobado, requeridas por el residente de obra, no tienen la autoridad para aprobar modificaciones a lo establecido en el expediente técnico. Validar el informe de revisión del expediente técnico de obra presentado por el residente de obra previo al inicio de la ejecución física de la obra, el mismo que debe ser elevado a la entidad, adjuntando su evaluación, pronunciamiento y verificaciones propias realizadas como inspector o supervisor. Controlar directa y permanentemente la correcta ejecución técnica, económica y administrativa de la obra. Absolver las consultas que formule el Residente de Obra sobre los aspectos técnicos de la obra. Aprobar la conformidad técnica de los trabajos ejecutados, de la calidad de los materiales utilizados y de la calidad de mano de obra utilizada. Velar porque se cumpla el programa de ejecución de obra vigente, así como con la conclusión de la ejecución de la obra dentro del plazo establecido. Controlar que los gastos incurridos en la ejecución de los trabajos correspondan a la necesidad de la ejecución de la obra. Efectuar el monitoreo de los riesgos identificados, velando que la implementación de la respuesta y monitoreo de los riesgos se realicen oportunamente. Opinar oportunamente sobre las propuestas de modificación en el costo, plazo o calidad de la obra en ejecución, respecto a lo previsto en el expediente técnico de obra aprobado, requeridas por el residente de obra. Aprobar modificaciones no significativas a lo establecido en el expediente técnico. Revisar, validar y observar, de ser el caso, el contenido de los informes periódicos emitidos por el residente de obra. Revisar, validar y observar, de ser el caso, la planilla del personal obrero y administrativo emitido por el residente de obra. Emitir un informe periódico sobre sus actividades desarrolladas, recomendando acciones que deben adoptarse para asegurar el cumplimiento del costo, plazo y calidad de la ejecución de la obra. 18 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” m) Registrar y mantener actualizado en el sistema INFOBRAS, la información generada respecto a la ejecución de obras públicas por administración directa. n) Participar en las sesiones del Comité de Seguimiento de Inversiones del SNPMGI y de las reuniones de seguimiento, en caso de ser convocado. Articulo N° 41.- La designación del Inspector se realiza mediante acto resolutivo y la del Supervisor mediante contrato. El Jefe de la Oficina de Supervisión y Monitoreo entregará al Inspector o Supervisor, las Directivas Internas vigentes de Ejecución de Obras por Administración Directa para una correcta supervisión de la obra y para la elaboración de los documentos que le corresponde entregar. Articulo N° 42.- Las Funciones y Obligaciones, tratándose del personal de planta Inspector, se encuentran reguladas en los documentos de gestión interna de la entidad, en el caso de ser contratado estas se enunciarán en el Contrato que le alcanzará el personal de la Unidad de Recursos Humanos, al igual que el contrato del Supervisor. Articulo N° 43.- La supervisión de las obras durante el periodo de ejecución debe realizarse siguiendo los procedimientos y lineamientos establecidos en la normatividad vigente y en base a especificaciones técnicas para este tipo de estructura hidráulica, debiéndose realizar las pruebas y ensayos que garanticen el correcto funcionamiento de las obras. Es necesario ejecutar pruebas hidráulicas ante la falta de evidencia de pruebas de control de calidad y adoptar las acciones que correspondan para el deslinde de responsabilidades. El Residente de Obra y el Inspector o Supervisor, el último día del mes deben formular y valorizar los metrados de la Obra realmente ejecutados, los mismos que servirán para elaborar el informe mensual de obra. Articulo N° 44.- Ingeniero de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente Para la ejecución de una obra por administración directa, la entidad debe designar o contratar como mínimo a un (1) ingeniero encargado de la seguridad en obra, salud ocupacional y medio ambiente, quien debe ser ingeniero en seguridad industrial, ingeniería industrial, ingeniería civil o profesional afín, colegiado y habilitado, contratado bajo el régimen laboral o contractual que corresponda según la normativa aplicable. Para las obras de categoría A, solo será exigible que el Ingeniero de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente sea un profesional en seguridad industrial, ingeniería industrial, ingeniería civil o profesional afín, colegiado y habilitado. Para las obras de categoría B, este profesional debe contar con un mínimo de dos (2) años de experiencia en el sector público y mínimo un (1) año de experiencia específica en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura. Para las obras de categoría C, este profesional debe contar con un mínimo de cuatro (4) años de experiencia en el sector público y mínimo dos (2) años de experiencia específica en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura. Articulo N° 45.- En toda obra involucra la presencia de trabajadores los cuales están frente a un riesgo de accidente, por lo que se debe designar a un Ingeniero de Seguridad y Salud en el Trabajo, dicho profesional debe cumplir los siguientes requisitos: Formación académica a) Nivel educativo: Universitaria completa b) Grado / situación académica: Título de Ingeniería Civil, Industrial, Seguridad Industrial, Geología o profesional a fin por la formación. Experiencia a) Experiencia general: Cinco (05) años b) Experiencia específica (desarrollando funciones similares y/o en cargos similares y/o en el Sector Público) : Uno (01) o Dos (02) años según corresponda en seguridad en obra, salud ocupacional 19 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” y medio ambiente, residencia de obras, supervisión de obras o inspección de obras, en obras similares en el sector público. Nota: En el expediente técnico se detallará las funciones similares y cargos similares, según la envergadura y especialidad del proyecto. Requisitos adicionales Colegiado y habilitado. Contar con Especialización en Seguridad y Salud en el Trabajo y en Proyectos de Inversión Pública. Capacitación en temas relacionados en ejecución de proyectos, gestión pública y contrataciones del Estado. Conocimiento de ofimática. No tener sanción administrativa relacionada con la ejecución de obras públicas. No tener antecedentes penales y judiciales, relacionados a la ejecución de obras. Articulo N° 46.- El Ingeniero de Seguridad y Salud en el Trabajo reporta simultáneamente al Residente de obra y al Órgano y/o Unidad Orgánica competente de la entidad. Articulo N° 47.- El Ingeniero de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente debe cumplir principalmente las funciones siguientes: a) b) c) d) e) f) g) h) i) b) c) d) e) f) g) h) i) Elaborar el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo y actualización como parte de la mejora continua. Aperturar y llenar del cuaderno de incidentes y accidentes. Conocer los alcances y características de la obra al que ha sido asignado. Así como las obligaciones contractuales y legales ante la entidad y las autoridades locales. Establecer comunicación fluida con los Prevencionista de Riesgos Laborales si los hubiere en la obra y éstos a su vez con los trabajadores. Inspeccionar y supervisar en el campo las diferentes actividades y desarrollar el análisis de riesgos de todos los trabajos que se realicen, y si amerita la situación de riesgo inminente paralización del trabajo, proponiendo mejora del procedimiento en su ejecución, conjuntamente con el responsable del proyecto. Asistir a la línea de mando en el cumplimiento de las funciones que les compete en la implementación y ejecución del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la obra. Generar estrategias de capacitación para instruir y sensibilizar al personal, en cuanto a la implementación y mantenimiento de los mecanismos de protección y control en los trabajos que realicen y el cumplimiento de las normas ambientales y de seguridad, relacionadas con la obra. Realizar capacitaciones específicas y, de ser necesario, coordinar con especialistas en temas de Seguridad y Salud en el Trabajo, previa coordinación con el Residente de obra. Implementar y administrar el Plan Anual de Seguridad y Salud en la obra. Impulsar el proceso de elección del Comité de SST (Seguridad y Salud en el Trabajo). Implementar los procedimientos y protocolos de Seguridad y Salud en el Trabajo. Revisar y proponer la actualización del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo – RISST, las políticas formatos y actas. Elaborar las recomendaciones de SST (Seguridad y Salud en el Trabajo) para cada puesto. Elaborar el programa anual de capacitación. Capacitar a los brigadistas en respuesta a emergencias. Emitir las Conformidades, Acciones Preventivas y Correctivas. Elaborar las Matrices de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos y Controles – IPERC, Plan de Contingencia, mapas de riesgos, y Estadísticas de SST (Seguridad y Salud en el Trabajo) para los reportes a la Gerencia de Infraestructura. 20 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Articulo N° 48.- Durante la ejecución de la obra debe presentarse el informe mensual de seguridad y salud en el trabajo, en cumplimiento al Decreto Supremo N° 005-2012-TR que aprueba el Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Art. 33° Registros obligatorios del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, teniendo como plazo máximo para su presentación, de cinco (05) días hábiles del mes siguiente en forma obligatoria y bajo responsabilidad Articulo N° 49.- Ingeniero de Calidad Para la ejecución de una obra por administración directa la entidad designa al menos un (1) ingeniero de calidad de obra, quien debe ser ingeniero civil, ingeniero industrial o profesional afín, colegiado y habilitado, contratado bajo el régimen laboral o contractual que corresponda según la normativa aplicable. Contar con un Ingeniero de Calidad es un requisito opcional para la ejecución de obras que correspondan a la categoría A; y, un requisito obligatorio para la ejecución de obras que correspondan a las categorías B y C. Para las obras de categoría A, solo será exigible que el Ingeniero de Calidad, sea un ingeniero civil, ingeniero industrial o profesional afín, colegiado y habilitado. Para las obras de categoría B, este profesional debe contar con un mínimo de dos (2) años de experiencia en el sector público y mínimo un (1) año de experiencia específica en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura. Para las obras de categoría C, este profesional debe contar con un mínimo de cuatro (4) años de experiencia en el sector público y mínimo dos (2) años de experiencia específica en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura. Articulo N° 49.- El ingeniero de calidad garantiza que la obra cumpla con los estándares de calidad establecidos en el expediente técnico de obra y debe cumplir principalmente las funciones siguientes: a) b) c) d) e) f) Desarrollar e implementar los procedimientos de control de calidad. Revisar la ejecución de las tareas de construcción para asegurar el cumplimiento de especificaciones y la normativa aplicable. Realizar inspecciones y pruebas de calidad en materiales y procesos constructivos. Identificar y corregir las desviaciones o defectos en la obra. Coordinar con los proveedores y subcontratistas para asegurar la calidad de los materiales y equipos utilizados. Gestionar la documentación de calidad y elaboración de informes de seguimiento. Articulo N° 50.- Administrador de obra Es un profesional administrador, contador, economista, ingeniero industrial o de otras carreras afines, colegiado y habilitado. Para las obras de categoría A, solo será exigible que el Administrador de Obra sea un profesional administrador, contador, economista, ingeniero industrial o de otras carreras afines, colegiado y habilitado. Para las obras de categoría B, este profesional debe contar con un mínimo de dos (2) años de experiencia en el sector público y mínimo un (1) año de experiencia específica en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura. Para las obras de categoría C, este profesional debe contar con un mínimo de cuatro (4) años de experiencia en el sector público y mínimo dos (2) años de experiencia específica en obras públicas de similar naturaleza a la obra a ejecutar, según lo defina la Gerencia de Infraestructura. Articulo N° 51.- Es responsable de la gestión administrativa de la obra y se encarga de las áreas de personal, tesorería, presupuesto, abastecimiento y contabilidad de la obra. El administrador de la obra puede ser un profesional de la entidad designado para dicho fin o contratado por el plazo de ejecución de la misma y cumple principalmente las funciones siguientes: 21 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” a) b) c) d) e) f) g) Realizar el control y seguimiento del archivo documental del personal de obra, tales como fichas de ingreso, ficha de control, carnet del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC, información de derecho habientes, entre otras labores que dispongan el área de Recursos Humanos. Controlar los stocks físicos del almacén con los movimientos registrados en el Kardex. Efectuar el seguimiento al cronograma de adquisición de materiales en correspondencia con los requerimientos de bienes y servicios para la obra; ingreso oportuno de proveedores; mediante reportes semanales que deben ser remitidos al Residente de Obra para ser parte del sustento de sus informes mensuales de obra. Coordinar con el Ingeniero Residente de Obra, Logística y Almacenes sobre los pedidos de bienes semanales o mensuales de obra. Controlar la asistencia y dotación de personal obrero o de proveedores de insumos contratados. Revisar el tareo semanal del personal obrero, administrativo o técnico de la obra por parte del ingeniero residente, con la finalidad de que la información esté completa antes del cierre de planilla semanal. Atender las consultas y reclamos del personal empleado sobre sus remuneraciones, descuentos, vacaciones, entre otros. Articulo N° 52.- Almacenero de Obra Para la ejecución de una obra por administración directa la entidad designa al menos un (1) encargado del almacén de obra, quien debe ser bachiller o titulado de las carreras profesionales o técnicas de construcción, construcción civil o afines, contratado bajo el régimen laboral o contractual que corresponda según la normativa aplicable. Articulo N° 51.- Contar con un almacenero de obra es un requisito opcional para la ejecución de obras que correspondan a la categoría A; y, un requisito obligatorio para la ejecución de obras que correspondan a las categorías B y C. Para las obras de categoría A, solo será exigible que el almacenero de obra sea un bachiller o titulado de las carreras profesionales o técnicas de construcción, construcción civil o afines. Para las obras de categoría B, el almacenero de obra debe contar con un mínimo de un (2) años de experiencia en el sector público y mínimo un (1) año de experiencia específica en obras públicas, según lo defina la Gerencia de Infraestructura. Para las obras de categoría C, el almacenero de obra debe contar con un mínimo de tres (3) años de experiencia en el sector público y mínimo dos (2) años de experiencia específica en obras públicas, según lo defina la Gerencia de Infraestructura. El almacenero debe organizar, desarrollar, coordinar los procesos técnicos de recepción, verificación y control, registro y custodia de los insumos como materiales, herramientas, equipos livianos o maquinarias que ingresan y salen del almacén de obra. Articulo N° 52.- Asistente de obra Para la ejecución de una obra por administración directa la entidad designa como mínimo a un (1) asistente de obra, quien debe ser bachiller o titulado de las carreras profesionales de ingeniería civil, arquitectura o de carreras profesionales o técnicas afines, contratado bajo el régimen laboral o contractual que corresponda según la normativa aplicable. Contar con un asistente de obra es un requisito opcional para la ejecución de obras que correspondan a la categoría A; y, un requisito obligatorio para la ejecución de obras que correspondan a las categorías B y C. Para las obras de categoría A, solo será exigible que el asistente de obra sea un bachiller o titulado de las carreras profesionales de ingeniería civil, arquitectura o de carreras profesionales o técnicas afines. Para las obras de categoría B, el asistente de obra, debe contar con un mínimo de dos (2) años de experiencia en el sector público y mínimo un (1) año de experiencia específica en obras públicas, según lo defina la OAD. Para las obras de categoría C, el asistente de obra debe contar con un mínimo de tres (3) años de experiencia en el sector público y mínimo dos (2) años de experiencia específica en obras públicas, según lo defina la OAD. 22 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Articulo N° 53.- El asistente de obra debe interpretar todo tipo de planos (topográficos, de plantas, secciones, alzados, cubiertas, estructuras) y documentos de un proyecto de construcción; asimismo, debe realizar mediciones, croquis y levantamiento de planos de obra, manejar y utilizar programas informáticos de mediciones, presupuestos, valoraciones y certificaciones. 6.12 Seguridad y Salud en las Inversiones Articulo N° 54.- Las inversiones en ejecución presentan riesgos laborales, por lo que es necesario implementar medidas de seguridad y salud ocupacional, para evitar y prevenir daños a la salud de los trabajadores que laboran en los proyectos de inversión; por lo tanto, es necesario tener en cuenta las medidas de seguridad establecidas en la normativa vigente y relacionadas a la seguridad y salud en el trabajo. Articulo N° 55.- Toda obra debe contar con un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, el mismo que debe considerarse desde la concepción del presupuesto, en razón de que debe considerarse un costo para su implementación. El Plan de Seguridad y Salud será elaborado por un profesional en seguridad y salud en el trabajo y evaluado por un Equipo de Trabajo de Seguridad y Salud en el Trabajo o quien haga sus veces, previo a su implementación durante la ejecución de la obra. Articulo N° 56.- El Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la obra debe contener como mínimo lo siguiente: a) Objetivo del Plan b) Alcance de la obra c) Descripción del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la institución d) Política del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo e) Presupuesto f) Organización y responsabilidades para el desempeño del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo; g) Elementos del Plan: 1. Objetivos, metas y programa de seguridad y salud en el trabajo 2. Estructura del Subcomité de seguridad y salud en el trabajo 3. Identificación de requisitos legales y contractuales relacionados con la seguridad y salud en el trabajo 4. Identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de los controles operacionales, su metodología y procedimiento 5. Mapas de riesgos 6. Plan de vigilancia de la salud de los/las trabajadores/as 7. Procedimientos de trabajo para las labores de alto riesgo 8. Programa de capacitación, sensibilización y entrenamiento 9. Formatos de los registros del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo 10. Programa de inspecciones 11. Investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales 12. Auditorías 13. Gestión de mejora continua de la seguridad y salud en el trabajo; y, 14. Plan de respuesta ante emergencias. h) Fecha y firma de quienes elaboran el Plan. Articulo N° 57.- En la obra se conformará un Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuando tenga veinte (20) o más trabajadores/as; y, un/a Supervisor/a de Seguridad y Salud en el trabajo, elegido/a por los/las trabajadores/ras. Tanto el Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo como el/la Supervisor/a de Seguridad y Salud en el Trabajo de la obra coordina sus actividades con el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la entidad. Articulo N° 58.- La elección de el/la Supervisor/a de Seguridad y Salud en el Trabajo de la obra, así como los integrantes del Subcomité se sujetan a los procedimientos dispuestos en la normativa vigente de seguridad y salud. 23 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Articulo N° 59.- El Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo debe cumplir las siguientes funciones: a) Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el de la actividad preventiva en la obra. b) Participar en la elaboración, aprobación, implementación y evaluación de las políticas, planes, reglamentos, programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo y programas de prevención de accidentes y enfermedades profesionales de la obra. c) Aprobar el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la obra. d) Considerar las circunstancias y participar en la investigación de las causas de todos los accidentes, enfermedades profesionales e incidentes que ocurran en la obra, emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la repetición de estos y haciendo seguimiento de su implementación y eficacia. e) Formular recomendaciones para la mejora de las condiciones y el medio ambiente de trabajo, velar porque se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su eficacia. f) Realizar inspecciones periódicas de las áreas de trabajo y de sus instalaciones, maquinarias y equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva. g) Vigilar el cumplimiento de la legislación, normas internas y las especificaciones técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo. h) Promover el compromiso, colaboración y participación activa de todos/as los/las trabajadores/as en el fomento de la prevención de riesgos en el lugar de trabajo. i) Promover que todos/as los/las trabajadores/as reciban, al inicio de la relación laboral, la inducción, capacitación y entrenamiento sobre los riesgos laborales presentes en la obra y en el puesto de trabajo. j) Vigilar que todos/as los/las trabajadores/as estén informados y conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás documentos escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos laborales. k) Revisar periódicamente las estadísticas de los incidentes, accidentes y enfermedades profesionales ocurridas en la obra, cuyo registro y evaluación deben ser constantemente actualizados por el/la empl l) eador/a. m) Vigilar la ejecución y cumplimiento del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la obra. n) Revisar periódicamente la ejecución de los programas de capacitación y entrenamiento. o) Reportar a la máxima autoridad en la obra, la siguiente información: El accidente mortal o el incidente peligroso, de manera inmediata; y Las actividades realizadas, con periodicidad trimestral y al finalizar su mandato. 6.13 Expediente de Obra La Gerencia de Infraestructura es la encargada de llevar un expediente o registro documentado, en el cual consten todas las actuaciones relacionadas con el proceso de cada obra ejecutada por administración directa, el mismo que debe estar digitalizado y resguardado por la Gerencia de Infraestructura. Los documentos que conforman el expediente de obra se detallan en el Anexo 3 de la presente directiva. 6.14 Control Concurrente El Sistema Nacional de Control realiza el control concurrente sobre la ejecución de obras por administración directa, debiendo de brindar las facilidades del caso por las áreas involucradas; este control estará priorizando la utilización de herramientas tecnológicas y medios de comunicación electrónicos para su fiscalización, conforme a la normativa establecida por la Contraloría General de la República. 6.15 Responsabilidades El Gerente General de la entidad es responsable de disponer, asegurar y cautelar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente directiva. Asimismo, los funcionarios o servidores que participan en los procesos y actividades que se realizan para la ejecución de obras públicas por administración directa son responsables del cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente directiva. 24 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 6.16 De Los Cambios Organizacionales en la Entidad De producirse cambios organizacionales en la entidad de manera posterior a la aprobación de la presente directiva, las actividades, funciones, roles y responsabilidades asignadas a las diferentes oficinas, unidades orgánicas, órganos u otros a los que se hace referencia en el presente documento normativo, recaerán en las que hagan sus veces, según él Manual de Operaciones (MOP) quien reemplaza al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y demás documentos técnicos normativos de gestión organizacional del Proyecto Especial Tacna. VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 7.1 Fase de Aprobación de la Ejecución de Obra Para aprobar la ejecución de una obra por administración directa, se requiere de los sustentos técnico, legal y presupuestario que aseguren que la entidad puede llevar a cabo la obra de manera célere, transparente y en las mejores condiciones de calidad, costo y oportunidad; asimismo, debe permitir reducir el riesgo de paralizaciones por deficiencias en el expediente técnico, de contingencias legales o falta de presupuesto. Articulo N° 60.- Requisitos para la ejecución de obras por administración directa La Gerencia de Infraestructura de la entidad sustenta la capacidad técnica de la entidad para la ejecución de una obra por administración directa para cuyo efecto se debe cumplir con los requisitos siguientes: a) b) c) d) e) f) g) h) i) La ejecución de obras públicas por administración directa debe responder a las prioridades establecidas en los Planes de Desarrollo local, regional y nacional según corresponda; teniendo en cuenta la disponibilidad de los recursos e instrumentos físico, técnicos y económicos requeridos para tal fin. La inversión a la que pertenece la obra pública debe contar con viabilidad o aprobación en el marco del SNPMGI, para las entidades sujetas al referido Sistema Administrativo. El expediente técnico debe estar aprobado por la instancia correspondiente de la entidad. Se contará con los profesionales, los técnicos y el personal administrativo necesario para la ejecución de la obra, los cuales son contratados bajo el régimen laboral, contractual o de intermediación que corresponda según la normativa aplicable, los que deban estar disponibles de acuerdo con los requerimientos, participación y perfiles definidos en el expediente técnico. El personal profesional y técnico no participan en más de una (1) obra, excepto cuando en el expediente técnico se haya establecido una participación menor o igual al cincuenta por ciento (50%), en dicho caso podrán participar en máximo dos (2) obras, lo cual debe ser verificado por la Gerencia de Infraestructura cuando se trate de obras de la misma entidad y para obras de otras entidades la verificación se realizará en el marco de la colaboración entre entidades de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Tener la propiedad, compromiso de alquiler emitido por tercero (para adquisiciones menores a 8 UIT) u otras formas de uso permitidas por la normativa aplicable, para el caso de los equipos y maquinaria establecidos en el expediente técnico, los cuales deben estar en estado operativo, conforme a las cantidades requeridas por la complejidad y características de la obra y con la disponibilidad según el calendario de requerimiento de equipos y maquinaria. Los documentos de propiedad o uso deben cumplir con los requisitos establecidos en el Anexo 4 de la presente directiva. Tener disponibilidad y libre acceso al terreno donde se ejecutará las obras, paso o permiso de servidumbre, así como la autorización de acceso y licencias para la explotación de las canteras de provisión de materiales en las cantidades requeridas para la obra, los mismos que deben tener adjuntos los planos de ubicación georreferenciados de la cantera y de la zona de eliminación de materiales excedentes. Los documentos de sustento deben cumplir los requisitos establecidos en el Anexo 5 de la presente directiva. Contar con las licencias, permisos y autorizaciones, entre otras, necesarias para la ejecución de la obra. En el Anexo 6 de la presente directiva se presenta un listado referencial de las mismas. Contar con el programa de ejecución de obra, calendario de obra valorizado y calendario de adquisición de materiales y equipos, actualizados y concordantes con la estrategia definida para la ejecución de la obra y el plazo de ejecución de obra previsto. Tener el calendario de requerimiento de la contratación de la mano de obra calificada y no calificada 25 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” necesaria para la ejecución de la obra, actualizados y de acuerdo al programa de ejecución de obra. Articulo N° 61.- Elaboración de Informes y Aprobación de la Ejecución de Obra por Administración Directa La Gerencia de Infraestructura debe elaborar el informe técnico que sustente la capacidad de la entidad de ejecutar una obra por administración directa, el mismo que debe remitir a la Oficina de Asesoría Jurídica y a la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en la entidad, para requerir sus opiniones mediante informe legal e informe presupuestario, respectivamente, con el detalle siguiente: Informe Técnico: Es elaborado por la Gerencia de Infraestructura a cargo de la ejecución de la obra y debe sustentar satisfactoriamente los requisitos técnicos para que la obra se ejecute por administración directa. El informe técnico contiene como mínimo la información establecida en el Anexo 7 de la presente directiva. emite un informe técnico en el que sustenta y evidencia que cuenta con: - La viabilidad de la inversión aprobada en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. El expediente técnico aprobado por la Gerencia General y el presupuesto de obra. La capacidad técnica que dispone la entidad (mano de obra, materiales y equipos). Evaluación de la complejidad de la obra y la relación con la experiencia operativa de la entidad. Disponibilidad y libre acceso al terreno donde se ejecutará la obra. Informe Legal: Es elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces en la entidad y debe validar que no haya impedimentos normativos para que la obra se ejecute por administración directa. El informe legal contiene como mínimo la información establecida en el Anexo 8 de la presente directiva. conteniendo la siguiente información: - deberá emitir opinión legal respecto a que el expediente de la obra está acorde a la normatividad y con arreglo a ley – Directiva N° 017-2023-CG/GMPL, cuyo requisito se encuentran conforme se establece para la ejecución por administración directa de la obra. opinión legal respecto a la libre y efectiva disponibilidad del terreno (Certificado de Disponibilidad propiedad del Terreno). Excepcionalmente dicha disponibilidad puede ser acreditada mediante entregas parciales siempre que las características de la obra a ejecutar lo permitan. Opinión legal respecto si se cuenta con licencias, permisos, autorizaciones, opiniones favorables, entre otros, emitidas por entidades competentes, que permitan el inicio y el desarrollo normal de las actividades a ejecutar, de ser el caso. Informe Presupuestario: Es elaborado por la Oficina de Presupuesto y Gestión Estratégica de la entidad y debe validar que se cuenta con los recursos presupuestarios disponibles o proyectados según el calendario de avance de obra valorizado. De ser favorable, el informe debe anexar la certificación o previsión presupuestal, según corresponda. El informe presupuestario contiene como mínimo la información establecida en el Anexo 9 de la presente directiva. conteniendo lo siguiente: - Informe que acredite disponibilidad presupuestal para la ejecución de la obra según calendario de avance de obra valorizado, precisando sus fuentes de financiamiento y otros. - Informe que indique que el presupuesto se encuentre considerado en el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del periodo a ejecutar. Articulo N° 62.- De contar con los tres informes favorables, la modalidad de la ejecución de la obra pública por administración directa es aprobada mediante acto resolutivo emitido por la Gerencia General de la entidad o por quien este delegue. Este proceso se lleva a cabo de acuerdo con la normativa aplicable en la entidad o conforme a las funciones establecidas en sus documentos técnicos normativos de gestión organizacional previamente aprobados. 26 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 7.2 Fase de Preparación Luego de aprobada la ejecución de la obra por administración directa, se deben realizar las acciones necesarias para asegurar un inicio de obra que reduzca el riesgo de paralizaciones o sobrecostos durante su ejecución física. Articulo N° 63.- Designación o contratación de personal clave En un plazo máximo de noventa (90) días calendarios de aprobada la modalidad de ejecución de obra por administración directa, la Gerencia de Infraestructura de la entidad designa o contrata al residente y al inspector o supervisor de la obra, de acuerdo con los perfiles establecidos en la presente directiva. Para el caso del inspector o supervisor, el inicio de su participación debe consignarse en el contrato o documento que corresponda, a partir de la entrega del informe de revisión del expediente técnico por parte del residente de obra. El administrador de obra, el asistente de obra, el ingeniero de seguridad salud ocupacional y medio ambiente, y el ingeniero de calidad serán designados o contratados para el inicio de la ejecución física de la obra, de acuerdo con los perfiles les establecidos en la presente directiva, de corresponder. Articulo N° 64.- Revisión y evaluación del Expediente Técnico Dentro de los quince (15) días calendario de la designación del residente de obra, para el caso de obras cuyo plazo sea menor o igual a ciento veinte (120) días calendario; y, dentro de los treinta (30) días calendario para obras cuyo plazo sea mayor a ciento (120) días calendario, este último, presenta al supervisor o inspector de obra, un informe de revisión del expediente técnico de obra, que incluya las posibles prestaciones adicionales, riesgos del proyecto y otros aspectos que sean materia de consulta. Articulo N° 65.- A la fecha de emisión del informe de revisión del expediente técnico, este último, no debe tener una antigüedad mayor de tres (3) años de aprobado o de su última actualización para obras que forman parte de un proyecto de inversión en el marco del SNPMGI y no mayor a un (1) año para obras que forman parte de una Inversión de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) en el marco del SNPMGI o de ser una obra que no se encuentre bajo el marco de dicho sistema administrativo; asimismo, el presupuesto del Expediente Técnico debe contar con precios actualizados con una antigüedad no mayor de nueve (9) meses para todos los casos. Articulo N° 66.- El supervisor o inspector dentro del plazo de siete (7) días calendario para obras con plazo menor o igual a ciento veinte (120) días calendario y diez (10) días calendario para obras con plazo mayor a ciento veinte (120) días calendario, eleva el informe de revisión del expediente técnico de obra a la Gerencia de Infraestructura, adjuntando su evaluación, pronunciamiento y verificaciones propias realizadas como supervisión o inspección. Articulo N° 67.- Si en el informe de revisión del expediente técnico de obra se advierte que durante la ejecución de la obra se puede generar un incremento neto en el costo total mayor al quince por ciento (15%) a causa de modificaciones, deficiencias en cotización de precios, entre otros, y sea validado por el supervisor o inspector de obra, este último debe solicitar a la Gerencia de Infraestructura la reformulación del expediente técnico, el cual requerirá un nuevo trámite de aprobación de la modalidad de ejecución por administración directa, de acuerdo con lo establecido en la presente directiva. Articulo N° 68.- Plan de Abastecimiento de Obra Dentro de los siete (7) días calendario de emitido el informe del inspector o supervisor con opinión favorable de la revisión del expediente técnico por parte del residente de obra, este último debe elaborar un Plan de Abastecimiento de Obra que contemple la provisión de bienes, servicios y personal (incluyendo al personal clave restante) para todo el plazo de ejecución de la obra, de acuerdo con los calendarios establecidos en el expediente técnico. El inspector o supervisor debe validar que no se requieran adquisiciones o contrataciones de bienes, servicios o personal que no estén contemplados en el expediente técnico de la obra, bajo responsabilidad. El Plan de Abastecimiento de Obra debe ser remitido a la Gerencia de Infraestructura, al Órgano Encargado de las Contrataciones y a la Oficina de Personal de la entidad o la que haga sus veces. 27 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Articulo N° 69.- En el mismo plazo señalado en el párrafo anterior, el residente debe emitir al menos el ochenta por ciento (80%) de los requerimientos de adquisición o contratación de bienes, servicios y personal contemplados en el Plan de Abastecimiento de Obra, los mismos que se remiten a la Gerencia de Infraestructura indicando el cumplimiento del porcentaje señalado. Articulo N° 70.- Adquisición o contratación de bienes, servicios y personal de obra Dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes al de emitido, al menos, el ochenta por ciento (80%) de los requerimientos de adquisición o contratación de bienes, servicios y personal contemplados en el Plan de Abastecimiento de Obra, los órganos o las unidades orgánicas competentes de la entidad, deben realizar las adquisiciones o contrataciones correspondientes. Estas adquisiciones o contrataciones deben ser suficientes para permitir la ejecución de partidas de obra de al menos los primeros treinta (30) días calendario de trabajo. Articulo N° 71.- Asimismo, los responsables del almacén central, del almacén periférico, así como los responsables de la dirección, ejecución y control de obra, dentro de sus funciones deben velar por el cumplimiento estricto de la Directiva Nº 004-2005-GRT-PET-OPGE "Normas para el manejo de Almacenes Periféricos del PET", verificando, controlando y visando el movimiento de materiales y combustibles. Articulo N° 72.-No se pueden adquirir o contratar bienes, servicios o personal para la obra que no estén contemplados en el Plan de Abastecimiento de Obra. Los contratos u órdenes de compra o servicios deben establecer los plazos de ejecución de la prestación conforme a lo establecido en el Plan de Abastecimiento de Obra, los mismos que deben modificarse, de acuerdo con la normativa aplicable, cuando se modifique el plazo de la obra. Articulo N° 73.- Informe de Aseguramiento de Operación y Mantenimiento Emitido por la Gerencia de Infraestructura y la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica conteniendo lo siguiente: - Acta de compromiso e Informe debidamente sustentado y actualizado por las instancias respectivas, sobre la responsabilidad de asumir los gastos de operación y mantenimiento, una vez concluida, recibida, liquidada y posteriormente transferida al sector competente y/o Entidad correspondiente, que asegure el adecuado funcionamiento de las instalaciones y/o prestación del servicio. Articulo N° 74.- Acreditación de Maquinaria Operativa El responsable de la Unidad de Equipo Mecánico, acreditará con documentos la propiedad de los equipos y maquinarias mínimos establecidos en el expediente técnico, en estado operativo, conforme a las cantidades y características requeridas por la complejidad y características de la obra y con la disponibilidad según el calendario de requerimiento de equipos y maquinaria; así mismo debe garantizar que el personal operador de maquinaria, reúna los requisitos técnicos mínimos. Se llevará un control sobre su rendimiento de la maquinaria conforme a lo establecido en el Expediente Técnico. Esta acción de certificación deberá tener la verificación e informe favorable del Residente e Inspector o Supervisor de Obra. 7.3 Ejecución Física De La Obra 7.1.1 Inicio De Ejecución Física De Obra Para el caso del Proyecto Especial Tacna como entidad adscrita al SNPMGI, el plazo de ejecución física de la obra se calcula desde la fecha en que se cumplan la totalidad de las condiciones establecidas en las normas de dicho sistema administrativo Articulo N° 75.- El plazo de ejecución de la obra se computa desde la fecha en que se firma el Acta de inicio de Obra, para lo que se debe considerar: 28 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” a) Entrega de la libre disponibilidad del terreno donde se ejecutará la obra. b) Entrega de las maquinarias, equipos, materiales e insumos respectivos, de acuerdo al cronograma de ejecución de obra y al cronograma de abastecimiento de materiales, para lo que el Gerente de infraestructura o personal al que se delegue debe coordinar oportunamente con el responsable de la Unidad de Logística. c) Adquisición de materiales e insumos para la obra según Anexo F-1 .1. Articulo N° 76.- Entrega de Terreno - Suscripción del Acta de Entrega de Terreno: Contando con la conformidad para el inicio de los trabajos, la Comisión que hará entrega del terreno al Residente, debe identificar en el terreno los Benchmarks (hitos fijos o monumentados) que definen la ubicación, niveles y puntos de referencias necesarios para el replanteo y ejecución de la obra. En dicho acto participan suscribiendo el acta el Residente, Inspector o Supervisor de obra y por parte de la entidad el Gerente de Infraestructura. Dicho acto servirá también para dar la conformidad a la recepción del terreno y la fecha en que se dará inicio a los trabajos, la misma que deberá corresponder al cronograma establecido. - Efectuada la Entrega Física del Terreno: Se apertura el Cuaderno de Obra con la anotación de la fecha de inicio y transcripción del Acta de entrega del terreno, el Cuaderno debe permanecer en la obra. Articulo N°77.- Presupuesto Respecto a los presupuestos asignados para la ejecución de inversiones por administración directa, debe existir una adecuada planificación en el control de la ejecución presupuestal, de modo que se vaya monitoreando lo gastado y los saldos presupuéstales, a efectos de tomar con la debida anticipación las medidas correctivas necesarias, dentro de las normas del marco presupuestal y de la Inversiones y durante el periodo de ejecución, la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica, la Gerencia de Infraestructura y la Oficina de Supervisión y Monitoreo en base a lo solicitado por el Residente e Inspector o Supervisor, dentro de sus atribuciones, deben realizar el control del presupuesto asignado, que debe ser concordante con las partidas específicas de gasto del presupuesto analítico aprobado en el expediente técnico y/o plan de trabajo y el avance físico de obra. En caso contrario, contar con el presupuesto analítico modificado autorizado por la Oficina de Supervisión y Monitoreo y/o aprobación de la Gerencia de Infraestructura, según sea el caso. Articulo N° 78.- La ejecución de la obra debe contar con la asignación presupuestal correspondiente, el personal técnico-administrativo y los equipos necesarios. Se realizará de acuerdo a lo aprobado en el expediente técnico, bajo la responsabilidad del Residente, el que dispondrá la realización de las pruebas técnicas necesarias conforme a las especificaciones técnicas, en este caso de no estar consideradas las programará con la conformidad del Inspector o Supervisor. Articulo N° 79.- La Oficina de Administración y Finanzas a través de la Unidad de Logística establecerá los procedimientos para la adquisición de bienes, servicios y obras, solicitadas por las áreas usuarias dentro del marco de la Ley de Contrataciones del Estado, teniendo como sustento las especificaciones técnicas, términos de referencias y expedientes técnicos, bajo los formatos autorizados por el OCSE. Articulo N° 80.- Control Financiero La Jefatura de la Unidad de Contabilidad y Finanzas o quien delegue, coordina con el personal administrativo de las obras, respecto al control financiero de los Proyectos de Inversión en ejecución, elaborando reportes mensuales de ejecuciones analíticas presupuéstales por partidas específicas de gastos de personal, bienes, servicios, activos, fijos, y otros), que serán proporcionadas a dicho personal dentro de los cinco (05) primeros días del mes siguiente, para permitir sustentar el avance de la ejecución financiera y el informe final de la obra, a nivel gasto devengado. Articulo N° 81.- para el inicio de la obra es necesario la ejecución y las acciones siguientes: 29 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” a) Que se hayan emitido al menos el ochenta por ciento (80%) de los requerimientos de bienes, servicios y personal contemplados en el Plan de Abastecimiento de la Obra. b) Que las adquisiciones o contrataciones de bienes, servicios y personal sean suficientes para permitir la ejecución de partidas de obra, de al menos los primeros treinta (30) días calendario de trabajo. 7.4 Cuaderno de Obra Articulo N° 82.- El Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”, a través de la Gerencia de Infraestructura responsable de la ejecución de la obra por administración directa, en cada obra que inicie debe contar con un Cuaderno de Obra Digital por medio de la herramienta informática que ponga a disposición la Contraloría Articulo N° 83.- La Gerencia de Infraestructura administrará los usuarios del Cuaderno de Obra Digital y gestionará el otorgamiento de las firmas digitales respectivas; asimismo, asignará al residente y al inspector o supervisor de obra los roles correspondientes. El residente de obra debe realizar el enlace del cuaderno de obra digital a la obra correspondiente, mediante el código de obra existente en el INFOBRAS y según las normas aprobadas por la Contraloría para dicho fin. Articulo N° 84.- La apertura del cuaderno de obra digital y su vinculación a la obra correspondiente, debe realizarse en la fecha de entrega del terreno. Articulo N° 85.- Excepcionalmente, la entidad puede solicitar a la Contraloría la autorización para usar adicionalmente un Cuaderno de Obra en Físico, cuando en el lugar donde se ejecuta la obra no haya acceso a internet. Para estos efectos, se debe contar previamente con la apertura del Cuaderno de Obra Digital y se debe presentar la respectiva solicitud por cada obra por administración directa que inicie, debiendo de pronunciarse sobre la solicitud en un plazo máximo de cinco (05) días. Articulo N° 86.- Cuando corresponda el uso adicional de un cuaderno de obra físico, este constará de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas a la Entidad, otra al residente y la tercera al inspector o supervisor y se encuentra legalizado y firmado en todas sus páginas por el inspector o supervisor, según corresponda, y por el residente, a fi n de evitar su adulteración; asimismo, en el plazo máximo de cinco (5) días calendario contados desde el cierre de cada mes, se debe registrar los asientos del Cuaderno de Obra Físico al Cuaderno de Obra Digital en el aplicativo que corresponda. Articulo N° 87.- El residente y el inspector o supervisor son los únicos autorizados para escribir asientos en el Cuaderno de Obra digital o físico, en los cuales se registran los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de la obra, las órdenes, las consultas y las respuestas a las consultas, se registran en asientos correlativos que deben estar firmados digitalmente, en caso de cuaderno de obra digital, o firma manuscrita al pie de cada anotación, en el caso de cuaderno de obra físico, por el residente o por el inspector o supervisor, según sea el que efectúe la anotación. Las solicitudes que se requieran como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra se presentan por el residente directamente a la Gerencia de Infraestructura de la entidad o al inspector o supervisor, según corresponda, por medio de comunicación escrita. Articulo N°88.- Las consultas, el residente de obra en el cuaderno de obra digital o físico y se dirigen al inspector o supervisor, según corresponda; en caso de que el inspector o supervisor considere que las consultas no requieran de la opinión del proyectista, las absuelve él mismo. De requerir opinión del proyectista, remite las consultas a la Gerencia de Infraestructura de la Entidad para que esta sea tramitada, con copia al residente. Cuando las consultas pueden implicar una modificación del expediente técnico de obra, el inspector o supervisor emite el informe técnico correspondiente. Articulo N° 89.- El original del cuaderno de obra permanece en la obra bajo la custodia y responsabilidad del residente de obra; en tanto una de las copias es conservada por el inspector y la segunda copia se 30 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” archiva y queda en custodia de la Gerencia de Infraestructura encargada de la ejecución de la obra por la modalidad de administración directa. Articulo N° 90.- El deterioro o pérdida parcial o total del cuaderno de obra genera responsabilidad administrativa sobre los encargados de su custodia. En el cuaderno de obra se anotan, en asientos correlativos, los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de esta, firmando al pie de cada anotación el inspector o residente de obra, según sea el que efectúe la anotación. Articulo N° 91.- El cuaderno de obra es cerrado por el residente de obra e inspector o supervisor de obra cuando la obra haya sido recibida por la unidad orgánica responsable. El cuaderno de obra original forma parte del expediente de la liquidación técnica-económica de la ejecución de la obra por la modalidad de administración directa; el original queda en poder de la Gerencia de Infraestructura. 7.5 Provisión de Bienes y Servicios de Acuerdo al Calendario: Almacén de Obra Articulo N° 92.- Se instalará un almacén que cuente con la infraestructura y mecanismos de control necesarios para evitar sustracciones, pérdidas o situaciones similares de riesgo, el mismo que debe permitir el fácil acceso y traslado de material hasta la ubicación de la obra sin incurrir en gastos adicionales por transporte. El residente de obra es el responsable de su implementación y debe informar mensualmente del estado y movimientos de almacén. La Oficina de Control Patrimonial de la entidad o la que haga sus veces, debe llevar el control logístico documentado de todos los materiales, insumos y equipos que sean entregados al almacén de la obra, de acuerdo con las normas o procedimientos internos aplicables para dicho fin. La Gerencia de Infraestructura, debe verificar la información proporcionada por el Residente de obra en su informe mensual, en lo que corresponda. De observar irregularidades, la Gerencia de infraestructura, bajo responsabilidad implementa de manera inmediata las acciones correctivas que correspondan, o inicia las acciones necesarias para determinar las responsabilidades a que hubiere lugar. La Oficina de Administración de la entidad o la que haga sus veces, lleva el control financiero de la obra, para cuyo efecto emplea los registros contables auxiliares que correspondan a cada obra y que permitan determinar su costo final; asimismo, registra cada gasto según las respectivas específicas de ejecución presupuestal los que deben estar debidamente sustentados y ser concordantes con el Presupuesto Analítico del expediente técnico de la obra. Para un mejor control reporta al responsable de la obra la información financiera que él sea solicitada por este. Articulo N° 93.- Los materiales, insumos y equipos excedentes que queden al final de la obra, deben ser entregados a la Oficina de Control Patrimonial de la Entidad o la que haga sus veces, para que sean ingresados al almacén general de la Entidad o, en su defecto, realice el proceso de baja correspondiente, de acuerdo con las normas o procedimientos internos aplicables para dicho fin. 7.6 Informes de Valorización de Obra Articulo N° 94.- Los metrados de obra ejecutados se formulan y consolidan diariamente por el residente de obra y su personal asignado, los mismos que estarán registrados en el Cuaderno de Obra Digital o físico, según corresponda, con lo cual se procederá a la elaboración de la valorización mensual y posterior elaboración del informe mensual tanto del residente como del inspector o supervisor de obra. 31 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Articulo N° 95.- El residente de obra dentro de los diez (10) días calendario posteriores al cierre del mes, presentará un informe mensual de los avances físicos y financieros y las ocurrencias de obra en el periodo informado; así también, tomará las precauciones en cuanto a la cantidad de ejemplares que entregará a las áreas correspondientes, además de alcanzar la versión digital y escaneado para el expediente del proceso; bajo responsabilidad administrativa. Articulo N° 96.- La valorización física de los trabajos será realizada por el residente de obra en el último día calendario de cada mes, debiendo consignar los metrados ejecutados en el cuaderno de obra mediante el asiento respectivo. Articulo N° 97.- El inspector o supervisor de obra en un plazo de cinco (5) días calendarios de recibido el informe mensual del residente de obra, revisa y emite un informe al área de supervisión de la entidad, determinando la conformidad respectiva, o de ser el caso, comunicando las observaciones encontradas, consignando entre otros aspectos, los siguientes: a) Pronunciamiento sobre el avance físico de la obra. b) El reporte del balance financiero de la obra documentado, presentado por el residente de obra en su informe mensual. En este aspecto se controlará que las ejecuciones de gasto reportadas guarden concordancia y congruencia con el presupuesto analítico aprobado. c) Pronunciamiento sobre el grado de cumplimiento del expediente técnico durante la ejecución de la obra y de las recomendaciones, sugerencias y observaciones emitidas por el inspector o supervisor de obra en el periodo revisado. d) La certificación y conformidad de los controles de calidad en obra realizados en el periodo revisado, sustentados con los certificados y protocolos de las pruebas técnicas de calidad correspondientes. e) Verificación del cumplimiento del impacto ambiental y las medidas de seguridad implementadas en la obra. f) Comentarios referentes a la ejecución de la obra, donde se indicará, si fuera el caso, la problemática general, las soluciones planteadas, los aspectos relevantes de la ejecución y las observaciones generales, así como las acciones a adoptar en caso la obra se encuentre con un atraso mayor al veinte por ciento (20%) respecto a lo programado. Articulo N° 98.- La presentación de las valorizaciones mensuales de los contratos de bienes y servicios para la obra, realizados durante el mes, serán presentados a la dependencia pertinente de la entidad con el informe de conformidad correspondiente. Articulo N° 99.- Las valorizaciones de las modificaciones en la etapa de la ejecución física (adicionales, deductivos, mayores metrados y partidas nuevas) serán presentados en cuadros distintos a la valorización principal. Solo se procederá a ejecutar modificaciones en la etapa de ejecución física, cuando éste sea aprobado por el órgano competente de la entidad y previamente registrado en los aplicativos informáticos del SNPMGI e INFOBRAS, cuando corresponda. 7.7 Control de Calidad Durante la Ejecución de Obra Durante la ejecución de la obra, deben realizarse las pruebas de control de calidad que están destinadas a verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas, según su naturaleza y complejidad. Articulo N° 100.- El expediente técnico de obra consigna las pruebas de control de calidad por especialidad, según los estándares establecidos en la normativa vigente; sin embargo, el Residente y el Inspector o Supervisor de obra deben realizar las respectivas pruebas de control de calidad de campo de manera obligatoria en la etapa de ejecución de la obra, contrastando con lo indicado en el expediente técnico. 32 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Articulo N° 101.- En los informes mensuales del Residente y el Inspector o Supervisor de obra, obligatoriamente se adjuntan todas las pruebas y protocolos de control de calidad certificadas por los especialistas o la certificación de los laboratorios acreditados. La Gerencia de Infraestructura debe realizar el seguimiento a la ejecución del control de calidad del proyecto de inversión. Articulo N° 102.- Si el resultado de las pruebas no hubiese sido satisfactorio dentro de los parámetros normados, la Gerencia de Infraestructura coordina con el Residente y el Inspector o Supervisor de obra para la subsanación de dichos resultados; y, de corresponder, comunica al área competente de la entidad, según su estructura orgánica y funciones internas, para el deslinde de las responsabilidades de acuerdo con las normas o procedimientos internos aplicables para dicho fin. 7.9 Modificaciones Durante la Ejecución Física Articulo N° 103.- Toda modificación del alcance, costo y plazo respecto de lo previsto en el expediente técnico debe contar con el sustento técnico y legal, el presupuesto necesario y estar aprobado por el Gerente General de la entidad o a quien este delegue de acuerdo con la normativa aplicable. Articulo N° 104.- En caso se supere el cincuenta por ciento (50%) del monto del expediente técnico aprobado para el inicio de la obra, en el plazo máximo de diez (10) días calendario de comunicado por el residente o inspector o supervisor, la Gerencia de Infraestructura debe comunicar dicha situación a la Contraloría para el desarrollo de los servicios de control gubernamental que correspondan, así como al titular de la entidad a efectos de que disponga se evalúe el desempeño de quienes elaboraron el expediente técnico, del residente de obra y del inspector o supervisor de obra, para el deslinde de las responsabilidades a que hubieren lugar. Articulo N° 105.- Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, en los casos en que estas modificaciones tengan su origen en deficiencias y errores en el expediente técnico o se den por la aplicación de procesos constructivos inadecuados o por ineficiencia en la gestión de la ejecución de la obra, en el acto administrativo que apruebe la modificación, además se dispondrá las acciones correctivas que correspondan y el deslinde de las responsabilidades a que hubiera lugar. Articulo N° 106.- Las modificaciones al expediente técnico aprobado solo serán procedentes siempre y cuando sirvan para cumplir con el objetivo de la inversión y las metas de la obra o cuando estas modificaciones sean producto de imprevistos no atribuibles a ninguno de los participantes de la obra pública por administración directa. Articulo N° 107.- Cuando se presente la necesidad de realizar modificaciones al expediente técnico de la obra, el residente de obra sustentará y comunicará al inspector o supervisor de obra mediante cuaderno de obra la identificación de la necesidad en un plazo no mayor de cinco (5) días calendario. Articulo N° 108.- El inspector o supervisor de obra evaluará la modificación y si esta contiene cambios significativos en el expediente técnico, comunicará a la Gerencia de Infraestructura de la entidad o a quien haga sus veces, en un plazo no mayor de cuatro (4) días calendario siguientes de anotada la necesidad en el cuaderno de obra para su pronunciamiento correspondiente. Articulo N° 109.- Cuando las modificaciones son significativas, la Gerencia de Infraestructura en coordinación con el proyectista del expediente técnico, absolverá la consulta dentro del plazo máximo de quince (15) días siguientes de la comunicación del inspector o supervisor de obra. Las modificaciones son registradas y comunicadas por el residente e inspector o supervisor mediante Anexo Nº 10 de la presente directiva. Articulo N° 110.- Las modificaciones que no representen cambios significativos en el expediente técnico de la obra podrán ser aprobadas por el inspector o supervisor de obra, lo mismo con los mayores metrados 33 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” que puedan existir en la obra, si estos no representan cambios significativos también pueden ser aprobados por el inspector o supervisor de obra. Articulo N° 111.- Tanto para modificaciones significativas y no significativas del expediente técnico que impliquen un mayor costo neto de la obra, se requiere previamente de la certificación o previsión presupuestal correspondiente de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Articulo N° 112.- La Gerencia de Infraestructura designa al responsable de elaborar el expediente técnico de modificación de la obra, teniendo en cuenta los precios unitarios que se tiene en el expediente técnico de obra inicial. Articulo N° 113.- El expediente técnico de modificaciones (adicionales, deductivos, partidas nuevas y otros) de la obra, será elaborado por el residente de obra siempre y cuando las variaciones no se consideren significativas. Articulo N° 114.- Cuando el expediente de modificaciones requiera estudios nuevos o complementarios, de cálculos de ingeniería y modifica significativamente en la obra, este debe ser realizada preferentemente por consultoría externa. En ambos casos, el inspector o supervisor de obra deberá brindar la opinión técnica del expediente adicional, previo a su aprobación vía acto resolutivo. Articulo N° 115.- Dependiendo del caso, las modificaciones deberán contener mínimamente: Memoria descriptiva, justificación, presupuesto detallado sustentado en análisis de precios unitarios, planos, especificaciones técnicas, entre otros. Articulo N° 116.- Las modificaciones que se presenten durante la ejecución física de las inversiones deben encontrarse debidamente sustentadas y aprobadas por el Titular de la entidad. La Gerencia de Infraestructura registra dicha modificación en los aplicativos informáticos del SNPMGI e INFOBRAS, según corresponda. Articulo N° 117.- En la aprobación de una modificación por los supuestos antes señalados, solo será procedente otorgar ampliaciones de plazo cuando la causal modifique el calendario de ejecución de obra, de manera que represente demora en la terminación de la obra. Se reconocerá la prórroga necesaria obtenida a partir de la variación de la ruta crítica. 7.8 Modificaciones de Plazo de Ejecución de Obra Articulo N° 118.- De Las Ampliaciones de Plazo Toda ampliación de plazo en la ejecución de la obra debe ser aprobada por la Gerencia General mediante acto resolutivo y previamente registrada en el Banco de Inversiones, previa sustentación por parte de la Gerencia de Infraestructura y la conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo. para lo cual debe cumplir con el debido procedimiento administrativo y las formalidades exigidas según la normativa vigente y solo procede cuando afecta la ruta crítica y esté vigente el plazo de ejecución en los supuestos siguientes: a) Desabastecimiento de los materiales e insumos de obra requeridos o demora en la provisión de los mismos. b) Ejecución de obras adicionales, modificaciones de diseño y mayores metrados. c) Cualquier otra variación y/o modificación del contenido del expediente técnico original de la obra o condiciones pre establecidos, siempre que afecten realmente a la ruta crítica de la obra y originen la postergación debidamente documentada, sustentada y calculada; y b) Demoras en la aprobación de las modificaciones de la fase de ejecución física, absolución de consultas o en la aprobación de mayores metrados, nuevas partidas y adicionales de presupuestos que afecten el cronograma de ejecución física de la obra. 34 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” c) Situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, en cuyo caso se debe documentar en los asientos del cuaderno de obra las pruebas de campo, informes, publicaciones, reportes del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI), fotografías y otros, cuando sea el caso. Articulo N° 119.- Inicio Del Procedimiento de Ampliación de Plazo De presentarse alguno de los supuestos antes señalados, el residente de obra informa al inspector o supervisor de obra mediante el cuaderno de obra para su validación. Determinado el supuesto o supuestos de paralización de la obra, el residente emitirá un informe y solicitará al inspector o supervisor de obra la modificación del plazo de ejecución de obra. El inspector o supervisor de obra evaluará la solicitud y de encontrarla justificada la remitirá a la entidad conjuntamente con su informe, debe pronunciarse en un plazo máximo de tres (03) días hábiles de recibida la comunicación. Articulo N° 120.- Toda ampliación de plazo debe estar registrada en los aplicativos informáticos del SNPMGI y en el INFOBRAS, según corresponda, previo al inicio de la ampliación de plazo. Articulo N° 121.- Del Expediente de Ampliación de Plazo El Expediente de Ampliación de Plazo que se tramita para su aprobación mediante acto resolutivo expedido por el Gerente General y debe contener la siguiente documentación: - Seis (06) ejemplares de Ampliación de Plazo, con su respectivo CD, debidamente firmados por el Residente de Obra (en todos los folios). - Pronunciamiento favorable y conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo (Jefatura/Inspector o Supervisor). - Copia autenticada del Cuaderno de Obra, donde conste el registro de la Ampliación del Plazo y su procedencia. - Pronunciamiento de la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica. - Pronunciamiento de la Unidad de Logística, como órgano encargado de las contrataciones. Articulo N° 122.-Notificación y Registro El acto resolutivo que aprueba el Expediente de Ampliación de Plazo, debe ser notificado a las unidades de organización involucradas que hayan emitido pronunciamiento con respecto de la misma. Una vez aprobado con acto resolutivo se debe proceder a su registro en el Banco de Inversiones. Articulo N° 123.-El Residente de obra debe cumplir con sustentar ante la Oficina de Supervisión y Monitoreo, los gastos generales que ocasionará la puesta en marcha del nuevo cronograma de ejecución del proyecto de inversión, en un plazo que no debe exceder de los cinco (05) días hábiles. Articulo N° 124.-De los Adicionales y Deductivos Todo Deductivo y/o Adicional de la inversión, debe ser aprobada por acto resolutivo, previa sustentación por parte de la Gerencia de Infraestructura y conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo. a) Adicionales: Cuando exista la necesidad de ejecutar obras adicionales, el Residente de obra como también el Inspector o Supervisor, deben expresarlo en el Cuaderno de Obra, indicando la causal debidamente sustentada, la cual podrá ser por hechos fortuitos o fuerza mayor (imprevisible) y de manera excepcional ante una omisión, error o deficiencia que presenta el expediente técnico y que no fuera observada oportunamente y debe responder a una necesidad de incluir algunos componentes adicionales o trabajos complementarios y/o mayores metrados no considerados, para poder cumplir con las metas y objetivos predefinidos, para lo cual deberá elaborar y presentar un Expediente adicional que será materia de aprobación mediante acto resolutivo, previa opinión de la Oficina de Supervisión y Monitoreo, conteniendo la siguiente información: 35 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” - Seis (06) expedientes del Adicional, con su respectivo CD seis (06), debidamente firmados con sello post firma de Residente de la obra (en todos los folios), acompañado de un Informe Técnico sustentado, consignado el número y la denominación del Adicional, donde se deberá de considerar lo siguiente: a) Copias de las anotaciones efectuadas en el Cuaderno de Obra, tanto por parte del residente como por el inspector o supervisor de obra, sobre la necesidad de ejecutar el adicional. b) Planos y/o croquis del adicional a ejecutar. c) Presupuesto del adicional, elaborado con los precios unitarios del original en caso que no existieron los precios unitarios en dicho expediente se elaborará el adicional con nuevos precios unitarios. d) Fórmulas polinómicas. e) Planilla de metrados. f) Diagrama de red (PERT-CPM o similar) de la ejecución del adicional, para sustentar la ampliación del plazo, siempre que la ejecución del adicional repercuta efectivamente en la duración de la obra. g) Calendario valorizado de avance adicional. - Opinión favorable del Inspector o Supervisor y V°B° en señal de conformidad en el expediente del Adicional (en todos los folios) - Documentos de conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo. - Opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica. - Opinión favorable del proyectista sobre la solución técnica propuesta en el expediente técnico presentado por el Residente. El proyectista deberá emitir su opinión favorable en el plazo de siete (07) días hábiles. A la falta de pronunciamiento (del Proyectista o la Gerencia de Estudios y Proyectos) o sea negativo éste, la Gerencia de Infraestructura deberá emitir la opinión favorable. El acto resolutivo debe ser notificado a las unidades de organización involucradas y se procederá a su registro en el Banco de Inversiones. b) Deductivos: Cuando exista la necesidad de ejecutar Deductivos, el Residente de obra como también el inspector o supervisor, deben expresarlo en el Cuaderno de Obra, indicando la causal debidamente sustentada, la cual podrá referirse a aquellos componentes que encontrándose en el Expediente Técnico aprobado, ya no es necesario ejecutar por razones debidamente justificadas (de orden tecnológico-avances, cambios en los materiales a utilizar, de diseño, etc.), debiéndose contar con su respectiva valorización, para lo cual se debe elaborar y presentar un Expediente de Deductivo que será materia de aprobación mediante acto resolutivo, previa opinión de la Oficina de Supervisión y Monitoreo, conteniendo la siguiente información: i. Seis (06) Expedientes de Deductivo debidamente firmados con sello post firma del Residente de obra (en todos los folios) con su respectivo archivo digital en CD o USB en seis (06) unidades, acompañado de un informe técnico sustentatorio, consignando el número y la denominación del Deductivo, donde se deberá de considerar lo siguiente: - Memoria Descriptiva: a) Antecedentes b) Objetivos del Proyecto c) Ubicación d) Descripción de las metas programadas e) Modalidad de ejecución f) Plazo de ejecución g) Presupuesto integral del expediente técnico h) Del Deductivo (justificación, documentación sustentatoria, anotaciones del cuaderno de obra) i) Presupuesto del Deductivo j) Conclusiones k) Recomendaciones - Planilla de Metrados 36 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” - Análisis de precios unitarios - Especificaciones Técnicas del Deductivo - Copias de las anotaciones efectuadas en el Cuaderno de Obra, tanto por parte del Residente de obra como por el inspector o supervisor, sobre la necesidad de ejecutar el deductivo. - Anexos: resoluciones de designación del Residente de obra, copia Cuaderno de Obra, del Plan de Trabajo ii. Opinión favorable del inspector o supervisor y V°B° en señal de conformidad en los Expedientes de Deductivo (en todos los folios). iii. Documentos de conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo. iv. Opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica. El acto resolutivo expedido por el Titular o funcionario facultado, que aprueba el Expediente de Deductivo, deberá ser notificado a las unidades de organización involucradas y se procederá a su registro en el Banco de Inversiones. Articulo N° 125.- Los Adicionales y Deductivos deberán presentarse con una anticipación de veinte (20) días hábiles, bajo responsabilidad del Residente de obra. Articulo N° 126.- Modificaciones Toda modificación por actualización o rectificación debe ser aprobada por acto resolutivo, previa sustentación por parte de la Gerencia de Infraestructura y aprobación de la Oficina de Supervisión y Monitoreo, con informe de opinión favorable de la Gerencia de Estudios y Proyectos. a) Actualizaciones: Cuando exista la necesidad de una actualización (Expediente técnico o etapa de ejecución), será sustentada por el Residente de obra y Proyectista, contando con la participación de las áreas que lo aprobaron en el acto resolutivo primigenio y adjuntando la siguiente información: - Informe técnico sustentado (Residente de obra/Proyectista), firmado con sello post firma en todos sus folios. De ser el caso, adicionalmente informes técnicos según la especialidad en función a la complejidad de la modificación. Opinión favorable del Inspector o Supervisor designado y V°B° en señal de conformidad en todos los folios. Documentos de conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo. Opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica. Una vez que se cuente con la documentación antes señalada, se remitirá para la emisión del acto resolutivo, el mismo que deberá ser notificado a las unidades de organización involucradas; y se procederá a su registro en el Banco de Inversiones en el caso de Expedientes Técnicos, siempre y cuando la actualización no cambie la concepción técnica del proyecto, de lo contrario debe tramitarse hacia la unidad Formuladora o la que haga sus veces, para opinión respectiva. b) Rectificaciones: Cuando exista la necesidad de una Rectificación (expediente técnico o etapa de ejecución), será sustentada por el Residente de obra y Proyectista o responsable involucrado, siempre y cuando los errores de tipo material o aritmético, no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, pueden ser rectificados, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados. La rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. El Expediente de Rectificación debe adjuntar la siguiente información: Informe Técnico sustentado del Residente de obra, Proyectista o Responsable involucrado, firmado con sello post firma en todos sus folios. Opinión favorable del Inspector o Supervisor y V°B° en señal de conformidad en todos los folios. Documentos de conformidad de la Oficina de Supervisión y Monitoreo. 37 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Una vez que se cuente con la documentación antes señalada, se remitirá para la emisión del acto resolutivo expedido por el Gerente General, el mismo que debe ser notificado a las unidades de organización involucradas, debiéndose proceder a su registro en el Banco de Inversiones, siempre y cuando varíe el monto de inversión y el plazo de ejecución. 7.10 Informes del Inspector o Supervisor de Obra Articulo N° 127.- El inspector o supervisor de obra elabora los informes con carácter de declaración jurada siguientes: a) Informe de conformidad, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 11 de la presente directiva. b) Informe de revisión del expediente técnico o expediente técnico de saldo de ejecución de obra, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 12 de la presente directiva. c) Informe mensual de supervisión y valorización, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 13 de la presente directiva. d) Informe de ampliación de plazo, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 14 de la presente directiva, el cual además contiene: i. Informe de reprogramación de obra por ampliación de plazo, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 15 de la presente directiva. ii. Informe de mayores gastos generales por ampliación de plazo, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 16 de la presente directiva. ii. Informe de cronograma actualizado de obra, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 17 de la presente directiva. e) Informe de aprobación de prestaciones adicionales de obra, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 18 de la presente directiva. f) Informe de aprobación de mayores metrados, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 19 de la presente directiva. g) Informe de liquidación de obra, mediante Formato que se adjunta en el Anexo 20 de la presente directiva. 7.11 Liquidaciones Parciales De Obra Articulo N° 128.- El residente de obra presentará liquidaciones parciales de obra tanto técnicas como financieras, las que deben ser validadas por el Inspector o Supervisor, emitiéndose en cantidades que estarán relacionadas según el plazo de obra existente, siendo su presentación requisito para la culminación de una obra por administración directa. La liquidación parcial final será presentada conjuntamente con la solicitud de la culminación de la obra por administración directa. La cantidad de liquidaciones parciales serán presentadas de forma cuatrimestral para obras con plazo de ejecución menor a un (1) año. Si la obra tiene un plazo de ejecución igual o mayor a un (1) año, las liquidaciones parciales se presentarán de forma semestral. La última liquidación parcial de obra corresponderá al plazo transcurrido entre la penúltima liquidación parcial y la fecha de finalización de la ejecución física de la obra. Para obras cuyo plazo de ejecución es menor o igual a cuatro (4) meses no se presentará liquidaciones parciales, presentando en cambio una liquidación total en el plazo previsto en la presente directiva. 38 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 7.12 Informe de Liquidación Parcial o Total Articulo N° 129.- Para el proceso de aprobación de la liquidación técnica financiera de la obra, parcial o total, previamente se tramita el informe de conformidad de los gastos efectuados en la ejecución de la misma que debe ser emitido por la Oficina de Contabilidad de la entidad o la que haga sus veces. Articulo N°130.- Asimismo, para el proceso de liquidación técnica y financiera de la obra, parcial o total, se dispondrá de un plazo de treinta (30) días calendarios después de cumplido el periodo correspondiente, según lo establecido en el numeral 7.3.9 de la presente Directiva, los cuales contienen como mínimo la documentación siguiente: a) Declaratoria de viabilidad o aprobación de la inversión y resolución de aprobación del expediente técnico y modificaciones aprobadas en la ejecución. b) Memoria descriptiva: Los datos serán tomados del expediente técnico aprobado, cuaderno de obra, documentos de gastos compatibilizados o de conformidad con información proporcionada por las Oficinas de Contabilidad y Tesorería, así como con la Oficina de Presupuesto de la entidad, o las que hagan sus veces, acción que permitirá determinar el monto real del presupuestado ejecutado. c) Descripción del proyecto: Describir la ejecución de la obra por componentes y presupuestos de la obra, así como los avances físicos logrados. d) Antecedentes: Señala si la obra es nueva o su ejecución es continuación de años anteriores según el horizonte del proyecto, en dicho caso debe precisarse los objetivos y metas conseguidas en cada ejercicio presupuestal, existencia de saldo de materiales u órdenes de servicio pendientes de ejecución, refrendada por la documentación correspondiente. e) Objetivos logrados: Se debe considerar metas físicas programadas, metas físicas ejecutadas, población beneficiada, beneficios programados y beneficios conseguidos. f) Especificaciones técnicas: De las partidas realmente ejecutadas. g) Grado de cumplimiento de metas: Es necesario efectuar por cada una de las partidas ejecutadas según el Expediente Técnico aprobado y adicionales o deductivos, de corresponder. h) Metrados y valorización final: Adjuntar valorización con los precios unitarios de las partidas consideradas en el expediente técnico aprobado, cuadro de metrados finales que permita valorizar la obra. De reportarse sobre metas es conveniente una valorización indicando el porcentaje con referencia al presupuesto base; debe adjuntarse los planos de replanteo. i) Cuadro analítico de detalle de gastos: Considerar las partidas específicas detallados según clasificador de gastos que corresponda al ejercicio presupuestal en que se ejecutó, con cargo a la obra. j) Resumen de ejecución presupuestal: Considerar las específicas de gasto que corresponda al ejercicio presupuestal en que se ejecutó la obra. k) Relación valorizada de insumos utilizados: Se debe efectuar una relación por cada uno de los materiales, insumos y servicios adquiridos para la ejecución de la obra. l) Balance de ejecución presupuestal: Consignar los datos del presupuesto autorizado para cada insumo con su correspondiente específica de gasto y respecto al presupuesto ejecutado será tomado de la rendición de gastos y cuyos resultados serán comparados para cada insumo programado. m) Comentarios, conclusiones, y recomendaciones o sugerencias: Debe registrarse los inconvenientes o problemas detectados en el proceso de ejecución de la obra y otros (materiales en cancha, etc.) detectados en el proceso de liquidación técnica - financiera. Articulo N° 131.- Finalmente, la Gerencia de Infraestructura realizará las verificaciones de la información registrada en los diferentes sistemas informáticos del Estado peruano, en particular, los aplicativos del SNPMGI, Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF), el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) y Sistema de Información de Obras Públicas (INFObras). Articulo N° 132.- Es responsabilidad de la Gerencia de Infraestructura la presentación del informe de liquidación parcial y total de acuerdo a las características de la obra, debiendo de tomar las acciones 39 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” respectivas para el cumplimiento de la misma, a fin que la entidad cumpla con la Directiva N° 001-2019EF/63.01 “Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones”; el no cumplimiento en los plazos correspondiente serán evaluado y sancionados por los órganos de control de la entidad. VIII. CULMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OBRA Articulo N° 133.- En la fecha de la culminación de la ejecución de la obra, el residente de obra anota el hecho en el cuaderno de obra y solicita al inspector o supervisor de obra para que en un plazo no mayor de cinco (5) días calendario siguientes a la anotación señalada, corrobore el cumplimiento de lo establecido en el expediente técnico y las modificaciones aprobadas. De encontrarlo conforme, se anota en el cuaderno de obra y comunica formalmente a la Gerencia de Infraestructura, de acuerdo con las funciones designadas por la entidad, para que en un plazo de cinco (5) días calendario siguientes designe al Comité de Culminación y Liquidación de la ejecución de la obra. Al haberse solicitado la recepción de la obra, el Residente deberá cumplir con presentar el INFORME FINAL DE CULMINACIÓN DE LA OBRA en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario contados desde la fecha de culminación de la obra, el que contará con la evaluación y aprobación del Inspector o Supervisor (según corresponda) en un plazo de siete (07) días calendario. A este Informe se deberá acompañar: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) Resolución de Aprobación de la Ejecución de la Obra por Administración Directa. Informes que sustenten la capacidad operativa de la Entidad. Términos de Referencia para la formulación del Expediente Técnico y su Resolución de Aprobación. Expediente Técnico de la Obra. Resolución de Aprobación del expediente Técnico. Plan de Trabajo y Resolución de Aprobación. Certificación de libre disponibilidad del terreno otorgado por el propietario o titular del poder jurídico. Resolución de designación del Residente y del Inspector o del contrato del Supervisor de obra. Acta de entrega del terreno. Acta de inicio de obra. Archivo documentado de requerimiento de mano de obra, materiales (cuadro de necesidades), maquinaria y equipo. l) Archivo de copia de la Órdenes de Compra y/u Órdenes de Servicios y Pedidos de Comprobantes de Salidas (PECOSAS), Guías de Remisión, Notas de Entradas al Almacén (NEA). m) Hojas de Tareo de personal obrero (actualización semanalmente). n) Partes diarios de control de maquinarias y equipo. o) Control de materiales: ingreso y salida del almacén de obra (tarjetas de control visible), saldos en Almacén Periférico. Esta información debe contar con el V° B° del Jefe de Almacén Central, debe adjuntarse el Acta de bienes sobrantes (F-l 1) p) Valorizaciones mensuales. q) Informes técnicos mensuales de avance físico - financiero. r) Cuaderno de Obra. s) Actas mensuales de conciliación sobre el gasto de ejecución (Presupuesto /Contabilidad). t) Certificados de pruebas técnicas de control de calidad y funcionamiento, análisis físico-químicos, estudios de mecánica de suelos, adjuntando cuadro resumen de las mismas. u) Expediente de modificaciones físicas ocurridas durante la ejecución de la obra, acreditadas con Resolución. v) Fotografías representativas del proceso de ejecución de la obra (antes, durante y después). w) Acta de Terminación de Obra, según Anexo N° 01 (Formato F-18). x) Proyecto de Declaración de Fábrica (de ser el caso). 40 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” y) Ejecución física final valorizada con indicación de los metrados realmente ejecutados y sus correspondientes planillas de sustento. z) Información sobre la ejecución presupuestal por específica del gasto. Articulo N°134.- Al término de la ejecución de obra, el Residente adjunto al Informe Final debe cumplir con presentar el Certificado de Evaluación Técnica en el que se verifique que el costo invertido por Administración Directa es igual o menor que el presupuesto base deducida la utilidad. La certificación deberá contar con el V°B° del Inspector o Supervisor (según corresponda). Articulo N° 135.- El Informe Final de Culminación de Obra deberá ser canalizado a la Comisión de Recepción y Liquidación de Obra, para que una vez recibida la obra pueda proceder a la Liquidación Técnica-Financiera de la Obra. Articulo N° 136.- Recepción y Entrega de la Obra Una vez culminada la ejecución de la obra, el residente de obra anota la fecha de tal hecho en el cuaderno de obra y solicita al inspector o supervisor de obra que en un plazo no mayor de cinco (05) días posteriores a la anotación señalada corrobore el fiel cumplimiento de lo establecido en el expediente técnico y las modificaciones aprobadas. De encontrarlo conforme, el inspector o supervisor anota en el cuaderno de obra y comunica formalmente a la Gerencia de Infraestructura para que en un plazo de cinco (05) días mediante Resolución de Gerencia General se designe a la comisión de recepción y liquidación de la ejecución de la obra. La comisión de recepción y liquidación, en un plazo de quince (15) días de su designación, junto con el residente e inspector o supervisor de obra, verifica el funcionamiento u operación de la infraestructura, disponiendo la realización de las pruebas operativas que sean necesarias. Culminada la verificación, y de no existir observaciones, se procede a la recepción de la obra y se suscribe el acta de recepción correspondiente. La Comisión de Recepción y Liquidación de ejecución de la Obra designada con Resolución de Gerencia General estará conformada por tres (3) miembros: - Un Ingeniero Civil representante de la Gerencia de Infraestructura quien la presidirá la comisión. Un representante de la Oficina de Administración y Finanzas (Contador Público Colegiado) Inspector o Supervisor como Asesor. Los que deberán cumplir el siguiente perfil: a) b) c) d) Título profesional. Colegiado y habilitado en el ejercicio de sus funciones. Conocimiento de la normativa de Proyectos de inversión Pública. Experiencia como mínimo dos (2) años en la gestión pública. De existir observaciones, estas se consignan en el acta de observaciones y se dispone al residente de obra que proceda a la subsanación de estas, una vez subsanadas las observaciones se procede a la recepción de la obra. El Residente de obra realiza la subsanación en un plazo que no podrá exceder 1/10 del plazo de ejecución según expediente técnico y contados desde la fecha en que se suscribió el acta de observaciones. Producida la subsanación dentro del plazo establecido, el residente solicitará una nueva verificación, no siendo procedente que la Comisión formule observaciones distintas a las señaladas inicialmente. En caso que la obra tenga continuidad en el siguiente ejercicio presupuestal o presente observaciones de carácter técnico, se levantará únicamente un Acta de Verificación Física en donde se establecerá (de ser el caso) el plazo para la subsanación de observaciones de acuerdo a la complejidad de la obra. En caso de observaciones de carácter financiero, tales como: En partidas contempladas en el Plan de Trabajo y que no fueron ejecutadas. Se solicitará al Residente cumpla con presentar la documentación sustentatoria referida a la no utilización del monto que representan estas partidas no ejecutadas. 41 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” En caso no se cumpla con el levantamiento de observaciones dentro del plazo establecido en Acta de Verificación Física, la Comisión informará a la Gerencia General, quién dará cuenta al Órgano de Control Institucional del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”, a fin de que se programe una acción de control que permita determinar las responsabilidades pertinentes. La subsanación de observaciones debe acompañarse del informe de conformidad del Inspector o Supervisor de la obra. La Comisión verificará la subsanación de las observaciones y en caso de existir conformidad levantará Acta de Recepción de la Obra, en la que se dejará constancia de la documentación técnica entregada por el Residente de la Obra. Si no se presenta la documentación técnica exigible en el Archivo Técnico Permanente de la Obra, necesaria para la liquidación y posterior saneamiento legal de la obra no se recibirá la Obra. En el caso de persistir las observaciones se recibirá la Obra con indicación de las observaciones no subsanadas. De darse conformidad a lo ejecutado se suscribirá una Acta de Recepción a la que se acompañarán los Planos Post Construcción, Planilla de los metrados finales. Proyecto de Declaratoria de Fábrica y Archivo Técnico Permanente de la obra. El Acta de Recepción de la Obra y Acta de Observaciones serán refrendadas por la Comisión y el Residente de la Obra. 8.1 Comité de Culminación y Liquidación de la Obra Articulo N° 137.- La Gerencia de Infraestructura de la entidad propondrá a la Gerencia General de la entidad, el Comité de Culminación y Liquidación de la obra, a fin de que el Titular de la entidad designe al comité mediante acto resolutivo, el cual debe estar conformado por profesionales colegiados con habilidad vigente en sus respectivos Colegios Profesionales, de acuerdo con el detalle siguiente: Un (1) profesional relacionado al tipo de la obra ejecutada (ingeniero o arquitecto), quien presidirá la comisión; Al menos un (1) ingeniero o profesional afín a la naturaleza de la obra ejecutada; Al menos un (1) contador público colegiado; El residente de la obra; El inspector o supervisor de obra. 8.2 Informe Final de Obra Articulo N° 138.- Culminada la ejecución física, el residente elaborará un Informe Final de Obra, el mismo que será validado por el supervisor o inspector y contendrá información relevante dividida en una parte técnica y una parte administrativa. Articulo N° 139.- El informe deberá presentar la valorización final de avance de obra y la valorización financiera hasta la fecha de la culminación de los trabajos. Este informe deberá ser presentado en el acto de culminación de obra, en caso de incumplimiento del mismo, la Gerencia de Infraestructura será la responsable de su elaboración. Articulo N° 140.- En el Informe Final de Obra se adjunta todos los documentos generados desde el inicio de la ejecución física hasta el acto de culminación de la obra; asimismo, el residente debe adjuntar un registro de lecciones aprendidas, documento que reflejará los problemas relevantes ocurridos durante la ejecución de la obra y las soluciones que permitieron la continuación hasta su culminación. 42 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Articulo N° 141.- Para la elaboración de la valorización final de la obra, se debe considerar una valorización física y una valorización financiera. En la valorización física se valoriza la ejecución de la obra tanto en costo directo como en costo indirecto, tomando las actividades realmente ejecutadas. En caso de no alcanzar el ciento por ciento (100 %) de avance por tener deductivos de obra o por considerar un saldo de obra por ejecutar, estos serán descritos en el informe final. Respecto a la valorización financiera, esta es determinada por el gasto devengado que se tenga en la obra hasta su culminación, dividido en valorización financiera del costo directo y del costo indirecto. 8.3 Informe Final de Liquidación Articulo N° 142.- El residente emite un informe que consolida la documentación de sustento de las liquidaciones parciales y contiene un resumen ejecutivo de los objetivos, metas alcanzadas y balance de la ejecución presupuestal de la obra. Articulo N° 143.- Dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes de la suscripción del Acta de Recepción, los miembros de la Comisión de Recepción y Liquidación de la Obra, luego de la evaluación y validación de los documentos proporcionados, presentarán al Gerente General del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”, la liquidación técnica y financiera de la obra para fines de su aprobación. Articulo N° 144.- La Comisión podrá solicitar una prórroga del plazo dispuesto cuando la envergadura y complejidad de la obra requiera de un mayor plazo. Asimismo, cuando se presenten problemas técnicos o financieros que impidan concluir con la Liquidación Técnica y Financiera de la obra, se podrá solicitar una prórroga con la sustentación debida, de hasta treinta (30) días calendarios. Articulo N° 145.- El informe de Liquidación Técnica y Financiera deberá contener: A. Memoria Descriptiva Final. B. Evaluación y/o Análisis del Informe Final del proyecto cuyas conclusiones se obtendrán de: Liquidación Técnica: 1. 2. 3. 4. Metrados Finales de Obra. Valorizaciones. Adicionales, Deductivos o Modificación de metas. Inventario de los materiales fungibles debidamente valorizados que quedaron a la culminación de la obra (saldos y sobrantes). 5. Bienes de Capital (Activos Fijos) valorizados, adquiridos durante la ejecución del proyecto. Liquidación Financiera: 1. Presupuesto Institucional versus Ejecución Financiera. 2. Detalle de la Ejecución de Gastos. 3. Resumen de la Ejecución por Rubros de Gastos. 4. Ejecución Presupuestal a nivel de Específicas del Gasto. 5. Resumen de Ejecución Analítica a Nivel de Fuentes de Financiamiento. 6. Balance de Ejecución Presupuestal. 7. Resumen de desembolsos del Fondo para Pagos en Efectivo. 8. Detalle de los Gastos de Administración. 9. Detalle de los Gastos de Supervisión. 10. Relación de saldos y sobrantes de obras, que cuenten con la conformidad del Área de Almacén. 11. Relación de bienes de Activo Fijo Patrimonizados con la conformidad del Área de Patrimonio. 12. Relación de bienes en condición de equipamiento, con la conformidad del Área de Patrimonio. C. Observaciones. 43 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” D. Conclusiones. E. Recomendaciones. F. Anexos: 1. Informe Final de la Comisión de Recepción y Liquidación de la Obra. 2. Resolución de Designación de la Comisión de Recepción y Liquidación. 3. Resolución de Designación del Residente y del Inspector o Contrato del Supervisor de Obra. 4. Acta de Recepción de Obra o Acta de Verificación Física. 5. Cuaderno de Obra debidamente legalizado. 6. Declaración de Viabilidad. 7. Expediente Técnico y Resolución de Aprobación. 8. Informes mensuales del Residente de Obra y del Inspector o Supervisor. 9. Registros fotográficos, 10. Presupuesto Analítico Inicial. 11. Expedientes de Modificaciones Presupuéstales y Resoluciones de Aprobación. 12. Resoluciones de Aprobación de Obras Adicionales o Deductivos con las modificaciones del plazo de ejecución. 13. Planos de Replanteo. 14. Planos Post Construcción. 15. Metas Físicas alcanzadas. 16. De ser el caso Registro de Protocolo de Pruebas, sustentado por la relación de Ensayos de Calidad adjuntando los resultados. 17. Cuadros comparativos de los rendimientos reales de los insumos relacionados directamente e indirectamente con la construcción de la obra contrarios consignados en el Expediente Técnico. 18. Copia del cierre de planillas de personal obrero y empleado por cualquier modalidad de contratación y pago beneficios sociales. 19. Proyecto de Declaratoria de Fábrica o Memoria Descriptiva Valorizada. Articulo N° 146.- La obra concluida, respecto de la cual se ha procedido a la entrega de la documentación consignada en los artículos precedentes y que ha sido objeto de liquidación mediante la resolución respectiva, será motivo de entrega o transferencia al Sector o Dependencia correspondiente para su uso, conservación, mantenimiento, administración, y su respectivo registro contable incrementando el patrimonio de la entidad receptora. Para estos efectos el Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” entregará toda la información pertinente sobre la obra. Articulo N° 147.- En las obras ejecutadas en más de un ejercicio presupuestal, por etapas, cada ejercicio presupuestal anual debe contar con liquidaciones técnicas y financieras, por separado correspondientes a cada expediente técnico y/o plan de trabajo debiéndose realizar la evaluación entre la parte técnica y financiera y conciliar los saldos entre la información financiera emitida por la Comisión de Liquidación y Recepción de Obra y libros contables, con la finalidad de reclasificarse contablemente a la subcuenta: 1501.03 "ESTRUCTURAS", y rebajar la subcuenta contable: 1501.089906 "ESTRUCTURAS CONCLUIDAS POR RECLASIFICAR" para reflejar un saldo razonable en los estados financieros. Asimismo, en cada liquidación parcial se debe efectuar una verificación de obra, recepción parcial o situacional según corresponda, para validar los metrados que sustentan la ejecución física y para tener cuenta posibles correcciones posteriores. Articulo N° 148.- La Comisión no es responsable por los vicios ocultos que hubiera en la ejecución de la obra. El residente, Inspector o Supervisor asumen responsabilidad por dichos vicios ocultos dentro del alcance de sus funciones. Si hubiera vicios ocultos, la Entidad solicitará a los responsables del Proyecto para que en un plazo máximo de treinta (30) días calendarios levante las observaciones y adopten los correctivos del caso. 44 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Para las actividades de Operación y Mantenimiento de obras pre existente por Ejecución Presupuestaria Directa, obligatoriamente se debe tramitar en el menor tiempo posible a la recepción y liquidación técnica financiera en forma independiente por cada actividad, a medida que éstas vayan concluyendo, evitando sufrir demoras, de modo que la información disponible tenga mayor efectividad en su utilización. 8.4 Constatación y Observaciones Articulo N° 149.- El Comité de Culminación y Liquidación de la obra en un plazo máximo de quince (15) días calendario siguientes a su designación, recepciona el Informe Final de Obra, el Informe Final de Liquidación y verifica el funcionamiento de la infraestructura, dispone realizar las pruebas operativas que sean necesarias, procede a verificar los trabajos ejecutados y el cumplimiento de lo establecido en los planos y especificaciones técnicas del expediente técnico. Articulo N° 150.- Culminada la verificación y de no existir observaciones, se procede a la culminación de la obra y se suscribe el Acta de Culminación correspondiente. Articulo N° 151.- De existir observaciones, estas se consignan en un acta o pliego de observaciones y en un plazo máximo de tres (3) días calendario se informará a la entidad sobre las observaciones encontradas para que se disponga que el residente de obra proceda a la subsanación de estas en un plazo no mayor a un décimo (1/10) del plazo de ejecución de la obra, que se computará a partir del quinto día calendario de suscrito el acta o pliego de observaciones. Articulo N°152.- Subsanadas las observaciones, el residente de obra solicitará nuevamente la culminación de la obra mediante la anotación en el cuaderno de obra, el mismo que será verificado por el inspector o supervisor de obra informando de dicho acto a la entidad, en caso corresponda, en el plazo de tres (3) días calendario siguientes a la anotación respectiva. Articulo N° 153.- El Comité de Culminación y Liquidación de obra se presentará en la obra en un plazo máximo de siete (7) días calendario siguientes de recibido el informe del inspector o supervisor. La constatación se limitará a verificar la subsanación de las observaciones formuladas en el Acta de Observaciones, no pudiendo formular nuevas observaciones. Articulo N° 154.- En caso no se haya levantado las observaciones, el Comité de Culminación y Liquidación de obra no dará por culminada la obra, pero si la liquidará, deduciendo las observaciones que no fueron corregidas, descontando dicho costo en el monto final de la obra y haciendo constar en el informe de liquidación técnica y financiera, para luego identificar a los responsables de dicha situación. Articulo N° 155.- Si en el proceso de verificación de la subsanación de observaciones, el Comité de Culminación y Liquidación de obra constata la existencia de observaciones diferentes a las ya formuladas, sin perjuicio de suscribir el acta de culminación de obra, informará a la entidad para que ésta solicite por escrito a la Gerencia de Infraestructura las subsanaciones del caso, siempre que constituyan vicios ocultos. El Comité de Culminación y Liquidación de obra no es responsable por los vicios ocultos que hubiera en la ejecución de la obra; siendo responsables los ejecutores dentro del alcance de sus funciones. 8.5 Transferencia de la Obra Articulo N° 156.- Al inicio de cada ejercicio presupuestal, la Gerencia General dispondrá la conformación de una Comisión de Transferencia de Obras, la misma que debe presentar un Plan de Trabajo para cumplimiento 45 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” de sus actividades, debiendo ser aprobada por la Gerencia General. Su nominación se formalizará con acto resolutivo y estará integrada de la siguiente manera: - 01 Representante de la Gerencia General 01 Representante de la Gerencia de Infraestructura 01 Representante de la Oficina de Administración y Finanzas Articulo N° 157.- Luego de culminada la ejecución de la obra, se procederá a la entrega de la obra a otra Unidad Orgánica de la misma entidad que ejecutó la obra, la cual se encargará de su operación y mantenimiento, asegurando el adecuado funcionamiento de las instalaciones. La entrega de la obra se deja constancia en un Acta de Transferencia suscrita por los responsables de los órganos o unidades orgánicas que entregan y reciben la obra, además del titular de la entidad. Articulo N° 158.- Las obras ejecutadas por administración directa, en el plazo máximo de un (1) año de suscrita el Acta de Transferencia son registradas en el patrimonio de la entidad (Oficina de Patrimonio) e inscritas en los Registros Públicos y anotada en el inventario de bienes nacionales, en lo que corresponda, en aplicación de la normativa aplicable. Para dicho efecto, el Acta de Transferencia debe contener toda la información de la obra que sea necesaria para su registro, inscripción y anotación. Articulo N° 159.- Aprobada la Liquidación Técnica y Financiera de la obra mediante acto resolutivo, la Comisión debe iniciar el procedimiento de transferencia de la obra a la entidad o dependencia orgánica correspondiente, debiendo ésta ser comunicada para su uso, conservación, operación y mantenimiento. La documentación a transferir debe constar de: - Expediente de Liquidación Técnica y Financiera del Proyecto Resolución de aprobación de la liquidación. Planos de replanteo. Asientos de traspaso. Otra documentación de corresponder. Articulo N° 160.- La entidad o dependencia orgánica que recepciona la obra se encargará de la inscripción de los títulos de propiedad ante los registros públicos a través del proyecto de Declaratoria de Fábrica que remita a la entidad transferente. Articulo N° 161.- La reclasificación de las cuentas contables se realizará una vez aprobada la liquidación final del proyecto, la misma que debe estar acompañada del Acta de Transferencia de la obra, para dar inicio al tratamiento contable respectivo. Articulo N° 162.- La extracción de la cuenta contable respectiva de los registros patrimoniales y contables de la institución, se efectuará con la resolución que aprueba la transferencia definitiva hacia el sector/entidad correspondiente, aprobado con la depreciación de ser el caso, cuyo ingreso en los registros contables de la entidad receptora se realizará mediante el Acta de Transferencia que le sea notificada. Articulo N° 163.- Una vez culminada la fase de ejecución (luego de que el Proyecto de Inversión ha sido totalmente ejecutado, liquidado y transferido al sector/entidad responsable de su operación y mantenimiento), se inicia la fase de Funcionamiento que comprende la operación y mantenimiento de los activos generados con la ejecución de la inversión y la provisión de los servicios implementados con dicha inversión, correspondiendo a los responsables: Programar, ejecutar y supervisar las actividades que garanticen la operación y mantenimiento de los activos generados por la inversión ejecutada, con el objetivo de brindar a los usuarios un servicio adecuado y oportuno, asegurando con ello su sostenibilidad y preservando su uso y vida útil. 46 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 8.6 Contar con un inventario de activos generados con la ejecución de las inversiones, el mismo que debe ser actualizado periódicamente, según los formatos correspondientes del INVIERTE.PE. Cierre del Proyecto Articulo N° 164.- Estando la obra concluida, recepcionada, liquidada y transferida, la Gerencia de Infraestructura procederá al "Cierre del Proyecto de Inversión", a través del Formato N° 04 Registro de cierre de inversión) Anexo 02. La Entidad receptora del Proyecto de Inversión, se encargará de las etapas de Operación y Mantenimiento, debiendo ejecutar las actividades, operaciones y procesos necesarios para su producción de acuerdo a lo previsto en el Estudio que sustentó su declaratoria de viabilidad. La Entidad receptora priorizará la asignación de recursos para realizar un mantenimiento adecuado, su Órgano Resolutivo deberá velar por que el Proyecto de Inversión cuente con un mantenimiento adecuado de acuerdo a los estándares y parámetros especificados. IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Vigencia La presente directiva entra en vigencia el 1 de abril de 2024 y será aplicable a toda obra pública que se ejecute por la modalidad de administración directa cuyo expediente técnico sea aprobado a partir de la entrada en vigencia de la presente norma o que se encuentren en ejecución física con una ejecución financiera acumulada de obra menor al diez por ciento (10%), en cuyo caso, a partir de dicho estado, deberán adecuarse a las disposiciones de la presente directiva Segunda.- Saldos de ejecución de obra Para el caso de saldos de ejecución de las obras que han sido ejecutadas por administración directa, estos comprenden la ejecución de una nueva obra. Cuando el saldo de obra se ejecute por administración directa, este debe cumplir con las disposiciones de la presente Directiva independientemente del análisis, sustento y aprobación que se haya realizado en la obra de la cual proviene. Los saldos de obra bajo el alcance de la Ley Nº 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas, también deben cumplir con las disposiciones de la presente directiva. Tercera.- Registro en el INFOBRAS Con la aprobación del expediente técnico para la ejecución de obras por administración directa, se procederá a registrar la obra en el INFOBRAS de la Contraloría por parte del responsable de la entidad según el usuario asignado, el cual dará como resultado el código INFOBRAS de la obra, pudiendo registrar la ficha de Datos Generales en dicho sistema. El inspector o supervisor de la obra tiene la obligación de registrar en el INFOBRAS, la información generada respecto de la ejecución de inversiones con componentes de infraestructura por administración directa, conforme a las normas establecidas por la Contraloría. El incumplimiento generará responsabilidad por parte del inspector o supervisor. Cuarta.- Interoperabilidad de los sistemas informáticos La Contraloría, a través del uso de tecnologías de la información y la comunicación (TIC), implementará en el INFOBRAS los mecanismos necesarios para el intercambio de información entre los aplicativos informáticos del SNPMGI, Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) y Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF); asimismo, permitirá compartir la información del cuaderno de obras digital con dichos sistemas, en caso sea solicitado. Quinta. - Control Gubernamental 47 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Las obras públicas que se ejecutan por administración directa están sujetas a los servicios de control gubernamental que correspondan, de acuerdo con las atribuciones de la Contraloría establecidas en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias. Sexta.- Comité de Vigilancia de obras por administración directa El Comité de Vigilancia de obras de la entidad está integrado por los representantes de la sociedad civil que participan en los Consejos de Coordinación Regional, Provincial o Distrital, pudiendo estar integrado también por los beneficiarios directos de la obra. Cuando exista un Comité de Vigilancia en el marco del proceso de presupuesto participativo, puede hacerse cargo de la vigilancia de las obras por administración directa del gobierno regional o local que corresponda. Los miembros del Comité de Vigilancia deben ser reconocidos mediante acto resolutivo de la entidad emitido por el órgano o la unidad orgánica competente, de acuerdo con los documentos internos de gestión de la entidad; asimismo, la entidad debe proporcionar a los miembros del Comité de Vigilancia los equipos de protección personal y seguros de ley que sean necesarios para las visitas. El financiamiento de estos gastos puede ser cargado a los gastos generales de la obra. Durante la ejecución de la obra el Comité de Vigilancia está facultado para solicitar solo la documentación que haya elaborado el residente e inspector o supervisor de obra en cumplimiento de las disposiciones de la presente directiva, respecto al avance en la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma de ejecución y al desembolso del presupuesto asignado. Asimismo, las visitas a la obra se realizarán solo con autorización previa de la Gerencia de Infraestructura y de acuerdo con un cronograma aprobado por la entidad, debiéndose respetar las políticas de seguridad y salud ocupacional establecidas por la entidad. Séptima. - Registro de información en los aplicativos informáticos del SNPMGI Las entidades deben registrar la información de las obras públicas por administración directa que sea requerida en los aplicativos informáticos del SNPMGI cuando están adscritas a dicho sistema administrativo. Octava. - Adquisición de bienes y servicios La adquisición de bienes y servicios para la ejecución de la obra pública por administración directa se realiza conforme a la normativa de contrataciones del Estado, a las disposiciones de la Dirección General de Abastecimiento del MEF como ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento y otras que resulten aplicables. Décima. - Subcontratación Los subcontratistas y los contratos de subcontratación se registran en el INFOBRAS, de acuerdo con las normas y lineamientos establecidos por la Contraloría. Décima Primera. - Absolución de consultas Los casos no previstos en la presente directiva, en primera instancia, serán absueltos por la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica, quién absolverá en coordinación con la Oficina de Supervisión y Monitoreo y Gerencia de Infraestructura, teniendo en consideración la normatividad vigente del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI), normativa del Sistema Nacional de Control y otras normas conexas y supletorias. Décima Primera. – sobre aplicación de la directiva en obras en ejecución Las inversiones que se encuentren en proceso de ejecución a la entrada en vigencia de la presente Directiva, no serán paralizadas, ni serán readecuadas a su contenido con la finalidad de evitar retrasos, siempre y cuando hayan cumplido con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria final de la presente Directiva. 48 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” X. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única. - Aplicativos informáticos La Contraloría a través de la Gerencia de Tecnologías de la Información o la que haga sus veces, desarrolla o modifica los módulos del INFOBRAS y otros aplicativos de esta Entidad Fiscalizadora Superior que sean necesarios para la implementación del Cuaderno de Obra Digital y el cumplimiento de las disposiciones de la presente directiva. En tanto no se encuentre disponible el cuaderno de obra digital, las entidades podrán utilizar un cuaderno de obra físico, el cual deberá ser digitalizado y transcrito cuaderno de obras digital, cuando esté disponible. 11. ANEXOS CÓDIGO ANEXO N° 01 ANEXO N° 02 ANEXO N° 03 ANEXO N° 04 ANEXO N° 05 ANEXO N° 06 ANEXO N° 07 ANEXO N° 08 ANEXO N° 09 ANEXO N° 10 ANEXO N° 11 ANEXO N° 12 ANEXO N° 13 ANEXO N° 14 ANEXO N° 15 ANEXO N° 16 ANEXO N° 17 ANEXO N° 18 ANEXO N° 19 ANEXO N° 20 ANEXO N°21 ANEXO N°22 F-1 F-1.1 F-1.2 F-2 F-3 F-4 F-5 F-5.1 F-5.2 F-5.3 F-5.4 F-5.5 F-5.6 F-6.1 F-6.2 F-6.3 F-7 F-8 F-9.1 F-9.2 F-9.3 F-9.4 F-9.5 DENOMINACIÓN CONCEPTOS CONSIDERADOS EN EL PRESUPUESTO DE OBRA POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA. INFORME PERIÓDICO DE RESIDENTE DE OBRA. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE OBRA. REQUISITOS PARA SUSTENTAR PROPIEDAD, ALQUILER U OTRAS FORMAS DE USO DE EQUIPOS Y MAQUINARIA. REQUISITOS PARA SUSTENTAR DISPONIBILIDAD Y LIBRE ACCESO AL TERRENO DONDE SE EJECUTARÁ LAS OBRAS Y A LAS CANTERAS. LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES. CONTENIDO DE INFORME TÉCNICO. CONTENIDO DE INFORME LEGAL. CONTENIDO DE INFORME PRESUPUESTARIO. INFORME DE MODIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE DE OBRA INFORME DE CONFORMIDAD. INFORME DE REVISIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO O SALDO INFORME MENSUAL DE SUPERVISIÓN Y VALORIZACIÓN. INFORME DE AMPLIACIÓN DE PLAZO. INFORME DE REPROGRAMACIÓN DE OBRA POR AMPLIACIÓN DE PLAZO. INFORME DE MAYORES GASTOS GENERALES POR AMPLIACIÓN DE PLAZO. INFORME DE CRONOGRAMA ACTUALIZADO DE OBRA. INFORME DE APROBACIÓN DE PRESTACIONES ADICIONALES DE OBRA. INFORME DE APROBACIÓN DE MAYORES METRADOS. INFORME DE LIQUIDACIÓN DE OBRA. PLAN DE TRABAJO PERSONAL REQUERIDO ACTA DE INICIO DE OBRA LISTADO DE INSUMOS A ADQUIRIR AL INICIO DE LA OBRA ACTA DE ENTREGA DE TERRENO REGISTRO DE ASISTENCIA DE PERSONAL INFORME DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL (DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA) RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE ALMACÉN CONSOLIDADO (PERIFÉRICO/ CENTRAL/ OTROS) COSTO DIRECTO / GASTOS GENERALES RESUMEN GENERAL DEL MOVIMIENTO DE ALMACÉN RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE ALMACÉN CENTRAL COSTO DIRECTO / GASTOS GENERALES RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE ALMACÉN PERIFÉRICO COSTO DIRECTO / GASTOS GENERALES RESUMEN GENERAL DE MOVIMIENTO DE OTROS ALMACENES RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE OTROS ALMACENES COSTO DIRECTO / GASTOS GENERALES RESUMEN GENERAL DE MOVIMIENTO DE ALMACÉN CONSOLIDADO (CENTRAL/PERIFÉRICO/OTROS) RESUMEN GENERAL DE MOVIMIENTO DE ALMACÉN PERIFÉRICO RESUMEN DE MAQUINARIA CONTRATADA/PROPIA MENSUAL MAQUINARIA ALQUILADA/PROPIA HORAS TRABAJADAS CONSUMO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES, REPUESTOS Y OTROS DE MAQUINARIA ALQUILADA/PROPIA (MENSUAL) HOJA DE TAREO DE PERSONAL MENSUAL Y TOTAL (SEGÚN CORRESPONDA) VALORIZACIÓN DESAGREGADA ACUMULADA MENSUAL EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL POR ESPECÍFICA DEL GASTO EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL MENSUAL CON COSTO DIRECTO Y GASTOS GENERALES RESUMEN DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL MENSUAL RESUMEN ACUMULADO DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL RESUMEN DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL ACUMULADO REAL 49 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-10 F-11 F-12 F-13 F-14 F-15 F-16 F-17 F-18 F-19 F-20 I-1 I-2 I-3 I-4 I-5 LT-1 LT-2 LT-3 LT-4 LT-5 LT-6 LT-7 LT-8 LF-1 LF-2 LF-3 LF-4A LF-4B LF-4C LF-5 LF-6 LF-6.1 LF-7 LF-8 LF-9 LF-10 LF-11 LF-12 LF-1 3 LF-14 LF-15 INFORME MENSUAL DEL RESIDENTE ACTA VALORIZADA DE BIENES SOBRANTES INFORME DE OBSERVACIONES DURANTE LA VISITA DE INICIO DE OBRA INFORME DE CONFORMIDAD PARA EL INICIO DE OBRA INFORME DE INICIO DE OBRA INFORME DE SUPERVISIÓN REGULAR INFORME FINAL INFORME DE COMUNICACIÓN RÁPIDA ACTA DE TERMINACIÓN DE OBRA MEMORIA DESCRIPTIVA VALORIZADA FORMATO DE ANÁLISIS DE COSTOS UNITARIOS CON RENDIMIENTOS REALES DE OBRA FORMATO DE INFORME FINAL DE DESARROLLO FÍSICO Y FINANCIERO RESIDENTE INFORME DEL INSPECTOR O SUPERVISOR INFORME DEL JEFE DE LA OFICINA DE SUPERVISIÓN Y MONITOREO INFORME DE CONFORMIDAD DEL ENCARGADO DE LA LIQUIDACIÓN INFORME DE COMPATIBILIDAD DEL RESIDENTE DE OBRA METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO. METRADOS DE MODIFICACIONES (ADICIONALES Y DEDUCTIVOS). METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO Y MODIFICACIONES (ADICIONALES Y DEDUCTIVAS). VALORIZACIÓN DE METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO. VALORIZACIÓN DE METRADOS DE MODIFICACIONES (ADICIONALES). VALORIZACIÓN DE METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO Y MODIFICACIONES (ADICIONALES Y DEDUCTIVOS). RESUMEN COSTO TOTAL VALORIZADO DE OBRA. RESUMEN DE VALORIZACIONES DE OBRA Y ADICIONALES POR MESES RESUMEN DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL POR LA NATURALEZA DEL GASTO RESUMEN DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL MENSUAL Y ACUMULADA TOTAL RESUMEN DE DESEMBOLSOS DEL FONDO PARA PAGOS EN EFECTIVO ANÁLISIS DETALLADO POR RUBROS DE LA ESPECÍFICA DE GASTO DE PERSONAL - REMUNERACIONES ANÁLISIS DETALLADO DE LA ESPECÍFICA DE GASTO - BIENES ANÁLISIS DETALLADO DE LA ESPECÍFICA DE GASTO - SERVICIOS RESUMEN DE EJECUCIÓN FINANCIERA INVENTARIO FINAL DE BIENES SOBRANTES - ALMACÉN CENTRAL INTERNAMIENTO DE BIENES A ALMACÉN CENTRAL RELACIÓN DE ACTIVOS FIJOS Y/O BIENES DURADEROS INGRESOS ALMACÉN BIENES DE OTROS ALMACENES SALIDA DE ALMACÉN POR TODO CONCEPTO COMPRA DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTE SALIDA DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTE VERIFICACIONES COSTO DE LA META BALANCE DEL COSTO TOTAL VALORIZADO VERSUS TOTAL REAL DE OBRA ANEXO Nº 01 Conceptos considerados en el presupuesto de obra por administración directa ESQUEMA DE PRESUPUESTO DE OBRA POR ADMNISTRACIÓN DIRECTA 50 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” RECOMENDACIONES GENERALES PARA LA FORMULACIÓN DEL PRESUPESTO DE OBRA POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA a) En el presupuesto de obra se debe considerar sólo los gastos de capital, por lo tanto, no corresponde realizar gasto corriente alguno. b) En la formulación de los costos unitarios se deben considerar los precios de los materiales, y costos de operación de las tarifas de alquiler de equipo, incluyendo el Impuesto General a las Ventas – IGV. c) Los presupuestos de las obras por administración directa no tienen utilidad y tampoco IGV, este último está incluido en los precios unitarios. d) Si se tienen que importar insumos o recursos (materiales, equipos o maquinarias) necesarios para la ejecución de la obra, deben considerarse con todos los costos e impuestos que requieran su adquisición. e) Los precios de mano de obra deben incluir todos los beneficios sociales o corresponder a la tarifa salarial de la Entidad según las diversas categorías previamente establecidas, como: capataz, operario, oficial, peón, operador de maquinaria, etc. f) En los costos operativos se deberá tener en cuenta que los gastos administrativos y técnicos deben tener relación directa con la naturaleza y desarrollo de la obra. ANEXO Nº 02 FORMATO DEL INFORME MENSUAL DEL RESIDENTE DE OBRA Los Informes Mensuales de Residencia de Obra, deberán presentarse según el siguiente detalle: 51 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Resumen Ejecutivo. A. Generalidades: 1. Nombre de la Obra: 2. Entidad: 3. Oficina de Obras por Administración Directa: 4. Secuencia Funcional: 5. Ubicación: 6. Año Presupuestal: 7. Datos Generales: 8. Modalidad de Ejecución: 9. Fuente de Financiamiento: 10. Presupuesto Aprobado: 11. Presupuesto Analítico: 12. Presupuesto Ejecutado: 13. Metas Concluidas: B. Sustento Documentario de Obra: 1. Aprobación del Expediente Técnico: 2. Acta de Entrega del Terreno (de Infraestructura): 3. Acta de Inicio de Obra: 4. Declaratoria de Viabilidad: 5. Código Único de Inversión: 6. Código INFOBRAS: C. De la Ejecución de Obra: 1. Descripción de la Obra en Ejecución 2. Registro fotográfico y de video 3. Conclusiones y Recomendaciones D. Cuadros: 1. Planilla de metrados por cada partida 2. Valorización Mensual de Obra 3. Cronograma comparado Proyectado Vs. Ejecutado 4. Planilla del personal comprometida a la Obra 5. Manifiesto de Gastos 6. Ejecución Mensualidad de Gastos por Específica 7. Cuadro de Movimiento Diario de Almacén 8. Cuadro Resumen de Almacén (Ingresos – Egresos) 9. Saldo Valorizado de Materiales 10. Reprogramación de Ejecución Física y Financiera de la Obra 11. Reprogramación de Ejecución Física en Diagrama de Barras Gantt 12. Control de equipo mecánico 13. Controles de calidad 14. Panel fotográfico y video. 15. Copias del cuaderno de Obra. Desarrollo de los Títulos Resumen Ejecutivo. A. Generalidades: 52 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 1. Nombre de la Inversión. - Colocar el nombre completo de la inversión. 2. Nombre de la Obra. - Colocar nombre completo de la obra. 3. Entidad. - Colocar nombre de la Entidad 4. Oficina de Obras por Administración Directa. - Colocar nombre de Unidad Orgánica que ejecuta el Proyecto. 5. Secuencia Funcional. - Colocar datos de la secuencia funcional: Código Función División funcional Grupo funcional Actividad/Proyecto Componente Meta 6. Ubicación. - Colocar la localidad donde se encuentra la obra, puede ser una comunidad, anexo, entre otros. Localidad Distrito Provincia Departamento 7. Año Presupuestal. - Colocar año de ejecución presupuestal. 8. Datos Generales. - colocar datos del Jefe de Proyecto, Residente de Obra, Inspector o Supervisor de Obra, Administrador de obra, Almacenero de Obra: Nombres Colegio Profesional / DNI Dirección Teléfono Email 9. Fuente de Financiamiento. - Indicar el origen del financiamiento de la obra (Canon y sobrecanon) 10. Presupuesto Aprobado. - colocar el monto aprobado según resolución de la autoridad. 11. Presupuesto Ejecutado: Según Valorización Mayores metrados Adicionales Deductivos Total, Ejecutado : S/. : S/. : S/. : S/. : S/. 12. Metas Concluidas. - Indicar las metas físicas que se han logrado con la obra al momento de la elaboración del informe. B. Sustento Documentario de Obra: 1. Aprobación del Expediente Técnico. - Documento y fecha 2. Acta de entrega del terreno. - Como referencia se coloca la fecha de entrega del terreno, lugar y las partes firmantes. 3. Acta de Inicio de Obra. - Se indica el Inicio de Obra y los participantes firmantes del acta. 4. Declaratoria de Viabilidad. - Se indica el Órgano que declara la viabilidad del PIP. 5. Código Único de Inversión. - Como referencia se coloca el número de identificación del Banco de Inversiones. C. De la Ejecución de Obra: 1. Descripción de la Obra en Ejecución. - Se presenta la siguiente información: Descripción de los trabajos realmente ejecutados durante el mes en forma sucinta. Descripción de los Recursos Humanos empleados 53 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Relación de maquinaria y equipo utilizado en la obra. - Se indicarán todas las maquinarias y equipos que tienen presencia física en la ejecución de la obra. Se debe separar maquinarias y equipos pertenecientes a la Entidad de aportes de otras fuentes. Descripción de los plazos: Fecha de Inicio de obra: Plazo de ejecución: Fecha de conclusión: Ubicación de canteras de agregados utilizados - distancia, traslado, etc. Indicar otras referidas a la ejecución de las Obras. Indicar el Aporte de Terceros - Apoyo comunal u otros. Accesibilidad. - Distancias, tiempo y tipo de movilidad. 2. Registro Fotográfico. - presentara fotografías que demuestren el avance mensual de obra. 3. Conclusiones y Recomendaciones. - Se debe indicar los avances realizados, problemas de obra relacionados con el clima, personal, equipo y otros que generen el retraso o interfieran con el normal desarrollo de las actividades, por otro lado, se debe indicar las recomendaciones que aporten para la solución de los problemas o de mejorar los trabajos a ejecutar o las medidas correctivas en caso se detecten desviaciones en las ejecuciones técnico financieras. D. Cuadros: 1. Planilla de metrados por cada partida. - Se consigna los metrados por partidas ejecutadas en las que se debe indicar las progresivas, medidas como ancho, largo, alto, etc. De acuerdo con la unidad de medida de la partida. 2. Valorización Mensual de Obra. - Son los valores obtenidos de los metrados y costos unitarios por partidas en comparación con el presupuesto base, se debe tener columnas como anterior, actual, acumulado y saldo., es una valorización Física de ejecución de obra. 3. Cronograma comparado Proyectado VS Ejecutado. - Presentado en formato de cuadro, evidencia la diferencia o igualdad entre las actividades ejecutadas en el mes comparadas con el cronograma inicial de obra, se debe presentar en un solo cuadro. 4. Planilla del personal comprometido en la Obra. - Se consigna todo el personal que este afecto a obra, o se paga con recursos de la obra. 5. Manifiesto de Gastos. - Presentado en formato de cuadro, es la representación de los gastos ejecutados justificados con documentos legales debiendo indicar el tipo de documento Boleta, factura u otros, emisor, cantidad número de boleta, factura, etc. Se colocará de acuerdo con el clasificador de gastos por específicas concordante con el presupuesto analítico de obra. 6. Ejecución Mensualizada de Gastos por Específica. - Resumen del manifiesto de gastos solamente se indicará por especifica de gasto las cantidades en nuevos soles ejecutados en el mes anterior, mes actual, acumulado y saldo comparando con el presupuesto base. 7. Cuadro de Movimiento Diario de Almacén. - Cuadro en el que se indica el destino de materiales en obra (partidas ejecutadas, que sirve de base para la formulación de los rendimientos reales de obra. 8. Cuadro Resumen de Almacén (Ingresos – Egresos) - Cuadro que reflejará el movimiento de almacén en el que se indique ingresos, egresos y saldos. 9. Saldo Valorizado de Materiales. Cuadro que visualizara el saldo de materiales, el costo unitario por material y el total de saldo de materiales en almacén. 10. Reprogramación de Ejecución Física y Financiera de la Obra. Este cuadro representa la reprogramación de ejecución física y financiera mensual de obra. 11. Reprogramación de Ejecución Física en Diagrama de Barras Gantt. 12. Control de Equipo Mecánico. - Resumen del control de equipos mecánicos extractados de los partes diarios. 13. Controles de calidad. - Se debe adjuntar los resultados de los controles de calidad como las pruebas de campo como los ensayos de laboratorio que es de norma. 14. Panel Fotográfico y Videos. - Registro fotográfico representativo de la ejecución física de obra se recomienda tomar fotografías antes, durante y final de obra, así como videos. Se entregará los negativos colocando el origen de las fotos, nombre de las obras y otros detalles. 54 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 15. Copias del cuaderno de Obra. - Se adjunta las copias del cuaderno de obra asentadas diariamente durante el mes. 55 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 56 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 57 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 58 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 59 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 60 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” ANEXO Nº 07 INFORME TÉCNICO QUE SUSTENTA EJECUCIÓN DE OBRA POR MODALIDAD DE ADMINISTRACIÓN DIRECTA [CARÁTULA] Nº [colocar el número de informe]-[Año] OBRA “[nombre completo de la obra o nombre del saldo de obra (obras reactivadas)], CUI [número de código único de inversión], código Infobras [número de código Infobras]” MES/AÑO ***** [CONTENIDO] INDICE DEL INFORME TÉCNICO 1. DATOS GENERALES 1.1. NOMBRE DEL PROYECTO 1.2. DATOS DEL CONSULTOR 1.3. UBICACIÓN DEL PROYECTO 1.4. ANTECEDENTES 2. DESARROLLO Y PROCEDIMIENTO 2.1. OBJETIVO 2.2. INTRODUCCIÓN 2.3. DE LA REVISIÓN DE LOS PLANES DE DESARROLLO DE LA ENTIDAD 2.4. DE LA REVISIÓN DE LA INVERSIÓN 2.5. DE LA REVISIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO 2.6. DE LA REVISIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA DE LA ENTIDAD 2.7. DE LA VISITA DEL TERRENO 3. CONCLUSIONES 4. RECOMENDACIONES 5. ANEXOS 5.1. SUSTENTO DOCUMENTARIO 5.2. PANEL FOTOGRÁFICO DE LA VISITA DEL TERRENO EL CONTENIDO DEL INFORME TÉCNICO PARA SUSTENTAR EJECUCIÓN DE OBRA POR MODALIDAD DE ADMINISTRACIÓN DIRECTA, ESTA ESTABLECIDO EN LA DIRECTIVA N° 017-2023-CG/GMPL ANEXO N° 07, Y ES DE CUMPLMINETO OBLIGATORIO. 61 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” ANEXO Nº 08 MODELO DE INFORME LEGAL INFORME LEGAL Nº …….. A : [NOMBRE COMPLETO] [CARGO] ASUNTO : REFERENCIA : FECHA : I. BASE LEGAL Constitución Política del Perú. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública. Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado. Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente. Ley Nº 31500, Ley que establece el carácter vinculante del Control Concurrente y adopta otras medidas necesarias para perfeccionar el funcionamiento de dicho mecanismo de control. Ley Nº 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas. Ley de presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal correspondiente. Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Decreto Legislativo Nº1584 que modifica la Ley Nº31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, Aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Decreto Supremo Nº 344-2018-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30225. Decreto Supremo Nº 345-2018-EF que aprueba la Política Nacional de Productividad y Competitividad. Decreto Supremo Nº 237-2019-EF que aprueba el Plan Nacional de Competitividad y Productividad. Decreto Supremo Nº 289-2019-EF que aprueba disposiciones para la incorporación progresiva de BIM en la inversión pública. Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01 que aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Resolución Directoral Nº 002-2021-EF/63.01 que aprueba el Plan de Implementación y Hoja de Ruta del Plan BIM Perú. Resolución de Contraloría Nº 320-2006-CG, que aprueba Normas de Control Interno. Resolución de Contraloría Nº […]-2023-CG, que aprueba Directiva de Ejecución de Obras por Administración Directa. Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01 que aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. [Otras que correspondan] Las normas señaladas incluyen sus respectivas modificaciones u otra norma que las sustituya o la reemplace, de ser el caso. II. ANTECEDENTES 62 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” [Especificar antecedentes de la obra. Especificar código Infobras de la obra. En caso la obra pertenezca a una inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de inversiones, especificar el Código Único de Inversión respectivo] III. ANÁLISIS LEGAL [Realizar análisis de las licencias, permisos, autorizaciones y otros que se requieran para la ejecución física de la obra y si se encuentran sustentados en el expediente técnico] IV. CONCLUSIONES Del análisis legal realizado en el presente informe, se concluye que el expediente técnico de la obra [NOMBRE DE LA OBRA] con código Infobraa [código Infobras], [Sí/No] cumple con sustentar la totalidad de las licencias, permisos, autorizaciones y otros que se requieren para la ejecución física de la obra, de acuerdo con el siguiente detalle: V. RECOMENDACIONES [En caso la opinión sea favorable consignar: Continuar con el trámite para a la autorización de la modalidad de ejecución de la obra por administración directa.] [En caso la opinión sea no favorable consignar: Remitir el presente informe legal a la Oficina de Obras por Administración Directa - Gerencia de Infraestructura para su conocimiento y fines.] [FIRMA] ________________________ [NOMBRE COMPLETO] [CARGO] [ENTIDAD] COLEGIATURA 63 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” ANEXO Nº 09 MODELO DE INFORME PRESUPUESTARIO HOJA INFORMATIVA Nº …….. A [CARGO] ASUNTO REFERENCIA FECHA : [NOMBRE COMPLETO] : : : I. BASE LEGAL Constitución Política del Perú. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública. Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado. Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente. Ley Nº 31500, Ley que establece el carácter vinculante del Control Concurrente y adopta otras medidas necesarias para perfeccionar el funcionamiento de dicho mecanismo de control. Ley Nº 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas. Ley de presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal correspondiente. Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Decreto Legislativo Nº1584 que modifica la Ley Nº31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, Aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Decreto Supremo Nº 344-2018-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30225. Decreto Supremo Nº 345-2018-EF que aprueba la Política Nacional de Productividad y Competitividad. Decreto Supremo Nº 237-2019-EF que aprueba el Plan Nacional de Competitividad y Productividad. Decreto Supremo Nº 289-2019-EF que aprueba disposiciones para la incorporación progresiva de BIM en la inversión pública. Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01 que aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Resolución Directoral Nº 002-2021-EF/63.01 que aprueba el Plan de Implementación y Hoja de Ruta del Plan BIM Perú. Resolución de Contraloría Nº 320-2006-CG, que aprueba Normas de Control Interno. Resolución de Contraloría Nº […]-2023-CG, que aprueba Directiva de Ejecución de Obras por Administración Directa. Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01 que aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. [Otras que correspondan] Las normas señaladas incluyen sus respectivas modificaciones u otra norma que las sustituya o la reemplace, de ser el caso. II. ANTECEDENTES 64 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” [Especificar antecedentes de la obra. Especificar código Infobras de la obra. En caso la obra pertenezca a una inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de inversiones, especificar el Código Único de Inversión respectivo] III. ANÁLISIS [Realizar análisis integral y detallado de los costos de la obra y de los recursos disponibles y proyectados por fuente de financiamiento que se dispondrán para la ejecución de la obra] IV. CONCLUSIONES Del análisis realizado en el presente informe, se concluye que la [nombre de la entidad], [Sí/No] cuenta con los recursos presupuestarios suficientes para la ejecución de la obra [NOMBRE DE LA OBRA] con código INFOBRA [código Infobras], de acuerdo con el siguiente detalle: V. RECOMENDACIONES [En caso la opinión sea favorable consignar: Continuar con el trámite para a la autorización de la modalidad de ejecución de la obra por administración directa.] [En caso la opinión sea no favorable consignar: Remitir el presente informe legal a la Oficina de Obras por Administración Directa – Gerencia de Infraestructura para su conocimiento y fines.] [FIRMA] ________________________ [NOMBRE COMPLETO] [CARGO] [ENTIDAD] 65 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 66 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 67 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 68 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 69 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 70 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 71 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 72 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 73 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 74 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 75 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 76 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 77 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 78 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 79 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 80 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 81 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 82 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 83 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” ANEXO N° 21 PLAN DE TRABAJO I. ASPECTOS GENERALES Nombre de la Inversión : …………………………………………………. CUI : …………………………………………………. Unidad Ejecutora : …………………………………………………. Presupuesto Base : …………………………………………………. Modalidad de Ejecución : …………………………………………………. Fuente de Financiamiento : …………………………………………………. Clasificación Func. Programática : …………………………………………………. Componente : …………………………………………………. Meta : …………………………………………………. Localización Geográfica: Localidad Distrito Provincia Dpto. Duración de la Inversión : …………………………………………………. Fecha de inicio : …………………………………………………. Fecha de culminación programada : …………………………………………………. Costo Total de la Inversión : …………………………………………………. Costo de la Meta Anual : …………………………………………………. Residente de Obra : …………………………………………………. Inspector/Supervisor : …………………………………………………. II. DESCRIPCION DEL PROYECTO 2.1 Antecedentes (Necesidad de su ejecución, viabilidad de PIP, aprobación de 2.2 Justificación. 2.3 Características del Proyecto. 2.4 Beneficiarios. 2.5 Resultados esperados. Expediente, etc.). III. OBJETIVOS Y METAS Objetivos a) Generales b) Específicos Metas Si la ejecución del proyecto comprende más de un ejercicio fiscal, debe precisarse la meta total y la meta anualizada que corresponda en ejecución y el saldo programado a ejecutar en el otro ejercicio presupuestal. - Metas a lograr en forma mensual - Metas a lograr en forma Trimestral - Metas a alcanzar al finalizar el Proyecto. (Las metas serán por componente y especificadas en actividades y cantidad de beneficiarios directos, en caso de tratarse de proyectos productivos, sociales, entre otros) IV. PROCEDIMIENTO Y ESPECIFICACIONES TECNICAS En este rubro debe precisarse la tecnología y técnicas a utilizar en el desarrollo de la ejecución del proyecto, de manera cualitativa a detalle y cuantitativa, en razón de que debe permitir elaborar la Memoria Descriptiva Final para la liquidación del proyecto. 84 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” V. ORGANIZACIÓN Y PLANEAMIENTO 5.1 Organización del Proyecto (Precisando los niveles de coordinación, la jerarquía vertical y horizontal que permita determinar funciones y responsabilidades. Incluir Organigrama Funcional). 5.2 Cronograma de Ejecución de Meta Física (Anexo N° 01 A). 5.3 Cronograma de utilización de los materiales (Anexo N° 01B). 5.4 Cronograma de utilización del recurso humano (Anexo N° 01C). 5.5 Cronograma de utilización de vehículos, maquinaria y equipo (Anexo N°01D). VI. PRESUPUESTO Programación de Ejecución Presupuestal (Anexo N° 01E). Programación del Requerimiento de Bienes y Servicios (Anexo N° 01F). Programación del Requerimiento del Recurso Humano (Anexo N° 01G). Presupuesto Analítico (Anexo N° 01H) VII. ANEXOS - Planos. - Diseños. - Reglamentos. - Otros a criterio del Ejecutor. _______________________________________ Nombres y Apellidos del Residente de Obra Nro. de Colegiatura (1) El plan de trabajo debe contar con el V°B° de la Oficina de Supervisión y Monitoreo, hoja por hoja, en señal de conformidad, previo a su aprobación. (2) Solamente debe ser firmado y refrendado por profesionales habilitados en el ejercicio profesional. (3) Debe encontrarse foliado desde la carátula hasta la última página. 85 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” ANEXO N°22 PERSONAL REQUERIDO (Podrá contratar el personal en función a la magnitud y tipo de inversión) EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN O IOARR PROFESIONAL - Residente I, II y III - Supervisor/Inspector I, II, III - Ingeniero de Seguridad y Salud - Asistente Técnico de obra - Especialista Profesional (Costos y presupuestos, metrados, hidrología, arquitectura, sanitarias, eléctricas, electromecánica, arqueología, ambiental, hidroquímica, telecomunicaciones, hidráulica, agronomía, geología geotecnia, gestión de riesgos, saneamiento físico legal). - Asistente Administrativo TÉCNICO - Topógrafo especializado - Topógrafo - Técnico en laboratorio - Técnico a fin al desarrollo del proyecto - Cadista - Técnico de campo - Almacenero de obra - Ayudante de laboratorio y topografía AUXILIAR - Apoyo administrativo - Chofer - Guardian - Trabajador de Servicios Nota: - El perfil y las funciones serán establecidas en el expediente técnico del proyecto de inversión. El expediente técnico podrá contemplar otros cargos según la magnitud y envergadura del proyecto. ELABORACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS PROFESIONAL - Coordinador de Expedientes Técnicos - Especialista Profesional (Costos y presupuestos, metrados, hidrología, arquitectura, sanitarias, eléctricas, electromecánica, arqueología, ambiental, hidroquímica, telecomunicaciones, hidráulica, agronomía, geología geotecnia, gestión de riesgos, saneamiento físico legal). - Asistente Técnico - Asistente Administrativo TECNICO - Técnico (topografía, suelos, metrados, cadista, voladuras y electricista AUXILIAR - Apoyo administrativo - Chofer 86 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Nota: El perfil y las funciones serán establecidas por la unidad de organización a cargo de la organización y gestión de proyectos. ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE PROYECTOS PROFESIONAL - Especialista Administrativo I - Especialista Administrativo II - Especialista Administrativo III TECNICO - Técnico Administrativo I - Técnico Administrativo II - Técnico Administrativo III AUXILIAR - Auxiliar Administrativo I - Auxiliar Administrativo II - Auxiliar Administrativo III Nota: El perfil y las funciones serán establecidas por la unidad de organización a cargo de la organización y gestión de proyectos. 87 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” ANEXO N° 01 A CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE META FÍSICA PARTIDA DESCRIPCIÓN U.M. CANTIDAD COSTO UNITARIO COSTO TOTAL CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN E F M A M J J A S O N D TOTAL 88 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” ANEXO N° 01 B CRONOGRAMA DE UTILIZACIÓN DE MATERIALES ESPECÍFICA DEL GASTO DESCRIPCIÓN U.M. CANTIDAD COSTO UNITARIO COSTO TOTAL CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN E F M A M J J A S O N D TOTAL 89 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” ANEXO N° 01 C CRONOGRAMA DE UTILIZACIÓN DEL RECURSO HUMANO CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN ESPECIF. DEL GASTO CATEGORÍA/ ESPECIALIDAD* CANTIDAD COSTO UNIT. COSTO TOTAL I TRIMESTRE ENER FEB II TRIMESTRE MAR ABR MAY III TRIMESTRE JUN JUL AGO SET IV TRIMESTRE OCT NOV DIC TOTAL * Para proyectos de infraestructura física se indicará personal obrero y sus categorías y asimismo si se trata de personal contratado por CAS la especialidad. Para los proyectos que no generan infraestructura física se precisara la profesión u ocupación técnica. 90 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” ANEXO N° 01 D CRONOGRAMA DE UTILIZACIÓN DE VEHÍCULOS, MAQUINARIA Y EQUIPO ITEM DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD A DESARROLLAR CANTIDAD I TRIMESTRE ENE FEB MAR CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN II TRIMESTRE III TRIMESTRE ABR MAY JUN JUL AGO SEP IV TRIMESTRE OCT NOV DIC TOTAL DE HORAS/ MAQ. ANEXO N° 01 E PROGRAMACIÓN DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN ASIGNACIÓN POR ESPECÍFICA DEL GASTO I TRIMESTRE TOTAL S/ ENE FEB II TRIMESTRE MAR ABR MAY III TRIMESTRE JUN JUL AGO IV TRIMESTRE SET OCT NOV TOTAL S/ DIC 91 DIRECTIVA GENERAL N° -2024-OPGE-GG-PET/GOB.REG.TACNA “Normas para la Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” ANEXO N° 01 F PROGRAMACIÓN DEL REQUERIMIENTO DE BIENES Y SERVICIOS ESPECÍF. DEL GASTO DESCRIPCIÓN U.M. CANTIDAD COSTO UNITARIO S/ COSTO TOTAL S/ CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN I TRIMESTRE ENE FEB MAR II TRIMESTRE ABR MAY JUN III TRIMESTRE JUL AGOS SET IV TRIMESTRE OCT NOV TOTAL S/ DIC 92 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” ANEXO N°01H PRESUPUESTO ANALÍTICO ESPECÍFICA DEL GASTO 2.6 2.6.2 2.6.2.3 2.6.2.3.4 2.6.2.3.4.3 2.6.2.3.4.4 2.6.2.3.4.5 DESCRIPCIÓN REQUERIMIENTO PRESUPUESTAL S/ Adquisición de activos no financieros Construcción de edificios y estructura Obras estructuras Infraestructura agrícola Costo de Construcción por administración directa - Personal Costo de Construcción por administración directa - Bienes Costo de Construcción por administración directa - Servicios TOTAL Página | 93 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-1 ACTA DE INICIO DE OBRA En el/la Localidad/Anexo/Sector..................................... del Distrito de..............., Provincia de...................., Departamento de Tacna; siendo las.............. horas, del día ......... del mes de .............. del año 20.... , se reunieron los representantes de la ………..(entidad)…… y los responsables de la ejecución de la obra, donde se ejecutará la obra denominada: “...............................................................”; que cuenta con un presupuesto de ........................... ( ......... /100 Soles); aprobado con un plazo de ejecución de............ días calendarios. Cuyo principal objetivo es..................................., a fin de llevar a cabo el acto de inicio de la obra según el Representantes de la entidad: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO Responsables de la ejecución de la obra NOMBRES Y APELLIDOS CARGO Residente Inspector/Supervisor Estando conformes con las características técnicas del expediente técnico, se procede a firmar en señal de conformidad, siendo las ……horas del día ……. de ……..de año 20.. NOMBRES Y APELLIDOS: CARGO: DNI NOMBRES Y APELLIDOS: CARGO: RESIDENTE DNI NOMBRES Y APELLIDOS: CARGO: DNI NOMBRES Y APELLIDOS: CARGO: INSPECTOR O SUPERVISOR DNI Página | 94 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-1.1 LISTADO DE INSUMOS A ADQUIRIR AL INICIO DE LA OBRA Proyecto Componente Meta Obra Residente Inspector/Supervisor Fecha N° : : : : : : : INSUMO MATERIALES UNIDAD CANTIDAD P.U PARCIAL TOTAL MES 2 MES n MAQUINARIA Y/O EQUIPO HERRAMIENTAS MANO DE OBRA COSTOS INDIRECTOS (DETALLADO) TOTAL CRONOGRAMA DE REQUERIMIENTO N° INSUMO MATERIALES UNIDAD CANTIDAD MES 1 MAQUINARIA Y/O EQUIPO HERRAMIENTAS MANO DE OBRA GASTOS GENERALES - CI Página | 95 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: F-1.2 ACTA DE ENTREGA DE TERRENO En el/la Localidad/Sector..................................... del Distrito de..............., Provincia de...................., Departamento de Tacna; siendo las.............. horas, del día ......... del mes de .............. del año 20...., se reúnen los representantes de la ………………, autoridades y servidores del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”, en el lugar donde se ejecutará la Obra denominada “.............................................................................................................................................” Contando con la asistencia de los abajo firmantes, se procedió a la "Entrega de Terreno" al Proyecto Especial "Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna", siendo recepcionado el terreno por el Ing. Residente:................................................................... El área donde se ubica el terreno tiene las siguientes características: (describir señalando dimensiones y propiedades colindantes) ................................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................... Asimismo, se verificó que el terreno es compatible con los alcances del Expediente Técnico, que corresponde a los datos señalados en el plano de ubicación y en los demás planos del Expediente Técnico, y que se encuentra disponible y libre de reclamos por parte de terceros. En señal de conformidad con los términos de la presente Acta, se procederá a suscribirla. Página | 96 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-2 REGISTRO DE ASISTENCIA DE PERSONAL Nombre del Proyecto Residente Inspector/Supervisor Fecha N° NOMBRES Y APELLIDOS : : : : HORA DE INGRESO FIRMA HORA DE SALIDA FIRMA ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: Página | 97 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-3 INFORME DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA INGRESOS, SALIDAS Y REEMPLAZOS Correspondiente al día.... del mes... del año... Nombre del Proyecto: Nombre de Responsable Técnico: N° INFORME DE INGRESO DE PERSONAL NOMBRES Y INGRESOS SALIDAS REEMPLAZOS APELLIDOS INFORME DE SALIDAS DE PERSONAL Observaciones: Este documento deberá ser presentado impreso y no será aceptado si presenta enmendaduras. ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: Página | 98 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F- 4 RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE ALMACÉN CONSOLIDADO (PERIFÉRICO/CENTRAL/OTROS) COSTO DIRECTO / GASTOS GENERALES PROYECTO ACTIVIDAD ALMACÉN MES : : : : CONSUMO (EGRESO) N° CÓDIGO ANALÍTICO DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA PRECIO UNITARIO COSTO DIRECTO CANTIDAD PARCIAL GASTOS GENERALES CANTIDAD PARCIAL CONSUMO TOTAL TOTAL ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: ASISTENTE DE RESIDENCIA NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: Página | 99 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-5 RESUMEN GENERAL DE MOVIMIENTO DE ALMACÉN PROYECTO COMPONENTE OBRA/META MES/AÑO N° CÓDIGO ANALÍTICO : : : : DESCRIPCIÓN ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: UND SALDO ANTERIOR MOVIMIENTO DEL MES ENTRADA SALIDA SALDO ACTUAL PRECIO UNITARIO GASTO TOTAL RESPONSABLE DE ALMACEN NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: Página | 100 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-5.1 RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE ALMACÉN CENTRAL COSTO DIRECTO / GASTOS GENERALES PROYECTO ACTIVIDAD ALMACÉN CONSUMO (EGRESO) N° CÓDIGO ANALÍTICO DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA PRECIO UNITARIO COSTO DIRECTO CANTIDAD PARCIAL GASTOS GENERALES CANTIDAD PARCIAL CONSUMO TOTAL TOTAL ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: ASISTENTE DE RESIDENCIA NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: Página | 101 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-5.2 RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE ALMACÉN PERIFÉRICO COSTO DIRECTO / GASTOS GENERALES PROYECTO ACTIVIDAD ALMACÉN CONSUMO (EGRESO) N° CÓDIGO ANALÍTICO DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA PRECIO UNITARIO COSTO DIRECTO CANTIDAD PARCIAL GASTOS GENERALES CANTIDAD PARCIAL CONSUMO TOTAL TOTAL ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: ASISTENTE DE RESIDENCIA NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: Página | 102 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-5.3 RESUMEN GENERAL DE MOVIMIENTO DE OTROS ALMACENES PROYECTO COMPONENTE OBRA/META MES/AÑO N° CÓDIGO ANALÍTICO : : : : DESCRIPCIÓN ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: UND SALDO ANTERIOR MOVIMIENTO DEL MES ENTRADA SALIDA SALDO ACTUAL PRECIO UNITARIO GASTO TOTAL RESPONSABLE DE ALMACEN NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: Página | 103 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-5.4 RESUMEN MENSUAL DE MOVIMIENTO VALORIZADO DE OTROS ALMACENES COSTO DIRECTO / GASTOS GENERALES PROYECTO ACTIVIDAD ALMACÉN CONSUMO (EGRESO) N° CÓDIGO ANALÍTICO DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA PRECIO UNITARIO COSTO DIRECTO CANTIDAD PARCIAL GASTOS GENERALES CANTIDAD PARCIAL CONSUMO TOTAL TOTAL ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: ASISTENTE DE RESIDENCIA NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: Página | 104 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-5.5 RESUMEN GENERAL DE MOVIMIENTO DE ALMACÉN CONSOLIDADO (CENTRAL/PERIFERICO/OTROS) PROYECTO COMPONENTE OBRA/META MES/AÑO N° CÓDIGO ANALÍTICO : : : : DESCRIPCIÓN ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: UND SALDO ANTERIOR MOVIMIENTO DEL MES ENTRADA SALIDA SALDO ACTUAL PRECIO UNITARIO GASTO TOTAL RESPONSABLE DE ALMACEN NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: Página | 105 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-5.6 RESUMEN GENERAL DE MOVIMIENTO DE ALMACÉN PERIFÉRICO PROYECTO COMPONENTE OBRA/META MES/AÑO N° CÓDIGO ANALÍTICO : : : : DESCRIPCIÓN ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: UND SALDO ANTERIOR MOVIMIENTO DEL MES ENTRADA SALIDA SALDO ACTUAL PRECIO UNITARIO GASTO TOTAL RESPONSABLE DE ALMACEN NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: Página | 106 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-6.1 RESUMEN DE MAQUINARIA CONTRATADA/PROPIA MENSUAL PROYECTO COMPONENTE OBRA/META MES/AÑO PROVEEDOR : : : : DESCRIPCIÓN HORAS TRABAJADAS ACUMULADO ACUMULADO PRECIO ALQUILER COSTO TOTALES ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: ASISTENTE DE RESIDENCIA NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: Página | 107 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-6.2 MAQUINARIA ALQUILADA / PROPIA HORAS TRABAJADAS PROYECTO : ___________________________ MAQUINARIA COMPONENTE : ___________________________ OBRA/META : ___________________________ PROVEEDOR : ___________________________ MES/AÑO : ___________________________ DIA TRABAJO REALIZADO : ___________________________ POTENCIA : ___________________________ CAPACIDAD : ___________________________ PLACA O MOTOR : ___________________________ NUMERO DE PARTE ACUMULADO HORAS TRABAJADAS MES ACUMULADO TOTAL HORAS TRABAJADAS PRECIO DE ALQUILER EN HORARIO (Depreciación horaria) (S/) COSTO TOTAL ALQUILER ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: Página | 108 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-6.3 CONSUMO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES, REPUESTOS Y OTROS DE MAQUINARIA ALQUILADA/PROPIA (MENSUAL) PROYECTO : ___________________________ MAQUINARIA COMPONENTE : ___________________________ OBRA/META : ___________________________ PROVEEDOR : ___________________________ MES/AÑO : ___________________________ DIA COMBUSTIBLE PETRÓLEO/GASOLINA LUBRICANTE Precio Unit. P. Unit. Glns. Parcial Glns. Parcial : ___________________________ POTENCIA : ___________________________ CAPACIDAD : ___________________________ PLACA O MOTOR : ___________________________ REPUESTO Unid. medida P. Unit. Parcial OTROS Unid. medida P. Unit. Parcial COSTO TOTAL S/ TOTAL Página | 109 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” RESPONSABLE DE CONTROL PRESUPUESTAL NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: F-7 HOJA DE TAREO DE PERSONAL MENSUAL Y TOTAL (Según corresponda) PROYECTO : ___________________________ : ___________________________ ___________________________ EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DIRECTA FUENTE COMPONENTE : OBRA/META : : ___________________________ ___________________________ MES/ AÑO : ___________________________ MONTO VALOR REFERENCIAL ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL : ___________________________ : ___________________________ I.- PROFESIONALES II.- ADMINISTRATIVOS II.- OBREROS CONSTRUCCIÓN P = PERMISO (PROBLEMAS FAMILIARES) f = FALTA X = ASISTENCIA D= DESCANZO EM= EQUIPO MECÁNICO Página | 110 ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: 31 30 29 28 27 26 25 24 23 22 21 20 19 18 17 15 14 13 12 11 9 8 7 6 5 4 3 CARG O 2 NOMBRES Y APELLIDOS 10 N° HOMB RES DIA DIAS 1 PERSONAL DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” RESPONSABLE DE CONTROL PRESUPUESTAL NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: F-8 VALORIZACIÓN DESAGREGADA ACUMULADA MENSUAL MES ______________ Valorización N° : ___________________________ : ___________________________ ___________________________ Ubicación del Proyecto Departamento Nombre del Proyecto Costo del Proyecto Plazo de Ejecución Fecha de Inicio : : ___________________________ : ___________________________ Provincia : ___________________________ : ___________________________ Distrito : ___________________________ Fecha de termino : ___________________________ : ___________________________ Monto de Valorización Total Metrados Costo directo total Costo indirecto total Costo total % S/ S/ S/ % AVANCE FÍSICO EJECUTADO % AVANCE Físico PROGRAMADO ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: Página | 111 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-9.1 EJECUCIÓN PRESUPUESTAL POR ESPECÍFICA DE GASTO PROYECTO : ___________________________ COMPONENTE : OBRA/META : MONTO VALOR REFERENCIAL ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL : ___________________________ : ___________________________ N° : ___________________________ ___________________________ EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DIRECTA FUENTE : ___________________________ ___________________________ MES/ AÑO : ___________________________ PARTIDA ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: DENOMINACIÓN EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL RESPONSABLE DE CONTROL PRESUPUESTAL NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: Página | 112 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-9.2 EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL MENSUAL CON COSTO DIRECTO Y GASTOS GENERALES PROYECTO : ___________________________ : ___________________________ ___________________________ EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DIRECTA FUENTE COMPONENTE : OBRA/META : : ___________________________ ___________________________ MES/ AÑO : ___________________________ MONTO VALOR REFERENCIAL ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL : ___________________________ : ___________________________ DOCUMENTO FECHA DOCUMENTO DESCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO Tipo ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: Nro. NATURALEZA DEL GASTO CÓDIGO ANALÍTIC O Mano de Obra (1) Materiales e insumos (2) Equipos y Maquinarias (3) Costo Directo (4)=(1)+(2)+(3) Gastos General es (5) TOTAL EJECUCIÓN ANALÍTICA (6)=(4)+(5) TOTALES 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 RESPONSABLE DE CONTROL PRESUPUESTAL NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: Página | 113 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-9.3 RESUMEN EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL MENSUAL PROYECTO : ___________________________ : ___________________________ ___________________________ EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DIRECTA FUENTE COMPONENTE : : ___________________________ MES/ AÑO : ___________________________ OBRA/META : ___________________________ MONTO VALOR REFERENCIAL ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL : ___________________________ : ___________________________ NATURALEZA DEL GASTO CÓDIGO ANALÍTICO DESCRIPCIÓN PRESUPU ESTO AUTORIZA DO Mano de Obra (1) Materiales e insumos (2) Equipos y Maquinarias (3) Costo Directo (4)=(1)+(2)+(3) Gastos General es (5) TOTAL EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUES TAL (6)=(4)+(5) AVANCE % 1.- TOTAL DEL MES 2.- Depreciación de Maquinaria Propia 3.- Transferencia de Materiales de Otras Obras 4.- TOTAL REAL DEL MES (1)+(2)+(3)+(4) ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: RESPONSABLE DE CONTROL PRESUPUESTAL NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: Página | 114 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-9.4 RESUMEN ACUMULADO DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL PROYECTO : ___________________________ COMPONENTE : OBRA/META MONTO VALOR REFERENCIAL ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL CÓDIGO ANALÍTICO : ___________________________ ___________________________ EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DIRECTA FUENTE : ___________________________ : ___________________________ MES/ AÑO : ___________________________ : ___________________________ : ___________________________ DESCRIPCIÓN PRESUPUESTO INICIAL PRESUPUESTO AUTORIZADO ACUMULADO ANTERIOR MES ACUMULADO ACTUAL AVANCE % TOTALES ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: Página | 115 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-9.5 RESUMEN DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL ACUMULADO REAL PROYECTO : ___________________________ : ___________________________ ___________________________ EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DIRECTA FUENTE COMPONENTE : : ___________________________ MES/ AÑO : ___________________________ OBRA/META : ___________________________ MONTO VALOR REFERENCIAL ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL : ___________________________ : ___________________________ NATURALEZA DEL GASTO CÓDIGO ANALÍTICO DESCRIPCIÓN PRESUP UESTO AUTORIZ ADO Mano de Obra (1) Materiale se insumos (2) Equipos y Maquinaria s (3) Costo Directo (4)=(1)+(2)+( 3) Gastos Genera les (5) TOTAL EJECUCIÓ N ANALÍTICA PRESUPUE STAL (6)=(4)+(5) AVANCE REAL % 1.- TOTAL DEL MES 2.- Depreciación de Maquinaria Propia 3.- Transferencia de Materiales de Otras Obras 4.- TOTAL REAL DEL MES (1)+(2)+(3)+(4) ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: RESPONSABLE DE CONTROL PRESUPUESTAL NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: Página | 116 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-10 INFORME MENSUAL DEL RESIDENTE MES___________________ PROYECTO : ________________________ COMPONENTE : ________________________ PLAZO DE EJECUCIÓN : ________________________ META : ________________________ FECHA DE INICIO : ________________________ FECHA DE TÉRMINO : ________________________ PRESUPUESTO PIA : ________________________ PRESUPUESTO PIM : ________________________ RES. DE APROB. DE PLAN DE TRABAJO RES. DESIGNAC. DE RESIDENTE : ________________________ RES. REPROGRAM. PLAN DE TRABAJO : ________________________ : ________________________ I. UBICACIÓN REGIÓN : ________________________ PROVINCIA : ________________________ DEPARTAMENTO : ________________________ DISTRITO : ________________________ Dirección/ubicación: Descripción de la Obra: II. EJECUCION DE LA OBRA 2.1 Partidas Ejecutadas Durante el Periodo ÍTEM PARTIDAS UND. METRADO Observaciones y/o comentarios Página | 117 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” (Modificación del proyecto, deductivos, ampliación presupuestal, otros) III. DOCUMENTACIÓN 3.1 Secuencia Fotográfica Fecha de la fotografía: Describir la fotografía, indicando cuál es la partida que se está ejecutando y la actividad Fecha de la fotografía: Describir la fotografía, indicando cuál es la partida que se está ejecutando y la actividad Fecha de la fotografía: Describir la fotografía, indicando cuál es la partida que se está ejecutando y la actividad 3.2 Cuaderno de Ocurrencias Copias a remitir al Inspector/Supervisor (desde la primera copia del Cuaderno de Ocurrencias, correspondiente al período del Informe, hasta el asiento donde se resume el metrado de partidas valorizadas en el mes) Del folio Al folio : : IV. AVANCE FINANCIERO CON RESPECTO A LA PROGRAMACIÓN META PRESUPUESTAL ASIG.PPTAL MONTO MES ANTERIOR PRESENTE MES Monto Monto % % AVANCE ACUMULA DO Monto % SALDO Monto % Programación Total Costo Directo Página | 118 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Gastos Generales Ejecución Total Costo Directo Gastos Generales V. AVANCE FÍSICO SEGÚN VALORIZACIONES CON RESPECTO A LA PROGRAMACIÓN META PRESUPUESTAL ASIG.PPTAL MONTO % AVANCE ACUMULA DO Monto % Marzo Abril MES ANTERIOR PRESENTE MES Monto Monto % SALDO Monto % Programación Total Costo Directo Gastos Generales Ejecución Total Costo Directo Gastos Generales VI. CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN FÍSICA ITEM 1 2 n VII. ACTIVIDADES PROGRAMADAS DESCRIPCIÓN Programado Ejecutado Programado Ejecutado Programado Ejecutado Enero Febrero Mayo n GRÁFICO DE PRESUPUESTO PROGRAMADO VS EJECUTADO PRESUPUESTO PROGRAMADO VS EJECUTADO 120% Programado 100% Ejecutado 80% 60% 40% 20% Página | 119 0% Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Set Oct Nov Dic DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” VIII. Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” ANEXOS 8.1 Valorización Desagregada Acumulada F-8 8.2 Copias del Cuaderno de Obras (Legibles) 8.3 Copias de los Certificados de Ensayos de Materiales del Mes 8.4 Formatos de Ejecución Presupuestal F-9.1, F-9.2, F-9.3, F-9.4, F-9.5, F-9.4 8.5 Formatos de Movimiento de Almacén F-4 Y F-5 8.6 Formatos de Vehículos y Maquinarias F-A.l, F-6.2 y F-4.3 8.7 Formatos de Personal F-2, F-3 y F8.8 Otros ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: Página | 120 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-11 ACTA VALORIZADA DE BIENES SOBRANTES Proyecto Componente Meta Obra Residente Inspector/Supervisor : : : : : : Mediante el presente documento los suscritos declaramos que los siguientes bienes constituyen materiales o herramientas sobrantes que serán empleados por el organismo Ejecutor a favor de la localidad beneficiaría. N° BIENES (MATERIALES, INSUMOS, PRODUCTOS, HERRAMIENTAS, ETC.) UNIDAD CANTIDAD COSTO UNITARIO (S/) COSTO PARCIAL (S/) Materiales: Herramientas: Monto Total de este Informe S/ Saldo actual después de este informe S/ Son: ______________________________________________________/100 Soles En letras ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: Página | 121 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-12 INFORME DE OBSERVACIONES DURANTE LA VISITA DE INICIO DE OBRA Obra Residente Inspector/Supervisor Fecha de la visita de inicio : : : : 1. Disponibilidad del Terreno (Dimensiones del terreno y libre disponibilidad) 2. Pronunciamiento NOTA: Este formato solo es utilizable en los casos que existan observaciones durante la visita de inicio ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: Página | 122 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-13 INFORME DE CONFORMIDAD PARA EL INICIO DE OBRA Proyecto Componente Meta Obra Residente Inspector/Supervisor Fecha de la visita de inicio Fecha de la conformidad : : : : : : : : Pronunciamiento ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: Página | 123 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-14 INFORME DE INICIO DE OBRA Provecto Componente Meta Obra Residente Inspector/Supervisor : : : : : : Según Fecha de suscripción del Acta de entrega de Terreno, fecha de inicio de Obra, otorgada la conformidad para el Inicio de la Obra y luego de suscribir el Acta de Entrega de Terreno, se da inicio a los trabajos registrándose lo siguiente. 1. Cantidad de Personal que Trabajan al Inicio de la Obra. 2. Los Insumos correspondiente son los programados. 3. Los vehículos y/o maquinarias son los requeridos, se encuentran en buenas condiciones y operatividad, así como corresponden con lo programado. 4. Las herramientas disponibles son las suficientes para el inicio de trabajos. Página | 124 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 5. Se cuenta con los implementos de seguridad y señalización adecuada para el inicio. 6. Indicar las partidas con las que se inician los trabajos. ÍTEM PARTIDA UNID. OBSERVACIONES 7. Observaciones: ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: Página | 125 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-15 INFORME DE SUPERVISIÓN REGULAR MES ..................... Proyecto Componente Meta Obra Residente Fecha de la visita anterior Fecha de la presente visita : : : : : : : 1. INFORMACIÓN RECOPILADA DURANTE LA VISITA 1.1 Las observaciones planteadas en la visita anterior, fueron subsanadas. 1.2 Número de Personal que laboraron desde la última visita a la actual. FECHA N° DE ASISTENTES POR DÍA OBSERVACIONES Periodo: Del ............................................. Al ................................. N° de días útiles del Período El número de personas que se encuentran laborando en la Obra de acuerdo a las partidas ejecutadas, al cronograma actualizado y al expediente son los adecuados. 1.3 Partidas que se vienen ejecutando. ÍTEM PARTIDA UNID. OBSERVACIONES Página | 126 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 1.4 Los Insumos, materiales y/o herramientas que se encuentran en obra, son suficientes para la continuidad de los trabajos. 1.5 Los vehículos y/o maquinarias son los suficientes para la continuidad de los trabajos. 1.6 Los rendimientos obtenidos en la obra, son registrados y se encuentran conformes de acuerdo al expediente técnico. 1.7 Las medidas de seguridad adoptadas en obra son adecuadas. 2. VALORIZACIÓN DESCRIPCIÓN MONTO % VARIACIÓN (b/a) % Importe Programado Acumulado(a) Importe Ejecutado Acumulado(b) Página | 127 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” (a) Valorización programada (estimada) a la fecha de análisis (b) Según Valorización presentada por la residencia (F-8) 3. EJECUTADO DESCRIPCIÓN MONTO % VARIACIÓN (b/a) % Importe Programado Acumulado(a) Importe Ejecutado Acumulado(b) 4. OBSERVACIONES: ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: Página | 128 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-16 INFORME FINAL Proyecto Componente Meta Obra Residente I. : : : : : GENERALIDADES 1.1 Ubicación REGIÓN : ________________________ PROVINCIA : ________________________ DEPARTAMENTO : ________________________ DISTRITO : ________________________ Dirección/Ubicación: 1.2 Presupuesto Presupuesto Original Presupuesto Vigente Mano de Obra Maquinaria y Equipo Materiales Costo Directo Costo Indirecto 1.3 Cronología de la Ejecución Fecha de Entrega de Terreno Fecha de Término Aprobada Fecha de Término Real 1.4 Plazo de la Ejecución Plazo de Ejec. Prog. Original (días útiles) Ampliación de Plazo N°1 (días útiles) Ampliación de Plazo N°2(días útiles) Ampliación de Plazo N° n(días útiles) Plazo Total Aprobado(días útiles) Plazo de Ejec. Real (días útiles) Res. Geren.N0 Fecha Res. Geren. N° Fecha Res. Geren. N° Fecha Res. Geren. N° Fecha II. CONTROL DE OBRA 2.1 Control de Personal N° De los Informes Regulares/Mensuales Fecha Periodo Del Al Horas Hombre Cantidad de Personal Observaciones Página | 129 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 2.2 Resumen de Avance Físico AVANCE PROGRAMADO S/ % AVANCE EJECUTADO S/ % Costo Directo Anterior Actual Acumulado Saldo 2.3 Resumen de Valorizaciones Mensuales MES VALORIZACIÓN PROGRAMADA VALORIZACIÓN EJECUTADA Del Mes S/ % Del Mes Acumulado S/ % S/ Variación (%) Acumulado S/ % % 2.4 Avance Financiero del Mes RUBROS Ejecutado Anterior Acumulado Presupuesto Aprobado S/ % Actual S/ % S/ Saldo Acumulado % S/ % S/ % Costo Directo Mano de Obra Materiales Herramientas Equipos Costo Indirecto Direcc. TécAdmt. TOTAL 2.5 Comparación de Avance Físico y Financiero de Mano de Obra AVANCE Anterior S/ Actual % S/ % Acumulado S/ % Saldo S/ % Físico (según valorización mensual) Ejecutado (según planillas de pago a personal tramitadas) Página | 130 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 2.6 Relación de Pruebas Efectuadas – Control de Calidad SOLICITADO RECIBIDO TIPO DE PRUEBA COMENTARIO Fecha Asiento Fecha Asiento 2.7 Cumplimiento de Compromisos Ambientales (según certificación ambiental) 2.8 Cumplimiento de Medidas de Seguridad III. COMENTARIOS REFERENTES A LA EJECUCIÓN DE LA OBRA IV. DOCUMENTACIÓN 4.1 Fotografías Fecha de fotografía: Describir la fotografía. Indicando cuál es la partida que se está ejecutando y la actividad Página | 131 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Fecha de fotografía: Describir la fotografía. Indicando cuál es la partida que se está ejecutando y la actividad Fecha de fotografía: Describir la fotografía. Indicando cuál es la partida que se está ejecutando y la actividad 4.2 Cuaderno de Obra Las copias a remitir son desde la primera copia del cuaderno de obras, correspondiente al mes del informe, incluido el asiento donde se resume el metrado de partidas valorizadas en el mes. Del folio: Al folio: V. ANEXOS 5.1 Copias del Cuaderno de Obras. 5.2 Copias de los Certificados de ensayos de materiales del mes. 5.3 Adjuntar el original del informe del residente. Página | 132 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-17 INFORME DE COMUNICACIÓN RAPIDA Proyecto Componente Meta Obra Ing. Residente Ing. Inspector/Supervisor Fecha de presentación : : : : : : : Ing.…………………………… Jefe de la Oficina de Supervisión y Monitoreo, me dirijo a Ud., para comunicarle lo siguiente: MOTIVO DE LA COMUNICACIÓN: REPROGRAMACIÓN DEL INICIO DEL PROYECTO - N° Programación de inicio de obra: Fecha: ESTADO DEL PROYECTO - Paralización de obra - Reinicio de actividades, después de una paralización: Fecha: Fecha: Motivo y/o Recomendación Término de Obra Fecha: Comentarios: Página | 133 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F – 18 ACTA DE TERMINACIÓN DE OBRA Por medio de la presente acta, los que al final suscribimos, declaramos bajo juramento que a la fecha se ha culminado la Obra ………………………..realizada por el Proyecto Especial “ Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna”. Ing. Residente a cargo de la Obra, …………………… con DNI N° …………………….… Ing. Inspector/Supervisor,………..………………………con DNI N°…………………….…. Reunidos en ……………………(Lugar, fecha y hora de la ejecución de la Obra)………………. Con la finalidad de verificar la culminación de los trabajos materia del presente convenio. Luego de revisar los planos y especificaciones técnicas aprobados por el programa, damos constancia del cumplimiento de la ejecución de Obra de acuerdo a lo expresado en el Expediente Técnico, en fe de lo cual suscribimos la presente acta de terminación de Obra. ING. RESIDENTE NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: ING. SUPERVISOR O INSPECTOR NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: Página | 134 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F – 19 MEMORIA DESCRIPTIVA VALORIZADA Proyecto Componente Meta Obra Ing. Residente Ing. Inspector/Supervisor I. : : : : : : GENERALIDADES 1.1 Ubicación Región : ________________________ Provincia : ________________________ Departamento : ________________________ Distrito : ________________________ Dirección/Ubicación: 1.2 Objetivo y Alcances del proyecto II.- PROYECTO EJECUTADO a. Descripción del Proyecto b. Descripción del Proyecto: c. Plazo de Ejecución: Plazo de ejecución inicial (días útiles) Ampliación de plazo (días útiles): Plazo de ejecución final (días útiles) III.- OBSERVACIONES: DESCRIPCIÓN RO RDR CSC DT TOTAL % Costo Directo: Mano de Obra Materiales Herramientas Equipo Maquinaria Costo indirecto: Direcc. Técn- Adm. TOTAL: Página | 135 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F-20 FORMATO DE ANÁLISIS DE COSTOS UNITARIOS CON RENDIMIENTOS REALES DE OBRA PARTIDA: RENDIMIENTO: UNID/DIA CÓDIGO MO: DESCRIPCIÓN/RECURSO EQ: UNIDAD COSTO UNITARIO POR UNID: CUADRILLA CANTIDAD PRECIO S/ PARCIAL S/ MANO DE OBRA MATERIALES EQUIPOS Y HERRAMIENTAS Nota: Los análisis de costos unitarios por partidas que intervienen en la elaboración del presupuesto, se obtendrán de los rendimientos reales, mano de obra, bienes, equipos y herramientas, precios y cantidades utilizadas en obra plasmadas en los cuadros de los anexos de la presente directiva. Página | 136 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” I–1 FORMATO INFORME FINAL DE DESARROLLO FÍSICO Y FINANCIERO RESIDENTE INFORME N° 000-20...-RESIDENTE/GI/PET A : Ing…………………………….. Gerente de Infraestructura DE : Ing.…………………………… Residente de Obra ASUNTO : LIQUIDACION DE OBRA REFERENCIA : OBRA “……………………..” PROYECTO “………………….” FECHA : …../…../ ……………………………………………………………………………………………………………………………. 1. Aspectos Generales 1.1 Proyectista 1.2 Evaluador 1.3 Capacitador 1.4 Residente 1.5 Inspector/Supervisor 1.6 Modalidad de ejecución 1.7 Cantidad de Población Beneficiaria 2. Aspectos Técnicos 2.1 Descripción de la obra ejecutada a) Avance físico ejecutado acumulado b) Plazo de ejecución c) Fecha de inicio de la obra d) Fecha de culminación prevista e) Fecha real de culminación (de ser el caso señalar las razones de la demora) f) Condición de la obra. Breve descripción de los trabajos realizados e indicar la conclusión y operatividad de la obra. Adjuntando el resultado de las pruebas de laboratorio cuando corresponda. 2.2 Modificaciones al proyecto (brevemente señalar las razones). 2.3 Ampliaciones de plazo (brevemente señalar las razones). 2.4 Problemas técnicos resueltos y/o pendientes de solución. 2.5 Señalar si se cumplió con lo establecido en el Expediente Técnico y la presente norma. Página | 137 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” 3. Aspectos económicos 3.1 Ampliaciones presupuestales si las hubiere (brevemente señalar las razones) 3.2 Señalar si se efectuaron deductivos de obra y las razones. 3.3 Avance financiero comparativo entre lo programado y lo ejecutado por partidas. Sustentar diferencias si las hubiera. 3.4 Detallar los jornales pagados por categorías. 4. Aspectos Administrativos 4.1 Aspectos de la capacitación. Señalar si fue realizada conforme a lo especificado (horas dictadas, participación de los beneficiarios, metodología, etc.) 4.2 Problemas presentados, soluciones adoptadas, recomendaciones planteadas o acciones tomadas. Por ejemplo. Sustentar situaciones excepcionales en alguno de los documentos que forman parte del expediente de liquidación. 5. Impacto Ambiental: Adjuntar informe correspondiente 6. Conclusiones. 7. Recomendaciones 8. Anexo: Se anexa el EXPEDIENTE DE LIQUIDACIÓN que consta de ………(número de hojas) folios - Memoria Descriptiva Valorizada Fotografías del proceso constructivo y culminación de la obra Acta de terminación de obra Acta de Compromiso de Operación y Mantenimiento Provisional de la Obra Acta de Inspección y prueba Minuta de declaratoria de Fábrica Valorización Final de la Obra Cuadro Resumen de movimientos de Almacén – Ingreso – Egreso. Acta valorizada de sobrantes de obra Cuaderno de obra Acta de entrega de terreno Planos o croquis de replanteo (si existieran modificaciones) Planos de ubicación y perimétrico de la obra Todos los informes del Residente, inspector o supervisor y capacitación de ser el caso. Otros documentos generados durante el proceso de ejecución del proyecto (especificar). Página | 138 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” I–2 INFORME DEL INSPECTOR O SUPERVISOR INFORME N° 000-20….-INSPECTOR/OSM/PET A : Ing………………..........................…………….. Jefe de la Oficina de supervisión y monitoreo DE : Ing.……………………..........................……… Residente de Obra ASUNTO : LIQUIDACION DE OBRA REFERENCIA : OBRA “……………............................………..” PROYECTO “………........................………….” FECHA : …../…../...... ……………………………………………………………….................................…………………………………… 1. Análisis del Aspecto Técnico. Comentario e indicar si se efectuaron observaciones y cómo se subsanaron. 2. Análisis del Aspecto Económico. Comentarios e indicar si se efectuaron observaciones y como se subsanaron. 3. Análisis del Aspecto Administrativo. Comentarios e indicar si se efectuaron observaciones y cómo se subsanaron. 4. Análisis del Aspecto Ambiental. Comentarios e indicar si se efectuaron observaciones y cómo se subsanaron. 5. Señalar las actividades desarrolladas en el seguimiento de la ejecución de la obra (por ejemplo, indicar el número de visitas a la obra y el resultado de cada visita). 6. Adjuntar Ficha Técnica detallando metas (descripción resumida), impacto en la población beneficiaría y croquis de ubicación del proyecto. 7. Habiendo revisado el expediente de liquidación de la Obra "........” elaborado por el Residente e Informe Final del Desarrollo Físico y Financiero del Proyecto de fecha. El suscrito estima conforme la aprobación. INSPECTOR O SUPERVISOR DE OBRA NOMBRES Y APELLIDOS: N° DNI: N° de Registro Profesional: Página | 139 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” I–3 INFORME DEL JEFE DE LA OFICINA DE SUPERVISIÓN Y MONITOREO INFORME N° 000-20…. - OSM/PET A : DE : ASUNTO REFERENCIA : : FECHA : Ing………………..........................…………….. Gerente General del PET Ing.……………………..........................……… Jefe de la Oficina de Supervisión y Monitoreo LIQUIDACION DE OBRA OBRA “……………............................………..” PROYECTO “………........................………….” …../…../...... …………………………………………………………………………………………………………………………… 1. Análisis del Aspecto Técnico. Comentario e indicar si se efectuaron observaciones y cómo se subsanaron. 2. Análisis del Aspecto Económico. Comentarios e indicar si se efectuaron observaciones y como se subsanaron. 3. Análisis del Aspecto Administrativo. Comentarios e indicar si se efectuaron observaciones y cómo se subsanaron 4. Análisis de la supervisión efectuada por el Inspector/Supervisor de Obra incidiendo en la parte técnica y económica. Comentarios. 5. Otros aspectos como verificar que el expediente de liquidación esté debidamente firmado y foliado en su integridad por el Residente. 6. De la revisión efectuada al expediente de liquidación de la Obra "……." elaborado por el Residente, así como del análisis de los aspectos técnicos económicos y administrativos efectuados por el Inspector/Supervisor de Obra, el que suscribe estima conforme la aprobación de la liquidación de la referida Obra. JEFE DE LA OFICINA DE SUPERVISIÓN Y MONITOREO Nota: El informe comprenderá lo relativo a la revisión del Expediente de Liquidación presentado por el Residente de Obra, así como el análisis de los aspectos técnicos, económicos y administrativos señalados en el Informe de Inspector/Supervisor. Página | 140 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” I–4 INFORME DE CONFORMIDAD ENCARGADO DE LA LIQUIDACIÓN INFORME N° 000-20….- OSM/PET A : DE : ASUNTO REFERENCIA : : FECHA : Ing………………..........................…………….. Gerente General del PET Ing.……………………..........................……… Jefe de la Oficina de Supervisión y Monitoreo LIQUIDACION DE OBRA OBRA “……………............................………..” PROYECTO “………........................………….” …../…../...... …………………..………………………………………………………………………………………………………… Es grato dirigirme a Usted, con relación a lo indicado en el asunto, para informar acerca de la Obra “.................” El Inspector/Supervisor y Residentes de la Obra “......................................” cumplieron con presentar la documentación para la liquidación sustentada en la ejecución física y financiera de la obra. El Expediente de Liquidación cuenta con el Informe de Aprobación Técnico, Económico y Administrativo del Inspector/Supervisor de Obra, Acta de Terminación de Obra, Valorización Final, Memoria Descriptiva Valorizada, etc., de acuerdo a lo que exige los Procedimientos de Liquidación, así como con los demás requisitos formales establecidos en las normas vigentes sobre la materia. Asimismo, de acuerdo a lo establecido en la presente norma cada Expediente de Liquidación cuenta con la conformidad y aprobación técnica del Jefe de la Oficina de Supervisión y Monitoreo. En mi calidad de encargado de la liquidación de Obras de la entidad y conforme a lo establecido en la presente, cumplo con informar que he revisado, verificado, evaluado y confrontado los documentos contenidos en el Expediente de Liquidación, formulando los respectivos Informes de Liquidación Técnico y Financiera con la conformidad y recomendación para la aprobación de la liquidación de los mismos. Por lo expuesto; alcanzo el expediente de Liquidación, para su suscripción y aprobación. Asimismo, adjunto los Informes de Liquidación Técnica y financiera y Expediente de Liquidación de la Obra. Es todo cuanto tengo que informar a usted. PROFESIONAL ENCARGADO DE LA LIQUIDACIÓN Página | 141 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” I–5 INFORME DE COMPATIBILIDAD INFORME N° 000-20...-RESIDENTE/GI/PET A : Ing…………………………….. Gerente de Infraestructura DE : Ing.…………………………… Residente de Obra ASUNTO : Informe de compatibilidad REFERENCIA : OBRA “……………………..” PROYECTO “………………….” FECHA : …../…../ ……………………………………………………………………………………………………………………………. Mediante el presente me dirijo a usted, para informarle sobre la compatibilidad del expediente técnico del proyecto: “…….” I. DATOS GENERALES: OBRA: “……………”. SECTOR : PLIEGO : UNID. EJECUTORA DE INV. PROYECTO : CUI : PRESUPUESTO TOTAL : FUENTE FINANCIAMIENT MODALIDAD EJECUCION PLAZO DE EJECUCION : SUPERVISOR DE OBRA : RESIDENTE DE OBRA : : S/. : : ING° ING° UBICACIÓN LOCALIDAD : DISTRITO : PROVINCIA : DEPARTAMENTO : II. ANALISIS: Luego de revisar el expediente técnico y planos del proyecto, realizamos la compatibilidad con el terreno in situ, ……..: Página | 142 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” Compatibilidad del Terreno: Compatibilidad del Expediente: DEL ESTUDIO DE SUELOS: DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS: DE LA PROGRAMACIÓN DE OBRA: DE LOS METRADOS: DE LOS PLANOS: RECOMENDACIONES Es cuanto informo para conocimiento y fines. Atentamente RESIDENTE DE OBRA Página | 143 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LT – 01 METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO UNIDAD EJECUTORA MODALIDAD PROYECTO COMPONENTE OBRA META AÑO MONTO VALOR REFERENCIAL PRESUPUESTO PROGRAMADO PARTIDA DESCRIPCIÓN : : : : : : : : : UNIDAD METRADO PRECIO UNITARIO PRECIO PARCIAL Página | 144 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LT – 02 METRADOS DE MODIFICACIONES (ADICIONALES Y DEDUCTIVOS) UNIDAD EJECUTORA MODALIDAD PROYECTO COMPONENTE OBRA META AÑO MONTO VALOR REFERENCIAL PRESUPUESTO PROGRAMADO : : : : : : : : : ADICIONAL N° 01 PARTIDA DESCRIPCIÓN UNIDAD METRADO PRECIO UNITARIO PRECIO PARCIAL UNIDAD METRADO PRECIO UNITARIO PRECIO PARCIAL DEDUCTIVO N° 01 PARTIDA DESCRIPCIÓN Página | 145 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LT – 03 METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO Y MODIFICACIONES (ADICIONALES Y DEDUCTIVOS) UNIDAD EJECUTORA MODALIDAD PROYECTO COMPONENTE OBRA META AÑO MONTO VALOR REFERENCIAL PRESUPUESTO PROGRAMADO PARTIDA DESCRIPCIÓN : : : : : : : : : UNIDAD PRECIO UNITARIO EXPEDIENTE TÉCNICO PRECIO METRADO PARCIAL ADICIONAL N 01 PRECIO METRADO PARCIAL DEDUCTIVO N°01 PRECIO METRADO PARCIAL EXPEDIENTE MODIFICADO PRECIO METRADO PARCIAL Página | 146 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LT – 04 VALORIZACIÓN DE METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO UNIDAD EJECUTORA MODALIDAD PROYECTO COMPONENTE OBRA META AÑO MONTO VALOR REFERENCIAL PRESUPUESTO PROGRAMADO PARTIDA DESCRIPCIÓN : : : : : : : : : UNIDAD PRECIO UNITARIO EXPEDIENTE TÉCNICO METRADO PRECIO PARCIAL METRADOS REALMENTE EJECUTADOS PRECIO METRADO PARCIAL SALDO METRADO PRECIO PARCIAL % Página | 147 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LT – 05 VALORIZACIÓN DE METRADOS DE MODIFICACIONES (ADICIONALES) UNIDAD EJECUTORA MODALIDAD PROYECTO COMPONENTE OBRA META AÑO MONTO VALOR REFERENCIAL PRESUPUESTO PROGRAMADO PARTIDA DESCRIPCIÓN : : : : : : : : : UNIDAD PRECIO UNITARIO ADICIONAL N° 01 METRADO PRECIO PARCIAL METRADOS REALMENTE EJECUTADOS PRECIO METRADO PARCIAL SALDO METRADO PRECIO PARCIAL % Página | 148 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LT – 06 VALORIZACIÓN DE METRADOS SEGÚN EXPEDIENTE TÉCNICO Y MODIFICACIONES (ADICIONALES Y DEDUCTIVOS) UNIDAD EJECUTORA MODALIDAD PROYECTO COMPONENTE OBRA META AÑO MONTO VALOR REFERENCIAL PRESUPUESTO PROGRAMADO PARTIDA DESCRIPCI ÓN UNIDAD : : : : : : : : : PRECIO UNITARIO EXPEDIENTE TÉCNICO METRA DO PRECIO PARCIAL ADICIONAL N 01 METRA DO PRECIO PARCIAL DEDUCTIVO N°01 METRAD O PRECIO PARCIAL EXPEDIENTE MODIFICADO METRADO PRECIO PARCIAL METRADOS REALMENTE EJECUTADOS METRAD O PRECIO PARCIAL SALDO MET RAD O PRECIO PARCIAL Página | 149 % DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LT – 07 RESUMEN COSTO TOTAL VALORIZADO DE OBRA UNIDAD EJECUTORA MODALIDAD PROYECTO COMPONENTE OBRA META AÑO MONTO VALOR REFERENCIAL PRESUPUESTO PROGRAMADO ITEM ACTIVIDAD UNIDAD : : : : : : : : : PRESUPUESTO APROBADO PRECIO METRADO PARCIAL VALORIZADOS PRECIO METRADO PARCIAL Página | 150 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LT – 08 RESUMEN DE VALORIZACIONES DE OBRA Y ADICIONALES POR MESES PROYECTO COMPONENTE OBRA META AÑO MONTO VALOR REFERENCIAL PRESUPUESTO PROGRAMADO Denominación Presupues to Inicial : : : : : : : Primera Modificació n Segunda Modificaci ón Número Modificaci ón Total ejecución MESES Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 A- OBRA PRINCIPAL COSTO DIRECTO GASTOS GENERALES (%) SUB TOTAL COSTO DE OBRA IMPUESTOS IGV TOTAL VALORACIÓN REAJUSTE MES Total valorización reajustada B. ADICIONAL DE OBRA N' 1 COSTO DIRECTO GASTOS GENERALES (%) SUB TOTAL COSTO DE OBRA MPUESTOS IGV TOTAL VALORIZACIÓN REAJUSTE MES TOTAL VALORIZACION REAJUSTADA C. ADICIONAL DE OBRA N' 2 COSTO DIRECTO GASTOS GENERALES (%) SUB TOTAL COSTO DE OBRA MPUESTOS IGV TOTAL VALORIZACIÓN REAJUSTE MES TOTAL VALORIZACION REAJUSTADA D. ADICIONAL DE OBRA N° n COSTO DIRECTO GASTOS GENERALES (%) SUB TOTAL COSTO DE OBRA MPUESTOS IGV TOTAL VALORIZACIÓN REAJUSTE MES TOTAL VALORIZACION REAJUSTADA E. DEDUCTIVO DE OBRA N° 1 COSTO DIRECTO GASTOS GENERALES (%) SUB TOTAL COSTO DE OBRA MPUESTOS IGV TOTAL VALORIZACIÓN REAJUSTE MES TOTAL VALORIZACION REAJUSTADA F. DEDUCTIVO DE OBRA N° n COSTO DIRECTO GASTOS GENERALES (%) SUB TOTAL COSTO DE OBRA MPUESTOS IGV TOTAL VALORIZACIÓN REAJUSTE MES TOTAL VALORIZACION REAJUSTADA PRESUPUESTO TOTAL INTEGRAL COSTO DIRECTO GASTOS GENERALES (%) SUB TOTAL COSTO DE OBRA MPUESTOS IGV TOTAL VALORIZACIÓN REAJUSTE MES TOTAL VALORIZACION INTEGRAL TOTAL VALORIZACION INTEGRAL REAJUSTADA Página | 151 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 1 RESUMEN DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL POR LA NATURALEZA DEL GASTO FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD – META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMONICO FUENTE DE FINANCIAMIE NTO PARTIDA DESCRIPCIÓ N : : : : : : : : : PRESUPUES TO PROGRAMA DO MANO DE OBRA MATERIALES E INSUMOS EQUIPOS Y MAQUINAR IAS COSTO DIRECTO (1) (2) (3) (4) = (1)+(2)+(3) NATURALEZA DEL GASTO GASTOS INDIRECTOS INSTRUMEN TO GASTOS ELAB. EXP. SUPERVISIÓ AMBIENTAL GENERALES TEC. N (Según corresonda) (5) (6) (7) (8) LIQUIDACI ÓN TOTAL GATOS INDIRECTOS (10)= (5)+(6)+(7)+(8)+(9) (9) TOTAL EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTA L AVANCE (%) (11)= (4)+(10) SUB TOTAL S/ SUB TOTAL S/ TOTAL A TODA FUENTE 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Página | 152 0.00 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 2 RESUMEN DE EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL MENSUAL Y ACUMULADA TOTAL FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD – META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMONICO FUENTE DE FINANCIAM IENTO PARTIDA DESCRIPCI ÓN : : : : : : : : : PRESUPUE STO PROGRAM ADO TOTAL EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUES TAL EJECUCIÓN MENSUAL DEL GASTO ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SET OCT NOV DIC TOTAL PRESUPUESTO EJECUTADO AVANCE % SALDO SUB TOTAL S/ SUB TOTAL S/ TOTAL A TODA FUENTE Página | 153 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 3 RESUMEN DE DESEMBOLSOS DEL FONDO PARA PAGOS EN EFECTIVO FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD – META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMONICO MES TOTAL S/ CP : : : : : : : : : DESEMBOLSO FECHA N° CHEQUE IMPORTE (1) 0.00 N° RENDICIONES FECHA IMPORTE (2) 0.00 SALDO (1)+(2) 0.00 Página | 154 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 4A ANÁLISIS DETALLADO POR RUBROS DE LA ESPECÍFICA DE GASTO DE PERSONAL – REMUNERACIONES FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD – META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMONICO : : : : : : : : : PROVEEDOR / BENEFICIARIO N° PARTIDA LIBRO FECHA N° COMPROBANTE DE PAGO FECHA CHEQUE SIAF CANT. U.M DESCRIPCIÓN P.U TOTAL TIPO GASTO TIPO F.F Página | 155 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 4B ANÁLISIS DETALLADO POR ESPECÍFICA DE GASTO (BIENES) FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD – META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMONICO PARTIDA PROVEEDOR / BENEFICIARIO LIBRO : : : : : : : : : N° FECHA PECOSA FECHA N° COMPROBANTE DE PAGO FECHA CHEQUE SIAF CANT. U.M DESCRIPCIÓN P.U TOTAL TIPO GASTO TIPO F.F Página | 156 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 4C ANÁLISIS DETALLADO POR ESPECÍFICA DE GASTO (SERVICIOS) FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD – META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMONICO PARTIDA PROVEEDOR / BENEFICIARIO : : : : : : : : : LIBRO N° COMPROBANTE DE PAGO FECHA N° FECHA CHEQUE CANT. SIAF U.M DESCRIPCIÓN P.U TOTAL TIPO GASTO TIPO F.F Página | 157 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 5 RESUMEN DE EJECUCIÓN FINANCIERA FUNCIÒN PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD - META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMÓNICO : : : : : : : : : EJECUCIÓN ANALÍTICA PRESUPUESTAL PARTIDA DESCRIPCIÓN RDR (09) CSC (18) TOTAL DEDUCCIONES BIENES OTROS ALMACENES (LF-9) TOTAL EJECUCIÓN INVENTARIO FINAL ALMACEN CENTRAL (LF-6) ALMACEN PERIFÉRICO (LF-6) NOTA DE ENTRADA (LF – 6.1) ACTIVOS (LF-7) TOTAL EJECUCIÓN FINANCIER A NETA 0.00 0.00 0.00 0.00 TOTAL S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Página | 158 0.00 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 6 INVENTARIO FINAL DE BIENES SOBRANTES – ALMACEN CENTRAL FUNCIÒN PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD - META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMÓNICO : : : : : : : : : COMPROBANTE DE PAGO PARTIDA PROVEEDOR / BENEFICIARIO LIBRO Nª CODIGO DE BIEN FECHA Nº FECHA CHEQUE CANT. UND DESCRIPCIÓN P.U. TOTAL SIAF Página | 159 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 6.1 INTERNAMIENTO DE BIENES A ALMACEN CENTRAL FUNCIÒN PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD - META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMÓNICO : : : : : : : : : NOTA DE ENTRADA COMPROBANTE DE PAGO PARTIDA PROVEEDOR / BENEFICIARIO LIBRO Nª FECHA CODIGO Nº FECHA CHEQUE SIAF CANT. U.M. DESCRIPCIÓN P.U. TOTAL Nª FECHA Página | 160 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 7 RELACIÓN DE ACTIVOS FIJOS Y/O BIENES DURADEROS FUNCIÒN PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD - META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMÓNICO FUENTE DE FINANCIAMIENTO : : : : : : : : : : COMPROBANTE DE PAGO PARTIDA PROVEEDOR / BENEFICIARIO LIBRO Nº PECOSA FECHA CÓDIGO Nº FECHA CHEQUE CANT U.M. DESCRIPCIÓN P.U. SIAF Página | 161 TOTAL DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 8 INGRESOS ALMACEN FUNCIÒN PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD - META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMÓNICO FUENTE DE FINANCIAMIENTO : : : : : : : : : : COMPROBANTE DE PAGO PARTIDA PROVEEDOR / BENEFICIARIO LIBRO Nª FECHA PECOSA FECHA CANT. Nº FECHA CHEQUE U.M. DESCRIPCIÓN P.U. SIAF Página | 162 TOTAL DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 9 BIENES DE OTROS ALMACENES FUNCIÒN PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD - META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMÓNICO PARTIDA TIPO DOC Nº : : : : : : : : : PECOSA FECHA CANT UND. DESCRIPCION P.U. TOTAL Página | 163 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 10 SALIDA DE ALMACEN POR TODO CONCEPTO FUNCIÒN PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD - META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMÓNICO : : : : : : : : : COMPROBANTE DE PAGO PARTIDA PROVEEDOR / BENEFICIARIO LIBRO Nª FECHA PECOSA FECHA CANT. Nº FECHA CHEQUE U.M. DESCRIPCIÓN P.U. SIAF Página | 164 TOTAL DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” F – 11 COMPRA DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTE FUNCIÓN PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD - META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMÓNICO PARTIDA PROVEEDOR / BENEFICIARIO : : : : : : : : : LIBRO Nº FECHA PECOSA FECHA COMPROBANTE DE PAGO Nº FECHA CHEQUE SIAF CANT U.M. DESCRIPCIÓN P.U. Página | 165 TOTAL DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 12 SALIDA DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTE FUNCIÒN PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD - META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMÓNICO PARTIDA PROVEEDOR / BENEFICIARIO : : : : : : : : : LIBRO Nª FECHA PECOSA FECHA COMPROBANTE DE PAGO Nº FECHA CHEQUE SIAF CANT U.M. DESCRIPCIÓN P.U. Página | 166 TOTAL DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 13 VERIFICACIONES FUNCIÒN PROGRAMA FUNCIONAL SUB PROGRAMA FUNCIONAL PROYECTO COMPONENTE FINALIDAD - META FUENTE DE FINANCIAMIENTO AÑO NEMÓNICO : : : : : : : : : DESCRIPCIÓN PARCIAL SUB TOTAL TOTAL MOVIMIENTO DE ALMACEN (Dif) 0.00 (+) INGRESOS COMPRAS, SOBRANTES, BS. TRANSITO Compras (LF – 06) Bienes de Otros Almacenes (LF-09) (-) SALIDAS Y SALDOS SALIDAS DE ALMACEN Compras (LF-10) Bienes de otros Almacenes (LF – 09) BIENES SOBRANTES S/ 0.00 MOVIMIENTOS DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES (Dif) (+) INGRESOS COMPRAS, SOBRANTES, BS, TRANSITO COMBUSTIBLE Compras (LF -11) Combustibles y lubricantes de Otros Almacenes (LF-09) (-) SALIDAS Y SALDOS Página | 167 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 14 COSTO DE LA META FUNCIÒN : PROGRAMA FUNCIONAL : SUB PROGRAMA FUNCIONAL : PROYECTO : COMPONENTE : FINALIDAD - META : FUENTE DE FINANCIAMIENTO : AÑO : NEMÓNICO : SECUENCIA REFERENCIA DESCRIPCIÓN 1 LF – 05 EJECUCIÓN FINANCIERA 2 LF – 09 (+) BIENES DE OTROS ALMACENES 3 LF – 06 (-) INVENTARIO FINAL DE BIENES SOBRANTES – ALMACEN CENTRAL 4 LF – 07 (-) ACTIVOS FIJOS O BIENES DURADEROS PARCIAL TOTAL COSTO TOTAL DE META S/ Página | 168 DIRECTIVA GENERAL N° 001 -2023-OPGE-GG/GOB.REG.TACNA “NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DEL PET” Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” LF – 15 BALANCE DEL COSTO TOTAL VALORIZADO VERSUS COSTO TOTAL REAL DE OBRA FUNCIÒN : PROGRAMA FUNCIONAL : SUB PROGRAMA FUNCIONAL : PROYECTO : COMPONENTE : FINALIDAD - META : FUENTE DE FINANCIAMIENTO : AÑO : NEMÓNICO : ITEM DESCRIPCIÓN 1 Costo Total Valorizado Actualizado 0..00 2 Costo Total Real de la Meta 0.00 DIFERENCIA (1-2) TOTAL 0.00 Página | 169