Uploaded by Julián Fernández

POWER POINT DE NORMA JURIDICA Dra. Sottano

advertisement
NORMAS JURIDICAS
Dra. Maria Elena Sottano
maria.sottano@docentes.frm.utn.edu.ar
LEYES
• NATURALEZA
Enunciativas, inmodificables
Constantes, generales
Causalidad
SER
HACER medicina, ingeniería, educación
Son verdaderas leyes, no se imponen a la conducta
• CULTURA
DEBER SER
OBRAR
NORMATIVAS
IMPUTATIVAS
COMPORTAMIENTO
HUMANO
OBLIGATORIAS
LIBRE ALBEDRIO
DRA. MARIA ELENA
SOTTANO
NORMAS DEL DEBER SER
• NORMAS RELIGIOSAS: Heterónomas, obligatorias, adhesión interna. Castigo
reservado después de la muerte.
• NORMAS MORALES: perfección de sí mismo. Universales, inmutables,
autónomas, sanción interna, sentirse mal
• NORMAS SOCIALES: reglas de conducta no escrita, heterónomas, no requieren
adhesión interna, varían por tiempo y lugar.
• NORMAS JURIDICAS: bilaterales, obligatorias, normativas, libre albedrío,
heterónomas, no requieren adhesión interna.
ELEMENTOS DE LA NORMA JURÍDICA
coerción
sanción
coacción
DRA. MARIA ELENA
SOTTANO
CLASIFICACION DEL DERECHO
• NATURAL: Deviene de la naturaleza humana y se conoce por al razón universal
inmutable.
• POSITIVO
Vigente.
• OBJETIVO
Existente.
• SUBJETIVO
Facultad de exigir de otro una determinada conducta.
ABSOLUTO
• RELATIVO
•
DRA. MARIA ELENA
SOTTANO
RAMAS DEL DERECHO
PÚBLICO
CONSTITUCIONAL
•
•
•
•
ADMINISTRATIVO
PENAL
PROCESAL CIVIL Y PENAL
INTERNACIONAL
•
•
PÚBLICO
PRIVADO
PRIVADO
CIVIL
•
•
•
COMERCIAL
TRABAJO
RURAL
DRA. MARIA ELENA
SOTTANO
CLASIFICACION DE LOS DERECHOS
CIVILES
EXTRAPATRIMONIALES:
Derechos de la personalidad(nombre, domicilio, vida)
Derechos de familia (conyugales, asistencia)
PATRIMONIALES:
Reales
Creditorios
Intelectuales
DRA. MARIA ELENA
SOTTANO
CLASIFICACION DE LOS DERECHOS CIVILES CCCN
1. DERECHOS DE LA PERSONALIDAD
2.DERECHOS SOBRE EL CUERPO HUMANO: No tienen valor comercial, sino afectivo, terapéutico, solo
pueden ser disponibles por su titular, y según lo dispongan leyes especiales, (ley ablación de órganos,
trasplante)
3.DERECHOS DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS: Tienen derecho a la posesión y propiedad de las
tierras que ocupan (art.75 inc 17 CN)
4.La persona humana es inviolable y tiene derecho al reconocimiento y respeto a la dignidad. Se afecta
la dignidad por:
• .Lesiones a su intimidad personal o familiar
• .Honor o reputación
• .Imagen o identidad
• .Menoscabo a su dignidad personal
5. DERECHO A LA IMAGEN: Se necesita el consentimiento para reproducir su imagen. Salvo:
•
Que participe de actos públicos.
•
Interés científico y se tomen los recaudos para evitar un daño innecesario
•
Ejercicio regular de informar acontecimientos de interés general
DRA. MARIA ELENA
SOTTANO
Download