Uploaded by Areliz Vargas Guizado

698 marco normativo de los recursos hidricos - boris quezada

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MARCO NORMATIVO
DE LOS
RECURSOS HIDRICOS
Boris Quezada M.
26 AGOSTO 2010
LEGISLACIÓN DEL AGUA
Temario:
A.LEGISLACIÓN MARCO DEL AGUA.
B. LEGISLACIÓN
AGUA.
ESPECIAL
DEL
C. FUTURAS DISPOSICIONES SOBRE AGUA.
A.
A.LEGISLACIÓN
LEGISLACIÓNMARCO
MARCODEL
DELAGUA
AGUA
A.
A.LEGISLACIÓN
LEGISLACIÓNMARCO
MARCODEL
DELAGUA
AGUA
A.
Constitución 1993.
B.
Códico Civil.
C.
Legislación de los recursos naturales (RN) .
D.
Legislación ambiental sobre el agua.
E.
Legislación sanitaria sobre el agua.
F.
Legislación minera sobre el agua (d).
G.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley 29158.
H.
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley 27867
I.
Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972.
J.
Leg. Penal (responsabilidades y delitos) sobre el agua.
K.
Mec. Alternos a la Solución de Conflictos (MARC).
B.
B.LEGISLACIÓN
LEGISLACIÓNESPECIAL
ESPECIALDEL
DELAGUA
AGUA
1. Estructura de la Ley de Recursos Hídricos, Ley 29338.
2.Conceptos básicos sobre el agua.
3.Usos y derechos de uso de agua en la actividad minera
4.Otras normas especiales sobre el agua.
1.
1.Estructura
Estructurade
dela
laLey
Leyde
deRecursos
RecursosHídricos.
Hídricos.
Ley de Recursos Hídricos
Estructura
TÍTULO PRELIMINAR
TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
TITULO II - SISTEMA NAC. DE GESTIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
TÍTULO III - USOS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
TÍTULO IV - DERECHOS DE USO DE AGUA
TÍTULO V - PROTECCIÓN DEL AGUA
TÍTULO VI - RÉGIMEN ECONÓMICO POR EL USO DEL AGUA
TÍTULO VII - PLANIFICACIÓN DE LA GESTIÓN DEL AGUA
TÍTULO VIII - INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA
TÍTULO IX - AGUA SUBTERRÁNEA
TÍTULO X - AGUAS AMAZÓNICAS
TÍTULO XI - LOS FENÓMENOS NATURALES
TÍTULO XII - LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
Disposiciones Complementarias Finales
Disposiciones Complemetarias Transitorias
Disposiciones Complementarias Derogatorias
2.
2.Conceptos
Conceptosbásicos
básicossobre
sobreel
elagua.
agua.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO PRELIMINAR
Recursos hídricos comprendidos (Art. I):
El agua y sus bienes asociados naturales y artificiales.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO PRELIMINAR
Finalidad (Art. II)
Uso y Gestión Integrada de Recursos Hídricos - GIRH
y la actuación del Estado y los particulares.
Principios (Art. III)
Relacionados con la GIRH,
seguridad jurídica,
descentralización,
ambientales,
participación ciudadana por cuencas,
eficiencia.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO PRELIMINAR
Principios para el uso y GIRH (Art. III):
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Valoración del agua y de gestión integrada
Prioridad en el acceso al agua
Participación de la población y cultura del agua
Seguridad jurídica
Respeto de los usos de agua por las comunidades campesinas y nativas
Sostenibilidad
Descentralización de la gestión pública y de autoridad única
Precautorio
Eficiencia
Gestión integrada participativa por cuenca hidrográfica
Tutela jurídica.
GIRH
Gestión Integrada de los Recursos Hídricos (RL: Art. 6)
Proceso que promueve, en el ámbito de la cuenca hidrográfica,
el manejo y desarrollo coordinado del uso y aprovechamiento
multisectorial del agua con los recursos naturales vinculados a
ésta,
Orientado a lograr el desarrollo sostenible del país sin
comprometer la sostenibilidad de los ecosistemas.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO I - DISPOSICIONES GENERALES
Definición de agua (Ley: Art. 1 y RL: Art. 2.1):
• recurso natural renovable
• indispensable para la vida
• vulnerable y
• estratégico para el desarrollo y otros.
Otras nociones sobre el agua (Art. 2 y RL: Art. 2.2):
• Es patrimonio de la Nación
• su dominio es inalienable e imprescriptible
• es bien de uso público
• su administración-uso sólo puede ser otorgada y ejercida:
- en armonía con el bien común
- la protección ambiental y
- el interés de la Nación
• No hay propiedad privada del agua.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO I - DISPOSICIONES GENERALES
Regula el agua de (Art. 5):
• Ríos y cauces artificiales;
• humedales y manantiales;
• nevados;
• la residual;
• la subterránea;
• la atmosférica;
• la proveniente de desalación;
• entre otras.
Bienes asociados al agua regulados (Art. 6):
• los bienes naturales o artificiales asociados al agua como:
• los cauces, riberas y su vegetación
• los materiales que acarrea el agua
• terrenos varios
• las cabeceras de cuenca
• entre otros.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO II - EL SNRH
Objeto (Art. 9) :
• Articular accionar del Estado para:
• Conducir la gestión integrada y conservación del agua en las cuencas.
• Coordinar y concertar entre la Adm. Púb. y actores involucrados en la gestión.
Finalidad (Art. 10) :
• El aprovechamiento sostenible.
• La conservación e incremento de los recursos hídricos (RH).
• El cumplimiento de la PENRH y el PNRH en todos los niveles de Gobierno.
Objetivos (Art. 12) :
• Coordinar y asegurar:
- la gestión integrada y multisectorial,
- el aprovechamiento sostenible,
- la conservación, uso eficiente e incremento de agua, con estándares de calidad según el
uso.
• Promover estudios y proy. de investigación y capacitación en gestión del agua.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO II - EL SISTEMA NAC. DE GESTIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS (SNGRH)
ANA
Autoridad Nacional del Agua
,
Principales funciones (Ley: Art. 15 num. 1, 3, 4, 5, 6, 7, 12, 13 – ROF: Art. 11):
• Elabora la PENRH y PNRH. Los conduce, supervisa y evalúa.
• Aprueba Planes de Gestión Rec. Hídricos para cuencas (PGRHC) y los supervisa.
• Propone normas y regula la GIRH.
• Determina valor de Retribución Económica por usar agua y por vertimiento de la residual;
• Aprueba Tarifas por uso de infraestructura hidráulica.
• Aprueba reservas de agua y trasvases de agua.
•Declara agotamiento de fuentes de agua; zonas de veda y de protección; estados de
emergencia; contaminación de fuentes nat. etc.
• Otorga, modifica y extingue derechos de uso de agua y aprueba servidumbres.
•Ejerce jurisdicción adm. en fuentes nat. de agua, sus bienes naturales y la infraestructura
hidráulica.
• Con facultad sancionadora y coactiva.
• Establece parámetros de eficiencia para el agua.
ANA es ente rector del SNGRH (L: Art. 14 y RL: Art.11)
Máxima autoridad técnico-normativa y responsable del sistema.
Es “Organismo Técnico Especializado” (Art. 33, LOPE, Ley 29158 y RL: Art. 21)
Ley de Recursos Hídricos
TITULO II - EL SNGRH
NACIONAL
REGIONAL
Minist. de
Agricultura (MINAG)
Minist. del Ambiente
ANA
Diversos organismos
del MINAM
y otros
Autoridad Nacional del Agua
AAA (14)
Autoridad Administrativa del Agua
(MINAM)
Gob.Regional
Municipalidad
Org. de Usuarios
LOCAL
Fuente: IRH
ALA (¿68?)
Municipalidad
Autoridad Local de Agua
EPSS
Ley de Recursos Hídricos
TITULO II - EL SNGRH
Consejo Directivo
Estructura de la ANA
(L:Arts. 17, 19, 24 y 10ª
DCF y ROF: Art. 7):
NACIONAL
Tribunal
Nacional de
Resolución de
Controversias
Hídricas
TNRCH
Fuente: IRH
MINAG, Preside
MINAM
(Art. 19):
MINEM
MVCS
Sect. Públicos Productivos
Gobiernos Regionales
Municipalidades Rurales
Organización Usuarios Agrarios
Organización Usuarios No Agrarios
Comunidades Campesinas
Comunidades Nativas
Autoridad Marítima Nacional
Jefe
ANA
Órganos de
Linea,
de Asesoramiento y
de Administ.
Otros
“integrantes”:
Proyectos
Especiales
Proy. Esp.
Hidráulicos e
Hidroenergéticos
Aut. ambientales
comp.
EPSS
SENAMHI
Aut. Marítima Perú
Aut
Autoridades
Sectoriales
y otras
Ley de Recursos Hídricos
TITULO II - EL SNGRH
Cuenca Hidrográfica
Área delimitada por una o más divisorias de agua,
donde toda la que cae dentro de ésta,
fluye por valles y quebradas y
se dirige hacia un mismo punto (río, lago o mar).
Unidades Geográficas
de Pfafstetter
R. M. 033-2008-AG
Fuente: ANA
Metodología: Codificación de Unidades
Geográficas de Pfafstetter, Memoria
Descriptiva y Plano de Delimitación y
Codificación de Unidades Hidrográficas del
Perú
159 Unidades Hidrográficas del Perú
14 Autoridades Adm. del Agua -AAA
R. J. 546-2009-ANA
D.S. 001-2010-AG
Aprueba delimitación de
ámbitos territoriales de las
Autoridades Administrativas
del Agua
Ratifica R.M. 033-2008-AG y
R.J. 546-2009-ANA
Fuente: IRH
23 Regiones de Perú
Fuente: IGN
23 Regiones y 14 AAA
Fuente: IGN - ANA
Edición MMP SET 2009
Fuente: IRH
Autoridades Administrativas del Agua
COD
Denominación
I
II
III
IV
V
VI
VII
VIII
IX
X
XI
XII
XIII
XIV
Caplina – Ocoña
Cháparra – Chincha
Cañete – Fortaleza
Huarmez – Chicama
Jequetepeque – Zarumilla
Marañón
Amazonas
Huallaga
Ucayali
Mantaro
Pampas - Apurímac
Urubamba – Vilcanota
Madre de Dios
Titicaca
Implementada
En
s
proceso
X
Sin
implementar
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
I: R. J. 049, 050 y 254-2010-ANA
V: R.J. 312-2010-ANA
VI: R.J 361 Y 491-2010-ANA
Fuente: IRH
Ley de Recursos Hídricos
TITULO II - EL SNGRH
Consejo de Cuenca o
Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca
(Ley: Arts. 4°, 24° y 10ª DCF, RL: Arts 20°, 24° al 32° y ROF: 41° al 43°)
•
Objeto: Planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento
sostenible de los recursos hídricos en su ámbito… y más.
• Naturaleza: Órgano de la ANA.
• Creación: A iniciativa de los Gobiernos Reg. - GR y por D. S.
• Clases: Regional: cuenca en un GR e Interregional: cuenca en 2 o más GR.
• Conformación:
- 1 ANA (AAA)
- 1 Colegios profesionales por c/ámbito
- 1 c/ Gob. Reg.
de Gob. Reg.
- 1 Gob. Loc. por c/ ámbito de Gob. - Cuencas transfronterizas, 1 MRREE.
Reg.
- Si existe en su ámbito:
- 1 Org. de Usu.de agua con fines
• 1 Comunidades Campesinas.
agrarios por c/ ámbito de Gob. Reg.
• 1 Comunidades Nativas.
- 1 Org. de Usu. de agua con fines no
• 1 Proy. Esp. opera Infraestr. Hidra.
agrarios por c/ámbito de Gob. Reg.
Pública.
- 1 Universidades por c/ámbito de
Gob.Reg.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO II - EL SNGRH
Funciones de los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca
(Ley, RL: Art 31 y ROF: 42°)
1. Opina en:
• Otorg. Ds. de uso de agua y determinación del uso prioritario en concurrencia.
• Reversión de excedentes de recursos hídricos.
• Establecimiento de parámetros de efic. y Otorg. de certificaciones de efic.
• Otorg. de licencia de uso de agua provisional.
• Ejec. de obras de infraestructura hidráulica menor pública o privada.
2. Instruí Procd. Admt. de autorización de reuso de agua residual tratada.
3. Realiza acciones de vigilancia y fiscalización en las fuentes naturales de agua con
el fin de prevenir y combatir los efectos de la contaminación de las aguas (emite
informe)
Ley de Recursos Hídricos
TITULO II - EL SNGRH
Funciones de instancias corresp. de Gobiernos Reg. y Locales (Art. 25)
• Intervienen en elaboración de planes de gestión de rec. hídricos de cuencas.
• Participan en los Consejos de Cuenca (Art. 24)
• Controlan y vigilan en coordinación
con la ANA, para garantizar el
aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos.
• Si les transfieren operación y mantenimiento de infraestructura hidráulica mayor
púb., deben cumplir PENRH, PNGRH y normas de la ANA (7ª DCF)
• La ANA puede coordinar con ellos para vigilar y fiscalizar y para prevenir y
combatir los efectos de la contaminación del mar, ríos y lagos (Art. 75)
Ley Org. de Gobiernos Regionales, Ley 27867
Rol de los Gobiernos Regionales en la SNRH
Competencias Específicas (Art. 51)
Funciones en materia agraria
…
c) Participar
en la gestión sostenible del recurso hídrico
en el marco de las entidades de cuencas y
las políticas de la autoridad nacional de aguas.
e) Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los
recursos naturales bajo su jurisdicción.
f) Promover y ejecutar proyectos y obras de irrigación, mejoramiento de riego, manejo
adecuado y conservación de los recursos hídricos y de suelos.
…
Ley de Recursos Hídricos
TITULO II - EL SNGRH
Las Organizaciones de Usuarios
¿Que son? (L: Art. 27 – RL: Art. 16°)
Comparten (Art. 26)
Asociaciones civiles para la
participación organizada de usuarios
en la gestión multisectorial y
uso sostenible del agua
1) una fuente de agua superf. o subterránea y
2) un sistema hidráulico común; o
• O cuentan con sist. de abastecimiento de
agua propio (tercer párrafo).
Asoc. Reg. o Nac
con Sist de Abastecimiento Propio
Junta de Usuarios
Por un uso o varios usos.
Comisión de Usuarios
Comité de Usuarios
Ley de Recursos Hídricos
TITULO II - EL SNGRH
Las Organizaciones de Usuarios
¿Qué harán? (L:Art. 28)
a.Operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica.
b. Distribución del agua.
c.Cobro y administración de las tarifas de agua.
Otras (RL: Art. 40)
a.Representar a los usuarios
b.Participar en los Consejo de Cuenca y en elaboración del PGRHC
Características:
•
•
•
•
Por administrar recursos públicos, están sujetas a la Contraloría (Art. 28)
Se organizan según criterios técnicos de la ANA (Art. 28)
Son reconocidas y registradas por la ANA (Arts. 27 y 31).
Titular de Licencia obligado a participar en la organización corresp. (Arts. 57 inciso 8).
Ley de Recursos Hídricos
TITULO II - EL SNGRH
Niveles de Gestión en Recursos Hídricos (RL: Arts. 45 y 46)
Entidad
1. ANA
2. MINAM
1.
2.
3.
1.
Niveles de Gestión de RRHH
Efectos
En fuentes naturales e Aplicables en forma conjunta
infraestructura multisectorial
a los distintos sectores
usuarios
OEFA
En fuentes naturales
Actividades específicas.
SENAMIH
DICAPI
Entidades Públicas En infraestructura hidráulica Aplicables en forma particular
Sectoriales
de uso sectorial
a cada sector usuario.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO II - EL SNGRH
El Tribunal Nac. de Resolución de Controversias Hídricas - TNRCH
y los Procedimientos (Arts. 22, 23 y 1ª DCT):
Transitorio (actual)
2a y
última instancia
1a
Instancia
Fuente: IRH
Jefe
ANA
ALA
Con AAA y TNRCH
TNRCH
5 integrantes
AAA
3.
3.Usos
Usosyy
derechos
derechosde
deuso
usode
deagua
aguaen
enla
laactividad
actividadminera.
minera.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO III - USOS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
Condiciones generales de uso (Art. 34):
• Depende de la disponibilidad
• Debe realizarse con eficiencia y respetando derechos de terceros
•Mantener o mejorar las características físico-químicas, el régimen hidrológico en
beneficio del ambiente, la salud pública y la seguridad nacional.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO III - USOS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
Clases de uso de agua
(Ley: Arts. 35, 36, 37, 39, 42 y 43
RL: Arts. 56, 58 y 61 )
Prioridad y uso
Necesidad que atiende
Requiere derecho
de uso
1ª
Primario
Humana primaria -con agua no tratadadirectamente de la fuente natural o cauce artificial,
sin alterarlos,
ni afectar bienes asociados.
No
2ª
Poblacional
También humana primaria (“doméstica”),
con agua tratada.
Si
3ª
Productivo
De procesos productivos o previos a estos.
[Prioridad la fija ANA (Art 55, incisos 2 y 3)
cuando falta agua para atender varias solicitudes]
Si
Ley de Recursos Hídricos
TITULO III - USOS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
Tipos de usos productivos (Art. 43):
Agrario:
pecuario y agrícola
Cuando hay agua…
“no hay problema”
Reglas
de
otorgamiento
cuando no hay suficiente agua
para solicitudes por mismo uso
(Art. 55, 3):
Acuícola y pesquero
1. Prioridad la fija ANA.
Energético
Industrial
Industrial
Medicinal
Minero
Recreativo
Turístico
Transporte
Otros usos
2. La solicitud de mayor interés
público, cuyo uso:
(ambiental, etc)
a) sea + eficiente
b) genere + empleo
c) menos impacto ambiental.
d) + antigua.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO III - USOS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
Prioridades en el Uso productivo (RL: Art 62):
Orden
Uso
1
Agrario – Acuícola – Pesquero
2
Energético – Industrial – Medicinal – Minero
3
Recreativo – Turistico – Transporte
4
Otros Usos
Se puede variar las prioridades: PGRHC
Ley de Recursos Hídricos
TITULO IV - DERECHOS DE USO DE AGUA
Derecho de Uso
otorgado
Plazo
Otras nociones
Licencia - AAA
Indeterminado,
mientras subsista
actividad principal
Dotación anual,
para uso y
lugar determinado
Indeterminado;
ejercicio eventual
Cantidad “indeterminada”,
variable, de superávit,
sin afectar a 3ros
Hasta 2 años,
Renovable 1 vez
Dotación anual,
para estudios, obras y
lavado de suelos
(L: Arts. 47 a 57 – RL: 70 a 86)
Permiso - ALA
(L:Art. 58 – RL: 87 y 88 –
ROF: 40.4 b)
Autorización - AAA
(L:Art. 62 – RL: 89)
Se puede declarar la extinción de los derechos (L: Arts. 70 al 72 y RL: 102)
Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos
Etapas para obtener
Licencia de Uso de Agua Superficial
1
Autorización
de ejecución
de Estudios
Aprov.
hídrico
SAP
2 años, prorrogable
3
2
Aprobación
de Estudios
SAN
2 años vigencia
Autorización
de
Ejecución
de
Obras
SAN
4
Licencia
SAN
indefinido
Ley de Recursos Hídricos
TITULO IV – DERECHO DE USOS DE AGUA
Contenido mínimo de un derecho de uso de agua
1.
Titular del derecho.
2.
Fuente de agua a utilizarse.
3.
Lugar de donde se va a extraer o captar el recurso y devolver el mismo,
cuando corresponda.
4.
La cantidad de agua que el Estado otorga en uso.
5.
Lugar donde el administrado va a utilizarla.
6.
El fin que se dará al uso del agua otorgado.
4.
4.Otras
Otrasnormas
normasespeciales
especialessobre
sobreel
elagua.
agua.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO V - PROTECCIÓN DEL AGUA
Autorización de Vertimiento de Agua Residual Tratada
(L: Arts 79 y 80, RL: 133 al 146 y ROF: Art. 32, h)
1)
Competencia: Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos
2)
Opiniones: DIGESA del MINSA y Autoridad Ambiental Sectorial (Certificación
Ambiental)
3)
Evaluación considera:
a) Cumplimiento de Límites Máximos Permisibles.
b) Implementación progresiva de Estandares de Calidad Ambiental.
4)
Duración: 2 a 6 años, prorrogables
5)
6)
Extinción: Similares a las de los derechos de Uso de agua.
AAA: Ejecuta control de vertimientos, incluye visitas inopinadas.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO V - PROTECCIÓN DEL AGUA
Autorización de Reuso de Agua Residual Tratada
(L: Art. 82, RL: 147 al 152 y ROF: Art. 38, c)
1)
Competencia: Autoridad Administrativa del Agua
2)
Evaluación considera: Valores que establezca el sector correspondiente a la
actividades a la cual se destinará el reuso de agua.
3)
4)
5)
Requisitos:
•
Tratamiento previo
•
Cumplimiento de parametros de calidad establecido para el uso sectorial
•
Certificación ambiental
Duración: 2 a 6 años, prorrogables
AAA: Ejerce control y vigilancia y frecuencia de toma de muestras y análisis.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO V - PROTECCIÓN DEL AGUA
Declaraciones de la ANA
“Zonas intangibles” (Art. 75):
Con opinión del MINAM,
impide otorgamiento de
derechos de uso o vertimientos.
Cabeceras de cuenca son “Zonas
ambientalmente vulnerables”
“Zonas de Veda y
Zonas de Protección” (Art. 78):
- Protege y restaura ecosistemas / fuentes
de agua y sus bienes asociados.
- Limita o suspende temporalmente
derechos de uso.
- Si riesgo afecta a población, requiere
opinión sustentada y favorable de Aut. de
Salud.
“Agotamiento de la fuente” (Art. 77):
Dispone el no otorgamiento de derechos de uso
adicionales, previo estudio técnico.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO V - PROTECCIÓN DEL AGUA
Incentivos
Incentivos
(Art.
(Art.84):
84):
ANA en coordinación con CC, los otorga a quienes
eviten contaminación del agua y desastres, y hagan:
• forestación,
• reforestación o
• inversión en tecnología y
• utilicen prácticas o procesos que protejan el agua y la GIRH en cuencas.
Promoción de protección de la cuenca (Art. 84):
ANA en coordinación con CC y el MINAM,
para conservar y proteger el agua y bienes asociados
Ley de Recursos Hídricos
TITULO V - PROTECCIÓN DEL AGUA
Incentivos
Incentivos
(Art.
(Art.84):
84):
Deducciones de la RE o tarifas de agua
Por inversión en uso eficiente,
en mantener y desarrollar la cuenca hidrográfica
las fija el Reglamento (Art. 84):
Certificado de
Aprovechamiento Eficiente
(Art. 85):
La ANA fijará
“Parámetros de Eficiencia”.
Incentivos institucionales
(Art. 86):
Concursos
Pasantías
Premios
Difusión de experiencias exitosas, etc.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO VI – RÉGIMEN ECONÓMICO DEL AGUA
Pago por los titulares de derechos de uso de agua:
Retribuciones Económicas
Por usar agua
(Art. 91).
Por verter agua
residual,
en cuerpo de agua
receptor
Obligatorio para
(Art. 92).
todos los usuarios,
por m3 usado.
En función a calidad y
ANA la establece
volumen del
según criterios
vertimiento.
sociales,
ambientales y
No sustituye ob. sobre
económicos.
protección y conserv.
Tarifas
Por servicio
de
distribución
de agua en
los usos
sectoriales
(Art. 90, 3).
Por usar
Por monitoreo y
infraestructura gestión de uso
hidráulica
de aguas
mayor y menor
subterráneas
(en operación,
(Art. 94).
mantenim.,
Por usuarios de
reposición,
agua
administración y
la recuperación subterránea con
de la inversión fines productivos
para monitorear
pública
su uso, el nivel
empleada)
freático y otro.
(Art. 93).
Ley de Recursos Hídricos
TITULO VI – RÉGIMEN ECONÓMICO DEL AGUA
Establece “criterios de autosostenibilidad” (Art. 95) para fijar el valor de:
- las Retribuciones Económicas para cubrir costos de la
• GIRH (gastos operativos de la ANA);
• recuperación o remediación del recurso;
• daños ambientales que cause el vertimiento.
- las Tarifas que permitan
• cubrir costos de O&M de infraestructura, rehabilitación y desarrollo de infraestructura;
• mejorar la situación socioeconómica de la cuenca hidrográfica;
• establecer el monto “según rentabilidad de la actividad económica”.
Ley de Recursos Hídricos
TITULO IX – AGUA SUBTERRÁNEA
Exigencias para agua subterránea
Exploración
con
perforaciones debe ser
autorizada por ( Art. 109)
Otorgamiento del derecho
sujeto a:
(Art. 110)
la ANA
los propietarios del área si corresponde
normas de LRH sobre Derechos de Uso de Agua
“instrumento de gestión ambiental” si corresponde
Uso debe respetar el “principio de sostenibilidad” de la cuenca
(Art. 108)
Ley de Recursos Hídricos
TITULO IX – AGUA SUBTERRÁNEA
Declaraciones de la ANA
1
Zona de Veda
Zona de Restricción
(Art. 113 a)
(Art. 113 b)
Estudio técnico debe confirmar que extracción perjudica sostenibilidad
2
2 periodos:
2 medidas ante un acuífero en riesgo de
agotamiento:
- Permanente
- Temporal
- Total
- Parcial
3 tipos:
3
- De exploraciones
- De perforaciones
- De otorgamiento de nuevos derechos
Reducción temporal de extracción, en
partes
alícuotas,
entre
derechos
existentes
Ley de Recursos Hídricos
TITULO XII – INFRACCIONES Y SANCIONES
Infracciones principales
Calificación y Criterios
Sanciones y Resp.
(Art. 120)
(Art. 121)
(Art. 122, 123 y 125)
Sanciones:
• utilizar agua sin derecho de uso
• incumplir obligaciones del art. 57
• ejecutar o modif. obras hidráulicas
sin autorización
• afectar ejercicio de un derecho de
uso de agua
• dañar u obstruir los cauces o cuerpos
de agua y bienes asociados
• ocupar o desviar cauces sin
autorización
• impedir
inspecciones
y
supervisión de la autoridad
• contaminar agua transgrediendo
parámetros de calidad ambiental
• vertimientos sin autorización
• contaminar el agua subterránea
• dañar infraestructura pública
• contravenir la LRH o su Rgto.
Leves
Graves
Muy
graves
• Trabajo comunit. en
1. Afectación o riesgo a la la cuenca o
salud
• multa de US$590 (0.5
2. beneficio económico UIT) a US$11‘700,000 (10
000 UIT).
para el infractor
3. gravedad de daño
generado
4. circunstancias de la
comisión de la infracción
5. impacto ambiental
negativo,
según
la
legislación
6. reincidencia
7. costo del Estado para
atender daño generado.
Medidas adic.:
1. Restaurar el estado
anterior a infracción o pagar
costos de reposición;
2.
decomisar
bienes
utilizados
para
cometer
infracción;
3. retirar, demoler, modif.,
reubicar o suspender obras; y
4. suspender o revocar
derechos, incluyendo cese de
uso ilegal de agua.
Responsabilidad adic:
1. Civil
2. Penal
3.
3.FUTURAS
FUTURASIMPLEMENTACIONES
IMPLEMENTACIONESSOBRE
SOBREAGUA
AGUA
Futuras implementaciones sobre agua:
1. Políticas.
2. Planes Nacionales y de Cuenca
3. Reglamentos específicos.
4. Metodologías
5. Protocolos
6. Procedimientos.
7. Implementaciones
Gracias
bquezada@southernperu.com.pe
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