TRABAJO 1 - I UNIDAD Desarrollo de la parte normativa para solicitar el fraccionamiento del pago de un tributo Mamani Quispe Rocío, Pacori Apaza Yacquilin Silvana. Facultad de Ciencias Administrativas y Humanas, Escuela Profesional de Administración, Universidad Nacional del Altiplano – Puno 037 - Gestión tributaria de la empresa Lic. Atencio Zambrano Hugo Yvan 7 de Nov. de 2022 2 ÍNDICE 1. FRACCIONAMIENTO DE LA DEUDA TRIBUTARIA ....................................... 3 1.1. ¿Qué es una deuda tributaria? ............................................................................ 3 1.2. ¿Qué es el fraccionamiento tributario? .............................................................. 3 1.3. ¿Qué es el fraccionamiento de la deuda tributaria? ........................................... 3 1.4. Base legal ........................................................................................................... 3 1.5. Deudas sujetas y no sujetas al fraccionamiento tributario ................................. 4 1.5.1. Condiciones de los fraccionamientos ............................................................. 4 1.6. Solicitud de fraccionamiento ............................................................................. 5 1.6.1. Representación ............................................................................................... 5 1.7. Aprobación o denegatoria de la solicitud .......................................................... 6 1.7.1. Cómo elaborar la solicitud de fraccionamiento.............................................. 6 1.7.2. Aprobación de la solicitud.............................................................................. 8 1.7.3. Denegación de la solicitud de fraccionamiento.............................................. 9 1.8. Plazos, cuotas e interés del fraccionamiento ................................................... 10 1.8.1. Plazos ........................................................................................................... 10 1.8.2. Cuota de Acogimiento .................................................................................. 10 1.9. Aplazamiento, Ampliación Y Modificación Del Fraccionamiento ................. 11 1.9.1. Aplazamiento Del Fraccionamiento ............................................................. 11 1.9.2. Ampliación De Fraccionamiento ................................................................. 11 1.10. Garantías .......................................................................................................... 12 1.10.1. Clases de garantías ..................................................................................... 12 1.10.2. Deuda a garantizar ...................................................................................... 12 1.11. Pérdida del fraccionamiento ............................................................................ 13 1.11.1. Impugnación de la pérdida ......................................................................... 14 1.12. Nulidad del fraccionamiento ........................................................................... 14 1.12.1. Causal de nulidad ....................................................................................... 14 2. SIMULADOR DEL FRACCIONAMIENTO TRIBUTARIO ............................... 15 3 1. FRACCIONAMIENTO DE LA DEUDA TRIBUTARIA 1.1. ¿Qué es una deuda tributaria? La deuda tributaria es una obligación, un deber legal que tiene un contribuyente a favor del estado. Obligación tributaria ACREEDOR (Estado) DEUDOR (contribuyente, Población) Nace de la ley 1.2. ¿Qué es el fraccionamiento tributario? El fraccionamiento tributario es una forma de apoyar al deudor contribuyente en caso que no pueda cumplir con su obligación tributaria, Sunat ofrece la opción de fraccionamiento un mecanismo flexible para pagar la deuda en cuotas. 1.3. ¿Qué es el fraccionamiento de la deuda tributaria? Según el Artículo 36 del código tributario el fraccionamiento de la deuda tributaria, es la facilidad de pago que concede la Administración Tributaria o el Poder Ejecutivo para que la deuda tributaria sea abonada en cuotas diferidas a lo largo de un período de hasta setenta y dos (72) meses según el monto de deuda que tengas pendiente. FRACCIONAMIENTO Cuota 1 Origen de la deuda 1.4. Base legal Cuota 2 Cuota 3 Cuota n Pago total de la deuda Decreto Supremo N.º 133‐2013‐EF, artículo 36°. Resolución de Superintendencia Nº 161‐ 2015/SUNAT Nuevo Reglamento de aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria. 4 1.5. Deudas sujetas y no sujetas al fraccionamiento tributario Tabla 1 Deudas sujetas y no sujetas al fraccionamiento tributario Deudas sujetas al fraccionamiento tributario Deudas no sujetas al fraccionamiento tributario a) Persona Natural, que la deuda tributaria o a) Aquella del ejercicio vigente, con excepción a no tributaria sea mayor o igual al 10% de la UIT. lo dispuesto en el literal d) del artículo 3°. b) Las deudas que hayan sido objeto de b) Persona Jurídica, que la deuda tributaria o impugnación administrativa prevista en el no tributaria sea mayor o igual a la UIT. TUO del Código Tributario o en el TUO de la c) Tratándose de deudores propietarios de más de un predio que acrediten la posesión Ley N° 27444. c) Las multas rebajadas por aplicación del por terceros régimen d) Que, la deuda tributaria y/o no tributaria corresponda a años anteriores, y/o no tributario que contengan las mismas convenio por normas procesos concursales o de quiebra previstos en la Ley N° 27809 e) Los costos y los gastos en que la administración f) Las deudas tributarias y no tributarias que del o d) Las que se encuentren comprendidas en los realizarse por la totalidad del valor tributario parte gradualidad específicas. e) El acogimiento al fraccionamiento deberá forman de hubiere incurrido en el procedimiento de de fraccionamiento que se encuentren con cobranza coactiva. f) Resolución de Pérdida de Fraccionamiento Aquella que por norma expresa, deba cancelarse al contado. por única vez. Nota. Información de la Resolución de superintendencia N.º 161-2015/SUNAT 1.5.1. Condiciones de los fraccionamientos 1 Los deudores solo podrán tener un fraccionamiento de deuda vigente (uno de deuda tributaria y uno de deuda no tributaria). 2 3 4 Las deudas tributarias y No tener la No encontrarse en no tributarias materia de condición de No procesos de un fraccionamiento que Habido. liquidación se encuentren con causal judicial o de pérdida de beneficio. extrajudicial 5 1.6. Solicitud de fraccionamiento El solicitante deberá cumplir con presentar los siguientes documentos: 1. Formato de solicitud debidamente suscrito por el solicitante. 2. Tratándose de personas naturales, exhibir el documento de identidad. 3. Tratándose de persona jurídica, exhibir el documento de identidad del representante legal, apoderado, tercero legitimado u otro debidamente acreditado. 4. Tratándose de sociedades conyugales exhibir el documento de Identidad de uno de los miembros. 5. Tratándose de terceros legitimados o de sucesiones, exhibir el documento de Identidad de uno de sus miembros debidamente acreditado. 1.6.1. Representación El solicitante deberá entregar lo siguiente: Tabla Representación Personas Naturales 2 Para Personas Jurídicas Tercero Legitimado a) Cuando se trate de deudas a) Se presentará una declaración a) Presentar documento tributarias, se requerirá poder jurada en donde se señale que acredite su legítimo por documento público o expresamente que se cuenta interés en la cancelación privado con firma legalizada con de por o suficiente para solicitar el declaración jurada de no fedatario fraccionamiento y/o suscribir tener el convenio correspondiente. deudor. notario autenticado público por municipal. la representación a) Cuando se trate de deudas no tributarias, se requerirá carta poder simple con firma del administrado. Nota. Información de la Resolución de superintendencia N.º 161-2015/SUNAT la deuda litigio con y el 6 1.7. Aprobación o denegatoria de la solicitud 1.7.1. Cómo elaborar la solicitud de fraccionamiento 7 8 1.7.2. Aprobación de la solicitud Según sea el tipo de deuda a fraccionar, una vez cumplidos los requisitos y condiciones establecidos en el presente Reglamento. la Resolución que la apruebe deberá contener lo siguiente: a) Número de fraccionamiento. b) Fecha. c) Nombres y Apellidos o razón social del deudor. d) Código de contribuyente o administrado. e) Documento de identidad del deudor (DNI, Carné de Identidad, Pasaporte, RUC, etc). f) Domicilio fiscal. g) Nombre del solicitante, en caso de representación. h) Datos de identificación del solicitante i) Número de solicitud. j) Deuda total materia de fraccionamiento. k) Plazo del fraccionamiento. l) Cuota inicial en porcentaje y monto, y constancia de haber sido cancelada. m) Número de cuotas. n) Monto por cuota. o) Fecha de vencimiento de cada cuota. p) Interés de fraccionamiento. q) Detalle de la deuda. r) Las garantías ofrecidas por el deudor tributario y el plazo para constituirlas a favor de la Municipalidad con la indicación expresan que, en caso de incumplimiento en la formalización de la garantía, quedará sin efecto el fraccionamiento otorgado 9 Figura 1 Ejemplo de una resolución de intendencia del fraccionamiento de la deuda tributaria Nota. Cuadro sacado de SuperContable.com - Denegar la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento 1.7.3. Denegación de la solicitud de fraccionamiento Se declarará denegada las solicitudes de fraccionamiento que no cumplan son el requerimiento establecido, o de la evaluación que realice la Municipalidad. Figura 2 Denegación de la solicitud de fraccionamiento Nota. Cuadro sacado de SuperContable.com - Denegar la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento 10 1.8. Plazos, cuotas e interés del fraccionamiento 1.8.1. Plazos • Para el fraccionamiento el plazo mínimo es de 2 meses y el plazo máximo es de 72 meses. • Cuando ambos se otorguen de manera conjunta, el plazo mínimo es 1 mes de aplazamiento y 2 meses de fraccionamiento, y el plazo máximo es de 72 meses. 1.8.2. Cuota de Acogimiento Es una cuota inicial a pagar para que se apruebe la solicitud. Esta cuota de acogimiento está en función a los meses de la solicitud, si el plazo excede los 12 meses será un requisito. Tabla Cuota de acogimiento Cada cuota de fraccionamiento estará compuesta por: a) Amortización de la Deuda Tributaria y/o No Tributaria. b) Interés del fraccionamiento 3 11 1.9. Aplazamiento, Ampliación Y Modificación Del Fraccionamiento 1.9.1. Aplazamiento Del Fraccionamiento Se entiende por aplazamiento de fraccionamiento, al otorgamiento de nuevos plazos para la cancelación de las cuotas del fraccionamiento establecidas. La deuda podrá ser aplazada por única vez hasta por el término máximo de dos meses consecutivos, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: 1. No se haya emitido la Resolución de Pérdida de Fraccionamiento. 2. Se haya cancelado por lo menos el 40% del integro de la deuda fraccionada 1.9.2. Ampliación De Fraccionamiento Se entiende por ampliación a la integración de nuevas deudas al fraccionamiento aprobado, al que se podrán adicionar nuevas cuotas y/o un nuevo cronograma de pagos, siempre y cuando no se haya emitido la Resolución de Pérdida de Fraccionamiento. 1.9.3. Modificación Y/O Revocación De Fraccionamiento En caso la deuda materia de fraccionamiento haya sufrido una disminución o amortización de capital, se reducirá el monto y/o número de cuotas pendientes de cancelación del fraccionamiento si correspondería según lo dispuesto por el presente reglamento. • Si los pagos del fraccionamiento exceden el total de la deuda recalculada materia de fraccionamiento. • Si dentro de un proceso de verificación posterior o de regularización realizado por el propio deudor. • Excepcionalmente y a solicitud del administrado, se podrá modificar un fraccionamiento vigente. 12 1.10. Garantías 1.10.1. Clases de garantías • Carta fianza La Carta Fianza deberá ser emitida por la entidad bancaria o financiera autorizada por la Superintendencia de Banca, Seguro y AFP Sera irrevocable, solidaria, incondicional y de ejecución inmediata Consignara un monto incrementado en cinco por ciento (5%) a la deuda a garantizar. Sera ejecutable a solo requerimiento de la SUNAT. • • Clases de garantías • Hipoteca de primer grado • El bien o bienes dado en garantía, de propiedad del deudor tributario o de terceros, debe exceder en cuarenta por ciento (40%) el monto de la deuda a garantizar menos el importe de la cuota de acogimiento o parte de esta cuando concurra con otra u otras garantías. • Debe ser presentado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de presentada la solicitud adjuntando. • La hipoteca no puede otorgarse bajo condición o plazo alguno. • Si el bien o bienes hipotecados fueran rematados, se pierden o deterioran este resultara insuficiente para cubrir la deuda, el deudor tributario deberá otorgar una nueva garantía. • Hipoteca de primer grado • • • • A efecto de garantizar la deuda a fraccionar la Administración sólo se aceptará como garantía mobiliaria los bienes muebles específicos La garantía mobiliaria no podrá constituirse sobre bienes futuros. El valor del bien o bienes ofrecidos en garantía, de propiedad del deudor tributario o de terceros, deberá exceder en un cincuenta por ciento (50%) el monto de la deuda a garantizar, o parte de ésta, cuando concurra con otra u otras garantías. En la minuta de constitución se señalará que la ejecución de la garantía la realizará el Ejecutor Coactivo de acuerdo a lo establecido en la Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva y en su Reglamento. El deudor podrá sustituir la garantía mobiliaria por una carta Fianza o hipoteca, debiendo previamente formalizar dichas garantías a fin de proceder al levantamiento de la garantía mobiliaria. 1.10.2. Deuda a garantizar Será necesario que se presente garantías, cuando la deuda tributaria materia de aplazamiento y/o fraccionamiento supere los siguientes montos: 13 Solicitud referida a: Deuda tributaria materia de aplazamiento y/o fraccionamiento Importe de la deuda a garantizar Solo fraccionamiento Aplazamiento o aplazamiento con fraccionamiento >300 UIT >100 UIT El exceso de 300 UIT El exceso de 100 UIT Se debe garantizar el íntegro de la deuda cuando: ✓ El deudor tributario fuera persona natural y se le hubiera abierto instrucción por delito tributario, ya sea que el procedimiento se encuentre en trámite o exista sentencia condenatoria por dicho delito, con anterioridad a la presentación de la solicitud. ✓ El representante legal o el responsable solidario del deudor tributario, a través de este último, hubiera incurrido en delito tributario, encontrándose en la situación a que se refiere el párrafo anterior. 1.11. Pérdida del fraccionamiento La pérdida del fraccionamiento se producirá cuando el solicitante incurra en cualquiera de las siguientes causales: Solicitud a: Solo Fraccionamiento Solo Aplazamiento Aplazamiento Fraccionamiento Motivo (s) de perdida Cuando se adeude el integro de dos (2) cuotas consecutivas. Cuando no se cumpla con pagar el integro de la última cuota dentro del plazo concebido para su vencimiento. Cuando no se cumpla con pagar el íntegro de la deuda tributaria aplazada y el interés correspondiente al vencimiento del plazo concedido. con Se perderán ambos: Cuando no se cumpla con pagar el íntegro del interés de aplazamiento hasta la fecha de su vencimiento. Si habiendo cumplido con pagar el íntegro del interés de aplazamiento, se perderá el fraccionamiento cuando: Se adeude el íntegro de dos (2) cuotas consecutivas. No se cumpla con pagar el íntegro de la última cuota dentro del plazo concedido para su vencimiento. 14 1.11.1. Impugnación de la pérdida Si el deudor tributario o no tributario hubiera impugnado una resolución de pérdida del fraccionamiento: 1. Podrá realizar pagos a cuenta respecto al saldo de lo adeudado, hasta la notificación de la resolución que confirme la pérdida o el término del plazo de fraccionamiento. 2. Deberá mantener vigente, renovar o sustituir las garantías, hasta que la resolución quede firme en la vía administrativa. De haber pronunciamiento a favor del contribuyente, las garantías se mantendrán o renovarán hasta el plazo señalado en el Titulo VII. 1.12. Nulidad del fraccionamiento 1.12.1. Causal de nulidad El fraccionamiento será declarado nulo por parte de la Administración, cuando de la verificación de los datos proporcionados se demuestre el incumplimiento de uno o varios de los requisitos establecidos en los artículos 3°, 4°, 5°, 6° y 7° del presente Reglamento, o la falsedad de los mismos, en cualquier etapa del monitoreo de cumplimiento. Asimismo, se declarará la nulidad del fraccionamiento de verificarse alguna causal de nulidad prevista en el artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General o en el artículo 109° del TUO del Código Tributario, según corresponda. En ese caso, se procederá a la cobranza del saldo pendiente de amortización a través de los instrumentos establecidos por Ley. Respecto de los pagos que se hubiesen efectuado se procederá según lo establecido en el artículo 31° del TUO del Código Tributario y las normas legales sobre la materia del presente Reglamento. 15 2. SIMULADOR DEL FRACCIONAMIENTO TRIBUTARIO El simulador no una declaración, es un aplicativo (servicio) de ayuda que ha sido elaborado por la SUNAT para que realice sus cálculos aproximados, previo a la presentación de una Solicitud de Fraccionamiento Art. 36. Antes de solicitar un fraccionamiento real en la pagina oficial de la Sunat es recomendable primera hacer una simulación para saber más acerca de tu deuda tributaria y como seria si aplicas tu fraccionamiento tributario. PASO 1 Ingresar al link https://emprender.sunat.gob.pe/ y seleccionar SIMULADORES PASO 2 Seleccionar FRACCIONAMIENTO 16 PASO 3 Una vez dentro del simulador, podemos empezar con la simulación de un fraccionamiento de la deuda tributaria. PASO 4 En esta simulación se estimo una deuda de S/150,000 soles, con 24 cuotas de fraccionamiento, nos muestra que el monto a pagar en cada cuota es de S/ 6,343 soles.