Uploaded by Cintia Exposito

Tramitacion Aduanera 2da Clase Zonas Francas

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Zona Franca
Área de territorio delimitada y autorizada, sujeta a regímenes
especiales por ley, en materia laboral, tributaria, cambiaria,
financiera, de comercio exterior, aduanas y tratamiento de
capitales.
Las mercancías que ingresan a las áreas de Zona Franca aún no han
ingresado al territorio aduanero del país donde se ubica esta zona.
Siendo normalmente utilizadas para realizar procesos de
importación de materias primas e insumos para reconvertirlas en
productos finales e interiorizarlas al territorio donde se encuentra
el régimen especial.
Objetivos de la Zona Franca
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
Promover el empleo
La transferencia tecnológica
La atracción y utilización de inversión extranjera
La exportación de bienes y servicios
La generación de divisas
El apoyo a zonas deprimidas del país
ACCIONES/PROCESOS QUE PUEDEN
REALIZARSE EN ZONA FRANCA
Las mercancías que ingresen a las Zonas Francas podrán ser objeto de
los actos, contratos y operaciones que se enuncian a continuación:
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•
Depositadas por cuenta propia o ajena
Exhibidas
Desempacadas
Empacadas
Envasadas
Etiquetadas
Divididas
Reembaladas
Comercializadas
Sólo en las Zonas Francas podrán realizarse también otros procesos
tales como: armaduría, ensamblado, montaje, terminado, integración,
manufacturación o transformación industrial. (Art i culo Nº8 DFL
Nº341/77)
PRINCIPAL NORMATIVA QUE LA RIGE:
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D.F.L. 341/77: En este decreto se encuentra las normativas que crean y regulan las zonas francas
en Chile. Algunos de sus puntos de interés son: al operar bajo el régimen de Zona Franca
Industrial, las ventas de la empresa son exentas de IVA (19%) y del Impuesto de Primera
Categoría o Impuesto a la Renta (21% 2015 a 27% 2018, nueva reforma tributaria), etc.
Exención Ley Nº18.211: Las ventas a la Zona Franca de Extensión están exentas de derechos de
aduana e I.V.A.; sólo pagan un impuesto único a la importación de un 0,54 % sobre el valor CIF,
el cual el comprador puede recuperarlo como crédito fiscal, establecido en la Ley Nº 18.211. Sin
embargo, un usuario puede quedar exento de este impuesto, mediante una solicitud a Aduana,
la cual debe calificar el proceso realizado por la empresa como industrial de transformación
irreversible.
Oficio ordinario Nº2.083, del 04.03.03, de Aduanas: Este oficio, dictado por el Director de
Aduanas para zanjar las interpretaciones del inciso primero del artículo 27 del DFL 341 de 1977,
respecto a las act i vidades industriales y característ i cas del proceso product i vo que se
desea llevar a régimen de zona franca.
Resolución Nº2260 del 03.04.09, del SII: Establece las formalidades para la venta desde zona
franca a zona franca de extensión.
Resolución N°08 del 2005 del SII: Establece la obligación de presentar Declaración Jurada sobre
operaciones realizadas por contribuyentes Usuarios de las Zonas Francas a que se refiere el
D.F.L. N° 341 de 1977. Fue modificada por la Resolución Nº149 del 2005.
Circular Nº 95 del 15.09.1978 del SII: Establece la separación de contabilidad de régimen general
y de régimen de zona franca.
LEY Nº 20.655: Publicada el 01.02.2013, establece incentivos especiales para las zonas extrema
INGRESO/SALIDA DE PRODUCTOS Y
MERCANCÍAS EN ZONA FRANCA (ART. 10)
•
•
•
Las mercancías podrán salir de las zonas francas para ser reexpedidas o
exportadas sin restricción al extranjero de acuerdo con lo que señale el
reglamento (Manual de Zona Franca) . Podrán también ser
ingresadas al país sujetándose en todo a la legislación general o
especial que corresponda.
Tratándose de productos armados, elaborados o manufacturados en las
zonas francas, los derechos e impuestos que
afecten la
importación al resto del país se aplicarán sólo en cuanto a partes o
piezas de origen extranjero, excepto cuando dichas partes o piezas
hayan sido nacionalizadas. Con todo, las partes o piezas nacionales o
nacionalizadas de dichos productos también estarán afectas a los
impuestos contenidos en el decreto ley 825, de 1974. (IVA).
Podrán ingresar a las Zonas Francas mercancías nacionales o nacionalizadas
de todas clases. El ingreso de dichas mercancías a las Zonas Francas se
efectuará de acuerdo a las normas administrativas de control que
determinen el Banco Central de Chile y el Servicio Nacional de Aduanas.
ARANCEL CERO
El arancel cero es la exención en su importación al
resto del país de los derechos, tasas y demás
gravámenes aduaneros determinados por las
aduanas, incluida la tasa de despacho, para las
mercancías elaboradas por empresas industriales
manufactureras instaladas o que se instalen en Iquique
acogidas al régimen del articulo 27° del D.L. 341 Zona
Franca Iquique, y que desarrollen actividades
dest i nadas a la obtención de mercancías que tengan
una individualidad diferente de las materias primas,
partes o piezas extranjeras utilizadas en su
elaboración o que en su proceso productivo
provoquen una transformación irreversible de dichas
materias primas, partes o piezas extranjeras.
ANÁLISIS COMPARATIVO RÉGIMEN
GENERAL V/S ZONA FRANCA
ÍTEM
RÉGIMEN GENERAL
ARANCELES A LA La internación de materias
IMPORTACIÓN primas y mercancías de otros
países están afectas a un arancel
general del 6%+IVA (19%) sobre
precio CIF. Cabe destacar que
este gravamen es aplicable a
aquellos productos procedentes
de países con los cuales Chile no
ha suscrito AC o TLC
IMPUESTO AL
VALOR
AGREGADO
Impuesto del 19% sobre el monto
imponible, que grava las compra
afectas (IVA Crédito) y venta (IVA
Débito) de bienes y servicios en el
territorio nacional.
ZONA FRANCA INDUSTRIAL
Las mercaderías que ingresen a un
área calificada como Zona Franca,
están exentas del pago de derechos
de importación, tasa aduanera y
registros de importación. También
estarán exentas de estos gravámenes
las maquinarias que ingresen para ser
utilizadas en procesos
manufactureros e industriales.
Las ventas a la Zona Franca de
extensión (Provincias Iquique, Arica y
Parinacota) están exentas del pago de
IVA (19%). Las ventas al resto del país
están afectas. Las compras de
materias primas en el mercado
nacional están exentas del pago de
IVA mediante compra con factura
exenta.
ÍTEM
IMPUESTO A LA
RENTA DE 1ª
CATEGORÍA
(21% / 27%)
LEY Nº 20.780
PAGOS
PROVISIONALES
MENSUALES
(PPM):
IMPUESTO LEY
Nº 18.211:
RÉGIMEN GENERAL
Grava las rentas afectas
de los contribuyentes
(persona natural y
jurídica). El monto del
impuesto es anual, por las
rentas percibidas durante
el ejercicio
Son pagos mensuales a
cuenta de los impuestos
anuales que les
corresponda pagar a los
contribuyentes, los cuales
se cancelan en conjunto
con el IVA.
Las empresas que
operan bajo este
régimen no están
afectas a este impuesto.
ZONA FRANCA INDUSTRIAL
Las empresas que operen bajo el sistema Zona
Franca están exentas.
Las empresas que operen bajo el sistema de
Zona Franca están exentas de realizar este pago
mensual.
Las ventas a Zona Franca de Extensión están
afectas a este impuesto, equivalente a un 0,54%
aplicado sobre el valor CIF de las mercancías. Sin
embargo, la empresa puede obtener el beneficio
de Arancel Cero, solicitando a Aduana la
calificación de proceso productivo industrial
irreversible, con lo que quedaría exenta del pago
de este impuesto.
Zona Franca
¿Quiénes intervienen en las
ZONAS FRANCAS?
ADMINISTRADORA
USUARIA
Producción y comercialización
de bienes para la exportación o
reexportación, así como a la
prestación
de
servicios
vinculados con el comercio
internacional
DESARROLLO
DEL PAÍS
TIPOS DE ZONAS FRANCAS
De acuerdo a la Actividad:
* Comerciales: Productos terminados en la ZF para la exportación.
* Industriales: Joyerías (India), aceite y gas, electrónica, textiles, etc.
* Turísticas:
Turismo Médico (Argentina, Costa Rica, El Salvador, Brasil,
Canadá)
* Servicios:
Zonamérica (Call Centers), Z F- Colonia (S. Logísticos, Bancarios
y financieros, almacenamiento y depósito), etc.
De acuerdo al Tamaño:
*
*
*
Áreas amplias:
abarcan 30000 Km2 - Ej.: China
Áreas pequeñas: 10 Km2 – Ej.: Zonas Francas Comunes
Zonas Francas especializadas.
FIGURAS SIMILARES AL RÉGIMEN FRANCO
Zonas Económicas Especiales
Parques Industriales
Puertos Libres
Zonas Libres Especiales
Depósitos aduaneros
Zonas de Tránsito
Instalaciones especiales con
privilegios aduaneros
Duty Free Aeroportuario
Zona Franca
Modalidades de inversión extranjera en las Zonas Francas
Exportación
Licencia
Franquicia
Joint Venture (Empresa Conjunta – Alianza Estratégica)
Contratos de Administración
Principales conductores del Éxito del Régimen Franco
Marco legal.- Es el tratamiento tributario y arancelario que se le da a las actividades
desarrolladas en las zonas francas
Facilitación aduanera.- se refiere a la fluidez de los procedimientos utilizados para el
movimiento de las mercaderías.
Promoción a nivel país.- Señala el esfuerzo que han realizado los gobiernos para dar a conocer el
régimen franco a nivel nacional e internacional
Modelo de negocio.- Proporciona información de las capacidades del inversor para desarrollar
un emprendimiento con éxito, identificando mercados atractivos y ofreciendo servicios de clase
mundial.
Zona Franca
¿Cómo
Interactuanlas
lasZonas
Zonas Francas
en en
la Economía
Internacional?
¿Cómo
Interactúan
Francas
la Economía
Internacional?
E
C
O
N
O
M
I
A
M
U
N
D
I
A
L
BIENES INTERMEDIOS
BIENES MANUFACTURADOS
BIENES DE CAPITAL
CAPITAL FINANCIERO
CONOCIMIENTO TECNICO
TECNICAS ADMINISTRATIVAS
BIENES Y SERVICIOS
REMISION DE GANANCIAS
Z
O
N
A
EMPLEO
MATERIAS PRIMAS
BIENES DE CAPITAL
SERVICIOS DE APOYO
INCENTIVOS
F
R
A
N
C
A
IMPUESTOS
EXTERNALIDADES
BIENES MANUFACTURADOS
E
C
O
N
O
M
I
A
D
O
M
E
S
T
I
C
A
Participación
Ubicación
EUROPE
(Central & East)
EUROPE
NAFTA
ASIA
DR-CAFTA
South America
AFRICA
PACIFIC
Empleos causados por Empresas Instaladas en Zonas
Francas a nivel mundial
Fuente: Comité de Zonas Francas de las Américas, data from ILO (Dic.2007),
European Commission, World Bank.
ORGANISMOS INVOLUCRADOS
Y SU FUNCIÓN
• Servicio Nacional de Aduana: Autoriza el ingreso y salida de mercancías
desde y hacia Chile y el Exterior. Vigila el buen manejo del régimen de zona
franca por parte de las empresas usuarias.
• ZOFRI: La Zona Franca de Iquique ZOFRI, es el organismo que administra el
Régimen de Zona franca
• Servicio de Impuestos Internos: vigila la aplicación de la circular Nº95,
además de las normas tributarias generales de la actividad.
• Intendencia Regional: Otorga la autorización para operar en zona franca,
previa calificación de la act i vidad industrial realizada por Aduana
y solicitud formal de ingresar al sistema de zona franca enviada a ZOFRI
por el solicitante.
• Contraloría Regional: Efectúa la toma de razón de la autorización de la
Intendencia Regional
FLUJO GRAMA: CONVERTIRSE
EN USUARIO DE ZONA FRANCA
PRESENTAR LA
SOLICITUD DE USUARIO
DE Z. FRANCA A ZOFRI
En esta solicitud se deben
adjuntar los siguientes
documentos: Antecedentes
legales y financieros de la
emp res a , Acred i ta r el
dom ic ilio, mediant e
escritura de compraventa,
arriendo, etc., Plano con
deslindes del área a afectar
en zona franca, Descripción
del proceso productivo
y Otros
antecedentes:
carta de
intenciones,
cert i ficados
municipales,
etc.
INGRESO DE
INFORMACIÓN AL
SISTEMA Z. FRANCA
ZOFRI efectúa la veri fi caci ó n
de los antecedentes proporcionados
y la Aduana realiza la calificación
del proceso p r o d u c t i v o d e l a
empresa, para verificar que realmente
cumpla con los requisitos de
act i vidad industrial.
EMISIÓN DE LA
RESOLUCIÓN AFECTA
DE INTENDENCIA
En este documento se
individualiza
a
la
empresa usuaria, la
act i vidad
autorizada
para realizar bajo
régimen de zona
franca y la superficie
autorizada .
FORMALIZACIÓN DEL
CONTRATO DE USUARIO
DE ZONA FRANCA
EMISIÓN DE
CERTIFICADOS
DE USUARIO
Documento que se
firma entre ZOFRI y
usuario ante notario
publico. Se debe
efectuar el pago de la
garantia de UF 5
Emit i d o s
por
ZOFRI,
para
presentarlos
a
Aduana, Municipalidad,
SII, etc.
AUTORIZACIÓN FIRMA
REPRESENTANTE DE LA
EMPRESAANTE ADUANA
Solicitar a Aduana la
autorización de la firma
de un mandante, que
representará a la
empresa ante Aduana y
ZOFRI en la firma y
autorización de
documentos específicos
de este régimen.
Zonas Francas por País
Costa Rica
Zona Franca Alajuela (calzado, sombreros, textiles,
Influencia de la implementación
del Régimen
Establece una Política económica encaminada a
proyectos de internacionalización de la economía.
productos de industria química, manufacturas de:
Consecuencia: Experimenta una transición en sus
madera, piedra, yeso y cemento, entre otros), Zona
actividades: de comercial (exportador de pocos
Franca San José (Call center Hewlett Packard)
productos), a industrial (en Zonas Francas).
Catalizador del crecimiento económico
Panamá
experimentado por el País.
Zona Franca de Colón
Implementa un modelo de Redistribución
Internacional de Productos
Colombia
Zona Francas de Bogotá (Textil y confecciones),
Rionegro (Calzado, flores y textiles), Pacífico
(agroindustria, plástico, siderúrgica, etc.), Barú
(turística).
Chile: Zona Franca de Iquique, Zona Franca de
Punta Arenas (Parinazon).
Establece una Política de mejoramiento del
régimen de Zonas Francas, identificando las
cuatro regiones motrices del País.
Consecuencia: Generación de empleo y el
incremento en su participación en el
comercio exterior
Centro de comercio internacional del norte
de Chile y despensa de países vecinos:
Bolivia, Perú, Paraguay y norte de Argentina.
Polo de desarrollo del área Amazónica y
Brasil: Zona Franca de Manaos
centro Biotecnológico, industrial de alta
tecnología. Sede de las Principales industrias
del sector.
Otros ejemplos de modelos adoptados a nivel mundial
País/Región
Modelo Adoptado
ESTADOS UNIDOS
Dar valor agregado a sus propias importaciones
MÉXICO
Ensamble de productos industriales y distribución
CENTROAMÉRICA
Industriales y de Servicios
COLOMBIA
Mixtas: Comercial, Industrial y Logístico
MERCOSUR
Otras Países
Manaos y Tierra de Fuego: Desarrollo regional; venta al mercado
local
Almacenamiento y/o prestación de servicios
Resumen incentivos fiscales y aduaneros en los países estudiados de la OECD
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