NOMBRE DE LA DEPENDENCIA O CARRERA HASTA DOS LÍNEAS UNIDAD 1 Introducción al Sistema Jurídico Peruano NOMBRE DEL CURSO HASTA EN 2 LÍNEAS CICLO | FECHA Agenda 1. ¿Por qué estudiar derecho? 2. ¿Qué es el Derecho? 3. ¿Cuáles son las Ramas del Derecho? 4. ¿Qué es una fuentes de Derecho? 5. ¿Qué es la Norma Jurídica? 6. Estructura de la Legislación Peruana 7. Tribunal Constitucional 8. Procesos Constitucionales 9. Estructura de los Poderes del Estado 10. Contenido de la Constitución de 1993 11. Régimen Económico en la Constitución de 1993 1. ¿Por qué estudiar derecho ? El Derecho ha sido creado para reconocer las libertades de las y los ciudadanos, para ordenar la convivencia social y para promover un haz de derechos que haga posible que las personas naturales y jurídicas persigan su pleno desenvolvimiento, mediante aquello que estimen valioso. En ese marco, un canon fundamental de cualquier ordenamiento legal contemporáneo es la justicia y la equidad. Ricardo León Pastor Doctor Derecho 2. ¿Qué es el Derecho? Lo que es recto, directo. Lo que legítimamente pertenece a una persona. El poder que se tiene para conservar, disponer y utilizar lo suyo con exclusión de otros dentro de los límites de la Ley. El conjunto de ciencias del derecho ocada una de ellas. 3. ¿Cuáles son las ramas del Derecho? Ramas Tradicionales: • Derecho Público • Derecho Privado 3. ¿Cuáles son las ramas del Derecho? DERECHO PUBLICO: •Referente al Estado y a su organización. •Normas que amparan el interés general o colectivo y que buscan el funcionamiento del grupo social •Imperativo •Ramas: constitucional, administrativo, financiero, municipal, penal, procesal, internacional público. DERECHO PRIVADO: • Regula el interés individual o de los particulares. • Regula relaciones ente particulares y el Estado. • Voluntad de las partes. • Ramas: Civil, mercantil, societario, minero, rural, internacional privado. 4. ¿Qué es una Fuente del Derecho? “En su expresión más simplificada, fuente formal de Derecho es aquel procedimiento a través del cual se producen, válidamente, normas jurídicas que adquieren el rasgo de obligatoriedad propio del Derecho y, por lo tanto, la característica de ser impuestas legítimamente a las personas mediante los instrumentos de coacción del Estado.” Marcial Rubio Correa Rubio Correa, Marcial. (2009). El Sistema Jurídico. Introducción al Derecho. 10ma ed. Lima: Fondo Editorial PUCP. Recuperado de: http://www.osterlingfirm.com/Documentos/webma%20%20copia/EL%20SISTEMA%20JUR%C3%8DDICO%20Introduci%C3%B3n%20al%20Derecho%20%20Marcial%20Rubio%20Correa.pdf 4. Fuentes del Derecho La ley La costumbre La jurisprudencia La doctrina 5. ¿Qué es la Norma Jurídica? “(…) la norma jurídica es un mandato de que a cierto supuesto debe seguir lógico jurídicamente una consecuencia, estando tal mandato respaldado por la fuerza del Estado para el caso de su eventual incumplimiento.” “La norma jurídica asume así la forma de una proposición implicativa cuya esquematización sería la siguiente: SC (Si S, entonces C)” Rubio Correa, Marcial. (2009). El Sistema Jurídico. Introducción al Derecho. 10ma ed. Lima: Fondo Editorial PUCP. Recuperado de: http://www.osterlingfirm.com/Documentos/webma%20%20copia/EL%20SISTEMA%20JUR%C3%8DDICO%20Introduci%C3%B3n%20al%20Derecho%20%20Marcial%20Rubio%20Correa.pdf 6. Estructura de la Legislación Peruana CONSTITUCIÓN LEY / DECRETOS LEGISLATIVOS/D- LEYES/ ORDENANZAS/ DECRETOS URGENCIA DECRETO SUPREMOS RESOLUCIONES 6. Estructura de la Legislación Peruana: La Constitución Tiene la más alta jerarquía dentro del ordenamiento legal. Para garantizar su supremacía se han establecido las Garantías Constitucionales. El Tribunal Constitucional. Supremacía jerárquica de la Constitución: https://larepublica.pe/politica/620119-fiscal-de-la-nacion-tc-va-a-declara-ilegal-ordenanza-regional-que-prohibeproyecto-conga/ 6. Estructura de la Legislación Peruana: La LEY Son el segundo rango dentro de la legislación nacional correspondiente al Gobierno Central, inmediatamente debajo de la Constitución. Le corresponde otorgarlas al Congreso. La Ley tiene primacía sobre toda norma de inferior jerarquía (excepto la Constitución naturalmente) La ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario oficial salvo que el la misma postergue más su vigencia. 6. Estructura de la Legislación Peruana: El Decreto Legislativo Son normas con rango de Ley. El Congreso delega la función legislativa en el Ejecutivo. La materia delegada debe ser especificada. El plazo de delegación es determinado. 7. Tribunal Constitucional El TC es el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad. Es autónomo e independiente de los demás órganos constitucionales. Se encuentra sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica. • Actuales miembros del Tribunal Constitucional: • https://www.tc.gob.pe/institucional/pleno/ 7. Tribunal Constitucional • Nueva presidenta del Tribunal Constitucional: • https://peru21.pe/politica/quien-es-marianella-ledesma-la-primera-mujeren-asumir-la-presidencia-del-tribunal-constitucional-noticia/ 8. Procesos Constitucionales DEFENSAS reconocidas en la constitución contra la violación o amenaza de los derechos constitucionales y contra las normas que se enfrentan u oponen a la constitución. Tienen por finalidad retrotraer las cosas al estado anterior a la amenaza o violación de un derecho constitucional. La Constitución los denomina "Acciones de Garantía”. Sin embargo, conforme al Código Procesal Constitucional, se trata de procesos constitucionales. 8. Procesos Constitucionales El Proceso de Hábeas Corpus. El Proceso de Amparo. El Proceso de Hábeas Data. El Proceso de Inconstitucionalidad. La Acción Popular. El Proceso de Cumplimiento. 8. Procesos Constitucionales: Habeas Corpus Es un proceso que se lleva a cabo cuando se vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos A ella. Se puede dar por acción (comportamiento activo) u omisión (comportamiento pasivo) de una autoridad, funcionario o persona Procede también en los casos de afectación de: La libertad de conciencia y de religión, El derecho a no ser violentado para obtener declaraciones, No ser exiliado o desterrado o confinado sino por sentencia firme, No ser secuestrado, No ser detenido por deudas, entre otros. Derechos comprometidos: Seguridad e integridad personal, detención arbitraria, incomunicación, privación de defensa legal al detenido, hostigamiento policial, etc Ejemplo de Hábeas corpus: https://larepublica.pe/politica/2019/11/25/keiko-fujimori-hoy-en-vivo-tribunal-constitucionaldebate-habeas-corpus-para-ver-libertad-de-lideresa-de-fuerza-popular-que-cumple-prisionpreventiva-odebrecht-tc/ 8. Procesos Constitucionales: Habeas Data Procede contra el hecho u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnera o amenaza derechos constitucionales referidos al acceso a la información que obre en poder de cualquier entidad pública. Asimismo procede para rectificar la información o datos referidos a una persona, que se encuentren almacenados, o hacer suprimir o impedir A INSTITUCIONES PÚBLICAS O PRIVADAS que suministren datos o informaciones de carácter sensible o privado que afecten derechos constitucionales. Ejemplo de Hábeas data: https://larepublica.pe/sociedad/191169-comunidad-shipibo-conibo-presentohabeas-data-contra-mml/ 8. Procesos Constitucionales: Proceso de Amparo Procede contra el hecho u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnera o amenaza derechos constitucionales que no son protegidos por los procesos de Hábeas Corpus, Hábeas Data. Procede: Cuando se vulnere o amenace los siguientes derechos constitucionales (art. 37° del Código Procesal Constitucional) No ser discriminado por razón de origen, sexo, raza, orientación sexual, religión, opinión, condición económica, A la libre contratación Libertad de reunión Al honor, intimidad, voz, imagen y rectificación de formaciones inexactas o agraviantes Derecho al trabajo; De sindicación, negociación colectiva y huelga Ejemplo de Proceso de Amparo: https://www.americatv.com.pe/noticias/actualidad/poder-judicial-acepto-accion-de-amparo-delex-presidente-alan-garcia-contra-la-megacomision-n118090 8. Procesos Constitucionales: Inconstitucionalidad Procede contra las normas que tienen rango de ley: leyes, decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados, normas regionales de carácter general y ordenanzas municipales ante el TC para que se declare su INCONSTITUCIONALIDAD y dejarlas sin efecto Ejemplo de Proceso de Inconstitucionalidad: https://laley.pe/art/2053/tc-admite-demanda-de-inconstitucionalidad-contra-la-ley-laboral-juvenil Ejemplo de Acción popular: https://larepublica.pe/politica/2019/09/28/rechazan-recurso-judicial-de-gobernadorlozano-contra-consejeros/ 9. Estructura de los Poderes del Estado Poder Legislativo Poder Ejecutivo Poder Judicial Gobierno Local Gobierno Regional Otros órganos Constitucionales Autónomos 9. Estructura de los Poderes del Estado: P. Legislativo • Congreso de la República • Unicameral • 130 congresistas. • Elección del pueblo por 5 años. • Cargo irrenunciable. • Emitir leyes • Fiscalización 9. Estructura de los Poderes del Estado: P. Ejecutivo • Presidente y el Consejo de Ministros • Presidente – Jefe de Estado y FFAA • Plazo 5 años. • No reelección inmediata. • Nombra Ministros. • Nombra embajadores y recibe diplomáticos. • Concede Indultos • Dicta Decretos Legislativos. 9. Estructura de los Poderes del Estado: P. Judicial Tiene la potestad de administrar justicia Estructura del Poder Judicial: Corte Suprema Corte superiores Juzgados Juzgados de paz letrados Juzgados de paz no letrados El Presidente de la Corte Suprema es el Presidente del Poder Judicial. 10. Contenido de la Constitución de 1993 ESTRUCTURA DEL ESTADO DERECHOS DE LAS PERSONAS Derechos Fundamentales Derechos Sociales y Economicos Derechos Sociales 10. Contenido de la Constitución de 1993: Derechos Fundamentales Artículo 1°.- La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. 10. Contenido de la Constitución de 1993: Derechos Fundamentales (Art. 2 incisos del 1 al 24) • Vida, integridad, desarrollo, derechos del concebido e igualdad. • Libertad de consciencia y de información. • Derecho al honor e intimidad. • Derecho a las creaciones. • Inviolabilidad de domicilio y de comunicaciones. • Residencia, tránsito y reunión. • Asociaciarse, contratar y trabajar. • Derecho a la propiedad y a la herencia. • Participación, convicciones, identidad étnica y cultural, peticiones. • Nacionalidad. • Tranquilidad y Defensa. • Libertad y seguridad personales. 10. Contenido de la Constitución de 1993: Derechos Fundamentales (Art. 3) La enumeración de los derechos establecidos en este capítulo no excluye los demás que la Constitución garantiza, ni otros de naturaleza análoga o que se fundan en la dignidad del hombre, o en los principios de soberanía del pueblo, del Estado democrático de derecho y de la forma republicana de gobierno. 10. Contenido de la Constitución de 1993: Derechos Sociales • Art. 4 – 5: Familia y concubinato • Art. 6-9 – Política nacional de salud y derecho a la salud. • Arts.10-12 – Seguridad Social. 10. Contenido de la Constitución de 1993: Derechos Laborales (Art. 28 al 29) • El trabajo es un deber y un derecho. • Protección a madre, menor e impedido que trabajan. • La relación laboral no puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador. • Nadie está obligado a trabajar sin retribución. • Derecho a una remuneración equitativa y suficiente. • El pago de remuneraciones es prioritario. • Jornada ordinaria de 8 horas diarias o 48 semanales max. • Descanso semanal y anual remunerados. • Protección contra el despido arbitrario. • Derechos: sindicato, negociación colectiva y huelga. 11. Regimen Económico en la Constitución de 1993: Características Establece Reglas de juego que organizarán la economía del país. Algunas características: Reduce la participación económica del Estado cediendo el campo a la actividad privada. Busca dar el mismo tratamiento a la inversión nacional y extranjera. Se fortalece el concepto de propiedad privada. 32 11. Regimen Económico en la Constitución de 1993: Características La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado, es decir que se regula según las leyes de oferta y demanda. Nuestra economía de mercado debe ser social, en la medida que ciertos excesos del mercado deben ser regulados para garantizar el bien común. 33 11. Regimen Económico en la Constitución de 1993: Características El Estado reconoce el Pluralismo económico, esto es que pueden coexistir varios tipos de empresas simultáneamente: privadas, públicas, nacionales, extranjeras, mixtas, etc. El Estado facilita la libre competencia, situación en la que todos los productores y consumidores de productos concurren al mercado en igualdad de condiciones, prevaleciendo la eficiencia. 34 11. Regimen Económico en la Constitución de 1993: Características Promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura. Libertad de trabajo y empresa salvo lesivo a moral, salud o seguridad públicas. Pluralismo económico: Coexistencia de formas de propiedad y empresa. Igualdad: privada/pública – nacional/extranjera (medidas proteccionistas). Libre competencia y se combate toda práctica que la limite y el abuso de la posición dominante o monopólica. Medios de comunicación no pueden ser monopolios. Libertad de contratar: • Los contratos no se modifican por ley. • Soluciones por vía arbitral o judicial. Libre tenencia y disposición de moneda extranjera. Defensa de consumidores y usuarios (salud y seguridad). 11. Regimen Económico en la Constitución de 1993: Características Propiedad: (arts. 70-73) Es inviolable salvo seguridad nacional o necesidad pública. Igualdad entre nacionales y extranjeros, salvo 50km de las fronteras para extranjeros. Sólo por ley puede haber restricciones temporales y prohibiciones para la adquisición, posesión, explotación y transferencia de bienes. Bienes de dominio público. Inalienables e imprescriptibles, pero se pueden entregar en concesión. Tributos: (art. 74) Principios: legalidad, igualdad, no confiscatoriedad. Gravado/no gravado – afecto/no afecto. Exhonerado. Muchas Gracias