Vicerrectorado de Investiga FACULTAD DE DERECHO ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO CONVEMAR: Un marco jurídico para la gestión sostenible de los océanos AUTORES: Bautista Calderon, Phillips Francesco (orcid.org/0000-0002-7873- 7622) Enriquez Durand, Roy Anthony (orcid.org/0000-0003-2170-1845) Salgado Retuerto Jacqueline (orcid.org/0000-0001-6442-322.) Santamaria Espinoza, Jesus (orcid.org/0000-0001-7553-8591) Izaguirre Gamarra Emily Mirella ((orcid.org/-0009-0006-8266-4549) ASESOR: Magister. Canto Corrales, Victor Demetrio LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: LIMA - PERÚ 2023 Vicerrectorado de Investiga ÍNDICE: I. INTRODUCCIÓN II. ARGUMENTACIÓN III. CONCLUSIONES REFERENCIAS Vicerrectorado de Investiga I. INTRODUCCIÓN: El Tratado de ONU sobre la ley del mar, conocida comúnmente como la Convención del Mar, es una de las alianzas más importantes y ampliamente aceptados en el entorno del derecho internacional público. Adoptada en 1982 y en vigor desde 1994, la Convención establece un marco legal integral que normaliza el uso y la gestión de los océanos y sus recursos, tanto la legalidad y compromiso de las regiones costeras y de la comunidad internacional en general. El océano, como parte integral de nuestro planeta, desempeña un papel crucial en la vida y el desarrollo de las naciones. Abarcando un crecimiento del 70% del suelo de la Tierra, los océanos son una fuente de vida, biodiversidad y recursos naturales inigualables. La Convención del Mar reconoce la importancia de proteger y preservar esta valiosa fortuna, estableciendo un cuadro jurídico donde promueve la cooperación, la sostenibilidad y la justicia en el uso de los bienes marítimos. Este ensayo, exploramos la importancia y los fundamentos jurídicos de la Convención del Mar desde una perspectiva del derecho internacional público. Analizaremos los primordiales aspectos de la Convención, límite de las áreas marítimas, protección del medio marino, explotación sostenible de bienes, cooperación internacional, etc. Además, consideraremos los problemas y restricciones que enfrentan el tratado en la implementación efectiva, y propondrá posibles soluciones. La Convención del Mar es una dictamen a la obligación de establecer un cuadro legal claro, equitativo que organizó las actividades en los océanos y promueva la paz y la cooperación entre los Estados. Antes de su adopción, existían diferentes prácticas y normas aplicables a los océanos, lo que generaba conflictos y disputas entre los Estados. La Convención buscó establecer un Vicerrectorado de Investiga conjunto de reglas y principios comunes que permitieran a los Estados actuar sus derechos y ejecutar con sus responsabilidades de manera justa y equitativa. La Convención del Mar aborda una profunda gama de asuntos, de la acotación de los territorios marítimos incluso la defensa del entorno marítimo y la cooperación científica. Establece la legalidad y obligaciones del gobierno costeros en relación con sus aguas territoriales, su zona económica exclusiva y su plataforma continental. Además, reconoce la equidad de todos los países a la libre travesía en alta mar y establece un régimen jurídico para el rendimiento de los recursos naturales en áreas de la jurisdicción nacional. II. ARGUMENTACIÓN: 2.1 Demarcación de las territorios marítimos y derechos de los Estados ribereños Uno de los pilares fundamentales de la Convención del Mar es una delimitación del territorio marítimo y los derechos de los estados costeros. La Convención establece las aguas territoriales, el sector económico exclusiva (ZEE) y la plataforma continental como áreas en las que los Estados tienen jurisdicción y derechos soberanos. Estas delimitaciones claras y precisas permiten a los Estados ejercer la inspección y el trámite de los recursos y actividades en sus aguas y respaldar la seguridad y el orden en el mar. Las aguas nacionales se esparcen hasta 12 millas desde la recta de la base costera y son consideradas como una extensión del territorio del Estado costero. Dentro de estas aguas, el gobierno desempeña plena soberanía y control en el espacio aéreo, el lecho y el subsuelo marino, así como los bienes naturales y la labor realizadas en la zona. La ZEE se expande hasta 200 millas desde la línea de base costera y otorga al Estado costero. Este régimen de derechos exclusivos busca equilibrar los intereses de los Estados costeros con los derechos de los demás Estados y garantizar una repartición justa de la rentabilidad de lo obtenido del beneficio de la fortuna marina. Vicerrectorado de Investiga La plataforma continental, por su parte, se menciona al lecho y el subsuelo de la superficie submarina junto a la costa del Estado, más allá de su ZEE. La Convención establece criterios técnicos y científicos para determinar la dilatación del estrado continental de cada Estado, lo permite una delimitación precisa y basada en fundamentos científicos. Esta delimitación amplía la competencia de los Estados costeros por los recursos naturales y las actividades en su plataforma continental. 2.2 Protección del recurso marino y beneficio sostenible de los recursos La Convención del Mar reconoce la importancia de proteger el medio ambiente marino y fomentar la conservación y el uso sostenible de los recursos. Establece un cuadro jurídico para la seguridad y preservación de la biodiversidad marina, así como para la organización y la inspección de la inoculacion en los océanos. En todo lo que la protección del medio ambiente marino, la Convención establece principios generales, como el deber de los Estados de adoptar mediciones para evitar, disminuir e inspeccionar la contaminación. También promueve la cooperación internacional para abordar los problemas ambientales globales. En términos de explotación de recursos, la Convención del Mar establece el principio de explotación sostenible de los beneficios en la ZEE y en alta mar. Esto implica que el gobierno debe dominar medidas para respaldar la conservación de las especies marinas y evitar la sobreexplotación. Además, la Asamblea inspecciona la legitimidad de los Estados a informar en el rendimiento económico obtenido del beneficio de los recursos marinos, promoviendo así la equidad y el acceso justo a estos recursos. 2.3 Cooperación internacional y solución de controversias La Convención del Mar promueve la cooperación internacional en diversos aspectos relacionados con los océanos. Reconoce el valor de la exploracion científica y la permuta de comunicación en el ámbito marino, fomentando así la colaboración entre los Estados y las instituciones científicas. Asimismo, establece la Asamblea de Límites de la Plataforma Continental como Vicerrectorado de Investiga un órgano científico y técnico para ayudar a los Estados en la demarcación de su plataforma continental. Además, la Convención fija dispositivos de resultados del debate para solucionar los problemas vinculados con la apreciación y utilización de sus disposiciones. Estos mecanismos incluyen la solución judicial, a través del juzgado Mundial del Derecho del Mar, y el fin de la disputa, mediante la negociación, mediación y el arbitraje. Estos mecanismos brindan a los Estados una vía para resolver sus diferencias de manera justa y equitativa, evitando conflictos y tensiones internacionales. El Perú y la Convemar 1. ¿El cierre reducirá nuestra soberanía de 200 millas? Como ya se mencionó, el Perú es uno de los principales países en diversas declaraciones unilaterales realizadas principalmente por países latinoamericanos. Sin embargo, su papel no se limitó a eso y fue muy activo en el proceso de redacción de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Mosquera, 2004). De tal manera, se suponía que el argumento de las 200 millas que fue mantenido por el estado de Perú transmitía, creando una zona económica exclusiva, tal como se publicó, extendida a 200 millas náuticas. Sin embargo, a pesar de esta importante participación, Perú sigue siendo uno de los pocos países (junto con países como Estados Unidos y Venezuela) que aún no ha firmado la Convemar (Mosquera, 2004). Actualmente, ¿Cuál es la razón porque el Perú no se ha suscrito en la Convemar? El principal argumento se dijo cuando Perú explicó su autonomía y autoridad sobre el territorio de 200 millas marinas, fue con la idea de que todas estas secciones se formaron en aguas territoriales, se declara que la dimensión náutico, que es pieza del territorio peruano sujeto a soberanía absoluta. (Del Águila y Malpica, 1997) En contraste, Convemar solo reconoce estados soberanos entre las 12 millas de aguas territoriales definidas por la convención. Vicerrectorado de Investiga Un "corte" las 188 millas de soberanía del país para aquellos que se oponen a firmar Convemar. ¿Pero es esta manifestación es cierto? Para responder a esta pregunta, es necesario investigar el decreto superior No. 781 de 1947 y la Declaración de Santiago de 1952, en la que no se puede esperar la expresión "Mar Territorial". Además, los dos textos reconocen las fronteras de la soberanía a favor de navegar en barcos de otros países (de Eagle y Malpica, 1997). ARGUMENTOS A FAVOR Y EN CONTRA DE LA CONVEMAR A FAVOR EN CONTRA Perú tendría el instrumento Nos reducirían de 200 a 12 millas de internacional para negociar y conciliar océano jurisdiccional. con otros estados. Poseemos acercamiento a los bienes Lo que se quiere es facilitar la del interior de alta mar. explotación y depredación del mar peruano. Existen beneficios de explotación Nuestro mar peruano estaría lotizado y marítima importantes para nuestro se regiría a las normas de la país. Convemar, sobreponiéndose ante la Constitución Política del Perú. Se establecería un marco jurídico Según el artículo 54° de la donde regiría una sola reglamentación Constitución Política del Perú señala para los países marítimos suscritos que el dominio marítimo es inviolable e evitando conflicto de intereses en la inalienable. protección y utilización de bienes marinos. Todos los estados serían responsables Debido a la basta riqueza ictiológica y de administrar y conservar sus otros recursos que tiene el Perú recursos biológicos. derivados del mar dentro de las 200 millas peruanas, no sería necesario suscribirse a la Convemar. Podríamos tener mejores mecanismos Existiría una disminución de nuestra jurídicos para defender los intereses dictadura marítima de 200 a 12 millas del Perú. marinas y con ello, la pérdida de la soberanía del Perú sobre el Mar de Grau. Vicerrectorado de Investiga III. CONCLUSIONES: La Convención del Mar señala que todo País posee derecho a decretar la amplitud de su océano jurisdiccional inclusive una frontera que no exceda de 12 millas náuticas a dividir de hilera de origen costera. La Convención del Mar representa un papel elemental en la reglamentación de los océanos y sus recursos. Además, constituye un instrumento fundamental para el desarrollo económico y político de los estados. También proporciona un marco legal integral que promueve la cooperación, la sostenibilidad y la justicia en la utilización de los recursos marinos. A través de la delimitación de zonas marítimas, protección del medio ambiente marino, explotación sostenible de los recursos y la cooperación internacional, la Convención busca equilibrar la legalidad y compromiso de los territorios costeros y organizar la paz y la solidez en los océanos. Sin embargo, la implementación efectiva de la Convención del Mar enfrenta desafíos y limitaciones. La falta de recursos y capacidad institucional de algunos Estados dificulta su plena aplicación y cumplimiento de sus disposiciones. Además, persisten disputas y conflictos en la delimitación de las zonas marítimas, especialmente en áreas con recursos naturales significativos. Para superar estos desafíos, es necesario fortalecer la ayuda y protección entre los Estados y promover un enfoque basado en la equidad de los recursos marinos. También es importante fomentar la conciencia y la responsabilidad ambiental para garantizar la protección y preservación del medio ambiente marino. La Convención del Mar ha sentado las bases para un ordenamiento jurídico internacional en los océanos. Su implementación efectiva y la cooperación internacional son básicos para respaldar la sostenibilidad, la protección y el uso equitativo de los recursos marinos, y para promover la paz yla cooperación entre los Estados en el ámbito marítimo. El respeto y la aplicacióndel reglamento y la ley establecidos en la Convención son esenciales para garantizar un futuro Vicerrectorado de Investiga sostenible para nuestros océanos y para las generaciones nuevas. Sin embargo, a pesar de los beneficios adquiridos a los estados suscritos en esta Convención, consideramos que si el Perú se suscribe a este tratado sería perjudicial, ya que se nos restringiría más de 180 millas del mar, además sería un acto inconstitucional porque violaría el artículo 54° de la Constitución el cual señala: “El territorio del Estado es inalienable e inviolable. Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre. El dominio marítimo del Estado comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de doscientas millas marinas medidas desde las líneas de base que establece la ley”. REFERENCIAS: Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1982). United Nations. (2021). Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. https://www.un.org/depts/los/convention_agreements/texts/unclos/unclos_s.pdf Del Águila Ruiz, P. y Malpica Valera, R. M. (1997). El Perú ante el nuevo derecho del mar. Revista Ius et Veritas, 8(14), 187-199. https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/iusetveritas/article/view/15714. Mosquera, S. (2004). El Perú y la convención del derecho del mar de las Naciones Unidas. Revista Jurídica del Perú, 54(59), 311-329. https://pirhua.udep.edu.pe/bitstream/handle/11042/1686/Peru_convencion_dere cho_mar_NU.pdf?sequence=1&isAllowed=y. Vicerrectorado de Investiga