Uploaded by Jorge Pérez Hernández

Los Señoríos

advertisement
Los Señoríos
Índice:
1. Orígenes y formación de los señoríos
2. Ejemplo práctico del poder señorial: La familia Sánchez Muñoz
3. Riqueza patrimonial de la familia Sánchez Muñoz:
3.1 Posesiones en la ciudad de Teruel
3.2 Posesiones en las inmediaciones: la Baronía de Escriche
4. La supresión de señoríos y el proceso desvinculador de los bienes nobiliarios
4.1 Deseñoralización
4.2 Desvinculación
Trabajo realizado por: Jorge Pérez, Miguel Ángel Sanz; Mohamed Aziz y Jan Oosterhof
1- Orígenes y formación de los señoríos
Los señoríos nobiliarios fueron también una de las formas dominantes de la
organización política institucional de las sociedades rurales de la Península Ibérica,
durante la Baja Edad Media y de forma continuada en la época moderna hasta el fin del
sistema feudal.
Ocurrió legalmente en 1837, fecha que presenció el inicio de la desamortización. Un
nuevo poder cristiano fue creado por los aragoneses tras la amplia expansión territorial
de Alfonso I y fue continuado por Alfonso II (1162-1196) y Pedro II (1196-1213) con
los aragoneses en la vertiente de Martín, el río Guadalope y Matarraña en la fuga de
Ebro y en la tierra de Teruel.
Esto implica un cambio profundo en la organización legal, administrativa, social, social
y militar de áreas comunes.
Las concesiones de Fueros, la organización de la ciudad y el establecimiento de grandes
puestos (miembros del consejo, la diócesis e iglesias) formaron herramientas legales
que permiten nuevas organizaciones, así como regulaciones.
Sobre la vida interna de estas tierras fronterizas en las afueras de Aragón. Un punto de
partida, que crea una política de comenzar con el restablecimiento y la búsqueda de una
organización que permita la rápida ocupación de una tierra; Por lo tanto, Trang Vien es
una forma de organización social, y en algunos campos, la forma más popular de
organización política, hasta entonces no es una estructura construida de la región, sino
que la emisión de los equipos y constituciones de alcalde es definitivamente de una
nación. Gobierno, documentos como la carta de Poella o la autoridad se utilizan para dar
legitimidad a su propiedad, y no es actualizado en la actualidad este trabajo, como en las
tarifas, ya que no hay noticias sobre la existencia de estos documentos.
Un castillo o palacio firmado toma posesión de la propiedad física del dominio que a
veces se identifica con cadenas. Por estos derechos obtenidos por los amos del Estado,
los habitantes de la comuna quedaban así subordinados al amo, a quien tenían deberes
económicos y judicialmente le estaban subordinados, desde el florecimiento del
gobierno y la existencia de la sociedad. El actual sistema político civil depende de estos
vínculos.
En general, los señores de diferentes lugares no vivían en la ciudad, pero, a pesar de su
costumbre de residir en la corte y ciudades, no perdió su vinculación con la casa solar y
ejerció su autoridad en las comunas.
Por otro lado, la concesión de propiedad puede aumentar la lealtad y establecer una
sociedad jerárquica en la que la cabeza es dominante. Esto comenzó a cristalizar en la
aristocracia franca, que ganó poder y esto les hizo entrar en una relación de sumisión al
rey, pero los privilegios que obtuvieron, como ocupar cargos eclesiásticos (iglesia de
honor) y asignar los cargos más famosos (condes, duques, señores) durante este período
que se extiende desde la segunda mitad del siglo X hasta finales del siglo XI, durante el
cual la Reverenda Reina establece la primera etapa de la industrialización.
Se produjo la desaparición paulatina del yodo; y la lenta pero prolongada desaparición
del agricultor libre y su dependencia de la dependencia de clase, con la consiguiente
aparición de nuevos derechos e impuestos que los campesinos debían pagar por su amo.
Así los campesinos perdieron su relación directa con la tierra. Y la renta feudal, que es
la base económica para la formación del feudalismo, se reestructuró gradualmente.
A partir de entonces, se legitimó la aristocracia, cuyo poder derivado del reino de
Potestas se manifiesta por el servicio que prestaban al rey, y que es la "fuente del poder
'honor' única y ya repartida a los grandes.
Desde entonces, estos ' Grandes 'personas han sido llamadas con el título de Doncella
Ilustrada, son las guardianas del 'cíngulo de la milicia', su insignia de cargo, y describen
el servicio público en su respectivo nivel.
Con una clara indicación de buena voluntad. El rey se formó como la mayoría de Christi
(Guerre de Cristo), y todo honor, un libro de una parroquia, y por lo tanto se consideran
milicia, la cabeza era el rey.
Formar la aristocracia y la política dirigida por reyes relacionadas con la necesidad de la
renovación y el apoyo proporcionado por la aristocracia en los círculos de su misión
política; Se les permite nombrarse a sí mismos como un grupo.
Este pensamiento, así como la distribución del honor en torno a los hombres a
funcionarios de alto estado y les permitió transformar su fuerza en la realidad (sobre la
base de la tierra y la relación. Es el social origen del gobierno real. Es el rey el que dio
"beneficio" para dar honor, es decir, dijo que es una concesión temporal y cancelada,
hasta el final del mundo.
En el siglo IX, los reyes tenían como objetivo preservar Commendatio (Sujeto a rituales
colocando manos entre convertirse en Dios) y Dios) obteniendo ingresos. 17 Todo esto
para el beneficiario "Venallo".
Esto crea una relación de dependencia ligada a la tierra otorgada por honor, creando una
relación de dependencia y subordinación; Por un lado, entre un rey y un aristócrata, y
por otro lado, entre un amo o amo y un campesino o vasallo que trabaja en su tierra.
Esto supone la generalización de los subalternos en todos los niveles de la sociedad, a
través del sistema relacional vertical, tal como lo adoptó Carlomagno; Imponiendo así
un vínculo absoluto del servicio con los afiliados. Mucho más tarde, durante el siglo IX,
el carácter hereditario de las ceremonias dictó la necesidad de que los grupos
aristocráticos mantuvieran sus posiciones para evitar cualquier desliz.
Para ello debieron controlar los elementos tradicionales de la aristocracia, el parentesco
y la tierra, de los que también derivaba la fuerza del guerrero, y con ello intentaron
construir una ideología monoteísta, a través de valores como la fidelitas y la caritas. (el
amor de uno por el prójimo (18) hay tierras consideradas "beneficio" en el caso de
nombramiento en otro lugar o corte de lazos.
Al fidelizar, el rey restituye el rendimiento, pero cuando se convierte en hereditario, se
produce la reposesión., como lo demuestra la transferencia directa de honor de padre a
hijo, que se reconfirmó a finales del siglo XI.
Por otro lado, cuando se reglamentaron los títulos de propiedad, los títulos, poderes,
tierras y sus apéndices fueron efectivamente transferidos al dominio de los alodios.
Como signos y bases de poder, los apellidos se transmitían al linaje masculino, pero a
falta de hombres, pasaban de hija a marido e hijo.
El corolario tanto del patriarcado como de su radicalización del título fue dividir el
origen real del honor y que esta dependencia por herencia conduciría a la usurpación de
la autoría.
Cuando analizamos el ámbito de la administración señorial, por un lado, está
constituido por la reserva de la que disfrutan y disfrutan directamente los señores y
cuyas tierras son en parte explotadas por los servicios prestados por los señores.
Lo aportan los vasallos, atados y fijados en días determinados, y por otro lado los
legados plantados por los campesinos.
Se perfeccionó la división en busca de un mejor aprovechamiento de la tierra y un
aumento de las rentas que los señores obtenían por el uso de "la superficie útil de tierra
o hacienda que habían cultivado y de la que obtenían sus frutos con su contrapartida en
el establecimiento de la ley la ley a favor de los propietarios originales del gran rey
antiguo, y las tierras en las que cultivaban y trabajaban.
Prueba de ello es el uso de contratos como censo, hidroponía o contratos de siembra y
cosecha.
Finalmente, la división consiste en bienes de uso común (montañas, pastizales, bosques,
agua, industria salinera) que son igualmente compartidos y utilizados por los habitantes
de la división.
El Señorío sirve de centro de explotación de la casa o vivienda del Supremo (palatium,
domus); Además, hay hórreos (bodegas para vino y cerveza), lagares (lacar, torcularia),
bodegas (apotikas), huertas, almacenes, molinos, hornos y fragua.
Al mismo tiempo que se hace todo esto, muchos de ellos tienen su propia “iglesia”, que
es propia, y los beneficios económicos que vislumbran .
Otro rasgo que ayudó a conformar el sistema señorial es la inmunidad.
Un análisis de la soberanía de Aragón, mostrando cómo los señores mantenían el poder
absoluto y supremo sobre los vasallos de sus tierras a través de la jurisdicción del reino,
es decir, ejercían su jurisdicción civil y criminal, alta y baja o única y mixta. Imperio.
El poder que ejerció llevó incluso a la imposición de la pena de muerte. Esto convirtió
el área alrededor de la hacienda en una jurisdicción fuera de las leyes del reino, una
situación que permitió que un prófugo de la justicia ingresara de manera segura a las
tierras de la hacienda.
Además, otorga autoridad, mando y autoridad a los señores comunes sobre los que
viven en la monarquía. En este control, por otra parte, estaba el monopolio de los
hornos y la herrería, que traía grandes ingresos (maquila y forraje) y tenía el privilegio
de ser el primero en vender el producto de las tierras de la reserva, que ser el primero en
vender. Existieron antes que los agricultores. del palacio .
Los señores también intervinieron en los aspectos estrictamente técnicos de las
edificaciones, como la ampliación de los molinos de viento a partir de finales del siglo
XII, y sobre todo, en el siglo XIII, también participaron en la construcción de molinos
de viento. nuevos. tecnología.
También juegan una función importante a través del desgaste económico. Esto obliga a
los agricultores a producir más de lo necesario para su propio consumo, ya sea a medida
que aumenta la superficie cultivada o aumentan los rendimientos.
Por otro lado, contribuyeron a la producción agrícola directa a través de ingresos en
especie en dirección a ciertos cultivos. Así, en época carolingia, las entregas de
vellosidades bilaterales casi no tenían grano, lo que era muy frecuente en las ventas
posteriores y era un factor importante en el proceso de "grano".
Por todas estas razones, es erróneo considerar a los señores como meros arrendatarios
de la tierra. Incluso en los siglos XIV y XV, su poder no se redujo a una simple
propiedad, siempre estuvo compuesto por hombres, con quienes organizaban parte de la
producción. Sin embargo, las excepciones más evidentes a la tendencia a la ignorancia
de los ancianos se notan, sobre todo, en la periferia de la Europa cristiana.
La aplicación de soluciones alternativas (limitando la autodeterminación de los
campesinos) continuó hasta el siglo XVI. Esta diferencia tomó la forma de latifundios,
el sistema latifundiario correspondiente a la existencia de grandes campos,
principalmente cultivos de cereales, destinados a la exportación y ampliamente
cultivados por arrendatarios directos o administradores, patrones asalariados no
vinculados a la tierra.
El señorío cambia, evoluciona y se adapta a la sociedad. Además de dividir la tierra
dentro del palacio, se podía ver el desarrollo del propio palacio; Por otro lado, el palacio
se basaba en la hegemonía sobre la tierra, luego surgió una nueva forma, con el
advenimiento de la hegemonía judicial, en la que el ejercicio de la función pública
prevalecía sobre el control de la tierra, es decir, el señor tenía tanto derecho y autoridad
gubernamental.
Particularmente relevante es este aspecto, que el amo no sólo tiene la tierra para el lucro
y la subsistencia, sino que también otorga a su propietario un cierto estatus que se
extiende a la función de gobernar.
También dio poder y cierta autoridad a un grupo de colonos, que se encontraban en
estado de subordinación y participación en los asuntos de la tierra perteneciente al
señor; Al final, proporcionó un nivel de riqueza que permitió al Señor y a sus
descendientes "arrojarse" a la ciudad.
Este fue un aspecto fascinante, y más tarde, la nobleza comenzó a aparecer y presionar
en la vida urbana de las principales ciudades del reino, que aún era limitado en el siglo
XV. Porque, de hecho, los grandes clanes, en menor medida que las familias de clase
media o baja de caballeros, psíquicos o Enfants, irían poco a poco asentándose en este
ambiente. Y siempre será su propio dominio.
En el centro de su atención y devoción, incluso a través de sus agentes y diputados,
especialmente en las zonas rurales aguas arriba de dichas regiones que son
administradas por centros temporales.
Luego, una vez establecidos, comenzaron a ocupar cargos en la ciudad, lo que
aumentaría su poder para que tuvieran un peso significativo en las decisiones de la
ciudad. Durante la conquista de Teruel y su restablecimiento, cuando se le otorgó
potestad de ciudad y fuero militar contra los almohades, necesitaba una población
dispuesta a la lucha. guerreros a quienes debe animar con prebendas, con prebendas, y
para el goce de los cargos públicos se requiere el título de caballero; Es una caballería
que no se obtiene con buena salud, pero que tiene la capacidad de montar y mantener
caballos, escudos, lanzas y otras armas de combate.
2- EJEMPLO PRÁCTICO DEL PODER SEÑORIAL: LA FAMILIA SÁNCHEZ
MUÑOZ
Un ejemplo práctico de ello, en el que se centra el estudio de este trabajo, es el análisis
del poder que ostentaba una de las familias más influyentes de la ciudad de Teruel; Eran
de la familia de Sánchez Muñoz, y se instalaron en Teruel poco después de su fundación
gracias a los privilegios del barón Escriche.
Esta familia ganó tanto poder que se convirtió en uno de los clanes más antiguos e
influyentes de Teruel, sus raíces se remontan a los primeros tiempos coincidiendo con la
fundación de Teruel.
Parte de este prestigio se debe al privilegio otorgado por el Barón Escriche en 1176, que
el hijo mayor heredó íntegramente de generación en generación, y por el cual recibió
automáticamente el título de "logro". Revivió su famoso título y lo convirtió en el
próximo Baron Escriche; Es también uno de los más antiguos y antiguos de los títulos
nobiliarios en Aragón. Luego sería hasta 1824; Más tarde, el hijo mayor heredó el título
de Barón de la Linde.
Fue una de las familias nobles que ocupó el puesto más alto de la ciudad, ya que el
poder y el privilegio se extendían no sólo a Teruel, sino también a las comarcas vecinas.
Las primeras referencias a esta familia se remontan a la época de la Restauración,
cuando, en 1171, un ejército dirigido por Sancho Sánchez Muñoz y Blasco Garcés de
Marcella descendió a tierras turolenses.
Se ha dividido entre tradición y cuento, permitiéndonos apreciar la antigüedad de la
antigüedad. Por lo general, todos los nobles buscaban antepasados ilustres que pudieran
remontarse a la antigüedad clásica, en este caso, una de las versiones se remonta al
retrato del cónsul romano Lucio Moneo.
Otro ejemplar fue bien recibido por los habitantes del barón y recogido en una cuenta
anónima del siglo XVIII de principios del siglo VIII en la ciudad de Huesca. La
universidad allí fundada reúne a los mejores estudiantes de toda Europa como Francia,
Alemania, Hungría, Polonia, Bohemia... Entre ellos está Escocia.
El cual está representado por los hijos del Rey de Escocia llamados "muñoces". Este
pueblo, junto con sus compañeros restantes, libraron una lucha en el año 714 contra la
amenaza de los moros, y esta versión se basa en los orígenes del Reino de Aragón. Una
historia influyó en los Muñoce, como lo demuestra la exhibición del escudo de armas
escocés en el techo de Casa Grande por el barón Escriche.
Un posible origen familiar que dio origen al mito del dragón se evoca en la obra de
María Jesús Pérez Hernández, cuya visión se basa en un cuadro de Deodato de Gozón.
Esta configuración legendaria demuestra la eficacia de la realidad plástica. En este caso,
deberá actuar a favor del sistema establecido; En este caso, reafirmó la propiedad del
barón e indicó las razones de este privilegio.
De ahí nació una famosa leyenda entre sus habitantes sobre el malvado dragón que
gobernaba el lugar y fue derrotado por el fundador de la dinastía, el barón Eskrich.
Estamos ante el surgimiento de un mito creado a imagen y estructura de un mito
(Perseo) o religión (San Jorge) - la dinastía de Sánchez Muñoz de Teruel”, allí se refiere
al noble caballero Moneo, quien en las crónicas de Aragón se llama Sancho Sánchez
Muñoz, fue él quien tomó parte activa en la conquista y fundación de Teruel.
Estos datos quedaron recogidos en una estela colocada sobre su lápida, en la que los
monjes, en agradecimiento por su donación, grabaron algunos datos biográficos. Este
caballero temía mucho a los marroquíes y ganó muchas batallas. El 29 Sancho Sánchez
Muñoz fijó su residencia en Teruel y desde entonces llevará con su apellido el
sobrenombre de "Vecino de Teruel".
Estuvo casado con doña Marquesa, hermana de don Diego López de Haro, por
matrimonio con don Pascual y don Martín, que ayudó al rey Alfonso VIII en el desastre
de Alarcos y en la batalla de Las Navas en 1212. Murió en batalla juntos por sus dos
hijos en 1223.
Su descendencia fue Pascual Muñoz, señor y primer barón de Escrichi, concedido por el
rey Alfonso II de El Casto para conquistar a su padre y fundar Teruel. El título fue
confirmado sucesivamente por Alfonso IV de Aragón, Carlos I y Felipe V y restituido
por el Estado español a nombre del actual titular en septiembre de 1996. Por la dotación
del barón que la recibió del rey de los hornos de sal:
Pascual fue sucedido por su hijo Gil Sánchez Muñoz, quien ayudó a Jaime I en 1256,
cuando Murcia fue conquistada. Esto es lo que muestran sus eventos históricos:
Esta ayuda, militar y económica, respectivamente, respondía a que los diversos grupos
sociales que habitaban Teruel a mediados del siglo XIV, en función de su condición y
capacidades, participaban en la necesidad de proteger el reino.
En primer lugar, como parte de la familia real de Aragón, la gente del pueblo debía
negociar y prestar al rey una amplia gama de servicios económicos.
Por otro lado, desde el Concejo de Teruel hubo que tomar medidas para reclutar
trabajadores y enviarlos a las fronteras, vigilar el entorno inmediato, proteger a la
población amenazada y reparar las estructuras fortificadas de la ciudad.
Además, los oligarcas de Teruel acordaron formar ellos mismos estas empresas de
armas, que serían pagadas por todos los estados vecinos, y no limitadas a la entrega de
dinero.
La asistencia de la familia Sánchez Muñoz a los ilustres reyes Alfonso II, Pedro II y
Jaime I, a su abuelo, a su hijo y finalmente a su nieto, quien mostró una gran lealtad a la
familia real y consiguió renovar todo el título.
En el escenario político, también se destacan por su temprano acceso a cargos judiciales
municipales. Cuando termina la investigación, aquí es donde ocurre la pérdida de
beneficios por la expansión del área.
Ahí es cuando comienzan a acercarse a los trabajos de servicio público. Tras la
conquista de Valencia, las campañas al servicio de la monarquía se hicieron cada vez
más escasas, por lo que el grupo se vio obligado a buscar la riqueza en las rentas que
generaba la tierra y en el desempeño de las funciones de la ciudad.
Los Caballeros se convirtieron en propietarios de bienes raíces, pastos, granjas y tierras
agrícolas, que explotaban con un contrato agrícola, arrendamiento o censo, a cambio de
una cantidad anual.
El control del poder político los fortalece como clase dirigente dominante, que es la
principal fuente de ingresos para el desarrollo de su riqueza. Pascual Sánchez era
corregidor de Teruel en 1205. Este cargo sería ocupado por la mayoría de los miembros
de esta familia; Otras profesiones que se ejercieron fueron las de notario, abogado,
asesores varios, parientes y embajadores al servicio de la Casa de Aragón.
De todas las profesiones, la más destacable es la ejercida por Gaspar Sánchez Muñoz,
Barón Escriche (1483-1453) e Infanzonía desde 1531.
Así, se hizo una de las reglas para la realización de la Infanzonía, porque la dignidad de
este aristócrata de segunda podía alcanzar a los parientes de los caballeros que no tenían
fuente económica propia y estaban ligados por vasallos. , al Rey. En algún Rico que se
aprovechó de ello.
Las personas también proceden por herencia o mancomunidad, cuando la población de
un grupo de habitantes se declara infanzones. Esta posición le permitió predecir los
eventos más importantes del reino, socializar con la élite y ascender en la sociedad.
Otro exponente de la importancia de esta familia es el número de siniestros a su
servicio. Además, Sánchez Muñoz tenía vínculos maritales con otras familias
aristocráticas: un ejemplo es Francesca Sánchez Muñoz, casada con don Gildo de
Ventimila.
El acceso de esta familia a los cargos de corregidor de la ciudad se hizo evidente a fines
del siglo XIV, y una vez finalizada la conquista, una forma de seguir manteniendo la
posición económica era obtener un puesto en el gobierno de la ciudad.
Así, se registran ocho magistrados en el siglo XIII, nueve en el XIV y sólo dos en el
XV, que alcanzaron este cargo tras ascender en otros rangos o cargos en el consejo,
como magistrados, jurados y cazadores.
El control del poder político los fortalece como clase dirigente dominante, fuente de
ingresos imprescindible para el desarrollo de la actividad económica y el incremento de
su riqueza; El cual tuvo un importante punto de partida, según la Ley Orgánica de
Teruel “Todo hombre que tuviere un caballo de valor de doscientos salarios o más en el
año anterior y tuviere casa para habitarla, hace su candidatura en la corte, en el
ayuntamiento, o en cualquier otra profesión.”
Escudo de la familia Sánchez Muñoz. Instituto de Estudios Turolenses
3.1 Posesiones en la ciudad de Teruel
La fama en campos tan diversos hizo que bajo esta familia se conservara una de las
posesiones más ricas de Teruel, ya que se pueden enumerar muchas posesiones en su
poder.
Tienen casas en Teruel, Calle de la Cárcel o Calle de la Pescadería con horno y Calle
Puerta Nueva. Entre sus posesiones se encontraban dos fábricas notables en la zona de
Puente del Cobo, un molino harinero y un trapiche, con solares colindantes, que don
Gilles Sánchez Muñoz, antipapa Clemente VIII, había comprado en 1440 al frente de la
rama de Villamaluz ( Francisco Sánchez Muñoz) por 400 florines en oro.
De todas las propiedades, la casa de Sánchez Muñoz en el área de San Juan fue la más
notable; Fue construido a finales del siglo XIV, en una de las épocas de máximo poder
económico y político de la familia. Se encuentra al final de la Calle de los Muñoces en
la Plaza de San Juan.
Su estructura es similar a la de las casas construidas en Teruel y consta de una entrada,
un gran salón, un muro vallado, otra habitación en la que duermen los jóvenes, una
bodega y una habitación.
Dormitorios de esclavos, galpón, cocina y trastero. , la cocina, el dormitorio en el que
duermen los dueños de la casa, el dormitorio de las niñas, el dormitorio principal y la
capilla, el dormitorio principal en dicho dormitorio y otros espacios.
Para la estructura del edificio y todo su contenido, conviene remitirse al inventario
realizado por Pedro Sánchez Muñoz y Marín de Urries tras su muerte. detalles de los
bienes en su hogar; Es una enumeración organizada por cuartos, y su función se repite
'en el cuarto en que durmió Musín Pero Sánchez' o 'en el cuarto del mastodonte'.
La ubicación de la sala en relación con otras Dependencias en titulos como "en la
capelleta que está en la sala" or "en la cambra pintada de la sala que sale a la carrera" o
"en una cambra que entra por" la pasada la habitación".
También se conoce como la decoración de habitaciones donde comúnmente se
encuentran muebles, soportes, cofres, cofres, armas y armaduras.
Además de conocer sus ubicaciones, también podemos ver que muchas cosas provienen
de diferentes ciudades y países: París, Contry, Brujas, Rumanía, Nápoles, Chipre,
Porsche, Holanda, Cerdeña, Génova, Venecia, Gante, Flandes; Pero también hay fuentes
mucho más cercanas, como las de Almería y Valencia.
Pero la estancia más cara de la casa es la biblioteca familiar; Una biblioteca extensa se
consideraba privilegio de la nobleza, dado el precio de los volúmenes.
A través de sus investigaciones podemos conocer algunos de los temas que más
interesaron a la aristocracia turolense de los siglos XV al XVI.
Su contenido puede reproducirse a través de los inventarios de Pedro y Gaspar Sánchez
Muñoz. El intervalo de tiempo entre completar dos listas nos ayuda a medir cómo
funcionan las diferencias cualitativas y cuantitativas.
El primer inventario indica solo los libros y sus ubicaciones; En este caso se guardan en
armarios y cajones.
En el siguiente inventario, realizado después de 1530, encontramos descripciones de los
contenidos, volúmenes e incluso en algunos de ellos se menciona al autor.
Además, los libros parecen estar ordenados por un criterio más lógico, que incluso
podríamos hablar de una categoría.
Se divide en cinco secciones, cuatro de las cuales tratan sobre sus expresiones
idiomáticas y la quinta sobre los temas.
El número total de episodios se mantiene prácticamente sin cambios, pero parte de ellos
desaparece y se integran nuevas adquisiciones.
Esto demuestra que Gaspar se adhiere al modelo del caballero culto como ideal social y
humano, que no sólo se dedica a las armas, sino que también cultiva el arte de escribir.
En estos momentos, describiendo sus posesiones, donde las armas son claramente
indispensables, también encontramos un lugar para los libros, que incluso podemos ver
en el inventario que lleva la app de Gaspar, lo importante que es destinar libros
colectivos. out - un arma contra todos los objetos y eventos registrados. una biblioteca
que refleje el nivel de cultura familiar; Prueba de ello es que se trata de una biblioteca
trilingüe en la que encontramos libros en varios idiomas, en los que predomina el
catalán, luego el latín y el italiano, pero en realidad no hay libros en castellano ni en
rumano.
Por tanto, el idioma preferido, a juzgar por el mayor número de publicaciones, es el
catalán.
Además de que latín e italiano. La producción española o rumana casi no tiene
representación. En cuanto a los temas, muestran una gran diversidad; Durante el
inventario realizado por Pedro en 1484 encontramos obras religiosas, colecciones
enciclopédicas de saber (Solino, Vicente de Bóvez, San Isidoro, Pronto Latino), clásicas
(Virgilio, Cicerón, Palladio) y documentos históricos que forman parte del patrimonio
italiano. idioma. Humanismo (Dante, Bocas, Petrarca).
Por otro lado, la preferencia de Gaspard tiende hacia la historia y los clásicos (Cicerón,
César, Suetonio), con una notoria ausencia de literatura novelesca y el destaque de
muchas obras escolásticas de autores como: Alberto Brescia, Boechio, Datis, Nebria, y
Viladí. La biblioteca también alberga temas más cotidianos como la albeitería y la
cocina o guías sobre la vida rural.
Una colección notable en la biblioteca son los libros aristocráticos.
El rumbo decisivo del mundo catalán se ilustra en el manuscrito Liibre de costums de la
val de Hebron.
También existen copias administrativas de algunas entidades como los Rendes de St.
Cugat del Vallés o Inventari de les rendes de caputxins en Tarragona, del siglo XVII.
Otro grupo estaba formado por ejemplares que trataban de oficios, ya fueran carniceros,
tejedores u orfebres.
3.2 Posesiones en las inmediaciones de Teruel: la Baronía de Escriche
Barón Escriche es otra propiedad de la familia Sánchez Muñoz y todos sus poseedores
obtienen el título de Barón Escriche. Esto se puede ver en la literatura, donde el
concepto de barón debe vincularse al concepto de barón y colocarse en el mismo
contexto. Esto nos ayudará a entender las fórmulas y títulos por los cuales se nombra la
propiedad de dicha posesión, tales como:
 Señor de la villa de Escriche
 Señor de la baronía de Escriche
 Señor y barón de Escriche
 Barón de Escriche
El uso de varias fórmulas para designar un mismo título era común entre la nobleza.
Autores como Montemayor de Cuenca en 1664 colocan el título de barón en las tierras
conquistadas por los moros "les dio y llamó barones, y de allí hizo barones para
poseerlos".
Esta opinión es apoyada por Morales Moya, quien sostiene que el nombre de Barón
significa los primeros señores del Reino de Aragón, ya que esto equivale a decir que el
titular de la soberanía y jurisdicción.
Finalmente, Morales Moya distingue entre barón y barón. Respecto a la primera, señaló
que en Aragón tenía carácter jurídico y equivalía a edificios.
También añadió que este título, a cargo de la Corona de Aragón, es un mero honor, no
legal y con cierta peculiaridad económica. Y en Aragón por ejemplo, tiene una clase de
bienes militares, construidos a base de dinastía y feudo.
El apellido es inherente al municipio, la posesión de un terreno confiere a su propietario
la dignidad que se le atribuye, mientras que en Castilla la familia es la beneficiaria del
apellido.
Así, en la familia Sánchez se puede observar la pérdida del nombre cuando el barón
pasa a manos de otra persona, por ejemplo en el primer tercio del siglo XVI, cuando
García Martínez de Marcella era señor de la villa de Escriche.
Obtuvo el título de ciudad a finales de la Edad Media porque sus tierras fueron sede de
un barón con sus propias leyendas y corte. Situada a una altitud de 1.323 metros, se
distingue por su ubicación estratégica, estando en el límite de Copalan, Cedrillas,
Formici, Valdesbro y su gran extensión; Cubriendo una extensión de 32 kilómetros
cuadrados de pino y dehesa.
Antes de estos días, la primera ocupación del lugar fue de época andaluza; A los pies
del Cerro de la Umbría cerca de Casa Grande se han encontrado los restos de una
pequeña alquería andaluza, aunque el nombre Escriche, derivado de Escarix, hace
referencia a orígenes medievales.
Tras la conquista feudal de la región hacia 1168-1169. Fue cedida en herencia a Pascual
Sánchez Muñoz, en lugar de incorporarse a la Ciudad Soberanía de Teruel, esto se
comprueba porque no figura en la primera lista de señores de la Diócesis de Teruel.
A principios de 1280, Eskrich era un pequeño pueblo, aunque fue entonces cuando
comenzaron a tomar forma las pocas granjas que quedaban en el condado de Escriche.
Su desarrollo se produjo durante los siglos XIV y XV, cuando, junto con la explotación
de las fértiles dehesas circundantes, combinada con la cría y transformación de la
ganadería, experimentó un auge que convirtió a la lana de Teruel en uno de los
productos más cotizados de Europa.
El Mayor de Escriche en Casa Grande se consideraba el centro de la aglomeración de
edificios señoriales dispersos, y albergaba las residencias de los príncipes Lavilla, la
iglesia parroquial, el cementerio y varios molinos de hierba seca. establos y caballerizas.
Este edificio se caracteriza por el recogimiento del campo. Casa Grande es un típico
ejemplo de palacio aragonés realzado por una galería de cúpulas.
El palacio es un edificio rectangular de tres plantas situado en las laderas de una gran
colina. En la planta baja estaban las dependencias de los sirvientes, la prisión, las
caballerizas, la horca. El primer piso es el piso aristocrático: hay una gran escalera
dividida en dos alas: las dos alas del Bosquejo del Señor y las suites de los sirvientes.
Finalmente, la tercera planta está dedicada al almacén.
De Casa Grande son muchos los murales renacentistas, aunque fueron realizados en los
siglos XVII y XVIII, pero gran parte de ellos, junto con sus temas alegóricos y
mitológicos, nos hablan de la leyenda del Barón Escriche.
Por ejemplo, hay murales dedicados a las batallas que en ella se enfrentaron los Barones
de Escriche, como la Batalla de Rodas, también hay murales con animales divinos como
dragones y en la entrada se puede ver el escudo nacional.
Observar el edificio desde un punto de vista formal podría hacer pensar que se trata de
una mansión urbana trasladada al campo, aunque conceptual y funcionalmente.
Leyenda de la fundación de Escriche, Catálogo del Museo Provincial de Teruel
Mapa de la Baronía de Escriche
4. La supresión de señoríos y el proceso desvinculador de los bienes nobiliarios
4.1Deseñoralización
En el apogeo del año 1810, "más de la mitad" (Nito, 2006: 544) fue organizado por
España por un sistema llamado "Junior" en la Edad Media o la era moderna
(especialmente en los siglos XVI y XVII) no necesariamente significa propiedad de la
Tierra (según la ley lo ha hecho en 1811, con la "región", en cuyo caso, el sistema de
herencia es similar a los activos. , tarifas de vértebras, monopolio de actividades como
la molienda de granos, fechas de empleo y artículos públicos, etc.
También están en colignas, pero según Domínguez Ortiz (1979) y muchos otros autores
en España ", no tenía tradición de soberanía, porque El feudalismo nunca está en
Castilla, en el sentido estricto del término, e incluso las dudas son su presencia en la
corona de Aragón (...).
El señor tiende a considerarse a sí mismo principalmente como un maestro, y esta es la
clave de todos los desarrollos siguientes.
La verdad es que no importa lo que crean personalmente, la mayoría de las viviendas
“nuevas” (modernas) solo tienen jurisdicción, mientras que las viviendas antiguas y
nuevas (mansiones) poseen parte o la totalidad de la tierra (en el siglo XIX) que
alquilaban.
En proporciones muy grandes o plantadas directamente. El aumento de los precios
agrícolas en el siglo XVIII condujo a la tendencia de los señores a convertir los
arrendamientos "permanentes" en arrendamientos temporales a corto plazo de tamaño
creciente.
Los "señores" fomentaban a menudo la purga del palacio para que, por un lado, los
antiguos arrendatarios renunciaran a las tierras que habían ocupado y, por otro lado, las
tierras comunales, en efecto, pasaran a formar parte del patrimonio del propietario.
propiedad. señorío. “Cuando una ciudad ve descender su población más allá de cierto
nivel, el señor piensa que le conviene completar esta reducción para incorporar a sus
posesiones los terrenos baldíos” (Domínguez Ortiz, 1979:222).
Así, el suelo municipal se convirtió en una reserva circular que se poseía legalmente
como suelo exento. Ocurría a menudo en los pequeños pueblos de Castilla, pero ni en
Valencia, donde los "señores" eran arrendatarios que pagaban gran parte de la cosecha,
ni en los municipios densamente poblados de importancia comercial o artesanal, donde
el peso del cultivo era más bajo.
Los coyunturales y los gobiernos ilustrados de Carlos III dejaron claro que uno de los
problemas de la agricultura española (y de la propia sociedad) era la existencia de los
"señores" como institución.
Además, los "señores" gozaban de privilegios y excepciones legales respecto al resto de
españoles.
La desigualdad y la noción común de que el poder de un senador era más pesado e
injusto que el de la familia real del siglo XVIII se expresó en llamados a la "liberación".
Pero no todos lo ven de la misma manera.
Como bien decía Antonio Domínguez Ortiz (1979), en una interesante intervención en
el Simposio de Ciencias Históricas celebrado en Toulouse en 1968, los aspectos
“jurídicos o legislativos” fueron estudiados con bastante detenimiento, entre otros, por
Artola ( 1959). ) o Salvador de Moxo (1965), “No se puede decir que la situación actual
sea la misma, que haya dejado poca huella. Más en la literatura e incluye muchas
situaciones.
Las posiciones iniciales son muy diversas, y muy diferente también la manera de dejar
al Señor. En cualquier caso, hay muchos matices.
En una discusión oral de su artículo, Antonio Domínguez Ortiz (1979: 219) dijo: "En
España no tenemos un sistema de senado, sino varios sistemas de senado.
Tanta diversidad, por regiones, por el origen y naturaleza de los sueros, y también por
las circunstancias específicas, se imposibilita el uso de procedimientos de sondeo y
exploración, que sólo pueden ser para algunos fenómenos homogéneos.
Los argumentos de las Cortes de Cádiz, estudiados en profundidad por Hernández
Montalbán (1999), al hablar de la abolición del edificio, reflejan diferentes puntos de
vista.
Según Pierre Villar (1979), “las familias Do, Creo y Capmani 'no eran favorables a la
supresión de la administración porque se trataba de la expansión de los derechos
económicos en Cataluña', expresaban una confianza común entre toda la burguesía
catalana .
El rey o los municipios serán los herederos de las "martenigas" (recogidas originalmente
el día de San Martín), derechos o monopolios sobre moliendas, hornos, albergues, caza,
pesca, monte....
Fue desarrollado por primera vez por Rafael García Urmaicia (1932), quien argumentó
que la distinción entre señores sobre jurisdicción y territorio no existía antes del reinado
de las Cortes de Cádiz, principio que luego se estableció de una forma u otra.
Autores como Hernández Montalbán siguieron su ejemplo. (1979), Ignacio Atenza
(1987) o Alejandro Nieto (2006). Salvador de Moxó (1965) revisó el punto de vista de
Ormaechea y distinguió en el documento (también en consonancia con la propia ley de
1811) tres tipos de palacios: "jurisdicción", "partido administrativo" (o territorio)) y el
conjunto (que sería la suma de los dos). Autores como Domínguez Ortiz (1973; 1979),
Artola/Bernal y Contreras (1978), Alfredo Gallego (1993; 2009) y otros creen que
existe una distinción suficientemente clara entre el señorío como estatuto de derecho en
relación con sus vecinos y regiones.
Tomar posesión de la tierra. Personalmente, me quedo con el segundo lugar. Otro caso
es que durante el siglo XIX varios antiguos señores habían reconocido judicialmente los
derechos de "solariego" de determinados señoríos que sólo estaban sujetos a
"jurisdicción" o poseían la plena propiedad de determinadas tierras, afirmadas
inicialmente.
Compártalo con la Corona, Majlis y agricultores individuales. Sin embargo, para
muchas de las rentas recaudadas por los propietarios, no está claro si los consideran
"señores" o terratenientes. Si hay diferencia de interpretación, por ejemplo en terrenos
donde un pueblo es un municipio, la legislación no especifica claramente el
procedimiento a seguir para resolver las dudas: si los pueblos o los 'señores' deben
llevar la peor parte del juicio.
De todos modos, no se tomó el tiempo de desenterrar los buenos nombres de los
problemas que salvó. Esta ley fue abolida (parcialmente) por Fernando VII en 1814.
Las disposiciones para la consolidación del poder real (la abolición de la jurisdicción)
permanecieron en vigor, pero el estado anterior se devolvió al cónsul. Señores territorio.
. De hecho, muchas tasas no se han pagado desde entonces.
Las ciudades y los copropietarios (sobre todo en el antiguo Reino de Valencia, pero
también en otras regiones) interpretan la parte de la ley aún vigente en el sentido de no
pagar y tratar de cultivar la tierra como propietario pleno. Los tribunales tuvieron que
resolver muchas disputas entre ellos.
En el trienio liberal de 1820 a 1823, la Homestead Act volvió a suscitar los mismos
debates que en 1811. En el caso de viviendas más radicales, deberán cancelarse los
alquileres y los inmuebles considerados de alta categoría (siempre que los propietarios
no puedan acreditar su carácter distintivo). Sin embargo, moderados, como Martínez de
la Rosa, que abogaba por "arrancar las últimas raíces del feudalismo" sin tocar el "tocón
de la riqueza", serían considerados viejos maestros si declaraba que el padre no
contribuía. con ella. Prueba de carga.
El 3 de mayo de 1823, las Cortes aprobaron una ley que entró en vigor, según la cual se
aceptaba la interpretación radical: los "caudillos" no serían pagados por arrendatarios y
comunas. Señor “si no presentan su certificado de dominio (artículos 2 y 3). Además,
una práctica que venía practicándose desde los años de la Guerra de la Independencia,
como la suspensión del pago de las rentas, regalías o impuestos impuestos por los
"caballeros" y la abolición de toda forma, fue codificada por la Ley de 1811.
Los antiguos vasallos numerados En duda. Este artículo era, en su mayor parte, erróneo
("los cabildos de todas las ciudades deben proceder (...) a remover cualquier signo de
subordinación (...) por el bien de las ciudades. Reconocen y nunca reconocerán una
divinidad otra que la de la nación misma, y su noble orgullo no se verá afectado." un
recordatorio constante de la humillación").
Las Cortes, por Ley de 1837, restablecieron las Leyes de 1811 y 1823. La Ley de
Abolición de Palacios contenía una nueva disposición (sobre quiénes y cuándo eran
responsables de establecer la propiedad) el 26 de agosto. 1837, es el año que realmente
estaría vigente por el resto del siglo XIX.
Este último transforma los "dominios" de los bienes inmuebles de la primera clase en
propiedades separadas. Es necesario enfatizar una interpretación más favorable de los
antiguos "señores" que la interpretación de la Ley de 1823. En 1837 se declaró
propiedad privada las tierras y rentas de las antiguas ciudades.
En los municipios en jurisdicción, los mayores deben presentar sus títulos de propiedad
si desean convertirlos en propiedad privada, pero no es necesario que lo hagan si son
propietarios a título: censo, pensiones, rentas, terrenos, fincas y bienes ubicados en
pueblos no son como eso. competente; Y sus dueños no están obligados a presentar
certificados de adquisición” (Artículo Segundo). Son las personas las que tienen la
carga de la prueba si no están de acuerdo.
El Acta de 1837 se discutió en plena Guerra Carlista. El gobierno leal a Isabel II
necesitaba el apoyo de los llamados nobles, que en 1833 se comprometían
mayoritariamente con ningún partido (no la nobleza).
La mayoría de esta aristocracia aceptó esta ley porque, por mediación de varios
delegados, negociaron sus términos y renunciaron así a su apoyo al carlismo.
Por supuesto, la abolición de las leyes de entierro es diferente en otros países
(especialmente en Francia). En el país galo, a principios del siglo XIX, los nobles con
títulos antiguos desaparecieron, perdiendo sus derechos "reales" y una parte importante
de sus bienes.
En España, como en el sur de Italia, comenzarán a adaptarse a las nuevas condiciones
(Rueda, 2015). La nobleza, como grupo de terratenientes, resistió relativamente bien la
revolución liberal, en comparación con otras naciones.
Perdió ingresos de sus jurisdicciones, pero fue compensado con títulos de deuda que se
utilizaron, en parte, para comprar terrenos baldíos. Según los cálculos de Angel
Bahamond, el décimo perdido sería canjeado por el Estado por títulos de deuda pública
por valor de unos 150 millones de riales si se vendieran en bolsa.
Si bien el valor nominal de estos valores caería significativamente en efectivo si se
vendieran en una bolsa, aún tenían un valor significativo al comprar activos no
desagregados.
Otros investigadores, entre los que destaca Fernando Sánchez-Mariou (2014), han
estudiado lo ocurrido en las escrituras de las casas aristocráticas más importantes, y han
analizado cómo algunas casas (en Alba o Medinaceli, por ejemplo) incrementaron su
riqueza rural, y en medio.
Años después del siglo XIX, su riqueza continuó incluyendo bienes raíces
(particularmente rurales y urbanos), con poca inversión en la industria.
Gracias a los datos fiscales descubiertos por Artola (1973), sabemos que más del 80%
de los mayores contribuyentes de la década de 1850 tenían títulos nobiliarios. Según los
protocolos notariales del notario de Madrid, analizados por Bahamonde (1986: 342347), buena parte de la aristocracia de origen laico se mantuvo en los años 50 y 60 del
siglo pasado. Más de cincuenta millones de riales, y algunos de ellos superan los cien.
4.2 Desvinculación
Independientemente del parentesco, la historia de las divisiones debe distinguirse del
estudio de la supresión del poder "real" que los nobles ejercían sobre sus
"subordinados".
Durante siglos, conferir un título nobiliario implicaba que el poseedor de ese título tenía
riqueza suficiente para permitirle a él y a sus descendientes mantener un estilo de vida
compatible con la nobleza. Por ello, quien heredaba el título, normalmente el mayor,
heredaba también todos los bienes adscritos (del latín indus) a la casa noble.
Esto era indiscutible en el plan social del antiguo sistema. El mayorazgo también se
extendió voluntariamente a otras familias sin vínculo, en particular a los ermitaños.
Bartolomé Clavero (1974) 5 describe la institución participante en el Reino de Castilla
como una mercancía y el derecho, de acuerdo con la voluntad del fundador expresada
en testamento o escritura especial, a ser legada en un orden determinado (sobre el
principio nace, aunque en algunos casos corresponde a segundos hijos) con ciertas
condiciones e incompatibilidades, convirtiendo en definitiva la herencia "inviolable" en
una herencia indivisible e intransferible cuyos titulares tienen ingresos en lugar de
capital.
El estatus del Mayorazgo (hasta entonces "extremo y absoluto" en lenguaje de Clavero)
empezó a cambiar a finales del siglo XVIII.
En Castilla, las posesiones nobiliarias se asociaban al linaje familiar (el mayorazgo) o
"segundagenitura" (básicas en forma de mecenazgo, lujo, capellanía, labor piadosa,
posesiones y memoria) en ambos casos, con la enumeración de posesiones y vidas.
Además de aislar las tierras libres, debemos mirar las tierras censadas: a veces las tierras
restringidas fueron cedidas a "censos" durante mucho tiempo. En todo caso, el
hipotético comprador del solar "desprendido" en estos términos recibiría el valor del
censo público, pero no enajenaría el suelo.
Otras veces, el censo impone impuestos sobre la tierra (el alcalde presta dinero al
ayuntamiento, organización o individuo, o viceversa, el beneficiario del préstamo es el
alcalde en la tierra que posee.
Tenía un censo. Quien compró o heredó tenía a pagar O recibe el valor del censo, pero
tiene el terreno).
Esto fue significativo hasta la década de 1870, cuando se realizaron muchos censos,
especialmente a partir de 1869. Como señala Fernando Sánchez-Marório (2014:39),
desde el punto de vista económico, una característica del desacoplamiento es que ayudó
a sostener el mercado hipotecario.
He transformado por completo el legado territorial, un patrimonio sustancialmente
sólido, ahora libre, en el mejor respaldo de las garantías crediticias.”
Bibliografía:
https://ia800202.us.archive.org/10/items/historiadelreina01gaib/historiadelreina01gaib.p
df
https://revistaaportes.com/index.php/aportes/article/viewFile/147/104
https://core.ac.uk/download/pdf/289976606.pdf
https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Se%C3%B1or%C3%ADos_de_Espa%C3%B1a
Download