GOBIERNO rlr, CUATEMALA o•. ALl:JANDIIO CIAMMATTII MINISTERIO DE GOBERNACIÓN El Ministerio de Gobernación por este medio informa 1. Están autorizados para transitar quienes laboran en CALL CENTER de servicios médicos y servicios alimenticios ; los vehículos y personal de salud, de la red y centros de distribución a farmacias, también, quienes entregan a domicilio medicamentos, alimentos y los buses que transportan personal que labora en estas ramas económicas, en la iniciativa privada y pública. 2. Se les recuerda que todos, sin excepción, deben portar un carné que los acredite y/o, el uniforme que los identifique como colaboradores de servicios médicos o de alimentos. 3. Se tendrá consideración con personas que tienen citas medicas debidamente registradas en su carné correspondiente. Estas, pueden trasladarse de su domicilio a los centros medicas a realizarce sus tratamientos, siempre y cuando, la fecha esté indicada en el carné o documento de respaldo que deberá ser presentado a las autoridades si se los requieren. 4. Además, se tomará las consideraciones a los vehículos, conductores y personal que brinden servicios fúnebres, debiendo presentar el acta de defunción del INACIF o un documento que los respalde. S. La Policía Nacional Civil, tomará nota de estas instrucciones.. Quédate en casa o a (@ � HACELO POR VOS. POR LOS TVYOS, mingob.gob.gt 14·l·ii·M·Eiil·f1·lr;.;1 Sl¡uc.-no-,c-, o,moMi....teriodoGobom>dón