Uploaded by mwueaqp

Instalaciones de Telecomunicaciones

advertisement
1
INSTALACIONES DE
TELECOMUNICACIONES
Resumen - según el cual se entiende por infraestructura común
de telecomunicaciones (ICT) para el acceso a los servicios de
telecomunicación la que exista o se instale en los inmuebles
comprendidos en el ámbito de aplicación de este reglamento para
cumplir, como mínimo, las siguientes funciones:
La captación y adaptación de las señales de radiodifusión
sonora y televisión terrenales y su distribución hasta puntos de
conexión situados en las distintas viviendas o locales, y la
distribución de las señales de radiodifusión sonora y televisión
por satélite hasta los citados puntos de conexión.
Proporcionar el acceso al servicio de telefonía disponible al
público y a los servicios que se puedan prestar a través de dicho
acceso, mediante la infraestructura necesaria que permita la
conexión de las distintas viviendas o locales a las redes de los
operadores habilitados.
Proporcionar el acceso a los servicios de telecomunicaciones de
banda ancha, mediante la infraestructura necesaria que permita
la conexión de las distintas viviendas o locales a las redes de los
operadores habilitados.
Se puede concluir por tanto que son las instalaciones necesarias
para captar, adaptar y distribuir a las viviendas y locales, señales
de radio y televisión terrestre y por satélite, así como servicio
telefónico básico y de telecomunicación de banda ancha.
Abstract – according to which the common telecommunications
infrastructure (ICT) for access to telecommunication services is
understood to be that which exists or is installed in the buildings
included in the scope of this regulation to fulfill, at least, the
following functions:
The capture and adaptation of terrestrial sound broadcasting
and television signals and their distribution to connection points
located in the different homes or premises, and the distribution of
sound broadcasting and satellite television signals to the
aforementioned connection points.
Provide access to the telephone service available to the public and
the services that can be provided through said access, through
the necessary infrastructure that allows the connection of
different homes or premises to the networks of authorized
operators.
Provide access to broadband telecommunications services,
through the necessary infrastructure that allows the connection
of different homes or premises to the networks of authorized
operators.
Therefore, it can be concluded that they are the necessary
facilities to capture, adapt and distribute to homes and premises,
terrestrial and satellite radio and television signals, as well as
basic telephone service and broadband telecommunication.
I. INTRODUCCION
En los últimos años, el avance de las tecnologías de la información es
patente. La aparición de nuevos servicios de telecomunicaciones,
tales Como la televisión por satélite o servicios de banda ancha, está
a la orden del día.
La creciente demanda de nuevos servicios por los usuarios implica la
necesidad
de
crear
una
Infraestructura
Común
de
Telecomunicaciones (ICT) para el acceso a estos bajo unas
especificaciones mínimas contempladas en un reglamento. La ICT
garantiza el derecho de todos los usuarios a acceder a los servicios de
telecomunicaciones disponibles al público. Estos servicios incluyen:
a) Instalación de Radio y Televisión terrenal y por satélite.
Captar y adaptar las señales de radiodifusión sonora y
televisión terrenal y por satélite, y distribuirlas hasta las
tomas de las distintas viviendas o locales del edificio.
b) Instalación de Telecomunicaciones para los servicios de
Telefonía Disponibles al Público y de Banda Ancha.
Proporcionar acceso al servicio telefónico básico y al
servicio de telecomunicaciones por cable, mediante la
infraestructura necesaria para permitir la conexión de las
distintas viviendas o locales del edificio a las redes de los
operadores habilitados.
c) Instalación de las infraestructuras que dan soporte al Hogar
Digital. Así, la ICT comprende todos los equipos, cables e
infraestructuras que permiten la distribución de las señales
desde el punto de interconexión con los distintos
operadores hasta las tomas de los usuarios finales. Para
ello, facilita una canalización conjunta por donde discurren
los cables y los armarios y registros en los que se instalan
los equipos técnicos.
Todo ingeniero de Telecomunicaciones tiene como competencia más
destacada el diseño de la ICT tanto en edificios de nueva
2
construcción como en rehabilitaciones de edificios antiguos. Es por
ello que debe tener conocimiento de las Normas vigentes para la
realización de proyectos de ICT
II. INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES
A. Concepto
En el presente capítulo se describen las características de la
instalación de Infraestructura
Común de Telecomunicaciones (ICT) de la planta, haciendo
hincapié en los distintos materiales a utilizar y en las
condiciones a cumplir por dicha instalación. El diseño de la
instalación y los cálculos realizados se rigen por las directrices
marcadas en él, por el que se aprueba el Reglamento regulador
de las Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones para
el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de
los edificios y de la actividad de instalación de equipos y
sistemas de telecomunicaciones.
B. Topología de la ICT.
La infraestructura que soporta el acceso a los servicios de
telecomunicación de nuestra planta viene reflejada de forma
general en el siguiente esquema. Dicho esquema obedece a la
necesidad de establecer de manera clara los diferentes
elementos que conforman la ICT del inmueble y que permiten
soportar los distintos servicios de telecomunicación.
Su construcción corresponde a la propiedad del inmueble.
Canalización externa.
Está constituida por los conductos que discurren por la zona
exterior del inmueble desde la arqueta de entrada hasta el
punto de entrada general del inmueble. Es la encargada de
introducir en el inmueble las redes de alimentación de los
servicios de telecomunicación de los diferentes operadores. Su
construcción corresponde a la propiedad del inmueble.
Punto de entrada general.
Es el lugar por donde la canalización externa que proviene de
la arqueta de entrada accede a la zona común del inmueble.
Canalización de enlace.
Para el caso particular de nuestra instalación, se define como
la que soporta los cables de la red de alimentación de los
diferentes servicios de telecomunicación desde el punto de
entrada general hasta los registros principales, y desde los
sistemas de captación hasta el elemento pasa muro, situados
en el recinto de instalaciones de telecomunicaciones único
(RITU).
En cualquier caso está constituida por los conductos de
entrada y los elementos de registro intermedios que sean
precisos. Los elementos de registro son las cajas o arquetas
intercaladas en esta canalización de enlace para poder facilitar
el tendido de los cables de alimentación.
Recinto de instalación de telecomunicaciones (RIT).
Es el local o habitáculo donde se instalarán los registros
principales correspondientes a los distintos operadores de los
servicios de telecomunicación de TB + RDSI (telefonía
disponible al público y red digital de servicios integrados),
TLCA (telecomunicaciones por cable) y SAFI (acceso fijo
inalámbrico), y los posibles elementos necesarios para el
suministro de estos servicios.
Asimismo, de este recinto arranca la canalización principal de
la ICT del inmueble.
C. Constitución de la ICT.
Arqueta de entrada.
Es el recinto que permite establecer la unión entre las redes de
alimentación de los servicios de telecomunicación de los
distintos operadores y la infraestructura común de
telecomunicación del inmueble. Se encuentra en la zona
exterior del inmueble y a ella confluyen, por un lado, las
canalizaciones de los distintos operadores y, por otro, la
canalización externa de la ICT del inmueble.
Para el caso de edificios o conjuntos inmobiliarios de hasta
tres plantas de alturas y planta baja y un máximo de diez PAU
(punto de acceso de usuario), se establece la posibilidad de
construir un único recinto de instalaciones de
telecomunicaciones (RITU), que acumule la funcionalidad de
los recintos de instalación de telecomunicaciones inferior
(RITI) y superior (RITS) instalados habitualmente.
En el caso particular de nuestra ITC hemos hecho uso de esta
opción y hemos instalado un único recinto de instalación de
telecomunicaciones.
Canalización principal.
3
Es la que soporta la red de distribución de la ICT del inmueble
y conecta el RITU con los registros secundarios. Podrá estar
formada por galerías, tuberías o canales.
En ella se intercalan los registros secundarios, que conectan la
canalización principal y las secundarias. También se utilizan
para seccionar o cambiar de dirección la canalización
principal. Canalización secundaria.
Es la que soporta la red de dispersión del inmueble, y conecta
los registros secundarios con los registros de terminación de
red. En ella se intercalan los registros de paso, que son los
elementos que facilitan el tendido de los cables entre los
registros secundarios y de terminación de red.
Los registros de terminación de red son los elementos que
conectan las canalizaciones secundarias con las canalizaciones
interiores de usuario. En estos registros se alojan los
correspondientes puntos de acceso a los usuarios; en el caso de
RDSI, el PAU podrá ir superficial al lado de este registro.
Estos registros se ubicarán siempre en el interior de la
vivienda, oficina o local comercial y los PAU que se alojan en
ellos podrán ser suministrados por los operadores de los
servicios previo acuerdo entre las partes.
Canalización interior de usuario.
Es la que soporta la red interior de usuario, conecta los
registros de terminación de red y los registros de toma. En ella
se intercalan los registros de paso que son los elementos que
facilitan el tendido de los cables de usuario.
Los registros de toma son los elementos que alojan las bases
de acceso terminal (BAT), o tomas de usuario, que permiten al
usuario efectuar la conexión de los equipos terminales de
telecomunicación o los módulos de abonado con la ICT, para
acceder a los servicios proporcionados por ella.
D. Materiales.
Arquetas de entrada y registros de acceso. Deberán soportar
las sobrecargas normalizadas en cada caso y el empuje del
terreno. La tapa tendrá una resistencia mínima de 5 kN.
Deberán tener un grado de protección IP55.
Las arquetas de entrada, además, dispondrán de cierre de
seguridad y de dos puntos para tendido de cables en paredes
opuestas a las entradas de conductos situados a 150 mm del
fondo, que soporten una tracción de 5 kN.
Los registros de acceso se podrán realizar:
a) Practicando en el muro o pared de la fachada un
hueco de las dimensiones de profundidad indicadas
en el apartado 5.1 del anexo IV del Reglamento
regulador de las Infraestructuras Comunes de
Telecomunicaciones (ver anexo de cálculo de la
ITC), con las paredes del fondo y laterales
perfectamente
enlucidas.
Deberán
quedar
perfectamente cerrados con una tapia o puerta, con
cierre de seguridad, y llevarán un cerco que garantice
la solidez e indeformabilidad del conjunto.
b) Empotrando en el muro una caja con la
correspondiente puerta o tapa. En ambos casos los
registros tendrán un grado de protección mínimo IP
55, según la EN60529, y un grado IK 10, según UNE
50102. Se considerarán conformes los registros de
acceso de características equivalentes a los
clasificados anteriormente, que cumplan con la
norma UNE EN
E. Conductos.
Tubos
Serán de material plástico no propagador de la llama, salvo en
la canalización de enlace, en la que podrán ser también
metálicos resistentes a la corrosión. Los de las canalizaciones
externa, de enlace y principal serán de pared interior lisa
Todos los tubos vacantes estarán provistos de guía para
facilitar el tendido de las acometidas de los servicios de
telecomunicaciones entrantes al inmueble.
Dicha guía será de alambre de acero galvanizado de 2 mm de
diámetro o cuerda plástica de 5 mm de diámetro, sobresaldrá
200 mm en los extremos de cada tubo y deberá permanecer
aun cuando se produzca la primera ocupación de la
canalización.
Canales, bandejas y sus accesorios
Los sistemas de conducción de cables tendrán como
características mínimas, para aplicaciones generales, las
indicadas
Registros de enlace.
Se considerarán conformes los registros de enlace de
características equivalentes a los clasificados según la tabla
siguiente, que cumplan con la UNE 20451 o con la UNE EN
50298. Cuando estén en el exterior de los edificios serán
conformes
Armarios para recintos modulares
En el caso de utilización de armarios para implementar los
recintos modulares, éstos tendrán un grado de protección
mínimo IP 55, según EN 60529, y un grado IK10, según UNE
EN 50102, para ubicación en exterior, e IP 33, según EN
60529, y un grado IK.7, según UNE EN 50102, para ubicación
en el interior, con ventilación suficiente debido a la existencia
de elementos activos.
Registro principal.
4
Se considerarán conformes los registros principales para
TB+RDSI y TLCA + SAFI de características equivalentes a
los clasificados según la siguiente tabla, que cumplan con la
norma UNE 20451 o con la norma UNE EN 50298. Cuando
estén en el exterior de los edificios serán conformes de la
citada norma.
Registros secundarios.
Se podrán realizar bien practicando en el muro o pared de la
zona comunitaria de cada planta (descansillos) un hueco de
150 mm de profundidad a una distancia mínima de 300 mm
del techo en su parte más alta. Las paredes del fondo y
laterales deberán quedar perfectamente enlucidas y, en la del
fondo, se adaptará una placa de material aislante (madera o
plástico) para sujetar con tornillos los elementos de conexión
correspondientes.
Deberán quedar perfectamente cerrados asegurando un grado
de protección IP- 3X, según EN 60529, y un grado IK.7, según
UNE EN 50102, con tapa o puerta de plástico o con chapa de
metal que garantice la solidez e indeformabilidad del conjunto,
o bien empotrando en el muro o montando en superficie, una
caja con la correspondiente puerta o tapa que tendrá un grado
de protección IP 3X, según EN 60529, y un grado IK.7, según
UNE EN 50102.
Para el caso de viviendas unifamiliares en las que el registro
este colocado en el exterior, el grado de protección será IP
55.10. Se consideraran conformes los registros secundarios de
características equivalentes a los clasificados anteriormente
que cumplan con la UNE EN 50298 o con la UNE 20451.
Registros de paso, terminación de red y toma.
Si se materializan mediante cajas, se consideran como
conformes los productos de características equivalentes a los
clasificados a continuación, que cumplan con la UNE 20451.
Para el caso de los registros de paso también se considerarán
conformes las que cumplan con la UNE EN 50298. Deberán
tener un grado de protección IP 33, según EN 60529, y un
grado IK.5, según UNE EN 50102. En todos los casos estarán
provistos de tapa de material plástico o metálico.
inmueble de viviendas, de tal modo, que cada punto de
demanda de servicios (en nuestro caso cada escritorio) será
considerado como un punto de acceso a usuario PAU.
Como característica importante de nuestra instalación
debemos señalar que debido a la actividad llevada a cabo en la
planta, los servicios requeridos por la misma se limitarán a la
instalación de una línea de telefonía básica y servicios
digitales integrados (TB+RDSI). No obstante, seguiremos
todas las indicaciones marcadas en el reglamento en lo
concerniente a la preinstalación con el fin de prevenir una
futura adaptación de la red a otro tipo de servicio.
III. NORMATIVIDAD EC.040
A. GENERALIDADES.
La integración de la población a nivel mundial viene
siendo generada especialmente por un constante
intercambio de información que tiene como soporte físico a
la infraestructura de telecomunicaciones. En ese sentido, el
contar con redes adecuadas y con la infraestructura
necesaria para la prestación de servicios de
telecomunicaciones contribuirá a alcanzar una óptima
calidad en la prestación de dichos servicios al usuario
final.
Así mismo, el marco normativo que contribuya a su
construcción, debe facilitar no sólo las labores de
instalación, operación, mantenimiento y supervisión de las
redes sino la funcionalidad y estética de la ciudad con el
fin de ofrecer la seguridad y calidad necesaria en favor de
toda la población
B. OBJETO.
Establecer los lineamientos técnicos que deben seguirse
para el diseño y la construcción de infraestructura, a fin de
dotar de redes de telecomunicaciones, a una habilitación
urbana. Asimismo, el diseño
e implementación de
la infraestructura de telecomunicaciones páralas
habilitaciones urbanas deberán observar las normas
establecidas por el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.
Resultados.
C. CAMPO DE APLICACIÓN.
Como nos encontramos ante el diseño de una instalación
común de telecomunicaciones para una planta cuyo edificio
albergará sendas zonas de producción y tareas técnicoadministrativas, para poder ceñirnos a las directrices marcadas
en el Real Decreto 401/2003, de 4 de abril, por el que se
aprueba el Reglamento regulador de las Infraestructuras
Comunes de Telecomunicaciones para el acceso a los
servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y
de la actividad de instalación de equipos y sistemas de
telecomunicaciones, modelaremos nuestro edificio por un
La presente Norma es de carácter obligatorio para los
solicitantes de una habilitación urbana, sean personas
naturales o jurídicas y para los responsables de las
instalaciones y/o construcción de la infraestructura de
telecomunicaciones, así como para aquellos que realizan
trabajos o actividades en general, que estén relacionadas con
las instalaciones de infraestructura de telecomunicaciones. La
presente Norma se aplica a la implementación de las redes e
instalaciones de comunicaciones en un área materia de
5
habilitación urbana, considerando aspectos tales como los
siguientes:
• Diseño y construcción de los sistemas de
ductos, conductos y/o canalizaciones
subterráneas que permitan la instalación de las
líneas de acometida desde los terminales de
distribución hasta el predio
• Diseño e instalación de las cajas de distribución.
• Diseño y construcción de canalizaciones y
cámaras que permitan la instalación y empalmes
necesarios de los cables de distribución.
• Diseño y construcción de ductos, conductos y/o
canalizaciones hasta la cámara de acometida.
• Instalaciones de postes, mampostería y elementos
necesarios para la instalación de cables aéreos. La
infraestructura de telecomunicaciones, consideran
los siguientes sistemas entre otros:
• Sistemas de telefonía pública.
• Sistemas satelitales.
• Sistemas de procesamiento y transmisión de datos.
• Sistemas de acceso a Internet.
• Sistemas de Cableado alámbricos, inalámbricos u
ópticos.
• Sistemas de radiodifusión sonora o de televisión.
• Sistemas de protección contra sobretensiones, y de
puesta a tierra.
• Sistemas de distribución de energía para sistemas de
telecomunicaciones.
Toda red e instalaciones en comunicaciones en un área materia
de habilitación urbana, en el caso que afecte la infraestructura
vial del país deberá contar con la autorización de uso de
derecho de vía proporcionado por el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección
General de Caminos y Ferrocarriles. Para áreas urbanas,
áreas rurales así como urbanizaciones existentes, la
infraestructura a construir para implementar las redes e
instalaciones de comunicaciones deberá seguir como mínimo
las disposiciones técnicas de esta norma.
REFERENCIAS NORMATIVAS.
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Ley Nº 28611 –Ley General del Ambiente.
Ley Nº 28245 -Ley Marco del Sistema Nacional de
Gestión Ambiental, y su reglamento.
Ley Nº 27446 –Ley del Sistema Nacional de
Evaluación del Impacto Ambiental, y su
reglamento.
Ley Nº 29022 -Ley para la expansión de la
infraestructura de telecomunicaciones, y su
reglamento.
Código Nacional de Electricidad-Suministro.
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Reglamentos de Seguridad e Higiene ocupacional.
Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del
Subsector Electricidad.
Reglamento de Salud e Higiene Ocupacional del
Ministerio de Salud.
D. GLOSARIO
Para los propósitos de esta norma se aplican las siguientes
definiciones:5.1Accesorios: Son las curvas, uniones u
otros elementos diseñados para empalmar ductos en la forma
y disposiciones más convenientes.
Armario de distribución: Espacio que permite la conexión
del cable de alimentación con los cables de
distribución local. Sirve para dar alimentación a la
urbanización a atender.5.3Cable de alimentación: Es el que
interconecta los armarios de distribución con la Central
Telefónica de la zona. 5.4Cable de distribución: Es aquel
que alimenta a los terminales de distribución y está
conectado a su vez a un armario de distribución.5.5Caja de
distribución: Espacio que permite el alojamiento del
Terminadle distribución y los dispositivos y equipos de la
red de telecomunicaciones, proveyendo la seguridad y el
espacio necesario para efectuar las conexiones de las
líneas de acometida.
Cámara: Es la construcción a ejecutarse en el subsuelo, que
albergará los empalmes, dispositivos o elementos de
conexión de la red de telecomunicaciones, permitiendo
además el
cambio de dirección y distribución de los
cables.
Cámara de acometida: Permite la conexión de la red
subterránea de la urbanización con la red pública de
distribución de los servicios públicos de telecomunicaciones.
Canalización: Es la red de ductos que sirven para
enlazar: dos cámaras entre sí, una cámara y un armario, una
cámara y una caja de distribución, etc.
Ducto: Canalización cerrada que sirve como vía a conductores
o cables.5.10Diámetro Nominal: Es el valor numérico que se
utiliza para designar los ductos y accesorios. Tienen cierta
aproximación con el diámetro exterior real.
Empalme: Es la unión de dos o más cables.
Infraestructura de telecomunicaciones: Es el conjunto de
elementos que conforman el sistema de comunicaciones.
Acometida: Es el medio de conexión entre la Caja o
Terminal de Distribución y el Aparato Terminal del Abonado.
Planta externa: Conjunto de construcciones, cables,
instalaciones, equipos y dispositivos que se ubican fuera
de los edificios e instalaciones del operador de
telecomunicaciones, hasta el Terminal de Distribución. La
planta externa podrá ser: Aérea: Cuando los elementos que
conforman la planta externa están fijados en postes o
estructuras.
6
•
La infraestructura de Telecomunicaciones deberá
cumplir con las normas técnicas del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones aplicables.
•
F. DISPOSICIONES TECNICAS PARA EL DISEÑO
Y CONSTRUCCION DE UNA PLANTA EXTERNA.
Subterránea: Cuando los elementos que conforman la
planta externa se instalan en canalizaciones, cámaras, ductos
y conductos
Postes: Son elementos de soporte de los cables aéreos.
E. CONSIDERACIONES GENERALES
La implementación de las redes e instalaciones de
comunicaciones en habilitaciones urbanas se regirá por los
siguientes principios: La construcción de las redes de
distribución de telecomunicaciones en nuevas habilitaciones
urbanas deben ser subterráneas.
•
•
•
•
Las redes de distribución de los servicios
públicos de telecomunicaciones permitirán el
acceso al domicilio del abonado en forma
subterránea, de conformidad con lo indicado en el
párrafo anterior.
Los materiales deberán cumplir con las normas
técnicas emitidas por la entidad competente.6.4Se
deberá prever aspectos de seguridad para asegurar la
inviolabilidad y el secreto de las
telecomunicaciones, de conformidad con el Texto
Único Ordenado (TUO) de la Ley de
Telecomunicaciones, su Reglamento General y las
normas que fueran pertinentes.
Para la elaboración de proyectos, instalación,
operación y mantenimiento de sistemas de
telecomunicaciones se deberá cumplir con
las disposiciones de seguridad aplicable, tales
como el Código Nacional de Electricidad, los
Reglamentos de Seguridad e Higiene
Ocupacional, vigentes.
En el caso que se dispusiera el acceso y uso
compartido de otra infraestructura de uso
público, serán aplicables las disposiciones
sectoriales y las normas sobre seguridad que regulen
dicha infraestructura de uso público.
1
AREA BASICA DE DISTRIBUCION.
•
El área básica de distribución estará formada en promedio
por:
• Ocho (08) lotes en el caso de frentes menores o
iguales a 10.00 m.
• Seis (06) lotes en el caso de frentes mayores a
10.00 m.
• Para lotes con frentes mayores a 25.00 m. el área
básica de distribución será definida por la
concesionaria de servicios públicos de
telecomunicaciones. Ver Anexo B.1 y B.2.7.1.2
Se instalará una caja de distribución por cada
área básica de distribución.
• La caja de distribución quedará instalada en lo
posible en un lugar equidistante del área básica
de distribución. En el plano de lotización de
todo proyecto de habilitación urbana deberá
indicarse la ubicación de la caja de distribución
precisando si se encuentra en un área de uso
público o privado. Para habilitaciones urbanas
de uso residencial dicha ubicación será en
áreas de uso público o con acceso público sin
perjudicar el libre tránsito(vehicular y peatonal)
ni la seguridad de las personas.
• La caja de distribución tendrá dimensiones
mínimas
interiores de:
• 65 cm. de alto
• 50cm. de ancho
• 35 cm. de profundidad El fondo interno de la
caja de distribución será de madera.
La caja de distribución será montada en un pedestal de
concreto, quedando la base de la misma a 40 cm. Como
mínimo del nivel del piso terminado. El pedestal servirá a
su vez como protección de los ductos y tendrá
interiormente diez (10) orificios como mínimo:
1.
2.
de 5 cm. (2") de diámetro
8 de 3.75 cm.(1 1/2") de diámetro
El acceso a cada lote deberá realizarse mediante ductos de
PVC pesado de diámetro no menor de 3.75 cm.(1 1/2").7.1.7
Desde la caja de distribución partirán dos ductos de PVC
pesado, de diámetro no menor de 5 cm. (2"), hasta la cámara
de distribución más próxima y 6 u 8 ductos de PVC
pesado de diámetro no menor de 3.75 cm. (1 1/2") hacia
los lotes servidos.
7
Los ductos que sirven a los lotes irán instalados bajo
vereda, de manera tal que no interfieran con otros servicios a
una distancia que cumpla con las normas de seguridad del
Código Nacional de Electricidad. En este mismo sentido,
para los servicios de gas se deberá cumplir lo dispuesto en
el D.S. 040-2008-EM. Para los servicios de agua y desagüe se
deberá cumplir lo dispuesto en las normas OS.050 y OS.070,
del Reglamento Nacional de Edificaciones.
2. LINEAS SUBTERRANEAS DE SUMINISTRO DE
COMUNICACIONES
Se deberá cumplir con reglas de seguridad para la instalación
y mantenimiento de líneas subterráneas de suministro eléctrico
y comunicaciones señaladas en el Código Nacional de
Electricidad. En este mismo sentido, para los servicios de gas
se deberá cumplir lo dispuesto en el D.S. 040-2008-EM y
para los servicios de agua y desagüe se deberá cumplir lo
dispuesto en las normas OS.050 y OS.070, del Reglamento
Nacional de Edificaciones. CÁMARAS
La profundidad mínima de instalación de los ductos
entre cámaras, será de 0.80 m. en pistas o calzadas y de 0.60
m. en aceras u otras, medidas desde rasantes hasta el nivel
superior del ducto más superficial. Si en casos especiales
por dificultades en el terreno no se llega a estas
profundidades se deben proteger los ductos en acercas con
concreto simple y en calzadas con concreto armado.
El número de ductos por canalización debe ser proyectado con
una capacidad tal que permita satisfacer el 100% de los
requerimientos de la urbanización previendo un ducto de
reserva para mantenimiento.
La rasante o nivelación de los ductos deberá tener una
pendiente mínima entre cámaras de 0.12 % hacia la cámara de
menor cota.
Los cruces de calzadas se ejecutarán con canalizaciones
de 2 vías como mínimo usando ductos de 10 cm. (4") de
diámetro.
Las cámaras a usarse serán de tres tipos.
•
•
Cámara tipo 1: Empleada como cámara de
distribución.
Cámara tipo 2: Empleada para realizar empalmes,
distribución, etc.
Cámara tipo 3: Empleada para realizar empalmes,
distribución y como cámara de acometida, así como en
los casos que la concesionaria de servicios públicos de
telecomunicaciones o el diseñador lo crea conveniente.
El diseño y construcción de las cámaras será de acuerdo a las
dimensiones mínimas. Las cámaras serán construidas
cumpliendo las siguientes especificaciones:
La unión de los ductos a las cámaras se efectuarán a
medio espesor de la pared receptora, biselando sus
extremos a 45 grados con relación a la pared interior
La altura mínima entre el piso de la cámara y la base del
primer ducto no será menor de 30 cm.
Se colocarán espaciadores, sólo en canalizaciones entre
cámaras con una separación normal entre ellos de 2.0m.
Los espaciadores constituirán un bloque de mortero, con
resistencia a la compresión f"c= 140 Kg./cm2. Serán de dos
tipos: tipo A y tipo B,
Las dimensiones de las zanjas para ductos de PVC
Piso: La losa del piso de la cámara será una placa de concreto
de 5 cm. (Cámara tipo 1 y Cámara tipo 2) o de 10 cm.
(Cámara tipo 3) de espesor como mínimo. El concreto a usarse
deberá tener una resistencia a la compresión de 210
Kg./cm2.Deberá disponer de sumideros y drenaje que
permitan evacuar los líquidos ajenos a sus instalaciones.
La losa del piso deberá tener una pendiente de 2% hacia el
orificio del drenaje. Cuando la capa freática sea más alta
que lo normal no se usará sumidero.
Paredes: Serán de concreto. Para las cámaras tipos 1 y 2
tendrán un espesor no menor de 12.5 cm. y para la
cámara tipo 3 no menor de 20 cm.
TCP: Para usarse en zanja sin vaciado de concreto.
Las dimensiones y las características de los ductos tanto
para la clase TCL como para la clase TCP s
Las dimensiones y características. Longitud de los ductos
incluyendo la campana deben medir:+ 30 mm.6000-0 mm.7.
Tolerancias: Tanto para los ductos como para accesorios
G. LINEAS AEREAS DE SUMINISTRO DE
COMUNICACIONES
Se deberá cumplir con reglas de seguridad para la instalación
y mantenimiento de líneas aéreas de suministro eléctrico y
comunicaciones señaladas en el Código Nacional de
Electricidad –Suministro vigente.
IV. NORMATIVIDAD A.110
El número de ductos por canalización debe ser proyectado con
una capacidad tal que permita satisfacer el 100% de los
requerimientos de la urbanización previendo un ducto de
reserva para mantenimiento. La rasante o nivelación de los
ductos deberá tener una pendiente mínima entre cámaras de
0.12 % hacia la cámara de menor cota
Los cruces de calzadas se ejecutarán con canalizaciones
de 2 vías como mínimo usando ductos de 10 cm. (4") de
diámetro.
8
La unión de los ductos a las cámaras se efectuarán a
medio espesor de la pared receptora, biselando sus
extremos a 45 grados con relación a la pared interior
La altura mínima entre el piso de la cámara y la base del
primer ducto no será menor de 30 cm.
Se colocarán espaciadores, sólo en canalizaciones entre
cámaras con una separación normal entre ellos de 2.0m.,
transmisora, el sistema irradiante, los enlaces físicos y radioeléctrico y estudio (s) destinados a prestar el servicio de
radiodifusión.
CONDICIONES DE HABITABILIDAD
Artículo 3.- Las edificaciones de transporte deberán cumplir
con los siguientes requisitos de habitabilidad
a)
Los espaciadores constituirán un bloque de mortero, con
resistencia a la compresión f"c= 140 Kg./cm2. Serán de dos
tipos: tipo A y tipo B
b) Los pisos serán de material antideslizante.
Las dimensiones de las zanjas para ductos de PVC
c)
LINEAS AEREAS DE SUMINISTRO DE
COMUNICACIONES
Terminal Terrestre.- Edificación complementaria del
servicio de transporte terrestre, que cuenta con instalaciones y
equipamiento para el embarque y desembarque de pasajeros
y/o carga, de acuerdo a sus funciones. Pue- den o no contar
con terminales de vehículos, depósitos para vehículos.
B. EDIFICACIONES DE COMUNICACIONES
Estaciones de Radio.- Edificación destinada a la radio
difusión sonora. Comprende la planta transmisora, el sistema
irradiante, los enlaces físicos y radioeléctricos y estudio (s)
destinados a prestar el servicio de radiodifusión.
Estaciones de Televisión.- Edificación destinada a la
radio difusión por televisión. Comprende la planta
Los pasajes interiores de uso público tendrán un
ancho mínimo de 1.20m
f)
El ancho mínimo de los vanos de acceso.
h) Las puertas batientes tendrán barras de accionamiento a todo lo ancho y un sistema de cierre
hidráulico
i)
A. PUEDEN SER
Terminal Portuario.- Edificación portuaria dotada de
una zona terrestre y marítima, infraestructuras,
superestructuras, instalaciones, y equipos que, dentro o fuera
de un puerto, tiene por objeto la atención Naves que
transportan, mercaderías y/o pasajeros correspondientes a un
tráfico predeterminado.
e)
g) Las puertas corredizas de material transparente
serán de cristal templado accionadas por
sistemas auto- máticos que apertura por
detección de personas.
Los terminales terrestres deben contar con un Certificado de
Habilitación Técnica de Terminales Te- rrestres, emitido por
el MTC y que acredita que el terminal terrestre cumple con
los requisitos y condiciones técnicas establecidas en el
reglamento aprobado por D.S. Nº 009- 204-MTC
Estación Ferroviaria.- Edificación complementaria a los
servicios de transporte por tren, compuesta de infraestructura vial, instalaciones y equipos que tienen por objeto
el embarque y desembarque de pasajeros y/o carga, de
acuerdo a sus funciones.
El ancho de los pasajes de circulación, vanos de
acceso y escaleras se calcularán en base al
número de ocupantes
d) La altura libre de los ambientes de espera será
como mínimo de tres metros.
Se deberá cumplir con reglas de seguridad para la instalación
y mantenimiento de líneas aéreas de suministro eléctrico y
comunicaciones señaladas en él
Interurbanos Interprovinciales
Internacionales
La circulación de pasajeros y personal operativo
deberá diferenciarse de la circulación de carga y
mercancía.
Adicionalmente deberán contar con elementos
que permitan ser plenamente visibles.
AEROPUERTOS
Artículo 4.- Para la localización de aeropuertos se
considerará lo siguiente:
a)
Su ubicación deberá estar contemplada en el plan
urbano de la localidad y de acuerdo a la zonificación
establecida.
b)
La extensión del terreno requerido estará en función de
la categoría del Aeropuerto.
c)
Las edificaciones e instalaciones se ubicaran y
orientaran según las condiciones climatológicas.
TERMINALES TERRESTRES
Artículo 5.- Para la localización de terminales terrestres
se considerará lo siguiente:
a) Su ubicación deberá estar de acuerdo a lo establecido
en el Plan Urbano.
b) El terreno deberá tener un área que permita albergar
en forma simultánea al número de unidades que puedan maniobrar y circular sin interferir unas con otras
en horas de máxima demanda.
c) El área destinada a maniobras y circulación debe ser
independiente a las áreas que se edifiquen para los
servicios de administración, control, depósitos, así
como servicios generales para pasajeros.
9
d) Deberán presentar un Estudio de Impacto Vial e Impacto Ambiental.
e) Deberán contar con áreas para el estacionamiento y
guardianía de vehículos de los usuarios y de servicio
público de taxis dentro del perímetro del terreno del
terminal.
Artículo 6.- Las edificaciones para terminales terrestres
deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a)
Los accesos para salida y llegada de pasajeros
de- ben ser independientes.
b) Debe existir un área destinada al recojo de
equipaje
c) El acceso y salida de los buses al terminal debe
resolverse de manera que exista visibilidad de la
vereda desde el asiento del conductor.
d) La zona de abordaje a los buses debe estar bajo
techo y permitir su acceso a personas con
discapacidad.
e) Deben contar con sistemas de comunicación
visual y sonora.
Artículo 11.- Para la localización de edificaciones para
estaciones de radio y televisión se considerará lo siguiente:
a) Su ubicación deberá estar de acuerdo a lo establecido
en el Plan Urbano.
b) Deberá evitarse su ubicación en áreas monumentales.
Artículo 12.- La estaciones de radio y televisión deberán
contar con ambientes para administración, Operaciones y
Producción, Sistemas y Mantenimiento, Artistas, servicios
generales y salas con público.
Artículo 13.- Requisitos Arquitectónicos de Ocupación:
a) Las áreas de servicios de comedores y servicios
higiénicos, vestuarios y camerino, deben ser
independientes que los del personal de servicio, y
serán en número proporcional al personal que los
use.
Artículo7.- Las edificaciones para terminales terrestres,
estarán provistas de servicios sanitarios según lo que se
establece a continuación:
b) Deberán cumplir con los requerimientos de
estacionamiento para personal estable, artistas y
público, dentro de los linderos del terreno.
Los servicios higiénicos estarán sectorizados de acuerdo
a la distribución de las salas de espera de pasajeros.
c) En caso de tener una sala con acceso de público, esta
deberá cumplir con los requisitos establecidos para
las edificaciones de recreación y deportes, en lo
pertinente.
Adicionalmente deben proveerse servicios sanitarios para
el personal de acuerdo a la demanda para oficinas, para
los ambientes de uso comercial como restaurantes o
cafeterías y para personal de mantenimiento.
ESTACIONES FERROVIARIAS
Artículo 8.- Las edificaciones para terminales terrestres
deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Los accesos para salida y llegada de pasajeros
de- ben ser independientes.
b) Debe existir un área destinada al recojo de
equipaje
c) La zona de abordaje a los trenes debe estar bajo
techo y permitir su acceso a personas con
discapacidad.
d) Deben contar con sistemas de comunicación
visual y sonora.
e) Las dimensiones de los andenes para abordaje
de- ben ser suficientes para alojar al número de
personas que pueda abordar entren en una
estación
V. NORMATIVA EM.020
A. OBJETIVO
a)
Artículo 9.- Las edificaciones para estaciones ferroviarias, estarán provistas de servicios sanitarios según lo
que se establece a continuación:
La presente Norma, establece las condiciones que deben
cumplir, las redes e instalaciones de comunicaciones en
edificaciones que involucran a las telecomunicaciones y a los
servicios postales de ser el caso.
El diseño e implementación de la infraestructura de
comunicaciones en edificaciones que involucran a las
telecomunicaciones y a los servicios postales de ser el caso,
deben observar las normas correspondientes específicas que
aprobará el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En
la presente Norma se desarrolla lo referido a redes e
instalaciones de telecomunicaciones
B. ALCANCE
ESTACIONES DE RADIO Y TELEVISIÓN
Artículo 10.- Adicionalmente, las Estaciones de Ra- dio y
Televisión deberá cumplir con lo establecido en las Normas
Técnicas del Servicio de Radio y para solicitar la Licencia de
Obra, deberá presentar el informe favorable emitido por la
dirección correspondiente del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.
La presente norma se aplica a las redes e infraestructura de
telecomunicaciones en edificaciones, considerando, entre
otros, los siguientes aspectos:
1.
Diseño y construcción de los sistemas de ductos,
conductos y/o canalizaciones que permitan la
instalación de las líneas de acometida y la distribución
interna dentro de las edificaciones, que permitan la
10
provisión de los servicios de telecomunicaciones.
2.
Diseño y construcción de canalizaciones y cámaras que
permitan la instalación y empalmes necesarios de los
cables de distribución.
3.
Diseño y construcción de ductos, conductos y/o
canalizaciones a partir de la cámara de acometida.
4.
Diseño y construcción de instalaciones de captación de
señales de televisión y otros.
La infraestructura de telecomunicaciones considera los
siguientes sistemas entre otros:
- Sistemas telefónicos fijos y móviles
- Sistemas de telefonía pública
- Sistemas satelitales
- Sistemas de procesamiento y transmisión de datos
- Sistemas de acceso a Internet
- Sistemas de cableado, inalámbricos u ópticos
- Sistemas de radiodifusión sonora o de televisión
- Sistemas de protección contra sobretensiones y de puesta a
tierra
La autoridad competente que apruebe el proyecto, autorice la
construcción y/o recepción de obras u otros actos
administrativos para la edificación respectiva, tendrá la
responsabilidad de velar, que el proyecto cumpla con la
presente Norma y las disposiciones que emita el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones.
Las instalaciones existentes se adecuarán a la presente
normativa en los aspectos relacionados con la seguridad de las
personas y de la propiedad, para lo cual se tomará en cuenta
las normas recomendaciones del Instituto Nacional de Defensa
Civil –INDECI, el Código Nacional de Electricidad y las
normas que fueran pertinentes.
C. ABREVIACIONES Y SIGLAS
Defina las abreviaciones y siglas la primera vez que sean
usadas en el texto, incluso después de que se hayan definido
en la teoría. Las abreviaciones como ACM, IEEE, SI, ac, y dc
no tienen que ser definidas. Las abreviaciones que llevan
puntos incorporados no deben tener espacios: escriba
“C.N.R.S.,” no “C. N. R. S.” No use las abreviaciones en el
título a menos que ellas sean inevitables (por ejemplo, “IEEE”
en el título de este artículo).
Se deberá prever aspectos de seguridad necesarios para
asegurar la inviolabilidad y el secreto de las
telecomunicaciones, de conformidad con el Texto Único
Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado
mediante D.S. N° 013-93-TCC y el Texto Único
Ordenado del Reglamento General de la Ley de
Telecomunicaciones aprobado mediante D.S. N° 027-2004MTC y las normas que fueran pertinentes.
Para la elaboración de proyectos, instalación, operación y
mantenimiento de sistemas de telecomunicaciones se deberá
cumplir con el Código Nacional de Electricidad, los
Reglamentos de Seguridad e Higiene Ocupacional vigentes,
disposiciones del Instituto
Nacional de Cultura - INC y otras normas relacionadas al
tema.
En el caso que se dispusiera el acceso y uso compartido de
otra infraestructura de uso público, serán aplicables las
disposiciones sectoriales y las normas sobre seguridad
pertinentes.
El solicitante de una autorización de edificación deberá
permitir y dar facilidades para la realización de inspecciones
de parte de las autoridades competentes.
Toda solicitud de modificación o erradicación de
infraestructura de telecomunicaciones deberá ser sustentada y
verificada por las entidades competentes.
Toda instalación de telecomunicaciones en edificaciones
deberá tomar en cuenta otras instalaciones tales como las
eléctricas, mecánicas, de gas, agua, entre otras y cumplir las
normas de seguridad con relación a ellas.
Toda edificación deberá contar con las cajas de distribución,
ductos y conductos que posibiliten la prestación de los
servicios públicos de telecomunicaciones de acuerdo con la
norma específica emitida por el MTC.
El planeamiento de la red de tuberías deberá asegurar una
eficiente distribución en toda la edificación de tipo empotrado,
salvo a nivel del sótano en el cual la instalación puede ser
expuesta.
Las instalaciones industriales deben respetar los criterios y
recomendaciones generales que se hacen tanto para edificios
como para las urbanizaciones, en cuanto corresponda, para el
diseño y ejecución de las obras en cuestión.
E. PROYECTO TÉCNICO PARA LA INSTALACIÓN
DE SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES EN
EDIFICACIONES
D. NORMAS GENERALES
Los materiales deberán cumplir con las normas técnicas
emitidas por la entidad competente y de ser el caso por
estándares internacionales que sean aplicables.
Para solicitar la licencia de construcción de una edificación se
deberá presentar a la Municipalidad, como parte del
expediente técnico, el Proyecto Técnico de instalaciones de
telecomunicaciones, conforme a la presente Norma y será
refrendado por un ingeniero electrónico o de
11
telecomunicaciones, colegiado y habilitado por el Colegio de
Ingenieros del Perú.
El Proyecto Técnico debe contener lo siguiente:
1.
2.
Memoria descriptiva: Deberá especificar la
descripción de la infraestructura de los servicios
de telecomunicaciones, premisas de diseño,
descripción esquemática del sistema o sistemas a
instalar, características técnicas generales del
sistema de telecomunicaciones y el número de
unidades y mitrado de los materiales.
Planos: Se adjuntarán el plano de ubicación y
distribución de: ductos, conductos, cámaras,
canaletas y accesos domiciliarios de la
infraestructura.
G. ANTENAS DE ESTACIONES BASE CELULAR E
INALÁMBRICOS
La altura de los elementos de las estaciones base o repetidoras
y niveles de potencia de las mismas, será la necesaria para el
correcto funcionamiento del servicio, según las normas
técnicas aplicables y se observará que no exceda de los
valores de límites permisibles de radiaciones no ionizantes, de
acuerdo a las normas nacionales pertinentes.
En todos los casos, los elementos que compongan las
estaciones y que estén apoyados o fundados sobre el terreno,
deberá tomarse en consideración que la altura de cada uno de
los elementos de la estación se contará a partir del nivel de
terreno.
En caso de ubicación de los elementos de la red de
telecomunicaciones inalámbricas en azoteas ó placas de
cubiertas de edificios, la operadora del servicio inalámbrico,
F. APROBACIÓN DEL PROYECTO TÉCNICO PARA LA debe cumplir las siguientes condiciones:
IMPLEMENTACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DE
1. No ocupar el área de emergencia o helipuertos, en
TELECOMUNICACIONES
caso de haberlos.
2.
No
ocupar el área de accesos a equipos de ascensores
La solicitud de aprobación de la edificación deberá acompañar
y
de
salida a terrazas, ni obstaculizar ductos.
el Proyecto Técnico para la implementación de las
3.
Prever
un área libre a partir de los bordes de la
instalaciones de telecomunicaciones e incluirá lo previsto en el
terraza,
placa, azotea o cubierta del último piso.
Artículo 4° de la presente Norma.
4. Elementos como riendas, cables, tensores y similares,
se permiten siempre y cuando no sean anclados ó
La aprobación del Proyecto Técnico estará a cargo de la
sujetados a elementos de fachada.
municipalidad correspondiente, el mismo que estará
previamente refrendado por un ingeniero electrónico o de
telecomunicaciones, colegiado y habilitado por el Colegio de
Ingenieros del Perú. En caso de compartición de
infraestructura, la participación de otros profesionales será
según la competencia requerida.
La ejecución del Proyecto Técnico de instalación de los
ductos, cámaras, pedestales e infraestructura necesaria para la
red de distribución de los servicios públicos de
telecomunicaciones, estará bajo la dirección de un ingeniero
electrónico o de telecomunicaciones, colegiado y habilitado
por el Colegio de Ingenieros del Perú y bajo la responsabilidad
de la urbanizadora o constructora.
Luego se procederá a la inspección técnica del Proyecto
Técnico ejecutado y se emitirá un informe refrendado por un
ingeniero electrónico o de telecomunicaciones colegiado y
habilitado por el Colegio de Ingenieros del Perú, en el cual, de
ser el caso se dará la conformidad de las instalaciones de
telecomunicaciones y se procederá a la recepción de obra.
De no ser conforme la ejecución del proyecto se emitirá un
informe de todo aquello que no cumple la instalación de
telecomunicaciones debidamente sustentado.
El solicitante de una autorización de edificación entregará al
municipio el plano definitivo de la instalación de
telecomunicaciones, registrando todas las modificaciones
efectuadas durante el proceso de construcción.
VI. INFRAESTUCTURAS COMUNES DE
TELECOMUNICACIONES
Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) es un
término extensivo para la tecnología de la información (TI)
que enfatiza el papel de las comunicaciones unificadas y la
integración de las telecomunicaciones (líneas telefónicas y
señales inalámbricas) y las computadoras, así como el
software necesario, el middleware, almacenamiento y sistemas
audiovisuales, que permiten a los usuarios acceder, almacenar,
transmitir y manipular información.
El término TIC también se utiliza para referirse a la
convergencia de redes audiovisuales y telefónicas con redes
informáticas a través de un único sistema de cableado o
enlace. Existen grandes incentivos económicos para fusionar
la red telefónica con el sistema de red informática utilizando
un único sistema unificado de cableado, distribución de
señales y gestión. TIC es un término general que incluye
cualquier dispositivo de comunicación, que abarca radio,
televisión, teléfonos celulares, computadoras y hardware de
red, sistemas satelitales, etc., así como los diversos servicios y
dispositivos con ellos, tales como videoconferencias y
aprendizaje a distancia.
Las TIC son un tema amplio y los conceptos están
12
evolucionando.Cubre cualquier producto que almacene,
recupere, manipule, transmita o reciba información
electrónicamente en forma digital (por ejemplo, computadoras
personales, televisión digital, correo electrónico o robots).
IX. CONCLUSIÓN
Dada la importancia de las telecomunicaciones, tanto a nivel
laboral como en la vida privada de las personas, parece
evidente la necesidad de que cualquier edificio deba dotarse de
una adecuada infraestructura común de telecomunicaciones,
dada la versatilidad, comodidad y facilidad de acceso que ello
proporciona a los usuarios, sin olvidarnos de la libertad que
proporciona a la hora de elegir un posible proveedor de
servicios.
La
instalación
de
Infraestructuras
Comunes
de
Telecomunicación (ICT) para el acceso a los servicios de
telecomunicación en el interior de los edificios, supone un paso
adelante muy importante al facilitar la incorporación a las
viviendas, sobre todo las de nueva construcción, de las nuevas
tecnologías a través de estas infraestructuras de calidad de
forma económica y transparente para los usuarios.
RECONOCIMIENTO
Este trabajo de investigación fue realizado con ayuda del
internet fuente donde se obtuvo la información requerida para
poder concluir el trabajo de investigación , agradezco a los
autores que brindaron su información y donde se pudo obtener
la información requerida para el trabajo de investigación sin
ellos este trabajo no se podía concluir con excito un fuerte
agradecimiento y reconocimiento
REFERENCES
[1]
[2]
[3]
[4]
[5]
[6]
[7]
https://docplayer.es/51539551-Norma-ec-040-redes-e-instalaciones-decomunicaciones.html
https://www.ici.edu.pe/brochure/normas/Norma%20EM.020%20%20instalaciones%20de%20comunicaciones.pdf.
https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/regulan-la-instalacion-yoperacion-de-antenas-estaciones-de-ordenanza-no-387-mdch-15749621/.
https://artchist.blogspot.com/2019/05/que-es-una-empresa-instaladorade.html.
https://www.monografias.com/trabajos82/instalacion-red/instalacionred.shtml
http://www.alcad.net/uploads/publicaciones/catalogos/pdf/LIBRO%20I
CT%202.pdf
https://www.mheducation.es/bcv/guide/capitulo/8448171632.pdf
[8]
https://riunet.upv.es/bitstream/handle/10251/62837/L%D3PEZ%20%20Proyecto%20de%20Instalaciones%20de%20Telecomunicaciones%
20para%20Edificio%20de%20Viviendas.pdf?sequence=1
[9]
https://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con5_uibd.nsf/CB3BF0F4
1BC4417F0525831B006EA02C/$FILE/Parte_I__ICT.pdf
[10] http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/bitstream/handle/20.500.12404/1181
6/CUEVA_GELDRES_ANALISIS_REGIMEN.pdf?sequence=1&isAll
owed=y
[11] https://www.crcom.gov.co/uploads/images/files/1_Documento_soporte_
RITEL.pdf
[12] http://bibing.us.es/proyectos/abreproy/4910/fichero/Documento+B.+Me
moria+Constructiva%252FMemoria+8.+Telecomunicaciones.pdf
Download