lOMoARcPSD|33119825 Resumen Santo Tomás Suma de Teología Ética y política: Platón, Aristóteles y Tomás de Aquino (Universidad Adolfo Ibáñez) Escanea para abrir en Studocu Studocu no está patrocinado ni avalado por ningún colegio o universidad. Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 Para Santo Tomás, la bienaventuranza, última y perfecta, consiste en la visión y posesión de Dios (esencia divina), alcanzada a través de una vida virtuosa y en conformidad con la razón y la ley divina, de hecho recalca que solo puede estar en la visión de la esencia divina. La visión de Dios implica el conocimiento perfecto de todas las cosas. La ley divina es la ordenación de la razón divina que guía al hombre hacia Dios por medio de actos virtuosos (actos que tienden al bien en base a una recta razón que distingue el bien del mal y lo justo de lo insjuto). De esto obtenemos dos cosas, primer que el hombre no es perfectamente bienaventurado mientras le quede algo por desear, pues nosotros estamos en constante búsqueda de nuestra felicidad y queremos cumplir nuestros deseos para ello, en cambio, cuando no se tienen más deseos, implica que ya se alcanzó la felicidad plena, no se necesita más para ser feliz, pues ya se está en un estado de tranquilidad y satisfacción eterna, alcanzando la bienaventuranza perfecta, la cual solo tiene Dios por su naturaleza divina y felicidad eterna. Por otro lado hay que fijarse que la perfección de cualquier potencia se aprecia según la razón de su objeto, en este caso, la perfección del entendimiento viene de conocer su esencia, para aquello hay que entender la esencia de la causa y no del efecto, aunque por medio del efecto se sabe que si existe, si no se entiende la causa, no se llegará a la esencia de algo, pues de esto nace el deseo de saber cuál es la causa, y para alcanzar la felicidad, hay que satisfacer aquel deseo, pues cuando se conoce el efecto de algo y no se conoce su causa, se admira de ella, porque no se sabe que es, pues al percibir algo como extraordinario o superior a nosotros, lo cual nos sorprende, su causa también nos sorprende, pues al saberla, nos hace comprender aquel efecto que nos llama la atención, despierta nuestro deseo de comprenderlo mejor, si se supiera que es la causa, no produciría admiración, ya que esta hace que queramos saber, es el inicio del deseo de conocimiento. Por lo tanto, como solo Dios tiene la bienaventuranza perfecta y la perfección del entendimiento de la bienaventuranza está en comprender la esencia y al mismo tiempo es un deseo comprenderla, el ser humano solo alcanzará la verdadera bienaventuranza participando de la naturaleza divina a través de la posesión y visión de Dios. Anhelamos conocer la verdad de manera completa y definitiva, lo cual solo es posible en la visión de Dios, de lo contrario nuestro deseo será insatisfecho. Una vez satisfecho el deseo de conocer la verdad completamente, nos acercaremos a la visión de Dios, a la verdadera bienaventuranza, la causa primera es conocer a Dios como origen y fundamento de todo lo existente, hasta no conocerla, nos quedará un deseo natural, y no se alcanzará la bienaventuranza perfecta. Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 En la vida, se puede participar de la bienaventuranza, por medio de actos virtuosos, producto de una disposición habitual a la virtud (hábito bueno que inclina a obrar rectamente según la razón) y que se realiza de acuerdo con la recta razón, implica una elección consciente y voluntaria de lo que es moralmente bueno, en línea con la ley divina y la razón, pero no se puede tener la bienaventuranza verdadera y perfecta. Por un lado porque esta excluye todo mal y colma todo deseo, pues es el bien perfecto y suficiente, en cambio nosotros estamos sometidos a muchos males, como la ignorancia del entendimiento, el deseo desordenado por parte del apetito y múltiples penalidad por parte del cuerpo, al mismo tiempo el deseo de bien no puede saciarse en esta vida, ya que el hombre naturalmente desea la permanencia de los bienes (si nos hace feliz porque dejarlo), pues naturalmente los bienes terrenales son temporales y fugaces, así también sucede con la vida, deseamos una vida ininterrumpida rehuyendo la muerte, y estos límites de tiempo y vicisitudes terrenales impide la plenitud de la felicidad que se alcanza en la vida eterna, hay una fragilidad de la dicha humana y los enormes obstáculos que la acompañan. Nos podemos acercar a la bienaventuranza perfecta, pero no alcanzarla, solo Dios puede alcanzarla. La bienaventuranza perfecta consiste en la contemplación de la verdad divina (fundamento de toda verdad y conocimiento de Dios, ser que es perfecto en cuanto a virtudes y de las realidades eternas y espirituales) es algo que trasciende la capacidad de comprensión de nuestra naturaleza humana. En el ejercicio de la virtud consiste la felicidad, entre más virtuoso, más feliz, así ética y felicidad quedan unidas y ensambladas, el ejercicio moral lleva a la felicidad, y si no es así, algo falla en la vida Cuestion 18 artículo 1 El bien y el mal de las acciones se ve de acuerdo a la plenitud (ser, Estado completo de perfección o satisfacción en todas sus partes) de su esencia o por su defecto, y así como una cosa natural tiene la especie (naturaleza) en su forma, la acción la tiene por su objeto, el objeto le de plenitud a la acción, la bondad de una acción se aprecia en su objeto (a lo que tiende la facultad o potencia, al bien o al mal), bien por género o mal por género, la primera bondad o maldad proceden de su objeto, sobre si tu acción va dirigida a hacer mal o bien, la intención o finalidad hacia la que se dirige la acción. Si la acción se dirige hacia un bien, entonces será buena; si se dirige hacia un mal, será mala (se toma género en lugar de especie, así como se dice género humano, naturaleza humana, hay acciones que simplemente son del género del bien o el mal). La plenitud de la bondad no reside toda en su naturaleza, sino que se añade algo con las cosas que sobrevienen como accidentes, o en otras palabras, las circunstancias, si falta algo que se requiere para las debidas circunstancias, la Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 acción será mala, pues no cumple con los requisitos morales completos. Por ejemplo, dar limosna con dinero robado, la circunstancia es la forma en la que consiguió dinero, la rectitud moral en la obtención del dinero utilizado para dar limosna. Al obtener el dinero de manera injusta, la acción se vuelve moralmente incorrecta, pues carece de rectitud moral. Esta circunstancia hace que la acción sea moralmente incorrecta. Hay cosas que dependen de otra según su causa, así como la bondad depende del fin, por ejemplo, en el aspecto divino, la bondad no depende de un fin, pues Dios es bondadoso por esencia misma, ya que es perfecto, sin embargo, el ser humano común tienen razón de bondad que procede del fin del que dependen, cual es el objetivo de ese fin, a que se debe su causa, es por el bien en sí mismo, es interesado, obligado, etc. La acción humana puede considerarse fin en 4 niveles: 1 por el género en cuanto es acción, pues tiene tanta bondad como acción y entidad. 2 por la especie, que se recibe según el objeto conveniente. 3 por las circunstancias, como accidentes que son. 4 por el fin, según su relación con la causa de la bondad. A su vez, las acciones reciben la naturaleza de su objeto, diferente objeto es igual a diferente especie del acto, una inclinación al mal implica una especie mala en la acción y así también con lo bueno. Aunque nada que sea por accidente constituye la especie en sí misma, sino que influye en la moralidad de la acción, por ejemplo, donar dinero robado, por el hecho de donarlo no hace que la acción sea naturalmente buena en sí, o sea mala en sí, pero puede afectar su moralidad. el hecho de donar dinero ajeno no es una acción moralmente buena en sí misma, pero el accidente de donar ese dinero puede hacer que la acción sea mala si la persona sabe que el dinero es ajeno y lo dona de todas formas. En este caso, el conocimiento de la propiedad del dinero (accidente) se superpone a la acción de donar, volviéndola moralmente incorrecta. Es comprensible tu confusión. En la filosofía moral de Santo Tomás, un accidente no constituye una acción por sí mismo, pero puede influir en la moralidad de una acción al superponerse a ella. Es decir, mientras que un accidente en sí mismo no es una acción moralmente buena o mala, puede modificar la moralidad de una acción al afectar su contexto o circunstancias. Un accidente naturalmente no determina nada (la especiee como se hizo la acción es malo o bueno completamente), pero si lo podemos tomar y superponerlo, modificando la moralidad de una acción en los actos humanos el bien y el mal se dicen en relación con la razón, el bien del hombre es la esencia según la razón y el mal lo que está fuera de la razón, la diferencia de estos dos es en cuanto a su objeto relacionado con la razón, encargado de discernir de lo que está bien y lo que está mal, según que el objeto convenga o no con la razón. Que el objeto de una acción esté de acuerdo con la razón significa que la acción misma esté en línea con lo que la razón considera como bueno y correcto, según los principios de la moralidad y la rectitud y fuera de la razón lo que como lo que la razón considera malo, bien Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 es lo que conviene según su forma y mal lo que está fuera de ella y así el bien y el mal diversifican la especie de los actos morales, determinan si la naturaleza es buena o mala. Tenemos que los actos exteriores (actividad física) solo tienen razón de moralidad en cuanto son voluntarios, pues un acto humano es voluntario, y su objeto está sobre lo que se versa (que se quiere hacer materialmente con nuestra voluntad), no como el acto interior, que es la actividad mental, pues su objeto es propiamente el fin, el acto exterior recibe la especie del objeto sobre el que se versa. La especie de un acto humano se considera formalmente según el fin (actividad mental de hacer el bien) y materialmente según el objeto del acto exterior (que se hace y que tanto bien produce). El objeto de actos exteriores se pueden relacionar con el fin de dos modos, ordenado de por sí al fin y por accidente, como tomar dinero ajeno y dar limosna, pues dar limosna no es el propósito original, sino que es una respuesta a su acción previa. Articulo7 El acto humano o moral recibe su especie del objeto referido al principio de los actos humano, que es la razón, al orden de la razón, un acto será bueno según su naturaleza, más allá del fin, que es lograr el bien, la especie se refiere a que si el acto fue bueno o malo en sí, el fin se refiere al objetivo final, mientras que la especie describe cómo se realiza la acción. No obstante, puede suceder que el objeto no incluya nada perteneciente al orden de la razón, como levantar una brizna del suelo, este tipo de acto son indiferentes según su especie, su objetivo o naturaleza, que no busca ni bien ni mal, es una acción indiferente, el objetivo de un acto viene de su razonamiento, si se razona mal, el objetivo será malo y así también con el buen razonamiento. Sin embargo, un acto indiferente no viene del razonamiento, pues todo acto se ordena por la razón , individualmente hacia un fin, el cuál será bueno o malo, por lo que el acto indiferente puede ser tomado como bueno o malo moralmente, ya que la bondad no solo viene de su objeto, sino también de las circunstancias, y todo acto tiene circunstancias que nos acercan al bien o al mal, al menos desde la intención del fin, todo lo que procede de la razón deliberativa y que no esta acorde al fin debido (al bien), este se opone a la razón y tiene razón de mal, de lo contrario, razón de bien, por lo que todo acto procede de la deliberación de la razón, es decir, que sea bueno o malo, sin embargo sin no es parte de la razón deliberativa, es de la imaginación, como frotarse la barba, de ahí viene el acto indiferente, este acto no es propiamente moral o humano, pues eso es parte de la razón, y si un acto no tiene moralidad, por lo tanto no viene de la razón, sino de la imaginación, lo indiferente queda del género de actos morales. Un acto indiferente no viene de la razón ya que no implica moralidad. Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 Tenemos una única naturaleza que nos determina, la razón, pues las cosas no tienen varias naturalezas, y así como es algo específico lo que nos determina, también es lo que nos diferencia, lo que nos diferencia a los humanos es razonar bien o mal, por lo que no podría haber una diferencia por accidente que nos determine, ya que implicaría definirnos por otra naturaleza, es decir, que haya otra naturaleza en la que nos podamos diferencia, es como sr bueno por un lado y malo por el otro, y así mismo, las circunstancias (elementos externos, accidentes que no son parte de la naturaleza del acto) no determinan la naturaleza de un acto, pero si pueden influir en nuestro razonamiento, ya que el proceso de la razón no está determinado por una cosa sino por múltiples factores a considerar, dada una cosa puede proceder más allá, un accidente puede ser tomado de nuevo por la razón y ser ordenada como condición principal del objeto que determine la especie del acto, tomando en cuenta lugar, tiempo, reglas, etc, por ejemplo la especie de donar plata es buena, sin embargo, si esta fuera robada, sabemos que moralmente es incorrecto, por lo que si bien donar naturalmente es bueno, podemos tomar la circunstancia de hurto y al ser opositora al orden de la razón, y pasa a ser considerada como condición principal del objeto. Todas las veces que una circunstancia se refiere a un orden especial de la razón, a favor o en contra, ES NECESARIO QUE LA CIRCUNSTANCIA DE ESPECIEA AL ACTO BUENO O MALO , no constituye la naturaleza, pero le puede dar la naturaleza de bien o de mal al acto moral. Ahora bien, una circunstancia da especie de bien o del mal al acto moral en cuanto se refiere a un orden especial de la razón, pero no toda circunstancia se refiere al orden de la razón en bien o en mal, a no ser que se superponga otra circunstancia que si lo haga, por ejemplo tomar algo en gran cantidad o pequeña cantidad no se relaciona con el orden de razón de bien o mal, pero si se superpone otra circunstancia que si lo haga, como tomar algo ajeno, que si se opone a la razón. Por lo tanto, tomar algo en gran cantidad o pequeña cantidad lo cual añade más malicia o bondad a la especie de la acción no determina la especia de la acción ni se relaciona con el orden de la razón en bien o mal, esta es mala o buena por el hecho de tomar algo ajeno, puede agravarlo o disminuirlo, pero no hace que sea más malo o bueno, no toda circunstancia que añada bondad o malicia hace variar la especie del acto moral, esta se determina por el fin y el objeto (aquello a lo que tiene la facultad) del acto, es decir, robar. Más o menos no se relaciona con bien o mal robar es malo de por sí, va en contra de la razón. Por lo tanto, si bien tenemos que las circunstancias no pueden determinar la naturaleza del acto, si puede influir en nuestro razonamiento y así tomar la circunstancia y ser ordenada como condición principal del objeto que determina la especie del acto, superponiéndolo y afectando la evaluación en la moralidad del acto. No es la circunstancia en sí misma, sino nuestro proceso de Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 razonamiento, con la capacidad de analizar y deliberar, que llevamos la circunstancia como condición principal. Y también, si bien puede añadir malicia o bondad por medio de circunstancia sin orden de razón, como tomar cantidad, esta no cambia la especie moral del acto, que sigue siendo tomar algo ajeno en contra de la razón, la circunstancia puede ser tomar algo ajeno, lo cual hace que la especie de la acción sea mala, pero las cantidades no cambian la especie del acto, por ejemplo, una menor cantidad (aumentar bondad?) no hace que sea un acto no malo, tal vez no tan grave, pero sigue siendo malo moralmente. Sobre la virtud Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 La virtud es un hábito por el cual se obra bien, actuar virtuosamente es una sucesión de actos que tienden al bien, y el hábito puede ordenarse a un acto bueno de dos modos, primero por medio del hábito se adquiere la facultad de obrar bien, recibimos potencias, y por medio del hábito las perfeccionamos, por ejemplo uno puede saber gramática, pero eso no implica que el hombre hable siempre correctamente, esto se logra por medio del hábito de la buena gramática. Por otro lado, se tiene que un hábito se ordena a un acto bueno no solo teniendo la facultad de obrar, sino que también en cuanto que hace que uno use correctamente de ella, como la justicia. No se dice que algo es bueno en cuanto a la potencia (facultad o capacidad de hacer algo) sino cuanto está en acto, es decir, una vez que por medio de la facultad de obrar elijamos actuar bien, y así se genera un hábito por el cual se adquiera la facultad de actuar bien, virtud es la que hace bueno al que la tiene y que su obrar sea bueno (hábito de querer actuar bien). Por lo tanto, un hábito da facultad para obrar bien, pero no confiere el obrar bien, un artífice no es bueno por tener la facultad, tener la facultad no implica usarla bien. Por lo tanto, el entendimiento especulativo también es importante en el sujeto del hábito que es virtud, el entender cómo usar bien la facultad, sin embargo el sujeto del hábito que es virtud no puede serlo sino la voluntad, parte del entendimiento práctico, pues la voluntad mueve todas las potencias que son de algún modo racionales a sus propios actos. El hombre obra bien en acto principalmente por la buena voluntad. La virtud que impulsa a obrar bien en acto reside en la misma voluntad o en la potencia que es movida por la voluntad. Así también tenemos que el sujeto de la prudencia es el entendimiento práctico en orden a la recta voluntad, la que nos ayudar a discernir entre el bien y el mal, pues para tener voluntad de actuar bien, de forma recta, hay que saber que es el bien, y esta se logra mediante a la prudencia, significa que la prudencia se basa en el entendimiento práctico en orden a la recta voluntad para tomar decisiones correctas y actuar de manera virtuosa en la vida cotidiana, es decir, entender cómo actuar y querer hacerlo bien, en eso se basa la prudencia. Como tenemos que la razón mueve a la voluntad, y cuando tenemos un apetito sensitivo que solo responde a nuestros deseos no puede ser parte de la virtud, sin embargo, cuanto participan de la razón, es decir, hay una voluntad en aquel acto, si puede participar de la virtud, ya que así son principios de actos humanos en cuanto participan de la razón, es decir, en las facultades del alma (potencias) es necesario que existan virtudes. La virtud se manifiesta cuando ambos apetitos, concupiscible (superar obstáculos) y el irascible (sensitivo) están en armonía con la razón, en lugar de actuar con impulsos emocionales que no consideran el razonar, pues en esto está el actuar con prudencia, que se opone a los impulsos emocionales. La voluntad del artífice y el uso del instrumento deben estar bien dispuestos al acto, es decir, la voluntad de obrar Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 bien y el bueno uso del instrumento, así se vuelve al hábito, que por medio de este se adquiere la facultad de obrar bien, así los hábitos perfectivos también disponen de los apetitos mientras sean guiados por la recta razón. El hábito no solo implica usar una facultad, sino usarla bien por medio de actos, así se adquiere la facultad de obrar bien, el hábito, nuestros buenos actos perfeccionan las facultades para obrar. El hábito es una cualidad estable y duradera del alma que capacita a una persona para actuar de una manera particular y habitual. los hábitos virtuosos llevan a la virtud. La virtud, para él, es una disposición habitual y firme para hacer el bien, que permite a la persona llevar una vida buena y actuar correctamente en diversas situaciones. Santo Tomás distinguiría entre hábitos que son virtuosos y aquellos que no lo son. Los hábitos que no llevan a la virtud serían aquellos que no están en conformidad con la razón y la moralidad, como hacer algo de manera deficiente o incorrecta. Articulo 5 pp. 36 La voluntad puede tender hacia el bien de la razón sin la necesidad de tener virtud previa, pues la disposición hacia el bien es en ella natural, no por tener virtud previa, tu voluntad no va tender al bien, para actuar bien, no es necesario ser virtuoso previamente, la voluntad, sea cuando sea, tiende naturalmente al bien. La voluntad es la facultad o potencia del alma que elige y mueve hacia un fin. Es el poder mediante el cual una persona elige libremente entre distintas opciones y dirige sus acciones hacia un objetivo determinado. Según Santo Tomás de Aquino, la voluntad busca naturalmente lo que percibe como bueno, pero puede equivocarse en su juicio debido a la imperfección de la razón o a la influencia de pasiones desordenadas. Por lo tanto, el fin que busca la voluntad puede no ser siempre intrínsecamente bueno, aunque desde su perspectiva parezca serlo. En cambio, para alcanzar un bien divino, como la unión a Dios, se necesita ser virtuoso previamente, la voluntad solo tenderá al bien divino siendo virtuoso en cuanto a fe, caridad, etc. pues Dios es lo más perfecto y solo por medio de la perfecta virtud se puede llegar a él, el cual posee el bien supremo. Tenemos que la virtud reside en la voluntad. 1 es sujeto de 2 1 es autor de los actos de 2 o 2 reside en 1 En el caso de arte, por ejemplo, el objetivo principal es la producción de un objeto externo (obra de arte) y no la satisfacción de un deseo, crear algo bello independiente de su deseo… pp.40 Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 Respecto a la parte apetitiva del alma, que son los deseos, pasiones, emociones, parte que no razona, ante esto, el ser humano se prepara mediante la prudencia, que perfecciona la parte que no razona del alma, cuyo objeto es el bien, virtud que orienta hacia el fin último. Como esta parte del alma no razona, esta virtud la lleva a actuar en base de la razón y no dejarse llevar solo por las pasiones, y así buscar el bien de forma cte. y deliberada. Al cultivar estas virtudes se desarrollan hábitos virtuosos que le permiten tomar decisiones correctas a base de la recta razón y actuar en armonía con su naturaleza racional. Necesitamos la prudencia para elegir bien el medio correcto, y así actuar con moderación y cautela (no dejarse llevar por impulsos o acciones no éticas) Obrar bien es realizar una acción moralmente correcta de acuerdo con las virtudes y principios éticos, en cambio causar la buena obra es promover que otros realicen acciones moralmente buenas, sin necesariamente realizarlas uno mismo. Rectitud de apetito implica el ordenamiento correcto de los deseos y pasiones hacia el bien, de lo contrario no pueden ejercerse de manera plena y adecuada. Virtudes morales son hábitos que regulan acciones y pasiones según la razón y voluntad. Toda virtud que implique rectitud de apetito es principal o cardinal, las cuales, por ende, son consideradas en la virtudes morales, ya que estas regulan las acciones humanas según la razón y la recta voluntad (rectitud de apetito) orientadas hacia el bien. Las virtudes principales están colocadas entre las virtudes morales. Las virtudes que implican rectitud de apetito, como la prudencia, son morales, la cual es intelectual y moral por razón de la materia, intelectual porque implica el uso adecuado de la razón para discernir y elegir los medios adecuados para alcanzar el bien, requiere un juicio correcto y una sabiduría práctica para tomar decisiones prudentes en la vida cotidiana. Y por razón de la materia porque está relacionado con los asuntos prácticos y concretos en el propio ámbito de las virtudes morales, toma las decisiones correctas en situaciones concretas. Las virtudes principales son 4, las primeras dos, en cuanto al principio formal de la virtud el cual es el bien de la razón, en la misma consideración con la razón y racional por esencia, la prudencia. El orden de la razón se realiza en alguna otra cosa, ya sea operaciones y es racional por participación es la justicia. Ahora, en cuantos a las pasiones, ya que es necesario poner el orden de la razón en las pasiones y así no actuar en cuanto a impulsos, ya que así se repugna la razón, en cuanto a la pasión que impulsa algo contrario a la razón y es necesario que la pasión sea reprimida (apetito concupiscible) está la templanza, y en cuanto a la pasión que retrae de realizar lo que la razón dicta (pasión irascible) como es el temor de los peligros Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 y de los trabajos, es necesario que el hombre se afiance en lo que dicta la razón para que no retroceda, y así se tiene la fortaleza. Estas son llamadas principales debido por la razón de la materia y están entre las virtudes morales ya que son propias del ámbito de las virtudes morales (son hábitos que regulan acciones y pasiones según la razón y voluntad). Estas 4 virtudes se toman según las cuatro razones formales de virtud, y as otras virtudes están contenidas en estas (después seguir escribiendo) pp.45..eeijvsniun Estas virtudes se toman como representativas de ciertas condiciones generales o disposiciones del alma humana que son fundamentales para la vida moral y ética. La prudencia es rectitud de discreción (sensatez o prudencia para formar juicio y tacto para obrar o hablar) en toda clase de actos y de materias. La justicia es la rectitud de alma por la que el hombre obra lo que debe en cualquier material. La templanza es la disposición del alma que modera cualquier pasión u operación, para que no traspasen los límites debidos. La fortaleza es la disposición del alma por la que se afianza en lo que es conforme a la razón frente a cualquier ímpetu pasional o al cansancio de las operaciones….. pp.47 Otros, toman estas 4 virtudes en su determinación a materias especiales, cada una de ellas se concreta en una materia en la que es de alabar principalmente aquella condición general que da nombre a la virtud, en distintas materias, cada una funciona a su modo y son alabadas, dichas virtudes son hábitos diversos, distintos según la diversidad de objetos, según el objeto, es la virtud que se presenta. Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 La ley natural Es el orden moral (conjunto de principios y normas que rigen la conducta humana en relación con el bien y el mal, lo justo y lo injusto) inherente al ser humano, basado en la razón y que se revela en la conciencia. Los principios de la ley natural son en el orden práctico lo que los primeros principios de la demostración en el orden especulativo. ….pp.55 Naturalmente, tendemos a actuar virtuosamente, pues nos genera felicidad, y ahora bien, como la forma propia del hombre es el alma racional, todo hombre se siente naturalmente inclinado de acuerdo a la razón, pues es lo que nos determina y diferencia de los demás animales. Por lo tanto, si tendemos a actuar con la razón, todos los actos de las virtudes caerían bajo la ley natural, ya que solo por medio de la razón podemos distinguir el bien del mal, por lo que si actuamos en base a una recta razón, esta impulsa por naturaleza a actuar virtuosamente, y como tendemos a la felicidad, tenderemos a usar la recta razón para llegar a esta, ya que el razonar mal lleva a ser desdichado. La ley natural no se limita a lo instintivo o innato (algo inherente a la naturaleza humana sin necesidad de aprendizaje previo, como proteger la propia vida), incluye decisiones racionales que buscan el bien común descubierto por la razón y la virtud. Hay una elección consiente de actuar virtuosamente por medio de un proceso racional que va más allá de las inclinaciones naturales, en vez de haber actuado naturalmente, fue una idea preconcebida por mi razón, una decisión deliberada y consciente. En fin, hay mucha acciones virtuosas que no responden de manera inmediata a una inclinación natural, sino que son el resultado del proceso racional por el que los hombres buscan lo más útil para vivir bien. La razón especulativa se centra en la contemplación y el conocimiento teórico, mientras que la razón práctica se orienta hacia la acción y la aplicación de ese conocimiento en la vida diaria. Pertenece a la ley natural todo aquello a lo cual el hombre se encuentre naturalmente inclinado en cuanto a la razón. Tenemos que lo específico del hombre es que se sienta inclinado a obrar conforme a la razón, y es propio de la razón proceder de común a lo particular (primero establece principios generales y luego los aplica a casos específicos), de diferente manera, según sea la especulativa o la práctica. La razón especulativa versa principalmente sobre las cosas necesarias, que no pueden comportarse más que como lo hacen, a nivel universal, la verdad, por ejemplo, es la misma para todos, no cambia, no hay dos tipos de verdades en una situación general y particular, no admiten excepción. En cambio, la razón práctica, se encarga de operaciones humanas, las cuales descienden más a lo particular mientras más Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 excepciones tiene, mientras más accidentes tiene una situación, más excepciones tiene, por lo que esta situación particular es diferente a las otras y las decisiones que se van a tomar son distintas a las que se toman en situaciones comunes. El conocimiento particular, el orden práctico, la verdad o rectitud práctica no es la misma en todos, pues esta la adquirimos por nuestras experiencias prácticas, no como el conocimiento universal, por lo que los principios comunes, situaciones comunes que no tienes situaciones o excepciones particulares, como por ejemplo, solo matar, tanto en la razón práctica como especulativa la razón o verdad es la misma en todos e igualmente conocida por todos. Ahora si hablamos de conclusiones particulares en la razón especulativa, la verdad es la misma para todos, pero no todos la conocen por igual, por ejemplo, las matemáticas, es verdadero para todos por igual, pero es una verdad que no todos conocen. Así tenemos que en lo especulativo, tanto particular como universalmente, la razón y la verdad es la misma para todos, aunque no todos la conocen, pero de igual manera es la misma para todos. Ahora, si nos vamos a lo práctico, la razón recta es la misma en principios comunes, pero el conocimiento común difiere del particular, la experiencia particular nos da conocimiento particular, la verdad o rectitud no es la misma en todos. Común sería considerar recto y verdadero el obrar de acuerdo a la razón. En cambio como conclusión particular tendríamos que un depósito debe ser devuelto a su dueño, lo cual en la mayoría de los casos es cierto, pero que pasa si hacer esto es perjudicial, y por lo tanto, contrario a la razón devolver el depósito, por ejemplo, que hayan armas de por medio. El obrar bien sería común, pero el cómo hacerlo según las circunstancias sería particular, cuantas más condiciones se añaden mayor es el riesgo de que sea inconveniente o el devolver o el retener el depósito. El devolverlo es universal, pero las condiciones condicionan el actuar siendo particular, distintas condiciones implican distintas razones prácticas de acuerdo a ellas. conclusión Así, la ley natural es en cuanto a los primeros principios universales es la misma en todas las personas, tanto en contenido como el grado de conocimiento (especulativo y práctico). En cuanto a los preceptos particulares, como conclusiones derivadas de los principios universales, puede ser la misma en la mayor parte de los casos, pero pueden ocurrir algunas excepciones, ya sea en cuanto a la rectitud del contenido a causa de impedimentos especiales o casos que fallan las causas Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 naturales por algún impedimento, ya sea en cuanto al grado de conocimiento, debido a que algunos tienes la razón oscurecida por una pasión, por una mala costumbre o por una torcida disposición natural (la verdad es la misma para todos, pero no todos la conocen, pero ahí está). “entre los germanos no se consideraba ilícito el robo a pesar de que es expresamente contrario a la ley” Hay factores que pueden afectar nuestro obrar (la razón práctica), por lo que el buen actuar según la ley natural puede cambiar ante excepciones, condicionantes que te condicionan, sin un accidente se refiere al orden de la razón, puede ser tomado como motivo principal de nuestro actuar. Un principio general sería "mentir es incorrecto", y un caso específico sería decidir si está bien mentir para proteger a alguien de un daño inminente. A la ley natural no se le pueden sacar principios, pues estos son buenos y se inclinan al bien, y si se le llegara a agregar algo es para su mejora. Por otro lado, la ley podría cambiar por sustracción, es decir, algo que antes era de ley natural deja de serlo, y en ese sentido, la ley natural es inmutable en lo que se refiere a los primeros principios de la misma, pues los principios de la ley natural, que tienden al bien, no hay razón para sacarlos, pues sería rechazar o negar principios en relación al bien y a la justicia, sin embargo, el ser humano como razona, tiende a esto, ya que el razonar es distinguir el bien del mal. Estos son universales e inmutables, pues se basan en la naturaleza misma de las cosas, que es buscar la felicidad por medio del buen actuar y así alcanzar la bienaventuranza (en nosotros es innato la busca de la felicidad) y se basa en la razón divina (la razón divina es la fuente de la ley natural y guía moral debido a su concepción de Dios como el ser perfecto y la causa final de todas las cosas), que es la de Dios, que es perfecta y no cambia, pues los cambios son para mejorar algo y lo que es perfecto esta exento de cambios, Dios no tiene imperfecciones que cambiar, pues el ser humano naturalmente tiene el deseo de alcanzar esta perfección, que es el saber supremo de todas las cosas, Dios es el principio ordenador del universo y su voluntad es la norma suprema de la moralidad. La ley natural, según él, es una participación de la ley eterna en la mente humana, y es conocida por la razón. Esto implica que la ley natural no es arbitraria, sino que está fundamentada en la naturaleza racional y ordenada del universo, que es el reflejo de la mente divina. Eso sí, puede cambiar en algunos casos particulares, pues como ya dijimos, antes más excepciones, más particular se vuelve una Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 situación, y ante esto, hay más factores que pueden superponer ciertos accidentes como condición primera que determine la naturaleza del acto (evaluar si el acto es moralmente bueno o malo y tomar decisiones a partir de ello). Pecados Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 Un acto es humano no solo por ser realizado por un ser humano sino porque es resultado de la voluntad consiente, así, el pecado no es más que un acto humano malo, que viene de una voluntad consiente hacia el mal. Si no hay acto humano (consiente) no hay pecado. La gravedad de este se mide por la intención de la persona “Dios no se aparta del hombre por el pecado, sino en la medida en que el hombre se aparta de él” Pecar es una acción contra la ley divina, la de Dios, quien siempre obra bien, y como esta participa en la razón humana, pecar es también obrar contra ella. El ser humano obra contra su razón (que sabe distinguir el bien del mal) y contra la ley eterna de Dios cuando se decanta por los bienes de su alcance inmediato y formula preferencias que entrañan un rechazo del orden de valores establecidos por Dios. Se peca cuando se quebranta tanto el orden de la razón divina como el orden de la razón humana, es decir, se quebranta la recta razón y la capacidad de distinguir el bien del mal. La regla de la voluntad es doble, se tiene por un lado la misma razón humana y otra, la regla primera, esto es, la ley eterna, que es como la razón de Dios. Por un lado tenemos el aspecto formal en el pecado (la razón de mal) el cual implica una transgresión de la ley moral divina, que es la base de la moralidad humana, es un principio o razón general que hace que el acto sea considerado pecado (ir en contra de la ley divina, ir en contra de la visión y voluntad de Dios y su perfección revelada en las Escrituras y la tradición cristiana, es decir, el actuar en base al bien, o de otra forma, en contra de los principios divinos y morales). Por otro lado tenemos el pecado que pertenece a la sustancia del acto humano, lo cual es como material en el pecado, es decir, aspecto específico y concreto de un acto, que lo hace pecaminoso, como una acción, palabra o deseo particular. La razón humana de por sí es la llamada a poner orden, ya que tiene la capacidad de deliberar y distinguir el bien del mal, y de ella viene el actuar prudente, ella no inventa el orden, solo lo descubre. De ella se ven los medios para llegar a los fines u objetivos, en eso consiste la razón, y cuando esta se pierde, se corrompe, los medios se pierden, se desnaturalizan y se malean. La conducta humana buscar arropar la acción por medio de la acción dentro de un conjunto de circunstancias, es decir, llevar a la acción por la mejor opción, de manera virtuosa (la especie del medio sea buena) y cuando se desvía del objetivo connatural, esta se malea, se desnaturaliza y la malea. «El orden de la razón» significa, por lo menos, tres cosas: a) la acción de orientar los medios hacia el fin pertinente; b) ordenar las circunstancias conforme a la realización global de fines y medios de la acción humana; c) la Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 acción ordenadora deriva en unas exigencias éticas, esto es, en una jerarquía de valores y preferencias y en unas pautas de acción auténticamente humanizadoras. Sobre esta base se afirma que el pecado es la acción humana contraria al orden y medida de la razón. Sobre la justicia Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 La justicia particular se enfoca en las relaciones individuales entre personas, cada individuo es como una parte en relación con la comunidad o la sociedad en su totalidad, buscando equidad y armonía. Hay dos tipos de justicias, el orden de una persona privada a otra, la cual se llama justicia conmutativa, , consiste en cambios que mutuamente tienen lugar entre dos personas, siendo los cambios transacciones o intercambios que ocurren entre dos personas con el objetivo de lograr un acuerdo justo y equitativo, que cada uno reciba lo que le corresponda. La otra es la del todo respecto a las partes, el orden al que pertenece el aspecto de la comunidad en relación con cada una de las personas, este orden es el de la justicia distributiva, distribuye proporcionalmente los bienes comunes, de ahí hay dos especies de justicia. En esta justicia distributiva de los bienes comunes debe observarse moderación n lo cual lleva la dirección la justicia distributiva. En una justicia se debe a alguien lo que es común (agua) y en el otro lo que es propio. La justicia distributiva implica la asignación de bienes comunes a individuos según sus méritos y necesidades. En cuanto a la justicia distributiva, se da a una persona no en cuanto a igualdad, sino a proporción, es decir, se da a una persona tanto más de los bienes comunes cuanto más preponderancia tiene dicha persona en la comunidad, esta preponderancia se determina en la comunidad aristocrática por la virtud. Quien necesita más, se le da más, debe estar en proporción con la necesidad en comparación con la otra persona en la transacción., en ambos lugares se debe tener una proporción sesquiáltera, más no hay igualdad de exceso según la cantidad, pues el número mayor mantiene íntegro al menor y su mitad, pues por ejemplo, 6 excede a 4 en 2 y 3 excede a 2 en 1, la diferencia va aumentando proporcionalmente en 1 (proporcionalidad geométrica). En los cambios se da algo a una persona particular (justicia conmutativa) en razón de la cosa de dicha persona que ha recibido, pues hay una noción de cambio. Es preciso igualar cosa a cosa, de modo que cuanto éste tenga más de lo suyo, otro tanto restituirá a aquel a quien pertenece, hay una igual según la regla aritmética, es decir, si una persona recibe más de lo que le corresponde en un intercambio, debe restituir la cantidad excedente del otro, a tal punto de igualar, si una persona tenía cierta cantidad, es necesario que la otra persona devuelva aquello en la misma cantidad. Pues si al principio ambas partes tenían 5, y una de ellas recibe 1 de lo que es propio de la otra, una, es decir, la que recibe, tendrá 6, y a la otra le quedarán 4. Habrá, pues, justicia si se reduce a ambas al término medio, de modo que se quite 1 a la que tiene 6 y que se dé a la que tiene 4; pues de este modo tendrá Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 cada una 5, que es el medio. En un intercambio particular habrá justicia si ambas partes reciben partes iguales. La justicia trata sobre operaciones exteriores, es decir, la distribución y la conmutación, consiste en el uso de realidades exteriores (conjunto de objetos y fenómenos que existen fuera de la mente humana): cosas, personas u obras. Si se considera como materia de una y otra justicia cosas cuyo uso son las operaciones (bienes y recursos que están destinados a ser utilizados en actividades humanas, como trabajo, propiedad o bienes materiales) la materia de ambas justicias es la misma, ya que ambas se ocupan de distribuir o intercambiar cosas que son objeto de uso y operaciones humanas. Pero si tomáramos como materia de una y otra justicia las mismas acciones principales, por las cuales nos servimos de las personas, de las cosas y de las obras, entonces en una y otra justica encontraremos diversa materia, la distributiva se dirige a la distribución y la conmutativa es la que dirige los cambios que pueden darse entre dos personas. En las conmutaciones, una son involuntarias, y tras voluntarias. Involuntarias cuando alguien usa de las cosas de otro, o de su persona, o de su obra, contra su voluntad, esto puede ser por fraude (ocultamente) o por la violencia (abiertamente), y lo otro puede suceder, sin embargo, en las cosas, en la propia persona o en la persona de un allegado (persona que está cercana emocionalmente o que tiene una relación estrecha). Primero, en las cosas, si uno sustrae las de otro ocultamente, lo que se llama hurto; pero si lo hace públicamente, entonces se denomina rapiña o robo. Segundo, en la misma persona, en cuanto que es atacada ya en su existencia, ya en su dignidad. En cuanto a la existencia de la persona, ésta es atacada ocultamente hiriéndola, matándola con alevosía o envenenándola; en cambio, abiertamente, matándola públicamente, encarcelándola, azotándola o mutilándole algún miembro. En cuanto a la dignidad, es dañado alguien ocultamente por falsos testimonios o detracciones, con que se le priva de su reputación; y manifiestamente, por la acusación en juicio o cubriéndole de injurias. Tercero, en cuanto a la persona allegada, si uno puede ser dañado en su esposa (le cometen una injusticia por medio de su esposa), la mayoría de las veces secretamente por medio del adulterio, y en el siervo, cuando alguien soborna a éste para que se separe de su amo; cosas estas que también pueden ejecutarse con publicidad (quien soborna al ciervo y se mete con la esposa, comete la injusticia). Y la misma razón existe respecto de otras personas Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 allegadas, contra las que también pueden realizarse injurias de todas las clases, como también contra la persona principal (no solo se comete injustica contra uno, sino que también a la persona allegada). Pero el adulterio y la seducción del siervo, si bien son propiamente injurias frente a estas personas, sin embargo, puesto que el siervo es cierta posesión del señor, tal violación de la justicia se reduce al hurto. Las conmutaciones se llaman voluntarias cuando una persona transfiere a otra voluntariamente lo que es suyo. Si le transmite simplemente la cosa suya sin débito, como en la donación, no hay un acto de justicia, sino de liberalidad (sino se adeuda, si la otra persona no le debe devolver aquello, no tendrá que haber un acto de justicia, es como un regalo). Mas la transferencia voluntaria pertenece a la justicia en tanto en cuanto hay algo en ella por razón de débito (obligación moral de pagar o devolver algo), lo cual puede suceder de tres modos: primero, cuando alguien transmite simplemente una cosa suya a otro en compensación de una propiedad del otro, como sucede en la compraventa. Segundo, cuando alguien entrega a otro alguna cosa propia, concediéndole el uso de ella con la obligación de devolverla; si se concede el uso de la cosa gratuitamente, se llama usufructo en las cosas que algo producen (producen algo útil o beneficioso, como cultivos, maquinas, terrenos, etc), o simplemente mutuo o comodato en las que no producen, como son el dinero, vasijas y cosas semejantes. Pero si ni aun este uso se concede gratuitamente, se tiene locación y arrendamiento. Tercero, cuando alguien entrega una cosa como para recuperarla y no por razón de su uso, sino de su conservación, como en el depósito, o a título de obligación (conservarlo mientras no estoy), como cuando uno entrega una cosa suya en prenda o sale fiador de otro. (Se refiere a situaciones en las que alguien ofrece algo propio como garantía o respalda la obligación de otra persona), se entrega algo no para qu sea usado, sino para recuperarlo en el futuro (expectativa) como una garantía de una transacción o una inversión (implica asumir una responsabilidad en nombre de alguien más, similar a invertir recursos propios en algo que puede generar un retorno.) En todas las acciones de este género, ya voluntarias, ya involuntarias, existe un mismo módulo para determinar el término medio, según la igualdad de la compensación, y por esto todas estas acciones pertenecen a una sola especie de justicia, es decir, la conmutativa. en el caso de la justicia conmutativa, la materia es la misma, ya que implica intercambios equitativos entre personas. Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 Lo recibido en retribución implica igualdad de compensación entre lo que se recibe y la acción precedente; lo cual se dice que tiene lugar con máxima propiedad en las acciones injuriosas con que alguno hiere a la persona del prójimo; como, por ejemplo, si un hombre golpea a otro, que sea golpeado a su vez. En la ley mosaica se determina esta especie de justicia: Pagarás vida por vida, ojo por ojo... (Ex 21,23). Mas, puesto que quitar una cosa del otro es realizar una acción injusta, quitar es siempre injusto, por lo tanto debe haber un castigo que inflija daño y que la otra persona sea perjudicada por robar en base a reciprocidad. Por ello, secundariamente, también se puede hablar de cumplir la reciprocidad, es decir, en cuanto que cualquiera que haga daño a otro en sus bienes ha de ser, a su vez, perjudicado; y esta justicia también es recogida en la ley antigua: Si alguien hubiere hurtado buey u oveja y los matare o vendiere, restituirá cinco bueyes por un buey y cuatro ovejas por una oveja Se aplica en tercer lugar esta denominación de recibido en reciprocidad a los cambios voluntarios, en los que hay por una y otra parte acción y pasión; pero la voluntariedad disminuye aquí por razón de pasión, como se ha dicho (una pasión puede influir al distorsionar el juicio o la percepción, llevando a decisiones irracionales o impulsivas en una situación emocionalmente cargada. En este contexto, la reciprocidad se refiere a los intercambios voluntarios en los que ambas partes están involucradas activamente, tanto en la acción como en la reacción, si causas daño, debes causar daño equivalente pero justifica el robo, solo debes perjudicarlo así como tú te viste perjudicado. Pero, en todos estos casos, debe hacerse, según la naturaleza de la justicia conmutativa, la compensación conforme a la igualdad, es decir, de modo que la reacción sea igual a la acción. Pero no tendría lugar siempre esa igualdad si alguien experimentase la misma especie de mal que a su vez hizo, porque, en primer lugar, cuando uno ofende injuriosamente a la persona de otro de más alta categoría, es mayor la acción que la pena de la misma especie que él habría de padecer en retribución; por lo cual, al que hiere al príncipe no sólo debe infligírsele igual daño, sino que, además, debe ser castigado más severamente. (Es más grave lo que hizo (ofender al presidente) que el castigo igualitario que debería recibir (otro insulto), este recibirá un castigo mayor por lo que hizo, pues fue más grave la acción injuriosa que la misma pena injuriosa que podría recibir de vuelta. Igualmente también, cuando alguien perjudica a otro en sus bienes sin su consentimiento, mayor es la acción que sería la retribución si solamente se le quitase aquella cosa que él arrebató, pues el que dañó a otro en lo suyo en nada propio quedaría perjudicado; y por esto se le castiga a que restituya una Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com) lOMoARcPSD|33119825 mayor cantidad, porque no sólo perjudicó a una persona privada, sino al Estado, violando la seguridad de su tutela. (Aparte de devolver lo que tomó, no sería perjudicado por solo devolver algo que no le pertenecía, por lo que aparte de retribuir, será perjudicado, pues al final él robó y perjudicó, por lo tanto, aparte de retribuir, será perjudicado y castigado, ya que solo devolver no es un castigo, debe haber un castigo en cuanto a la acción). Tampoco, asimismo, en las transacciones voluntarias la retribución sería siempre igual si uno diera cosa suya recibiendo la de otro, porque tal vez ésta sea mucho mayor que la suya. Por eso es preciso en los cambios igualar la contraprestación a la acción, según cierta medida proporcional, por lo cual se inventaron las monedas (intercambio más equitativo y ver cuánto vale cada cosa, por ejemplo, como saber que dos cerdos son iguales a una vaca, pues con el valor de las monedas se adquiere cierto valor concreto a cada cosa, nosotros le damos el valor a cada cosa de forma numérica) De este modo, la reciprocidad en las prestaciones es lo justo conmutativo. Mas, en la justicia distributiva, esto no tiene lugar, puesto que en ésta no se determina la igualdad según la proporción de cosa a cosa, o de acción a pasión —de ahí que se llame contrapasión—, sino según la proporción.alidad de cosas a personas, como ya se ha dicho Descargado por Matias Barrera (mati.barrera11@gmail.com)