CICLO VITALDEL DOCUMENTO APRENDICES GINA PAOLA BERNAL CUERVO WENDY JOHANNA CALDERON LOPEZ LISNEY YURANI PRIETO TOVAR LIZETH ALEJANDRA RUIZ SABOGAL INSTRUCTOR CÉSAR RENÉ RAMOS TOCUA SENA CENTRO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA TECNÓLOGO EN GESTIÓN ADMINISTRATIVA BOGOTÁ D.C 2021 INTRODUCCIÓN A continuación, se analizan el ciclo vital del documento los cuales podemos definir como el manejo que se le da a los documentas y su respectiva clasificación dependiendo del uso que se le dé a la información suministrada; en ellos podemos encontrar el archivo de gestión que son los archivos que tiene un manejo constante u cotidiano, archivo central donde se encuentras los archivos que no se requieren de manera frecuente y por último el archivo histórico que es donde se encuentras los documentos que no se requieren o no se solicitan de forma habitual.Cada una de ella nos permite realizar una clasificación acertada dependiendo de los requerimientos de la organización. RESUMEN Ley 80 de 1989 Promulgada entonces por el Congreso de la República de Colombia, esta Ley cuenta con doce distintos artículos, que versan sobre la norma de cómo deberá manejarse el Archivo General de la Nación. A continuación, un breve resumen de cada uno de ellos, en cuanto a su contenido y mandatos más importantes: Artículo 1: En este artículo se establece la creación del Archivo General de La Nación como un establecimiento público, que tendrá orden nacional. Así mismo se le otorga la personería jurídica, y aunque se le señala como adscrito al Ministerio de Gobierno, se declara también su autonomía. Igualmente se ordena que su sede repose en la capital del país. Artículo 2: por su parte, este artículo cuenta con seis numerales y un parágrafo, en los cuales se describen cuáles serán las funciones del Archivo General de la Nación, como rector del Sistema Nacional de Archivos, y en su tarea de “salvaguardar el patrimonio documental del País”. Así mismo se le da disposición de establecer políticas y reglas sobre la conservación y manejo de documentos. Finalmente, el parágrafo de este artículo dicta la prohibición de borrar, destruir o desaparecer ningún documento histórico de relevancia para la nación, debiendo ser registrado micro filmográficamente, pero conservándolos. Artículo 3: este artículo versa sobre el “carácter de programa especial” que deberá tener el Sistema Nacional de Archivo, sobre todas las instituciones que se dediquen al trabajo documental dentro del Territorio colombiano. Artículo 4: igualmente, se le da el poder de decisión y administración al Director General, responsabilidad que caerá sobre el Presidente de la República. La institución contará igualmente con una Junta Administrativa. Este artículo cuenta también con un parágrafo, en el cual se designan las características curriculares que debe tener el funcionario que vaya a ejercer las funciones de Director de Archivo General de la Nación. Artículo 5: en este apartado se describe el cómo debe estar integrada la Junta Directiva del Archivo General de la Nación, la cual estará conformada por Funcionarios Públicos, como el Presidente de la República, el Director del Instituto Colombiano de Cultura, el Presidente de la Academia Colombiana de la Historia, entre otros. Artículo 6: seguidamente, el artículo seis habla de las funciones de esta Junta Directiva. Artículo 7: por otro lado, este artículo contiene dos numerales en los cuales se precisa los elementos por los que está constituido el Patrimonio de la Nación. Artículo 8: igualmente, se especifica en este artículo las instrucciones sobre el Control Fiscal por el que se regirá la Institución. Artículo 9: en este artículo se especifica el traslado de los entes que en ese momento se encontraban adscritos al Instituto Colombiano de Cultura a la nueva Institución del Archivo General de la Nación. Artículo 10: así mismo, este artículo de la Ley, autoriza la construcción y dotación de la sede de la nueva Institución que se estaba creando en el marco de esta Ley. Artículo 11: en consonancia, el artículo 11 de esta Ley autoriza al Gobierno central para que gestionara los créditos y presupuestos necesarios para la instauración de la nueva institución. Artículo 12: finalmente, este artículo blinda a la Ley de disposiciones que pudieran contrarrestarlas, en específico aquellas que vinieran a echar hacia atrás la conformación del Archivo General de la Nación, como ente regulador y de resguardo de los distintos documentos y materiales documentales, conformantes del patrimonio histórico de la Nación. ROMPECABEZAS PERFIL ADMINISTRATIVO Gestionan e implementan procesos, procedimientos y actividades administrativas de acuerdo con lineamientos organizacionales para el cumplimiento de los objetivos de las dependencias. Están empleados por el sector público o privado FUNCIONES Y NORMAS ✓ 01 procesar datos de la unidad administrativa de acuerdo con metodologías y procedimientos administrativos. ✓ Norma: 210601026 Procesar datos de acuerdo con procedimiento técnico y metodología estadística Mesa sectorial: Cód. 10601 GESTION ADMINISTRATIVA ✓ 02 Atender clientes de acuerdo con protocolos de servicio. ✓ Norma: 210601020 Atender clientes de acuerdo con procedimiento de servicio y normativa. Mesa sectorial: Cód. 10601 GESTION ADMINISTRATIVA ✓ 03 Organizar reuniones administrativas de acuerdo con procedimientos organizacionales. ✓ Norma: 210601021 Organizar reuniones administrativas de acuerdo con procedimientos técnicos Mesa sectorial: Cód. 10601 GESTION ADMINISTRATIVA ✓ 04 Elaborar documentos de la unidad administrativa de acuerdo con lineamientos, guía y procedimientos técnicos. ✓ Norma: 260401034 Prestar servicios de respuesta al sistema de alarmas según protocolos y normativa de seguridad. Mesa sectorial: Cód. 60401 SEGURIDAD Y VIGILANCIA PRIVADA ✓ Norma: 210601024 Elaborar documentos de acuerdo con normas técnicas. Mesa sectorial: Cód. 10601 GESTION ADMINISTRATIVA ✓ 05 Organizar archivos de gestión de la unidad administrativa de acuerdo con lineamientos, normativa y procedimientos técnicos. ✓ Norma: 210601021 Organizar reuniones administrativas de acuerdo con procedimientos técnicos Mesa sectorial: Cód. 10601 GESTION ADMINISTRATIVA ✓ 06 Registrar información en sistemas de contenido empresarial de la unidad administrativa de acuerdo con lineamientos, normativa y procedimientos técnicos. ✓ Norma: 210601027 Registrar información de acuerdo con normativa y procedimiento técnico Mesa sectorial: Cód. 10601 GESTION ADMINISTRATIVA ✓ Norma: 210601027 Registrar información de acuerdo con normativa y procedimiento técnico Mesa sectorial: Cód. 10601 GESTION ADMINISTRATIVA ✓ 07 Asistir la gestión de proyectos de acuerdo con metodologías y normativa vigente. ✓ Norma: 280301200 Programar proyectos según especificaciones técnicas y métodos de planeación. Mesa sectorial: Cód. 80301 CONSTRUCCION E INFRAESTRUCTURA ✓ 08 Controlar inventarios de la unidad administrativas de acuerdo con lineamientos y procedimientos técnicos. ✓ Norma: 210101062 Controlar los inventarios segun indicadores y metodos Mesa sectorial: Cód. 10101 LOGISTICA HABILIDADES ✓ Comprensión de lectura ✓ Escucha activa ✓ Gestión del Tiempo ✓ Redacción de textos ✓ Comunicación asertiva CONOCIMIENTOS ✓ Servicios de oficina y administrativos ✓ Idioma extranjero ✓ Leyes y gobierno ✓ Servicio al cliente ✓ Computadoras y electrónica (SENA, s.f.) Referencias SENA. (s.f.). clasificacion nacional de ocupaciones . Obtenido de https://observatorio.sena.edu.co/Clasificacion/CnoConocimientos?tags=1221#carac