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LEGISLACIÓN ELÉCTRICA VIGENTE.ppt

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Universidad Nacional del Callao
Curso: INTRODUCCIÓN AL DISEÑO ELÉCTRICO
ING.: CARLOS DORIVAL CASTILLO
TEMAS:
-INTRODUCCION.
-LEGISLACION ELECTRICA VIGENTE.
-CARACTERISTICAS DE SUMINISTROS ELECTRICOS.
-INSTALACIONES ELECTRICAS DOMICILIARIA Y
RESIDENCIALES.
-INSTALACIONES ELECTRICAS INDUSTRIALES.
-FASES Y EVALUACION DE PROYECTOS.
-NORMAS DE ELABORACION DE PROYECTOS ELECTRICOS EN
SISTEMAS DE DISTRIBUCION Y UTILIZACION EN MT.
-EVALUACION PARCIAL.
-PROCEDIMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS
ELECTRICOS.
-ELABORACION DE EXPEDIENTES TECNICOS.
-CONDUCTORES ELECTRICOS.
-INSTALACIONES ELECTRICAS DE ILUMINACION.
-TABLEROS ELECTRICOS.
-PROTECCION ELECTRICA.
-EVALUACION FINAL.
LEGISLACIÓN ELÉCTRICA
VIGENTE
BIBLIOGRAFIAS:
Código Nacional de electricidad(Normas Suministro, normas
de utilización).
 Separatas en PPT: Ing. Pablo Morcillo Valdivia.
Libro: Introducción al diseño eléctrico, Ing. Ricardo Crespo
Castillo.
Normas legales publicados en el periódico oficial el
Peruano.
ANTECEDENTES
HISTORICOS
La Historia de las normas eléctricas se inicia
con las actividades realizadas por el American
Institute of Electric Engineers( AIEE) en el
año 1884, comenzó a desarrollar con gran
actividad especificaciones normalizadas para
el crecimiento de la industria
ANTECEDENTES
HISTORICOS
CODIGO ELÉCTRICO NACIONAL, aprobado por R.S. N° 2
del Ministerio de Fomento y Obras Públicas (1955-01-05)
TOMO I del Código Nacional de Electricidad
"Prescripciones Generales" Aprobado por R.M N° 0285-78-EM/DGE
(1978-05-19). Los Capítulos I, II y la Sección 3.9 han sido dejados sin
efecto por R.M N° 091-2002-EM/VME (2002-03-30)
TOMO IV del Código Nacional de Electricidad. "Sistema de
Distribución" Aprobado por R.M N° 0303-78-EM/DGE (1978-05-30)
Reemplazado por el Código Nacional de Electricidad Suministro (R.M N°
366-2001-EM/VME)
TOMO V del Código Nacional de Electricidad - "Sistema de
Utilización" Aprobado por R.M N° 139-82-EM/DGE (1982-06-02)
ANTECEDENTES
HISTORICOS
Código Nacional de Electricidad - Suministro - Aprobado
por R.M N° 366-2001 EM/VME (2001-08-06)
Nota : Este Código entró en Vigencia a partir del 1 de Julio
de 2002.
Código Nacional de Electricidad – Utilización – Aprobado
por R.M. Nº 037-2006-MEM/DM (30-01-06)
Nota : Este Código entró en vigencia a partir del 01 de julio
del 2006
Como en julio del 2001, se aprobó el CNE suministro
pero , que resulta aclarar y precisar algunos
aspectos relacionados con la seguridad y actualizar
el referido considerando el nivel de tensión de 500
Kv.
El 29 de abril de 2011 se dió la resolución
ministerial N° 214-2011-MEM/DM para aprobar el
CODIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD
( SUMINISTRO 2011),
.
Así como el CNE, existen diversas normas
internacionales, las mas utilizadas son:
NEC---National Electrical Code .
ANSI---American National Standars Institute.
NEMA---National electrical Manufactures associaton.
IEEE---Institute of Electrical and Electronics
Engineeres Inc.
DIN---Normas Alemanas Generales.
VDE---Verban Deutscher Electrotechniker
BS---British Standard.
UTE---Union Technique D´electricite
.
IEC---International Electrotechnical Comision
ASME---American Society of Mechanical Engineers
CEE---Comisión de Reglamentación para equipos
eléctricos.
CENELEC---Comité Europeo de Normalización
CEN---Organismo de Estandarización de la
Comunidad Europea.
EN---Normas Europeas.
COPANT---Comisión Panamericana de Normas
Técnicas.
AMN---Asociación Mercosur de Normalización.
LEY DE CONCESIONES ELÉCTRICAS
.
Decreto ley N°25844.
Ley marco en el sector eléctrico
Promulgada 06-11-1992
Publicado en el diario oficial el Peruano el
19-11-1992.
Entra en vigencia el 05-12-1992.
.
LEY DE CONCESIONES ELÉCTRICAS
.
-Disposiciones generales
-Comisión de tarifas de energía
-Concesiones y autorizaciones
-Comité de operación económica del sistema
-Sistema de precios de la electricidad
-Precios máximos de generador a distribuidor
de servicio público
-Precios máximos de transmisión
-Precios máximos de distribución
LEY DE CONCESIONES ELÉCTRICAS
.
-Disposiciones diversas sobre tarifas
-Prestación del servicio publico de electricidad
Fiscalización
-Garantías y medidas de promoción a la
inversión
-Uso de bienes públicos y de terceros
-Disposiciones complementarias
-Disposiciones transitorias
.
PRINCIPIOS DE LA LEY DE CONCESIONES
-REGIMEN DE CONCESIONES.
-CALIDAD DE SERVICIOS.
-SISTEMA DE PRECIOS.
.
LA LEY DE CONCESIONES ELECTRICAS PUEDE:
-Establecer las reglas y procedimientos para el
desarrollo de actividades como generación ,
transmisión y distribución de energía eléctrica.
-Lo mismo establece para fijar precios y tarifas de
electricidad.
-Estructura el sector eléctrico.
-Establece derechos y obligaciones de los
concesionarios con los clientes.
Define tipos de mercados:
-Mercado de servicio publico
Consumo menores a 1 Mw.
-Mercado libre
Demanda mayores a 1 Mw.
(generadora y distribuidora).
- Mercado de oportunidad
Transacciones puntuales (spot) , realizados en los
instantes de demanda y oferta.
-Mercado de intergeneradoras.
CNE- SUMINISTRO
OBJETIVO
Salvaguardar a las personas y las instalaciones durante
la construcción, operación o mantenimiento de las
líneas eléctricas tanto de suministro eléctrico como de
comunicaciones, ni al medios ambiente, ni al Patrimonio
Cultural de la Nación.
CNE- SUMINISTRO
Alcances y obligatoriedad de uso
Estas reglas se aplican a líneas de suministro eléctrico y
de comunicaciones, equipos y métodos de trabajo
utilizados por los titulares de empresas de servicio
público y privado de suministro eléctrico, de
comunicaciones, ferroviarias y compañías que cumplen
funciones similares a las de una empresa de servicio
público. Estas reglas también se aplican a sistemas
similares bajo el control de personal calificado, tales
como los sistemas asociados a líneas particulares,
sistemas asociados a un complejo industrial; o sistemas
interactivos con una empresa de servicio público.
En el caso de las instalaciones de comunicaciones
deberá consultarse normas técnicas adicionales de las
autoridades correspondientes
.
CNE- SUMINISTRO
El Titular es responsable frente al Estado y ante terceros
respecto al cumplimiento del Código Nacional de
Electricidad Suministro, sea que lo haga por sí mismo o
mediante Contratistas (o subcontratistas).
El Contratista responde frente al Titular por el
cumplimiento del Código.
En caso de incumplimientos originados por violaciones
posteriores causados por terceros, el afectado deberá
recurrir al uso de los dispositivos legales, y comunicar la
trasgresión al OSINERG y a otras autoridades
pertinentes involucradas en el tema en particular
.
CNE- SUMINISTRO
Los documentos y planos de proyectos eléctricos en su
concepción general (proyectos, estudios, obras, etc.), de
cualquier naturaleza deberán ser firmados por un
ingeniero electricista o mecánico electricista
especializado que esté reconocido y habilitado por el
Colegio de Ingenieros del Perú.
CNE- SUMINISTRO
Los materiales y productos referidos en este código
deberán cumplir con las Normas Técnicas Peruanas –
en los casos que éstas respondan a las exigencias de
las normas internacionales de la Comisión
Electrotécnica Internacional (IEC) - u otras que sean
reconocidas y respondan a exigencias internacionales.
En caso que las Normas Técnicas Peruanas requieran
ser complementadas, utilizar las anteriormente
indicadas. Y en la situación particular, que no existan
ninguna de las anteriores, se utilizarán normas
específicas que sean de uso internacional.
CNE- SUMINISTRO
Un resumen de los artículos puede ser que la norma
emite reglas para :
-La instalación y mantenimiento de estaciones de
suministro eléctrico y equipos.
-De seguridad para la instalación y mantenimiento de
líneas áreas y subterráneas de suministro eléctrico y
comunicaciones.
-Operación de líneas de suministro eléctrico y
comunicaciones y equipos.
LEY N° 28832
LEY PARA ASEGURAR EL DESARROLLO EFICIENTE
DE LA GENERACIÓN ELECTRICA .
Publicado el 23 de julio de 2006 en el periódico oficial el
Peruano.
.
LEY N° 28832
CAPITULO PRIMERO
-Disposiciones generales, definiciones.
Ejm. Agente denominación genérica dada al conjunto de
generadores, transmisores , distribuidores y usuarios
libres.
LEY N° 28832
CAPITULO SEGUNDO
Contratos , licitaciones e incentivo para el
abastecimiento oportuno de energía eléctrica..
CAPITULO TERCERO
Mercado a corto plazo.
LEY N° 28832
CAPITULO CUARTO
Comité de operación económica del sistema (COES)
Es la que coordina la operación de corto , mediano y
largo plazo del SEIN al mínimo costo , preservando la
seguridad del sistema el mejor aprovechamiento del
recurso energético , así como planificar el desarrollo
del SEIN y administrar el mercado a corto plazo.
LEY N° 28832
CAPITULO QUINTO
Adecuación del marco legal de la transmisión.
CAPITULO SEXTO
Formación del precio a nivel de generación.
LEY N° 28832
Disposiciones complementarias finales como nueva
opción para usuarios libres.
Modificatorias al decreto ley n° 25844.
Anexos de la ley de concesiones eléctricas y
disposiciones complementarias y derogatorias.
LEY N° 28832
Disposiciones complementarias finales como nueva
opción para usuarios libres.
Modificatorias al decreto ley n° 25844.
Anexos de la ley de concesiones eléctricas y
disposiciones complementarias y derogatorias.
Gracias.
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