Uploaded by Migdriana Vanesa Silva

1077. LORENZO MOSSA. HISTORIA DEL DERECHO MERCANTIL EN LOS SIGLOS IX Y XX. EDICIONES OLEJNIK

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LORENZO MOSSA
Responsabilidad ex recepto y la
Distinción entre obligaciones de medios
y de resultado
Giovanni D´Amico
Derecho Privado Moderno
Cesare Massimo Bianca, Pietro Sirena,
Salvatore Patti
Derecho Privado
Paolo Gallo
Aspectos comparados del fraudes de
valores: El caso de EEUU y Chile
Dante Figueroa
Derecho a probar como elemento
esencial de un proceso justo
Reynaldo Bustamante Alarcón
Derecho y postmodernidad. Ensayos de
Derecho Privado
Alessio Zaccaria
Derechos fundamentales y proceso justo
Reynaldo Bustamante Alarcón
Instituciones de Derecho Privado
Guido Alpa, Andrea Fusaro, Mauro
Grondona
Obligaciones, contratos y protección al
consumidor en el Derecho de la Unión
Europea y los Estados Miembros
Martin Ebers
Abuso de Derecho y derechos subjetivos
Thiago Rodovalho
Comparación jurídica y perspectivas de
estudio del Derecho
Luigi Moccia
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El Derecho mercantil, nacido en pleno esplendor de las
repúblicas italianas, eleva y propaga por el mundo el Derecho de
la persona y el Derecho de la libertad. Abrió paso franco a toda
idónea actividad personal contra el feudalismo, a toda osada
forma de trabajo encaminada al bien común. En las corporaciones
y en las ciudades, la forma más elevada de la economía común es
la del artesano y la del comerciante. Esta se halla favorecida y
respetada, ya que el genio y el poder de los hombres hacen vivir
noblemente a los pueblos, con las empresas comerciales y
marineras, que dan riqueza y fama a los jefes y a las masas.
Zita Rauschgold
“Guter Wind”
Un Derecho personal a la profesión y a la libre ordenación de
las relaciones que se organizan en torno a las corporaciones y a las
empresas de artesanos y mercaderes se va afirmando frente al
Derecho común, cerrado a toda innovación, al Derecho de casta y
al feudal.. Las corporaciones son la fusión espontánea de unos
hombres libres que regulan el papel que a cada uno de ellos le
corresponde representar en la vida social.
No se trata de un Derecho de privilegio, no es el derecho de
una clase que se sobrepone a las demás, sino que, por el contrario,
es un Derecho que se convierte, gracias a la armoniosa creación,
en Derecho estatutario y ciudadano. Toda la vida de las ciudades
se rige ya según el Derecho mercantil, y el Derecho común no
regula sino lo referente a la familia y a la tierra.
La armonía de clases, que concurren y compiten en la armonía
ciudadana es la característica del Derecho mercantil. El bien
común es el ideal de todas aquellas clases que tienen un puesto en
la organización de la economía, ya que esta se funda totalmente en
el trabajo, en la capacidad y en la inteligencia del hombre.
LORENZO MOSSA
ISBN 978-956-7799-50-3
9 7 8 9 5 6 7 7 9 9 5 0 3
Lex
Historia del derecho
mercantil en
los siglos xix y xx
MOSSA
Responsabilidad Civil. Estudios
italianos contemporáneos
Guido Alpa, Massimo Franzoni, Carlo
Castronovo et al.
BIBLIOTECA DE DERECHO COMERCIAL
LORENZO
Teoría General del Derecho
Norberto Bobbio
Historia del derecho mercantil en los siglos xix y xx
OTROS TÍTULOS DE LA EDITORIAL
Lorenzo Mossa (Italia)
(Sassari, 29 de enero de 1886 – Pisa, 19 de
abril de 1957)
Graduado en Derecho en la Universidad de
Génova el 14 de julio de 1907, prosiguió su
formación en Turín, bajo la guía de Angelo
Sraffa. En 1914 obtuvo la libre docencia y en
1917 fue encargado de la enseñanza de
Derecho Comercial y de Procedimiento
Civil en la libre Universidad de Camerino.
En los años académicos 1918-19 y 1919-20
fue encargado de la enseñanza de derecho
comercial y de derecho civil en la Facultad
de Derecho en la Universidad de Sassari.
En 1922 prosiguió su carrera docente en la
Universidad de Macerata y, posteriormente,
en la Universidad de Cagliari.
En 1926 fue convocado como profesor
ordinario en la cátedra de Derecho
Comercial en la Universidad de Pisa.
En 1926 se transfirió a la Universidad de
Sassari como profesor estable de derecho
comercial y le fue confiada también la
enseñanza de derecho marítimo.
En 1927 se trasladó nuevamente a la
Universidad de Pisa, en donde concluyó su
carrera docente en 1956.
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