GMP-HS-E-011 ESTANDAR HSSE MANEJO DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y PESADOS Versión / Fecha: 04 / 13-05-19 Rev: HSSE Aprob: GG OBJETIVO: Establecer los lineamientos para el manejo de vehículos propios y/o alquilados por GMP. ALCANCE: El presente estándar es aplicable a todas las personas que por razón de su actividad deban conducir o hacer uso de los vehículos propios y/o alquilados dentro o fuera de las instalaciones de GMP (Unidades de Negocio de GMP, TGNCA, Consorcio Terminales, Terminales del Perú) y en las vías Nacionales, incluyendo a las empresas contratistas. RESPONSABILIDADES: Gerente General: Es responsable de la aprobación del presente Estándar. Gerente HSSE Es responsable de la elaboración del presente Estándar. Gerente de Unidad de Negocio: Es responsable de brindar las facilidades para el cumplimiento del Estándar. Es el responsable de revisar y sugerir cambios, acorde a las acciones operativas que se realizan en GMP. Gerente de Operaciones/Gerente de Producción/Jefe de Operaciones: Es responsable de que se cumpla el presente estándar. Jefe de Producción/Jefe de Terminal: Es responsable de la difusión, ejecución y estricto cumplimiento del presente estándar. Jefe /Coordinador/Supervisor HSSE: Es responsable de la actualización, difusión e implementación y cumplimiento del presente Estándar. Colaboradores: Cumplir con el presente estándar. Coordinador de Servicios Generales/Jefe de Administración/ Administrador. Mantener actualizada la documentación exigida por las entidades gubernamentales (MTC, MEM) de los vehículos propios y/o alquilados y/o en leasing de GMP. Responsable del Vehículo: Asegurar que se cumpla con el plan de mantenimiento del vehículo. Responsable de la inspección diaria del vehículo. Cumple el presente estándar. DEFINICIONES Conductor Autorizado: Persona con licencia de conducir vigente, y habilitado por GMP SA, para conducir un vehículo liviano, propio o rentado, dentro o fuera de las instalaciones de la empresa. Licencia de Conducir: Documento otorgado por la Autoridad competente a una persona autorizándola para conducir un tipo de vehículo. Manejo Defensivo: Un conjunto de habilidades de manejo que son de aplicación pro activa por un conductor que tenga un comportamiento seguro durante cualquier viaje con el solo objetivo de prevenir incidentes o accidentes del vehículo en ruta. Responsable del Vehículo: Persona a la que se le asignó un vehículo. Vehículos Livianos: Cualquier vehículo motor que pese menos de 5 toneladas y que tenga 5 pasajeros o más. Se consideran a los vehículos de categoría M1, M2 y N1, del Reglamento Nacional de Vehículos DS 058-2003-MTC. Ejemplo: Camionetas cabina simple o doble, camioneta rural, van, etc. Vehículos Pesados: Cualquier vehículo con peso mayor a 5 toneladas, el cual está específicamente diseñado para llevar cargamento o un remolque. Se consideran a los vehículos de categoría N2, N3 y remolques (categoría O), del Pág. 1 de 13 GMP-HS-E-011 ESTANDAR HSSE MANEJO DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y PESADOS Versión / Fecha: 04 / 13-05-19 Rev: HSSE Aprob: GG Reglamento Nacional de Vehículos DS 058-2003-MTC Ejemplo: Camiones, remolques, tráileres, grúas, cargador frontal, etc. Vehículo APTO para circular: Vehículo que no presenta observaciones o si las presenta son menores, es decir aquellas que no revisten un peligro claro para la circulación, pudiendo ser, sin embargo, objeto de sanción ante una eventual inspección en la vía pública por la policía de tránsito. La especificación de este tipo de defectos tiene la finalidad de entregar información al usuario, anticipándole la ocurrencia de un defecto mayor o advirtiéndolo que puede ser sancionado en la vía pública y que requiere tomar acción para reparar lo que se encuentre dañado. Vehículo NO APTO para circular: vehículo que presenta defectos que revisten un peligro para los ocupantes de la unidad y/o la circulación vial, la existencia de este tipo de defectos demanda el internamiento impostergable de la unidad en el servicio técnico. Con lo cual el responsable del vehículo deberá entregar las llaves de la unidad a la Administración para su coordinación con el taller autorizado las llaves de la unidad al área de Administración; y para el caso de contratistas deberá ser retirado de las instalaciones comunicando al responsable de la empresa. DOCUMENTOS RELACIONADOS: • DS 043-2007 EM – Reglamento de Seguridad para Actividades de Hidrocarburos. • DS 032-2004 EM – Reglamento de Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos. • Ley 29783 - Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. • DS 005-2012 TR – Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. • DS 058-2003-MTC – Reglamento Nacional de Vehículos. • DS 016-2009-MTC – Reglamento Nacional de Tránsito. • DS 040-2008-MTC – Reglamento Nacional de Licencias de conducir y sus modificatorias • Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito con modificatorias D.S. N° 016-2009-MTC • DS N° 007-2016-MTC Aprueba el reglamento nacional del sistema de emisión de licencias de conducir y modifica el texto único ordenado del Reglamento Nacional de tránsito - código de Tránsito, aprobado por decreto Supremo nº 016-2009-mtc y el reglamento Nacional de administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC • Formato: *Inspección de unidades móviles. • Formato: *Reporte Interno de Eventos ASPECTOS GENERALES DEL MANEJO DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y OPERACIÓN DE MAQUINARIA PESADA En adición a los requerimientos establecidos en la legislación nacional, la empresa podrá emitir disposiciones complementarias a este estándar. En caso de un conflicto o contradicción entre las provisiones de este documento y la legislación nacional, prevalecerán las leyes aplicables. En este apartado se deberán considerar los siguientes aspectos: Los vehículos deberán ser utilizados exclusivamente en el desempeño de labores propias de las instalaciones • Realizar trabajos de campo. • Transporte de personas inter-áreas. • Transporte de equipo y materiales usados con fines de trabajo. • Actividades administrativas, de capacitación (p.ej., reuniones, conferencias), mensajería, etc. * Cuando un vehículo de GMP deba movilizar personal o vaya de comisión por razones de trabajo a otras ciudades, deberán cumplir con obtener la autorización del Gerente de Unidad de Negocio. Las visitas particulares y proveedores que ingresen por las garitas de control de cualquiera de las instalaciones de la UN deberán hacerlo en vehículos que cumplan con las normas de seguridad (Ver Instructivos de control de acceso a las instalaciones). Todos los vehículos que transitan en el interior de las instalaciones de hidrocarburos y en carretera deben hacerlo con luces bajas encendidas. Pág. 2 de 13 GMP-HS-E-011 ESTANDAR HSSE MANEJO DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y PESADOS Versión / Fecha: 04 / 13-05-19 Rev: HSSE Aprob: GG Se recomienda el uso de la bocina (claxon) únicamente en caso de emergencia. No se aproxime a los equipos pesados, si requiere adelantarlo asegúrese de que el chofer de la unidad lo vea y haga la señal que le indique que puede pasar. Verificar, antes de adelantar a otro vehículo o equipo móvil, que se cuente con suficiente trecho de vía para realizar la maniobra y que no exista otro vehículo en sentido contrario; no se debe adelantar a menos de 50 metros de una intersección, pendiente o curva ciega. Una vez que el vehículo delantero haya colocado su direccional derecha en señal de que se puede pasar, colocar la direccional izquierda e iniciar el traspase en diagonal hacia el carril contrario; a la altura del vehículo que se adelanta, colocar la direccional derecha y terminar de pasarlo en diagonal, regresando al carril del mismo sentido. Los cambios de dirección y demás maniobras que impliquen la modificación de la marcha de un vehículo en la vía, deben ser advertidos antes de los 50 m de realizar la maniobra a los demás vehículos, manteniendo la señal de advertencia hasta culminada la misma. Nunca se adelantará en curvas o cuando las condiciones de visibilidad no lo permitan; tampoco se puede cruzar sobre una línea continua ubicada en centro de la carretera. El Conductor no abandonará el vehículo con el motor encendido, ni dejará la llave en el contacto. Precaución: Para el caso del tránsito en las zonas internas de los Lotes, se respetará el paso de peatones, animales y/o carretas que emplean los pobladores de las comunidades, ellos tienen derecho de paso. Para lo cual deberá considerar lo siguiente: En el caso de cruzarnos con ellos, el vehículo deberá detenerse en un lugar seguro hasta que estos pasen o se tengan las condiciones seguras para continuar la marcha. En el caso de encontrarnos en la misma dirección de la vía, se transitará a velocidad baja para evitar asustar al ganado o llenarlos de polvo. REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE MANEJO Para el manejo o conducción de vehículos de GMP, el personal propio o contratistas cumplirán con obtener la AUTORIZACIÓN DE MANEJO de GMP, suscrita por el responsable de la operación de la instalación (Área de HSSE para E&P o persona que este designe y Jefe de Terminal para T&D, para ello deberán: Contar con la licencia de conducir vigente de acuerdo al vehículo que conducirá en cumplimiento del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir. * Aprobar un curso teórico-práctico de “Manejo Defensivo” (vigencia bianual) a cargo del Área HSSE y/o Certificación de una entidad competente y reconocida. Experiencia evidenciada en manejo o conducción del tipo de vehículo que solicita conducir mayor a 2 años. Para los casos de vehículos o maquinaria como camión grúa, montacargas, grúa, etc. se requerirá: Experiencia en operación de estos vehículos mayor a 2 años. Declaración jurada de Contratista. Hoja de vida documentada, que evidencie capacitación y/o acreditación en la operación de estos vehículos. REQUISITOS DE LOS VEHÍCULOS Los vehículos de GMP (propios, alquilados o en leasing) o de contratistas cumplirán con el equipamiento listado en el Anexo 1 del presente estándar. El ingreso de cisternas para carga de líquidos y/o gases combustibles, transporte de residuos peligroso, cumplirán con las normas relacionadas para ello y se autorizara su ingreso por el Jefe de Operación/Jefe de Producción de la instalación. Precaución: No se permitirá el ingreso de vehículos con motores de explosión (gas o gasolina) en las áreas clasificadas donde se procese, almacene o despache GLP, Gas Natural o Gasolinas. Pág. 3 de 13 GMP-HS-E-011 ESTANDAR HSSE MANEJO DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y PESADOS Versión / Fecha: 04 / 13-05-19 Rev: HSSE Aprob: GG TRANSPORTE DE PASAJEROS Y/O CARGA El conductor del vehículo es responsable de: No transportar a más pasajeros en la cabina del vehículo que los indicados en la tarjeta de propiedad, quedando prohibido el transporte de pasajeros en la tolva de los vehículos. No transportar personal de terceros en las unidades de GMP. En caso de accidentes de terceros tener en cuenta lo tipificado en el Código Penal. Art 126° Omisión de socorro y exposición a peligro, el que omite prestar socorro a una persona que ha herido o incapacitado, poniendo en peligro su vida o su salud, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años. Art 127° Omisión de auxilio o aviso a la autoridad. El que encuentra a un herido o a cualquier otra persona en estado de grave e inminente peligro y omite prestarle auxilio inmediato pudiendo hacerlo sin riesgo propio o de tercero o se abstiene de dar aviso a la autoridad, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de un año o treinta a ciento veinte días-multa. Usar y exigir el uso del cinturón de seguridad a los ocupantes del vehículo, previo al arranque del vehículo. En el caso que se requiera transportar personal o carga, en desplazamientos que tengan una duración mayor a dos (2) horas, se deberá contar con otro conductor. Cualquier artículo pesado que se deba llevar dentro de la cabina de un vehículo, como extintores, herramientas, etc., deben mantenerse asegurados, de tal manera que no se conviertan en un peligro en caso de choque o colisión. Todo el cargamento transportado en una camioneta o camión debe ser asegurado y no superará las especificaciones de peso del fabricante y los límites legales del vehículo. En el caso de transportar materiales peligrosos, se exigirá que el conductor porte en el interior del vehículo la MSDS del producto a transportar. El pasajero de un vehículo, es responsable de: Usar el cinturón de seguridad ya sea que vaya como copiloto o como ocupante en los asientos traseros Verificar que el conductor del vehículo no conteste el teléfono móvil o equipo de radio mientras conduzca TIEMPOS MAXIMOS DE CONDUCCIÓN El tiempo máximo de conducción de manera continua será de 2 horas, con intervalos de descanso no menores de 15 minutos. Durante viajes largos (interprovinciales), mayores a 2 horas de manejo contados desde el origen al destino final, deberá haber por lo menos 2 personas en el vehículo. Todos los conductores deben respetar la señalización dispuesta en las vías de tránsito. Precaución: Conducir u operar vehículos bajo los efectos del alcohol, drogas, narcóticos o medicamentos que produzcan somnolencia y afecten la habilidad de conducir el vehículo de forma segura no está permitido de acuerdo con la legislación nacional y el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de GMP. ESTACIONAMIENTO O PARQUEO DE VEHICULOS Los vehículos deben estacionarse en reversa en las áreas de parqueo designadas, quedaran en condición de apagado y con el freno de mano accionado. Pág. 4 de 13 GMP-HS-E-011 ESTANDAR HSSE MANEJO DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y PESADOS Versión / Fecha: 04 / 13-05-19 Rev: HSSE Aprob: GG En el caso del estacionamiento de vehículos en los terraplenes de pozos siempre debe estacionarse con la parte delantera del vehículo apuntando hacia cualquiera de los accesos y por lo menos alejados 10 metros de la boca del pozo, esto incluye a los vehículos de mantenimiento, a excepción de los vehículos de Servicio de Pozos. Precaución: tener especial cuidado de no bloquear la salida de otros vehículos o los sistemas contra incendio o las rutas de evacuación o el paso de vehículos de emergencias. Cuando deba estacionarse al lado derecho de las vías de transito por algún desperfecto, se colocará freno de parqueo, enganchado en primera y con sus luces de estacionamiento encendidas. En el caso de vehículo pesado, adicionalmente se instalarán cuñas. Precaución: en estos casos, el vehículo debe ser visible para otros conductores, encienda las luces de emergencia, colocar conos y/o triángulos de emergencia y nunca estacionarlos cerca de curvas cerradas o pendientes y use su chaleco reflectivo para advertir a otros conductores su presencia en el vehículo estacionado con desperfectos. Cuando ingrese con un vehículo liviano a una zona donde se estén operando vehículos pesados, deberá estacionarse en los lugares autorizados, en caso no existir zonas de estacionamiento, se realizará a no menos de 30 metros del equipo pesado. VELOCIDADES Conforme se establece en el Reglamento Nacional de Tránsito, el conductor deberá conducir a la velocidad razonable y prudente que permita una conducción a la defensiva, dependiendo de las condiciones del vehículo, de la vía y de las condiciones del tiempo. Las velocidades máximas y mínimas permitidas se aplicarán, teniendo en cuenta que: - El conductor debe circular a una velocidad que le permita controlar su vehículo para evitar accidentes. - Debe reducir la velocidad cuando se aproxime a cruces, intersecciones, túneles, calles congestionadas y puentes, cuando transite por cuestas, cuando se aproxime y tome una curva o cambie de dirección, cuando circule por una vía estrecha o sinuosa, cuando se encuentre con un vehículo que circule en sentido contrario o cuando existan peligros especiales con respecto a los peatones u otros vehículos o por razones del clima o condiciones especiales de la vía. Los límites de velocidad establecidos en las operaciones de GMP, están señalizadas de acuerdo a: ­ Instalaciones de GMP (Pozos, baterías, Base Manta, Planta de Gas, Terminales): 15 Km/h ­ Carretera rural: 45 Km/h ­ Camino asfaltado: 80 Km/h ­ Camiones cama baja, cargadores frontales, cisternas, vehículos de oruga, flota pesada: 45 Km/h. ­ Estacionamiento en los Edificios: 10 km/h. En adición a lo anterior, se deberán considerar los Límites de velocidad establecidos en el D.S. 016-2009-MTC para zonas fuera de operaciones de GMP. Precaución: De encontrar alguna deficiencia en esta inspección, corríjala antes de usar el vehículo, no hacerlo podría significar una infracción de tránsito o causa de un accidente. Pág. 5 de 13 GMP-HS-E-011 ESTANDAR HSSE MANEJO DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y PESADOS Versión / Fecha: 04 / 13-05-19 Rev: HSSE Aprob: GG USO EQUIPOS DE COMUNICACIÓN MOVILES El conductor del vehículo: No le está permitido el uso de equipos de comunicación móvil como teléfonos, radios, tablet, etc., mientras conduce. En caso el conductor deba atender o realizar una llamada, debe estacionarse en el lado derecho de la vía, encender las luces de estacionamiento (emergencia) y luego atender o iniciar una llamada. INSPECCIÓN Y MANTENIMIENTO DEL VEHÍCULO Antes de iniciar la marcha del vehículo, el conductor deberá verificar lo siguiente: ­ Ventanas, espejos, estén limpios y despejados. ­ Presión de las llantas. ­ Presencia de fugas de líquidos y/o aceite ­ Capó cerrado. ­ Funcionamiento de limpiaparabrisas, faros, luces de señal de giro, luces de parada y bocina. ­ Ajuste de asiento y apoya cabeza. ­ Compruebe que todas las luces de aviso se enciendan cuando se gire la llave a la posición “ON”. ­ Cerciórese que su cinturón de seguridad y el de los pasajeros estén debidamente abrochados antes de iniciar la marcha. Los conductores son responsables por el cuidado, mantenimiento y limpieza de los vehículos que usan El Responsable del vehículo: a) Debe efectuar mensualmente la inspección de su unidad móvil, la cual se registrará en el formato HSE-F007 Inspección de unidades móviles, el resultado de esta inspección será calificada como APTO o NO APTO (ver definiciones). b) Entregar original de la inspección al Responsable Local HSSE y en el caso de NO APTO, entregar copia del registro a la Administración para que coordine el envío de la unidad al servicio técnico a la brevedad, por lo tanto, la unidad no podrá ser usada hasta no subsanar las observaciones reportadas. c) Cumplir con el programa de mantenimiento del vehículo, de acuerdo al tipo y recomendaciones del fabricante. El Supervisor HSSE, verifica el cumplimiento de la inspección realizada y la implementación de las medidas correctivas identificadas y registradas en el formato HSE-F-007. El resultado de la inspección mensual de los vehículos (propios, alquilados, en leasing o propiedad de contratistas asignados al servicio contratado), deberá ser evaluada. REPORTE DE INCIDENTES En el caso de fallas o incidentes, el conductor deberá: Reportar inmediatamente a su Jefatura Inmediata, cualquier desperfecto o falla que se presente en la unidad que conduce. Reportar mediante la Alerta Temprana la ocurrencia de algún incidente/accidente vehicular, luego formalizarlo a través del Formato HSE-F-043 Reporte Interno de Eventos. Reportar los incidentes que ocurran (p.e.: exceso de velocidad, velocímetros en malas condiciones, infracciones de tránsito, maniobras imprudentes, etc.), en vehículos contratados a terceros (servicios de taxi o movilidad), deberán ser comunicados al coordinador de este servicio con copia al Supervisor HSSE, a efectos de evaluar el servicio periódicamente. Reportar el estado o condición sub-estándar de las vías de acceso o los actos sub-estándares de otros conductores. Pág. 6 de 13 GMP-HS-E-011 ESTANDAR HSSE MANEJO DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y PESADOS Versión / Fecha: 04 / 13-05-19 Rev: HSSE Aprob: GG VEHÍCULOS PESADOS No se realizarán maniobras sobre terreno que haya o se sospeche que ha sufrido alteraciones como: fisuras, rajaduras, planos de corte, desplazamiento de taludes, material suelto a punto de derrumbarse o saturación del suelo por efecto de lluvia o movimiento sísmico; hasta que se haya eliminado dicha alteración. Las maniobras de estacionamiento o parqueo de estos vehículos, deben ser guiados por otra persona en la vía, y ser visibles en todo momento por el conductor u operador del vehículo. Las unidades de flota pesada no deben transitar en condiciones de lluvia o carretera mojada. Para el caso de operación de grúas, camiones grúas, etc. se regirán en adición al presente estándar, al estándar de * Izaje. Para el caso de mudanza del equipo de perforación por las carreteras de circulación nacional, deberán seguir lo indicado en el Anexo 3 del presente documento. SERVICIOS DE TAXI O MOVILIDAD Consideraciones a tomar por el conductor de la empresa prestadora del servicio: Verificar que la documentación de su vehículo está en regla (SOAT, licencia de conducir, tarjeta de propiedad, revisión técnica, etc.) y mantenerla disponible para revisión por el usuario de GMP del servicio. Solicitar a todos sus ocupantes del vehículo, el uso del cinturón de seguridad, como condición para emprender la marcha del vehículo. El número máximo de personas a transportar estará en función directa al número indicado en la tarjeta de propiedad, así como de la cantidad de cinturones de seguridad que cuente el vehículo. Velocidad máxima permitida en carretera es de 100 km/h (el o los pasajeros serán responsables del cumplimiento del estándar al conductor del servicio). De darse esta situación se deberá aplicar la política de suspensión de tareas, y reportar el hecho como acto inseguro. Para evitar el incumplimiento de lo anterior, el pasajero será responsable de considerar el tiempo de viaje, la hora de partida, posibilidad de imponderables en carretera, etc. para efectos de no exigir velocidad y finalmente no perder vuelos. Precaución: el retraso en la salida de los usuarios del servicio no será justificación para que el conductor incumpla con la velocidad máxima permitida en carretera. Pág. 7 de 13 GMP-HS-E-011 ESTANDAR HSSE MANEJO DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y PESADOS Versión / Fecha: 04 / 13-05-19 Rev: HSSE Aprob: GG ANEXO 1 - ESTANDAR DE VEHICULOS EN GMP VEHÍCULOS LIVIANOS Cant. Descripción - Cinturón de seguridad tres puntos para los asientos delanteros y posteriores. * - Apoya cabezas para todos los asientos. - Bolsas de aire (air bag) para el piloto y copiloto. 2 Faros neblineros. - Frenos ABS. - GPS para Monitoreo vehicular (exceso de velocidad, seguimiento rutas, otros) 1 Extintor de Polvo químico seco de 6 Kg. Con una capacidad de extinción de 2A 20 B:C como mínimo con certificación UL 1 Botiquín para brindar primeros auxilios en vehículos según R.D. N° 1011-2010-MTC/15. 2 Conos de seguridad de 50 a 60 cm, con dos franjas de material reflectivo flexible blanco. - Herramientas para cambio de neumáticos (gata, llave de ruedas, medidor de presión). - Láminas retroreflectivas (ver las imágenes del DS 058-2003-MTC en el Anexo 4). - Cabinas con aire acondicionado. - Alarma de retroceso, con sonido audible no menor a 90 dB - El parabrisas y ventanas deben ser de vidrio de seguridad no astillable (laminado templado), con sello que indique el tipo de vidrio. - Estructura protección interna en caso de vuelco (Jaula antivuelco). VEHÍCULOS PESADOS Cant. Descripción 2 Conos de seguridad de 80 a 90cm, con dos franjas de material reflectivo flexible blanco 2 Cuñas en amarillo con asa de 15x20x30 cm para camiones y/o cisternas. 2 Tacos de 40 x 40 cm de lado y 2" de espesor para el apoyo de camiones HIAB 1 Extintor de polvo químico seco de 9 Kg, capacidad de extinción de 3A 30 B:C como mínimo, para: volquetes, montacarga, winche, Hiab, etc. con certificación UL 1 Extintor de polvo químico seco de 9 Kg, capacidad de extinción de 120 BC como mínimo, para: cisternas de transporte de hidrocarburos. 1 Kit Anti derrame, vehículos de transporte de hidrocarburos que contenga al menos: 10 Paños absorbentes, 01 Kg de trapo industrial, 01 salchicha absorbente, bandeja de geo membrana, 01 pala y pico. 1 Linterna (anti explosión para cisternas que transporten líquidos o gases inflamables) Pág. 8 de 13 GMP-HS-E-011 ESTANDAR HSSE MANEJO DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y PESADOS Versión / Fecha: 04 / 13-05-19 Rev: HSSE Aprob: GG ANEXO 2 - REQUERIMIENTOS MÍNIMOS PARA CONTRATOS CON SERVICIOS DE TRANSPORTE De los conductores La empresa contratista del servicio, presentara un listado de los conductores para el servicio. En el caso de cambios de conductores y/o vehículos, durante el periodo de contrato, la contratista, presentara por escrito la lista de sus nuevos conductores y/o vehículos, los cambios deben ser comunicados con anticipación y cumplirán con los requisitos establecidos para el servicio. Antecedentes policiales, penales y judiciales de los conductores Record del conductor en los lugares donde se encuentre disponible este sistema. Los choferes de los vehículos acreditaran la aprobación de un curso de manejo defensivo, el cual tendrá validez de 1 año desde la fecha de acreditación. De los vehículos: La empresa contratista del servicio, presentara un listado de los vehículos para el servicio. Los cuales no tendrán una antigüedad no mayor a 6 años y serán de timón original Los vehículos contaran con el equipamiento mínimo exigido en el Anexo 1 del presente documento. Copia de revisión técnica del vehículo, en los lugares donde se encuentre disponible este servicio. Copia del mantenimiento preventivo de 5,000 ó 10,000 km. (según marca). Tiempo de manejo no debe exceder de 4 horas continuas. Entrega anual del control de emisiones vehiculares (para vehículos con antigüedad mayor a 3 años) SOAT vigente. Pág. 9 de 13 GMP-HS-E-011 ESTANDAR HSSE MANEJO DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y PESADOS Versión / Fecha: 04 / 13-05-19 Rev: HSSE Aprob: GG ANEXO 3 - MUDANZA DE EQUIPO DE PERFORACIÓN 1. Se cumplirá estrictamente con las Regulaciones Legales Peruanas – Ley de Tránsito Terrestre, con los Requerimientos HSSE de GMP. 2. El Jefe de Equipo, previo a la mudanza, revisa y aprueba el PLAN DE SEGURIDAD PARA LA MUDANZA DEL EQUIPO DE PERFORACIÓN, en coordinación con el Área de HSSE de la instalación, el cual contendrá: Elaboración del Análisis de Riesgos en el Trabajo, el cual tendrá definidos los riesgos relacionados con la mudanza, como: clima, transito, población, posibles lugares para paradas de emergencia, horarios de trabajo, descanso del personal, dosaje etílico para conductores y personal, etc., Teléfonos de emergencia y principalmente las correspondientes medidas de control aplicables a cada caso. Cuadro de coordinaciones con la Policía Nacional, a través del Servicio de Vigilancia, cuando el traslado del equipo, implique usar la red vial nacional. Plano con la ruta a seguir en la mudanza, indicando Reunión pre-operativa que incluirá la explicación del plan y de las medidas de seguridad a seguir, así como la actuación en caso de emergencias de las unidades durante el transporte. 3. El Jefe de Equipo será el responsable por todo el proceso de mudanza del taladro, desde la planificación de la mudanza hasta el inicio del montaje del Taladro, así como implementar todas las medidas de control aplicables a este proceso. 4. El Supervisor HSSE será responsable de verificar la implementación y el cumplimiento de las medidas de control del plan suscrito y aprobado para la mudanza. 5. El horario de mudanza, quedara establecido entre las 6 a.m. y 6 p.m. (a plena luz del día) cuando se requiera usar la red vial nacional, pudiendo transitar de noche dentro de los límites del Lote. 6. Las unidades se desplazarán escoltadas por camionetas de la empresa de vigilancia y del transportista, las cuales estarán adecuadamente señalizadas indicando que se trata de una camioneta pick up de escolta (ploteo), la cual debe portar un letrero de carga especial de 1.00 x 2.00mts (fondo blanco, letra rojo de 15cmt), ubicado en un lugar visible donde indique “ESCOLTA, CARGA ANCHA y/o CARGA LARGA” y el número de unidades de convoy. 7. Los vehículos de Transporte contaran con equipo de comunicación disponible, se minimizará el uso de éste cuando el tracto se esté movilizando. 8. La caravana de vehículos estará compuesta por no más de ocho (08) camiones, dirigida por su respectiva escolta. En caso de vehículos con cargas sobredimensionadas, se tendrá escolta adelante y atrás de la caravana. 9. Se suspenderá el manejo y traslado de cargas en caso que factores climatológicos (lluvias, otros) que alteren el normal desarrollo de las tareas, reanudándolo cuando los caminos se encuentren en óptimas condiciones para un transporte seguro. 10. En el caso sea necesario parar la caravana, todos los vehículos se posicionarán al lado derecho de la vía, en zonas que no representen riesgos para otros conductores (cuestas, curvas cerradas, etc.) La decisión de la ubicación de la zona de parada será del Jefe de Equipo en coordinación con el Supervisor HSSE. 11. Las anomalías y daños que se presenten en la mudanza serán informadas inmediatamente al Jefe de Equipo y al Supervisor HSSE. 12. En caso de incidentes: No realizar maniobras o alteración de lo ocurrido antes de la investigación, sin haber comunicado a los funcionarios mencionados. 13. Las contratistas deberán esperar que culmine la movilización y/o que el área este descongestionada de vehículos de Transportes para poder ingresar a la locación a realizar sus tareas respectivas. 14. Todo el personal que participe en la mudanza usará siempre los Elementos de Protección Personal requeridos para la tarea: ropa de trabajo de manga larga, casco, mentonera, orejeras, botas o botines con puntera de acero caña larga, lentes de seguridad, cinturón tipo arnés para trabajo en altura, según amerite la tarea. 15. Todo el Personal vinculado a la Mudanza del taladro, podrá usar las Tarjetas RAyC, según se detecten actos y/o condiciones sub-estándares, las cuales serán entregadas al Supervisor HSSE para su gestión. Pág. 10 de 13 GMP-HS-E-011 ESTANDAR HSSE MANEJO DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y PESADOS Versión / Fecha: 04 / 13-05-19 Rev: HSSE Aprob: GG ANEXO 4 - INSTALACION DE LOGOTIPOS NUMERACIÓN Y LÁMINAS REFLECTIVAS 1. El logotipo de GMP y código del vehículo se colocarán en la puerta derecha e izquierda del vehículo (lado de piloto y copiloto respectivamente), las dimensiones serán de 15 x 30 cm. 2. Las láminas reflectivas y deben instalarse de modo que permitan la determinación del ancho y largo total del vehículo, en base a los siguientes esquemas: Categorías N1 (Solo se señalizarán las camionetas de cabina simple y doble) Pág. 11 de 13 GMP-HS-E-011 ESTANDAR HSSE MANEJO DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y PESADOS Versión / Fecha: 04 / 13-05-19 Rev: HSSE Aprob: GG ANEXO 5 - DECLARACIÓN DE RIESGOS DERIVADOS DEL MANEJO RIESGOS DERIVADOS MEDIDAS PREVENTIVAS DEL CONDUCTOR Dado que la conducción es una actividad crítica con uno de los más altos índices de accidentabilidad en nuestro país, es importante asumir que nosotros, como conductores y peatones, somos responsables del 94% de estos accidentes. Respetar la Ley y normas del tránsito (límites de velocidad, señalizaciones, etc.), asi como el estándar de manejo de vehículos livianos y maquinaria pesada HSE-E-11. Seguir anualmente el Curso teórico-práctico de Manejo Defensivo Obtener la Autorización de Manejo de GMP No efectuar actos temerarios ni amedrentar o responder a las acciones incorrectas de otros conductores. Descanse lo suficiente antes de conducir y NUNCA conduzca bajo la influencia del alcohol o drogas DEL VEHICULO Una mala o deficiente mantención del vehículo puede derivar en problemas mientras conducimos, los cuales pueden arruinar nuestras vacaciones e incluso poner en riesgo nuestras vidas. Antes de iniciar un viaje debemos revisar: ­ Niveles (aceite, líquido de frenos, etc.). ­ Buen estado de los neumáticos (incluyendo el de repuesto) y frenos. ­ Buenas condiciones de las luces y limpia parabrisas. ­ Buen estado de la dirección. ­ Buen estado de los espejos. ­ No sobre cargar el vehículo. No olvide llevar consigo herramientas, triángulos de emergencia, extintor y un botiquín Inspección de pre-uso Inspeccionar mensualmente el vehículo en el Formato HSE-F-007 DE LA NATURALEZA La variación climática nos expone a diversas situaciones riesgosas, las cuales van variando según las condiciones geográficas. Por ello debemos conocer los riesgos y peligros que podrían estar presentes en nuestro viaje. La lluvia afecta directamente la adherencia del vehículo al piso, por lo que debemos minimizar el riesgo conduciendo a velocidad razonable y prudente, además de mantener en buen estado neumáticos y frenos. El sol o la neblina disminuyen nuestra visibilidad al punto de no ver más allá de unos metros del vehículo, por lo que es aconsejable orillarnos y disminuir la velocidad o detenerse si es necesario. El viento provoca polvaredas o caída de ramas y árboles a las vías, las cuales pueden hacernos perder el control del vehículo. Por ello, debemos estar atentos a las condiciones del clima, disminuir la velocidad y de ser el caso, esperar que mejoren las condiciones para continuar la marcha o autorizarla. LAS VÍAS Y EL TRÁNSITO VEHICULAR El aumento del parque vehicular, los trabajos en las vías, el cruce sorpresivo de peatones y los días conflictivos, entre otros, son un constante riesgo para los conductores y sus pasajeros, los cuales se intensifican en esta temporada. Programe previamente su viaje, lugares a visitar, trabajos en la ruta, etc. a fin de evitar imprevistos. Ponga atención a las acciones incorrectas de los peatones y demás conductores y esté alerta a posibles cruces de animales en la vía. Pág. 12 de 13 GMP-HS-E-011 ESTANDAR HSSE Versión / Fecha: 04 / 13-05-19 MANEJO DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y PESADOS Rev: HSSE ANEXO 6 - ESTANDAR DE BOTIQUINES PARA VEHICULOS Ítem Cantidad Contenido 1 1 frasco Alcohol de 70 ° X 120 ml 2 1 unidad Jabón Líquido Antiséptico 3 5 paquetes Gasas Esterilizadas Fraccionadas de 10 X10 cm 4 1 unidad Apósito Esterilizado 10 X 10 cm 5 1 rollo Esparadrapo 2.5 cm X 5 m 6 1 unidad Venda Elástica 4X 5 yardas 7 10 unidades Bandas Adhesivas (Curitas) 8 1 unidad Tijera punta roma de 3” pulgadas 9 1 par Guantes Quirúrgicos esterilizados 7 ½” 10 1 paquete Algodón X 50 gr 11 1 manual Instructivo de Primeros Auxilios Nota: Este material estará ubicado en el interior del vehículo en un botiquín de lona como mínimo Basada en la R.D. N° 367-2010-MTC/15 Implementación del botiquín en los vehículos de transporte y su modificatoria Art. 2° de la R.D. N° 1011-2010-MTC/15. Pág. 13 de 13 Aprob: GG