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SEM1- SISTEMA JURIDICO PERUANO 2020-1 (1)

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NOMBRE DE LA DEPENDENCIA O CARRERA
HASTA DOS LÍNEAS
UNIDAD 1
Introducción al Sistema Jurídico
Peruano
NOMBRE DEL CURSO
HASTA EN 2 LÍNEAS
CICLO | FECHA
Agenda
1. ¿Por qué estudiar derecho?
2. ¿Qué es el Derecho?
3. ¿Cuáles son las Ramas del Derecho?
4. ¿Qué es una fuentes de Derecho?
5. ¿Qué es la Norma Jurídica?
6. Estructura de la Legislación Peruana
7. Tribunal Constitucional
8. Procesos Constitucionales
9. Estructura de los Poderes del Estado
10. Contenido de la Constitución de 1993
11. Régimen Económico en la Constitución de 1993
1. ¿Por qué estudiar derecho ?
El Derecho ha sido creado para reconocer las libertades de las y los ciudadanos,
para ordenar la convivencia social y para promover un haz de derechos que
haga posible que las personas naturales y jurídicas persigan su pleno
desenvolvimiento, mediante aquello que estimen valioso.
En ese marco, un canon fundamental de cualquier ordenamiento legal
contemporáneo es la justicia y la equidad.
Ricardo León Pastor
Doctor Derecho
2. ¿Qué es el Derecho?
Lo que es recto, directo.
Lo que legítimamente pertenece a una persona.
El poder que se tiene para conservar, disponer y utilizar
lo suyo con exclusión de otros dentro de los límites de
la Ley.
El conjunto de ciencias del derecho ocada una de ellas.
3. ¿Cuáles son las ramas del Derecho?
Ramas Tradicionales:
• Derecho Público
• Derecho Privado
3. ¿Cuáles son las ramas del Derecho?
DERECHO PUBLICO:
•Referente al Estado y a su
organización.
•Normas que amparan el interés
general o colectivo y que buscan el
funcionamiento del grupo social
•Imperativo
•Ramas: constitucional,
administrativo, financiero,
municipal, penal, procesal,
internacional público.
DERECHO PRIVADO:
• Regula el interés individual o de los
particulares.
• Regula relaciones ente particulares y el
Estado.
• Voluntad de las partes.
• Ramas: Civil, mercantil, societario,
minero, rural, internacional privado.
4. ¿Qué es una Fuente del Derecho?
“En su expresión más simplificada, fuente formal de Derecho es aquel
procedimiento a través del cual se producen, válidamente, normas
jurídicas que adquieren el rasgo de obligatoriedad propio del Derecho
y, por lo tanto, la característica de ser impuestas legítimamente a las
personas mediante los instrumentos de coacción del Estado.”
Marcial Rubio Correa
Rubio Correa, Marcial. (2009). El Sistema Jurídico. Introducción al Derecho. 10ma ed. Lima: Fondo Editorial
PUCP. Recuperado de: http://www.osterlingfirm.com/Documentos/webma%20%20copia/EL%20SISTEMA%20JUR%C3%8DDICO%20Introduci%C3%B3n%20al%20Derecho%20%20Marcial%20Rubio%20Correa.pdf
4. Fuentes del Derecho
 La ley
 La costumbre
 La jurisprudencia
 La doctrina
5. ¿Qué es la Norma Jurídica?
“(…) la norma jurídica es un
mandato de que a cierto supuesto
debe seguir lógico jurídicamente
una consecuencia, estando tal
mandato respaldado por la fuerza
del Estado para el caso de su
eventual incumplimiento.”
“La norma jurídica asume así la
forma de una proposición
implicativa cuya esquematización
sería la siguiente:
SC
(Si S, entonces C)”
Rubio Correa, Marcial. (2009). El Sistema Jurídico. Introducción al Derecho. 10ma ed. Lima: Fondo Editorial PUCP.
Recuperado de: http://www.osterlingfirm.com/Documentos/webma%20%20copia/EL%20SISTEMA%20JUR%C3%8DDICO%20Introduci%C3%B3n%20al%20Derecho%20%20Marcial%20Rubio%20Correa.pdf
6. Estructura de la Legislación Peruana
CONSTITUCIÓN
LEY / DECRETOS
LEGISLATIVOS/D- LEYES/
ORDENANZAS/ DECRETOS
URGENCIA
DECRETO SUPREMOS
RESOLUCIONES
6. Estructura de la Legislación Peruana:
La Constitución
Tiene la más alta jerarquía dentro del
ordenamiento legal.
Para garantizar su supremacía se han
establecido las Garantías Constitucionales.
El Tribunal Constitucional.
Supremacía jerárquica de la Constitución:
https://larepublica.pe/politica/620119-fiscal-de-la-nacion-tc-va-a-declara-ilegal-ordenanza-regional-que-prohibeproyecto-conga/
6. Estructura de la Legislación Peruana:
La LEY
Son el segundo rango dentro de la legislación
nacional correspondiente al Gobierno Central,
inmediatamente debajo de la Constitución.
Le corresponde otorgarlas al Congreso.
La Ley tiene primacía sobre toda norma de
inferior jerarquía (excepto la Constitución
naturalmente)
La ley entrará en vigencia al día siguiente de
su publicación en el Diario oficial salvo que el
la misma postergue más su vigencia.
6. Estructura de la Legislación Peruana:
El Decreto Legislativo
Son normas con rango de Ley.
El Congreso delega la función legislativa en el Ejecutivo.
La materia delegada debe ser especificada.
El plazo de delegación es determinado.
7. Tribunal Constitucional
El TC es el órgano supremo de interpretación y
control de la constitucionalidad.
Es autónomo e independiente de los demás
órganos constitucionales.
Se encuentra sometido sólo a
la Constitución y a su Ley Orgánica.
• Actuales miembros del Tribunal Constitucional:
• https://www.tc.gob.pe/institucional/pleno/
7. Tribunal
Constitucional
• Nueva presidenta del Tribunal Constitucional:
• https://peru21.pe/politica/quien-es-marianella-ledesma-la-primera-mujeren-asumir-la-presidencia-del-tribunal-constitucional-noticia/
8. Procesos Constitucionales
DEFENSAS reconocidas en la constitución contra la violación o amenaza de los derechos
constitucionales y contra las normas que se enfrentan u oponen a la constitución.
Tienen por finalidad retrotraer las cosas al estado anterior a la amenaza o violación de un
derecho constitucional.
La Constitución los denomina "Acciones de Garantía”. Sin embargo, conforme al Código
Procesal Constitucional, se trata de procesos constitucionales.
8. Procesos Constitucionales
El Proceso de Hábeas Corpus.
El Proceso de Amparo.
El Proceso de Hábeas Data.
El Proceso de Inconstitucionalidad.
La Acción Popular.
El Proceso de Cumplimiento.
8. Procesos Constitucionales: Habeas Corpus
Es un proceso que se lleva a cabo cuando se vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos A ella.
Se puede dar por acción (comportamiento activo) u omisión (comportamiento pasivo) de una autoridad, funcionario o persona
Procede también en los casos de afectación de:
La libertad de conciencia y de religión,
El derecho a no ser violentado para obtener declaraciones,
No ser exiliado o desterrado o confinado sino por sentencia firme,
No ser secuestrado,
No ser detenido por deudas, entre otros.
Derechos comprometidos: Seguridad e integridad personal, detención arbitraria, incomunicación, privación de defensa legal al detenido, hostigamiento
policial, etc
Ejemplo de Hábeas corpus:
https://larepublica.pe/politica/2019/11/25/keiko-fujimori-hoy-en-vivo-tribunal-constitucionaldebate-habeas-corpus-para-ver-libertad-de-lideresa-de-fuerza-popular-que-cumple-prisionpreventiva-odebrecht-tc/
8. Procesos Constitucionales: Habeas Data
Procede contra el hecho u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnera o
amenaza derechos constitucionales referidos al acceso a la información que obre en poder de
cualquier entidad pública.
Asimismo procede para rectificar la información o datos referidos a una persona, que se encuentren
almacenados, o hacer suprimir o impedir A INSTITUCIONES PÚBLICAS O PRIVADAS que suministren
datos o informaciones de carácter sensible o privado que afecten derechos constitucionales.
Ejemplo de Hábeas data:
https://larepublica.pe/sociedad/191169-comunidad-shipibo-conibo-presentohabeas-data-contra-mml/
8. Procesos Constitucionales: Proceso de Amparo
Procede contra el hecho u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnera o amenaza derechos constitucionales que no son protegidos por
los procesos de Hábeas Corpus, Hábeas Data.
Procede: Cuando se vulnere o amenace los siguientes derechos constitucionales (art. 37° del Código Procesal Constitucional)
No ser discriminado por razón de origen, sexo, raza, orientación sexual, religión, opinión, condición económica,
A la libre contratación
Libertad de reunión
Al honor, intimidad, voz, imagen y rectificación de formaciones inexactas o agraviantes
Derecho al trabajo;
De sindicación, negociación colectiva y huelga
Ejemplo de Proceso de Amparo:
https://www.americatv.com.pe/noticias/actualidad/poder-judicial-acepto-accion-de-amparo-delex-presidente-alan-garcia-contra-la-megacomision-n118090
8. Procesos Constitucionales: Inconstitucionalidad
Procede contra las normas que tienen rango de ley:
leyes, decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados, normas regionales de carácter general y
ordenanzas municipales
ante el TC para que se declare su INCONSTITUCIONALIDAD y dejarlas sin efecto
Ejemplo de Proceso de Inconstitucionalidad:
https://laley.pe/art/2053/tc-admite-demanda-de-inconstitucionalidad-contra-la-ley-laboral-juvenil
Ejemplo de Acción popular:
https://larepublica.pe/politica/2019/09/28/rechazan-recurso-judicial-de-gobernadorlozano-contra-consejeros/
9. Estructura de los Poderes del Estado
Poder Legislativo
Poder Ejecutivo
Poder Judicial
Gobierno Local
Gobierno Regional
Otros órganos Constitucionales Autónomos
9. Estructura de los Poderes
del Estado: P. Legislativo
• Congreso de la República
• Unicameral
• 130 congresistas.
• Elección del pueblo por 5
años.
• Cargo irrenunciable.
• Emitir leyes
• Fiscalización
9. Estructura de los Poderes del Estado: P. Ejecutivo
• Presidente y el Consejo de Ministros
• Presidente – Jefe de Estado y FFAA
• Plazo 5 años.
• No reelección inmediata.
• Nombra Ministros.
• Nombra embajadores y recibe diplomáticos.
• Concede Indultos
• Dicta Decretos Legislativos.
9. Estructura de los Poderes del Estado: P. Judicial
Tiene la potestad de administrar justicia
Estructura del Poder Judicial:
Corte Suprema
Corte superiores
Juzgados
Juzgados de paz letrados
Juzgados de paz no letrados
El Presidente de la Corte Suprema
es el Presidente del Poder Judicial.
10. Contenido de la Constitución de 1993
ESTRUCTURA DEL
ESTADO
DERECHOS DE LAS PERSONAS
Derechos
Fundamentales
Derechos Sociales y
Economicos
Derechos Sociales
10. Contenido de la Constitución de 1993:
Derechos Fundamentales
Artículo 1°.-
La defensa de la persona humana y el respeto de su
dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.
10. Contenido de la Constitución de 1993: Derechos
Fundamentales (Art. 2 incisos del 1 al 24)
• Vida, integridad, desarrollo, derechos del concebido e igualdad.
• Libertad de consciencia y de información.
• Derecho al honor e intimidad.
• Derecho a las creaciones.
• Inviolabilidad de domicilio y de comunicaciones.
• Residencia, tránsito y reunión.
• Asociaciarse, contratar y trabajar.
• Derecho a la propiedad y a la herencia.
• Participación, convicciones, identidad étnica y cultural, peticiones.
• Nacionalidad.
• Tranquilidad y Defensa.
• Libertad y seguridad personales.
10. Contenido de la Constitución de 1993: Derechos
Fundamentales (Art. 3)
La enumeración de los derechos establecidos en este capítulo no
excluye los demás que la Constitución garantiza, ni otros de naturaleza
análoga o que se fundan en la dignidad del hombre, o en los principios
de soberanía del pueblo, del Estado democrático de derecho y de la
forma republicana de gobierno.
10. Contenido de la Constitución de 1993: Derechos
Sociales
• Art. 4 – 5: Familia y concubinato
• Art. 6-9 – Política nacional de salud y
derecho a la salud.
• Arts.10-12 – Seguridad Social.
10. Contenido de la Constitución de 1993: Derechos
Laborales (Art. 28 al 29)
• El trabajo es un deber y un derecho.
• Protección a madre, menor e impedido que trabajan.
• La relación laboral no puede limitar el ejercicio de los derechos
constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador.
• Nadie está obligado a trabajar sin retribución.
• Derecho a una remuneración equitativa y suficiente.
• El pago de remuneraciones es prioritario.
• Jornada ordinaria de 8 horas diarias o 48 semanales max.
• Descanso semanal y anual remunerados.
• Protección contra el despido arbitrario.
• Derechos: sindicato, negociación colectiva y huelga.
11. Regimen Económico en la Constitución de 1993:
Características
Establece Reglas de juego que organizarán la
economía del país.
Algunas características:
Reduce la participación económica del Estado
cediendo el campo a la actividad privada.
Busca dar el mismo tratamiento a la inversión
nacional y extranjera.
Se fortalece el concepto de propiedad privada.
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11. Regimen Económico en la Constitución de
1993: Características
La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una
economía social de mercado, es decir que se
regula según las leyes de oferta y demanda.
Nuestra economía de mercado debe ser social, en la
medida que ciertos excesos del mercado deben ser
regulados para garantizar el bien común.
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11. Regimen Económico en la Constitución de 1993:
Características
El Estado reconoce el Pluralismo económico, esto es que
pueden
coexistir
varios
tipos
de
empresas
simultáneamente:
privadas,
públicas,
nacionales,
extranjeras, mixtas, etc.
El Estado facilita la libre competencia, situación en la que
todos los productores y consumidores de productos
concurren al mercado en igualdad de condiciones,
prevaleciendo la eficiencia.
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11. Regimen Económico en la Constitución de 1993:
Características
Promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.
Libertad de trabajo y empresa salvo lesivo a moral, salud o seguridad públicas.
Pluralismo económico: Coexistencia de formas de propiedad y empresa.
Igualdad: privada/pública – nacional/extranjera (medidas proteccionistas).
Libre competencia y se combate toda práctica que la limite y el abuso de la posición dominante o monopólica.
Medios de comunicación no pueden ser monopolios.
Libertad de contratar:
• Los contratos no se modifican por ley.
• Soluciones por vía arbitral o judicial.
Libre tenencia y disposición de moneda extranjera.
Defensa de consumidores y usuarios (salud y seguridad).
11. Regimen Económico en la Constitución de 1993:
Características
Propiedad: (arts. 70-73)
Es inviolable salvo seguridad nacional o necesidad pública.
Igualdad entre nacionales y extranjeros, salvo 50km de las fronteras para extranjeros.
Sólo por ley puede haber restricciones temporales y prohibiciones para la adquisición, posesión, explotación y transferencia
de bienes.
Bienes de dominio público. Inalienables e imprescriptibles, pero se pueden entregar en concesión.
Tributos: (art. 74)
Principios: legalidad, igualdad, no confiscatoriedad.
Gravado/no gravado – afecto/no afecto.
Exhonerado.
Muchas Gracias
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