Zona Franca Área de territorio delimitada y autorizada, sujeta a regímenes especiales por ley, en materia laboral, tributaria, cambiaria, financiera, de comercio exterior, aduanas y tratamiento de capitales. Las mercancías que ingresan a las áreas de Zona Franca aún no han ingresado al territorio aduanero del país donde se ubica esta zona. Siendo normalmente utilizadas para realizar procesos de importación de materias primas e insumos para reconvertirlas en productos finales e interiorizarlas al territorio donde se encuentra el régimen especial. Objetivos de la Zona Franca Promover el empleo La transferencia tecnológica La atracción y utilización de inversión extranjera La exportación de bienes y servicios La generación de divisas El apoyo a zonas deprimidas del país ACCIONES/PROCESOS QUE PUEDEN REALIZARSE EN ZONA FRANCA Las mercancías que ingresen a las Zonas Francas podrán ser objeto de los actos, contratos y operaciones que se enuncian a continuación: • • • • • • • • • Depositadas por cuenta propia o ajena Exhibidas Desempacadas Empacadas Envasadas Etiquetadas Divididas Reembaladas Comercializadas Sólo en las Zonas Francas podrán realizarse también otros procesos tales como: armaduría, ensamblado, montaje, terminado, integración, manufacturación o transformación industrial. (Art i culo Nº8 DFL Nº341/77) PRINCIPAL NORMATIVA QUE LA RIGE: • • • • • • • D.F.L. 341/77: En este decreto se encuentra las normativas que crean y regulan las zonas francas en Chile. Algunos de sus puntos de interés son: al operar bajo el régimen de Zona Franca Industrial, las ventas de la empresa son exentas de IVA (19%) y del Impuesto de Primera Categoría o Impuesto a la Renta (21% 2015 a 27% 2018, nueva reforma tributaria), etc. Exención Ley Nº18.211: Las ventas a la Zona Franca de Extensión están exentas de derechos de aduana e I.V.A.; sólo pagan un impuesto único a la importación de un 0,54 % sobre el valor CIF, el cual el comprador puede recuperarlo como crédito fiscal, establecido en la Ley Nº 18.211. Sin embargo, un usuario puede quedar exento de este impuesto, mediante una solicitud a Aduana, la cual debe calificar el proceso realizado por la empresa como industrial de transformación irreversible. Oficio ordinario Nº2.083, del 04.03.03, de Aduanas: Este oficio, dictado por el Director de Aduanas para zanjar las interpretaciones del inciso primero del artículo 27 del DFL 341 de 1977, respecto a las act i vidades industriales y característ i cas del proceso product i vo que se desea llevar a régimen de zona franca. Resolución Nº2260 del 03.04.09, del SII: Establece las formalidades para la venta desde zona franca a zona franca de extensión. Resolución N°08 del 2005 del SII: Establece la obligación de presentar Declaración Jurada sobre operaciones realizadas por contribuyentes Usuarios de las Zonas Francas a que se refiere el D.F.L. N° 341 de 1977. Fue modificada por la Resolución Nº149 del 2005. Circular Nº 95 del 15.09.1978 del SII: Establece la separación de contabilidad de régimen general y de régimen de zona franca. LEY Nº 20.655: Publicada el 01.02.2013, establece incentivos especiales para las zonas extrema INGRESO/SALIDA DE PRODUCTOS Y MERCANCÍAS EN ZONA FRANCA (ART. 10) • • • Las mercancías podrán salir de las zonas francas para ser reexpedidas o exportadas sin restricción al extranjero de acuerdo con lo que señale el reglamento (Manual de Zona Franca) . Podrán también ser ingresadas al país sujetándose en todo a la legislación general o especial que corresponda. Tratándose de productos armados, elaborados o manufacturados en las zonas francas, los derechos e impuestos que afecten la importación al resto del país se aplicarán sólo en cuanto a partes o piezas de origen extranjero, excepto cuando dichas partes o piezas hayan sido nacionalizadas. Con todo, las partes o piezas nacionales o nacionalizadas de dichos productos también estarán afectas a los impuestos contenidos en el decreto ley 825, de 1974. (IVA). Podrán ingresar a las Zonas Francas mercancías nacionales o nacionalizadas de todas clases. El ingreso de dichas mercancías a las Zonas Francas se efectuará de acuerdo a las normas administrativas de control que determinen el Banco Central de Chile y el Servicio Nacional de Aduanas. ARANCEL CERO El arancel cero es la exención en su importación al resto del país de los derechos, tasas y demás gravámenes aduaneros determinados por las aduanas, incluida la tasa de despacho, para las mercancías elaboradas por empresas industriales manufactureras instaladas o que se instalen en Iquique acogidas al régimen del articulo 27° del D.L. 341 Zona Franca Iquique, y que desarrollen actividades dest i nadas a la obtención de mercancías que tengan una individualidad diferente de las materias primas, partes o piezas extranjeras utilizadas en su elaboración o que en su proceso productivo provoquen una transformación irreversible de dichas materias primas, partes o piezas extranjeras. ANÁLISIS COMPARATIVO RÉGIMEN GENERAL V/S ZONA FRANCA ÍTEM RÉGIMEN GENERAL ARANCELES A LA La internación de materias IMPORTACIÓN primas y mercancías de otros países están afectas a un arancel general del 6%+IVA (19%) sobre precio CIF. Cabe destacar que este gravamen es aplicable a aquellos productos procedentes de países con los cuales Chile no ha suscrito AC o TLC IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Impuesto del 19% sobre el monto imponible, que grava las compra afectas (IVA Crédito) y venta (IVA Débito) de bienes y servicios en el territorio nacional. ZONA FRANCA INDUSTRIAL Las mercaderías que ingresen a un área calificada como Zona Franca, están exentas del pago de derechos de importación, tasa aduanera y registros de importación. También estarán exentas de estos gravámenes las maquinarias que ingresen para ser utilizadas en procesos manufactureros e industriales. Las ventas a la Zona Franca de extensión (Provincias Iquique, Arica y Parinacota) están exentas del pago de IVA (19%). Las ventas al resto del país están afectas. Las compras de materias primas en el mercado nacional están exentas del pago de IVA mediante compra con factura exenta. ÍTEM IMPUESTO A LA RENTA DE 1ª CATEGORÍA (21% / 27%) LEY Nº 20.780 PAGOS PROVISIONALES MENSUALES (PPM): IMPUESTO LEY Nº 18.211: RÉGIMEN GENERAL Grava las rentas afectas de los contribuyentes (persona natural y jurídica). El monto del impuesto es anual, por las rentas percibidas durante el ejercicio Son pagos mensuales a cuenta de los impuestos anuales que les corresponda pagar a los contribuyentes, los cuales se cancelan en conjunto con el IVA. Las empresas que operan bajo este régimen no están afectas a este impuesto. ZONA FRANCA INDUSTRIAL Las empresas que operen bajo el sistema Zona Franca están exentas. Las empresas que operen bajo el sistema de Zona Franca están exentas de realizar este pago mensual. Las ventas a Zona Franca de Extensión están afectas a este impuesto, equivalente a un 0,54% aplicado sobre el valor CIF de las mercancías. Sin embargo, la empresa puede obtener el beneficio de Arancel Cero, solicitando a Aduana la calificación de proceso productivo industrial irreversible, con lo que quedaría exenta del pago de este impuesto. Zona Franca ¿Quiénes intervienen en las ZONAS FRANCAS? ADMINISTRADORA USUARIA Producción y comercialización de bienes para la exportación o reexportación, así como a la prestación de servicios vinculados con el comercio internacional DESARROLLO DEL PAÍS TIPOS DE ZONAS FRANCAS De acuerdo a la Actividad: * Comerciales: Productos terminados en la ZF para la exportación. * Industriales: Joyerías (India), aceite y gas, electrónica, textiles, etc. * Turísticas: Turismo Médico (Argentina, Costa Rica, El Salvador, Brasil, Canadá) * Servicios: Zonamérica (Call Centers), Z F- Colonia (S. Logísticos, Bancarios y financieros, almacenamiento y depósito), etc. De acuerdo al Tamaño: * * * Áreas amplias: abarcan 30000 Km2 - Ej.: China Áreas pequeñas: 10 Km2 – Ej.: Zonas Francas Comunes Zonas Francas especializadas. FIGURAS SIMILARES AL RÉGIMEN FRANCO Zonas Económicas Especiales Parques Industriales Puertos Libres Zonas Libres Especiales Depósitos aduaneros Zonas de Tránsito Instalaciones especiales con privilegios aduaneros Duty Free Aeroportuario Zona Franca Modalidades de inversión extranjera en las Zonas Francas Exportación Licencia Franquicia Joint Venture (Empresa Conjunta – Alianza Estratégica) Contratos de Administración Principales conductores del Éxito del Régimen Franco Marco legal.- Es el tratamiento tributario y arancelario que se le da a las actividades desarrolladas en las zonas francas Facilitación aduanera.- se refiere a la fluidez de los procedimientos utilizados para el movimiento de las mercaderías. Promoción a nivel país.- Señala el esfuerzo que han realizado los gobiernos para dar a conocer el régimen franco a nivel nacional e internacional Modelo de negocio.- Proporciona información de las capacidades del inversor para desarrollar un emprendimiento con éxito, identificando mercados atractivos y ofreciendo servicios de clase mundial. Zona Franca ¿Cómo Interactuanlas lasZonas Zonas Francas en en la Economía Internacional? ¿Cómo Interactúan Francas la Economía Internacional? E C O N O M I A M U N D I A L BIENES INTERMEDIOS BIENES MANUFACTURADOS BIENES DE CAPITAL CAPITAL FINANCIERO CONOCIMIENTO TECNICO TECNICAS ADMINISTRATIVAS BIENES Y SERVICIOS REMISION DE GANANCIAS Z O N A EMPLEO MATERIAS PRIMAS BIENES DE CAPITAL SERVICIOS DE APOYO INCENTIVOS F R A N C A IMPUESTOS EXTERNALIDADES BIENES MANUFACTURADOS E C O N O M I A D O M E S T I C A Participación Ubicación EUROPE (Central & East) EUROPE NAFTA ASIA DR-CAFTA South America AFRICA PACIFIC Empleos causados por Empresas Instaladas en Zonas Francas a nivel mundial Fuente: Comité de Zonas Francas de las Américas, data from ILO (Dic.2007), European Commission, World Bank. ORGANISMOS INVOLUCRADOS Y SU FUNCIÓN • Servicio Nacional de Aduana: Autoriza el ingreso y salida de mercancías desde y hacia Chile y el Exterior. Vigila el buen manejo del régimen de zona franca por parte de las empresas usuarias. • ZOFRI: La Zona Franca de Iquique ZOFRI, es el organismo que administra el Régimen de Zona franca • Servicio de Impuestos Internos: vigila la aplicación de la circular Nº95, además de las normas tributarias generales de la actividad. • Intendencia Regional: Otorga la autorización para operar en zona franca, previa calificación de la act i vidad industrial realizada por Aduana y solicitud formal de ingresar al sistema de zona franca enviada a ZOFRI por el solicitante. • Contraloría Regional: Efectúa la toma de razón de la autorización de la Intendencia Regional FLUJO GRAMA: CONVERTIRSE EN USUARIO DE ZONA FRANCA PRESENTAR LA SOLICITUD DE USUARIO DE Z. FRANCA A ZOFRI En esta solicitud se deben adjuntar los siguientes documentos: Antecedentes legales y financieros de la emp res a , Acred i ta r el dom ic ilio, mediant e escritura de compraventa, arriendo, etc., Plano con deslindes del área a afectar en zona franca, Descripción del proceso productivo y Otros antecedentes: carta de intenciones, cert i ficados municipales, etc. INGRESO DE INFORMACIÓN AL SISTEMA Z. FRANCA ZOFRI efectúa la veri fi caci ó n de los antecedentes proporcionados y la Aduana realiza la calificación del proceso p r o d u c t i v o d e l a empresa, para verificar que realmente cumpla con los requisitos de act i vidad industrial. EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN AFECTA DE INTENDENCIA En este documento se individualiza a la empresa usuaria, la act i vidad autorizada para realizar bajo régimen de zona franca y la superficie autorizada . FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DE USUARIO DE ZONA FRANCA EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE USUARIO Documento que se firma entre ZOFRI y usuario ante notario publico. Se debe efectuar el pago de la garantia de UF 5 Emit i d o s por ZOFRI, para presentarlos a Aduana, Municipalidad, SII, etc. AUTORIZACIÓN FIRMA REPRESENTANTE DE LA EMPRESAANTE ADUANA Solicitar a Aduana la autorización de la firma de un mandante, que representará a la empresa ante Aduana y ZOFRI en la firma y autorización de documentos específicos de este régimen. Zonas Francas por País Costa Rica Zona Franca Alajuela (calzado, sombreros, textiles, Influencia de la implementación del Régimen Establece una Política económica encaminada a proyectos de internacionalización de la economía. productos de industria química, manufacturas de: Consecuencia: Experimenta una transición en sus madera, piedra, yeso y cemento, entre otros), Zona actividades: de comercial (exportador de pocos Franca San José (Call center Hewlett Packard) productos), a industrial (en Zonas Francas). Catalizador del crecimiento económico Panamá experimentado por el País. Zona Franca de Colón Implementa un modelo de Redistribución Internacional de Productos Colombia Zona Francas de Bogotá (Textil y confecciones), Rionegro (Calzado, flores y textiles), Pacífico (agroindustria, plástico, siderúrgica, etc.), Barú (turística). Chile: Zona Franca de Iquique, Zona Franca de Punta Arenas (Parinazon). Establece una Política de mejoramiento del régimen de Zonas Francas, identificando las cuatro regiones motrices del País. Consecuencia: Generación de empleo y el incremento en su participación en el comercio exterior Centro de comercio internacional del norte de Chile y despensa de países vecinos: Bolivia, Perú, Paraguay y norte de Argentina. Polo de desarrollo del área Amazónica y Brasil: Zona Franca de Manaos centro Biotecnológico, industrial de alta tecnología. Sede de las Principales industrias del sector. Otros ejemplos de modelos adoptados a nivel mundial País/Región Modelo Adoptado ESTADOS UNIDOS Dar valor agregado a sus propias importaciones MÉXICO Ensamble de productos industriales y distribución CENTROAMÉRICA Industriales y de Servicios COLOMBIA Mixtas: Comercial, Industrial y Logístico MERCOSUR Otras Países Manaos y Tierra de Fuego: Desarrollo regional; venta al mercado local Almacenamiento y/o prestación de servicios Resumen incentivos fiscales y aduaneros en los países estudiados de la OECD