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Número de documento
NRF-149-PEMEX-2011
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17 de abril de 2011
PÁGINA 1 DE 29
COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS
Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS
SUBCOMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS
MEXICANOS
SECADORES DE AIRE PARA INSTRUMENTOS
“Esta norma cancela y sustituye a la NRF-149-PEMEX-2005”
Comité de Normalización de
Petróleos Mexicanos y
Organismos Subsidiarios
SECADORES DE AIRE PARA
INSTRUMENTOS
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CONTENIDO
CAPÍTULO
PÁGINA
0
INTRODUCCIÓN. .............................................................................................................................................4
1
OBJETIVO. .......................................................................................................................................................4
2
ALCANCE.........................................................................................................................................................4
3
CAMPO DE APLICACIÓN. ..............................................................................................................................5
4
ACTUALIZACIÓN. ...........................................................................................................................................5
5
REFERENCIAS. ...............................................................................................................................................5
6
DEFINICIONES. ...............................................................................................................................................6
7
SIMBOLOS Y ABREVIATURAS. .....................................................................................................................8
8
DESARROLLO. ................................................................................................................................................9
8.1
8.2
8.3
8.4
8.5
8.6
8.7
9
Condiciones de Diseño. ..........................................................................................................................9
Materiales. ............................................................................................................................................16
Fabricación. ..........................................................................................................................................17
Inspecciones y Pruebas........................................................................................................................19
Almacenamiento y transporte. ..............................................................................................................20
Documentación a entregar por el proveedor o contratista. ..................................................................21
Consumibles. ........................................................................................................................................24
RESPONSABILIDADES. ...............................................................................................................................24
9.1
9.2
Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. ...............................................................................24
Proveedor o Contratista. .......................................................................................................................24
10
CONCORDANCIA CON NORMAS MEXICANAS O INTERNACIONALES. ................................................24
11
BIBLIOGRAFÍA. .............................................................................................................................................24
12
ANEXOS. ........................................................................................................................................................26
12.1 Hoja de datos de secadores de aire para instrumentos. ......................................................................26
12.2 Presentación de documentos equivalentes. .........................................................................................29
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INSTRUMENTOS
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INTRODUCCIÓN.
Dentro de las instalaciones industriales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, existe
instrumentación neumática que necesita el suministro de aire seco y limpio para su operación, por lo que se
requiere utilizar secadores de aire para instrumentos.
El desarrollo de esta Norma de Referencia tiene como finalidad la adquisición de los secadores de aire para
instrumentos del tipo de Adsorción con regeneración en frío, que utilizan alúmina activada como desecante; por
lo que en este documento se definen los requisitos técnicos para su adquisición. En la elaboración de esta
norma han participado Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios, instituciones y empresas que se indican
a continuación:
Pemex Exploración y Producción.
Pemex Gas y Petroquímica Básica.
Pemex Petroquímica.
Pemex Refinación.
Petróleos Mexicanos.
Instituto Mexicano del Petróleo.
Asociación Mexicana de Ingenieros Mecánicos y Electricistas, A. C. (AMIME).
Atlas Copco Mexicana S.A. de C.V.
GRACO Mexicana S.A. de C.V.
1
OBJETIVO.
Establecer los requisitos técnicos y documentales para la adquisición de secadores de aire para instrumentos a
utilizarse en las instalaciones industriales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
2
ALCANCE.
Esta Norma de Referencia establece los requisitos para el diseño, materiales, fabricación, inspección, pruebas,
almacenamiento, transporte y documentación para la adquisición de secadores de aire para instrumentos del
tipo de Adsorción con regeneración en frío, que utilizan alúmina activada como desecante.
Esta norma de referencia cancela y sustituye a la NRF-149-PEMEX-2005.
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CAMPO DE APLICACIÓN.
Esta norma de referencia es de aplicación general y observancia obligatoria en la adquisición o arrendamiento
de los bienes objeto de la misma, que lleven a cabo los centros de trabajo de Petróleos Mexicanos y
Organismos Subsidiarios. Por lo que debe ser incluida en los procedimientos de contratación: licitación pública,
invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa; como parte de los requisitos que debe cumplir
el proveedor, contratista, o licitante.
4
ACTUALIZACIÓN.
Esta norma se debe revisar y en su caso modificar al menos cada 5 años o antes si las sugerencias y
recomendaciones de cambio lo ameritan.
Las sugerencias para la revisión y actualización de esta norma, deben enviarse al Secretario del Subcomité
Técnico de Normalización de Petróleos Mexicanos, quien debe programar y realizar la actualización de acuerdo
a la procedencia de las mismas y en su caso, inscribirla dentro del Programa Anual de Normalización de
Petróleos Mexicanos, a través del Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
Subcomité Técnico de Normalización de Petróleos Mexicanos.
Avenida Marina Nacional 329, Piso 23, Torre Ejecutiva
Colonia Huasteca, CP. 11311, México D.F.
Teléfono Directo: (55) 19-44-92-40, Conm.: (55) 19-44-25-00 ext. 54997
Correo electrónico: ariel.sanchez@pemex.com
5
REFERENCIAS.
NOM-001-SEDE-2005 Instalaciones Eléctricas (Utilización).
NOM-008-SCFI-2002 Sistema general de unidades de medida.
NOM-063-SCFI-2001 Productos eléctricos - Conductores - Requisitos de seguridad.
NOM-093-SCFI-1994 Válvulas de relevo de presión (Seguridad, seguridad – alivio) operadas por resorte y
piloto; fabricadas de acero y bronce.
NMX-J-235-1-ANCE-2008 Envolventes - Envolventes para uso en equipo eléctrico - Parte 1: Consideraciones
no ambientales - Especificaciones y métodos de prueba (Enclosures for electrical equipment. Non
environmental considerations).
NMX-J-235-2-ANCE-2000 Envolventes - Envolventes (gabinetes) para uso en equipo eléctrico - Parte 2
Requerimientos específicos – Especificaciones y métodos de prueba.
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NMX-J-300-ANCE-2004 Conductores – Cables control con aislamiento termoplástico o termo fijo, para
tensiones de 600 V y 1 000 V, y temperatura de operación máximas en el conductor de 75 °C y 90 °CEspecificaciones.
NMX-J-486-ANCE-2005 Conductores – Cables control y multiconductores de energía para baja tensión, no
propagadores de incendio, de baja emisión de humos y sin contenido de halógenos 600 V 90 °CEspecificaciones.
ISO 7183:2007 Compressed air dryers - Specifications and testing (Secadores de aire comprimido Especificaciones y pruebas).
ISO 8573-1:2010 Compressed air - Part 1: Contaminants and purity classes (Aire comprimido - Parte 1:
Contaminantes y clases de pureza).
NRF-028-PEMEX-2010 Diseño y construcción de recipientes a presión.
NRF-032-PEMEX-2005 Sistemas de tubería en plantas industriales – Diseño y especificaciones de materiales.
NRF-036-PEMEX-2010 Clasificación de áreas peligrosas y selección de equipo eléctrico.
NRF-046-PEMEX-2003 Protocolos de Comunicación en Sistemas Digitales de Monitoreo y Control.
NRF-048-PEMEX-2007 Diseño de Instalaciones Eléctricas.
NRF-053-PEMEX-2006 Sistemas de protección anticorrosivo a base de recubrimientos para instalaciones
superficiales.
NRF-105-PEMEX-2005 Sistema Digital de Monitoreo y Control.
NRF-148-PEMEX-2011 Instrumentos de Medición para Temperatura.
NRF-164-PEMEX-2006 Manómetros.
NRF-226-PEMEX-2009 Desplegados gráficos y bases de datos para el SDMC de procesos.
NRF-241-PEMEX-2010 Instrumentos transmisores de presión y presión diferencial.
NRF-245-PEMEX-2010 Válvulas Solenoide.
6
DEFINICIONES.
Para los propósitos de esta norma de referencia aplican las definiciones siguientes:
6.1
Alcance nominal (Rango): Conjunto de valores que están comprendidos dentro de los límites inferior y
superior de la variable medida, a los cuales se calibra el transmisor para efectos de medición.
6.2
Aire para Instrumentos: Aire comprimido libre de humedad, hidrocarburos en suspensión y partículas
sólidas que se utiliza como medio de trabajo para accionar diversos dispositivos de control.
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6.3
Calibración: Conjunto de operaciones que establecen, en condiciones especificadas, la relación entre
valores de las magnitudes indicadas por un instrumento de medición o un sistema de medición, o los valores
representados por una medida materializada o un material de referencia, y los valores correspondientes de la
magnitud realizada por lo patrones.
6.4
Certificado, informe o dictamen de calibración: Documento emitido por el CENAM o por un
laboratorio acreditado y aprobado, en el cual se consigna el resultado de la calibración de instrumentos para
medir.
6.5
Contenido de humedad: Es la razón de masa de vapor de agua entre el volumen total, en gramos por
metro cúbico.
6.6
Equivalente: Es la norma, especificación, método, estándar o código que cubre los requisitos y/o
características físicas, químicas, fisicoquímicas, mecánicas o de cualquier naturaleza establecidas en el
documento normativo extranjero citado en esta NRF, en donde para la aplicación de un documento normativo
equivalente se debe cumplir con lo establecido en el anexo 12.2 de esta NRF.
6.7
Escala (de un instrumento de medición): Conjunto ordenado de marcas con toda numeración
asociada, formando parte de un dispositivo indicador de un instrumento de medición.
6.8
Exactitud de un instrumento de medición: Aptitud de un instrumento de medición de dar respuestas
próximas a un valor verdadero.
6.9
Gabinete o Tablero local: Envolvente diseñada para montaje superficial o empotrado, provista de un
marco, montura o bastidor en el que se puede instalar una o vanas puertas, en cuyo caso dichas partes deben
ser oscilantes. Para aplicación en esta NRF solo se usa tablero local.
6.10
Instrumento de medición: Dispositivo destinado a ser utilizado para hacer mediciones, sólo o asociado
a uno o varios dispositivos anexos.
6.11
Punto de rocío de presión: Es la temperatura a la cual el vapor de agua se condensa, referenciado a
la presión de operación de la línea del sistema de aire comprimido. Es una medida del contenido de humedad
en el aire. Para efectos de esta NRF, punto de rocío de presión se refiere a punto de rocío.
6.12
Rango de remoción de contaminación: Es el tamaño más pequeño de contaminantes que el filtro
retiene con una eficiencia del 100% en peso.
6.13
Secador de aire para instrumentos: Paquete que incluye todos los componentes indicados en el 8.1.3
y 8.1.5 de esta NRF y todas las partes requeridas para su integración como son: válvulas de desvío “by-pass”
para filtros y columnas, tubería, “conduit”, “condulets”, cable para alimentación, cable para indicación y control,
hardware, software y configuración, tornillos, espárragos, tuercas y empaques, entre otros para su optima
operación.
Para efectos de esta norma de referencia, aplican las definiciones establecidas en la ISO 7183:2007 e ISO
8573-1:2010.
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SIMBOLOS Y ABREVIATURAS.
API
American Petroleum Institute (Instituto Americano del Petróleo).
ASME American Society of Mechanical Engineers (Sociedad Americana de Ingenieros Mecánicos).
ASTM American Society for Testing and Materials (Sociedad Americana para Pruebas y Materiales).
AWG
American Wire Gauge (Calibre de alambre estadounidense (CAE)).
DN
Diámetro Nominal.
ema
Entidad mexicana de acreditación.
IEC
International Electrotechnical Commission (Comisión Electrotécnica Internacional).
ISO
International Organization for Standardization (Organización Internacional de Normalización).
2
kg/cm kilogramos por centímetro cuadrado.
NEMA National Electrical Manufacturers Association (Asociación Nacional de Fabricantes Eléctricos).
NMX
Norma Mexicana.
NOM
Norma Oficial Mexicana.
NPS
National Size Pipe (Diámetro nominal de tubería).
NPT
National (American) Standard Pipe Taper (Estándar Nacional Americano de Tuberías Roscadas de
forma cónica o ahusada).
NRF
PEMEX
Norma de Referencia.
Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
PLC
Programmable Logic Controller (Controlador Lógico Programable).
PSIG
Pound per Square Inch Gauge (Libras por pulgada cuadrada manométricas).
PVC
Polyvinyl chloride (Policloruro de vinilo).
SCFM Standard cubic feet per minute (Pies cúbicos estándar por minuto).
UL
Underwriters laboratories (Laboratorios de Certificación de Pruebas).
UNS
Unified numbering system (Sistema de numeración unificado).
Para los efectos de esta norma de referencia con relación a símbolos y abreviaturas de las unidades de medida,
se debe aplicar NOM-008-SCFI-2002.
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DESARROLLO.
8.1
Condiciones de Diseño.
8.1.1
Especificaciones generales de aire para instrumentos.
La pureza del aire comprimido para instrumentos en el punto de utilización debe cumplir con la clase ISO 85733
1:2010 [1:2:1] (Tamaño de partícula 1 ȝP, punto de rocío -40°C, concentración total de aceite ”0.01 mg/m ); a
2
7 kg/cm (100 PSIG).
8.1.2
Especificaciones del Secador de aire para instrumentos.
8.1.2.1 El secador debe ser de tipo adsorción de columnas desecantes dúplex del tipo regeneración en frío
para operación automática continua.
8.1.2.2 El secador debe tener a la salida, la calidad de aire especificada en el 8.1.1.
8.1.2.3 El equipo debe operar a las condiciones ambientales especificadas en el anexo 12.1 y/o Bases de
Licitación.
8.1.2.4 Cuando alcance la temperatura de rocío, la caída de presión máxima en el secador, no debe ser mayor
2
a 0.56 kg/cm (8 PSIG).
8.1.2.5 La operación normal del secador debe ser por control por demanda, en caso de falla de éste, debe
efectuar cambio automático de operación a ciclo fijo. En cualquiera de los casos se debe cumplir en forma
constante con el punto de rocío a la salida del secador de -40 °C, no se acepta ningún tipo de variación.
a)
La instrumentación de control por demanda debe ser dedicada, libre de calibración durante la vida útil
del secador y medir dentro de las columnas.
8.1.2.6 El medio de regeneración debe ser el mismo aire seco generado por el secador, el consumo máximo de
purga para el diseño del secador debe ser un 15% del flujo total a 100 PSIG. Para las condiciones de operación
indicadas en el Anexo 12.1, el proveedor o contratista debe entregar la memoria de cálculo correspondiente.
8.1.2.7 Para el diseño del secador el fabricante debe tomar los puntos referidos en el Anexo 12.1 de
condiciones de entrada.
8.1.2.8 Los componentes eléctricos del secador deben ser suministrados para la clasificación de área indicada
en el anexo 12.1 y/o Bases de Licitación conforme lo establece la NRF-036-PEMEX-2010.
8.1.2.9 El secador debe tener integrada la línea de aire de control con filtro y regulador conectada a la descarga
de las columnas.
8.1.3
Componentes Principales del secador de aire para instrumentos:
8.1.3.1 Prefiltro y postfiltro.
a)
El prefiltro debe ser de tipo coalescente y debe filtrar los vapores aerosoles de aceite y agua, con
separador/purga de condensado automático independiente al prefiltro e instalado a la descarga del mismo.
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b)
El postfiltro debe filtrar partículas de alúmina a la salida de las columnas.
c)
Las conexiones de entrada y salida del secador deben ser bridadas de cara realzada Clase 150 según lo
indicado en el Anexo 12.1.
d)
Se debe incluir dos prefiltros y dos postfiltros, cada filtro debe ser para el cien por ciento de la capacidad
solicitada, uno en operación y otro de relevo con sus válvulas de bloqueo de ¼ de vuelta tipo macho de acuerdo
con NRF-032-PEMEX-2005.
e)
Los materiales de las partes en contacto con otras partes metálicas del secador deben ser compatibles
para minimizar la corrosión electrolítica, referirse al punto 6.1.1 de ASTM F 1791-00 (R 2006) o equivalente. El
alcance nominal (rango) de presión y el tipo de conexiones seleccionados deben ser iguales tanto para la
entrada como para la salida del filtro. El elemento filtrante debe ser removible para su reemplazo.
8.1.3.2 Columnas desecantes.
8.1.3.2.1 Se deben suministrar dos columnas desecantes para que mientras una se encuentre en operación la
otra se regenere.
8.1.3.2.2 El tipo de desecante utilizado debe ser alúmina activada. El proveedor o contratista debe suministrar
la carga inicial. La vida útil de la alúmina debe tener un periodo no menor de 40 000 horas de operación en
condiciones normales antes de su reemplazo. El proveedor o contratista es responsable de cumplir con la
pureza del aire indicada en el 8.1.1 de esta NRF durante toda la vida útil de la alúmina.
8.1.3.2.3 Cuando el diseño de las columnas desecantes requiera difusores a la entrada y a la salida de aire
éstos deben ser de acero inoxidable. Cada columna debe tener una base o canastilla para soportar el
desecante, su diseño debe permitir que se puedan extraer y reinstalar fácilmente para su mantenimiento.
8.1.3.2.4 Cada columna debe tener boquillas separadas para facilitar la carga y vaciado del desecante.
8.1.3.2.5 Para las columnas se deben incluir válvulas de bloqueo y desvío “by-pass” de ¼ de vuelta tipo macho
de acuerdo con NRF-032-PEMEX-2005.
8.1.4
Recipientes a presión del secador de aire para instrumentos.
El diseño de los recipientes y partes sujetas a presión (columnas desecantes y filtros) en cuanto a sus
temperaturas y presiones de diseño, cargas por presiones, valores de espesores de pared de envolventes y
cabezas y reforzamiento de superficies, así como los requerimientos de aberturas, uniones de boquillas y
soportes del recipiente, deben cumplir con las condiciones de diseño indicadas en el 8.1 de la NRF-028PEMEX-2010. El valor permisible de corrosión para las columnas es de 0.125 mm (1/8 de pulgada).
8.1.5
Instrumentación y Control del secador de aire para instrumentos.
8.1.5.1 El proveedor o contratista debe suministrar la instrumentación, el control por demanda y el control a
ciclo fijo.
8.1.5.2 La operación del secador debe cumplir con lo siguiente:
a)
Operar en control por demanda, el cual debe restablecer en forma automática la operación a ciclos fijos
en caso de falla, del control por demanda.
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b)
El medio de regeneración debe ser el mismo aire seco generado por el secador.
c)
Independiente al PLC del secador, debe incluir un sistema de control por demanda.
2
d)
Un reductor de purga por columna para un flujo de aire de purga máximo de 15% a 7 kg/cm (100 PSIG)
respecto al flujo total de aire seco.
8.1.5.3 Prefiltros y Postfiltros.
a)
Indicador de presión diferencial, con las siguientes características:
x
Debe ser digital con indicación local y enviar la señal al PLC para indicar y alarmar el reemplazo del
elemento filtrante de acuerdo con la indicada en este inciso a).
x
Los materiales en contacto con el fluido deben ser de acero inoxidable 316, UNS S31600 de acuerdo a
ASTM A 182/A 182M-10 o equivalente.
x
Cumplir con la clasificación del área indicada en el anexo 12.1.
x
El suministro eléctrico debe ser proporcionado por la fuente de alimentación del PLC.
x
Deben medir los siguientes valores de presión diferencial:
Elemento
Como filtro limpio
y húmedo
Señal de
alarma
Señal por filtro contaminado máximo
permisible - cambio de elemento
filtrante
Prefiltro
2.5 PSI
4.75 PSI
5 PSI
Postfiltro
0.5 PSI
1.75 PSI
2 PSI
Referencia: Tabla 3 del ASTM F1791-00 (R2006).
Requerimientos de caída de presión de filtros
b)
Separador/purga automática de condensado en prefiltros.
Válvula con actuador neumático, controlado automáticamente mediante un flotador regulado en función del nivel
de condensados de acuerdo a lo especificado en el Anexo 12.1 y debe cumplir con lo siguiente.
x
No requerir filtros de limpieza y ser libre de atascamiento en la válvula.
x
Operar bajo demanda.
x
Evitar pérdida de aire.
x
Tener botón de prueba manual para confirmar operación de la válvula.
x
Ser de material que permita la indicación visual.
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8.1.5.4 Columnas desecantes.
Para cada columna se debe suministrar lo siguiente:
a)
Válvula(s) de admisión / desvío de aire, se debe cumplir con las siguientes características:
x
Material del cuerpo de acero al carbono ASTM A216 Gr. WCB o equivalente.
x
Material de los internos de acero inoxidable 316, UNS S31600 de acuerdo a ASTM A 182/A 182M-10 o
equivalente.
x
Para secadores con una capacidad menor a 1600 SCFM deben tener un ciclo de vida de 1 000 000 de
ciclos o mejor y secadores para una capacidad mayor o igual a 1600 SCFM debe ser de 500 000 ciclos o mejor.
x
Operadas en forma neumática.
x
No lubricadas.
x
Resistente al medio ambiente corrosivo del área donde se instale el secador, a la erosión provocada por
la incrustación del elemento desecante y al desgaste.
x
Sellos elastómeros de Buna N.
x
Baja caída de presión.
x
Cuerpo de 2 o 3 vías, de acuerdo al diseño del fabricante.
x
Cierre hermético.
x
Acción de control: abrir “On” - cerrar “Off”.
x
Para secadores con una capacidad menor a 1600 SCFM se acepta una sola válvula para ambas
columnas.
x
Interruptor de posición abierta / cerrada con indicación en el PLC.
x
Actuador neumático de pistón, accionado a través de una válvula solenoide, con características
indicadas en el inciso c, el actuador puede estar integrado en el cuerpo de la válvula o puede ser independiente
a la válvula.
b)
Válvula de represurización / purga, debe cumplir con las siguientes características:
x
Material del cuerpo de acero al carbono ASTM A216 Gr. WCB o equivalente.
x
Material de los internos de acero inoxidable 316, UNS S31600 de acuerdo a ASTM A 182/A 182M-10 o
equivalente.
x
Para secadores con una capacidad menor a 1600 SCFM deben tener un ciclo de vida de 1 000 000 de
ciclos o mejor y secadores para una capacidad mayor o igual a 1600 SCFM debe ser de 500 000 ciclos o mejor.
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x
Operada en forma neumática.
x
No lubricada.
x
Resistente al medio ambiente corrosivo del área donde se instale el secador, a la erosión provocada por
la incrustación del elemento desecante y al desgaste.
x
Sellos elastómeros de Buna N.
x
Baja caída de presión.
x
Cuerpo de 2 o 3 vías, de acuerdo al diseño del fabricante.
x
Cierre hermético.
x
Interruptor de posición abierta / cerrada, con indicación en el PLC.
x
A la salida de la válvula se deben suministrar silenciadores para mantener el nivel de ruido menor a 85
dB (A) medido a 1.0 m de distancia.
x
Actuador neumático de pistón, accionado a través de una válvula solenoide, con características
indicadas en el inciso c, el actuador puede estar integrado en el cuerpo de la válvula o puede ser independiente
a la válvula.
x
El actuador debe estar aislado del flujo de aire para que la cama desecante no se contamine por la
humedad del aire a secar.
c)
Válvula(s) solenoide para el suministro de aire a los actuadores de la válvula de admisión / desvío y la
válvula de represurización / purga de cada columna desecante, deben cumplir con la NRF-245-PEMEX-2010 y
con lo siguiente:
x
De tipo universal.
x
Deben ser controladas por el PLC.
x
Material del cuerpo debe ser acero inoxidable 316, UNS S31600 de acuerdo con ASTM A 182/A 182M10 o equivalente.
x
Para el disco o diafragma y el sello deben cumplir con 8.2.1 de la NRF-245-PEMEX-2010.
x
Bobina de 24 VCD, con aislamiento clase F.
d)
Indicadores de presión en las columnas, deben cumplir con la NRF-164-PEMEX-2006 y con las
siguientes características:
2
x
Carátula con escala dual graduada en kg/cm y en libras por pulgada cuadrada.
x
Caja de fenol con bisel roscado.
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x
Elemento de presión tipo tubo Bourdon de acero inoxidable 316, UNS S31600 de acuerdo a ASTM A
182/A 182M-10 o equivalente.
x
Conexión al proceso de 12.5 mm (1/2 pulgada) NPT.
x
Elemento móvil de acero inoxidable 316, UNS S31600 de acuerdo a ASTM A 182/A 182M-10 o
equivalente.
x
Exactitud de ± 1% de la escala total conforme a 8.1.2.1 de la NRF-164-PEMEX-2006.
x
Alcance nominal (rango) de 0 a 14 kg/cm (0 a 200 libras por pulgada cuadrada).
2
e)
Válvula de seguridad, una por columna desecante, debe cumplir con la NOM-093-SCFI-1994 y con las
siguientes características:
x
Válvula tipo convencional, de resorte.
x
Montaje en la parte superior de la columna.
x
Bonete tipo cerrado.
x
Capucha tipo roscada.
x
Sin palanca.
x
Material del cuerpo, bonete y resorte de acero al carbono ASTM A216 Gr. WCB o equivalente.
x
Material de internos (asiento, disco y guías) de acero inoxidable 316, UNS S31600 de acuerdo a ASTM
A 182/A 182M-10 o equivalente.
x
La presión de ajuste se debe determinar de modo que se evite que la presión de operación, se eleve
más del 15% por arriba de la presión de trabajo máxima permisible.
x
El Código de selección, es de acuerdo a la NRF-028-PEMEX-2010.
8.1.5.5 En cabezal de entrada y en cabezal de salida del secador.
8.1.5.5.1
Cabezal de entrada
a)
Suministrar un transmisor de presión con indicación local y envío de señal de 4 a 20 mA al PLC del
secador. Debe cumplir con la NRF-241-PEMEX-2010.
b)
Suministrar un sensor de temperatura tipo RTD de tres hilos Pt-100 ohms con su termopozo, con señal
al PLC del secador. Debe cumplir con la NRF-148-PEMEX-2010.
8.1.5.5.2
Cabezal de salida
Sensor de punto de rocío del aire con las siguientes características:
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e)
Para la presentación gráfica e indicación de los incisos anteriores se debe cumplir con los numerales
8.1.24 al 8.1.26 de la NRF-226-PEMEX-2009.
8.1.5.6.2 Tablero Local.
a)
Debe ser del tipo modular y contener todos los componentes del PLC, y debe ser construido de lámina
de acero inoxidable 316L, UNS S31603 de acuerdo a ASTM A 182/A 182M-10 o equivalente, calibre 12, con
acabado interior 2B y acabado exterior pulido espejo, debe ser soportado en el patín del secador, herrajes y
soportes fabricados en acero inoxidable 316L UNS S31603 de acuerdo a ASTM A 182/A 182M-10 o
equivalente.
b)
Debe ser tipo 4x, conforme a NMX-J-235-1-ANCE-2008, NMX-J-235-2-ANCE-2000 y con la clasificación
de áreas indicada en el Anexo 12.1 de acuerdo con NRF-036-PEMEX-2010.
c)
La parte superior de la pantalla “display” tipo LCD debe quedar a una altura máxima de 1600 mm sobre
el nivel del piso, para que el operador tenga accesibilidad visual y del teclado para su operación.
d)
El acceso a todos los componentes del tablero debe ser desde la parte frontal.
e)
Para la construcción del tablero se debe cumplir con el 6.4 de la NMX-J-235-1-ANCE-2008.
f)
Se debe dimensionar de acuerdo al requerimiento de su contenido.
g)
Se debe proporcionar el tablero con toda la instrumentación, PLC y componentes interconectados.
8.1.5.7 Cada uno de los instrumentos debe tener placa de identificación permanentemente asegurada al
instrumento (no se aceptan uniones por adhesivo) debe contener la siguiente información:
x
Identificación y servicio.
x
Marca, modelo y número de serie.
x
Nombre del fabricante.
Alcance nominal (rango).
8.1.5.8 La tubería conduit se debe identificar en cada extremo de unión.
8.2
Materiales.
8.2.1
Requisitos de los materiales del secador de aire para instrumentos.
8.2.1.1 Los materiales de los recipientes y partes sujetas a presión así como de los no sujetos a presión de los
secadores (columnas desecantes y filtros) y los esfuerzos de los materiales permitidos, deben cumplir con los
requisitos indicados en el punto 8.2 de la NRF-028-PEMEX-2010.
8.2.1.2 Los materiales del cuerpo de los filtros, para instalaciones marinas, debe ser de acero inoxidable 304L
UNS S30403 de acuerdo a ASTM A 182/A 182M-10 o equivalente.
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8.2.1.3 Los materiales de soldadura que se utilicen en la fabricación de los recipientes, deben cumplir con el
punto 8.2.2 de la NRF-028-PEMEX-2010.
8.2.1.4 Los materiales de los espárragos, tuercas y arandelas utilizados para fijar las partes desmontables del
recipiente deben cumplir con el numeral 8.2.4 de la NRF-028-PEMEX-2010.
8.2.1.5 Los materiales de los componentes estructurales no sujetos a presión soldados al recipiente a presión,
como placas de refuerzo, soportes de internos, anillos de refuerzo deben cumplir con lo indicado en el numeral
8.2.1.2 de la NRF-028-PEMEX-2010.
8.2.1.6 El cuerpo y tapas de las columnas deben ser de acero al carbono ASTM A216 Gr. WCB o equivalente
de acuerdo con lo especificado en el anexo 12.1 de esta norma de referencia.
8.2.1.7 Base o canastilla para soportar el desecante debe ser de acero inoxidable 316, UNS S31600 de
acuerdo a ASTM A 182/A 182M-10 o equivalente.
8.2.1.8 Los materiales para la tubería y válvulas se deben suministrar de acuerdo a la NRF-032-PEMEX-2005.
8.2.1.9 El tubing debe ser sin costura, de acero inoxidable, con espesores de pared: de 0.89 mm (0.035
pulgada) para diámetro de 6.35 mm (¼ pulgada); de 1.24 mm (0.049 pulgada) para diámetro de 9.52 mm (3/8
pulgada); de 1.65 mm (0.065 pulgada) para diámetro de 12.7 mm (½ pulgada) y deben cumplir con ASTM A269
o equivalente. Los conectores para tubing deben ser de acero inoxidable 316 del tipo compresión con doble
sello.
8.3
Fabricación.
8.3.1
Requisitos de fabricación de secadores de aire para instrumentos.
8.3.1.1 El secador suministrado debe ser hermético, a prueba de burbujas.
8.3.1.2 La fabricación de los recipientes sometidos a presión deben cumplir en cuanto a corte, rastreabilidad de
materiales, reparación, formado de envolventes y cabezas, tolerancia de redondez, tolerancia para formado de
cabezas, así como las restricciones por el tipo de servicio, materiales permitidos, tratamientos térmicos posterior
a la soldadura, resistencia de las conexiones soldadas, procesos permitidos de soldadura, calificación de los
procedimientos, calificación de soldadores y operadores, juntas longitudinales y circunferenciales terminadas,
aplicación de soldadura, reparación de defectos, inspecciones, como los componentes que integran los
recipientes y que son fabricados por forja y para ello se debe de establecer las restricciones para los materiales
permitidos, fabricación, tolerancias, tratamientos térmicos, requisitos para las soldaduras, reparación de
defectos en materiales, reparación de defectos en las soldaduras, marcado y certificación conforme al numeral
8.3 de la NRF-028-PEMEX-2010.
8.3.2
Montaje.
El secador completo debe estar montado en fábrica en una base de acero estructural ASTM A 36/A 36M-08 o
equivalente. Se debe suministrar la base con los barrenos requeridos para sujetar el secador y debe ser
suministrada con barrenos para los pernos de anclaje. Para secadores con capacidades mayor o igual a 1600
SCFM deben tener integrado orejas de izaje para maniobras de instalación.
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8.3.3
Alambrado interno.
La conducción del cableado de energía eléctrica y para la instrumentación en general se debe realizar por
separado con tubería conduit. El alambrado interno en los secadores de aire de instrumentos, debe tener las
siguientes características:
a)
Debe ser continuo, sin empalmes.
b)
El conductor debe tener zapatas terminales tipo ojillo de compresión en ambos extremos.
c)
Se debe alambrar desde la instrumentación electrónica local hasta las tablillas terminales del PLC.
d)
Las canalizaciones para el suministro de energía eléctrica deben ser independientes de las
canalizaciones utilizadas para llevar cables de control.
e)
Cada cable debe estar marcado e identificado de forma permanente y debe cumplir con 8.14 c) de la
NRF-048-PEMEX-2007.
f)
Los conductores deben ser de cobre, con aislamiento de etileno propileno flourado (FEP) o tipo THWLS/THHW-LS, para 600 V, 75/ 90 °C. y cumplir con la NRF-048-PEMEX-2007.
g)
El tamaño mínimo del cable a utilizar para suministro eléctrico es de 2.08 mm² (14 AWG) y para control
de 1.31 mm² (16 AWG).
h)
Las especificaciones de construcción de los cables, deben estar de acuerdo con NMX-J-300-ANCE2004 y NMX-J-486-ANCE-2005.
i)
Las tablillas terminales para el suministro eléctrico deben ser para 600 V y corriente mínima de 10 A.
j)
Las tablillas terminales deben cumplir con los requerimientos de NEMA ICS 4:2005 o equivalente.
8.3.3.1 Conduit y accesorios eléctricos.
a)
Se debe cumplir con el 8.4.2 g, i, j, m, n, p, u, v, w de la NRF-048-PEMEX-2007.
b)
Los accesorios de canalización para la instalación eléctrica deben ser de aluminio libre de cobre en
áreas no corrosivas y para áreas corrosivas se deben recubrir con PVC en la parte externa y en la interna con
uretano.
8.3.3.2 Puesta a tierra.
Se debe suministrar un conector tipo mecánico para la puesta a tierra eléctrica del paquete del secador, para
cable de cobre desnudo tamaño 33.6 mm² (2 AWG) mínimo y para la tierra eléctrica de la instrumentación y
PLC se debe conectar a la red de puesta a tierra de sistemas electrónicos e instrumentos que es independiente
de la tierra general eléctrica.
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8.3.4
Identificación.
8.3.4.1 Los componentes mecánicos del secador de aire para instrumentos deben ser suministrados con una
placa de datos de acero inoxidable 18 Cr - 8 Ni o de aleaciones de cuproníquel, fijada a cada equipo de manera
permanente (no se aceptan adhesivos) y debe estar en un lugar visible y de fácil acceso.
8.3.4.2 La placa de datos debe tener estampada con letra de golpe la siguiente información: número, lugar y
descripción del proyecto, clave del equipo marca, modelo, número de parte y número de serie del fabricante,
designación del. ASTM correspondiente o equivalente y año de revisión, condiciones de operación (presión de
entrada, capacidad, temperatura), año de fabricación, alcance nominal (rango) de presión.
8.3.4.3 El secador debe tener cada uno de sus componentes, con números de serie identificables.
8.3.4.4 Los cables deben ser marcados en su aislamiento a lo largo de toda su longitud con el nombre del
fabricante, el tipo de cable, el calibre y la tensión de operación máxima de acuerdo al 8.2.1 de la NOM-063SCFI-2001.
8.3.5
Recubrimiento anticorrosivo del secador de aire para instrumentos.
La limpieza, aplicación y pruebas del sistema de protección anticorrosiva deben cumplir con lo establecido en la
NRF-053-PEMEX-2006. La condición de superficie antes de la preparación debe ser de grado A para acero
nuevo y la limpieza de la superficie debe ser a metal blanco grado Sa 3.
8.4
Inspecciones y Pruebas.
8.4.1 El proveedor o contratista debe enviar a PEMEX el programa de inspección y la agenda de pruebas del
secador y debe informar de la ejecución de cada prueba de acuerdo a lo indicado en las Bases de Licitación.
8.4.2 Las inspecciones, pruebas, evaluación de resultados y certificación a los recipientes sometidos a
presión (tales como las columnas desecantes y filtros) se deben efectuar por el fabricante y cumplir con lo
establecido en el 8.4 de la NRF-028-PEMEX-2010.
8.4.3 Después de la inspección en fábrica se le deben efectuar las pruebas que incluyan la constatación de la
exactitud de los secadores de aire para instrumentos dentro de las tolerancias establecidas en esta norma de
referencia.
8.4.4 Para la verificación del funcionamiento o desempeño del secador, el fabricante debe probar el equipo y
cumplir con lo especificado en la ISO-7183:2007.
8.4.5 Para la verificación del buen funcionamiento del secador, éste debe operar, durante un periodo de
tiempo, el cual debe ser recomendado por el fabricante y debe ser establecido en el protocolo de pruebas.
8.4.6 El proveedor debe suministrar a PEMEX la documentación y reportes donde certifique que los
requerimientos de las especificaciones se han cumplido y que el equipo ha sido probado satisfactoriamente.
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8.4.7
Reporte de pruebas.
8.4.7.1 El proveedor debe entregar a PEMEX el certificado de prueba de fábrica avalado por laboratorios de
prueba acreditados por ema o reconocidos por el Gobierno Mexicano.
8.4.7.2 Los instrumentos integrados en el secador se deben entregar calibrados por el proveedor, con sellos
que impidan a personas ajenas a la instrumentación modificar sus condiciones de ajuste.
8.4.7.3 El resultado de la calibración de los instrumentos conforme a patrones de medida, se hará constar en
dictamen de laboratorio suscrito por el responsable del mismo en el que se debe indicar el grado de precisión
correspondiente, además de los datos que permitan la identificación del instrumento.
8.4.7.4 El proveedor o contratista debe entregar el Anexo B Reporte para el funcionamiento del secador de la
ISO 7183:2007 especificado en el 8.4.4 de esta NRF. Adicionalmente debe entregar un reporte de la prueba de
funcionamiento en donde demuestre la operación del secador con control por demanda y a ciclo fijo.
8.4.7.5 El funcionamiento de los secadores de aire para instrumentos no debe ser afectado por las siguientes
condiciones ambientales:
x
x
x
x
x
x
x
Temperatura:
4 °C a 49 °C.
Contenido de humedad:
Exposición a atmósferas que contienen humedad salitrosa.
Presión atmosférica.
Iluminación.
Vibración.
Interferencia electromagnética.
Polvos.
8.4.7.6 En los circuitos eléctricos se debe probar la continuidad de los cables y la ausencia de corto circuito.
8.5
Almacenamiento y transporte.
8.5.1 El equipo de secado se debe empacar en caja u otro medio o contenedor a prueba de polvo, resistente
a la humedad y con una rigidez tal que soporte los esfuerzos de compresión y flexión al que es sometido por las
maniobras de izaje durante el transporte y el almacenaje sin que sufra daños. Se debe utilizar un aislante
mecánico entre el equipo y la pared del contenedor y entre todos los componentes en el mismo contenedor.
Todos los componentes del equipo, así como cualquier otro cuerpo móvil en el interior de la caja deben ser
fijados para evitar movimiento durante el manejo y transporte.
8.5.2 Todas las conexiones y aberturas, como entradas y salidas de instrumentos se deben sellar con
material removible y evitar la entrada de cuerpos extraños.
8.5.3
Los instrumentos removibles deben ser enviados en contenedores por separado, al lugar de instalación.
8.5.4 En el caso de los equipos eléctricos, se debe proporcionar un empaque con material de características
elásticas para proteger el interruptor y los cables.
8.5.5 Colocar desecantes en envases de baja permeabilidad en cada compartimiento de los contenedores
para mantenerlo seco dentro del equipo durante su manejo y transporte y un almacenaje de por lo menos un
año.
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8.5.6
Los contenedores de embarque y almacenaje deben ser marcados con la siguiente información mínima:
a)
Clave de identificación del producto.
b)
Nombre y dirección del fabricante.
c)
Numero del proyecto.
d)
Numero de contrato.
e)
Numero de orden de compra.
8.5.7 El embalaje y marcado de materiales y equipos para su embarque debe cumplir con la
P.1.0000.09:2005.
8.6
Documentación a entregar por el proveedor o contratista.
8.6.1 Toda la información suministrada por el proveedor a PEMEX, debe estar en idioma español, con el uso
de unidades de medida en el sistema internacional y con el sistema inglés entre paréntesis.
8.6.2 La información debe ser suministrada tanto en forma impresa (tamaño carta), como en archivo
electrónico con formato "pdf", "dwg", "dgn", o una combinación de dichos formatos, conforme se establezca en
las bases de licitación:
8.6.3
En todos los documentos el proveedor o contratista debe indicar como mínimo los siguientes datos:
x
Razón social del proveedor y/o fabricante.
x
Nombre y número de proyecto de PEMEX.
x
Número de proyecto del proveedor.
x
Nombre y clave del equipo.
x
Nombre y localización de la instalación.
x
Número de requisición y orden de compra.
x
Nombre y número del documento.
x
Fecha de emisión y número de revisión.
x
Marca y numero de serie del equipo.
x
Modelo y tamaño del equipo de secado.
x
Fecha de emisión y número de revisión.
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8.6.4
Información requerida con la propuesta.
x
Presentar de manera legible y ordenada, la descripción detallada del alcance de su propuesta de
acuerdo a los requerimientos y especificaciones de este documento.
x
Generar y entregar completamente llenos las hojas de especificaciones del Anexo 12.1.
x
Todos los dibujos que se incluyan en la propuesta se deben presentar en tamaño carta o doble carta y
ser completamente legibles y en idioma español.
x
Todos los documentos que integran la propuesta: hojas de especificaciones, información técnica de
soporte (hojas de cálculo de las columnas, de los filtros), entre otros.
x
Toda la información técnica que el proveedor presente debe tener un letrero que indique que es
“información de propuesta”.
x
Arreglo general preliminar con dimensiones, catálogos originales con vistas y cortes secciónales de los
equipos y una lista de instalaciones con el modelo y el servicio cotizado.
x
Un programa preliminar del desarrollo de la fabricación, pruebas y embarque del equipo, el cual debe
ser actualizado después de colocada la orden de compra. En base a ese programa el proveedor debe emitir
reportes de avance mensuales y extraordinarios en caso de ser solicitados por PEMEX.
8.6.5
Información requerida después de asignar el contrato.
x
La información solicitada por las normas aplicables a cada equipo, para revisión y aprobación.
x
Informe de calibración o punto de ajuste de la válvula de seguridad.
x
Cinco juegos de los dibujos y documentos requeridos por cada una de las emisiones que se realicen.
Una vez que los documentos técnicos hayan sido aprobados por PEMEX, el proveedor debe emitir la edición
certificada de cada uno de ellos y entregar la misma cantidad y los archivos electrónicos en discos compactos.
x
Con la primera edición de dibujos y documentos técnicos, debe incluir la lista de todos los dibujos y
documentos que debe entregar, además debe incluir un programa de entrega para revisión y aprobación.
8.6.5.1 Información para revisión de PEMEX.
a)
Diagramas de arreglo general del secador debe indicar todas las conexiones y dimensiones principales,
así como espacios requeridos para mantenimiento. Este diagrama debe indicar todas las conexiones requeridas
para su integración.
b)
Lista de todos los componentes del secador y de los materiales. Debe referir claves de identificación de
las partes, especificaciones de material y tamaños.
c)
Índice de instrumentos incluidos en el secador que refiera como mínimo: número de identificación,
servicio, alcance nominal (rango) de la escala y puntos de ajuste de control, referencia del diagrama de
instalación y/o de interconexión, referencia a la hoja de especificaciones y ubicación.
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d)
Hojas de especificaciones de instrumentos y PLC que deben incluir los requisitos solicitados en las NRF
mencionadas en el 8.1.5 de esta NRF.
e)
Sumario de instrumentos que incluya: número de identificación del instrumento, número de DTI
(diagrama de tubería e instrumentación), servicio, alcance nominal (rango), valores de ajuste para alarma y
disparo, condiciones de operación.
f)
Diagramas de localización de instrumentos y componentes eléctricos del secador y en el tablero de
control así como el control por demanda.
g)
Instructivo con el procedimiento de almacenamiento y transporte, con los requisitos establecidos en el
numeral 8.5 de esta norma de referencia.
h)
Cédula de conductores y tubería conduit del secador, en la que se indique el número de conductores,
calibre, longitud, servicio y características técnicas de los cables que suministra como resultado de la
interconexión entre el equipo y el tablero de control local.
i)
Diagramas de carga de los equipos. Referir pesos estimados y centros de gravedad (vertical,
longitudinal y transversal).
j)
Diagramas de fuerzas y momentos permitidos en las boquillas, de torques de los ensambles roscados y
juntas.
k)
Dibujos seccionales de los componentes principales, que incluya listas de partes y materiales. Además,
las memorias de cálculo de los componentes sus procedimientos de soldadura, calificación de soldadores y
operarios, reporte de reparaciones y certificado de materiales.
I)
Diagramas de alambrado del PLC a los instrumentos, así como los diagramas de interconexión
neumáticos.
m)
Descripción funcional y de control del secador.
n)
Diagramas lógicos de control que presenten la operación funcional del secador.
o)
Suministrar los mapas de memoria y base de datos del PLC para ser usados en la integración al
sistema digital de monitoreo y control SDMC de la instalación.
p)
Reportes de pruebas conforme a lo establecido en la ISO 7183:2007.
q)
Manual de instalación, operación y mantenimiento, que indiquen, entre otros conceptos: procedimiento
de instalación (maniobras para montaje y desmontaje), diagramas con partes seccionadas de los componentes
del sistema, referir marca y modelo de cada componente, ajustes y tolerancias, masa, dimensiones, cantidad,
tipo y nivel normal de grasa o aceite, cargas, empujes, deflexiones, uso de herramientas especiales,
periodicidad recomendada de limpieza o mantenimiento, precauciones antes de puesta en marcha y después
de mantenimiento, vibraciones, problemas tipo y soluciones recomendadas y lista de partes con su número de
identificación. Los manuales de montaje, operación y mantenimiento también deben incluir todos los
instrumentos que se incluyen con la oferta, describir, para el caso de los involucrados con el control automático
del secador, su filosofía de control e incluir los diagramas de interconexión para su operación.
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r)
Toda la información técnica que se proporcione, debe ser en idioma español conforme lo establece la
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público.
s)
El fabricante del secador debe proporcionar la memoria de cálculo de las válvulas de seguridad en la
cual se indique lo siguiente:
x
x
x
x
x
Las capacidades requerida y real.
Las áreas calculada y seleccionada.
La presión de ajuste.
El tamaño y tipo de conexiones de entrada/salida.
Identificación del orificio.
s1)
Certificado o informe de la presión de ajuste.
8.7
Consumibles.
El proveedor o contratista debe suministrar con el secador los siguientes consumibles como mínimo:
x
Dos cartuchos para el prefiltro y Dos para el postfiltro.
x
Dos silenciadores.
9
RESPONSABILIDADES.
9.1 Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
9.1.1
Vigilar la aplicación de los requisitos establecidos en esta norma de referencia.
9.2
Proveedor o Contratista.
9.2.1 Cumplir con los requisitos establecidos en esta norma, para la adquisición de los secadores de aire para
instrumentos.
9.2.2 Conocer el contenido de la presente norma y cumplir con los requisitos establecidos en las bases de
licitación.
10
CONCORDANCIA CON NORMAS MEXICANAS O INTERNACIONALES.
Esta norma no tiene concordancia.
11
BIBLIOGRAFÍA.
ASTM A 106/A 106M-08 Standard Specification for Seamless Carbon Steel Pipe for High-Temperature Service,
(Especificación normalizada para tubería de acero al carbono sin costura para servicio de alta temperatura).
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ASTM A 182/A 182M-10 Standard Specification for Forged or Rolled Alloy- and Stainless Steel Pipe Flanges,
Forged Fittings, and Valves and Parts for High-Temperature Service (Especificación normalizada para bridas,
accesorios forjados y válvulas y partes de acero de aleación enrollado o forjado para servicio de alta
temperatura).
ASTM A 216/A 216M-08 Standard Specification for Steel Castings, Carbon, Suitable for Fusion Welding, for
High-Temperature Service (Especificación normalizada para acero fundido, acero al carbono adecuado para
soldadura para servicio de alta temperatura).
ASTM A 269-2010/ Standard Specification for Seamless and Welded Austenitic Stainless Steel Tubing for
General Service (Especificación normalizada para tubería de acero inoxidable austenítico soldable y sin costura
para servicio general).
ASTM A 285/A 285M-03 Standard Specification for Pressure Vessel. Plates, Carbon Steel, Low and
Intermediate-Tensile Strenght (Especificación normalizada para placas de recipiente a presión, de acero al
carbono, de esfuerzo de tensión bajo e intermedio).
ASTM A 516/A 516M-06 Standard Specification for Pressure Vessel Plates, Carbon Steel, for Moderate-and
Lower-Temperature Service (Especificación normalizada para placas de acero al carbono de recipiente a
presión, para servicio en temperatura moderada y baja).
ASTM F 1791-00 (Reapproved 2006) Standard Specification for Filters Used in Air or Nitrogen Systems
(Especificación normalizada para filtros utilizados en Sistemas de aire o nitrógeno).
Especificación PEMEX ESP-A-1931 Secadora de Aire de Instrumentos, Rev 1, PGPB, Abril 2002.
Especificación PEMEX P.1.0000.09 Embalaje y marcado de equipos y materiales, Primera Edición, PEP,
2005.
Especificación PEMEX P.2.0607.11:2000 Sistemas de Aire de Instrumentos, Primera Edición, PEP, 2000.
NEMA ICS 4:2005 Terminal blocks (Tablillas Terminales).
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